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“AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA” 
UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI 
FACULTADAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS 
ESCUELA DE INGENIERIA GROINDUSTRIAL 
FORMALIZACIÓN DE LA PEQUEÑA, MEDIA EMPRESA 
EN EL PERÚ 
ALUMNOS: VARGAS YUMBATO, CINDY 
TUESTA GOMEZ, ZARINA ANDREA 
CIENFUEGOS CORDOVA, MONICA 
GARCIA BENAVIDES, JUAN PEDRO 
DA CRUZ BRAVO, PAULO CESAR 
MUñOS FRANCO MAGDIEL 
CICLO: IV 
PUCALLPA - PERÚ 
2013
INTRODUCCIÓN 
El sector de la Micro y Pequeña Empresa (PYME) surge como un fenómeno socio 
económico que ha transformado paulatinamente las economías de la mayoría de países a 
nivel mundial, principalmente los sudamericanos entre ellos nuestro país, como respuesta 
a muchas necesidades insatisfechas por parte de los sectores más pobres de la 
población, desempleo, bajos recursos económicos trabas burocráticas, etc. 
El MTPE a través de su Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (DNMYPE) 
tiene en estos momentos a su cargo los programas dirigidos al micro y pequeñas 
empresas. Esta Dirección establece la política general y las normas de promoción, 
formalización y de mejora de las condiciones de empleo en este sector, teniendo como 
propósito lograr niveles de competitividad en la MYPE que les permita participar en 
mejores condiciones en el mercado. Se puede afirmar que la existencia de las 
microempresas representa nuevas formas de trabajo y de estructuras ocupacionales que 
cada día van tomando mayor fuerza, por lo que no se puede decir que son el eslabón más 
débil del capitalismo global, ni los lugares de máxima explotación. 
La formalización de Empresas, sea como Persona Natural o Jurídica, se constituye en un 
instrumento fundamental y de uso obligatorio para todos los promotores, asesores y 
funcionarios públicos y privados que se articulan con las MYPE, ya que les brinda 
información clara y precisa sobre todos los pasos que las MYPE deben dar -de cualquier 
sector económico- para lograr formalizarse, acto que de seguro llevará a la MYPE a la 
sostenibilidad de su negocio. 
En nuestro país, es a partir de los años sesenta que el Estado empieza a legislar con 
fines promocionales al establecerse sus regímenes especiales de fomento que fijan sus 
límites y otorgan incentivos para su desarrollo, a la fecha es el Decreto Legi slativo Nº 705 
Ley de Promoción de Micro Empresas y Pequeñas Empresas el que establece el marco 
legal para la micro y pequeña empresa definiéndola en función del tamaño (cantidad de 
trabajadores y monto anual de ventas).
I. EMPRESA 
1.1 DEFINICIÓN 
La empresa como un ente productivo que transforma materiales, esfuerzo, energía y otra 
serie de inputs en productos y/o servicios que posteriormente serán distribuidos entre los 
consumidores. La empresa clásica es por tanto, una función de producción que 
transforma inputs en outputs. 
La empresa, además de ser una célula económica, es una célula social. Está formada por 
hombres y para hombres. Está insertada en la sociedad a la que sirve y no puede 
permanecer ajena a ella. La sociedad le proporciona la paz y el orden garantizados por la 
ley y el poder público; la fuerza de trabajo y el mercado de consumidores; la educación de 
sus obreros, técnicos y directivos; los medios de comunicación y la llamada infraestructura 
económica. La empresa recibe mucho de la sociedad y existe 
1.2 MICROEMPRESA 
La microempresa es la oportunidad más cercana del desarrollo de la creatividad personal 
al desarrollo comunitario y por tanto a la fortaleza de las estructuras económicas de los 
países. Las microempresas suelen utilizar mano de obra familiar y recursos locales, 
escasa dotación de capital, tecnologías con uso intensivo de mano de obra y una fuerza 
de trabajo no calificada que adquirió sus conocimientos fuera del sector educativo 
académico. El propietario labora en la misma, el número total de trabajadores no excede 
de 15, y el volumen de sus ventas anuales no excede de 140 UIT. 
1.3 PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA 
Es una empresa con características distintivas, y tiene dimensiones con ciertos límites 
ocupacionales y financieros prefijados por los Estados o regiones. Las pymes son agentes 
con lógicas, culturas, intereses y un espíritu emprendedor específicos. Usualme nte se ha 
visto también el término MiPyME (acrónimo de "micro, pequeña y mediana empresa"), 
que es una expansión del término original, en donde se incluye a la microempresa. 
La pequeñas y medianas empresas son entidades independientes, con una alta 
predominancia en el mercado de comercio, quedando prácticamente excluidas del 
mercado industrial por las grandes inversiones necesarias y por las limitaciones que 
impone la legislación en cuanto al volumen de negocio y de personal, los cuales si son 
superados convierten, por ley, a una microempresa en una pequeña empresa, o una 
mediana empresa se convierte automáticamente en una gran empresa. Por todo ello una 
pyme nunca podrá superar ciertas ventas anuales o una cantidad de personal. 
Las pequeñas y medianas empresas cumplen un importante papel en la economía de 
todos los países. Los países de la OCDE suelen tener entre el 70% y el 90% de los 
empleados en este grupo de empresas. Las principales razones de su existencia son: 
• Pueden realizar productos indi vidualizados en contraposición con las grandes empresas 
que se enfocan más a productos más estandarizados.
• Sirven de tejido auxiliar a las grandes empresas. La mayor parte de las grandes 
empresas se valen de empresas subcontratadas menores para realizar servicios u 
operaciones que de estar incluidas en el tejido de la gran corporación redundaría en un 
aumento de coste. 
• Existen acti vidades producti vas donde es más apropiado trabajar con empresas 
pequeñas, como por ejemplo el caso de las cooperativas agrícolas. 
El avance tecnológico y el desarrollo de los medios de comunicación traen consigo 
ventajas y oportunidades para la empresa sin embargo también traen amenazas; una 
empresa puede crecer y prosperar con la utilización de los avances tecnológicos si es que 
éstos se encuentran a su alcance, por otro lado puede empequeñecerse al no tener 
acceso a las nuevas tecnologías o medios a los que la competencia si puede. Aunado a 
esto la desaparición de las fronteras gracias a la nueva era global en la que vivimos hace 
posible que un competidor lejano sea próximo gracias a la amplia cobertura de los 
medios. 
