1. Derecho Probatorio
Docente: Abg. Marcos Guerrero
Los Principios del Derecho
Probatorio
Derecho Probatorio
Docente. Abg. Marcos Guerrero
1
2. El Derecho probatorio y sus infaltables interrogantes
1. ¿Qué es un principio probatorio?
2. ¿Son importantes los principios
probatorios, por qué?
3. ¿Para qué sirven los principios
probatorios?
4. ¿Cuántos principios probatorios
existen?
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3. Derecho Probatorio
Tema 2. Los Principios del Derecho Probatorio
Derecho Probatorio
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1. Generalidades de los Principios del Derecho Probatorio.
2. Principios del Derecho Probatorio.
1. Autoresponsabilidad
2. Contradicción
3. Inmediación
4. Necesidad
5. Eficacia Jurídica
6. Comunidad de la prueba
7. Legalidad
8. Publicidad
9. Inquisitivo y dispositivo
10. Otros de relevancia a criterio del docente.
4. Derecho Probatorio
Tema 2. Los Principios del Derecho Probatorio
1. Generalidades de los principios del derecho probatorio
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Indica Villasmil Briceño (2005) en su obra
El auge que ha despertado el estudio de la teoría general de la prueba,
ha permitido la formación y el desarrollo de un conjunto de principios
generales, reguladores de la función, eficacia, control, libertad y
seguridad de la prueba en el proceso, independientemente de su
naturaleza (civil, laboral, penal, comercial, etc.). Esos principios
apuntan hacia la autonomía científica del Derecho Probatorio,
entendido como la rama de la ciencia jurídica que se ocupa del
estudio de la prueba judicial. (p. 49).
5. Derecho Probatorio
Tema 2. Los Principios del Derecho Probatorio
1. Generalidades de los principios del derecho probatorio
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Indica Cabrera Ibarra(2012) en su compendio sobre Derecho Probatorio
Una correctaenseñanza del Derecho Probatorio tiene necesariamente que pasar por el
conocimiento de los principios probatorios,aunque sea los fundamentales. (..) Los profesores
deben hacer el esfuerzopor dar a conocer bien estos principios y no apartarlos como si fuesen
mera teoríasin aplicación práctica.(…)
La mención de todos estos principios es un asunto debatido en la doctrina por cuanto, como es
razonable suponer, nunca se ha establecido un número taxativo de los mismos.(...) Bello Tabares,
menciona y desarrolladiecisiete(...) Rodrigo RiveraMorales,mencionay desarrollaveinticuatro
principios,mientras que el maestro colombiano Hernando Devis Echandía desarrollaveintisiete
(...).
Al igual que ocurre con cualquier otra etapa del proceso,laetapa probatoriay la actividad
probatoriaen general también está supeditada a los principios procesales de rango constitucional
los cuales podemos englobar bajo lo que constituye la tutela judicial efectivay el debido proceso.
(pp. 224-225).
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Tema 2. Los Principios del Derecho Probatorio
2. Principios del Derecho Probatorio.
1. Autoresponsabilidad.
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(Bello Tabares, 2015, p. 464)
7. Derecho Probatorio
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2. Principios del Derecho Probatorio.
1. Autoresponsabilidad.
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Indica Bello Tabares (2015) en su Tratado de Derecho Probatorio Tomo I que
La carga de la prueba es una noción procesal que contiene una regla de juicio que
él indica al operador de justicia, de los hechos enunciados y controvertidos, contra
quién debe fallar e indirectamente le indica a las partes, quien tiene el interés de
reproducir en el proceso los medios que contengan las fuentes que permitan la
verificación de los enunciados y la convicción judicial, para no sufrir las
consecuencias de la pérdida del proceso judicial. (…)
Las partes tienen en el proceso la carga de aportar la prueba-en su noción general-
de los hechos enunciados qué sirven de fundamento de la norma jurídica que
consagra la consecuencia jurídica constitutiva, extintiva, imperativa o modificativa
qué le beneficia (...).
(p. 464).
8. Derecho Probatorio
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2. Principios del Derecho Probatorio.
1. Autoresponsabilidad.
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Señala Soto Gómez (1985) en su artículo científico en torno a los principios del
Derecho Probatorio que
De la carga de la prueba y la autorresponsabilidad de las partes por inactividad
"A las partes les es posible colocarse en una total o parcial inactividad probatoria,
por su cuenta y riesgo".
El "permite al juez cumplir su función de resolver el litigio o la acusación,
cuando falte la prueba, sin tener que recurrir a "non liquet", es decir, a abstenerse
de resolver en el fondo.
