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La relación laboral y su normativa
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La relación laboral y su normativa
El Derecho del Trabajo
El Derecho del
Trabajo, o Derecho
Laboral, es el
conjunto de principios
y normas que regulan
las relaciones
individuales y
colectivas entre
empresarios y
trabajadores, así
como los conflictos
que puedan surgir en
esta relación.
El Derecho del Trabajo
nace con la Revolución
Industrial. Ante las
condiciones abusivas
impuestas por los
empresarios, los
trabajadores decidieron
unirse para formar el
movimiento obrero, con
el objetivo de detener
estos abusos y mejorar
sus condiciones laborales.
La norma laboral
básica que regula los
derechos y
obligaciones del
trabajador es el
Estatuto de los
Trabajadores. En él se
recogen las
modificaciones
necesarias para poder
adaptarse a las
condiciones sociales y
económicas de cada
época.
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La relación laboral y su normativa
El Derecho del Trabajo (II)
El Derecho del Trabajo regula las relaciones laborales.
Las relaciones laborales se dividen en ordinarias, especiales y no laborales o excluidas.
RELACIÓN LABORAL ORDINARIA
Reúne las siguientes características:
• Personal: el trabajo debe ser desarrollado por el trabajador personalmente.
• Voluntaria: el trabajo deber ser realizado de manera voluntaria.
• Remunerada: el trabajo deber ser retribuido económicamente.
• Dependiente: el trabajador tiene que aceptar las decisiones de la empresa.
• Por cuenta ajena: el resultado del trabajo es propiedad de la empresa.
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La relación laboral y su normativa
El Derecho del Trabajo (III)
RELACIÓN LABORAL ESPECIAL
Reúne todos los requisitos de las relaciones laborales ordinarias, pero por sus especiales
características necesita una regulación específica, aplicando el Estatuto de los Trabajadores.
Por ejemplo: el personal de alta dirección, los empleados del hogar, los deportistas
profesionales, los presos en instituciones penitenciarias, los estibadores portuarios, los
artistas en espectáculos públicos, etc.
RELACIÓN NO LABORAL O EXCLUIDA
No reúnen alguno de los requisitos de las relaciones laborales ordinarias ni se les aplica el
Estatuto de los Trabajadores.
Por ejemplo: los funcionarios públicos, los trabajos obligatorios, los trabajos por amistad,
vecindad o voluntariado, los trabajos familiares, los comisionistas, los consejeros o miembros
de un órgano de administración, etc.
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La relación laboral y su normativa
Las fuentes del Derecho del Trabajo
Se denominan fuentes
del Derecho del Trabajo
tanto a los organismos e
instituciones que tienen
poder para crear normas
como a los tipos de
normas que crean
dichos organismos.
Las fuentes del
Derecho Laboral se
clasifican según su
procedencia en:
 Fuentes nacionales
 Fuentes
internacionales
Las normas del
Derecho del Trabajo
provienen o tienen su
origen en diferentes
fuentes.
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La relación laboral y su normativa
Las fuentes nacionales del Derecho del Trabajo
Las fuentes nacionales del Derecho del Trabajo son aquellas normas del Derecho
Laboral que se crean dentro del territorio nacional por organismos o colectivos del
propio país. En España se ordenan jerárquicamente de la siguiente manera:
CONSTITUCIÓN
REGLAMENTOS
LEYES Y NORMAS CON RANGO DE LEY
CONVENIOS COLECTIVOS
CONTRATO DE TRABAJO
COSTUMBRE LABORAL
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La relación laboral y su normativa
Las fuentes internacionales del Derecho del Trabajo
Las fuentes internacionales son aquellas
normas del Derecho Laboral que se crean
en el ámbito internacional. Su principal
finalidad es dar lugar a una legislación
laboral común a todos los Estados
miembros, independientemente del país
donde desarrollen su actividad, y son:
REGLAMENTOS COMUNITARIOS
CONVENIOS DE LA OIT
LEYES Y NORMAS CON RANGO DE LEY
TRATADOS INTERNACIONALES
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La relación laboral y su normativa
Los principios del Derecho del Trabajo
El principio de jerarquía normativa implica que, en derecho, las normas de rango
inferior no pueden contradecir lo dispuesto en una norma de rango superior.
