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LOS RETOS DE LA GESTIÓN REAL
DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES
EN EL TRABAJO: PROPUESTAS DEL
OBSERVATORIO PARA LA ERA
POSCOVID19
1
Guía del Observatorio Vasco
para implantar un Protocolo de
Conciliación en las empresas
Manuel Velázquez
Inspector de Trabajo y Seguridad Social
Miembro del Observatorio Vasco sobre Acoso y Discriminación
2
LA CONCILIACIÓN EN
LAS POLÍTICAS DE EMPRESA
• EN LAS POLÍTICAS SOBRE PREVENCIÓN DE LAS CONSECUENCIAS DEL
ENVEJECIMIENTO Y GESTIÓN DE LA EDAD
• Hay que facilitar la maternidad
• Afecta a las personas de una franja de edad media: entre 25 y 45 años
• EN LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD
• Es el factor de desequilibrio más importante entre ambos sexos
• Hay que favorecer la corresponsabilidad
• EN LAS POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
• Afecta a la fatiga y el estrés laboral
• Hay que adoptar medidas para prevenir y reducir los daños a la salud
3
4
5
Índice de procesos Índice de días de baja
Hombre Mujer Total Hombre Mujer Total
Hasta 34 años 1,02 2,17 1,58 75,39 165,82 119,43
De 35 a 49 años 1,09 2,26 1,63 105.83 220,95 159,32
Más de 49 años 0,97 2,11 1,48 120,39 257,01 181,07
Total 1,06 2,22 1,6 100,57 211,06 152,41
6
IT POR ENFERMEDADES PSIQUIÁTRICAS (2017)
7
LA REGULACIÓN LEGAL DE LA
CONCILIACIÓN
SITUACIONES DE CONCILIACIÓN
PREVISTAS EN LA LEY
•La ausencia momentánea del trabajo durante la
jornada laboral
•La licencia para no ir a trabajar uno o varios días
•La reducción de jornada (y salario) por motivos
de conciliación
•La adaptación de la jornada laboral por razones
de conciliación
8
EL DERECHO A AUSENTARSE DURANTE LA
JORNADA LABORAL POR RAZONES FAMILIARES
• POR NACIMIENTO, ADOPCIÓN Y ACOGIMIENTO
• Art. 37.4 ET: El derecho a ausentarse una hora diaria
• POR NACIMIENTO PREMATURO U HOSPITALIZACIÓN POST-PARTO
• Art. 37.5. ET: El derecho a ausentarse una hora diaria
• EL RESTO DE LOS SUPUESTOS
• Suelen presentarse con mucha frecuencia por razones inesperadas y de muy
variado carácter
• Solo tienen regulación mediante la vía del convenio colectivo o por los usos y
costumbres vigentes en cada empresa.
9
EL DERECHO A PERMISOS Y LICENCIAS PARA NO IR A
TRABAJAR ANTE CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES
(Art.37.3)
• POR FALLECIMIENTO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD GARVE U
HOSPITALIZACIÓN
• De dos a cuatro días
• POR EXAMEN PRENATAL O TRÁMITES DE ADOPCIÓN
• Por el tiempo indispensable
• EL RESTO DE LOS SUPUESTOS
• Solo tienen regulación mediante la vía del convenio colectivo o por los usos y
costumbres vigentes en cada empresa
10
EL DERECHO A REDUCIR LA JORNADA LABORAL (Y
SALARIO) POR NECESIDADES DE CONCILIACIÓN
• Para quienes tengan a su cuidado (Art. 37.6 ET):
• A menores de 12 años
• A personas con discapacidad
• A un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
• La concreción horaria se hará por los convenios colectivos y los
acuerdos entre las partes afectadas teniendo en cuenta las
necesidades organizativas y productivas de las empresas
• En caso conflicto entre las partes el mismo se resolverá por la
jurisdicción social
11
EL DERECHO A SOLICITAR LA ADAPTACIÓN DE JORNADA Y A
OBTENER UNA RESPUESTA RAZONADA DE LA EMPRESA POR
NECESIDADES DE CONCILIACIÓN FAMILIAR (ART. 34.8)
• El derecho a solicitar la adaptación de jornada de las personas con
hijos menores de 12 años
• Derecho a solicitar adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de
trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación,
incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho
a la conciliación de la vida familiar y laboral
• El derecho a obtener una respuesta razonada de la empresa
• La empresa, por escrito, comunicará la aceptación de la petición, planteará
una propuesta alternativa que posibilite las necesidades de conciliación de la
persona trabajadora o bien manifestará la negativa a su ejercicio. En este
último caso, se indicarán las razones objetivas en las que se sustenta la
decisión
12
Condiciones para la realización
de este derecho
• La Ley hace depender el éxito de la solicitud de
• La razonabilidad y proporcionalidad de la petición
• La buena fe con la que obre la empresa
• La ley solo menciona expresamente como fórmula de adaptación el trabajo
a distancia en el propio domicilio (teletrabajo), el resto de las fórmulas
serán las que se regulen por convenio o se acuerden entre las partes
• La ley establece que las discrepancias serán resueltas por la jurisdicción
social (las discrepancias se plantean muchas veces en términos de equidad)
• La ley no prevé, tanto en este caso como en los anteriores, la
participación de los compañeros de trabajo cuando estos puedan quedar
afectados por la solicitud tanto en el procedimiento interno ante la
empresa como en el proceso jurisdiccional. La ley no previene los conflictos
entre compañeros
13
14
LA GESTIÓN PREVENTIVA DE LA
CONCILIACIÓN EN LA EMPRESA
En la gestión de los riesgos psicosociales
• El análisis de los resultados de las evaluaciones de riesgo psicosocial puede
hacerse por grupos de edad (SLIC).
