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VALEDOR DO POBO
POR DELEGACION, FERNANDO DE ANDRES ALONSO
EXPEDIENTE: G.6.Q/5881/14
Lugo, 18 de noviembre de 2014.
Estimado Sr.:
Hemos recibido su carta en la que se nos informa de la contestación de la
Consejería a su petición de información en relación a la queja que
presentamos.
Antes de entrar a analizar la contestación de la Consejería nos gustaría
hacerle un pequeño resumen de nuestra vida laboral en el Santo Anxo, sobre
todo haciendo referencia a nuestras funciones, gestión del centro y nuestras
relaciones con el resto de personal.
Comenzamos a prestar servicios en el año 1998 con la empresa Cetssa
Seguridad. En un primer momento un vigilante en turno de tarde y turno de
noche, poco después se amplía el servicio quedando un vigilante por turno
en turnos de mañana, tarde y noche (22:00-06:00).
La dirección del centro es la misma que en la actualidad y de 23:30 a 08:00,
en el turno de noche, trabajan los Sereno-vigilante Sr. Arsenio y Sra. Carmiña.
Adjunto a este escrito le envió varios documentos. El marcado como “DOC.
1” Corresponde a “las funciones propias” que se nos entregaron en mayo del
2
2000.En dicho documento aparece:”coger el teléfono en ausencia de los
educadores” y “cualquier otra función que requiera el director”.
Dentro de este último apartado se puede incluir de todo, pongamos como
ejemplo que por aquel entonces ayudábamos al personal de la granja, en el
parto de las vacas.
En ese momento el Sr. Arsenio Rodil Arias, sereno-vigilante que realiza su
trabajo en turno de noche, el 12 de Abril de 1999 tras haber tenido un
altercado con varios menores en días anteriores le comunica al V.S. que él se
queda abajo, en la sección de las niñas, y que el resto del colegio es cosa del
V.S., también informa de esto al director del centro.
De la Sra. Carmiña solo podemos decir que nunca hemos tenido problemas
cuando trabajábamos con ella.
Uno de los problemas que hemos tenido hasta hace poco, es que todas las
empresas que han pasado por este servicio tenían como máxima de
funcionamiento el “hay que tener al cliente contento como sea”, por lo que
en el mejor de los casos nuestras quejas son contestadas con amenazas de
despidos.
Durante varios años nos dedicamos a realizar todo tipo de tareas, entre las
más llamativas podemos destacar las de: Dar medicación a los menores,
despertarlos y darles el desayuno, quedar al cargo del centro alguna noche,
cortar leña, estar al cargo de las habitaciones de contención (M.E.S.),ayudar
en la limpieza del centro, espantar las bandadas de estorninos haciendo ruido
con unas cacerolas o tirando petardos, recoger las ratas muertas que
aparecen por la finca, sustituir a los sereno-vigilantes cuando piden un día de
asuntos propios, dar la cena a los internos que hacen el ramadán...etc. Todo
esto y alguna más por orden de la dirección del centro y con el conocimiento
y la aprobación de nuestra empresa(Cetssa).
En un momento dado empieza a haber quejas por nuestra parte sobre todo
en el sentido de dar medicación a los menores ya que no se nos informa de
si el menor tiene algún tipo de alergia. En varias ocasiones cuando al avisar al
3
educador de que un menor nos ha pedido por la noche una pastilla para el
dolor de cabeza y no se la hemos dado, es cuando se nos ha informado de
que es alérgico al paracetamol o al ibuprofeno o que la niña ha sufrido un
aborto el día anterior y si le llegamos a dar una aspirina, como pedía, podía
haberse liado una muy gorda.
Esta falta de información queda patente cuando a pesar de que siempre
hemos pedido, ya que somos los que más posibilidades tenemos de entrar en
contacto con los menores, que se nos suministrara cierta información como
puede ser las enfermedades contagiosas que padecen los menores. La
dirección se ha negado alegando que son datos confidenciales, lo triste es
que nos hemos enterado por las cocineras, por el personal de limpieza que es
de una empresa exterior, por el personal de la granja, por el personal de
mantenimiento o por algún educador con un poco de sentido común que
considero que los VVSS deberían saber si un menor tenía Sida, hepatitis,
tuberculosis, sarna...etc.
Durante varios años seguimos trabajando en estas condiciones y si bien el Sr.
Arsenio no se mete con nadie, ya hay algún problema con él. Nos gustaría que
investigara el incidente producido el 25 de Enero de 2004 entre una interna
(Nerea) y este señor que hace un uso indebido de la fuerza después de que
la menor ya ha sido reducida por el vigilante de seguridad, todo esto en
presencia de una educadora (Loli).
En el año 2007 se produce una ampliación del servicio pasando de un
vigilante por turno a dos vigilantes por turno con la condición particular de
que en el turno de noche debe haber un V.S. de sexo femenino que trabajará
siempre en el turno del Sr. Arsenio. Nosotros sospechamos que fue un
intento del director de sacar a este señor de la sección de las niñas.
Poco antes de esta ampliación el Sr. Director y el Subdirector nos comunican
que en una reunión con todos los V.S. nos informaran de los cambios en el
servicio. Dicha reunión nunca tuvo lugar, en su lugar comunican de manera
oral a uno de V.S las nuevas funciones para que se las trasmita a sus
compañeros. Entre estas queremos destacar la de “ despertar al Sereno-
4
vigilante ,Sr. Arsenio, para que nos acompañe a las habitaciones de
contención (M.E.S.) cuando haya que atender las necesidades del menor y si
este se niega reflejarlo en el parte”. También se nos comunica que a partir de
ese momento no tenemos permiso para comer en el centro, desde que
empezamos el servicio siempre se comió en el centro como todo el personal
que trabaja en el, fuera de la Xunta o de empresas externas.
Conociendo al Sr. Arsenio le comunicamos al director que no nos parece
acertada esta medida ya que lo único que provocara será enfrentamientos,
cosa que se confirmo posteriormente.
Sobre la prohibición de comer lo consideramos un “castigo” aceptable por
negarnos a realizar algunas tareas, poco después comprobamos que los
únicos sobre los que regía esta prohibición éramos nosotros.
Otra de las propuestas del director era que las vacaciones y días de asuntos
propios de los Sereno-Vigilantes fueran cubiertas por los vigilantes de
seguridad, ante esto el Subdirector expresa su preocupación por la reacción
de los sindicatos y tras discutirlo deciden que solo cubramos los días de
asuntos propios.
Por nuestra parte hacemos saber que la Vigilante de Seguridad de sexo
femenino trabajando, de noche, exclusivamente cuando este de turno el Sr.
Arsenio hará 112 horas mensuales y no llegara a las horas establecidas en su
convenio (que son 162 horas mensuales).Su turno de trabajo seria de 22:00
a 06:00, siete días de trabajo, siete de descanso. Se solicita al director que en
su semana libre pueda realizar dos turnos de mañana o tarde para completar
las horas, la contestación del director es tajante y se niega alegando que los
turnos de día son más conflictivos y no considera que una mujer esté
preparada. Lo gracioso es que en esta época el centro depende de
Vicepresidencia de “IGUALDAD” y bienestar.
Para evitar que por culpa de lo que consideramos una clara discriminación
hacia nuestra compañera esta pudiera llegar a perder un 25% de su sueldo el
resto de VVSS proponen a la empresa (Cetssa) cambiar los turnos de trabajo
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rebajandoel turno de mañana y tarde a siete horas y aumentandoel de noche
a diez horas, esto supone que la V.S. Femenina llegue a sus horas de trabajo
mensuales pero también implica que el resto de VVSS. Vean disminuidos sus
días libres al tener que trabajar más turnos para compensar el recorte.
A día de hoy el Sr. Director ha dicho en varias ocasiones, que los que no
queremos que trabaje personal femenino en turno de día somos nosotros
pero creo que ha quedado claro que no es así. Nunca hemos tenido, ni
tendremos problemas en ese sentido.
El 22 de febrero de 2007 y ante las reticencias de alguno de los VVSS a realizar
algunas labores se nos hace entrega por escrito de “las funciones de los
guardias de seguridad”, dichas normas se nos entregan sin firmar y sin
sellar. (Documento adjunto “ DOC. 2 “)
Entre las funciones que aparecen queremos destacar y comentar las
siguientes:
“Si no hay indicación en contra atenderá el teléfono remitiendo la llamada
al interesado”.
Desconocemos en que artículo de la Ley o reglamento de Seguridad Privada
figura como función del vigilante la de atender el teléfono.
Habitaciones de contención “Vigilara especialmente el estado de estas
dependencias, tanto en limpieza como en seguridad, así como en provisión
y control de ropa y calzado”.
A día de hoy existe un Modulo de Especial Seguimiento (M.E.S.) que es una
ampliación de las antiguas habitaciones de contención. Consta de cuatro
habitaciones individuales, sala tv., dos aseos, cocina, despacho educadores y
sala de lectura.
Sobre la provisión y control de ropa y calzado así como limpieza del modulo
suponemos que se trata de una maniobra de la dirección del centro
encaminada a cubrirse las espaldas ante los constantes problemas que tiene
6
con el personal de limpieza dependiente de la Xunta y a su intención desde
un primer momento de ponernos al cargo de este modulo sin asignar ningún
educador, esta pretensión se acentúa después del 23 de febrero de 2012
cuando un menor del centro Monteledo se suicida, ahorcándose, en unas
dependencias de similares características y por parte de los educadores hay
serias reticencias a hacerse cargo del modulo.
Sobre la seguridad y funcionamiento de dicho modulo siempre hemos
pensado que es una autentica chapuza y así lo dijimos en su día.
Las paredes de las habitaciones están hechas con ladrillos de poco grosor por
lo que varias ocasiones se han producido incidentes con menores que han
empezado a golpear las paredes o la puerta y han estado a punto de tirarla al
ceder el tabique, un incidente de este tipo se ha producido en esta semana y
cabe destacar que el menor con un peso de, como mucho, cincuenta kilos casi
tira un tabique.
El techo de las habitaciones es de escayola por lo que este mismo menor, y
otros anteriormente, han conseguido hacer varios agujeros tirando contra el
techo la bandeja de la comida. En caso de romper la escayola se podría pasar
de una habitación a otra ya que los tabiques no llegan hasta la placa superior.
Las puertas de las habitaciones que teóricamente son de seguridad no dejan
de ser una chapa revestida de madera con una trampilla a modo de mirilla
que no permite ver toda la habitación y unos acabados más propios de una
chabola que de otro sitio.
Cada habitación tiene una ventana y por su altura es necesaria una escalera
para abrirla o cerrarla, aunque algunas quedaron tan bien puestas que un
simple golpe con la mano llegaba para abrirlas. Ya se ha dado el caso de un
menor que se ha fugado por una de estas ventanas.
El aseo nuevo esta sin estrenar ya que hay un problema con los desagües y el
olor es insoportable. Se está utilizando el baño de las antiguas habitaciones
de contención.
7
“Controlar el mal funcionamiento de los radiadores y sistemas de
seguridad”.
Dejando a un lado los radiadores y centrándonos en el sistema contra
incendios que en el centro está compuesto por extintores y bocas de
incendios.
El día ocho de enero de 2010 se produjo un incendio en una habitación de la
sección de las niñas en cuya extinción participo activamente el personal de
seguridad. Después del incidente se pusoen conocimientode la dirección que
las bocas de incendio situadas en los pasillos carecían de presión de agua por
lo que no se pudieron utilizar.
Este problema se subsana meses después con la colocación de un depósito
de agua para el sistema de bocas de incendio con su propia bomba.