Las PyMEs tienen grandes ventajas como su capacidad de adaptabilidad gracias a su 
estructura pequeña, su posibilidad de especializarse en cada nicho de mercado 
ofreciendo un tipo de atención directa y finalmente su capacidad comunicativa. La mayor 
ventaja de una PyME es su capacidad de cambiar rápidamente su estructura productiva 
en el caso de variar las necesidades de mercado, lo cual es mucho más difícil en una gran 
empresa, con un importante número de empleados y grandes sumas de capital invertido. 
Sin embargo el acceso a mercados tan específicos o a una cartera reducida de clientes 
aumenta el riesgo de quiebra de estas empresas, por lo que es importante que estas 
empresas amplíen su mercado o sus clientes. 
El número total de trabajadores es de 16 a 50, y el volumen de sus ventas anuales es de 
141 UIT a 350 UIT. 
Cabe señalar que en la primera Disposición Transitoria Complementaria y Final del 
Proyecto de Ley de las PYMES indica que cuando las características sectoriales así lo 
determinen se podrá señalar definiciones de pequeña y micro empresa distintas a las 
establecida en el proyecto, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del 
Sector correspondiente. En ese sentido la COTIEPYME en el marco de sus 
Conversatorios puede definir los conceptos sobre todo para los sectores extractivos: 
Agricultura, Pesca y Minería que poseen características muy particulares. 
a).- Licencia Municipal de Funcionamiento y Requisitos Contables de las PYMES: 
a través de un trámite simplificado y gratuito, se estaría logrando la formalización del 
sector informal y su integración en el proceso de desarrollo del mercado. De otro lado, 
debe existir la obligación a cargo de todas las municipalidades de exhibir los planos de 
zonificación a fin de garantizar la gratuidad del procedimiento de obtención de licencia. 
Asimismo es necesario establecer que una vez otorgada la Licencia de Funcionamiento 
Definitivo, los gobiernos locales no cobren tasas por concepto de renovación ó 
actualización.
b).- La Política Sectorial aplicada a los Instrumentos de Promoción, cabe señalar que 
las PYMES muestran actualmente una serie de carencias como la capacitación, la 
asistencia técnica, el financiamiento tecnológico, etc. En este sentido teniendo en cuenta 
que la política sectorial a aplicarse en los instrumentos de promoción para las PYMES 
obliga a una diversidad de Ministerios e Instituciones, conviene mencionar los proyectos: 
una mesa de coordinación de políticas que coordine los Sectores Público y Privado, 
acciones de promoción en favor de las PYMES, asimismo deben implementarse Comités 
Regionales descentralizados que ejerzan las funciones que les encomiende la mesa de 
coordinación. Por lo que resulta necesario replantear la redacción sobre este tema. 
c).- Acciones de Orientación y Apoyo: en las reuniones sostenidas con las autoridades 
locales se ha considerado conveniente que estas se realicen a través de sus Direcciones 
u Oficinas de Promoción Empresarial para orientar a las PYMES en los actos de 
formalización, constitución y organización. Asimismo promuevan la comercialización 
mediante la organización de ferias y centros de exhibición permanente. 
d).- Capacitación y Asistencia Técnica, ésta debe ser integral y alcanzar a la mayoría. 
El Estado promueve a través de sus organismos públicos descentralizados las acciones 
de capacitación en materias de constitución, organización y gestión, así como de 
asistencia técnica dirigidas a las PYMES a fin de incrementar su calidad, productividad y 
competitividad. A fin de coordinar acciones, se deben crear dos Comisiones Sectoriales, 
una a cargo del Ministerio de Educación y la otra con la Asamblea Nacional de Rectores. 
La primera para diseñar, coordinar y ejecutar acciones destinadas a capacitar a los 
estudiantes del Sistema Educativo Nacional: educación primaria, secundaria así como 
institutos superiores y tecnológicos. La de la ANR que promueva la interpelación 
universidad - empresa. En ese sentido se promoverá la implementación de centros de 
capacitación técnica, programas para discapacitados, actividades de capacitación en 
zonas de selva, frontera y de extrema pobreza, así como una contribución voluntaria al 
SENATI. 
d).- Innovación Tecnológica, está orientada a la renovación de la herramienta, 
maquinaria y equipo, a mejorar los niveles de productividad y calidad a menores costos. 
e).- Comercialización, en el proyecto de Ley de la Pequeña y Micro Empresa se 
incorporará un primer capítulo que trate sobre ferias y exhibiciones a fin de que las 
Oficinas de Promoción Empresarial de los Gobiernos Locales y Regionales coordinen con 
los organismos involucrados y fomenten este tipo de eventos. 
f).- La Sub-contratación, cuya finalidad es lograr una mayor utilización de la capacidad 
instalada de diversos sectores de la economía sobre todo de las PYMES, quienes pueden 
participar en la producción de componentes que posibilitan una integración de los 
productos ó de productos estándares que posibilite la captación de mercados importantes. 
g).- Programa de Compras Estatales, se debe indicar que el Estado constituye uno de 
los principales compradores del mercado nacional, si estas operaciones son manejadas 
en forma sistemática se pueden orientar a organizar el mercado con beneficio tanto a los 
vendedores como compradores sobre todo a las PYMES.
h).- Financiamiento de las PYMES, se le ha prestado un gran interés, sobre todo 
teniendo en cuenta las carencias de líneas de crédito en condiciones blandas orientadas a 
las PYMES, así como las exigencias 
de garantías que solicitan las entidades financieras para calificarlas como sujeto de 
crédito. 
i).- Régimen Tributario y del Seguro Social de Salud, se indica que ya existen en la 
legislación tributaria diversos regímenes a los cuales se encuentran acogidos los diversos 
estratos empresariales. Así tenemos el RUS, REIR y el Régimen General del Impuesto a 
la Renta. Resulta fundamental proponer un régimen tributario promocional para las 
PYMES. Con relación al Seguro Social de Salud, es conveniente crear un régimen 
especial de seguro social para las PYMES. 