Pero tal principio tampoco es absoluto, porque, como vimos a propósito del
interés público en la producción de la prueba, el juez tiene el deber de procurar
la prueba que eche de menos; de tal suerte que la posibilidad de permanecer
pasivo es muy limitado (…) (p. 59).
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2. Principios del Derecho Probatorio.
2. Contradicción.
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Señala Bello Tabares (2015) en su Tratado de Derecho Probatorio Tomo I que
Constituye una emanación del derecho a la defensa constitucional,el contradecir y controlar los
medios probatoriosaportados al proceso,conel objeto de fiscalizar o controlar su evacuación o
materializaciónen el proceso luego de admitidas, lo que se traduce en el hecho que el derecho
constitucional de la defensaen materiaprobatoria,se encuentra regulado o materializaa través de
los principios de contradicción y control de la prueba en su noción general. (…)
El principio de contradicción de la prueba en su noción general-específicamentede los medios y las
fuentes-consisteen el legítimo derecho que tienen las partes en el proceso,de atacar oponerse a
la admisibilidadde los medios probatorios promovidas por su contendor judicial, con el objeto que
los mismos no puedan legalmenteingresar al proceso y producir sus efectos procesales; o bien
atacar, objetar e impugnar el resultado de las pruebas que se hayan materializado en el proceso,
con motivo de las actividades de las partes,para enervar sus defectos y evitar de esta manera que
puedan ser valorados por el operador de justicia. (p. 414).
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2. Principios del Derecho Probatorio.
2. Contradicción.
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Continúa Bello Tabares (2015) expresando al respecto que
(…) La forma de ejercitar el derecho o principio que comentamos es a través de la
oposición y la impugnación, el primero que se presenta como una figura de
carácter preventiva, que tiene como objeto que el medio de prueba promovido no
ingrese al proceso y sea inadmitido por el operador de justicia in limine litis; en
tanto que la impugnación es la forma genérica de atacar, enervar o contradecir los
medios probatorios que han sido previamente admitidos, haya habido o no
oposición, para que éstos no produzcan efectos procesales, es decir, para que no
influya en el ánimo del judicante.(p. 415).
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2. Contradicción.
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Expresa Rivera Morales (2009) con relación a este importante principio
que
(…) Al proceso no pueden ingresar pruebas en forma subrepticia,
clandestina, o a espaldas de la contraparte. El principio del
contradictorio exige que la práctica de prueba se realice con
conocimiento de la otra parte para que tenga oportunidad de hacer
valer sus derechos en la ejecución probatoria. (…)
(pp. 60-61).
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2. Principios del Derecho Probatorio.
2. Contradicción.
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Continúa Rivera Morales (2009) expresando sobre el contradictorio que
(…) Así tenemos que conforme al segundo párrafo del artículo 397 del
Código de Procedimiento Civil, las partes pueden oponerse a la
admisión de pruebas de la contraparte; lo relativo a la tacha de
documentos en los artículos 440 y 443; derecho de representar al
testigo según el artículo 485, tacha de testigo acorde con el artículo
499; este tipo de participación es de carácter activo, A diferencia de la
forma pasiva que se da, básicamente, en experticias e inspecciones
judiciales en las cuales las partes en evacuación sólo formulaban sus
observaciones. (p. 61).
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2. Principios del Derecho Probatorio.
2. Contradicción.
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(…) El contradictorio es un principio que está destinado a funcionar
sólo en el proceso (...) Para las pruebas que en él se forma y se
controlan, puesto que fuera de él no puede operar. (...) Opera en dos
niveles distintos: en un primer nivel, como principio para la formación
de la prueba; en un segundo nivel, como principio para el control de la
prueba producida. (…) (Rivera Morales, 2009, p. 61).
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2. Contradicción.
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(…) La prueba anticipada (...) Es la realizada antes del proceso. (...)
Entre otras, de acuerdo a nuestra legislación pueden ser los
justificativos de perpetua memoria (...) Artículos 936, 937 y 938 del
código procesal civil, pero si son llevadas al proceso tendrán que ser
ratificadas para su validez, porque en su formación no se dio cabida al
principio de la contradicción. (...) La contradicción de la prueba forma
parte del derecho de defensa, no sólo éste se refiere al derecho de
presentar pruebas, sino también para cuestionar las pruebas que le
presenten en contra.(…) (Rivera Morales, 2009, p. 62).
15. Derecho Probatorio
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2. Principios del Derecho Probatorio.
3. Inmediación
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Según Cabrera Ibarra la inmediación consiste en
la presencia constante, permanente y directa del juez en relación
con los actos procesales a ser realizado en las distintas etapas del
proceso. En el caso de los actos probatorios alguno de ellos exigen,
para que su incorporación sea válida, la presencia de los jueces,
que son quienes han de pronunciar sentencia.(Cabrera Ibarra,
2012, p. 225).
