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CARTAS ORGÁNICAS BAJO EL ENFOQUE
DEL CONTROL GUBERNAMENTAL
Facilitador: Abg. Juan Pérez Callejas
MUNICIPIO
ANTECEDENTES.
• Parentesco, consanguinidad y
proximidad
• Preocupaciones por servicios comunes
• Es una entidad natural
• Cuenta con una autoridad
• Se encuentra inmersa dentro de una
entidad superior, el Estado
• Necesidades elementales
• Conducirse dentro de un marco
autonómico (art. 272 CPE)
B) 1839, Establece la vigencia de los Concejos Municipales,
incluso con atribuciones nacionales.
A) 1825, Los cabildos insurgentes, el 7 de febrero y ocho de
agosto, Alcalde de La Paz, Francisco Ruíz de Sorzano, dio la
bienvenida a Sucre y Bolívar (Der.Mun-Abraham Maldonado)
C) 1843, Se suprime el régimen municipal.
D) 1861, Se repone el régimen municipal, (18 años después)
E) 1887, El gobierno de Gregorio Pacheco, promulga la Ley
Orgánica de Municipalidades.
F) 1936, Por Decreto Supremo de 14 de agosto, elimina los
concejos municipales, creando diferentes órganos representativos
como ser; Cámara de Comercio, Federación Obrera, Colegio de
Abogados entre otros, manteniendo solo al Alcalde.
INSTITUCIÓN MUNICIPAL EN BOLIVIA
H) 1942, Se emite la segunda Ley Orgánica de Municipalidades.
G) 1838, Se establece que el gobierno municipal está compuesto
por un alcalde, elegido por el Presidente de la República y un
concejo deliberante, elegido por sufragio popular (Autónomo)
I) 1967, Vigencia del Alcalde y el Concejo Municipal
J) 1985, Se emite la tercera Ley Orgánica de Municipalidades
K) 1993, Resalta a autonomía y la Elección del Alcalde del
primero en la lista, voto constructivo censura.
L) 1999, Se emite la cuarta Ley de Municipalidades.
INSTITUCIÓN MUNICIPAL EN BOLIVIA
H) 1942, Se emite la segunda Ley Orgánica de
Municipalidades.
G) 1838, Se establece que el gobierno municipal está
compuesto por un alcalde, elegido por el Presidente de la
República y un concejo deliberante, elegido por sufragio
popular (Autónomo)
I) 1967, Vigencia del Alcalde y el Concejo Municipal
J) 1985, Se emite la tercera Ley Orgánica de Municipalidades
K) 1993, Resalta a autonomía y la Elección del Alcalde del
primero en la lista, voto constructivo censura.
L) 1999, Se emite la cuarta Ley de Municipalidades.
INSTITUCIÓN MUNICIPAL EN BOLIVIA
N) 2009, Se reconoce la Autonomía no solo municipales, sino
también, Dptal, Regional e Indígena Originaria Campesina.
M) 2004, Se establece que las agrupaciones ciudadanas y los
pueblos indígenas también pueden postular a candidatos a
Alcaldes, Concejales y Agentes Cantonales
O) 2010, Ley N° 031 del 19 de julio de 2010
P) 2014, Ley N° 482 del 9 de enero de 2014, regula la
estructura orgánica, y funcionamiento de los Gobiernos
Autónomos Municipales de manera supletoria
INSTITUCIÓN MUNICIPAL EN BOLIVIA
CARTA ORGÁNICA – GAM TRINIDAD
• Mediante nota GAMT/H.C.M.-CITE EXT.
033/2015 de 14 de abril, Remisión al Tribunal
Constitucional
• Por AC 0171/2015-CA de 6 de mayo, la
Comisión de Admisión Admite la solicitud de
Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 228/2015 del 16 de diciembre de
2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
• Por nota de 6 de julio de 2016, se presentó la
adecuación del proyecto de la Carta Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0006/2017 del 27 de enero de 2017,
el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM TRINIDAD
• Artículo 5 respeto a la delimitación territorial, se
declara incompatible por que la creación y
delimitación es competencia de la Asamblea
Legislativa Plurinacional art. 158 I.6 de la CPE
• Artículo 6, Relacionado al idioma, no se puede
establecer o asignar un idioma oficial en
específico , art. 5.I CPE
• Artículo 10.7, Pretende imponer un deber de
participación como electores de autoridades
locales, sin tomar en cuenta que se trata de una
competencia exclusiva del nivel central art.
298.II.1 de la CPE.
• Artículo 10.11, Se determina incompatible el
deber de defender la integridad territorial
municipal, por ser contrario al art. 108.4 CPE
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM TRINIDAD
• Artículo 21.11 “Aprobar o rechazar de acuerdo a
Ley Municipal, los Convenios y Contratos
Administrativos suscritos por la Alcaldesa o
Alcalde Municipal (…)”. (Atribución Concejo).
• Artículo 33, “Las Concejalas y Concejales, son
responsables de sus actos, omisiones y resultados
por el ejercicio de sus funciones, (…)”. Art. 38,53
• Artículos 60, 61, 62, 63, 64, 65 y 66,
Participación Ciudadana y Control Social.
• Artículo 118, 119, 120, Se divide en dos
Sistemas de Control Interno ejercido por los
servidores públicos y la unidad de auditoría y el
externo por la Contraloría General del Estado.
• No existe régimen disciplinario
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM GUAYARA
• Mediante nota de 10 de febrero de 2015,
Remisión al Tribunal Constitucional
• Por Auto Constitucional 0087/2015-CA de 4 de
marzo, la Comisión de Admisión Admite la
solicitud de Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0171/2015 del 11 de agosto de
2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
• Por nota de 27 de septiembre de 2017, se
presentó la adecuación del proyecto de la Carta
Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0004/2018 del 13 de marzo de
2018, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM GUAYARA
• Por “OFICIO 0325/2018-2019” de 12 de
noviembre de 2018, se presentó la adecuación del
proyecto de la Carta Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0092/2018 del 26 de noviembre de
2018, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD,
disponiendo:
1. Se elabore Texto Ordenado del Proyecto de la
Carta Orgánica, para su remisión al Órgano
Electoral.
