Teresa Clotilde Ojeda Sánchez: Mediante Resolución Jefatural N° 073-2017-INDECI, publicada el día de hoy sábado 20 de mayo de 2017 en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba la Directiva "Ejecución de simulacros ante peligros asociados a fenómenos de origen natural 2017"
Aprueban Directiva "Ejecución de simulacros ante peligros asociados a fenómenos de origen natural 2017 - RJ.073-2017-INDECI
1. 62 NORMAS LEGALES Sábado 20 de mayo de 2017 / El Peruano
Oídas las exposiciones de los señores Ministros, se
acuerda:
1. Constituir el Comité de PROINVERSIÓN en
Proyectos de Gas Natural - PRO GAS NATURAL, que
estará a cargo de los procesos de transporte y distribución
de gas natural y otros relacionados.
2. Designar a los miembros del Comité PRO GAS
NATURAL, de acuerdo al siguiente detalle:
Señora Ena Garland Hilbck, Presidente
Señor Pedro Grados Smith, Miembro
Señor Juan Alberto Malpartida del Pozo, Miembro
3. Dejar sin efecto el Acuerdo del Consejo Directivo
de PROINVERSIÓN N° 615-4-2014-DPI de fecha 21 de
julio de 2014, en la parte que se le asigna al Comité PRO
CONECTIVIDAD el proyecto “Masificación de uso de gas
natural – Distribución de Gas Natural por Red de Ductos
en las regiones de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica,
Junín, Cusco, Puno y Ucayali”.
4. Asignar al Comité PRO GAS NATURAL el proyecto
referido en el numeral anterior.
5. Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial El
Peruano.
Comunicar el presente Acuerdo al Ministerio de
Economía y Finanzas; al Ministerio de Energía y Minas y a
la Dirección Ejecutiva, exonerándolo del trámite de lectura
y aprobación del Acta.
GUSTAVO VILLEGAS DEL SOLAR
Secretario de Actas
Lima, 19 de mayo de 2017
1522696-1
INSTITUTO NACIONAL
DE DEFENSA CIVIL
Aprueban Directiva “Ejecución de
Simulacros ante Peligros Asociados a
Fenómenos de Origen Natural 2017”
resolución jefatural
Nº 073-2017-INDECI
10 de mayo del 2017
VISTOS; La Resolución Ministerial Nº 095-2017-
PCM, que aprueba la ejecución de simulacros y
simulaciones para el año 2017 y 2018; el Memorándum
N° 125-2017-INDECI/12.0 E Informe Técnico N°
013-2017-INDECI/12.1 de la Dirección de Políticas
Planes y Evaluación y el Memorándum N° 399-2017/
INDECI/10.3 e Informe Técnico N° 037-2017/INDECI/10.3
de la Dirección de Preparación del Instituto Nacional de
Defensa Civil (INDECI), sus antecedentes, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI),
de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29664
Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo
de Desastres (SINAGERD), adscrito al Ministerio de
Defensa por Decreto Supremo N° 002-2016-DE, es un
Organismo Público Ejecutor que conforma el SINAGERD,
responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la
formulación e implementación de la Política Nacional y el
Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los
procesos de preparación, respuesta y rehabilitación;
Que, mediante la Resolución Ministerial de Vistos, se
aprueba la ejecución de Simulacro Nacional por Sismo
seguido de Tsunami, Simulacro Nacional por sismo
seguido de Fenómenos de Geodinámica Externa, y
Simulacro Multipeligro en el interior del país; así como,
Simulación por bajas temperaturas (Heladas y Friaje) y
Simulación por Sismo seguido de Tsunami, para el año
2017 y 2018; los que son de carácter obligatorio en todas