Ha día de hoy en caso de incendio para utilizar las bocas de incendio
tendríamos que salir del edificio, dirigirnos a un parque cercano donde tras
abrir un candado tendremos acceso a una caseta donde se encuentra el
depósito de agua del sistema de incendios, abrir la puerta de dicha caseta y
conectar la bomba del agua ya que por orden del Director está apagada.
Después de este pequeño paseo volveríamos al edificio y ya podríamos usar
las bocas de incendios. Todo esto por el miedo del director a que un menor
abra una manguera de incendios. Lo peor es que el personal del centro en su
inmensa mayoría desconoce este hecho y nosotros nos enteramos por
conversaciones con el personal de mantenimiento no porque nos lo
comunicara la dirección.
También hemos preguntado en varias ocasiones por los planes de evacuación
del centro ya que nos estañaba mucho la ausencia de indicaciones en los
pasillos y puertas. Nunca hemos recibido respuesta a nuestras preguntas pero
en el último mes han colocado dicha señalización.
8
Sobre el control de los extintores nos sorprendió que se nos incluyera esta
función ya que desde siempre este control lo viene realizando el conserje que
está encargado del cuidado y venta de las diferentes aves (patos, faisanes,
pavos reales, gallinas, loros, etc.) que se encuentran distribuidas por los tres
parques que hay en el centro.
“En el momento del ingreso, el menor ,sus ropas y enseres personales ,serán
registrados, retirando los objetos no autorizados o prohibidos”.
¿ Cuales son estos objetos no autorizados o prohibidos ?.
Si lo sabemos no es porque estén especificadas en las funciones ni porque la
dirección nos lo comunicara. Lo sabemos porque nos hemos preocupado
nosotros por enterarnos.
Un ejemplo de esto es que cuando en comisión educativa decidieron que los
menores no podrían usar los MP3, o aparatos similares, fuera de sus
secciones los VVSS nos enteramos al ser requeridos por un educador para
retirarle un MP3 a un menor que no quería entregarlo.
Los registros “Si se considera que debe ser con desnudo integral, será
autorizado por el director y se notificara a quien corresponda”.
Nos gustaría que se investigara por su parte cuantas autorizaciones para
hacer un registro integral o cuantas veces se ha pedido autorización para
registro integral en todos estos años.
Por indicación de la dirección durante mucho tiempono se utilizaba la palabra
“registro” en nuestros partes, como mucho se utilizaba “cacheo”.
Por poner el ejemplo más reciente. Saber si se pidió autorización para el
registro integral que se realizo el 22 de octubre de 2014, como figura en el
parte de servicio del turno de tarde.(Documento adjunto “DOC.46”)
“Sobre todo en presencia de menores evitar estar haciendo otras cosas
ajenas a su labor”.
9
Nunca tuvimos muy claro si se referían a espantar estorninos, a ayudar a parir
a las vacas, atender al teléfono, darles el desayuno, etc.
“El uso de medios de contención será proporcionado al fin pretendido y
estarán depositados en la sala de vigilancia del M.E.S. O en la cabina de
vigilancia en el hall de entrada”.
La Ley y Reglamento de Seguridad Privada explica claramente que los medios
de contención (porra y grilletes), así como la placa identificativa deben
portarse en todo momento pudiendo ser el V.S. objeto de una sanción si no
lo hiciera.
Lo único que deja totalmente claro este punto es que el que preparó estas
normas jamás ha leído la Ley de Seguridad Privada y si lo ha hecho no le
importa que se incumpla.
Por la noche “ Informara al Vigilante Nocturno si escucha u observa algo
extraño y le trasmitirá las posibles peticiones o necesidades de los internos.
Ayudara activamente a dicho profesional a mantenerel orden y compostura
de los menores. Tendrá acceso a las recomendaciones que para el turno de
noche queden por escrito en el libro-diario que se habilite para tal fin en la
sala de educadores. Estas recomendaciones irán encaminadas a cubrir las
necesidades básicas de los menores (posible medicación, problemas
fisiológicos, etc.) o necesidades de desenvolvimiento de su Proyecto
Educativo Individual. En caso de que por cualquier circunstancia la persona
responsable no pueda atender dichas recomendaciones o necesidades, las
realizara personalmente, dejando constancia por escrito de tal extremo y
también lo hará siempre que así lo determine puntualmente la dirección del
centro, por cuestiones de organización interna”.
Aquí se nos pone por escrito lo que ya nos habían dado de palabra. Como
predijimos el tener que avisar al Vigilante de la Xunta, Sr. Arsenio lo único
que provoca es enfrentamientos con él y a pesar de reflejar en los partes de
servicio su negativa de ir al M.E.S., la dirección del centro no toma ninguna
10
medida por lo que tras varios enfrentamientos los V.S. decidimos no avisarle
para evitar incidentes.
En el año 2011 se produce una radicalización de la postura de la dirección del
centro en relación al Sr. Arsenio, esto provoca que recibamos fuertes
presiones por parte de la empresa, a petición del Sr. Director, para que
cumplamos las funciones encomendadas por la dirección del centro en lo
relativo al turno de noche.
Empezamos otra vez a avisarle y reflejar en el parte sus negativas lo que
provoca enfrentamientos cada vez más graves con este señor. Para nuestra
sorpresa comprobamos que la dirección del centro lejos de apoyarnos se
posiciona al lado del Sr. Arsenio cuando este protesta.
Durante todo este tiempo y como ya indicamos en el escrito anterior,
atendiendo al “buen funcionamiento del centro” y sobre todo al “bien del
menor” e intentando darles un trato lo más humano posible, las necesidades
de los menores fueron cubiertas por los vigilantes de seguridad mientras el
Sr. Arsenio seguía pasando las noches durmiendo en la sección de las niñas.
Ante nuestras repetidas quejas el director, nos informa que no tiene nada que
hablar con nosotros y que cualquier protesta se la dirijamos a través de
nuestra empresa (Sequor Seguridad).
Tras una reunión de los VVSS. con el delegado de Sequor en Lugo, Sr. Amable
Arias, y al comprobar que la empresa se posiciona al lado del cliente ,llegando
a amenazarnos con traslados y despidos si no hacemos lo que dicen,
decidimos realizar solo las funciones que nos son propias. Días después el 18
de Abril de 2012 se nos hacen entrega por parte de la dirección del centro de
un escrito (sin firmar, ni sellar ) donde se especifican nuestras funciones. Para
nuestra sorpresa, comprobamos que son las mismas que nos dieron en el
2007.(Documento adjunto “DOC. 3”)
Consideramos que el director del centro nos está utilizando para presionar al
Sr. Arsenio y además se ha aprovechado de nuestra buena voluntad
11
haciéndonos asumir labores que no nos son propias con la única intención de
garantizar el funcionamiento del centro.
Como la comunicación con la dirección del centro es inexistente, decidimos
enviar un escrito dirigido a la dirección del centro, otro al comité de empresa
de Sequor Seguridad, otro a la Consejería de Trabajo y Bienestar y otra al
personal del centro donde denunciábamos la situación en la que
estamos.(Documento adjunto “ DOC. 4”,”DOC. 5”,”DOC.6”,”DOC.7”,”DOC.
8”)
También se pide ayuda a la Unidad Provincial De Seguridad Privada De Lugo
(Policía Nacional), a la que hacemos participe de la situación en la que nos
encontramos y le aportamos pruebas documentales. Se trata en esta reunión
el tema de los cacheos a los menores y se nos informa que la manera de
realizarlos hasta la fecha era ilegal por lo que nos dan las indicaciones
necesarias para subsanar este punto.
Este modo de actuar por parte de los VVSS. y la aparición en prensa escrita
de un articulo donde expresábamos nuestras dudas sobre las funciones,
provocan que pasemos de ser una herramienta para presionar al Sr. Arsenio
a ser los “enemigos públicos de la institución”; a fin de cuentas hemos
incumplido una de las normas fundamentales del Sr. Director:”En el Santo
Anxo nunca pasa nada”.
Conseguimos por otra parte que, a petición de la Unidad Provincial De
Seguridad Privada, el Sr. Director se reúna con ellos y le expliquen que
funciones son incompatibles con la Ley y Reglamento de Seguridad Privada y
la obligación por su parte de solicitar permiso para poder realizar registros
integrales.
En respuesta a esta reunión el día 9 de noviembre de 2012 el Sr. director nos
comunica a través de un escrito la: “ Obligación de efectuar registros por
parte de los Vigilantes de Seguridad del Centro cuando estos sean requeridos
por el equipo educativo del centro”.(Documento adjunto ”DOC. 9”)
12
También tenemos una reunión con El Sr. Vicente Correa (contratación de la
Xunta de Galicia) en la que a pesar presentar pruebas del “método de
trabajo” del Sr. Arsenio Rodil Arias nos comunican que sobre ese tema no se
puede hacer nada. Sobre las funciones de los VVSS. se llega al acuerdo de
redactar unas normas que nos serán entregadas.
En esta época ya estamos inmersos en el ERE de extinción de nuestra
empresa, Sequor Seguridad, lo que provoca que estemos trabajando varios
meses sin cobrar.
Finalmente el servicio sale a concurso de nuevo siendo adjudicado a la
empresa Prosetecnisa S.A., esta se niega a subrogarnos y nos tiene otros cinco
meses en la calle hasta que la justicia les obliga a readmitirnos.
El resto de nuestro calvario con la empresa Prosetecnisa S.A. ya está , en
parte, reflejado en el escrito anterior.
Cuando nos reincorporamos al servicio descubrimos que lejos de mejorar la
situación había empeorado ya que el Sr. Director había conseguido de la
empresa Prosetecnisa S.A. que los vigilantes realizaran todas cuantas labores
se les encomendaran y además realizaban el servicio sin porra ni grilletes
como él deseaba.
Después de hablar con la empresa y comunicarles que no pensábamos
trabajar bajo esas premisas empiezan de nuevo los problemas.
Uno de los problemas que tuvimos en esta etapa, a parte de la persecución
por parte de la dirección y Arsenio, fue la imposibilidadde reflejar en nuestros
partes de servicio muchos de los incidentes que ocurrieron, ya que el Sr.
Arsenio tenía acceso a ellos. A pesar de nuestras protestas a la dirección del
centro a la que informamos de que en varias ocasiones hemos visto al
Vigilante de la Xunta en el despacho del director leyendo nuestros partes,
fotocopiándolos en alguno de los casos, y otros papeles que estaban
guardados en unas carpetas encima de la mesa, el director hace caso omiso.
Es la Unidad Provincial De Seguridad Privada la que tiene que mediar ante el
Director para que este señor no tenga acceso a esos documentos. A día de
13
hoy y teniendo en cuenta que siempre se nos ha negado, por ejemplo, la
información sobre menores con enfermedades contagiosas ateniéndose a la
Ley de Protección de Datos resulta cuando menos curioso ,que si bien el
material de oficina está bajo llave los expedientes de los menores están en
cajones que carecen de cerradura.
En relación con el escrito de contestación de la consejería De Trabajo y
Bienestar a la queja que presentamos ante usted nos gustaría aclarar alguno
de sus puntos.
1.-Subrogacion por parte de Prosetecnisa SA.
Estamos convencidos de que la no subrogación por parte de Prosetecnisa S.A.
fue una maniobra orquestada por el delegado de Sequor, el delegado de
Prosetecnisa de la zona Noroeste y el Sr. Director del centro Santo Anxo.