2. Improcedencia de modificaciones de
disposiciones compatibles.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM GUAYARA
• Artículo 12.9 Deber:“Participar activamente en
los procesos de Planificación de las políticas de
desarrollo del Municipio”, se declara
incompatible por que a una obligación de hacer,
siendo que su ejercicio es irrestricto art. 242 CPE.
• Artículo 14, Aplicación y cumplimiento
obligatorio por: “todas las personas, naturales y
jurídicas, así como para los órganos públicos”,
art. 272 CPE (legisla solo en el ámbito de su
jurisdicción y competencia).
• Artículo 19, Se declara incompatible la división
de distritos en urbanos y rurales art. 271 de la
CPE.
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM GUAYARA
• Artículo 26 Audiencias Públicas destinadas
a:“destinados a la participación ciudadana,
individual o colectiva, (…)”.
• Artículo 39.14 “Aprobar o rechazar acuerdos y/o
convenios suscritos por el Alcalde Municipal con
entidades, personas jurídicas y/o naturales,
públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras
(…)”. (Atribución Concejo).
• Artículos 132, Participación Ciudadana y Control
Social.
• Artículo 130, Transparencia y lucha contra la
corrupción, con atribuciones incluso para
procesar y sancionar, (fue corregido).
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM SANTA ANA
• Mediante oficio presentado el 12 de diciembre de
2012, Remisión al Tribunal Constitucional
• Por AC 0914/2012-CA de 21 de diciembre, la
Comisión de Admisión Admite la solicitud de
Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0011/2014 del 10 de marzo de
2014, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
• Por memorial presentado el 25 de febrero de
2015, se presentó la adecuación del proyecto de la
Carta Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0107/2015 del 8 de abril de 2015,
el TCP, declara la COMPATIBILIDAD,
preámbulo improcedente.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM SANTA ANA
• Por memorial presentado el 27 de septiembre de
2017, eliminación del proyecto de la Carta
Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0099/2017 del 15 de noviembre de
2017, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD,
plena disponiendo:
1. Se elabore Texto Ordenado del Proyecto de la
Carta Orgánica, para su remisión al Órgano
Electoral.
2. Exhorta al respeto y plena vigencia de los
valores, principios, sistemas políticos,
económicos de las Naciones y Pueblos
Indígenas.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM SANTA ANA
• Artículo 21.4 clasificación de derechos,
incompatible con la Constitución Política del
Estado; por cuanto, contraviene el art. 13.III de la
Norma Suprema, que establece que la
clasificación de derechos no debe determinar
jerarquía alguna ni superioridad de unos derechos
sobre otros.
• Artículo 126.2 inc. g), que dentro de los ingresos
municipales tributarios, establece la “Tasa por
explotación de productos agroforestales”, es
incompatible con la Constitución Política del
Estado, por cuanto el art. 298.II.7 de la Norma
Suprema, prevé como competencia exclusiva del
nivel central del Estado: “La Política Forestal y
régimen general de suelos, recursos forestales y
bosques”
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM SANTA ANA
• Artículo 35.16 “Fiscalizar las labores del Alcalde
o Alcaldesa Municipal y, en su caso, remitir
obrados a la justicia ordinaria en los casos de
responsabilidad civil o penal, (…)”.
• Artículo 35.11 “Aprobar o rechazar convenios y
contratos sobre concesiones de obras, servicios
públicos o explotaciones del municipio, en un
plazo máximo de 15 días.”. (Atribución
Concejo).
• Artículos 52, Transparencia y rendición cuentas.
• Artículo 57, Sistema de responsabilidad
funcionaria municipal (ley nacional).
• Artículos 59, 60, 61 y 141 Control
• Artículos 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68 al 77, se
regula la participación y control social
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM MAGDALENA
• Mediante nota CITE: H.C.M.M. Nro 57/2013,
Remisión al Tribunal Constitucional
• Por AC 0206/2013-CA de 11 de junio, la
Comisión de Admisión Admite la solicitud de
Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0109/2015 del 09 de abril de 2015,
el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM MAGDALENA
• Artículo 33.27, referido a la regulación de la
medicina tradicional es incompatible debido a
que: El art. 42.III señala que: “La ley regulará el
ejercicio de la medicina tradicional y garantizará
la calidad de su servicio”, en tal sentido, los
gobiernos municipales no tienen facultad para
dictar normas referidas a la medicina tradicional
pero sí podrían coadyuvar en su implementación.
• Artículo 35.8 Obligaciones de los SP. “Presentar
Declaración Jurada de Bienes ante la Contraloría
General de la Estado al iniciar y finalizar su
mandato” incompatible con lo establecido en el
art. 235.3 de la CPE.
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM MAGDALENA
• Artículo 35.16 “Fiscalizar las labores del Alcalde
o Alcaldesa Municipal y, en su caso, remitir
obrados a la justicia ordinaria en los casos de
responsabilidad civil o penal, (…)”.
• Artículo 35.11 “Aprobar o rechazar convenios y
contratos sobre concesiones de obras, servicios
públicos o explotaciones del municipio, en un
plazo máximo de 15 días.”. (Atribución
Concejo).
• Artículos 48, Transparencia y rendición cuentas.
• Artículo 53, Sistema de responsabilidad
funcionaria municipal (ley nacional).
• Artículos 54, 55 y 56 Control
• Artículos 57, 58, 59, 60, 61, 62 y 63, se regula la
participación y control social
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM BAURES
• Mediante nota CITE HCMB.008/2013 de 15 de
febrero de 2013, Remisión al Tribunal
Constitucional
• Por Auto Constitucional 0081/2013-CA de 8 de
marzo, la Comisión de Admisión Admite la
solicitud de Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0141/2016 del 15 de noviembre de
2016, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0086/2015 del 27 de marzo de
2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
• Por nota del 27 de junio de 2017, se presentó la
adecuación del proyecto de la Carta Orgánica
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM BAURES
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0081/2015 del 25 de septiembre de
2017, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD,
improcedente del artículo 11.II.