Por estas consideraciones la Comisión de la Pequeña y Micro Empresa del 
Congreso de la República recomendó la aprobación del proyecto de Ley de la Pequeña y 
Micro Empresa con el siguiente texto sustitutorio: 
II. CONCEPTOS BASICOS QUE SE DEBEN CONOCER ANTES DE FORMAR 
TU EMPRESA 
2.1 ¿CÓMO SE REGULAN LAS EMPRESAS EN EL PERÚ? 
Las empresas en la legislación nacional, se encuentran reguladas en la Ley General de 
Sociedades N° 26887. 
2.2 ¿QUÉ SE ENTIENDE POR SOCIEDAD? 
Comercialmente se entiende como el contrato en que dos o más personas aportan en 
común bienes o industria, para obtener una ganancia y repartirse los beneficios. 
2.3 ¿CÓMO DEFINE LA LEY A LA SOCIEDAD? 
Conforme al artículo 1° de la Ley N° 26887, la sociedad es definida como: 
"Quienes constituyen la sociedad, convienen en aportar bienes o servicios para el 
ejercicio en común de actividades económicas." 
2.4 ¿QUIÉNES PUEDEN CONSTITUIR UNA SOCIEDAD? 
La ley establece que las sociedades pueden se constituidas por cualquier persona; por tal 
razón, pueden ser: 
- Personas Naturales. 
- Personas Jurídicas. 
¿QUIÉNES SON PERSONAS NATURALES? 
Se entiende por persona natural, al ser humano o a la persona humana. 
Para ser sujeto de derechos y obligaciones de carácter mercantil, comercial o societario, 
se requiere que tenga capacidad jurídica.
2.5 ¿QUIÉNES SON PERSONAS JURÍDICAS? 
Aquellas organizaciones de personas naturales o jurídicas, que la ley les concede 
existencia legal. 
No tienen existencia física como la persona natural. 
Son representadas por una o más personas naturales. 
2.6 ¿CLASES DE SOCIEDADES? 
Sociedad Anónima: 
º Anónima Abierta 
º Anónima Cerrada 
Sociedad de Responsabilidad Limitada Simple 
Sociedad en Comandita Por Acciones 
Sociedad Colectiva Civil 
Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada
2.7 LEY GENERAL DE SOCIEDADES 
SOCIEDAD ANONIMA "S.A." 
CARACTERÍSTICAS 
Es una persona jurídica de derecho privado, de naturaleza 
comercial o mercantil, cualquiera sea su objeto social. 
DENOMINACIÓN 
Podrá adoptar cualquier denominación o razón social, con la indicación Sociedad 
Anónima o la sigla S.A. 
CAPITAL SOCIAL 
Está representado por acciones y se integra a los aportes de cada uno de los socios, 
quienes no responden personalmente de las deudas sociales. El aporte puede ser en 
efectivo y/o en bienes (muebles, enseres, maquinarias y equipos). 
OBJETO SOCIAL 
Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros. 
ORGANOS DE LA EMPRESA 
Junta General de Accionistas: es el órgano superior de la sociedad, está integrado por el 
total de socios. 
Directorio: es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas. En ningún 
caso el número de directores es menor de tres (3). 
Gerente: es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrador de la 
empresa. 
Sub-Gerente: reemplazará al Gerente en caso de ausencia. 
SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L. 
Artículo 283º Definición y Responsabilidad. 
En la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada el capital está dividido en 
participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden ser incorporadas en 
títulos valores, ni denominarse acciones. 
Los socios no pueden exceder de 20 y no responden personalmente por las obligaciones 
sociales. 
DENOMINACIÓN 
La Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, tiene una denominación, pudiendo 
utilizar además un nombre abreviado, al que en todo caso se le debe añadir la indicación 
"Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada" o su abreviatura "S.R.L."
CAPITAL SOCIAL 
El capital está integrado por las aportaciones de los socios, dividido en participaciones 
sociales iguales, acumulables e indivisibles. 
Estas participaciones no podrán ser incorporadas en títulos valores ni denominarse 
acciones. 
Al constituirse la sociedad el capital debe estar pagado en no menos del 25% de cada 
participación y depositado en una entidad bancaria a nombre de la sociedad. 
ORGANOS DE LA EMPRESA 
Junta General de Socios: representa a todos los socios de la empresa. 
Gerencia: es el órgano encargado de la dirección y administración de la sociedad y es el 
representante legal de la empresa. 
EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E.I.R.L. 
DECRETO LEY 21621 
CARACTERÍSTICAS 
Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con 
patrimonio distinto al de su titular. Se constituye para el desarrollo exclusivo de 
actividades económicas de pequeña empresa. 
La responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio y el Titular de la misma no 
responde personalmente por las obligaciones contraídas por ésta. 
DENOMINACIÓN 
La empresa adoptará una denominación o razón social que le permita individualizarla, 
seguida de la indicación Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o la sigla 
E.I.R.L. 
CAPITAL SOCIAL 
Está constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye y es 
determinado por el titular. Estos pueden ser: 
Bienes dinerarios (efectivo). 
Bienes no dinerarios (muebles, enseres, máquinas, equipos, etc.) 
Bienes mixtos (efectivo y no dinerarios). 
OBJETO SOCIAL 
Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros.
ORGANOS DE LA EMPRESA 
Titular: órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la disposición de los bienes y 
actividades. 
Gerencia: Órgano que tiene a su cargo la administración y la representación de la 
Empresa, es designado por el Titular. 
El Titular, puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumirá las facultades, 
deberes y responsabilidades de ambos cargos, debiendo denominarsele Titular Gerente. 
CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD 
¿CÓMO SE CONSTITUYE UNA SOCIEDAD? 
La Constitución de una Sociedad, es un acto formal, que debe constar por escrito. 
Debe existir un acuerdo expreso de las personas que la conformen. 
Debe cumplirse con algunos requisitos, sin los cuales, no se puede formalizar la empresa. 
ACTOS PRELIMINARES PARA CONSTITUIR UNA SOCIEDAD 
¿Qué actividad se desea realizar? 
OBJETO SOCIAL 
NOMBRE 
Las sociedades son Personas Jurídicas; en consecuencia, requieren contar con una 
denominación o razón social. 
No debe utilizarse una denominación ya existente o similar. 
CAPITAL SOCIAL 
El capital social de la sociedad es el aporte o inversión que efectúan los socios. 
Puede ser en efectivo o en bienes. 
Debe establecerse el monto del capital antes de la constitución. 
SOCIOS 
Los socios son las personas que constituirán la sociedad o que se integrarán luego de su 
constitución. 