En Derecho del Trabajo, este principio está limitado por los principios de aplicación de
las normas laborales:
Principio de norma mínima: la norma de rango superior establece el contenido mínimo
que debe ser respetado por las normas de rango inferior.
Principio de norma más favorable: si existen dos o más normas que regulan el mismo
tema, se aplicará la más favorable en su conjunto.
Principio de norma más beneficiosa: si una norma nueva establece condiciones peores
que la anterior, se mantendrán las condiciones mejores anteriores.
Principio in dubio pro operario: si una norma se puede interpretar de diferentes
formas, se aplicará la más favorable.
Principio de irrenunciabilidad de derechos: ningún trabajador puede renunciar a los
derechos que le reconocen las normas.
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La relación laboral y su normativa
Derechos y obligaciones de los trabajadores
Derechos básicos
• Derecho al trabajo y
libre elección de la
profesión.
• Derecho a la libre
sindicación.
• Derecho a la
negociación colectiva.
• Derecho a la huelga.
• Derecho de reunión.
• Derecho de
información, consulta y
participación en la
empresa.
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• Derecho a la ocupación
efectiva.
• Derecho a la promoción y
formación profesional.
• Derecho a la no
discriminación.
• Derecho a la integridad física.
• Derecho a la percepción
puntual del salario.
• Derecho al respeto de la
intimidad y consideración
debida a su dignidad.
• Derecho al ejercicio de
acciones derivadas del trabajo.
Obligaciones
• Cumplir con las obligaciones
de su puesto de trabajo.
• Cumplir con las órdenes e
instrucciones del empresario.
• No competir con la actividad
de la empresa.
• Contribuir a la mejora de la
productividad.
• Cumplir cuantos deberes se
deriven del contrato.
• Observar las medidas de
seguridad e higiene.
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La relación laboral y su normativa
Deberes de los empresarios
• Dar un trato igualitario.
• Respetar la intimidad y dignidad de los
trabajadores.
• Proporcionar el trabajo de acuerdo a la categoría
profesional.
• Mantener una adecuada política de seguridad e
higiene en el trabajo.
• Permitir la asistencia a exámenes, cursos de
formación y reuniones sindicales.
• Pagar puntualmente el salario.
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La relación laboral y su normativa
Poderes de los empresarios
Poder de
dirección: facultad
para decidir la
realización de la
actividad laboral.
Poder
disciplinario:
facultad para
imponer sanciones
a los trabajadores
en caso de que
cometan una falta o
infracción en las
normas o en el
convenio colectivo.
Poder de vigilancia y control: facultad de utilizar medidas
para vigilar y controlar que los trabajadores cumplan con sus
obligaciones y deberes laborales, pero respetando su intimidad
y dignidad.
• Registros de los efectos particulares y la taquilla del
trabajador dentro del centro de trabajo cuando tenga la
sospecha de que esté atentando contra la propiedad privada,
siempre durante el horario laboral y acompañado de un
representante de los trabajadores.
• Videovigilancia sin audio en los lugares de trabajo. Debe
informarse previamente a los trabajadores y no pueden
instalarse en los vestuarios, servicios, comedores, etc.
• Control del uso del correo electrónico y de los
ordenadores de la empresa, según unas pautas de las que el
empresario deberá informar previamente a los trabajadores.
• Comprobación del estado de enfermedad o accidente del
trabajador a través de reconocimientos médicos.
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La relación laboral y su normativa
Los equipos de trabajo: ventajas e inconvenientes
VENTAJAS
• Incrementa la productividad,
el compromiso y la
responsabilidad.
• Mejora la satisfacción y el
clima laboral.
• Optimiza la comunicación.
• Facilita la resolución de
problemas.
INCONVENIENTES
• Ralentiza la toma de decisiones.
• Puede reducir el compromiso de
algunos miembros.
• Dificulta la coordinación.
• Complica el reparto equitativo de
tareas.
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La relación laboral y su normativa
Los equipos de trabajo: fases
Formación
Se produce una primera toma de contacto entre los miembros; se sienten ilusionados y
optimistas. El jefe explicará el proyecto y sus objetivos.
