3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Hace 3 años la Administración
Municipal envió contratistas a la
Institución Educativa Guillermo
Niño Medina con el ánimo de
construir las unidades sanitarias
para la sección primaria y otras
para el polideportivo, obras que se
iniciaron pero quedaron en obra
gris hace más de 2 años.
4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Estas obras que quedaron sin concluir se han
convertido en un foco de indisciplina,
inseguridad y salubridad para la comunidad, ya
que el Colegio tiene problemas con el
cerramiento y la falta de celadores; son lugares
donde fácilmente se pueden esconder personas
para luego delinquir dentro de la institución,
también se han convertido en escondites para
los estudiantes evadir sus clases, para
utilizarlos de orinal y donde parejitas de novios
se esconden, y por que no, lugares donde
fácilmente se pueden utilizar para consumir
alucinógenos, licor, fumar, etc.
5. Enunciado del problema
¿Cómo influye una obra inconclusa en el manejo de
la disciplina y la seguridad escolar en la
Institución Educativa Guillermo Niño Medina de
Villavicencio?
6. OBJETIVOS
GENERAL:
Demostrar el impacto negativo que representa tener en
la Institución Educativa Guillermo Niño Medina,
unidades sanitarias sin terminar.
7. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Identificar los aspectos negativos que ocasiona en el
ambiente escolar las unidades sanitarias que están
sin concluir dentro de la Institución Educativa
Guillermo Niño Medina.
9. OBJETIVO ESPECIFICO
Presentar ante el Municipio de Villavicencio, un
documento motivado con el ánimo de gestionar la
terminación de la obra.
10. MARCO TEORICO
MARCO LEGAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
La Institución tiene el nombre de GUILLERMO NIÑO MEDINA, en honor al
ilustre medico que vivió desde finales del siglo hasta la década pasada,
contribuyendo a la salud y bienestar de la comunidad villavicense. En el año 1992,
inicio labores con los grados sexto y séptimo de educación Básica secundaria,
distribuidos así: 6-1, 6-2, 6-3, 6-4, 7-1, 7-2, en la sede de la escuela Abraham Lincoln
y 6-5, 6-6, 7-1, en la sede de la escuela nuestra señora de la paz.
En el año 1993, se trabajo solamente en la sede de la escuela Abraham Lincoln y la
secretaria de educación del departamento del META, autorizo el funcionamiento de
la jornada de la mañana funcionaron 6 cursos así: 6-1, 6-2. 6,-3, 7-1, 7-2, y 8-1, en la
jornada de la tarde 6-1, 6-2, 6,-3, 7-1, 7-2, 7-3, 8-1, 8-2, y 8-3.
En 1998 se define el modelo educativo de la Institución por procesos basada en el
desarrollo de las capacidades del estudiante, se completan todos los elementos para
la formación del currículo, se participa en el concurso de proyectos educativos
Institucionales, siendo seleccionado como sobresaliente a nivel nacional. Este
proyecto se caracterizó por desarrollar el proceso educativo de manera
mancomunada.
11. Acatando lo dispuesto por la racionalización del servicio educativo, el
Colegio fue fusionado con la escuela La Primavera y con el Colegio Julio
Daniel Chaparro y adoptó el nombre de Institución Educativa Guillermo
Niño Medina en el año 2003.
Cuenta con una excelente planta de Profesores y un cubrimiento completo
desde la Educación Básica primaria y secundaria hasta el programa de
Educación para Adultos en jornadas nocturna y sabatina.
En la actualidad el Guillermo Niño Medina se ha convertido en pilar de la
investigación y el desarrollo social y sus proyectos son orientados hacia el
mejoramiento de una comunidad sobre la cual tiene ascendencia
desarrollando cátedras importantes que incentivan la creación de proyectos
empresariales que generan una fuente de empleo no solo para sus
egresados sino para otras personas que se vinculan a ellos.
En la actualidad, cuenta con cerca de 2.500 estudiantes en las jornadas
mañana, tarde, nocturno y sabatino.