Hacemos esta afirmación teniendo en cuenta una serie de circunstancias:
• El Sr. director afirma que no ha mantenido ninguna reunión con esta
empresa. Siendo esta la única empresa que se presento al concurso que no
realizo una visita al Centro. Después de nuestra reincorporación y en una
conversación con responsables de la empresa, a estos, se les escapa que ya
eran conocedores, antes de coger el servicio, del tema de Arsenio por una
reunión con la dirección
• El delegado se Sequor en Lugo ya trabajaba para Prosetecnisa (no
oficialmente) antes de que Sequor desapareciera.
• La empresa Protección y Seguridad Técnica S.A. no subrogo al
personal alegando que la información que figura en el anexo I del pliego de
prescripciones técnicas le fue comunicado por la empresa Sequor fuera del
plazo legal. Por casualidad el encargado de mandar dicha documentación era
el Delegado en Lugo de Sequor (Sr. Amable).
14
• La semana antes de la finalización del plazo de presentación de
documentación la empresa Prosetecnisa S.A. ya había realizado una selección
de personal para sustituirnos, esto demuestra que el punto anterior no deja
de ser una escusa ya que tenían una decisión tomada.
• El documento “Organización específica por puestos” en el que la
empresa nos informa de nuestras funciones, está fechado en Febrero de 2013
lo cual es difícil de entender si no existieron reuniones previas ya que en esta
fecha el servicio no había salido a concurso. Además las funciones son
sospechosamente parecidas a las que ya teníamos.
• Los comentarios del Sr. Director en el sentido de que haría todo lo
posible para echarnos.
Sabemos que todo esto no deja de ser un cúmulo de suposiciones pero
aunque para nosotros es difícil, por no decir imposible, conseguir pruebas en
este sentido tenemos el convencimiento personal de que fue así.
Sobre las acciones reivindicativas que la Consejería relata en el escrito.
Aclarar que delante del centro se hicieron varias manifestaciones que
discurrieron, en presencia de la Guardia Civil, sin altercados ni insultos.
También acampamos con una caravana junto a la puerta durante varias
semanas, en este periodo convivimos con el personal del centro sin
problemas.
Sobre la colocación de banderas en el enrejado y su retirada por parte del
director de una manera muy poco educada preferimos dejarlo pasar
achacando este hecho a un momento de cabreo. Dichas banderas nos fueron
devueltas por el director días después.
Sobre las amenazas en la red contra el director:
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Entendemos que el Sr. Director pueda considerar una amenaza que se haga
público la falta de apoyo a unos trabajadores, pero estos comentarios no
fueron amenazantes y en todo caso deberían mirarse en el mismo contesto
que la retirada de las banderas por parte del director.
A diferencia de la dirección del centro el personal educativo a través de un
escrito, marcado como “DOC. 10”, a la Consejería de Trabajo y Bienestar nos
muestra su apoyo.
Comprendemos que esta situación moleste al Sr. Director ya que en su día
llego a decir entre otras lindezas que un trato cordial a los vigilantes era una
falta de respeto hacia su persona y además estábamos incumpliendo una de
sus normas básicas: “En el Santo Anxo nunca pasa nada”.
Sobre el inicio de la problemática:
Queremos dejar claro con este escrito que el comienzo de los problemas es
muy anterior a los problemas con la empresa Sequor. Los problemas
empiezan el 12 de abril de 1999 cuando el director permite que el Sr. Arsenio
se meta en la sección de las niñas y deje el resto del centro a cargo del
vigilante de seguridad.
Durante años el enfrentamiento fue entre Arsenio y el director pero cuando
nos negamos a ser usados como herramientas para meter en cintura al
Sereno-vigilante D. Arsenio Rodil Arias, la cosa cambia. A partir de este
momento nos convertimos en los enemigos comunes de estas dos personas,
iniciándose una especie de caza del vigilante.
Por parte del Sr. Arsenio se produce un acoso casi constante que queda
reflejado en alguno de nuestros partes. Por parte del director se intenta
siempre ningunear nuestro trabajo y se pone siempre en duda nuestra
profesionalidad.
Sobre la cuenta de ayuda a los vigilantes:
16
“Por iniciativa de la dirección del centro, se abrió una cuenta...”
Nos parece insultante que la dirección del centro se apunte el tanto después
de llevar años ninguneando nuestro trabajo y haber expresado en público la
“no simpatía” por ninguno de nosotros y su intención de echarnos.
La idea partió del profesorado, personal educativo y de servicios a los que
estamos muy agradecidos.
2.-Sobre las funciones del Sereno-Vigilante:
“Este centro elaboro un texto con las funciones del vigilante de seguridad
de la Xunta de Galicia. (Se adjunta fotocopia de las funciones)”
Nos gustaría saber a qué funciones se refiere ya que se le han entregado por
escrito en dos ocasiones, siendo estas totalmente diferentes.
En la primera de 25 de Febrero de 2014 se le especifica que las necesidades
del menor en el modulo M.E.S. serán atendidas por los vigilantes de
Seguridad y si estos se niegan tendría que atenderlas él, haciendo constar por
escrito dicha negativa. Como se puede comprobar en los partes de servicio
de los Vigilantes de Seguridad ante la negativa de estos de acudir solos al
M.E.S. el Sereno-Vigilante tampoco acude, lo que produce una desatención
total del menor. (Documento adjunto “DOC. 11”)
En relación con la sección de las niñas se le indica que vaya acompañado de
personal femenino para evitar posibles problemas. Este punto nos sorprende
ya que lleva durmiendo en esa sección muchos años.
Las segundas funciones que le fueron entregadas el 9 de Julio de 2014
cambian totalmente ya que especifican que las necesidades de los menores
en el M.E.S. deberán ser atendidas por Sereno-Vigilante acompañado por los
Vigilantes de Seguridad. (Documento adjunto “DOC. 12”)
Sobre el resto de funciones no merece la pena hacer comentarios ya que nos
falta por ver la primera ronda por el recinto del centro o que lo veamos
17
abriendo o cerrando una de las puertas, hecho que ocurre desde el año
1999.
Nos gustaría saber que ha ocurrido entre febrero y junio para que haya un
cambio tan radical en las “funciones propias” del sereno-vigilante.
3.Sobre las funciones de los Vigilantes de Seguridad nos gustaría que nos
aclararan los siguientes puntos:
”Tengan conocimiento de las situaciones de orden en cada momento”.
¿Como es posible esto?. Si por poner un ejemplo: en el caso del ingreso de
un menor, nos enteramos de este hecho cuando la Policía Autonómica llama
a la puerta del centro.
Creo que hemos dejado patente a lo largo del escrito que dar información no
es uno de los fuertes de esta directiva.
“Informar a la dirección del centro de las situaciones de riesgo y le asesore
sobre las posibles medidas de intervención a aplicar”.
Nosotros informamos pero que la dirección acepte que la asesoremos es una
utopía.
“ Comprobaran el funcionamiento de los radiadores”.
Deberían crear la categoría de Vigilante de Seguridad-telefonista-calefactor.
“Tendrán orden de intervenir, SI NO EXISTE INDICACION EXPRESA EN
CONTRA, cuando la integridad física de un interno, de un trabajador del
centro o de una persona ajena al mismo o cuando las dependencias o
medios materiales del centro estén en peligro”.
Suponemos que se trata de un problema de redacción. No puede existir una
indicación expresa para no actuar en el caso de que la integridad física de una
persona esté en peligro.
18
El resto de funciones, que son exactamente iguales a las que nos entregaron
en el 2007, ya han sido comentadas anteriormente.
4.-Sobre las aclaraciones a lo indicado en el escrito:
“La función del Director Del Centro, como no puede ser de otra manera , es
velar por el correcto desenvolvimiento de las funciones y servicios que son
propias del centro y por lo tanto debe tramitar los partes de incidencias que
tanto el personal de la empresa concesionaria del servicio de seguridad
como el personal propio tengan a bien redactar”.
Suponemos que cuando se refieren a velar por el correcto desenvolvimiento
de las funciones se refiere a: Tener a una persona con la categoría de conserje
dedicada al cuidado y venta de las aves y cabras que hay en el centro ,como
ya hemos indicado en este escrito; o utilizar el tractor y demás aperos de uno
de los empleados de la granja para realizar las labores agrícolas ya que el
tractor del centro lleva averiado diez años; o a lo mejor se refiere a indicarle
a los sustitutos de los sereno-vigilantes que su trabajo consiste en pasar la
noche en la sección de las niñas y si hay algún problema o duda preguntarle
a los vigilantes de seguridad. De esto último vale como ejemplo lo ocurrido el
16 de agosto de 2012 cuando la Policía Autonómica de Vigo se persona en el
centro a las cuatro de la mañana para ingresar a un menor que estaba fugado,
el acta de internamiento del menor está firmada por dos policías nacionales
y dos vigilantes ya que la sereno-vigilante estaba durmiendo en la sección de
las niñas y no se entero de nada.(Documento adjunto “DOC.24”)
Adjunto a este escrito presentamos varios partes de servicio de los Vigilantes
de Seguridad donde se hacen constar diferentes incidentes en relación al
Sereno-Vigilante Sr. Arsenio. Nos gustaría saber si se han tramitado con la
misma celeridad que el parte al que se hace alusión en el punto anterior.
Documento adjunto “DOC.13” de 7 de julio de 2011 donde se refleja que el
sereno-vigilante no acompaña al modulo M.E.S. al V.S..
“DOC. 14” parte de servicio de 3 de marzo de 2012 donde se destaca que el
Sr. Arsenio no acompaña al V.S. al M.E.S.
19
“DOC.15” parte de servicio de 13 de mayo de 2012 donde se refleja que tras
avisarlo para cubrir las necesidades del menor este se niega ,presentándose
posteriormente en el M.E.S. para recriminar al V.S. que lo molestara, todo
esto con un tono muy alterado.
“DOC.16” parte de servicio de 23 de mayo de 2012 donde queda reflejado la
actitud del sereno-vigilante y la falta de preocupación de este por el estado
del menor.
“DOC.17” parte de servicio de 19 de septiembre de 2012 donde el V.S.
describe como el Sr. Arsenio se niega a ir al M.E.S. y como después se dedica
a perseguir al vigilante llegando a hacer fotos de dicho modulo.
“DOC.18” parte de servicio de 14 de diciembre de 2012 donde tras avisarle
se niega a ir al M.E.S. Y a las 5:30 el Sr. Arsenio se dedica a inspeccionar ese
modulo (menos la habitación donde se encuentra el menor).
“DOC.19” parte de servicio de 16 de noviembre de 2012 en el que se refleja
la persecución del Sr. Arsenio somete a V.S.. Al hacer una ronda por la sección
de las niñas donde duerme el sereno-vigilante este le prohíbe la entrada en
dicha sección.
“DOC.20” parte de servicio del 22 de octubre de 2013 donde queda reflejado
la falta de personal de la Xunta que ha sido sustituido por un V.S., por suerte
ese día se había quedado a dormir en el centro una de las educadoras.
“DOC.21” parte de servicio de 29 de enero de 2014 donde queda reflejada la
negativa del Sr. Arsenio a acudir al M.E.S..
“DOC.22” parte de servicio de 11 de febrero de 2014 donde queda reflejado
de nuevo la negativa del Sr. Arsenio.
“DOC.23” parte de servicio de 2 de marzo de 2014 donde se avisa al sereno-
vigilante que el menor que se encuentra en la habitación contigua a la suya
está dando golpes y solicita ir al baño.
20
“DOC.25” parte de servicio de 22 de abril de 2014 donde queda reflejado
como el Sr. Arsenio tras ser avisado para ir al M.E.S. Se dedica a amenazar a
los VVSS. Se da aviso al inspector de la empresa y este, vía telefónica, intenta
mediar pero recibe el mismo trato que los VVSS.