Tormenta
Surgen las primeras
discrepancias y los
miembros del
equipo rivalizan. El
jefe debe actuar
como intermediario
para clarificar
objetivos y
procedimientos.
Normalización
Se asignan roles
y tareas a cada
miembro. El jefe
facilita la
coordinación
del equipo; existe
confianza y
respeto.
Madurez
Etapa más
productiva. El
jefe delega y
los miembros
trabajan de
manera
autónoma.
Disolución
Se ha alcanzado
el objetivo
previsto; se cierra
el proyecto y se
disuelve el equipo
de trabajo.
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La relación laboral y su normativa
Los conflictos laborales
El conflicto es el enfrentamiento entre dos o más personas como consecuencia de
desacuerdos en intereses, deseos o valores. El conflicto laboral es el tipo de conflicto
específico que tiene lugar en el marco del trabajo. Sus consecuencias pueden ser:
Positivas
• Fortalece la cohesión
y lealtad del grupo.
• Estimula la
creatividad y las nuevas
ideas.
• Incrementa el
aprendizaje y la
cooperación.
• Pone al descubierto
problemas en la
organización.
Negativas
• Disminuye la
motivación laboral y la
productividad.
• Aumenta la
desconfianza y empeora
las relaciones.
• Elimina el trabajo en
equipo.
• Restringe la
información.
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La relación laboral y su normativa
Los conflictos laborales: clases
• Latente: está oculto, pero se percibe
que algo va mal.
• Manifiesto: se percibe claramente la
existencia del conflicto.
Según las personas a las que afecta:
• Individual: desacuerdo entre
trabajador y empresario por
un derecho individual.
• Colectivo: desacuerdo entre varios
trabajadores y el empresario
por derechos colectivos.
• Horizontal: afecta al mismo nivel jerárquico.
• Vertical: afecta a diferentes niveles
jerárquicos.
Según el modo de solución:
• Pacífico: se utilizan medios no violentos
(negociación).
• Agresivo: se utilizan medios violentos
(piquetes).
Según el grado de percepción Según el nivel jerárquico
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La relación laboral y su normativa
Los conflictos laborales: tipos de negociación
Negociación
competitiva
(yo gano/tú pierdes)
Solo se acepta el
acuerdo como
ganancia.
Negociación colaborativa
(yo gano/tú ganas)
Aceptar el acuerdo positivo
en el que todos ganan.
Negociación
subordinada
(yo pierdo/tú ganas)
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conflicto.
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La relación laboral y su normativa
Los conflictos laborales: fases de la negociación
Planificación
Las partes deberán preparar la negociación, concretando las necesidades, objetivos y
límites, y teniendo en cuenta los medios disponibles.
Desarrollo
Se exponen las
argumentaciones y
se intenta acercar
posturas en los
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discrepantes,
de manera que
se pueda llegar a
acuerdos viables.
Acuerdo
Se acercan
posturas
hasta que
no exista ningún
punto discordante
y se alcance el
acuerdo deseado.
Cierre
Se cierra el
acuerdo entre
las partes con la
firma del
documento
escrito en el que
se plasman los
acuerdos
alcanzados.
Evaluación
Las partes analizan
la negociación
para reflexionar y
comprobar si se
han alcanzado las
necesidades,
objetivos y límites
inicialmente
planificados.
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La relación laboral y su normativa
Los conflictos laborales: características del negociador
• Conciliador: intenta que todos salgan
ganando con el acuerdo.
• Confiado: confía en las decisiones de los
demás.
• Diplomático: procura que sean las propias
partes en conflicto las que encuentren la
solución.
• Asertivo: intenta defender su postura y
llegar a un acuerdo.
• Resolutivo: intenta negociar su postura,
aunque los demás queden insatisfechos.
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La relación laboral y su normativa
La representación de los trabajadores
La representación
unitaria
La representación unitaria
es la representación de
todo el personal de la
empresa, con
independencia de su
afiliación o no a un
sindicato.
La representación
colectiva
La representación colectiva se
ejerce a través de los
sindicatos, que aparecieron en
el siglo XIX, con el nacimiento
del movimiento obrero.