• Por memorial presentado el 8 de febrero de 2018,
eliminación del proyecto de la Carta Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0022/2018 del 11 de abril de 2018,
el TCP, declara la COMPATIBILIDAD, plena
disponiendo: Se elabore Texto Ordenado del
Proyecto de la Carta Orgánica, para su remisión al
Órgano Electoral.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM BAURES
• Artículo 14 referido a la suspensión temporal en
su parágrafo II, señala: “Las autoridades
municipales electas serán destituidas (os)
definitivamente, cuando exista Sentencia
Condenatoria Ejecutoriada y/o pliego de cargo
ejecutoriado en su contra o sentencia judicial
ejecutoriada por responsabilidades en el ejercicio
de la función pública” seguridad jurídica art 9.2
CPE.
• Artículo 19, referido al ámbito de aplicación, el
texto señala: “La Carta Orgánica Municipal de
Baures es la norma institucional fundamental en
el Municipio de Baures, que expresa las
características particulares del mismo, entre
otras, declara y consagra los derechos de los
habitantes del Municipio”, art. 410 CPE
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM BAURES
• Artículos 33, Transparencia y rendición cuentas.
• Artículo 36 y 37, Responsables por la
administración de los recursos todos los
servidores públicos (ley nacional).
• Artículos 38, 39, se regula la participación y
control social
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM HUACARAJE
• Mediante nota recepcionada el 09 de enero de
2015, Remisión al Tribunal Constitucional
• Por AC 0050/2015-CA de 4 de febrero, la
Comisión de Admisión Admite la solicitud de
Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0022/2016 del 29 de marzo de
2016, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
• Por memorial presentado el 24 de abril de 2018,
se presentó la adecuación del proyecto de la Carta
Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0046/2018 del 11 de abril de 2018,
el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM HUACARAJE
• Artículo 22 (Pérdida de mandato de autoridades
electas) numeral 5. “Suspensión definitiva por la
emisión de una sentencia condenatoria
ejecutoriada en materia penal”. No se encuentra
contemplada en el ordenamiento jurídico.
• Artículo 59, “Son servidoras y servidores
públicos todas las personas que desempeñan
funciones públicas en la administración pública
municipal, instancias desconcentradas,
descentralizadas y empresas municipales”,
Desnaturaliza lo establecido en el art. 233 de la
CPE, y no es competencia de una ETA regular el
régimen del servidor público.
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM HUACARAJE
• Artículo 32, 33, 34, y 35, régimen disciplinario
para concejales, se establecen faltas,
procedimiento y sanciones.
• Artículos 50 y 51, se regula la participación y
control social
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM REYES
• Mediante memorial presentado el 12 de julio de
2013, Remisión al Tribunal Constitucional
• Por AC 0361/2013-CA de 10 de septiembre, la
Comisión de Admisión Admite la solicitud de
Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0042/2015 del 25 de febrero de
2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM REYES
• Artículo 20 entre las facultades del concejo
municipal se establece la facultad: “Legislativa y
normativo-administrativa”. Se considera
incompatible teniendo en cuenta que el art. 283
de la CPE, consagra que: “El gobierno autónomo
municipal está constituido por un Concejo
Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora
y legislativa municipal en el ámbito de sus
competencias; y un órgano ejecutivo, presidido
por la Alcaldesa o el Alcalde”.
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM REYES
• Artículo 33, 34, y 35, Responsables sobre la
administración de recursos fiscales, (todos los
servidores públicos, se definirá en una ley
municipal).
• Artículos 36 y 37, se regula la participación y
control social
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM RURRENABAQUE
• El 5 de marzo de 2013, Remisión al Tribunal
Constitucional
• Por AC 0101/2013-CA de 25 de marzo, la
Comisión de Admisión Admite la solicitud de
Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0074/2014 del 13 de noviembre de
2014, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
• Por memorial presentado el 24 de marzo de
2015, se presentó la adecuación del proyecto de la
Carta Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0023/2016 del 29 de marzo de
2016, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM RURRENABAQUE
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0146/2016 del 1 de diciembre de
2016, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD
• Por memorial y nota presentada el 18 de abril de
2017, se remiten las modificaciones y
adecuaciones
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0048/2017 del 27 de junio de 2017,
el TCP, declara la COMPATIBILIDAD, plena
disponiendo: Se elabore Texto Ordenado del
Proyecto de la Carta Orgánica.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM RURRENABAQUE
• Artículo 31.11 se establece como atribución del
Concejo el de: “Fiscalizar a través de la
Alcaldesa o Alcalde Municipal, a los Oficiales
Mayores, Asesores, Directores y personal de la
administración municipal así como a los
directorios y ejecutivos de las empresas
municipales”.
Se declara incompatible en virtud a que es
contrario al art. 283, (Deliberativa, Fiscalizadora
y Legislativa) art. 12.III (las funciones de los
órganos no pueden ser reunidas en un solo
órgano) de la CPE
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM RURRENABAQUE
• Artículo 31.7 “Aprobar o rechazar convenios,
contratos y concesiones de obras, servicios
públicos o explotaciones del Municipio.”.
• Artículo 57, 58 y 59 Se establece el régimen
disciplinario para concejales, denuncia,
procedimiento y sanciones.
• Artículos 150, 151 y 153, Referidos a la
participación control social y fiscalización, a
cargo de la Contraloría y Sociedad Civil.
El Gobierno Autónomo Municipal de
RURRENABAQUE creará una oficina de
Auditoría Interna. El responsable de Auditoría
Interna será nombrado por la Alcaldesa o el
Alcalde municipal de una terna aprobada por dos
tercios (2/3) de votos del Concejo Municipal.