Pueden ser fundadores. 
Simplemente socios. 
El número mínimo es dos (2).
ETAPAS DE LA CONSTITUCIÓN 
MINUTA DE CONSTITUCIÓN 
Documento que se redacta por Abogado que establece el pacto social. 
Incluye: 
Estatutos 
Designación de representantes 
Duración de los cargos 
ESCRITURA PÚBLICA 
Documento que realiza un Notario Público en el que se incluye o inserta, la Minuta de 
Constitución y los Estatutos. 
Se le conoce también como Testimonio de Constitución. 
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO 
El Notario, luego de que la Escritura Pública ha sido suscrita por los socios, elabora los 
partes y envía a los Registros Públicos para su debida inscripción. 
REPRESENTANTES LEGALES 
Son las personas que ejercen la representación de las sociedades. 
Pueden ser: Accionistas, Socios, Directores, Gerentes o Apoderados. 
OBTENCIÓN DEL R.U.C. 
Inscrita la sociedad, se procede a solicitar la inscripción en la SUNAT para la obtención 
del R.U.C. 
LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO 
La Licencia Municipal de Funcionamiento se requiere para que la sociedad pueda 
funcionar en un determinado local. 
Puede ser: Provisional 
Indefinida. 
LICENCIA PROVISIONAL 
Requisitos: 
- Constitución Social 
- R.U.C. 
- Certificado de Zonificación y Compatibilidad deUsos.
DURACIÓN O VIGENCIA DE LA LICENCIA PROVISIONAL 
UN AÑO CALENDARIO; ES DECIR, 12 MESES. 
LICENCIA INDEFINIDA 
También llamada definitiva. ¿CÓMO SE REGULAN LAS EMPRESAS EN EL 
PERÚ? 
Las empresas en la legislación nacional, se encuentran reguladas en la Ley General de 
Sociedades N° 26887. 
¿QUÉ SE ENTIENDE POR SOCIEDAD? 
Comercialmente se entiende como el contrato en que dos o más personas aportan en 
común bienes o industria, para obtener una ganancia y repartirse los beneficios. 
¿CÓMO DEFINE LA LEY A LA SOCIEDAD? 
Conforme al artículo 1° de la Ley N° 26887, la sociedad es definida como: 
"Quienes constituyen la sociedad, convienen en aportar bienes o servicios para el 
ejercicio en común de actividades económicas." 
¿QUIÉNES PUEDEN CONSTITUIR UNA SOCIEDAD? 
La ley establece que las sociedades pueden se constituidas por cualquier persona; por tal 
razón, pueden ser: 
- Personas Naturales. 
- Personas Jurídicas. 
¿QUIÉNES SON PERSONAS NATURALES? 
Se entiende por persona natural, al ser humano o a la persona humana. 
Para ser sujeto de derechos y obligaciones de carácter mercantil, comercial o societario, 
se requiere que tenga capacidad jurídica. 
¿QUIÉNES SON PERSONAS JURÍDICAS? 
Aquellas organizaciones de personas naturales o jurídicas, que la ley les concede 
existencia legal. 
No tienen existencia física como la persona natural. 
Son representadas por una o más personas naturales.
¿CLASES DE SOCIEDADES? 
Sociedad Anónima: 
º Anónima Abierta 
º Anónima Cerrada 
Sociedad de Responsabilidad 
Limitada Simple 
Sociedad en Comandita Por Acciones 
Sociedad Colectiva Civil 
Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada 
LEY GENERAL DE SOCIEDADES 
SOCIEDAD ANONIMA "S.A." 
CARACTERÍSTICAS 
Es una persona jurídica de derecho privado, de naturaleza 
comercial o mercantil, cualquiera sea su objeto social. 
DENOMINACIÓN 
Podrá adoptar cualquier denominación o razón social, con la indicación Sociedad 
Anónima o la sigla S.A
CAPITAL SOCIAL 
Está representado por acciones y se integra a los aportes de cada uno de los socios, 
quienes no responden personalmente de las deudas sociales. El aporte puede ser en 
efectivo y/o en bienes (muebles, enseres, maquinarias y equipos). 
OBJETO SOCIAL 
Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros. 
ORGANOS DE LA EMPRESA 
Junta General de Accionistas: es el órgano superior de la sociedad, está integrado por el 
total de socios. 
Directorio: es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas. En ningún 
caso el número de directores es menor de tres (3). 
Gerente: es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrador de la 
empresa. 
Sub-Gerente: reemplazará al Gerente en caso de ausencia. 
SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L. 
Artículo 283º Definición y Responsabilidad. 
En la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada el capital está dividido en 
participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden ser incorporadas en 
títulos valores, ni denominarse acciones. 
Los socios no pueden exceder de 20 y no responden personalmente por las obligaciones 
sociales. 
DENOMINACIÓN 
La Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, tiene una denominación, pudiendo 
utilizar además un nombre abreviado, al que en todo caso se le debe añadir la indicación 
"Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada" o su abreviatura "S.R.L." 
CAPITAL SOCIAL 
El capital está integrado por las aportaciones de los socios, dividido en participaciones 
sociales iguales, acumulables e indivisibles. 
Estas participaciones no podrán ser incorporadas en títulos valores ni denominarse 
acciones. 
Al constituirse la sociedad el capital debe estar pagado en no menos del 25% de cada 
participación y depositado en una entidad bancaria a nombre de la sociedad.
ORGANOS DE LA EMPRESA 
Junta General de Socios: representa a todos los socios de la empresa. 
Gerencia: es el órgano encargado de la dirección y administración de la sociedad y es el 
representante legal de la empresa. 
EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E.I.R.L. 
DECRETO LEY 21621 
CARACTERÍSTICAS 
Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con 
patrimonio distinto al de su titular. Se constituye para el desarrollo exclusivo de 
actividades económicas de pequeña empresa. 
La responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio y el Titular de la misma no 
responde personalmente por las obligaciones contraídas por ésta. 
DENOMINACIÓN 
La empresa adoptará una denominación o razón social que le permita individualizarla, 
seguida de la indicación Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o la sigla 
E.I.R.L. 
CAPITAL SOCIAL 
Está constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye y es 
determinado por el titular. Estos pueden ser: 
Bienes dinerarios (efectivo). 