“DOC.26” parte de servicio de 24 de abril de 2014 donde el Sr. Arsenio
informa al V.S. De que a partir de ese momento grabara todas sus
conversaciones y a pesar de la negativa del V.S. a que se le grave, el Sr. Arsenio
graba la conversación
“DOC.27” de 6 de mayo de 2014 donde se refleja como no acepta el aviso de
la V.S. femenina, obligando al compañero a ponerse directamente en
contacto con él. En este momento le pide el número de placa y le dice que
está grabando la conversación
“DOC.28” parte de servicio de 20 de junio de 2014 donde el V.S. refleja que
es imposible localizar al sereno-vigilante y tiene que avisar a una educadora
que se ha quedado a dormir en el centro para que lo acompañe al M.E.S..
“DOC.29” parte de servicio de 16 de julio de 2014 donde el V.S. escribe:”Me
dirijo al despacho de educadores en el piso superior a despertar al vigilante
de la Xunta”.
”DOC.30” parte de servicio de 10 de octubre de 2014 donde el V.S. refleja que
ha tenido que pedir ayuda a la Guardia Civil ante la persecución a la que le
somete el Sr. Arsenio. La Guardia Civil se persona en el centro a las 00:16.
“DOC.31” este documento corresponde al acta de declaración del V.S. ante
la Unidad Provincial de Seguridad Privada de la Policía Nacional en relación al
incidente que se menciona en el “DOC.30”.
“DOC.32” parte de servicio del 26 de octubre del 2014 donde se refleja que
si bien el Sr. Arsenio no se niega a acompañarnos al M.E.S. Este se
desentiende del estado del menor, con el consentimiento expreso del
director del centro, teniendo que permanecer el menor entre vómitos toda
la noche.
21
Espero que sirvan estos partes como ejemplo. Hay muchos más incidentes
pero o bien por miedo a que los leyera el Sr. Arsenio o por orden de la
dirección que nos indicaba que no reflejáramos ciertas cosa en los partes no
hemos podido aportar más.
Además se adjuntas diferentes partes de servicio donde se refleja la
incautación de diferentes sustancias (drogas) y objetos prohibidos
(navaja).Documentos adjuntos de “DOC.33” al “DOC.41” son partes de
servicio donde se refleja la incautación de sustancias prohibidas.
Durante todos estos años se han requisado drogas en muchas más ocasiones
pero no se reflejaban en los partes. En este asunto hay que tener en cuenta
las incautaciones realizadas por el personal educativo, que no son pocas.
Solicitamos que se investigue si por parte de la dirección del centro se ha
procedido al traslado de estas sustancias, con el correspondiente informe, a
fiscalía de menores y equipo técnico.
Y si no se comunicó, que se investigue donde han ido a parar estas sustancias
y objetos.
Toda esta documentación ha sido entregada a la Unidad Provincial de
Seguridad Privada de Lugo.
“En las actas de la comisión educativa...no figuran ninguna alusión en el
sentido que se manifiesta en el escrito en relación a alusiones a los
vigilantes de seguridad por parte del director del centro”.
Que no figure en las actas de la comisión educativa es “ normal ”, tampoco
figura en ningún acta de la Comisión Educativa que se halla tratado el tema
de nuestras funciones y sin embargo así lo afirma el Sr. Director en un escrito
del 16 de octubre de 2012.(Documento adjunto ”DOC.42”)
Es el Sr. Director el que dice qué figura en acta y qué no. Comprobar esto es
tan sencillo como mantener una conversación con cualquiera de los
miembros de esas comisiones.
22
“En el documento elaborado por la empresa Prosetecnisa en febrero del
2013 apartado 1.4,organizacion especifica por puestos especifica
claramente las funciones a realizar”.
¿Como es posible que la empresa Prosetecnisa S.A. a fecha febrero de 2013
tenga elaborado un documento sobre las funciones de los vigilantes en el
Centro de Menores Santo Anxo cuando este servicio no había salido a
concurso público?.
Las funciones que se especifican en este documento, que por primera vez se
nos entregan firmadas por empresa y director del centro, han sido
denunciadas ante la Unidad Provincial De Seguridad Privada de Lugo el 25 de
octubre de 2013 , a la que se le solicita emita informe al respecto de si se está
realizando el servicio de seguridad de acuerdo a la normativa
vigente.(Documento adjunto “DOC.43”que corresponde a las funciones y
“DOC.44” que corresponde a la denuncia.)
Ante la tardanza en contestar y debido a que alguno de los vigilantes de
seguridad centro siguen realizando algunas tareas que no le son propias en
fecha 5 de Febrero de 2014 se presenta en las dependencias de la Comisaria
Provincial de Policía de Lugo denuncia del proceder de una Vigilante de
Seguridad (Silvia Ballon Marey) que tras consultar con el subdirector del
centro y siguiendo sus indicaciones seguía atendiendo las necesidades de los
menores en el M.E.S. ,ella sola, sin la presencia del Sereno-vigilante que se
negaba a acompañarla. Esta vigilante fue sancionada el 13 de noviembre de
2013 por una falta leve.(Documento adjunto”DOC.45”)
“Privilegios difíciles de justificar, no se entiende a que se refiere”.
Pues es muy fácil de entender. En estos tiempos en que el sueldo del personal
laboral lleva congelado varios años, perdida de días libres y vacaciones,
aumento de horarios, perdida de pagas extras... etc., este señor disfruta de
casa gratis, comida gratis, luz gratis, calefacción gratis, agua gratis, teléfono
gratis, vehículo gratis...etc. Después nos extrañamos cuando el director se
refiere al centro como “ mi casa “.
23
“En todo caso la dirección de un Centro de Menores de especial protección
conlleva plena disponibilidad durante las 24 horas”.
En muchas ocasiones nos hemos visto en la necesidad de llamar al
Subdirector que vive en Lugo capital al sernos imposible localizar al Sr.
Director.
No obstante en su día para subsanar esta deficiencia se nos sugirió que en el
caso de que no cogiera el teléfono por la noche fuéramos debajo de la
ventana de su dormitorio y tiráramos piedrecitas al cristal hasta que se
asomara.
5.-Sobre las comprobaciones:
“Los vigilante de la empresa concesionaria deben actuar de acuerdo a lo
indicado en los pliegos de contratación y a las funciones ya indicadas en el
documento 1.4 elaborada por la empresa”.
A quedado demostrado que algunas de las funciones que se indican en esos
documentos son ilegales y pueden suponer la imposición de sanciones a los
VVSS.
Solicitamos de usted que ponga en conocimiento de la Consejería que su
pliego de prescripciones técnicas no se atiene a la legalidad.
Esperamos que sobre este tema la Consejería no alegue desconocimiento ya
que como se puede comprobar el Sr. Director se presenta como testigo en el
expediente administrativo sancionador de Silvia Ballon Marey. (“DOC.45”)
“Esta previsto para el 24 de junio, comenzara un nuevo contrato de
vigilancia...que será la responsable del cumplimiento de lo establecido en
los pliegos de contratación”.
A día de hoy 18 de noviembre de 2014 trabajamos para la empresa Clece
Seguridad S.A.U. Y por primera vez en la vida podemos decir que es una
empresa que defiende a sus empleados y su profesionalidad.
24
Dicha empresa no ha aceptado el pliego de funciones y lo ha devuelto a la
Xunta de Galicia para que se subsane algún punto que para ella son
claramente ilegales.
La empresa Clece y la Unidad de Seguridad Privada de la Policía Nacional se
han puesto a disposición de la Consejería para redactar las funciones pero de
momento se ve poca disposición por parte de la Consejería.
Tras estas puntualizaciones y si bien uno de los motivos de la queja era la
definición y cumplimiento de las funciones de los Sereno-vigilantes
quisiéramos que tuviera en consideración las pruebas aportadas y ampliara
esta queja a la dirección del centro.
Queremos ampliar la queja a la dirección del centro ya que considéranos que
la gestión que realiza no es correcta. Se emplea personal de la Xunta en
funciones que no le son propias o en muchos casos no se les sustituye cuando
están de baja laboral, cargando su trabajo a los compañeros.
Si en el escrito anterior no hicimos mención a alguno de los temas que hemos
expuesto hoy fue por miedo a las represalias pero a día de hoy consideramos
que la única solución a esta problemática es denunciarla. El nivel de
“ninguneo” y “persecución” a los que nos somete la dirección del centro es
tan alto que nos estamos planteando interponer una denuncia por acoso.
Valga como ejemplo de este ninguneo y persecución algunos
acontecimientos ocurridos en estos últimos meses:
Un compañero se vio en la necesidad de llamar a la Guardia Civil ante la
persecución por parte del Sr. Arsenio, que lo seguía por todo el centro
grabándolo con su teléfono móvil.(Documento adjunto ”DOC.30” y
“DOC.31”)
Para comprender el siguiente incidente hay que aclarar que la empresa Clece
Seguridad ha tenido que despedir a uno de los V.S. para poder cumplir el
pliego de contratación de la Consejería y contratar a otra mujer para el turno
de noche.
25
En una visita del Jefe de Servicio de Clece , Iñigo J. De Eguia Santander, el Sr.
Director del centro se dirigió a este, en relación al despido de uno de los
vigilantes,en los siguientes términos:”Me llevas al mejor y me dejas a los hijos
de puta”. Dicho comentario fue puesto en conocimiento del Jefe territorial Sr.
Alberto Linares Fernández por nuestro jefe de servicios.
También hemos recibido la una orden verbal que nos prohíbe pasar por la
cocina bajo ninguna circunstancia, por lo que para ir al vestuario debemos
entrar por el patio exterior, pero aparte de esto se nos deniega el acceso al
único grifo con agua potable que hay en el centro, que está en la cocina, por
lo que tenemos que traer el agua en botellas de nuestra casa. Si esta
prohibición tiene que ver con alguna recomendación de Sanidad nos gustaría
que nos aclararan por que los educadores y menores si pueden pasar por la
cocina, con cubos de ropa sucia, para ir a la lavandería.
Hemos escuchado al subdirector, que no sabía que había un V.S. cerca, hablar
por el móvil refiriéndose a nosotros diciendo: ”No valen para nada... para lo
único que sirven es para hacer partes”.
En una de las últimas reuniones de la “comisión educativa” se refirió a
nosotros, en relación al parte de 22 de octubre de 2014 (documento adjunto
“DOC.46”) donde se refleja un registro integral, en el sentido de que
intentábamos atacar a los educadores metiéndolos en problemas. Ha
comentado también que de seguir nosotros con estos escritos lo único que
conseguiremos será el cierre del centro. Pensamos que es un nuevo intento
de poner al personal educativo en nuestra contra, manejando la información
a su antojo y manteniendo a los educadores en la ignorancia sobre muchos
temas.
Queremos dejar claro que con este escrito no se intenta atacar a ningún
empleado del centro, ni a la institución en sí. Consideramos que la labor que
realizan en esta institución la inmensa mayoría de los trabajadores es
excelente y en especial destacamos la dedicación y buen hacer del personal
educativo ayudando a estos menores conflictivos.
26
En este escrito solo queremos dejar constancia de nuestras quejas sobre, el
sereno-vigilante, Sr. Arsenio Rodil Arias; el director del centro, Sr. Jesús Robles
Crespo y ,el subdirector, Sr. Darío Senén González. Estos dos últimos han
manejado el centro como han querido, saltándose las normas siempre que
les interesaba y manejando, censurando o tergiversando la información a su
antojo.
Esperamos que tome en consideración nuestras peticiones para que
investigue algunos asuntos, pero sobre todo el relacionado con lo que ha
pasado con las drogas incautadas en los registros.