• La identificación de algunos factores de riesgo psicosocial, como los
derivados de la sobrecarga de trabajo o el deterioro de las relaciones
sociales en el trabajo, puede deberse al uso de las medidas de conciliación
• Algunos métodos de evaluación de riesgos psicosociales (ISTAS21)
identifican directamente los riesgos para la salud derivados de la doble
carga de trabajo
• En el diseño de las medidas debe tenerse siempre en cuenta la esfera
reservada a la intimidad de las personas trabajadoras
• Las medidas que se deben contribuir a aumentar la corresponsabilidad de
las personas de ambos sexos y reducir la doble presencia de las mujeres
en vez de facilitarla.
15
En los Planes de Igualdad
• En el diagnóstico de los planes de igualdad también se pueden realizar
encuestas sobre doble actividad o doble presencia de las personas que
trabajan en la empresa cuya contestación debe ser anónima o bien en todo
caso confidencial.
• Entre las acciones de sensibilización del Plan puede estar el adecuado
reparto de tareas en el hogar familiar para reducir la doble presencia.
• Como regla general, será necesario facilitar o incluso estimular el uso de las
medidas de conciliación por personas de sexo masculino con el objeto de
reforzar la corresponsabilidad.
• Si la empresa y los RLT así lo acuerdan, se puede incorporar al Plan de
Igualdad el protocolo para el ejercicio de los derechos de conciliación
cuyas directrices se describen en el siguiente apartado.
16
17
GUÍA PARA ESTABLECER UN
PROTOCOLO DE CONCILIACIÓN
La conveniencia de tener un
Protocolo de Conciliación
• Es una potestad de la empresa (Art. 20.3 ET), pero no existe una
obligación legal de elaborarlo
• Podría formar parte del Plan de Igualdad y por lo tanto se negociaría
con los representantes del personal. Puede implantarlo la empresa,
en cuyo caso siempre es conveniente consultar a los representantes
• Razones que pueden justificar su implantación
• Dar certezas a empresas y trabajadores sobre el ejercicio de la conciliación
• Seguridad jurídica: la ley y convenios regulan pocos supuestos de hecho
• Favorece la igualdad de trato ante el mismo tipo de peticiones
• Ayuda a buscar fórmulas de consenso en el uso y diseño de las medidas
18
Los compromisos y los
principios de la empresa
• COMPROMISOS
• Su interés en lograr la conciliación
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• PRINCIPIOS
• Buena fe y transparencia
• Proporcionalidad y compatibilidad de intereses
• Igualdad de trato: objetivación de la valoración de las solicitudes (baremos)
• Adaptación a los cambios: temporales y funcionales
• Consulta a los trabajadores afectados
19
Las formas de conciliación
disponibles en la empresa
• Teletrabajo (total o parcial): con evaluación de riesgos y regulación de la
desconexión
• Horario flexible
• Regulación de las ausencias del trabajo
• Intercambios de turnos de trabajo
• Cambios de régimen de jornada
• Fórmulas de trabajo compartido
• Vacaciones flexibles
• Licencias no retribuidas
• Facilitar servicios de cuidado y atención
20
EL PROCEDIMIENTO
• Solicitud:
• Se pueden solicitar todas las aclaraciones necesarias
• Negociación y consultas:
• Con participación de todas las personas afectadas directa o indirectamente
• Decisión de la empresa (en 30 días)
• Positiva
• Alternativa
• Negativa y motivada
• Resolución extrajudicial de las discrepancias (voluntaria)
• Resolución judicial de los conflictos
21
22
ESKERRIK ASKO
MUCHAS GRACIAS

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  • 1. LOS RETOS DE LA GESTIÓN REAL DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES EN EL TRABAJO: PROPUESTAS DEL OBSERVATORIO PARA LA ERA POSCOVID19 1
  • 2. Guía del Observatorio Vasco para implantar un Protocolo de Conciliación en las empresas Manuel Velázquez Inspector de Trabajo y Seguridad Social Miembro del Observatorio Vasco sobre Acoso y Discriminación 2
