Este documento describe los principios generales de la prueba en el derecho venezolano. Explica que la prueba debe demostrar la verdad de un hecho y recae sobre quien alega algo. Luego enumera veinte principios como la competencia, publicidad, contradicción, igualdad probatoria, congruencia, carga de la prueba, lealtad probatoria, preclusividad, libertad probatoria, inmediación, exhaustividad, control de la prueba, comunidad de la prueba, disposición y renunciabilidad, prohibición del
Tema: La Prueba, La Verdad como Problema Jurídico
PRUEBA PRECONSTITUIDA
San Martín Castro, citando a Hernández Gil, señala: “Prueba preconstituida es aquella practicada tanto antes del inicio formal del proceso penal, en la denominada fase preprocesal, cuanto en la propia investigación, realizada siempre con las garantías constitucionales y legales pertinentes, y en la medida en que sean de imposible o de muy difícil reproducción.”
Universidad Técnica Particular de Loja
Ciclo Académico Mayo Octubre 2011
Carrera: Especialidad en Derecho Procesal Penal I
Docente: Dra. Johana Pesántez
Tema: La Prueba, La Verdad como Problema Jurídico
PRUEBA PRECONSTITUIDA
San Martín Castro, citando a Hernández Gil, señala: “Prueba preconstituida es aquella practicada tanto antes del inicio formal del proceso penal, en la denominada fase preprocesal, cuanto en la propia investigación, realizada siempre con las garantías constitucionales y legales pertinentes, y en la medida en que sean de imposible o de muy difícil reproducción.”
Universidad Técnica Particular de Loja
Ciclo Académico Mayo Octubre 2011
Carrera: Especialidad en Derecho Procesal Penal I
Docente: Dra. Johana Pesántez
La prueba es un acto de parte, ella tiene como destinatario al juez, el cual la recibe y valora o aprecia en la etapa de decisión de la causa; y también al momento de decidir la causa, el Juez se enfrenta a dos tipos de cuestiones; la quaestio iuris que refiere al derecho aplicable, y la quaestio Facti, que se reduce a establecer la verdad o falsedad de los hechos alegados por las partes.
La prueba es un acto de parte, ella tiene como destinatario al juez, el cual la recibe y valora o aprecia en la etapa de decisión de la causa; y también al momento de decidir la causa, el Juez se enfrenta a dos tipos de cuestiones; la quaestio iuris que refiere al derecho aplicable, y la quaestio Facti, que se reduce a establecer la verdad o falsedad de los hechos alegados por las partes.
Conocer, evaluar y comprender los principios, ... que se conciben como criterios para regulan las diferentes actuaciones que integran la comunidad procesal.
Porfolio livings creados por Carlotta Designpaulacoux1
La sección de porfolio de livings de Carlotta Design es una muestra de la excelencia y la creatividad en el diseño de interiores. Cada proyecto en el porfolio refleja la visión única y el estilo distintivo de Carlotta Design, mostrando la habilidad del equipo para transformar espacios en ambientes acogedores, elegantes y funcionales. Desde salas de estar modernas y contemporáneas hasta espacios más tradicionales y clásicos, la variedad de estilos y diseños en el porfolio demuestra la versatilidad y la capacidad del equipo para adaptarse a las necesidades y gustos de cada cliente.
Las fotografías de alta calidad en el porfolio capturan la atención al detalle, los materiales de alta calidad y la combinación de texturas y colores que hacen que cada sala de estar sea única y especial. Además, la sección de porfolio de livings de Carlotta Design destaca la integración de muebles y accesorios cuidadosamente seleccionados para crear ambientes armoniosos y sofisticados.
En resumen, la sección de porfolio de livings de Carlotta Design es una ventana a la excelencia en el diseño de interiores, mostrando el talento y la dedicación del equipo para crear espacios extraordinarios que reflejan la personalidad y el estilo de cada cliente.
Arquitectura Ecléctica e Historicista en Latinoaméricaimariagsg
La arquitectura ecléctica e historicista en Latinoamérica tuvo un impacto significativo y dejó un legado duradero en la región. Surgida entre finales del siglo XIX y principios del XX, esta corriente arquitectónica se caracteriza por la combinación de diversos estilos históricos europeos, adaptados a los contextos locales.