las instancias del Gobierno Nacional, los Gobiernos
Regionales y Locales en el marco de sus competencias,
y compromete la participación de todas las instituciones e
instancias del Sector privado;
Que, por el artículo 5, de la citada Resolución
Ministerial, se autoriza al Instituto Nacional de Defensa
Civil (INDECI), a aprobar mediante Resolución
Jefatural, la Directiva respectiva para el Planeamiento,
Organización, Preparación, Ejecución y Evaluación
de los Simulacros y Simulaciones, de conformidad
con el cronograma aprobado por la citada Resolución
Ministerial;
Que, mediante los Memorandos e Informes
Técnicos de Vistos, de la Dirección de Preparación
y Dirección de Políticas Planes y Evaluación del
INDECI, se sustenta y se propone la Directiva para el
Planeamiento, Organización, Preparación, Ejecución y
Evaluación, en lo que concierne, al Simulacro Nacional
por sismo seguido de Tsunami y Simulacro Nacional por
sismo seguido de Fenómenos de Geodinámica Externa
diurno a ejecutarse el 31.May.2017; así como, el
Simulacro Multipeligro en el interior del país, vespertino
a ejecutarse el 11.Jul.2017; el Simulacro Nacional por
sismo seguido de Tsunami y Simulacro Nacional por
sismo seguido de Fenómeno de Geodinámica Externa
nocturno a ejecutarse el 13.Oct.2017; y, el Simulacro
Nacional por Sismo seguido de Tsunami vespertino
a ejecutarse el 03.Nov.2017, del cronograma de
simulacros y simulaciones aprobada por el artículo 1, de
la acotada Resolución Ministerial; por lo que, se hace
necesaria aprobar la Directiva propuesta denominada:
“Ejecución de Simulacros ante Peligros Asociados a
Fenómenos de origen natural 2017”, emitiéndose el
resolutivo respectivo;
De conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea
el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres
(SINAGERD), su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 048-2011-PCM; en uso de las atribuciones
conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones
del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-
PCM; y la Resolución Suprema N° 033-2017-DE/;
Con la visación del Secretario General, del Director de
la Dirección de Preparación, del Director de la Dirección
de Políticas, Planes y Evaluación y del Jefe de la Oficina
General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº
005-2017-INDECI/10.3 “EJECUCIÓN DE SIMULACROS
ANTE PELIGROS ASOCIADOS A FENÓMENOS
DE ORIGEN NATURAL 2017”, para la ejecución del
Simulacro Nacional por sismo seguido de Tsunami y
Simulacro Nacional por sismo seguido de Fenómenos
de Geodinámica Externa diurno a ejecutarse el
31.May.2017; así como, el Simulacro Multipeligro en el
interior del país, vespertino a ejecutarse el 11.Jul.2017;
el Simulacro Nacional por sismo seguido de Tsunami y
Simulacro Nacional por sismo seguido de Fenómeno
de Geodinámica Externa nocturno a ejecutarse el
13.Oct.2017; y, el Simulacro Nacional por Sismo seguido
de Tsunami vespertino a ejecutarse el 03.Nov.2017, del
cronograma de simulacros y simulaciones aprobado por
el artículo 1, de la Resolución Ministerial N° 095-2017-
PCM. La Directiva y sus Anexos en 15 folios forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que las acciones a ejecutar
sobre el ejercicio de simulacros estén a cargo de la
Dirección de Preparación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, y la Directiva
en el portal web institucional.