Bienes no dinerarios (muebles, enseres, máquinas, equipos, etc.) 
Bienes mixtos (efectivo y no dinerarios). 
OBJETO SOCIAL 
Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros. 
ORGANOS DE LA EMPRESA 
Titular: órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la disposición de los bienes y 
actividades. 
Gerencia: Órgano que tiene a su cargo la administración y la representación de la 
Empresa, es designado por el Titular. 
El Titular, puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumirá las facultades, 
deberes y responsabilidades de ambos cargos, debiendo denominarsele Titular Gerente.
CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD 
¿CÓMO SE CONSTITUYE UNA SOCIEDAD? 
La Constitución de una Sociedad, es un acto formal, que debe constar por escrito. 
Debe existir un acuerdo expreso de las personas que la conformen. 
Debe cumplirse con algunos requisitos, sin los cuales, no se puede formalizar la empresa. 
ACTOS PRELIMINARES PARA CONSTITUIR UNA SOCIEDAD 
¿Qué actividad se desea realizar? 
OBJETO SOCIAL 
NOMBRE 
Las sociedades son Personas Jurídicas; en consecuencia, requieren contar con una 
denominación o razón social. 
No debe utilizarse una denominación ya existente o similar. 
CAPITAL SOCIAL 
El capital social de la sociedad es el aporte o inversión que efectúan los socios. 
Puede ser en efectivo o en bienes. 
Debe establecerse el monto del capital antes de la constitución. 
SOCIOS 
Los socios son las personas que constituirán la sociedad o que se integrarán luego de su 
constitución. 
Pueden ser fundadores. 
Simplemente socios. 
El número mínimo es dos (2). 
ETAPAS DE LA CONSTITUCIÓN 
MINUTA DE CONSTITUCIÓN 
Documento que se redacta por Abogado que establece el pacto social. 
Incluye: 
Estatutos 
Designación de representantes 
Duración de los cargos
ESCRITURA PÚBLICA 
Documento que realiza un Notario Público en el que se incluye o inserta, la Minuta de 
Constitución y los Estatutos. 
Se le conoce también como Testimonio de Constitución. 
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO 
El Notario, luego de que la Escritura Pública ha sido suscrita por los socios, elabora los 
partes y envía a los Registros Públicos para su debida inscripción. 
REPRESENTANTES LEGALES 
Son las personas que ejercen la representación de las sociedades. 
Pueden ser: Accionistas, Socios, Directores, Gerentes o Apoderados. 
OBTENCIÓN DEL R.U.C. 
Inscrita la sociedad, se procede a solicitar la inscripción en la SUNAT para la obtención 
del R.U.C. 
LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO 
La Licencia Municipal de Funcionamiento se requiere para que la sociedad pueda 
funcionar en un determinado local. 
Puede ser: Provisional 
Indefinida. 
LICENCIA PROVISIONAL 
Requisitos: 
- Constitución Social 
- R.U.C. 
- Certificado de Zonificación y Compatibilidad deUsos. 
DURACIÓN O VIGENCIA DE LA LICENCIA PROVISIONAL 
UN AÑO CALENDARIO; ES DECIR, 12 MESES.
LICENCIA INDEFINIDA 
También llamada definitiva. 
No tiene plazo de vigencia. 
Requisitos: 
Constitución Social 
R.U.C. 
Certificado Zonificación y Compatibilidad de Usos 
Plano de Distribución 
No tiene plazo de vigencia. 
Requisitos: 
Constitución Social 
R.U.C. 
Certificado Zonificación y Compatibilidad de Usos 
Plano de Distribución
CONCLUSION 
• Las pequeñas y medianas empresas son un alto porcentaje de las 
personas totales en todo el mundo y Perú no es la excepción. las 
pymes dentro del país cubre gran parte de las actividades económicas. 
nos indican que al momento de crear algún negocio siempre se 
empieza estructurando de una forma pequeña, para que así se vaya 
desarrollando con el paso de los años y pueda llegar a formar una gran 
empresa

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  • 1. “AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA” UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI FACULTADAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS ESCUELA DE INGENIERIA GROINDUSTRIAL FORMALIZACIÓN DE LA PEQUEÑA, MEDIA EMPRESA EN EL PERÚ ALUMNOS: VARGAS YUMBATO, CINDY TUESTA GOMEZ, ZARINA ANDREA CIENFUEGOS CORDOVA, MONICA GARCIA BENAVIDES, JUAN PEDRO DA CRUZ BRAVO, PAULO CESAR MUñOS FRANCO MAGDIEL CICLO: IV PUCALLPA - PERÚ 2013
  • 2. INTRODUCCIÓN El sector de la Micro y Pequeña Empresa (PYME) surge como un fenómeno socio económico que ha transformado paulatinamente las economías de la mayoría de países a nivel mundial, principalmente los sudamericanos entre ellos nuestro país, como respuesta a muchas necesidades insatisfechas por parte de los sectores más pobres de la población, desempleo, bajos recursos económicos trabas burocráticas, etc. El MTPE a través de su Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (DNMYPE) tiene en estos momentos a su cargo los programas dirigidos al micro y pequeñas empresas. Esta Dirección establece la política general y las normas de promoción, formalización y de mejora de las condiciones de empleo en este sector, teniendo como propósito lograr niveles de competitividad en la MYPE que les permita participar en mejores condiciones en el mercado. Se puede afirmar que la existencia de las microempresas representa nuevas formas de trabajo y de estructuras ocupacionales que cada día van tomando mayor fuerza, por lo que no se puede decir que son el eslabón más débil del capitalismo global, ni los lugares de máxima explotación. La formalización de Empresas, sea como Persona Natural o Jurídica, se constituye en un instrumento fundamental y de uso obligatorio para todos los promotores, asesores y funcionarios públicos y privados que se articulan con las MYPE, ya que les brinda información clara y precisa sobre todos los pasos que las MYPE deben dar -de cualquier sector económico- para lograr formalizarse, acto que de seguro llevará a la MYPE a la sostenibilidad de su negocio. En nuestro país, es a partir de los años sesenta que el Estado empieza a legislar con fines promocionales al establecerse sus regímenes especiales de fomento que fijan sus límites y otorgan incentivos para su desarrollo, a la fecha es el Decreto Legi slativo Nº 705 Ley de Promoción de Micro Empresas y Pequeñas Empresas el que establece el marco legal para la micro y pequeña empresa definiéndola en función del tamaño (cantidad de trabajadores y monto anual de ventas).