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4. Necesidad de la prueba
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Cabrera Ibarra describe la necesidad de la prueba de la forma
siguiente:
Los hechos sobre los cuales el juez debe dictar su decisión, esto es,
su sentencia deben estar demostrados en el proceso. por tanto se
impone la necesidad de la demostración de los mismos a través de
las pruebas que sean aportados al proceso por cualquiera de los
interesados en lograr la fijación de los hechos, o, lo que es igual su
verificación. (..)
Y para culminar con la explicación de este principio remite a los
artículos 243 y 254 del CPC. (2012, pp. 243 y 244).
17. Derecho Probatorio
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5. Eficacia jurídica
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Con relación a este principio de eficacia jurídica se dice:
la prueba no solo es necesaria, sino que debe ser eficaz para
ayudar a que el juez tenga un conocimiento certero de los hechos
materia de contienda, independientemente del sistema valorativo
de los medios de convicción que determine el sistema de que se
trate. La prueba debe ser relevante para lograr la conexión entre
las versiones manifiestas de las partes en relación con los hechos y
la realidad empírica de los mismos. (Cruz Mejía & Wolters Kluwer
España, S.A, 2020, p. 183)
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2. Principios del Derecho Probatorio.
5. Eficacia jurídica
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Soto Gómez (1985) respecto a este principio de eficacia
jurídica dice:
Se debe distinguir este principio general de principios
especiales, relativos a determinados medios. Así, con
respecto a casos en que la ley exige una prueba especifica
o determinada , como determinado documento , solo ésta
es eficaz, ninguna otra es tal, como confesión, testimonio ,
etc. (pp. 52-53)
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5. Eficacia jurídica
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El ilustre maestro Devis Echandía (s.f.) respecto a este principio de eficacia jurídica
dice:
Si la prueba es necesaria para el proceso, debe tener eficacia jurídica para
llevarle al juez el convencimiento o la certeza sobre los hechos que sirven de
presupuesto a las normas aplicables al litigio, o a la pretensión voluntaria, o a
la culpabilidad penal investigada. No se concibe la institución de la prueba
judicial sin esa eficacia jurídica reconocida por la ley, cualquiera que sea el
sistema de valoración y de aportación de los medios al proceso, pues este
principio no significa que se regule su grado de persuasión, sino que el juez,
libre o vinculado por la norma, debe considerar la prueba como el medio
aceptado por el legislador, para llegar a una conclusión sobre la existencia o
inexistencia y las modalidades de los hechos afirmados o investigados. (p. 117)
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2. Principios del Derecho Probatorio.
6. Comunidad de la prueba.
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Bello Tabares (2006) respecto a este principio de comunidad de la
prueba señala
Las pruebas legalmente incorporada al proceso, no pertenecen a la
parte que la aportó, es decir, no son patrimonio exclusivo de éstas,
sino que pertenecen al proceso mismo, de dónde se deduce, que la
parte que aporte al proceso la prueba de los hechos, no
necesariamente se verá beneficiado con las mismas, ya que es
perfectamente viable que dichas pruebas favorezcan a la parte que
no las aportó (...) dicho de otra manera, que perjudiquen a su
aportante o proponente. (pp. 110-111)
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Tema 2. Los Principios del Derecho Probatorio
2. Principios del Derecho Probatorio.
7. Legalidad de la prueba.
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Al respecto del principio de legalidad de la prueba se ha destacado en un estudio
lo siguiente
La etapa probatoria dentro de un proceso es clave para hacer valer el principio
de legalidad de la prueba, pues la misma debe ser obtenida e incorporada al
proceso con el lleno de requisitos legales dispuestos. Las pruebas que sean
obtenidas con violación al debido proceso y las garantías fundamentales serán
nulas de pleno derecho, lo cual llevará a su exclusión y a la de las pruebas
derivadas de ellas, siempre que no estén dentro de las excepciones
mencionadas; es decir, vínculo atenuado, fuente independiente, inevitable
descubrimiento y libre voluntad. (Echeverry Enciso, 2019, p. 107).
22. Derecho Probatorio
Tema 2. Los Principios del Derecho Probatorio
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7. Legalidad de la prueba.