Nos preocupa que su investigación se base en la petición de informes a la
Consejería, que a su vez los pide a la dirección del centro, ya que al ser partes
implicadas siempre lo negaran todo.
Una simple entrevista con alguno de los trabajadores del centro sería muy
clarificadora.
La tardanza en la entrega de este escrito es debida a que tras comunicar
nuestras quejas a través del jefe de servicio de Clece Seguridad a la Consejería
de Bienestar hemos estado esperando infructuosamente una contestación.
Los abajo firmantes le agradecemos la atención que nos está prestando y nos
ponemos a su entera disposición para cualquier aclaración.
Un saludo.
27

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Valedor do pobo_definitivo

  • 1. 1 VALEDOR DO POBO POR DELEGACION, FERNANDO DE ANDRES ALONSO EXPEDIENTE: G.6.Q/5881/14 Lugo, 18 de noviembre de 2014. Estimado Sr.: Hemos recibido su carta en la que se nos informa de la contestación de la Consejería a su petición de información en relación a la queja que presentamos. Antes de entrar a analizar la contestación de la Consejería nos gustaría hacerle un pequeño resumen de nuestra vida laboral en el Santo Anxo, sobre todo haciendo referencia a nuestras funciones, gestión del centro y nuestras relaciones con el resto de personal. Comenzamos a prestar servicios en el año 1998 con la empresa Cetssa Seguridad. En un primer momento un vigilante en turno de tarde y turno de noche, poco después se amplía el servicio quedando un vigilante por turno en turnos de mañana, tarde y noche (22:00-06:00). La dirección del centro es la misma que en la actualidad y de 23:30 a 08:00, en el turno de noche, trabajan los Sereno-vigilante Sr. Arsenio y Sra. Carmiña. Adjunto a este escrito le envió varios documentos. El marcado como “DOC. 1” Corresponde a “las funciones propias” que se nos entregaron en mayo del
  • 2. 2 2000.En dicho documento aparece:”coger el teléfono en ausencia de los educadores” y “cualquier otra función que requiera el director”. Dentro de este último apartado se puede incluir de todo, pongamos como ejemplo que por aquel entonces ayudábamos al personal de la granja, en el parto de las vacas. En ese momento el Sr. Arsenio Rodil Arias, sereno-vigilante que realiza su trabajo en turno de noche, el 12 de Abril de 1999 tras haber tenido un altercado con varios menores en días anteriores le comunica al V.S. que él se queda abajo, en la sección de las niñas, y que el resto del colegio es cosa del V.S., también informa de esto al director del centro. De la Sra. Carmiña solo podemos decir que nunca hemos tenido problemas cuando trabajábamos con ella. Uno de los problemas que hemos tenido hasta hace poco, es que todas las empresas que han pasado por este servicio tenían como máxima de funcionamiento el “hay que tener al cliente contento como sea”, por lo que en el mejor de los casos nuestras quejas son contestadas con amenazas de despidos. Durante varios años nos dedicamos a realizar todo tipo de tareas, entre las más llamativas podemos destacar las de: Dar medicación a los menores, despertarlos y darles el desayuno, quedar al cargo del centro alguna noche, cortar leña, estar al cargo de las habitaciones de contención (M.E.S.),ayudar en la limpieza del centro, espantar las bandadas de estorninos haciendo ruido con unas cacerolas o tirando petardos, recoger las ratas muertas que aparecen por la finca, sustituir a los sereno-vigilantes cuando piden un día de asuntos propios, dar la cena a los internos que hacen el ramadán...etc. Todo esto y alguna más por orden de la dirección del centro y con el conocimiento y la aprobación de nuestra empresa(Cetssa). En un momento dado empieza a haber quejas por nuestra parte sobre todo en el sentido de dar medicación a los menores ya que no se nos informa de si el menor tiene algún tipo de alergia. En varias ocasiones cuando al avisar al
  • 3. 3 educador de que un menor nos ha pedido por la noche una pastilla para el dolor de cabeza y no se la hemos dado, es cuando se nos ha informado de que es alérgico al paracetamol o al ibuprofeno o que la niña ha sufrido un aborto el día anterior y si le llegamos a dar una aspirina, como pedía, podía haberse liado una muy gorda. Esta falta de información queda patente cuando a pesar de que siempre hemos pedido, ya que somos los que más posibilidades tenemos de entrar en contacto con los menores, que se nos suministrara cierta información como puede ser las enfermedades contagiosas que padecen los menores. La dirección se ha negado alegando que son datos confidenciales, lo triste es que nos hemos enterado por las cocineras, por el personal de limpieza que es de una empresa exterior, por el personal de la granja, por el personal de mantenimiento o por algún educador con un poco de sentido común que considero que los VVSS deberían saber si un menor tenía Sida, hepatitis, tuberculosis, sarna...etc. Durante varios años seguimos trabajando en estas condiciones y si bien el Sr. Arsenio no se mete con nadie, ya hay algún problema con él. Nos gustaría que investigara el incidente producido el 25 de Enero de 2004 entre una interna (Nerea) y este señor que hace un uso indebido de la fuerza después de que la menor ya ha sido reducida por el vigilante de seguridad, todo esto en presencia de una educadora (Loli). En el año 2007 se produce una ampliación del servicio pasando de un vigilante por turno a dos vigilantes por turno con la condición particular de que en el turno de noche debe haber un V.S. de sexo femenino que trabajará siempre en el turno del Sr. Arsenio. Nosotros sospechamos que fue un intento del director de sacar a este señor de la sección de las niñas. Poco antes de esta ampliación el Sr. Director y el Subdirector nos comunican que en una reunión con todos los V.S. nos informaran de los cambios en el servicio. Dicha reunión nunca tuvo lugar, en su lugar comunican de manera oral a uno de V.S las nuevas funciones para que se las trasmita a sus compañeros. Entre estas queremos destacar la de “ despertar al Sereno-
  • 4. 4 vigilante ,Sr. Arsenio, para que nos acompañe a las habitaciones de contención (M.E.S.) cuando haya que atender las necesidades del menor y si este se niega reflejarlo en el parte”. También se nos comunica que a partir de ese momento no tenemos permiso para comer en el centro, desde que empezamos el servicio siempre se comió en el centro como todo el personal que trabaja en el, fuera de la Xunta o de empresas externas. Conociendo al Sr. Arsenio le comunicamos al director que no nos parece acertada esta medida ya que lo único que provocara será enfrentamientos, cosa que se confirmo posteriormente. Sobre la prohibición de comer lo consideramos un “castigo” aceptable por negarnos a realizar algunas tareas, poco después comprobamos que los únicos sobre los que regía esta prohibición éramos nosotros. Otra de las propuestas del director era que las vacaciones y días de asuntos propios de los Sereno-Vigilantes fueran cubiertas por los vigilantes de seguridad, ante esto el Subdirector expresa su preocupación por la reacción de los sindicatos y tras discutirlo deciden que solo cubramos los días de asuntos propios. Por nuestra parte hacemos saber que la Vigilante de Seguridad de sexo femenino trabajando, de noche, exclusivamente cuando este de turno el Sr. Arsenio hará 112 horas mensuales y no llegara a las horas establecidas en su convenio (que son 162 horas mensuales).Su turno de trabajo seria de 22:00 a 06:00, siete días de trabajo, siete de descanso. Se solicita al director que en su semana libre pueda realizar dos turnos de mañana o tarde para completar las horas, la contestación del director es tajante y se niega alegando que los turnos de día son más conflictivos y no considera que una mujer esté preparada. Lo gracioso es que en esta época el centro depende de Vicepresidencia de “IGUALDAD” y bienestar. Para evitar que por culpa de lo que consideramos una clara discriminación hacia nuestra compañera esta pudiera llegar a perder un 25% de su sueldo el resto de VVSS proponen a la empresa (Cetssa) cambiar los turnos de trabajo
  • 5. 5 rebajandoel turno de mañana y tarde a siete horas y aumentandoel de noche a diez horas, esto supone que la V.S. Femenina llegue a sus horas de trabajo mensuales pero también implica que el resto de VVSS. Vean disminuidos sus días libres al tener que trabajar más turnos para compensar el recorte. A día de hoy el Sr. Director ha dicho en varias ocasiones, que los que no queremos que trabaje personal femenino en turno de día somos nosotros pero creo que ha quedado claro que no es así. Nunca hemos tenido, ni tendremos problemas en ese sentido. El 22 de febrero de 2007 y ante las reticencias de alguno de los VVSS a realizar algunas labores se nos hace entrega por escrito de “las funciones de los guardias de seguridad”, dichas normas se nos entregan sin firmar y sin sellar. (Documento adjunto “ DOC. 2 “) Entre las funciones que aparecen queremos destacar y comentar las siguientes: “Si no hay indicación en contra atenderá el teléfono remitiendo la llamada al interesado”. Desconocemos en que artículo de la Ley o reglamento de Seguridad Privada figura como función del vigilante la de atender el teléfono. Habitaciones de contención “Vigilara especialmente el estado de estas dependencias, tanto en limpieza como en seguridad, así como en provisión y control de ropa y calzado”. A día de hoy existe un Modulo de Especial Seguimiento (M.E.S.) que es una ampliación de las antiguas habitaciones de contención. Consta de cuatro habitaciones individuales, sala tv., dos aseos, cocina, despacho educadores y sala de lectura. Sobre la provisión y control de ropa y calzado así como limpieza del modulo suponemos que se trata de una maniobra de la dirección del centro encaminada a cubrirse las espaldas ante los constantes problemas que tiene
  • 6. 6 con el personal de limpieza dependiente de la Xunta y a su intención desde un primer momento de ponernos al cargo de este modulo sin asignar ningún educador, esta pretensión se acentúa después del 23 de febrero de 2012 cuando un menor del centro Monteledo se suicida, ahorcándose, en unas dependencias de similares características y por parte de los educadores hay serias reticencias a hacerse cargo del modulo. Sobre la seguridad y funcionamiento de dicho modulo siempre hemos pensado que es una autentica chapuza y así lo dijimos en su día. Las paredes de las habitaciones están hechas con ladrillos de poco grosor por lo que varias ocasiones se han producido incidentes con menores que han empezado a golpear las paredes o la puerta y han estado a punto de tirarla al ceder el tabique, un incidente de este tipo se ha producido en esta semana y cabe destacar que el menor con un peso de, como mucho, cincuenta kilos casi tira un tabique. El techo de las habitaciones es de escayola por lo que este mismo menor, y otros anteriormente, han conseguido hacer varios agujeros tirando contra el techo la bandeja de la comida. En caso de romper la escayola se podría pasar de una habitación a otra ya que los tabiques no llegan hasta la placa superior. Las puertas de las habitaciones que teóricamente son de seguridad no dejan de ser una chapa revestida de madera con una trampilla a modo de mirilla que no permite ver toda la habitación y unos acabados más propios de una chabola que de otro sitio. Cada habitación tiene una ventana y por su altura es necesaria una escalera para abrirla o cerrarla, aunque algunas quedaron tan bien puestas que un simple golpe con la mano llegaba para abrirlas. Ya se ha dado el caso de un menor que se ha fugado por una de estas ventanas. El aseo nuevo esta sin estrenar ya que hay un problema con los desagües y el olor es insoportable. Se está utilizando el baño de las antiguas habitaciones de contención.