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN ANDRES
• Por nota H.C.M.S.A 253/2012 de 3 de julio,
Remisión al Tribunal Constitucional
• Por AC 0661/2012-CA de 25 de julio, la
Comisión de Admisión Admite la solicitud de
Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0011/2013 del 27 de junio de 2013,
el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
• Por memorial de 19 de mayo de 2015, se
presentó la adecuación del proyecto de la Carta
Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 00223/2015 del 16 de diciembre de
2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN ANDRES
• Por memorial de 10 de enero de 2017, se remiten
las modificaciones y adecuaciones
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0016/2017 del 10 de marzo de
2017, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD,
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN ANDRES
Artículo 27.18 se establece como atribución del
Concejo el de: “Fiscalizar, a través del Alcalde
(sa) Municipal, a los Oficiales (as) Mayores,
Asesores (as), Directores (as) y personal de la
administración municipal, así como a los
directorios y ejecutivos (as) de las Empresas
Municipales”.
Se declara incompatible en virtud a que es
contrario al art. 283, (Deliberativa, Fiscalizadora
y Legislativa) art. 12.III (las funciones de los
órganos no pueden ser reunidas en un solo
órgano) de la CPE
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN ANDRES
• Artículos 34, 35 Se establece el régimen
disciplinario para concejales, faltas pasibles de
sanciones. Procesamiento Interno a través de la
Comisión de Ética, se establecen sanciones.
• Artículos 61 y 62, Controles administrativos
internos previo y posterior, sin perjuicio al control
ejercicio por la Contraloría General del Estado.
• Artículo 63 y 64, participación y control social
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JAVIER
• Mediante carta Cite H.C.M.S.J. 174/12 de 12 de
septiembre de 2012, Remisión al Tribunal
Constitucional
• Por Auto Constitucional (AC) 0785/2012-CA de 5
de octubre, la Comisión de Admisión Admite la
solicitud de Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0007/2013 del 5 de junio de 2013,
el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
• Por nota HCMSJ 131/2014 presentada el 5 de
enero de 2015, se presentó la adecuación del
proyecto de la Carta Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0066/2015 del 5 de marzo de 2015,
el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JAVIER
• Por nota CITE GASMSJ 020/2015 de 6 de julio,
se remiten las modificaciones y adecuaciones
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0206/2015 del 15 de diciembre de
2015, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD,
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JAVIER
• Artículo 71 determina que el “GAM de San
Javier promoverá la implementación de sistemas
agroforestales como política de desarrollo y
adaptación al cambio climático”.
• Sobre el particular, el art. 298.II.7 de la CPE
determina como una de las competencias
exclusivas del Estado la política forestal y el
régimen general de suelos, recursos forestales y
bosques, por lo que determina su incompatibilidad
a tratarse de una atribución exclusive del nivel
central del Estado.
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JAVIER
• Artículo 81, 82 y 83, participación y control
social
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JOAQUIN
• Mediante nota con cargo de recepción del 11 de
noviembre de 2014, Remisión al Tribunal
Constitucional
• Por AC 0423/2014-CA de 18 de noviembre, la
Comisión de Admisión Admite la solicitud de
Control de Constitucionalidad
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0117/2015 del 22 de mayo de 2015,
el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
• Por oficio presentado en fecha 15 de febrero de
2017, se presentó la adecuación del proyecto de la
Carta Orgánica
• Mediante Declaración Constitucional
Plurinacional 0071/2017 del 21 de agosto de
2017, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD.
SITUACIÓN
ACTUAL
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JOAQUIN
• Artículo 20. Requisitos para ser electo. Para ser
candidata (o) a un cargo electivo del órgano
ejecutivo o legislativo del municipio, se requerirá:
“Haber cumplido al menos 18 años para ser
concejala o concejal”.
• Sobre el particular, El art. 287.I.2 de la CPE,
señala que para ser candidato a concejal se debe
tener 18 años cumplidos al día de la elección, por
lo que en el caso presente el estatuyente sólo
describe haber cumplido 18 años, omisión que
conlleva la incompatibilidad manifiesta en
desmedro de las personas que desean ser
candidatos a concejales y que cumplan los 18 años
al día de la elección.
Observaciones
del TCP
CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JOAQUIN
• Artículo 42, Mecanismos y procedimientos de
transparencia y rendición de cuentas.
• Artículo 46. Sistema de Responsabilidad
Funcionaria, de acuerdo a ley
• Artículo 104 y 105, Controles Financieros,
Contraloría General del Estado y Unidad de
Auditoría Interna
• Artículo 116 y 117, participación y control social
Normativa
relacionada al
Control
Gubernamental
CARTAS ORGÁNICAS GAM BENI
MUNICIPIOS CARTAS ORG. COMPATIBILIZADAS
TCP
CARTAS ORG. EN TRÁMITE ANTE
EL TCP
MUNICIPIOS QUE NO
REMITIERON AL T.C.P.
GAM. SAN JAVIER X
GAM. GUARARÁ X
GAM. SANTA ANA X
GAM. BAURES X
GAM. RURRE X
GAM. TRINIDAD X
GAM. MAGDALENA X
GAM. HUACARAJE X
GAM. REYES X
GAM. SAN JOAQUIN X
GAM. SAN ANDRES X
GAM. SAN RAMON X
GAM. SANTA ROSA X
GAM. SAN BORJA
GAM. RIBERALTA X
GAM. SAN IGNACIO X
GAM. LORETO X
GAM. DE PUERTO SILES X
GAM DE EXALTACIÓN X
Fuente: Resultado del análisis y revisión de pronunciamientos del Tribunal Constitucional a través de Declaraciones y Autos
Constitucionales publicadas en la página web a la fecha de elaboración (Territorio Indígena TIM de San Ignacio Estatuto
Gracias!!!