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Relacionado al principio de legalidad de la prueba encontramos
La teoría de los frutos del árbol envenenado
Esta teoría, propuesta en Estados Unidos desde 1920 y desarrollada por Karl
Hosha, conocida como «Los frutos del árbol envenenado», sostiene que los
efectos de una prueba ilícita se extienden a las pruebas derivadas de ella,
aunque hayan sido obtenidas cumpliendo los requisitos legales. La teoría de
«los frutos del árbol envenenado» se desarrolló con el fin de establecer
«relaciones de causalidad entre la prueba ilícita y aquellas pruebas lícitas que
se deriven de esa que ha sido ilícitamente obtenida» (…)
Es decir que los frutos del árbol que ha sido envenenado están igualmente
contaminados. (Echeverry Enciso citando a López (2011), 2019, p. 99).
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2. Principios del Derecho Probatorio.
8. Publicidad de la prueba.
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Del principio de publicidad de la prueba se destaca lo siguiente
Las actuaciones judiciales de pruebas deben ser públicas, factibles de ser
presenciadas por todos y, en especial, a las partes se les debe permitir
intervenir en la evacuación de la prueba para poder hacer las observaciones y
objeciones que consideren más convenientes para sus derechos e intereses.
(…) La tarea de la publicidad de la prueba hay que verla como garantía
constitucional y como garantía democrática. Es preciso señalar que el
quebrantamiento de este principio es causal de nulidad del acto privado de
publicidad. (Rivera Morales, 2009, pp. 59-60)
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2. Principios del Derecho Probatorio.
9. Inquisitivo y dispositivo.
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Sobre este principio se destaca lo que a continuación se explana
También depende de que la ley exija total actividad a la parte! o la conceda
al juez. Normalmente ninguno de los dos principios se adopta en forma
absoluta, sino atenuado.
El dispositivo se caracteriza por necesidad de demanda y derecho de las partes
de transigir y desistir (en lo que no afecte o interese al orden público), y por
poderes exclusivos de las partes sobre el elemento probatorio y actitud
relativamente pasiva del juez ante ello.
Pero para que sea "dispositivo un proceso es suficiente que se les otorgue a
las partes la facultad de disponer exclusivamente del elemento probatorio y
para que sea inquisitivo basta que se permita la investigación oficiosa de los
hechos por el juez“. (Soto Gómez, 1985, pp. 59-60)
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2. Principios del Derecho Probatorio.
10. Otros principios. Alteridad
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Importante principio explicado por Villasmil Briceño (2006) que indica
Todo medio de prueba debe emanar de la parte contraria o de otro sujeto
distinto de quien pretende aprovecharse de él, lo cual significa que el medio
de prueba o mejor dicho, el objeto material que contiene la fijación de los
hechos controvertidos, debe provenir de una declaración de voluntad ajena a
quién le invoca en su beneficio.
Del principio bajo estudio se deriva el viejo aforismo según el cual: "nadie
puede fabricarse su propia prueba". (...) Nadie puede hacerse unilateralmente
su propia prueba, es decir, fabricarse su propia prueba mediante una
actuación que emane de él sólo, sin el debido control e intervención de la
contraparte. (pp. 49-50).
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Tema 2. Los Principios del Derecho Probatorio
Referencias
Derecho Probatorio
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26
Baudin, P. (2010). CPC CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL VENEZOLANO (3ra ed.). EdicionesParedes.
Bello Tabares, H. E. T. (2006). Las pruebas en el proceso laboral. Edicionesparedes.
Bello Tabares, H. E. T. (2015). Tratado de Derecho Probatorio Tomo I. ASOCIACIÓN VENEZOLANA DE DERECHO
MARÍTIMO AVDM. https://284882bc-e3d8-467b-81a7-
15f0c9450605.filesusr.com/ugd/7a5940_46dc9407f2bb45148d88398c0e54a6d2.pdf
Cabrera Ibarra, G. A. (2012). DERECHO PROBATORIOCompendio. Vadell HermanosEditores C.A.
Cruz Mejía, A. & Wolters Kluwer España, S.A. (2020). Derecho probatorio.Teoría y Dogmática (1.a ed.). BOSCH
México.
Devis Echandía, H. (s. f.). TEORÍA GENERAL DE LA PRUEBA JUDICIAL TOMO I. corteidh.or.cr.
https://www.corteidh.or.cr/tablas/13421_ti.pdf
EcheverryEnciso, Y. (2019). Legalidad de la prueba y la exclusión. www.icesi.edu.co.
https://www.icesi.edu.co/revistas/index.php/precedente/article/view/3360/3584
Rivera Morales, R. (2009). Las Pruebas en el Derecho Venezolano (6ta.ed.). LibreríaRincón C.A.
Soto Gómez, J. (1985). En torno a los principiosde derecho probatorio. Dialnet.
https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5415580
Villasmil Briceño, F. (2005). TEORÍA DE LA PRUEBA. LibreríaEuropa Costa Verde, C.A.