  • 3. I. EMPRESA 1.1 DEFINICIÓN La empresa como un ente productivo que transforma materiales, esfuerzo, energía y otra serie de inputs en productos y/o servicios que posteriormente serán distribuidos entre los consumidores. La empresa clásica es por tanto, una función de producción que transforma inputs en outputs. La empresa, además de ser una célula económica, es una célula social. Está formada por hombres y para hombres. Está insertada en la sociedad a la que sirve y no puede permanecer ajena a ella. La sociedad le proporciona la paz y el orden garantizados por la ley y el poder público; la fuerza de trabajo y el mercado de consumidores; la educación de sus obreros, técnicos y directivos; los medios de comunicación y la llamada infraestructura económica. La empresa recibe mucho de la sociedad y existe 1.2 MICROEMPRESA La microempresa es la oportunidad más cercana del desarrollo de la creatividad personal al desarrollo comunitario y por tanto a la fortaleza de las estructuras económicas de los países. Las microempresas suelen utilizar mano de obra familiar y recursos locales, escasa dotación de capital, tecnologías con uso intensivo de mano de obra y una fuerza de trabajo no calificada que adquirió sus conocimientos fuera del sector educativo académico. El propietario labora en la misma, el número total de trabajadores no excede de 15, y el volumen de sus ventas anuales no excede de 140 UIT. 1.3 PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Es una empresa con características distintivas, y tiene dimensiones con ciertos límites ocupacionales y financieros prefijados por los Estados o regiones. Las pymes son agentes con lógicas, culturas, intereses y un espíritu emprendedor específicos. Usualme nte se ha visto también el término MiPyME (acrónimo de "micro, pequeña y mediana empresa"), que es una expansión del término original, en donde se incluye a la microempresa. La pequeñas y medianas empresas son entidades independientes, con una alta predominancia en el mercado de comercio, quedando prácticamente excluidas del mercado industrial por las grandes inversiones necesarias y por las limitaciones que impone la legislación en cuanto al volumen de negocio y de personal, los cuales si son superados convierten, por ley, a una microempresa en una pequeña empresa, o una mediana empresa se convierte automáticamente en una gran empresa. Por todo ello una pyme nunca podrá superar ciertas ventas anuales o una cantidad de personal. Las pequeñas y medianas empresas cumplen un importante papel en la economía de todos los países. Los países de la OCDE suelen tener entre el 70% y el 90% de los empleados en este grupo de empresas. Las principales razones de su existencia son: • Pueden realizar productos indi vidualizados en contraposición con las grandes empresas que se enfocan más a productos más estandarizados.
  • 4. • Sirven de tejido auxiliar a las grandes empresas. La mayor parte de las grandes empresas se valen de empresas subcontratadas menores para realizar servicios u operaciones que de estar incluidas en el tejido de la gran corporación redundaría en un aumento de coste. • Existen acti vidades producti vas donde es más apropiado trabajar con empresas pequeñas, como por ejemplo el caso de las cooperativas agrícolas. El avance tecnológico y el desarrollo de los medios de comunicación traen consigo ventajas y oportunidades para la empresa sin embargo también traen amenazas; una empresa puede crecer y prosperar con la utilización de los avances tecnológicos si es que éstos se encuentran a su alcance, por otro lado puede empequeñecerse al no tener acceso a las nuevas tecnologías o medios a los que la competencia si puede. Aunado a esto la desaparición de las fronteras gracias a la nueva era global en la que vivimos hace posible que un competidor lejano sea próximo gracias a la amplia cobertura de los medios. Las PyMEs tienen grandes ventajas como su capacidad de adaptabilidad gracias a su estructura pequeña, su posibilidad de especializarse en cada nicho de mercado ofreciendo un tipo de atención directa y finalmente su capacidad comunicativa. La mayor ventaja de una PyME es su capacidad de cambiar rápidamente su estructura productiva en el caso de variar las necesidades de mercado, lo cual es mucho más difícil en una gran empresa, con un importante número de empleados y grandes sumas de capital invertido. Sin embargo el acceso a mercados tan específicos o a una cartera reducida de clientes aumenta el riesgo de quiebra de estas empresas, por lo que es importante que estas empresas amplíen su mercado o sus clientes. El número total de trabajadores es de 16 a 50, y el volumen de sus ventas anuales es de 141 UIT a 350 UIT. Cabe señalar que en la primera Disposición Transitoria Complementaria y Final del Proyecto de Ley de las PYMES indica que cuando las características sectoriales así lo determinen se podrá señalar definiciones de pequeña y micro empresa distintas a las establecida en el proyecto, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente. En ese sentido la COTIEPYME en el marco de sus Conversatorios puede definir los conceptos sobre todo para los sectores extractivos: Agricultura, Pesca y Minería que poseen características muy particulares. a).- Licencia Municipal de Funcionamiento y Requisitos Contables de las PYMES: a través de un trámite simplificado y gratuito, se estaría logrando la formalización del sector informal y su integración en el proceso de desarrollo del mercado. De otro lado, debe existir la obligación a cargo de todas las municipalidades de exhibir los planos de zonificación a fin de garantizar la gratuidad del procedimiento de obtención de licencia. Asimismo es necesario establecer que una vez otorgada la Licencia de Funcionamiento Definitivo, los gobiernos locales no cobren tasas por concepto de renovación ó actualización.