Artículo 4.- Disponer que la Secretaría General
registre la presente Resolución en el Archivo General
Institucional y remita copia autenticada de la Resolución y
de la Directiva, a la Dirección de Preparación, Direcciones
Desconcentradas del INDECI, así como, versión
escaneada de la presente Resolución y Directiva, vía
2. 63NORMAS LEGALESSábado 20 de mayo de 2017El Peruano /
electrónica, a todas las unidades Orgánicas del INDECI,
para su conocimiento y fines
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
LUIS ALFONSO ZUAZO MANTILLA
Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil
1522699-1
ORGANISMOSTECNICOSESPECIALIZADOS
ORGANISMO TÉCNICO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE LOS
SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Aprueban la Directiva N° 001-2017-OTASS/
CD “Procedimiento para la transferencia de
recursos que realiza el Organismo Técnico
de la Administración de los Servicios de
Saneamiento, a favor de las Empresas
Prestadoras Públicas de Accionariado
Municipal”
resolución de consejo directivo
nº 005-2017-otass/cd
Lima, 24 de abril de 2017
Vistos: El Informe N° 06-2017-OTASS-DPGC de la
Dirección de Políticas y Gobierno Corporativo y de la
Dirección de Operaciones, Informe N° 032-2017-OTASS/
OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
el Informe N° 085-2017-OTASS/OAJ de la Oficina de
Asesoría Jurídica; y el Memorándum N° 090-2017-OTASS/
SG de la Secretaría General del Organismo Técnico de la
Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS;
y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Decreto Legislativo
N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los
Servicios de Saneamiento, en adelante Ley Marco, el
Organismo Técnico de la Administración de los Servicios
de Saneamiento - OTASS, en adelante OTASS, es el
organismo público técnico especializado adscrito al
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,
con personería jurídica de derecho público interno,
con autonomía funcional, económica, financiera y
administrativa, con competencia a nivel nacional y
constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su
competencia en concordancia con la política general,
objetivos, planes, programas y lineamientos normativos
establecidos por el Ente Rector;
Que, el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley
Marco, establece que para el mejor cumplimiento de
sus funciones, el OTASS está facultado para financiar,
con cargo a su presupuesto, la adquisición de bienes y
servicios necesarios para mejorar la gestión operativa,
comercial y administrativa de las empresas prestadoras
públicas de accionariado municipal; para lo cual el OTASS
podrá realizar transferencias a las empresas prestadoras
de accionariado municipal;
Que, asimismo, el numeral 98.4 del artículo 98 de la
Ley Marco, dispone que el OTASS está facultado para
financiar o transferir recursos para la ejecución del Plan
de Acciones de Urgencia de las empresas prestadoras en
Régimen de Apoyo Transitorio;
Que, con los documentos del Vistos, se sustenta
la necesidad que el Consejo Directivo del OTASS
apruebe la directiva “Procedimiento para la transferencia
de recursos que realiza el Organismo Técnico de la
Administración de los Servicios de Saneamiento, a favor
de las Empresas Prestadoras Públicas de Accionariado
Municipal”, la misma que establece el procedimiento para
las transferencias financieras contempladas dentro del
alcance de la Ley Marco;
Que, el literal b) del artículo 9 del Reglamento de
Organización y Funciones del Organismo Técnico de la
Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS,
aprobado con Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA,
establece que es función del Consejo Directivo aprobar
normas y lineamientos de carácter general que regulen
la administración y gestión de las empresas prestadoras;
Con los visados de la Dirección Ejecutiva, la Secretaría
General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la
Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo señalado en el Decreto
Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación
de los Servicios de Saneamiento, en el Decreto Supremo
Nº 017-2014-VIVIENDA, Reglamento de Organización y
Funciones del Organismo Técnico de la Administración de
los Servicios de Saneamiento - OTASS, y estando a lo
acordado por el Consejo Directivo del Organismo Técnico
de la Administración de los Servicios de Saneamiento en
la Sesión Nº 008-2017 del 22 de abril de 2017;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 001-2017-OTASS/
CD “Procedimiento para la transferencia de recursos que
realiza el Organismo Técnico de la Administración de
los Servicios de Saneamiento, a favor de las Empresas
Prestadoras Públicas de Accionariado Municipal”,
la misma que forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y en el Portal
Institucional del OTASS (www.otass.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO PABLO OLIVAS ARANDA
Presidente del Consejo Directivo
1522554-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a
Francia, en comisión de servicios
resolución de superintendencia
Nº 125-2017/SUNAT
Lima, 17 de mayo de 2017
CONSIDERANDO:
Que, mediante carta s/n de fecha 4 de mayo de
2017, la División de Cooperación Internacional y
Administración Tributaria de la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE cursa
invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y
de Administración Tributaria – SUNAT para participar en la
45a
Sesión del Foro Prácticas Tributarias Dañinas, que se
llevará a cabo en la ciudad de París, República Francesa,
del 22 al 24 de mayo de 2017;
Que el citado evento tiene por finalidad discutir los
avances realizados sobre la implementación de las
medidas recomendadas en la Acción 5 BEPS (Base
Imponible y el Traslado de Beneficios, por sus siglas en
inglés) - (OCDE, 2015) en las diferentes jurisdicciones
suscriptoras del Marco Inclusivo;
Que en el evento se evaluarán los resultados de la
“44a
Reunión del Foro de Prácticas Tributarias Dañinas”,