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  • 1. CARTAS ORGÁNICAS BAJO EL ENFOQUE DEL CONTROL GUBERNAMENTAL Facilitador: Abg. Juan Pérez Callejas
  • 2. MUNICIPIO ANTECEDENTES. • Parentesco, consanguinidad y proximidad • Preocupaciones por servicios comunes • Es una entidad natural • Cuenta con una autoridad • Se encuentra inmersa dentro de una entidad superior, el Estado • Necesidades elementales • Conducirse dentro de un marco autonómico (art. 272 CPE)
  • 3. B) 1839, Establece la vigencia de los Concejos Municipales, incluso con atribuciones nacionales. A) 1825, Los cabildos insurgentes, el 7 de febrero y ocho de agosto, Alcalde de La Paz, Francisco Ruíz de Sorzano, dio la bienvenida a Sucre y Bolívar (Der.Mun-Abraham Maldonado) C) 1843, Se suprime el régimen municipal. D) 1861, Se repone el régimen municipal, (18 años después) E) 1887, El gobierno de Gregorio Pacheco, promulga la Ley Orgánica de Municipalidades. F) 1936, Por Decreto Supremo de 14 de agosto, elimina los concejos municipales, creando diferentes órganos representativos como ser; Cámara de Comercio, Federación Obrera, Colegio de Abogados entre otros, manteniendo solo al Alcalde. INSTITUCIÓN MUNICIPAL EN BOLIVIA
  • 4. H) 1942, Se emite la segunda Ley Orgánica de Municipalidades. G) 1838, Se establece que el gobierno municipal está compuesto por un alcalde, elegido por el Presidente de la República y un concejo deliberante, elegido por sufragio popular (Autónomo) I) 1967, Vigencia del Alcalde y el Concejo Municipal J) 1985, Se emite la tercera Ley Orgánica de Municipalidades K) 1993, Resalta a autonomía y la Elección del Alcalde del primero en la lista, voto constructivo censura. L) 1999, Se emite la cuarta Ley de Municipalidades. INSTITUCIÓN MUNICIPAL EN BOLIVIA
  • 5. H) 1942, Se emite la segunda Ley Orgánica de Municipalidades. G) 1838, Se establece que el gobierno municipal está compuesto por un alcalde, elegido por el Presidente de la República y un concejo deliberante, elegido por sufragio popular (Autónomo) I) 1967, Vigencia del Alcalde y el Concejo Municipal J) 1985, Se emite la tercera Ley Orgánica de Municipalidades K) 1993, Resalta a autonomía y la Elección del Alcalde del primero en la lista, voto constructivo censura. L) 1999, Se emite la cuarta Ley de Municipalidades. INSTITUCIÓN MUNICIPAL EN BOLIVIA
  • 6. N) 2009, Se reconoce la Autonomía no solo municipales, sino también, Dptal, Regional e Indígena Originaria Campesina. M) 2004, Se establece que las agrupaciones ciudadanas y los pueblos indígenas también pueden postular a candidatos a Alcaldes, Concejales y Agentes Cantonales O) 2010, Ley N° 031 del 19 de julio de 2010 P) 2014, Ley N° 482 del 9 de enero de 2014, regula la estructura orgánica, y funcionamiento de los Gobiernos Autónomos Municipales de manera supletoria INSTITUCIÓN MUNICIPAL EN BOLIVIA
  • 7. CARTA ORGÁNICA – GAM TRINIDAD • Mediante nota GAMT/H.C.M.-CITE EXT. 033/2015 de 14 de abril, Remisión al Tribunal Constitucional • Por AC 0171/2015-CA de 6 de mayo, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 228/2015 del 16 de diciembre de 2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. • Por nota de 6 de julio de 2016, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0006/2017 del 27 de enero de 2017, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD SITUACIÓN ACTUAL
  • 8. CARTA ORGÁNICA – GAM TRINIDAD • Artículo 5 respeto a la delimitación territorial, se declara incompatible por que la creación y delimitación es competencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional art. 158 I.6 de la CPE • Artículo 6, Relacionado al idioma, no se puede establecer o asignar un idioma oficial en específico , art. 5.I CPE • Artículo 10.7, Pretende imponer un deber de participación como electores de autoridades locales, sin tomar en cuenta que se trata de una competencia exclusiva del nivel central art. 298.II.1 de la CPE. • Artículo 10.11, Se determina incompatible el deber de defender la integridad territorial municipal, por ser contrario al art. 108.4 CPE Observaciones del TCP
  • 9. CARTA ORGÁNICA – GAM TRINIDAD • Artículo 21.11 “Aprobar o rechazar de acuerdo a Ley Municipal, los Convenios y Contratos Administrativos suscritos por la Alcaldesa o Alcalde Municipal (…)”. (Atribución Concejo). • Artículo 33, “Las Concejalas y Concejales, son responsables de sus actos, omisiones y resultados por el ejercicio de sus funciones, (…)”. Art. 38,53 • Artículos 60, 61, 62, 63, 64, 65 y 66, Participación Ciudadana y Control Social. • Artículo 118, 119, 120, Se divide en dos Sistemas de Control Interno ejercido por los servidores públicos y la unidad de auditoría y el externo por la Contraloría General del Estado. • No existe régimen disciplinario Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 10. CARTA ORGÁNICA – GAM GUAYARA • Mediante nota de 10 de febrero de 2015, Remisión al Tribunal Constitucional • Por Auto Constitucional 0087/2015-CA de 4 de marzo, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0171/2015 del 11 de agosto de 2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. • Por nota de 27 de septiembre de 2017, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0004/2018 del 13 de marzo de 2018, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD SITUACIÓN ACTUAL
  • 11. CARTA ORGÁNICA – GAM GUAYARA • Por “OFICIO 0325/2018-2019” de 12 de noviembre de 2018, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0092/2018 del 26 de noviembre de 2018, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD, disponiendo: 1. Se elabore Texto Ordenado del Proyecto de la Carta Orgánica, para su remisión al Órgano Electoral. 2. Improcedencia de modificaciones de disposiciones compatibles. SITUACIÓN ACTUAL
  • 12. CARTA ORGÁNICA – GAM GUAYARA • Artículo 12.9 Deber:“Participar activamente en los procesos de Planificación de las políticas de desarrollo del Municipio”, se declara incompatible por que a una obligación de hacer, siendo que su ejercicio es irrestricto art. 242 CPE. • Artículo 14, Aplicación y cumplimiento obligatorio por: “todas las personas, naturales y jurídicas, así como para los órganos públicos”, art. 272 CPE (legisla solo en el ámbito de su jurisdicción y competencia). • Artículo 19, Se declara incompatible la división de distritos en urbanos y rurales art. 271 de la CPE. Observaciones del TCP