12. CARTA MAGNA
A partir de la promulgación de la Constitución de 1991 el
concepto de veeduría ciudadana adquirió una nueva
dimensión al reconocer su importancia como medio de
control y como herramienta valiosa de gestión. Por otra parte,
la Carta garantiza no sólo la participación en las instituciones
no estatales o privadas, como las empresas, las entidades
educativas, los gremios y sindicatos, a través de la imposición
del deber admitir formas de participación en su interior, sino
que rodea de garantías participativas a la ciudadanía respecto
de las diferentes funciones del Estado, una de las cuales es la
administración pública. Esta cartilla contiene las acciones a
seguir para la creación y puesta en marcha de los Comités de
Veeduría y la forma en que se organizan las audiencias
públicas que se convierten en instancia de soporte de
participación ciudadana en el control fiscal como aparece
plasmado en el artículo 270 de la Constitución Política.
13. La Constitución de 1991, el medio ambiente
y la salud
Artículo 79.- Todas las personas tienen derecho a
gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la
participación de la comunidad en las decisiones que
puedan afectarlo.
El deber de Estado proteger la diversidad e
integridad del ambiente, conservar las áreas de
especial importancia ecológica y fomentar la
educación para el logro de estos fines.
14. NORMATIVIDAD
VEEDURIA CIUDADANA
LEY 563 DE 2000
(febrero 2)
por la cual se reglamentan las veedurías ciudadanas.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. Definición. Se entiende por Veeduría Ciudadana el
mecanismo democrático de representación que le permite a
los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias,
ejercer vigilancia sobre el proceso de la gestión pública, frente
a las autoridades: Administrativas, políticas, judiciales,
electorales y legislativas, así como la convocatoria de las
entidades públicas o privadas encargadas de la ejecución de
un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un
servicio público.
15. Dicha vigilancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 270 de la
Constitución Política y el artículo 100 de la Ley 134 de 1994, se ejercerá en
aquellos ámbitos, aspectos y niveles en los que en forma total o parcial se
empleen los recursos públicos con sujeción a lo dispuesto en la presente
ley.
Los representantes legales de las entidades públicas o privadas encargadas
de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un
servicio público deberán por iniciativa propia, u obligatoriamente a
solicitud de un ciudadano desde una organización civil informar a los
ciudadanos y a las organizaciones civiles a través de un medio de amplia
difusión en el respectivo nivel territorial, para que ejerzan la vigilancia
correspondiente.
Artículo 2º. Facultad de constitución. Todos los ciudadanos en forma
plural o a través de organizaciones civiles como organizaciones
comunitarias, profesionales, juveniles, sindicales, benéficas o de utilidad
común, no gubernamentales, sin ánimo de lucro y constituidas con arreglo
a la ley, podrán constituir Veedurías Ciudadanas.
16. La vigilancia de la veeduría ciudadana se ejercerá sobre
entidades de cualquier nivel o sector de la administración
y sobre particulares que cumplen funciones públicas, de
acuerdo con las materias que interesen a aquella, de
conformidad con su acta de constitución, sin importar el
domicilio en el que se hubiere inscrito.
El ejercicio de las veedurías se harán sin perjuicio de
otras formas de vigilancia y control de la sociedad civil y
de la comunidad, consagradas en las disposiciones
legales vigentes y sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 167 de la Ley 136 de 1994, cuando dicha
participación se refiera a los organismos de control.
17. Artículo 6º. Objetivos:
a) Fortalecer los mecanismos de control contra la corrupción en la
gestión pública y la contratación estatal;
b) Fortalecer los procesos de participación ciudadana y comunitaria
en la toma de decisiones, en la gestión de los asuntos que les atañen
y en el seguimiento y control de los proyectos de inversión;
c) Apoyar las labores de las personerías municipales y distritales en
la promoción y fortalecimiento de los procesos de participación
ciudadana y comunitaria;
d) Velar por los intereses de las comunidades como beneficiarios de
la acción pública;
e) Propender por el cumplimiento de los principios constitucionales
que rigen la función pública;
f) Entablar una relación constante entre los particulares y la
administración, por ser éste un elemento esencial para evitar los
abusos de poder y la parcialización excluyente de los gobernantes;
g) Democratizar la administración pública;
h) Promocionar el liderazgo y la participación ciudadana.
18. PRINCIPIOS DE LAS VEEDURIAS
TITULO II
.Artículo 7º. Principio de democratización. Las veedurías deben
obrar en su organización y funcionamiento en forma
democrática y participativa definiendo claramente que sus
integrantes tienen iguales derechos y obligaciones y que las
decisiones se tomarán preferentemente por consenso o en su
defecto por mayoría absoluta de votos.