  • 3. LA CONCILIACIÓN EN LAS POLÍTICAS DE EMPRESA • EN LAS POLÍTICAS SOBRE PREVENCIÓN DE LAS CONSECUENCIAS DEL ENVEJECIMIENTO Y GESTIÓN DE LA EDAD • Hay que facilitar la maternidad • Afecta a las personas de una franja de edad media: entre 25 y 45 años • EN LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD • Es el factor de desequilibrio más importante entre ambos sexos • Hay que favorecer la corresponsabilidad • EN LAS POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES • Afecta a la fatiga y el estrés laboral • Hay que adoptar medidas para prevenir y reducir los daños a la salud 3
  • 4. 4
  • 5. 5
  • 6. Índice de procesos Índice de días de baja Hombre Mujer Total Hombre Mujer Total Hasta 34 años 1,02 2,17 1,58 75,39 165,82 119,43 De 35 a 49 años 1,09 2,26 1,63 105.83 220,95 159,32 Más de 49 años 0,97 2,11 1,48 120,39 257,01 181,07 Total 1,06 2,22 1,6 100,57 211,06 152,41 6 IT POR ENFERMEDADES PSIQUIÁTRICAS (2017)
  • 7. 7 LA REGULACIÓN LEGAL DE LA CONCILIACIÓN
  • 8. SITUACIONES DE CONCILIACIÓN PREVISTAS EN LA LEY •La ausencia momentánea del trabajo durante la jornada laboral •La licencia para no ir a trabajar uno o varios días •La reducción de jornada (y salario) por motivos de conciliación •La adaptación de la jornada laboral por razones de conciliación 8
  • 9. EL DERECHO A AUSENTARSE DURANTE LA JORNADA LABORAL POR RAZONES FAMILIARES • POR NACIMIENTO, ADOPCIÓN Y ACOGIMIENTO • Art. 37.4 ET: El derecho a ausentarse una hora diaria • POR NACIMIENTO PREMATURO U HOSPITALIZACIÓN POST-PARTO • Art. 37.5. ET: El derecho a ausentarse una hora diaria • EL RESTO DE LOS SUPUESTOS • Suelen presentarse con mucha frecuencia por razones inesperadas y de muy variado carácter • Solo tienen regulación mediante la vía del convenio colectivo o por los usos y costumbres vigentes en cada empresa. 9
  • 10. EL DERECHO A PERMISOS Y LICENCIAS PARA NO IR A TRABAJAR ANTE CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES (Art.37.3) • POR FALLECIMIENTO, ACCIDENTE O ENFERMEDAD GARVE U HOSPITALIZACIÓN • De dos a cuatro días • POR EXAMEN PRENATAL O TRÁMITES DE ADOPCIÓN • Por el tiempo indispensable • EL RESTO DE LOS SUPUESTOS • Solo tienen regulación mediante la vía del convenio colectivo o por los usos y costumbres vigentes en cada empresa 10
  • 11. EL DERECHO A REDUCIR LA JORNADA LABORAL (Y SALARIO) POR NECESIDADES DE CONCILIACIÓN • Para quienes tengan a su cuidado (Art. 37.6 ET): • A menores de 12 años • A personas con discapacidad • A un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad • La concreción horaria se hará por los convenios colectivos y los acuerdos entre las partes afectadas teniendo en cuenta las necesidades organizativas y productivas de las empresas • En caso conflicto entre las partes el mismo se resolverá por la jurisdicción social 11
  • 12. EL DERECHO A SOLICITAR LA ADAPTACIÓN DE JORNADA Y A OBTENER UNA RESPUESTA RAZONADA DE LA EMPRESA POR NECESIDADES DE CONCILIACIÓN FAMILIAR (ART. 34.8) • El derecho a solicitar la adaptación de jornada de las personas con hijos menores de 12 años • Derecho a solicitar adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral • El derecho a obtener una respuesta razonada de la empresa • La empresa, por escrito, comunicará la aceptación de la petición, planteará una propuesta alternativa que posibilite las necesidades de conciliación de la persona trabajadora o bien manifestará la negativa a su ejercicio. En este último caso, se indicarán las razones objetivas en las que se sustenta la decisión 12
  • 13. Condiciones para la realización de este derecho • La Ley hace depender el éxito de la solicitud de • La razonabilidad y proporcionalidad de la petición • La buena fe con la que obre la empresa • La ley solo menciona expresamente como fórmula de adaptación el trabajo a distancia en el propio domicilio (teletrabajo), el resto de las fórmulas serán las que se regulen por convenio o se acuerden entre las partes • La ley establece que las discrepancias serán resueltas por la jurisdicción social (las discrepancias se plantean muchas veces en términos de equidad) • La ley no prevé, tanto en este caso como en los anteriores, la participación de los compañeros de trabajo cuando estos puedan quedar afectados por la solicitud tanto en el procedimiento interno ante la empresa como en el proceso jurisdiccional. La ley no previene los conflictos entre compañeros 13