Porfolio de diseños de Comedores de Carlotta Designpaulacoux1
calidad en el porfolio capturan la atención al detalle, la calidad de los materiales y la armonía de colores y texturas en cada diseño. El cuidadoso equilibrio entre muebles, iluminación y elementos decorativos se destaca en cada espacio, creando ambientes acogedores y sofisticados.
En resumen, la sección de porfolio de comedores de Carlotta Design es un reflejo del compromiso del equipo con la excelencia en el diseño de interiores, mostrando su habilidad para crear ambientes únicos y personalizados que sobresalen por su belleza y funcionalidad
DIA DE LA BANDERA PERUANA EL 7 DE JUNIO DE 182062946377
Diseño del dia de la bandera. El 7 de junio se celebra en todo el Perú el Día de la Bandera, una fecha que conmemora el aniversario de la Batalla de Arica de 1880, un enfrentamiento histórico en el que las tropas peruanas se enfrentaron valientemente a las fuerzas chilenas durante la Guerra del Pacífico.
Del caos surge mi perfección.
Soy valen! Siempre en una búsqueda constante en el equilibrio de ambas, donde encuentro mi verdadera yo, apreciando la belleza de la imperfección mientras acepto los desafíos y errores, y desafiando mi caos para alcanzar mi perfección.
Soy una mente inquieta, siempre buscando nuevas
inspiraciones en cada rincón.Encuentro en las calles y en los detalles cotidianos los colores vibrantes y las formas audaces que alimentan mi creatividad y a través de ellos tejo collages en mi imaginación, donde mi energía juega un papel fundamental en cada textura, cada forma, cada color mostrando mi esencia capturada.
Soy una persona que ama desafiar las convenciones establecidas, por eso tomo la moda y el arte como
referentes hacia mi inspiración, permitiéndome expresarme con libertad mi identidad de una manera única.
Soy la búsqueda de la estética, que es mi guía en cada viaje creativo, así creando una imagen única que genere armonía y impacto visual.Sin embargo, no podría lograr esta
singularidad sin el uso de la ironía como aliada en mi búsqueda de la originalidad.
Soy una diseñadora con un proceso creativo
llamado: rompecabezas donde al principio se encuentran miles de piezas desordenadas sobre la mesa para que luego cada pieza encaje perfectamente para crear una imagen
2. Principios Generales de la Prueba
La prueba, en Derecho, es la actividad necesaria que implica demostrar la verdad de
un hecho, su existencia o contenido según los medios establecidos por la ley.
La prueba recae sobre quien alega algo, ya que el principio establece que quien alega
debe probar. El que afirma algo debe acreditar lo que afirma mediante un hecho
positivo, si se trata de un hecho negativo el que afirma deberá acreditarlo mediante un
hecho positivo.
Ahora bien, existen varios principios generales de la prueba en nuestro ordenamiento
jurídico venezolano como lo son; el primero el principio de la competencia, este
principio está íntimamente vinculado con la inmediación, en el sentido que el Juez
que conoce debe llevar a su cargo todo el proceso probatorio.
El segundo principio es el de la publicidad; la publicidad en el sentido procesal es
hacer público (acceso y lugar) todos los actos del proceso.
El tercer principio es de la contradicción ya que si las pruebas se practican sin darle
oportunidad a una de las partes para contradecirlas se estaría violando el debido
proceso.
El siguiente principio es de la igualdad probatoria, aquí las partes deben tener las
mismas ocasiones para la defensa de sus derechos e intereses.
El quinto principio es de congruencia este tiene que ver con la relación que debe
existir entre lo alegado y probado en autos y la valoración que hace el juez para dictar
su decisión.
Ahora bien el principio de la carga de la prueba es aquella donde las partes llevan
sobre sí la obligación de demostrar el supuesto de hecho de las normas cuya
aplicación invocan.
3. Seguidamente el principio de la lealtad y probidad probatoria aca las partes no
pueden usar los medios de prueba para esconder la realidad y así engañar al juez.
En este orden de ideas sigue el principio de la preclusividad este es la pérdida de la
oportunidad para realizar un acto procesal (promover, impugnar o evacuar pruebas).