Artículo 8º. Principio de autonomía. Las veedurías se
constituyen y actúan por libre iniciativa de los ciudadanos,
gozan de plena autonomía frente a todas las entidades
públicas y frente a los organismos institucionales de control,
por consiguiente los veedores ciudadanos, no dependen de
ellas, ni son pagados por ellas.
En ningún caso los veedores pueden ser considerados
funcionarios públicos
19. Artículo 9º. Principio de transparencia. A fin de
garantizar el ejercicio de los derechos, deberes,
instrumentos y procedimientos consagrados en esta
ley.
Artículo 10. Principio de igualdad. El acceso de las
veedurías a los espacios de participación en el
control de la gestión pública.
Artículo 11. Principio de responsabilidad. Por ello el
ejercicio de los derechos y deberes que a cada uno le
son propios conlleva la obligación de responder en
cada caso frente a sus miembros, la sociedad y el
Estado.
20. Artículo 16. Las veedurías ciudadanas tendrán como
funciones primordiales, las siguientes:
a) Vigilar los procesos de planeación, para que conforme a la
Constitución y la ley se dé participación a la comunidad;
b) Vigilar que en la asignación de los presupuestos se prevean
prioritariamente la solución de necesidades básicas
insatisfechas según criterios, de celeridad, equidad y
eficiencia;
c) Vigilar porque el proceso de contratación se realice de
acuerdo con los criterios legales vigentes;
d) Vigilar y fiscalizar la ejecución y calidad técnica de las
obras, programas e inversiones en el correspondiente nivel
territorial;
Funciones, medios y recursos de acción
de las veedurías.
21. Derechos y deberes de las veedurías
Artículo 18. Derechos de las veedurías:
a) Conocer las políticas, proyectos, programas,
contratos, recursos presupuestales asignados, metas
físicas y financieras, procedimientos técnicos y
administrativos y los cronogramas de ejecución
previstos para los mismos desde el momento de su
iniciación;
b) Obtener asesoría y asistencia técnica de las
entidades de control del Estado, cuando la veeduría
lo estime necesario para el ejercicio de sus funciones;
22. Deberes de las veedurías
Artículo 19. Deberes de las veedurías. Son deberes de las
veedurías:
a) Recibir informes, observaciones y sugerencias que
presenten los particulares, las comunidades organizadas, las
organizaciones civiles y las autoridades, en relación con las
obras, programas y actividades objeto de la veeduría;
b) Comunicar a la ciudadanía, a través de informes
presentados en asambleas generales o reuniones similares de
los habitantes y de las organizaciones de la comunidad, los
avances en los procesos de control y vigilancia que se estén
realizando;
c) Definir su propio reglamento de funcionamiento y los
mecanismos de regulación del comportamiento de sus
miembros;
23. Requisitos, impedimentos y
prohibiciones.
Artículo 20. Requisitos para ser veedor:
a) Saber leer y escribir.
Artículo 21. Impedimentos para ser veedor:
a) Cuando quienes aspiren a ser veedores sean contratistas,
interventores, proveedores, o trabajadores adscritos a la obra,
contrato o programa objeto de veeduría o tengan algún interés
primordial directo o indirecto en la ejecución de las mismas;
Tampoco podrán ser veedores quienes hayan laborado dentro del
año anterior en la obra, contrato o programa objeto de veeduría;
b) Quienes estén vinculados por matrimonio, unión permanente o
parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de
afinidad o único civil con el contratista, interventor, proveedor, o
trabajadores adscritos a la obra, contrato o programa, así como a los
servidores públicos que tenga participación directa o indirecta en la
ejecución de los mismos;
24. HIPOTESIS
Cuando en un colegio hay obras inconclusas estas
se convierten en un foco de inseguridad escolar.
Tener baños sin terminar en una Institución
Educativa hace que se acrecente las faltas al
manual de convivencia .
Obras sin terminar en una Institución Educativa
hace que se genere un ambiente no agradable para
los estudiantes.
25. VARIABLES
VARIABLES DEPENDIENTES:
Consecuencias de tener unidades sanitarias
inconclusas en la Institución Educativa.
VARIABLES INDEPENDIENTES:
Causas por las cuales las obras quedaron inconclusas.