  • 7. 7 “Controlar el mal funcionamiento de los radiadores y sistemas de seguridad”. Dejando a un lado los radiadores y centrándonos en el sistema contra incendios que en el centro está compuesto por extintores y bocas de incendios. El día ocho de enero de 2010 se produjo un incendio en una habitación de la sección de las niñas en cuya extinción participo activamente el personal de seguridad. Después del incidente se pusoen conocimientode la dirección que las bocas de incendio situadas en los pasillos carecían de presión de agua por lo que no se pudieron utilizar. Este problema se subsana meses después con la colocación de un depósito de agua para el sistema de bocas de incendio con su propia bomba. Ha día de hoy en caso de incendio para utilizar las bocas de incendio tendríamos que salir del edificio, dirigirnos a un parque cercano donde tras abrir un candado tendremos acceso a una caseta donde se encuentra el depósito de agua del sistema de incendios, abrir la puerta de dicha caseta y conectar la bomba del agua ya que por orden del Director está apagada. Después de este pequeño paseo volveríamos al edificio y ya podríamos usar las bocas de incendios. Todo esto por el miedo del director a que un menor abra una manguera de incendios. Lo peor es que el personal del centro en su inmensa mayoría desconoce este hecho y nosotros nos enteramos por conversaciones con el personal de mantenimiento no porque nos lo comunicara la dirección. También hemos preguntado en varias ocasiones por los planes de evacuación del centro ya que nos estañaba mucho la ausencia de indicaciones en los pasillos y puertas. Nunca hemos recibido respuesta a nuestras preguntas pero en el último mes han colocado dicha señalización.
  • 8. 8 Sobre el control de los extintores nos sorprendió que se nos incluyera esta función ya que desde siempre este control lo viene realizando el conserje que está encargado del cuidado y venta de las diferentes aves (patos, faisanes, pavos reales, gallinas, loros, etc.) que se encuentran distribuidas por los tres parques que hay en el centro. “En el momento del ingreso, el menor ,sus ropas y enseres personales ,serán registrados, retirando los objetos no autorizados o prohibidos”. ¿ Cuales son estos objetos no autorizados o prohibidos ?. Si lo sabemos no es porque estén especificadas en las funciones ni porque la dirección nos lo comunicara. Lo sabemos porque nos hemos preocupado nosotros por enterarnos. Un ejemplo de esto es que cuando en comisión educativa decidieron que los menores no podrían usar los MP3, o aparatos similares, fuera de sus secciones los VVSS nos enteramos al ser requeridos por un educador para retirarle un MP3 a un menor que no quería entregarlo. Los registros “Si se considera que debe ser con desnudo integral, será autorizado por el director y se notificara a quien corresponda”. Nos gustaría que se investigara por su parte cuantas autorizaciones para hacer un registro integral o cuantas veces se ha pedido autorización para registro integral en todos estos años. Por indicación de la dirección durante mucho tiempono se utilizaba la palabra “registro” en nuestros partes, como mucho se utilizaba “cacheo”. Por poner el ejemplo más reciente. Saber si se pidió autorización para el registro integral que se realizo el 22 de octubre de 2014, como figura en el parte de servicio del turno de tarde.(Documento adjunto “DOC.46”) “Sobre todo en presencia de menores evitar estar haciendo otras cosas ajenas a su labor”.
  • 9. 9 Nunca tuvimos muy claro si se referían a espantar estorninos, a ayudar a parir a las vacas, atender al teléfono, darles el desayuno, etc. “El uso de medios de contención será proporcionado al fin pretendido y estarán depositados en la sala de vigilancia del M.E.S. O en la cabina de vigilancia en el hall de entrada”. La Ley y Reglamento de Seguridad Privada explica claramente que los medios de contención (porra y grilletes), así como la placa identificativa deben portarse en todo momento pudiendo ser el V.S. objeto de una sanción si no lo hiciera. Lo único que deja totalmente claro este punto es que el que preparó estas normas jamás ha leído la Ley de Seguridad Privada y si lo ha hecho no le importa que se incumpla. Por la noche “ Informara al Vigilante Nocturno si escucha u observa algo extraño y le trasmitirá las posibles peticiones o necesidades de los internos. Ayudara activamente a dicho profesional a mantenerel orden y compostura de los menores. Tendrá acceso a las recomendaciones que para el turno de noche queden por escrito en el libro-diario que se habilite para tal fin en la sala de educadores. Estas recomendaciones irán encaminadas a cubrir las necesidades básicas de los menores (posible medicación, problemas fisiológicos, etc.) o necesidades de desenvolvimiento de su Proyecto Educativo Individual. En caso de que por cualquier circunstancia la persona responsable no pueda atender dichas recomendaciones o necesidades, las realizara personalmente, dejando constancia por escrito de tal extremo y también lo hará siempre que así lo determine puntualmente la dirección del centro, por cuestiones de organización interna”. Aquí se nos pone por escrito lo que ya nos habían dado de palabra. Como predijimos el tener que avisar al Vigilante de la Xunta, Sr. Arsenio lo único que provoca es enfrentamientos con él y a pesar de reflejar en los partes de servicio su negativa de ir al M.E.S., la dirección del centro no toma ninguna
  • 10. 10 medida por lo que tras varios enfrentamientos los V.S. decidimos no avisarle para evitar incidentes. En el año 2011 se produce una radicalización de la postura de la dirección del centro en relación al Sr. Arsenio, esto provoca que recibamos fuertes presiones por parte de la empresa, a petición del Sr. Director, para que cumplamos las funciones encomendadas por la dirección del centro en lo relativo al turno de noche. Empezamos otra vez a avisarle y reflejar en el parte sus negativas lo que provoca enfrentamientos cada vez más graves con este señor. Para nuestra sorpresa comprobamos que la dirección del centro lejos de apoyarnos se posiciona al lado del Sr. Arsenio cuando este protesta. Durante todo este tiempo y como ya indicamos en el escrito anterior, atendiendo al “buen funcionamiento del centro” y sobre todo al “bien del menor” e intentando darles un trato lo más humano posible, las necesidades de los menores fueron cubiertas por los vigilantes de seguridad mientras el Sr. Arsenio seguía pasando las noches durmiendo en la sección de las niñas. Ante nuestras repetidas quejas el director, nos informa que no tiene nada que hablar con nosotros y que cualquier protesta se la dirijamos a través de nuestra empresa (Sequor Seguridad). Tras una reunión de los VVSS. con el delegado de Sequor en Lugo, Sr. Amable Arias, y al comprobar que la empresa se posiciona al lado del cliente ,llegando a amenazarnos con traslados y despidos si no hacemos lo que dicen, decidimos realizar solo las funciones que nos son propias. Días después el 18 de Abril de 2012 se nos hacen entrega por parte de la dirección del centro de un escrito (sin firmar, ni sellar ) donde se especifican nuestras funciones. Para nuestra sorpresa, comprobamos que son las mismas que nos dieron en el 2007.(Documento adjunto “DOC. 3”) Consideramos que el director del centro nos está utilizando para presionar al Sr. Arsenio y además se ha aprovechado de nuestra buena voluntad
  • 11. 11 haciéndonos asumir labores que no nos son propias con la única intención de garantizar el funcionamiento del centro. Como la comunicación con la dirección del centro es inexistente, decidimos enviar un escrito dirigido a la dirección del centro, otro al comité de empresa de Sequor Seguridad, otro a la Consejería de Trabajo y Bienestar y otra al personal del centro donde denunciábamos la situación en la que estamos.(Documento adjunto “ DOC. 4”,”DOC. 5”,”DOC.6”,”DOC.7”,”DOC. 8”) También se pide ayuda a la Unidad Provincial De Seguridad Privada De Lugo (Policía Nacional), a la que hacemos participe de la situación en la que nos encontramos y le aportamos pruebas documentales. Se trata en esta reunión el tema de los cacheos a los menores y se nos informa que la manera de realizarlos hasta la fecha era ilegal por lo que nos dan las indicaciones necesarias para subsanar este punto. Este modo de actuar por parte de los VVSS. y la aparición en prensa escrita de un articulo donde expresábamos nuestras dudas sobre las funciones, provocan que pasemos de ser una herramienta para presionar al Sr. Arsenio a ser los “enemigos públicos de la institución”; a fin de cuentas hemos incumplido una de las normas fundamentales del Sr. Director:”En el Santo Anxo nunca pasa nada”. Conseguimos por otra parte que, a petición de la Unidad Provincial De Seguridad Privada, el Sr. Director se reúna con ellos y le expliquen que funciones son incompatibles con la Ley y Reglamento de Seguridad Privada y la obligación por su parte de solicitar permiso para poder realizar registros integrales. En respuesta a esta reunión el día 9 de noviembre de 2012 el Sr. director nos comunica a través de un escrito la: “ Obligación de efectuar registros por parte de los Vigilantes de Seguridad del Centro cuando estos sean requeridos por el equipo educativo del centro”.(Documento adjunto ”DOC. 9”)
  • 12. 12 También tenemos una reunión con El Sr. Vicente Correa (contratación de la Xunta de Galicia) en la que a pesar presentar pruebas del “método de trabajo” del Sr. Arsenio Rodil Arias nos comunican que sobre ese tema no se puede hacer nada. Sobre las funciones de los VVSS. se llega al acuerdo de redactar unas normas que nos serán entregadas. En esta época ya estamos inmersos en el ERE de extinción de nuestra empresa, Sequor Seguridad, lo que provoca que estemos trabajando varios meses sin cobrar. Finalmente el servicio sale a concurso de nuevo siendo adjudicado a la empresa Prosetecnisa S.A., esta se niega a subrogarnos y nos tiene otros cinco meses en la calle hasta que la justicia les obliga a readmitirnos. El resto de nuestro calvario con la empresa Prosetecnisa S.A. ya está , en parte, reflejado en el escrito anterior. Cuando nos reincorporamos al servicio descubrimos que lejos de mejorar la situación había empeorado ya que el Sr. Director había conseguido de la empresa Prosetecnisa S.A. que los vigilantes realizaran todas cuantas labores se les encomendaran y además realizaban el servicio sin porra ni grilletes como él deseaba. Después de hablar con la empresa y comunicarles que no pensábamos trabajar bajo esas premisas empiezan de nuevo los problemas. Uno de los problemas que tuvimos en esta etapa, a parte de la persecución por parte de la dirección y Arsenio, fue la imposibilidadde reflejar en nuestros partes de servicio muchos de los incidentes que ocurrieron, ya que el Sr. Arsenio tenía acceso a ellos. A pesar de nuestras protestas a la dirección del centro a la que informamos de que en varias ocasiones hemos visto al Vigilante de la Xunta en el despacho del director leyendo nuestros partes, fotocopiándolos en alguno de los casos, y otros papeles que estaban guardados en unas carpetas encima de la mesa, el director hace caso omiso. Es la Unidad Provincial De Seguridad Privada la que tiene que mediar ante el Director para que este señor no tenga acceso a esos documentos. A día de
  • 13. 13 hoy y teniendo en cuenta que siempre se nos ha negado, por ejemplo, la información sobre menores con enfermedades contagiosas ateniéndose a la Ley de Protección de Datos resulta cuando menos curioso ,que si bien el material de oficina está bajo llave los expedientes de los menores están en cajones que carecen de cerradura. En relación con el escrito de contestación de la consejería De Trabajo y Bienestar a la queja que presentamos ante usted nos gustaría aclarar alguno de sus puntos. 1.-Subrogacion por parte de Prosetecnisa SA. Estamos convencidos de que la no subrogación por parte de Prosetecnisa S.A. fue una maniobra orquestada por el delegado de Sequor, el delegado de Prosetecnisa de la zona Noroeste y el Sr. Director del centro Santo Anxo. Hacemos esta afirmación teniendo en cuenta una serie de circunstancias: • El Sr. director afirma que no ha mantenido ninguna reunión con esta empresa. Siendo esta la única empresa que se presento al concurso que no realizo una visita al Centro. Después de nuestra reincorporación y en una conversación con responsables de la empresa, a estos, se les escapa que ya eran conocedores, antes de coger el servicio, del tema de Arsenio por una reunión con la dirección • El delegado se Sequor en Lugo ya trabajaba para Prosetecnisa (no oficialmente) antes de que Sequor desapareciera. • La empresa Protección y Seguridad Técnica S.A. no subrogo al personal alegando que la información que figura en el anexo I del pliego de prescripciones técnicas le fue comunicado por la empresa Sequor fuera del plazo legal. Por casualidad el encargado de mandar dicha documentación era el Delegado en Lugo de Sequor (Sr. Amable).