Un sindicato es una asociación
permanente de trabajadores,
sin ánimo de lucro, cuyo
objetivo es la defensa y mejora
de las condiciones de trabajo
frente a los empresarios.
Los convenios
colectivos
El convenio colectivo es un
acuerdo libremente adoptado
entre los representantes de
los trabajadores y los
empresarios para regular las
condiciones de trabajo,
sindicales y económicas.
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La relación laboral y su normativa
Los organismos judiciales laborales
Tribunal supremo
 Tribunales Superiores de
Justicia de las Comunidades
Autónomas
 Audiencia Nacional
 Juzgados de lo Social
 Ministerio de Empleo y Seguridad
Social
 Inspección de Trabajo
 Instituto Nacional de la
Seguridad Social
 Tesorería General de la
Seguridad Social
Los tribunales laborales La administración laboral

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  • 1. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa
  • 2. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa El Derecho del Trabajo El Derecho del Trabajo, o Derecho Laboral, es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones individuales y colectivas entre empresarios y trabajadores, así como los conflictos que puedan surgir en esta relación. El Derecho del Trabajo nace con la Revolución Industrial. Ante las condiciones abusivas impuestas por los empresarios, los trabajadores decidieron unirse para formar el movimiento obrero, con el objetivo de detener estos abusos y mejorar sus condiciones laborales. La norma laboral básica que regula los derechos y obligaciones del trabajador es el Estatuto de los Trabajadores. En él se recogen las modificaciones necesarias para poder adaptarse a las condiciones sociales y económicas de cada época.
  • 3. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa El Derecho del Trabajo (II) El Derecho del Trabajo regula las relaciones laborales. Las relaciones laborales se dividen en ordinarias, especiales y no laborales o excluidas. RELACIÓN LABORAL ORDINARIA Reúne las siguientes características: • Personal: el trabajo debe ser desarrollado por el trabajador personalmente. • Voluntaria: el trabajo deber ser realizado de manera voluntaria. • Remunerada: el trabajo deber ser retribuido económicamente. • Dependiente: el trabajador tiene que aceptar las decisiones de la empresa. • Por cuenta ajena: el resultado del trabajo es propiedad de la empresa.
  • 4. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa El Derecho del Trabajo (III) RELACIÓN LABORAL ESPECIAL Reúne todos los requisitos de las relaciones laborales ordinarias, pero por sus especiales características necesita una regulación específica, aplicando el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo: el personal de alta dirección, los empleados del hogar, los deportistas profesionales, los presos en instituciones penitenciarias, los estibadores portuarios, los artistas en espectáculos públicos, etc. RELACIÓN NO LABORAL O EXCLUIDA No reúnen alguno de los requisitos de las relaciones laborales ordinarias ni se les aplica el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo: los funcionarios públicos, los trabajos obligatorios, los trabajos por amistad, vecindad o voluntariado, los trabajos familiares, los comisionistas, los consejeros o miembros de un órgano de administración, etc.
  • 5. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Las fuentes del Derecho del Trabajo Se denominan fuentes del Derecho del Trabajo tanto a los organismos e instituciones que tienen poder para crear normas como a los tipos de normas que crean dichos organismos. Las fuentes del Derecho Laboral se clasifican según su procedencia en:  Fuentes nacionales  Fuentes internacionales Las normas del Derecho del Trabajo provienen o tienen su origen en diferentes fuentes.