26. PRUEBA DE HIPÓTESIS
Se puede aseverar que las obras inconclusas en la
institución se convierten en un problema de
indisciplina a la hora de realizar actividades
extracurriculares
27. DISEÑO METODOLÓGICO
El diseño de la presente investigación está enfocado en el
estudio descriptivo de los aspectos negativos en el
ambiente escolar de la institución Educativa Guillermo
Niño Medina de la ciudad de Villavicencio, causados por
obras (unidades sanitarias) que la administración
municipal dejo inconclusas desde hace 2 años
aproximadamente.
A partir de la recolección de información a través de
encuestas, entrevistas, observación directa, imágenes,
videos y de la documentación existente, se busca
determinar las causas por las cuales, las obras quedaron
inconclusas y las consecuencias que han ocasionado en la
comunidad estudiantil de la institución
28. De acuerdo a la problemática existente la investigación se
desarrollará con el objetivo de:
A. Determinar claramente y con evidencias las
consecuencias que ha ocasionado en la integridad física
de los estudiantes y la indisciplina que afecta la
normalidad en las actividades extracurriculares de la
institución.
B. Determinar claramente a través de recolección de
documentación y de entrevistas las causas por las
cuales las obras de las unidades sanitarias quedaron
inconclusas.
C. Elaborar un informe detallado de la problemática con
el ánimo de solicitar ante los entes gubernamentales la
culminación de La obra.
29. ENFOQUE METODOLÓGICO
Con base al tipo de problemática a abordar la investigación tiene un
enfoque descriptivo por que en ella se tienen en cuenta las siguientes
etapas:
Examinar las características del problema escogido.
Lo definen y formulan sus hipótesis.
Enunciar los supuestos en que se basan las hipótesis y los procesos
adoptados.
Elegir los temas y las fuentes apropiados.
Seleccionar o elaborar técnicas para la recolección de datos.
Establecer, a fin de clasificar los datos, categorías precisas, que se adecuen
al propósito del estudio y permitan poner de manifiesto las semejanzas,
diferencias y relaciones significativas.
Verificar la validez de las técnicas empleadas para la recolección de datos.
Realizar observaciones objetivas y exactas.
Describir, analizar e interpretar los datos obtenidos, en términos claros y
precisos.
30. TIPO DE ESTUDIO
El estudio a realizar es de tipo retrospectivo ,
transversal y descriptivo.
Retrospectivo por que se indaga sobre los hechos
ocurridos en el pasado y
Transversal por que se estudiaran las variables
simultáneamente .
Según el análisis y alcance de los resultados, en
Descriptivo
31. UNIVERSO Y MUESTRA
UNIVERSO: La investigación se desarrollará en la
sede central de la Institución Educativa Guillermo
Niño Medina de Villavicencio que se encuentra
ubicada en la calle 12 A# 8 del Barrio El Estero.
Muestra: estudiantes de la Institución Educativa de
la Jornada de la mañana
32. DELIMITACION GEOGRAFICA
El seguimiento de la Investigación estará haciéndose
o desarrollándose en dos lugares puntuales de la
Institución y es efectivamente donde se encuentran
ubicadas las unidades sanitarias que quedaron
inconclusas; una de ellas está ubicada a la derecha de
acceso al polideportivo y las otras unidades aledañas
a la sección primaria.
42. RESULTADOS O CONCLUSIONES
Haciendo visita a las obras e ingresando dentro de ellas
se evidenció, colillas de cigarrillo, papeles de comida,
botellas, basura en general y olor a orines; con base en
estos hallazgos se puede concluir que los estudiantes si
entran a esos lugares a esconderse, a fumar, jugar y todo
lo que ellos hacen cuando se esconden de la disciplina
escolar.
En actividades que se desarrollan en el polideportivo,
docentes se deben ubicar cerca para evitar que los
estudiantes entren allí para evadir las actividades y/o
para que por pereza de ir al baño entren allí a realizar sus
necesidades fisiológicas.
43. RESULTADOS
También se pudo evidenciar que ya hay paredes que
se están derrumbando en las unidades que se
construyeron cerca de primaria, por que allí los niños
entran a jugar, situación que genera riesgos de
accidentes en los estudiantes, como ya ha ocurrido
en 3 ocasiones, afortunadamente no han sido graves.
Tener baños sin terminar en una Institución
Educativa hace que se genere un ambiente no
agradable para los estudiantes que tienen derecho a
un ambiente sano. (artículos 8o., 58, 79, 80, 81 y 95
numeral 8° de la Constitución Nacional