  • 14. 14 • La semana antes de la finalización del plazo de presentación de documentación la empresa Prosetecnisa S.A. ya había realizado una selección de personal para sustituirnos, esto demuestra que el punto anterior no deja de ser una escusa ya que tenían una decisión tomada. • El documento “Organización específica por puestos” en el que la empresa nos informa de nuestras funciones, está fechado en Febrero de 2013 lo cual es difícil de entender si no existieron reuniones previas ya que en esta fecha el servicio no había salido a concurso. Además las funciones son sospechosamente parecidas a las que ya teníamos. • Los comentarios del Sr. Director en el sentido de que haría todo lo posible para echarnos. Sabemos que todo esto no deja de ser un cúmulo de suposiciones pero aunque para nosotros es difícil, por no decir imposible, conseguir pruebas en este sentido tenemos el convencimiento personal de que fue así. Sobre las acciones reivindicativas que la Consejería relata en el escrito. Aclarar que delante del centro se hicieron varias manifestaciones que discurrieron, en presencia de la Guardia Civil, sin altercados ni insultos. También acampamos con una caravana junto a la puerta durante varias semanas, en este periodo convivimos con el personal del centro sin problemas. Sobre la colocación de banderas en el enrejado y su retirada por parte del director de una manera muy poco educada preferimos dejarlo pasar achacando este hecho a un momento de cabreo. Dichas banderas nos fueron devueltas por el director días después. Sobre las amenazas en la red contra el director:
  • 15. 15 Entendemos que el Sr. Director pueda considerar una amenaza que se haga público la falta de apoyo a unos trabajadores, pero estos comentarios no fueron amenazantes y en todo caso deberían mirarse en el mismo contesto que la retirada de las banderas por parte del director. A diferencia de la dirección del centro el personal educativo a través de un escrito, marcado como “DOC. 10”, a la Consejería de Trabajo y Bienestar nos muestra su apoyo. Comprendemos que esta situación moleste al Sr. Director ya que en su día llego a decir entre otras lindezas que un trato cordial a los vigilantes era una falta de respeto hacia su persona y además estábamos incumpliendo una de sus normas básicas: “En el Santo Anxo nunca pasa nada”. Sobre el inicio de la problemática: Queremos dejar claro con este escrito que el comienzo de los problemas es muy anterior a los problemas con la empresa Sequor. Los problemas empiezan el 12 de abril de 1999 cuando el director permite que el Sr. Arsenio se meta en la sección de las niñas y deje el resto del centro a cargo del vigilante de seguridad. Durante años el enfrentamiento fue entre Arsenio y el director pero cuando nos negamos a ser usados como herramientas para meter en cintura al Sereno-vigilante D. Arsenio Rodil Arias, la cosa cambia. A partir de este momento nos convertimos en los enemigos comunes de estas dos personas, iniciándose una especie de caza del vigilante. Por parte del Sr. Arsenio se produce un acoso casi constante que queda reflejado en alguno de nuestros partes. Por parte del director se intenta siempre ningunear nuestro trabajo y se pone siempre en duda nuestra profesionalidad. Sobre la cuenta de ayuda a los vigilantes:
  • 16. 16 “Por iniciativa de la dirección del centro, se abrió una cuenta...” Nos parece insultante que la dirección del centro se apunte el tanto después de llevar años ninguneando nuestro trabajo y haber expresado en público la “no simpatía” por ninguno de nosotros y su intención de echarnos. La idea partió del profesorado, personal educativo y de servicios a los que estamos muy agradecidos. 2.-Sobre las funciones del Sereno-Vigilante: “Este centro elaboro un texto con las funciones del vigilante de seguridad de la Xunta de Galicia. (Se adjunta fotocopia de las funciones)” Nos gustaría saber a qué funciones se refiere ya que se le han entregado por escrito en dos ocasiones, siendo estas totalmente diferentes. En la primera de 25 de Febrero de 2014 se le especifica que las necesidades del menor en el modulo M.E.S. serán atendidas por los vigilantes de Seguridad y si estos se niegan tendría que atenderlas él, haciendo constar por escrito dicha negativa. Como se puede comprobar en los partes de servicio de los Vigilantes de Seguridad ante la negativa de estos de acudir solos al M.E.S. el Sereno-Vigilante tampoco acude, lo que produce una desatención total del menor. (Documento adjunto “DOC. 11”) En relación con la sección de las niñas se le indica que vaya acompañado de personal femenino para evitar posibles problemas. Este punto nos sorprende ya que lleva durmiendo en esa sección muchos años. Las segundas funciones que le fueron entregadas el 9 de Julio de 2014 cambian totalmente ya que especifican que las necesidades de los menores en el M.E.S. deberán ser atendidas por Sereno-Vigilante acompañado por los Vigilantes de Seguridad. (Documento adjunto “DOC. 12”) Sobre el resto de funciones no merece la pena hacer comentarios ya que nos falta por ver la primera ronda por el recinto del centro o que lo veamos
  • 17. 17 abriendo o cerrando una de las puertas, hecho que ocurre desde el año 1999. Nos gustaría saber que ha ocurrido entre febrero y junio para que haya un cambio tan radical en las “funciones propias” del sereno-vigilante. 3.Sobre las funciones de los Vigilantes de Seguridad nos gustaría que nos aclararan los siguientes puntos: ”Tengan conocimiento de las situaciones de orden en cada momento”. ¿Como es posible esto?. Si por poner un ejemplo: en el caso del ingreso de un menor, nos enteramos de este hecho cuando la Policía Autonómica llama a la puerta del centro. Creo que hemos dejado patente a lo largo del escrito que dar información no es uno de los fuertes de esta directiva. “Informar a la dirección del centro de las situaciones de riesgo y le asesore sobre las posibles medidas de intervención a aplicar”. Nosotros informamos pero que la dirección acepte que la asesoremos es una utopía. “ Comprobaran el funcionamiento de los radiadores”. Deberían crear la categoría de Vigilante de Seguridad-telefonista-calefactor. “Tendrán orden de intervenir, SI NO EXISTE INDICACION EXPRESA EN CONTRA, cuando la integridad física de un interno, de un trabajador del centro o de una persona ajena al mismo o cuando las dependencias o medios materiales del centro estén en peligro”. Suponemos que se trata de un problema de redacción. No puede existir una indicación expresa para no actuar en el caso de que la integridad física de una persona esté en peligro.
  • 18. 18 El resto de funciones, que son exactamente iguales a las que nos entregaron en el 2007, ya han sido comentadas anteriormente. 4.-Sobre las aclaraciones a lo indicado en el escrito: “La función del Director Del Centro, como no puede ser de otra manera , es velar por el correcto desenvolvimiento de las funciones y servicios que son propias del centro y por lo tanto debe tramitar los partes de incidencias que tanto el personal de la empresa concesionaria del servicio de seguridad como el personal propio tengan a bien redactar”. Suponemos que cuando se refieren a velar por el correcto desenvolvimiento de las funciones se refiere a: Tener a una persona con la categoría de conserje dedicada al cuidado y venta de las aves y cabras que hay en el centro ,como ya hemos indicado en este escrito; o utilizar el tractor y demás aperos de uno de los empleados de la granja para realizar las labores agrícolas ya que el tractor del centro lleva averiado diez años; o a lo mejor se refiere a indicarle a los sustitutos de los sereno-vigilantes que su trabajo consiste en pasar la noche en la sección de las niñas y si hay algún problema o duda preguntarle a los vigilantes de seguridad. De esto último vale como ejemplo lo ocurrido el 16 de agosto de 2012 cuando la Policía Autonómica de Vigo se persona en el centro a las cuatro de la mañana para ingresar a un menor que estaba fugado, el acta de internamiento del menor está firmada por dos policías nacionales y dos vigilantes ya que la sereno-vigilante estaba durmiendo en la sección de las niñas y no se entero de nada.(Documento adjunto “DOC.24”) Adjunto a este escrito presentamos varios partes de servicio de los Vigilantes de Seguridad donde se hacen constar diferentes incidentes en relación al Sereno-Vigilante Sr. Arsenio. Nos gustaría saber si se han tramitado con la misma celeridad que el parte al que se hace alusión en el punto anterior. Documento adjunto “DOC.13” de 7 de julio de 2011 donde se refleja que el sereno-vigilante no acompaña al modulo M.E.S. al V.S.. “DOC. 14” parte de servicio de 3 de marzo de 2012 donde se destaca que el Sr. Arsenio no acompaña al V.S. al M.E.S.
  • 19. 19 “DOC.15” parte de servicio de 13 de mayo de 2012 donde se refleja que tras avisarlo para cubrir las necesidades del menor este se niega ,presentándose posteriormente en el M.E.S. para recriminar al V.S. que lo molestara, todo esto con un tono muy alterado. “DOC.16” parte de servicio de 23 de mayo de 2012 donde queda reflejado la actitud del sereno-vigilante y la falta de preocupación de este por el estado del menor. “DOC.17” parte de servicio de 19 de septiembre de 2012 donde el V.S. describe como el Sr. Arsenio se niega a ir al M.E.S. y como después se dedica a perseguir al vigilante llegando a hacer fotos de dicho modulo. “DOC.18” parte de servicio de 14 de diciembre de 2012 donde tras avisarle se niega a ir al M.E.S. Y a las 5:30 el Sr. Arsenio se dedica a inspeccionar ese modulo (menos la habitación donde se encuentra el menor). “DOC.19” parte de servicio de 16 de noviembre de 2012 en el que se refleja la persecución del Sr. Arsenio somete a V.S.. Al hacer una ronda por la sección de las niñas donde duerme el sereno-vigilante este le prohíbe la entrada en dicha sección. “DOC.20” parte de servicio del 22 de octubre de 2013 donde queda reflejado la falta de personal de la Xunta que ha sido sustituido por un V.S., por suerte ese día se había quedado a dormir en el centro una de las educadoras. “DOC.21” parte de servicio de 29 de enero de 2014 donde queda reflejada la negativa del Sr. Arsenio a acudir al M.E.S.. “DOC.22” parte de servicio de 11 de febrero de 2014 donde queda reflejado de nuevo la negativa del Sr. Arsenio. “DOC.23” parte de servicio de 2 de marzo de 2014 donde se avisa al sereno- vigilante que el menor que se encuentra en la habitación contigua a la suya está dando golpes y solicita ir al baño.