  • 5. b).- La Política Sectorial aplicada a los Instrumentos de Promoción, cabe señalar que las PYMES muestran actualmente una serie de carencias como la capacitación, la asistencia técnica, el financiamiento tecnológico, etc. En este sentido teniendo en cuenta que la política sectorial a aplicarse en los instrumentos de promoción para las PYMES obliga a una diversidad de Ministerios e Instituciones, conviene mencionar los proyectos: una mesa de coordinación de políticas que coordine los Sectores Público y Privado, acciones de promoción en favor de las PYMES, asimismo deben implementarse Comités Regionales descentralizados que ejerzan las funciones que les encomiende la mesa de coordinación. Por lo que resulta necesario replantear la redacción sobre este tema. c).- Acciones de Orientación y Apoyo: en las reuniones sostenidas con las autoridades locales se ha considerado conveniente que estas se realicen a través de sus Direcciones u Oficinas de Promoción Empresarial para orientar a las PYMES en los actos de formalización, constitución y organización. Asimismo promuevan la comercialización mediante la organización de ferias y centros de exhibición permanente. d).- Capacitación y Asistencia Técnica, ésta debe ser integral y alcanzar a la mayoría. El Estado promueve a través de sus organismos públicos descentralizados las acciones de capacitación en materias de constitución, organización y gestión, así como de asistencia técnica dirigidas a las PYMES a fin de incrementar su calidad, productividad y competitividad. A fin de coordinar acciones, se deben crear dos Comisiones Sectoriales, una a cargo del Ministerio de Educación y la otra con la Asamblea Nacional de Rectores. La primera para diseñar, coordinar y ejecutar acciones destinadas a capacitar a los estudiantes del Sistema Educativo Nacional: educación primaria, secundaria así como institutos superiores y tecnológicos. La de la ANR que promueva la interpelación universidad - empresa. En ese sentido se promoverá la implementación de centros de capacitación técnica, programas para discapacitados, actividades de capacitación en zonas de selva, frontera y de extrema pobreza, así como una contribución voluntaria al SENATI. d).- Innovación Tecnológica, está orientada a la renovación de la herramienta, maquinaria y equipo, a mejorar los niveles de productividad y calidad a menores costos. e).- Comercialización, en el proyecto de Ley de la Pequeña y Micro Empresa se incorporará un primer capítulo que trate sobre ferias y exhibiciones a fin de que las Oficinas de Promoción Empresarial de los Gobiernos Locales y Regionales coordinen con los organismos involucrados y fomenten este tipo de eventos. f).- La Sub-contratación, cuya finalidad es lograr una mayor utilización de la capacidad instalada de diversos sectores de la economía sobre todo de las PYMES, quienes pueden participar en la producción de componentes que posibilitan una integración de los productos ó de productos estándares que posibilite la captación de mercados importantes. g).- Programa de Compras Estatales, se debe indicar que el Estado constituye uno de los principales compradores del mercado nacional, si estas operaciones son manejadas en forma sistemática se pueden orientar a organizar el mercado con beneficio tanto a los vendedores como compradores sobre todo a las PYMES.
  • 6. h).- Financiamiento de las PYMES, se le ha prestado un gran interés, sobre todo teniendo en cuenta las carencias de líneas de crédito en condiciones blandas orientadas a las PYMES, así como las exigencias de garantías que solicitan las entidades financieras para calificarlas como sujeto de crédito. i).- Régimen Tributario y del Seguro Social de Salud, se indica que ya existen en la legislación tributaria diversos regímenes a los cuales se encuentran acogidos los diversos estratos empresariales. Así tenemos el RUS, REIR y el Régimen General del Impuesto a la Renta. Resulta fundamental proponer un régimen tributario promocional para las PYMES. Con relación al Seguro Social de Salud, es conveniente crear un régimen especial de seguro social para las PYMES. Por estas consideraciones la Comisión de la Pequeña y Micro Empresa del Congreso de la República recomendó la aprobación del proyecto de Ley de la Pequeña y Micro Empresa con el siguiente texto sustitutorio: II. CONCEPTOS BASICOS QUE SE DEBEN CONOCER ANTES DE FORMAR TU EMPRESA 2.1 ¿CÓMO SE REGULAN LAS EMPRESAS EN EL PERÚ? Las empresas en la legislación nacional, se encuentran reguladas en la Ley General de Sociedades N° 26887. 2.2 ¿QUÉ SE ENTIENDE POR SOCIEDAD? Comercialmente se entiende como el contrato en que dos o más personas aportan en común bienes o industria, para obtener una ganancia y repartirse los beneficios. 2.3 ¿CÓMO DEFINE LA LEY A LA SOCIEDAD? Conforme al artículo 1° de la Ley N° 26887, la sociedad es definida como: "Quienes constituyen la sociedad, convienen en aportar bienes o servicios para el ejercicio en común de actividades económicas." 2.4 ¿QUIÉNES PUEDEN CONSTITUIR UNA SOCIEDAD? La ley establece que las sociedades pueden se constituidas por cualquier persona; por tal razón, pueden ser: - Personas Naturales. - Personas Jurídicas. ¿QUIÉNES SON PERSONAS NATURALES? Se entiende por persona natural, al ser humano o a la persona humana. Para ser sujeto de derechos y obligaciones de carácter mercantil, comercial o societario, se requiere que tenga capacidad jurídica.
  • 7. 2.5 ¿QUIÉNES SON PERSONAS JURÍDICAS? Aquellas organizaciones de personas naturales o jurídicas, que la ley les concede existencia legal. No tienen existencia física como la persona natural. Son representadas por una o más personas naturales. 2.6 ¿CLASES DE SOCIEDADES? Sociedad Anónima: º Anónima Abierta º Anónima Cerrada Sociedad de Responsabilidad Limitada Simple Sociedad en Comandita Por Acciones Sociedad Colectiva Civil Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada
  • 8. 2.7 LEY GENERAL DE SOCIEDADES SOCIEDAD ANONIMA "S.A." CARACTERÍSTICAS Es una persona jurídica de derecho privado, de naturaleza comercial o mercantil, cualquiera sea su objeto social. DENOMINACIÓN Podrá adoptar cualquier denominación o razón social, con la indicación Sociedad Anónima o la sigla S.A. CAPITAL SOCIAL Está representado por acciones y se integra a los aportes de cada uno de los socios, quienes no responden personalmente de las deudas sociales. El aporte puede ser en efectivo y/o en bienes (muebles, enseres, maquinarias y equipos). OBJETO SOCIAL Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros. ORGANOS DE LA EMPRESA Junta General de Accionistas: es el órgano superior de la sociedad, está integrado por el total de socios. Directorio: es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas. En ningún caso el número de directores es menor de tres (3). Gerente: es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrador de la empresa. Sub-Gerente: reemplazará al Gerente en caso de ausencia. SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L. Artículo 283º Definición y Responsabilidad. En la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada el capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones. Los socios no pueden exceder de 20 y no responden personalmente por las obligaciones sociales. DENOMINACIÓN La Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, tiene una denominación, pudiendo utilizar además un nombre abreviado, al que en todo caso se le debe añadir la indicación "Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada" o su abreviatura "S.R.L."