  • 6. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Las fuentes nacionales del Derecho del Trabajo Las fuentes nacionales del Derecho del Trabajo son aquellas normas del Derecho Laboral que se crean dentro del territorio nacional por organismos o colectivos del propio país. En España se ordenan jerárquicamente de la siguiente manera: CONSTITUCIÓN REGLAMENTOS LEYES Y NORMAS CON RANGO DE LEY CONVENIOS COLECTIVOS CONTRATO DE TRABAJO COSTUMBRE LABORAL
  • 7. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Las fuentes internacionales del Derecho del Trabajo Las fuentes internacionales son aquellas normas del Derecho Laboral que se crean en el ámbito internacional. Su principal finalidad es dar lugar a una legislación laboral común a todos los Estados miembros, independientemente del país donde desarrollen su actividad, y son: REGLAMENTOS COMUNITARIOS CONVENIOS DE LA OIT LEYES Y NORMAS CON RANGO DE LEY TRATADOS INTERNACIONALES
  • 8. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Los principios del Derecho del Trabajo El principio de jerarquía normativa implica que, en derecho, las normas de rango inferior no pueden contradecir lo dispuesto en una norma de rango superior. En Derecho del Trabajo, este principio está limitado por los principios de aplicación de las normas laborales: Principio de norma mínima: la norma de rango superior establece el contenido mínimo que debe ser respetado por las normas de rango inferior. Principio de norma más favorable: si existen dos o más normas que regulan el mismo tema, se aplicará la más favorable en su conjunto. Principio de norma más beneficiosa: si una norma nueva establece condiciones peores que la anterior, se mantendrán las condiciones mejores anteriores. Principio in dubio pro operario: si una norma se puede interpretar de diferentes formas, se aplicará la más favorable. Principio de irrenunciabilidad de derechos: ningún trabajador puede renunciar a los derechos que le reconocen las normas.
  • 9. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Derechos y obligaciones de los trabajadores Derechos básicos • Derecho al trabajo y libre elección de la profesión. • Derecho a la libre sindicación. • Derecho a la negociación colectiva. • Derecho a la huelga. • Derecho de reunión. • Derecho de información, consulta y participación en la empresa. Derechos específicos • Derecho a la ocupación efectiva. • Derecho a la promoción y formación profesional. • Derecho a la no discriminación. • Derecho a la integridad física. • Derecho a la percepción puntual del salario. • Derecho al respeto de la intimidad y consideración debida a su dignidad. • Derecho al ejercicio de acciones derivadas del trabajo. Obligaciones • Cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo. • Cumplir con las órdenes e instrucciones del empresario. • No competir con la actividad de la empresa. • Contribuir a la mejora de la productividad. • Cumplir cuantos deberes se deriven del contrato. • Observar las medidas de seguridad e higiene.
  • 10. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Deberes de los empresarios • Dar un trato igualitario. • Respetar la intimidad y dignidad de los trabajadores. • Proporcionar el trabajo de acuerdo a la categoría profesional. • Mantener una adecuada política de seguridad e higiene en el trabajo. • Permitir la asistencia a exámenes, cursos de formación y reuniones sindicales. • Pagar puntualmente el salario.
  • 11. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Poderes de los empresarios Poder de dirección: facultad para decidir la realización de la actividad laboral. Poder disciplinario: facultad para imponer sanciones a los trabajadores en caso de que cometan una falta o infracción en las normas o en el convenio colectivo. Poder de vigilancia y control: facultad de utilizar medidas para vigilar y controlar que los trabajadores cumplan con sus obligaciones y deberes laborales, pero respetando su intimidad y dignidad. • Registros de los efectos particulares y la taquilla del trabajador dentro del centro de trabajo cuando tenga la sospecha de que esté atentando contra la propiedad privada, siempre durante el horario laboral y acompañado de un representante de los trabajadores. • Videovigilancia sin audio en los lugares de trabajo. Debe informarse previamente a los trabajadores y no pueden instalarse en los vestuarios, servicios, comedores, etc. • Control del uso del correo electrónico y de los ordenadores de la empresa, según unas pautas de las que el empresario deberá informar previamente a los trabajadores. • Comprobación del estado de enfermedad o accidente del trabajador a través de reconocimientos médicos.
  • 12. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Los equipos de trabajo: ventajas e inconvenientes VENTAJAS • Incrementa la productividad, el compromiso y la responsabilidad. • Mejora la satisfacción y el clima laboral. • Optimiza la comunicación. • Facilita la resolución de problemas. INCONVENIENTES • Ralentiza la toma de decisiones. • Puede reducir el compromiso de algunos miembros. • Dificulta la coordinación. • Complica el reparto equitativo de tareas.
  • 13. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Los equipos de trabajo: fases Formación Se produce una primera toma de contacto entre los miembros; se sienten ilusionados y optimistas. El jefe explicará el proyecto y sus objetivos. Tormenta Surgen las primeras discrepancias y los miembros del equipo rivalizan. El jefe debe actuar como intermediario para clarificar objetivos y procedimientos. Normalización Se asignan roles y tareas a cada miembro. El jefe facilita la coordinación del equipo; existe confianza y respeto. Madurez Etapa más productiva. El jefe delega y los miembros trabajan de manera autónoma. Disolución Se ha alcanzado el objetivo previsto; se cierra el proyecto y se disuelve el equipo de trabajo.