  • 20. 20 “DOC.25” parte de servicio de 22 de abril de 2014 donde queda reflejado como el Sr. Arsenio tras ser avisado para ir al M.E.S. Se dedica a amenazar a los VVSS. Se da aviso al inspector de la empresa y este, vía telefónica, intenta mediar pero recibe el mismo trato que los VVSS. “DOC.26” parte de servicio de 24 de abril de 2014 donde el Sr. Arsenio informa al V.S. De que a partir de ese momento grabara todas sus conversaciones y a pesar de la negativa del V.S. a que se le grave, el Sr. Arsenio graba la conversación “DOC.27” de 6 de mayo de 2014 donde se refleja como no acepta el aviso de la V.S. femenina, obligando al compañero a ponerse directamente en contacto con él. En este momento le pide el número de placa y le dice que está grabando la conversación “DOC.28” parte de servicio de 20 de junio de 2014 donde el V.S. refleja que es imposible localizar al sereno-vigilante y tiene que avisar a una educadora que se ha quedado a dormir en el centro para que lo acompañe al M.E.S.. “DOC.29” parte de servicio de 16 de julio de 2014 donde el V.S. escribe:”Me dirijo al despacho de educadores en el piso superior a despertar al vigilante de la Xunta”. ”DOC.30” parte de servicio de 10 de octubre de 2014 donde el V.S. refleja que ha tenido que pedir ayuda a la Guardia Civil ante la persecución a la que le somete el Sr. Arsenio. La Guardia Civil se persona en el centro a las 00:16. “DOC.31” este documento corresponde al acta de declaración del V.S. ante la Unidad Provincial de Seguridad Privada de la Policía Nacional en relación al incidente que se menciona en el “DOC.30”. “DOC.32” parte de servicio del 26 de octubre del 2014 donde se refleja que si bien el Sr. Arsenio no se niega a acompañarnos al M.E.S. Este se desentiende del estado del menor, con el consentimiento expreso del director del centro, teniendo que permanecer el menor entre vómitos toda la noche.
  • 21. 21 Espero que sirvan estos partes como ejemplo. Hay muchos más incidentes pero o bien por miedo a que los leyera el Sr. Arsenio o por orden de la dirección que nos indicaba que no reflejáramos ciertas cosa en los partes no hemos podido aportar más. Además se adjuntas diferentes partes de servicio donde se refleja la incautación de diferentes sustancias (drogas) y objetos prohibidos (navaja).Documentos adjuntos de “DOC.33” al “DOC.41” son partes de servicio donde se refleja la incautación de sustancias prohibidas. Durante todos estos años se han requisado drogas en muchas más ocasiones pero no se reflejaban en los partes. En este asunto hay que tener en cuenta las incautaciones realizadas por el personal educativo, que no son pocas. Solicitamos que se investigue si por parte de la dirección del centro se ha procedido al traslado de estas sustancias, con el correspondiente informe, a fiscalía de menores y equipo técnico. Y si no se comunicó, que se investigue donde han ido a parar estas sustancias y objetos. Toda esta documentación ha sido entregada a la Unidad Provincial de Seguridad Privada de Lugo. “En las actas de la comisión educativa...no figuran ninguna alusión en el sentido que se manifiesta en el escrito en relación a alusiones a los vigilantes de seguridad por parte del director del centro”. Que no figure en las actas de la comisión educativa es “ normal ”, tampoco figura en ningún acta de la Comisión Educativa que se halla tratado el tema de nuestras funciones y sin embargo así lo afirma el Sr. Director en un escrito del 16 de octubre de 2012.(Documento adjunto ”DOC.42”) Es el Sr. Director el que dice qué figura en acta y qué no. Comprobar esto es tan sencillo como mantener una conversación con cualquiera de los miembros de esas comisiones.
  • 22. 22 “En el documento elaborado por la empresa Prosetecnisa en febrero del 2013 apartado 1.4,organizacion especifica por puestos especifica claramente las funciones a realizar”. ¿Como es posible que la empresa Prosetecnisa S.A. a fecha febrero de 2013 tenga elaborado un documento sobre las funciones de los vigilantes en el Centro de Menores Santo Anxo cuando este servicio no había salido a concurso público?. Las funciones que se especifican en este documento, que por primera vez se nos entregan firmadas por empresa y director del centro, han sido denunciadas ante la Unidad Provincial De Seguridad Privada de Lugo el 25 de octubre de 2013 , a la que se le solicita emita informe al respecto de si se está realizando el servicio de seguridad de acuerdo a la normativa vigente.(Documento adjunto “DOC.43”que corresponde a las funciones y “DOC.44” que corresponde a la denuncia.) Ante la tardanza en contestar y debido a que alguno de los vigilantes de seguridad centro siguen realizando algunas tareas que no le son propias en fecha 5 de Febrero de 2014 se presenta en las dependencias de la Comisaria Provincial de Policía de Lugo denuncia del proceder de una Vigilante de Seguridad (Silvia Ballon Marey) que tras consultar con el subdirector del centro y siguiendo sus indicaciones seguía atendiendo las necesidades de los menores en el M.E.S. ,ella sola, sin la presencia del Sereno-vigilante que se negaba a acompañarla. Esta vigilante fue sancionada el 13 de noviembre de 2013 por una falta leve.(Documento adjunto”DOC.45”) “Privilegios difíciles de justificar, no se entiende a que se refiere”. Pues es muy fácil de entender. En estos tiempos en que el sueldo del personal laboral lleva congelado varios años, perdida de días libres y vacaciones, aumento de horarios, perdida de pagas extras... etc., este señor disfruta de casa gratis, comida gratis, luz gratis, calefacción gratis, agua gratis, teléfono gratis, vehículo gratis...etc. Después nos extrañamos cuando el director se refiere al centro como “ mi casa “.
  • 23. 23 “En todo caso la dirección de un Centro de Menores de especial protección conlleva plena disponibilidad durante las 24 horas”. En muchas ocasiones nos hemos visto en la necesidad de llamar al Subdirector que vive en Lugo capital al sernos imposible localizar al Sr. Director. No obstante en su día para subsanar esta deficiencia se nos sugirió que en el caso de que no cogiera el teléfono por la noche fuéramos debajo de la ventana de su dormitorio y tiráramos piedrecitas al cristal hasta que se asomara. 5.-Sobre las comprobaciones: “Los vigilante de la empresa concesionaria deben actuar de acuerdo a lo indicado en los pliegos de contratación y a las funciones ya indicadas en el documento 1.4 elaborada por la empresa”. A quedado demostrado que algunas de las funciones que se indican en esos documentos son ilegales y pueden suponer la imposición de sanciones a los VVSS. Solicitamos de usted que ponga en conocimiento de la Consejería que su pliego de prescripciones técnicas no se atiene a la legalidad. Esperamos que sobre este tema la Consejería no alegue desconocimiento ya que como se puede comprobar el Sr. Director se presenta como testigo en el expediente administrativo sancionador de Silvia Ballon Marey. (“DOC.45”) “Esta previsto para el 24 de junio, comenzara un nuevo contrato de vigilancia...que será la responsable del cumplimiento de lo establecido en los pliegos de contratación”. A día de hoy 18 de noviembre de 2014 trabajamos para la empresa Clece Seguridad S.A.U. Y por primera vez en la vida podemos decir que es una empresa que defiende a sus empleados y su profesionalidad.
  • 24. 24 Dicha empresa no ha aceptado el pliego de funciones y lo ha devuelto a la Xunta de Galicia para que se subsane algún punto que para ella son claramente ilegales. La empresa Clece y la Unidad de Seguridad Privada de la Policía Nacional se han puesto a disposición de la Consejería para redactar las funciones pero de momento se ve poca disposición por parte de la Consejería. Tras estas puntualizaciones y si bien uno de los motivos de la queja era la definición y cumplimiento de las funciones de los Sereno-vigilantes quisiéramos que tuviera en consideración las pruebas aportadas y ampliara esta queja a la dirección del centro. Queremos ampliar la queja a la dirección del centro ya que considéranos que la gestión que realiza no es correcta. Se emplea personal de la Xunta en funciones que no le son propias o en muchos casos no se les sustituye cuando están de baja laboral, cargando su trabajo a los compañeros. Si en el escrito anterior no hicimos mención a alguno de los temas que hemos expuesto hoy fue por miedo a las represalias pero a día de hoy consideramos que la única solución a esta problemática es denunciarla. El nivel de “ninguneo” y “persecución” a los que nos somete la dirección del centro es tan alto que nos estamos planteando interponer una denuncia por acoso. Valga como ejemplo de este ninguneo y persecución algunos acontecimientos ocurridos en estos últimos meses: Un compañero se vio en la necesidad de llamar a la Guardia Civil ante la persecución por parte del Sr. Arsenio, que lo seguía por todo el centro grabándolo con su teléfono móvil.(Documento adjunto ”DOC.30” y “DOC.31”) Para comprender el siguiente incidente hay que aclarar que la empresa Clece Seguridad ha tenido que despedir a uno de los V.S. para poder cumplir el pliego de contratación de la Consejería y contratar a otra mujer para el turno de noche.
  • 25. 25 En una visita del Jefe de Servicio de Clece , Iñigo J. De Eguia Santander, el Sr. Director del centro se dirigió a este, en relación al despido de uno de los vigilantes,en los siguientes términos:”Me llevas al mejor y me dejas a los hijos de puta”. Dicho comentario fue puesto en conocimiento del Jefe territorial Sr. Alberto Linares Fernández por nuestro jefe de servicios. También hemos recibido la una orden verbal que nos prohíbe pasar por la cocina bajo ninguna circunstancia, por lo que para ir al vestuario debemos entrar por el patio exterior, pero aparte de esto se nos deniega el acceso al único grifo con agua potable que hay en el centro, que está en la cocina, por lo que tenemos que traer el agua en botellas de nuestra casa. Si esta prohibición tiene que ver con alguna recomendación de Sanidad nos gustaría que nos aclararan por que los educadores y menores si pueden pasar por la cocina, con cubos de ropa sucia, para ir a la lavandería. Hemos escuchado al subdirector, que no sabía que había un V.S. cerca, hablar por el móvil refiriéndose a nosotros diciendo: ”No valen para nada... para lo único que sirven es para hacer partes”. En una de las últimas reuniones de la “comisión educativa” se refirió a nosotros, en relación al parte de 22 de octubre de 2014 (documento adjunto “DOC.46”) donde se refleja un registro integral, en el sentido de que intentábamos atacar a los educadores metiéndolos en problemas. Ha comentado también que de seguir nosotros con estos escritos lo único que conseguiremos será el cierre del centro. Pensamos que es un nuevo intento de poner al personal educativo en nuestra contra, manejando la información a su antojo y manteniendo a los educadores en la ignorancia sobre muchos temas. Queremos dejar claro que con este escrito no se intenta atacar a ningún empleado del centro, ni a la institución en sí. Consideramos que la labor que realizan en esta institución la inmensa mayoría de los trabajadores es excelente y en especial destacamos la dedicación y buen hacer del personal educativo ayudando a estos menores conflictivos.
  • 26. 26 En este escrito solo queremos dejar constancia de nuestras quejas sobre, el sereno-vigilante, Sr. Arsenio Rodil Arias; el director del centro, Sr. Jesús Robles Crespo y ,el subdirector, Sr. Darío Senén González. Estos dos últimos han manejado el centro como han querido, saltándose las normas siempre que les interesaba y manejando, censurando o tergiversando la información a su antojo. Esperamos que tome en consideración nuestras peticiones para que investigue algunos asuntos, pero sobre todo el relacionado con lo que ha pasado con las drogas incautadas en los registros. Nos preocupa que su investigación se base en la petición de informes a la Consejería, que a su vez los pide a la dirección del centro, ya que al ser partes implicadas siempre lo negaran todo. Una simple entrevista con alguno de los trabajadores del centro sería muy clarificadora. La tardanza en la entrega de este escrito es debida a que tras comunicar nuestras quejas a través del jefe de servicio de Clece Seguridad a la Consejería de Bienestar hemos estado esperando infructuosamente una contestación. Los abajo firmantes le agradecemos la atención que nos está prestando y nos ponemos a su entera disposición para cualquier aclaración. Un saludo.
  • 27. 27