El noveno principio es de libertad probatoria, en el cual las partes deben disponer de
libertad probatoria para valerse de todos los medios lícitos de prueba para demostrar
sus hechos.
En el puesto diez, está el principio de inmediación en el cual el juez tiene que estar
relacionado con las pruebas que se presenten en el juicio.
Sucesivamente el principio de la exhaustividad, donde el juez debe valorar los medios
probatorios practicados de acuerdo con la ley e incorporarlos de conformidad con ella
y apreciarlos (art.509 CPC).
Luego encontramos el principio de control de la prueba el cual requiere que las partes
tengan la posibilidad de conocer antes de su evacuación los medios de prueba
promovidos, así como la recepción de estas en autos.
Ahora bien se encuentra el principio de la comunidad de la prueba el cual establece
que la prueba evacuada pertenece al proceso, a todo lo que constituye las actuaciones
de quienes forman parte de la comunidad procesal.
El decimo cuarto principio es de disposición y renunciabilidad de las pruebas, el cual
establece que las partes pueden usar todos los medios de prueba que estén a su
alcance, evacuar en cualquier grado y estado de la causa aquellas pruebas que tengan
interés e incluso desistir de la prueba pedida y no practicada.
Seguidamente el principio de la prohibición de aplicar el conocimiento privado del
juez sobre los hechos esto tiene que ver con la imparcialidad del juez, el art. 26 de
CRBV en su segundo aparte califica la justicia como imparcial.
4. El decimo sexto principio es del interés público de la prueba en el cual la
administración de justicia se considera como un servicio público, por ello tiene
interés toda la sociedad. (Esto lo establece el art.2 y 253 de nuestra carta magna).
El siguiente principio es de la formalidad y legitimidad de la prueba, estas deben
utilizarse medios legítimos para llevarla al proceso (art. 49, ordinal 1ro. CRBV)
además se requiere que provenga de un sujeto legitimado para promoverla y
evacuarla.
Seguidamente principio de la imparcialidad, es aquel donde el juez debe ser
imparcial, así mismo debe garantizar el derecho de defensa y debe mantener a las
partes en igualdad de condiciones (art. 15 del CPC).
Ahora bien el principio de la gratuidad está establecido en el art. 26 de la
Constitución de nuestro país el cual establece: “el estado garantizará una justicia
gratuita”.
De este modo se encuentra el principio de la licitud de la prueba y el respeto a la
persona, el cual está tipificado en el art. 49 ordinal 1º de nuestra carta magna,
estableciendo que la prueba tiene que prevenir el respeto a la persona, por tanto la
prueba lícita es aquella obtenida mediante el debido proceso.
El principio de inmaculacion de la prueba, significa que los medios adquiridos en el
proceso estén libres de vicios intrínsecos y extrínsecos que los hagan nulos.
En este orden de ideas esta el principio del deber de las partes de colaborar en la
prueba, esta es esa colaboración a la que están obligadas las partes está inscrita en la
solidaridad social de cooperación de los ciudadanos en el funcionamiento de la
justicia. (art. 26 y 257 CRBV y 12,17,170 CPC).
Casi finalizando esta el principio de la idoneidad y pertinencia de la prueba, la
pertinencia se refiere a la correspondencia entre el medio y el hecho a probar,
5. mientras que la idoneidad es la correspondencia que existe entre el medio, la finalidad
de probar y lo permitido por la ley.
Para finalizar y por ultimo tenemos el principio de la obtención coactiva de los
medios de prueba, este permite al juez el tener acceso a archivos públicos y privados,
a la exhibición de documentos y libros, allanamiento de inmuebles, imponer ciertas
coacciones a las partes y a los testigos para que comparezcan a interrogatorios. así por
ejemplo, la no contestación del demandado tiene un efecto de “confesión ficta”, el
silencio frente al documento privado opuesto se le tendrá como reconocido, etc.
Concluyendo así que Los principios generales en el Derecho son los enunciados
normativos más generales que, a pesar de no haber sido integrados formalmente en el
ordenamiento jurídico, se entiende que son parte de él, porque sirven de fundamento a
otros enunciados normativos particulares, o bien recogen de manera abstracta el
contenido de un grupo de ellos.