  • 14. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Los conflictos laborales El conflicto es el enfrentamiento entre dos o más personas como consecuencia de desacuerdos en intereses, deseos o valores. El conflicto laboral es el tipo de conflicto específico que tiene lugar en el marco del trabajo. Sus consecuencias pueden ser: Positivas • Fortalece la cohesión y lealtad del grupo. • Estimula la creatividad y las nuevas ideas. • Incrementa el aprendizaje y la cooperación. • Pone al descubierto problemas en la organización. Negativas • Disminuye la motivación laboral y la productividad. • Aumenta la desconfianza y empeora las relaciones. • Elimina el trabajo en equipo. • Restringe la información.
  • 15. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Los conflictos laborales: clases • Latente: está oculto, pero se percibe que algo va mal. • Manifiesto: se percibe claramente la existencia del conflicto. Según las personas a las que afecta: • Individual: desacuerdo entre trabajador y empresario por un derecho individual. • Colectivo: desacuerdo entre varios trabajadores y el empresario por derechos colectivos. • Horizontal: afecta al mismo nivel jerárquico. • Vertical: afecta a diferentes niveles jerárquicos. Según el modo de solución: • Pacífico: se utilizan medios no violentos (negociación). • Agresivo: se utilizan medios violentos (piquetes). Según el grado de percepción Según el nivel jerárquico
  • 16. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Los conflictos laborales: tipos de negociación Negociación competitiva (yo gano/tú pierdes) Solo se acepta el acuerdo como ganancia. Negociación colaborativa (yo gano/tú ganas) Aceptar el acuerdo positivo en el que todos ganan. Negociación subordinada (yo pierdo/tú ganas) Ceder para evitar el conflicto.
  • 17. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Los conflictos laborales: fases de la negociación Planificación Las partes deberán preparar la negociación, concretando las necesidades, objetivos y límites, y teniendo en cuenta los medios disponibles. Desarrollo Se exponen las argumentaciones y se intenta acercar posturas en los puntos discrepantes, de manera que se pueda llegar a acuerdos viables. Acuerdo Se acercan posturas hasta que no exista ningún punto discordante y se alcance el acuerdo deseado. Cierre Se cierra el acuerdo entre las partes con la firma del documento escrito en el que se plasman los acuerdos alcanzados. Evaluación Las partes analizan la negociación para reflexionar y comprobar si se han alcanzado las necesidades, objetivos y límites inicialmente planificados.
  • 18. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Los conflictos laborales: características del negociador • Conciliador: intenta que todos salgan ganando con el acuerdo. • Confiado: confía en las decisiones de los demás. • Diplomático: procura que sean las propias partes en conflicto las que encuentren la solución. • Asertivo: intenta defender su postura y llegar a un acuerdo. • Resolutivo: intenta negociar su postura, aunque los demás queden insatisfechos.
  • 19. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa La representación de los trabajadores La representación unitaria La representación unitaria es la representación de todo el personal de la empresa, con independencia de su afiliación o no a un sindicato. La representación colectiva La representación colectiva se ejerce a través de los sindicatos, que aparecieron en el siglo XIX, con el nacimiento del movimiento obrero. Un sindicato es una asociación permanente de trabajadores, sin ánimo de lucro, cuyo objetivo es la defensa y mejora de las condiciones de trabajo frente a los empresarios. Los convenios colectivos El convenio colectivo es un acuerdo libremente adoptado entre los representantes de los trabajadores y los empresarios para regular las condiciones de trabajo, sindicales y económicas.
  • 20. © McGraw-Hill La relación laboral y su normativa Los organismos judiciales laborales Tribunal supremo  Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas  Audiencia Nacional  Juzgados de lo Social  Ministerio de Empleo y Seguridad Social  Inspección de Trabajo  Instituto Nacional de la Seguridad Social  Tesorería General de la Seguridad Social Los tribunales laborales La administración laboral