  • 13. CARTA ORGÁNICA – GAM GUAYARA • Artículo 26 Audiencias Públicas destinadas a:“destinados a la participación ciudadana, individual o colectiva, (…)”. • Artículo 39.14 “Aprobar o rechazar acuerdos y/o convenios suscritos por el Alcalde Municipal con entidades, personas jurídicas y/o naturales, públicas y/o privadas, nacionales y/o extranjeras (…)”. (Atribución Concejo). • Artículos 132, Participación Ciudadana y Control Social. • Artículo 130, Transparencia y lucha contra la corrupción, con atribuciones incluso para procesar y sancionar, (fue corregido). Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 14. CARTA ORGÁNICA – GAM SANTA ANA • Mediante oficio presentado el 12 de diciembre de 2012, Remisión al Tribunal Constitucional • Por AC 0914/2012-CA de 21 de diciembre, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0011/2014 del 10 de marzo de 2014, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. • Por memorial presentado el 25 de febrero de 2015, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0107/2015 del 8 de abril de 2015, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD, preámbulo improcedente. SITUACIÓN ACTUAL
  • 15. CARTA ORGÁNICA – GAM SANTA ANA • Por memorial presentado el 27 de septiembre de 2017, eliminación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0099/2017 del 15 de noviembre de 2017, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD, plena disponiendo: 1. Se elabore Texto Ordenado del Proyecto de la Carta Orgánica, para su remisión al Órgano Electoral. 2. Exhorta al respeto y plena vigencia de los valores, principios, sistemas políticos, económicos de las Naciones y Pueblos Indígenas. SITUACIÓN ACTUAL
  • 16. CARTA ORGÁNICA – GAM SANTA ANA • Artículo 21.4 clasificación de derechos, incompatible con la Constitución Política del Estado; por cuanto, contraviene el art. 13.III de la Norma Suprema, que establece que la clasificación de derechos no debe determinar jerarquía alguna ni superioridad de unos derechos sobre otros. • Artículo 126.2 inc. g), que dentro de los ingresos municipales tributarios, establece la “Tasa por explotación de productos agroforestales”, es incompatible con la Constitución Política del Estado, por cuanto el art. 298.II.7 de la Norma Suprema, prevé como competencia exclusiva del nivel central del Estado: “La Política Forestal y régimen general de suelos, recursos forestales y bosques” Observaciones del TCP
  • 17. CARTA ORGÁNICA – GAM SANTA ANA • Artículo 35.16 “Fiscalizar las labores del Alcalde o Alcaldesa Municipal y, en su caso, remitir obrados a la justicia ordinaria en los casos de responsabilidad civil o penal, (…)”. • Artículo 35.11 “Aprobar o rechazar convenios y contratos sobre concesiones de obras, servicios públicos o explotaciones del municipio, en un plazo máximo de 15 días.”. (Atribución Concejo). • Artículos 52, Transparencia y rendición cuentas. • Artículo 57, Sistema de responsabilidad funcionaria municipal (ley nacional). • Artículos 59, 60, 61 y 141 Control • Artículos 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68 al 77, se regula la participación y control social Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 18. CARTA ORGÁNICA – GAM MAGDALENA • Mediante nota CITE: H.C.M.M. Nro 57/2013, Remisión al Tribunal Constitucional • Por AC 0206/2013-CA de 11 de junio, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0109/2015 del 09 de abril de 2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. SITUACIÓN ACTUAL
  • 19. CARTA ORGÁNICA – GAM MAGDALENA • Artículo 33.27, referido a la regulación de la medicina tradicional es incompatible debido a que: El art. 42.III señala que: “La ley regulará el ejercicio de la medicina tradicional y garantizará la calidad de su servicio”, en tal sentido, los gobiernos municipales no tienen facultad para dictar normas referidas a la medicina tradicional pero sí podrían coadyuvar en su implementación. • Artículo 35.8 Obligaciones de los SP. “Presentar Declaración Jurada de Bienes ante la Contraloría General de la Estado al iniciar y finalizar su mandato” incompatible con lo establecido en el art. 235.3 de la CPE. Observaciones del TCP
  • 20. CARTA ORGÁNICA – GAM MAGDALENA • Artículo 35.16 “Fiscalizar las labores del Alcalde o Alcaldesa Municipal y, en su caso, remitir obrados a la justicia ordinaria en los casos de responsabilidad civil o penal, (…)”. • Artículo 35.11 “Aprobar o rechazar convenios y contratos sobre concesiones de obras, servicios públicos o explotaciones del municipio, en un plazo máximo de 15 días.”. (Atribución Concejo). • Artículos 48, Transparencia y rendición cuentas. • Artículo 53, Sistema de responsabilidad funcionaria municipal (ley nacional). • Artículos 54, 55 y 56 Control • Artículos 57, 58, 59, 60, 61, 62 y 63, se regula la participación y control social Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 21. CARTA ORGÁNICA – GAM BAURES • Mediante nota CITE HCMB.008/2013 de 15 de febrero de 2013, Remisión al Tribunal Constitucional • Por Auto Constitucional 0081/2013-CA de 8 de marzo, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0141/2016 del 15 de noviembre de 2016, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0086/2015 del 27 de marzo de 2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. • Por nota del 27 de junio de 2017, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica SITUACIÓN ACTUAL
  • 22. CARTA ORGÁNICA – GAM BAURES • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0081/2015 del 25 de septiembre de 2017, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD, improcedente del artículo 11.II. • Por memorial presentado el 8 de febrero de 2018, eliminación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0022/2018 del 11 de abril de 2018, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD, plena disponiendo: Se elabore Texto Ordenado del Proyecto de la Carta Orgánica, para su remisión al Órgano Electoral. SITUACIÓN ACTUAL