  • 14. 14 LA GESTIÓN PREVENTIVA DE LA CONCILIACIÓN EN LA EMPRESA
  • 15. En la gestión de los riesgos psicosociales • El análisis de los resultados de las evaluaciones de riesgo psicosocial puede hacerse por grupos de edad (SLIC). • La identificación de algunos factores de riesgo psicosocial, como los derivados de la sobrecarga de trabajo o el deterioro de las relaciones sociales en el trabajo, puede deberse al uso de las medidas de conciliación • Algunos métodos de evaluación de riesgos psicosociales (ISTAS21) identifican directamente los riesgos para la salud derivados de la doble carga de trabajo • En el diseño de las medidas debe tenerse siempre en cuenta la esfera reservada a la intimidad de las personas trabajadoras • Las medidas que se deben contribuir a aumentar la corresponsabilidad de las personas de ambos sexos y reducir la doble presencia de las mujeres en vez de facilitarla. 15
  • 16. En los Planes de Igualdad • En el diagnóstico de los planes de igualdad también se pueden realizar encuestas sobre doble actividad o doble presencia de las personas que trabajan en la empresa cuya contestación debe ser anónima o bien en todo caso confidencial. • Entre las acciones de sensibilización del Plan puede estar el adecuado reparto de tareas en el hogar familiar para reducir la doble presencia. • Como regla general, será necesario facilitar o incluso estimular el uso de las medidas de conciliación por personas de sexo masculino con el objeto de reforzar la corresponsabilidad. • Si la empresa y los RLT así lo acuerdan, se puede incorporar al Plan de Igualdad el protocolo para el ejercicio de los derechos de conciliación cuyas directrices se describen en el siguiente apartado. 16
  • 17. 17 GUÍA PARA ESTABLECER UN PROTOCOLO DE CONCILIACIÓN
  • 18. La conveniencia de tener un Protocolo de Conciliación • Es una potestad de la empresa (Art. 20.3 ET), pero no existe una obligación legal de elaborarlo • Podría formar parte del Plan de Igualdad y por lo tanto se negociaría con los representantes del personal. Puede implantarlo la empresa, en cuyo caso siempre es conveniente consultar a los representantes • Razones que pueden justificar su implantación • Dar certezas a empresas y trabajadores sobre el ejercicio de la conciliación • Seguridad jurídica: la ley y convenios regulan pocos supuestos de hecho • Favorece la igualdad de trato ante el mismo tipo de peticiones • Ayuda a buscar fórmulas de consenso en el uso y diseño de las medidas 18
  • 19. Los compromisos y los principios de la empresa • COMPROMISOS • Su interés en lograr la conciliación • Su disposición a acordar las medidas y evitar conflictos • PRINCIPIOS • Buena fe y transparencia • Proporcionalidad y compatibilidad de intereses • Igualdad de trato: objetivación de la valoración de las solicitudes (baremos) • Adaptación a los cambios: temporales y funcionales • Consulta a los trabajadores afectados 19
  • 20. Las formas de conciliación disponibles en la empresa • Teletrabajo (total o parcial): con evaluación de riesgos y regulación de la desconexión • Horario flexible • Regulación de las ausencias del trabajo • Intercambios de turnos de trabajo • Cambios de régimen de jornada • Fórmulas de trabajo compartido • Vacaciones flexibles • Licencias no retribuidas • Facilitar servicios de cuidado y atención 20
  • 21. EL PROCEDIMIENTO • Solicitud: • Se pueden solicitar todas las aclaraciones necesarias • Negociación y consultas: • Con participación de todas las personas afectadas directa o indirectamente • Decisión de la empresa (en 30 días) • Positiva • Alternativa • Negativa y motivada • Resolución extrajudicial de las discrepancias (voluntaria) • Resolución judicial de los conflictos 21