  • 23. CARTA ORGÁNICA – GAM BAURES • Artículo 14 referido a la suspensión temporal en su parágrafo II, señala: “Las autoridades municipales electas serán destituidas (os) definitivamente, cuando exista Sentencia Condenatoria Ejecutoriada y/o pliego de cargo ejecutoriado en su contra o sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidades en el ejercicio de la función pública” seguridad jurídica art 9.2 CPE. • Artículo 19, referido al ámbito de aplicación, el texto señala: “La Carta Orgánica Municipal de Baures es la norma institucional fundamental en el Municipio de Baures, que expresa las características particulares del mismo, entre otras, declara y consagra los derechos de los habitantes del Municipio”, art. 410 CPE Observaciones del TCP
  • 24. CARTA ORGÁNICA – GAM BAURES • Artículos 33, Transparencia y rendición cuentas. • Artículo 36 y 37, Responsables por la administración de los recursos todos los servidores públicos (ley nacional). • Artículos 38, 39, se regula la participación y control social Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 25. CARTA ORGÁNICA – GAM HUACARAJE • Mediante nota recepcionada el 09 de enero de 2015, Remisión al Tribunal Constitucional • Por AC 0050/2015-CA de 4 de febrero, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0022/2016 del 29 de marzo de 2016, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. • Por memorial presentado el 24 de abril de 2018, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0046/2018 del 11 de abril de 2018, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. SITUACIÓN ACTUAL
  • 26. CARTA ORGÁNICA – GAM HUACARAJE • Artículo 22 (Pérdida de mandato de autoridades electas) numeral 5. “Suspensión definitiva por la emisión de una sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal”. No se encuentra contemplada en el ordenamiento jurídico. • Artículo 59, “Son servidoras y servidores públicos todas las personas que desempeñan funciones públicas en la administración pública municipal, instancias desconcentradas, descentralizadas y empresas municipales”, Desnaturaliza lo establecido en el art. 233 de la CPE, y no es competencia de una ETA regular el régimen del servidor público. Observaciones del TCP
  • 27. CARTA ORGÁNICA – GAM HUACARAJE • Artículo 32, 33, 34, y 35, régimen disciplinario para concejales, se establecen faltas, procedimiento y sanciones. • Artículos 50 y 51, se regula la participación y control social Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 28. CARTA ORGÁNICA – GAM REYES • Mediante memorial presentado el 12 de julio de 2013, Remisión al Tribunal Constitucional • Por AC 0361/2013-CA de 10 de septiembre, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0042/2015 del 25 de febrero de 2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. SITUACIÓN ACTUAL
  • 29. CARTA ORGÁNICA – GAM REYES • Artículo 20 entre las facultades del concejo municipal se establece la facultad: “Legislativa y normativo-administrativa”. Se considera incompatible teniendo en cuenta que el art. 283 de la CPE, consagra que: “El gobierno autónomo municipal está constituido por un Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias; y un órgano ejecutivo, presidido por la Alcaldesa o el Alcalde”. Observaciones del TCP
  • 30. CARTA ORGÁNICA – GAM REYES • Artículo 33, 34, y 35, Responsables sobre la administración de recursos fiscales, (todos los servidores públicos, se definirá en una ley municipal). • Artículos 36 y 37, se regula la participación y control social Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 31. CARTA ORGÁNICA – GAM RURRENABAQUE • El 5 de marzo de 2013, Remisión al Tribunal Constitucional • Por AC 0101/2013-CA de 25 de marzo, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0074/2014 del 13 de noviembre de 2014, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. • Por memorial presentado el 24 de marzo de 2015, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0023/2016 del 29 de marzo de 2016, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. SITUACIÓN ACTUAL
  • 32. CARTA ORGÁNICA – GAM RURRENABAQUE • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0146/2016 del 1 de diciembre de 2016, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD • Por memorial y nota presentada el 18 de abril de 2017, se remiten las modificaciones y adecuaciones • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0048/2017 del 27 de junio de 2017, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD, plena disponiendo: Se elabore Texto Ordenado del Proyecto de la Carta Orgánica. SITUACIÓN ACTUAL
  • 33. CARTA ORGÁNICA – GAM RURRENABAQUE • Artículo 31.11 se establece como atribución del Concejo el de: “Fiscalizar a través de la Alcaldesa o Alcalde Municipal, a los Oficiales Mayores, Asesores, Directores y personal de la administración municipal así como a los directorios y ejecutivos de las empresas municipales”. Se declara incompatible en virtud a que es contrario al art. 283, (Deliberativa, Fiscalizadora y Legislativa) art. 12.III (las funciones de los órganos no pueden ser reunidas en un solo órgano) de la CPE Observaciones del TCP
  • 34. CARTA ORGÁNICA – GAM RURRENABAQUE • Artículo 31.7 “Aprobar o rechazar convenios, contratos y concesiones de obras, servicios públicos o explotaciones del Municipio.”. • Artículo 57, 58 y 59 Se establece el régimen disciplinario para concejales, denuncia, procedimiento y sanciones. • Artículos 150, 151 y 153, Referidos a la participación control social y fiscalización, a cargo de la Contraloría y Sociedad Civil. El Gobierno Autónomo Municipal de RURRENABAQUE creará una oficina de Auditoría Interna. El responsable de Auditoría Interna será nombrado por la Alcaldesa o el Alcalde municipal de una terna aprobada por dos tercios (2/3) de votos del Concejo Municipal. Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 35. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN ANDRES • Por nota H.C.M.S.A 253/2012 de 3 de julio, Remisión al Tribunal Constitucional • Por AC 0661/2012-CA de 25 de julio, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0011/2013 del 27 de junio de 2013, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. • Por memorial de 19 de mayo de 2015, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 00223/2015 del 16 de diciembre de 2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. SITUACIÓN ACTUAL
  • 36. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN ANDRES • Por memorial de 10 de enero de 2017, se remiten las modificaciones y adecuaciones • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0016/2017 del 10 de marzo de 2017, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD, SITUACIÓN ACTUAL
  • 37. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN ANDRES Artículo 27.18 se establece como atribución del Concejo el de: “Fiscalizar, a través del Alcalde (sa) Municipal, a los Oficiales (as) Mayores, Asesores (as), Directores (as) y personal de la administración municipal, así como a los directorios y ejecutivos (as) de las Empresas Municipales”. Se declara incompatible en virtud a que es contrario al art. 283, (Deliberativa, Fiscalizadora y Legislativa) art. 12.III (las funciones de los órganos no pueden ser reunidas en un solo órgano) de la CPE Observaciones del TCP
  • 38. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN ANDRES • Artículos 34, 35 Se establece el régimen disciplinario para concejales, faltas pasibles de sanciones. Procesamiento Interno a través de la Comisión de Ética, se establecen sanciones. • Artículos 61 y 62, Controles administrativos internos previo y posterior, sin perjuicio al control ejercicio por la Contraloría General del Estado. • Artículo 63 y 64, participación y control social Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 39. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JAVIER • Mediante carta Cite H.C.M.S.J. 174/12 de 12 de septiembre de 2012, Remisión al Tribunal Constitucional • Por Auto Constitucional (AC) 0785/2012-CA de 5 de octubre, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0007/2013 del 5 de junio de 2013, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. • Por nota HCMSJ 131/2014 presentada el 5 de enero de 2015, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0066/2015 del 5 de marzo de 2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. SITUACIÓN ACTUAL
  • 40. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JAVIER • Por nota CITE GASMSJ 020/2015 de 6 de julio, se remiten las modificaciones y adecuaciones • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0206/2015 del 15 de diciembre de 2015, el TCP, declara la COMPATIBILIDAD, SITUACIÓN ACTUAL
  • 41. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JAVIER • Artículo 71 determina que el “GAM de San Javier promoverá la implementación de sistemas agroforestales como política de desarrollo y adaptación al cambio climático”. • Sobre el particular, el art. 298.II.7 de la CPE determina como una de las competencias exclusivas del Estado la política forestal y el régimen general de suelos, recursos forestales y bosques, por lo que determina su incompatibilidad a tratarse de una atribución exclusive del nivel central del Estado. Observaciones del TCP
  • 42. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JAVIER • Artículo 81, 82 y 83, participación y control social Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 43. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JOAQUIN • Mediante nota con cargo de recepción del 11 de noviembre de 2014, Remisión al Tribunal Constitucional • Por AC 0423/2014-CA de 18 de noviembre, la Comisión de Admisión Admite la solicitud de Control de Constitucionalidad • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0117/2015 del 22 de mayo de 2015, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. • Por oficio presentado en fecha 15 de febrero de 2017, se presentó la adecuación del proyecto de la Carta Orgánica • Mediante Declaración Constitucional Plurinacional 0071/2017 del 21 de agosto de 2017, el TCP, declara la INCOMPATIBILIDAD. SITUACIÓN ACTUAL
  • 44. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JOAQUIN • Artículo 20. Requisitos para ser electo. Para ser candidata (o) a un cargo electivo del órgano ejecutivo o legislativo del municipio, se requerirá: “Haber cumplido al menos 18 años para ser concejala o concejal”. • Sobre el particular, El art. 287.I.2 de la CPE, señala que para ser candidato a concejal se debe tener 18 años cumplidos al día de la elección, por lo que en el caso presente el estatuyente sólo describe haber cumplido 18 años, omisión que conlleva la incompatibilidad manifiesta en desmedro de las personas que desean ser candidatos a concejales y que cumplan los 18 años al día de la elección. Observaciones del TCP
  • 45. CARTA ORGÁNICA – GAM SAN JOAQUIN • Artículo 42, Mecanismos y procedimientos de transparencia y rendición de cuentas. • Artículo 46. Sistema de Responsabilidad Funcionaria, de acuerdo a ley • Artículo 104 y 105, Controles Financieros, Contraloría General del Estado y Unidad de Auditoría Interna • Artículo 116 y 117, participación y control social Normativa relacionada al Control Gubernamental
  • 46. CARTAS ORGÁNICAS GAM BENI MUNICIPIOS CARTAS ORG. COMPATIBILIZADAS TCP CARTAS ORG. EN TRÁMITE ANTE EL TCP MUNICIPIOS QUE NO REMITIERON AL T.C.P. GAM. SAN JAVIER X GAM. GUARARÁ X GAM. SANTA ANA X GAM. BAURES X GAM. RURRE X GAM. TRINIDAD X GAM. MAGDALENA X GAM. HUACARAJE X GAM. REYES X GAM. SAN JOAQUIN X GAM. SAN ANDRES X GAM. SAN RAMON X GAM. SANTA ROSA X GAM. SAN BORJA GAM. RIBERALTA X GAM. SAN IGNACIO X GAM. LORETO X GAM. DE PUERTO SILES X GAM DE EXALTACIÓN X Fuente: Resultado del análisis y revisión de pronunciamientos del Tribunal Constitucional a través de Declaraciones y Autos Constitucionales publicadas en la página web a la fecha de elaboración (Territorio Indígena TIM de San Ignacio Estatuto