  • 9. CAPITAL SOCIAL El capital está integrado por las aportaciones de los socios, dividido en participaciones sociales iguales, acumulables e indivisibles. Estas participaciones no podrán ser incorporadas en títulos valores ni denominarse acciones. Al constituirse la sociedad el capital debe estar pagado en no menos del 25% de cada participación y depositado en una entidad bancaria a nombre de la sociedad. ORGANOS DE LA EMPRESA Junta General de Socios: representa a todos los socios de la empresa. Gerencia: es el órgano encargado de la dirección y administración de la sociedad y es el representante legal de la empresa. EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E.I.R.L. DECRETO LEY 21621 CARACTERÍSTICAS Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con patrimonio distinto al de su titular. Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa. La responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio y el Titular de la misma no responde personalmente por las obligaciones contraídas por ésta. DENOMINACIÓN La empresa adoptará una denominación o razón social que le permita individualizarla, seguida de la indicación Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o la sigla E.I.R.L. CAPITAL SOCIAL Está constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye y es determinado por el titular. Estos pueden ser: Bienes dinerarios (efectivo). Bienes no dinerarios (muebles, enseres, máquinas, equipos, etc.) Bienes mixtos (efectivo y no dinerarios). OBJETO SOCIAL Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros.
  • 10. ORGANOS DE LA EMPRESA Titular: órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la disposición de los bienes y actividades. Gerencia: Órgano que tiene a su cargo la administración y la representación de la Empresa, es designado por el Titular. El Titular, puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumirá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos, debiendo denominarsele Titular Gerente. CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD ¿CÓMO SE CONSTITUYE UNA SOCIEDAD? La Constitución de una Sociedad, es un acto formal, que debe constar por escrito. Debe existir un acuerdo expreso de las personas que la conformen. Debe cumplirse con algunos requisitos, sin los cuales, no se puede formalizar la empresa. ACTOS PRELIMINARES PARA CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ¿Qué actividad se desea realizar? OBJETO SOCIAL NOMBRE Las sociedades son Personas Jurídicas; en consecuencia, requieren contar con una denominación o razón social. No debe utilizarse una denominación ya existente o similar. CAPITAL SOCIAL El capital social de la sociedad es el aporte o inversión que efectúan los socios. Puede ser en efectivo o en bienes. Debe establecerse el monto del capital antes de la constitución. SOCIOS Los socios son las personas que constituirán la sociedad o que se integrarán luego de su constitución. Pueden ser fundadores. Simplemente socios. El número mínimo es dos (2).
  • 11. ETAPAS DE LA CONSTITUCIÓN MINUTA DE CONSTITUCIÓN Documento que se redacta por Abogado que establece el pacto social. Incluye: Estatutos Designación de representantes Duración de los cargos ESCRITURA PÚBLICA Documento que realiza un Notario Público en el que se incluye o inserta, la Minuta de Constitución y los Estatutos. Se le conoce también como Testimonio de Constitución. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO El Notario, luego de que la Escritura Pública ha sido suscrita por los socios, elabora los partes y envía a los Registros Públicos para su debida inscripción. REPRESENTANTES LEGALES Son las personas que ejercen la representación de las sociedades. Pueden ser: Accionistas, Socios, Directores, Gerentes o Apoderados. OBTENCIÓN DEL R.U.C. Inscrita la sociedad, se procede a solicitar la inscripción en la SUNAT para la obtención del R.U.C. LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO La Licencia Municipal de Funcionamiento se requiere para que la sociedad pueda funcionar en un determinado local. Puede ser: Provisional Indefinida. LICENCIA PROVISIONAL Requisitos: - Constitución Social - R.U.C. - Certificado de Zonificación y Compatibilidad deUsos.
  • 12. DURACIÓN O VIGENCIA DE LA LICENCIA PROVISIONAL UN AÑO CALENDARIO; ES DECIR, 12 MESES. LICENCIA INDEFINIDA También llamada definitiva. ¿CÓMO SE REGULAN LAS EMPRESAS EN EL PERÚ? Las empresas en la legislación nacional, se encuentran reguladas en la Ley General de Sociedades N° 26887. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR SOCIEDAD? Comercialmente se entiende como el contrato en que dos o más personas aportan en común bienes o industria, para obtener una ganancia y repartirse los beneficios. ¿CÓMO DEFINE LA LEY A LA SOCIEDAD? Conforme al artículo 1° de la Ley N° 26887, la sociedad es definida como: "Quienes constituyen la sociedad, convienen en aportar bienes o servicios para el ejercicio en común de actividades económicas." ¿QUIÉNES PUEDEN CONSTITUIR UNA SOCIEDAD? La ley establece que las sociedades pueden se constituidas por cualquier persona; por tal razón, pueden ser: - Personas Naturales. - Personas Jurídicas. ¿QUIÉNES SON PERSONAS NATURALES? Se entiende por persona natural, al ser humano o a la persona humana. Para ser sujeto de derechos y obligaciones de carácter mercantil, comercial o societario, se requiere que tenga capacidad jurídica. ¿QUIÉNES SON PERSONAS JURÍDICAS? Aquellas organizaciones de personas naturales o jurídicas, que la ley les concede existencia legal. No tienen existencia física como la persona natural. Son representadas por una o más personas naturales.
  • 13. ¿CLASES DE SOCIEDADES? Sociedad Anónima: º Anónima Abierta º Anónima Cerrada Sociedad de Responsabilidad Limitada Simple Sociedad en Comandita Por Acciones Sociedad Colectiva Civil Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada LEY GENERAL DE SOCIEDADES SOCIEDAD ANONIMA "S.A." CARACTERÍSTICAS Es una persona jurídica de derecho privado, de naturaleza comercial o mercantil, cualquiera sea su objeto social. DENOMINACIÓN Podrá adoptar cualquier denominación o razón social, con la indicación Sociedad Anónima o la sigla S.A
  • 14. CAPITAL SOCIAL Está representado por acciones y se integra a los aportes de cada uno de los socios, quienes no responden personalmente de las deudas sociales. El aporte puede ser en efectivo y/o en bienes (muebles, enseres, maquinarias y equipos). OBJETO SOCIAL Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros. ORGANOS DE LA EMPRESA Junta General de Accionistas: es el órgano superior de la sociedad, está integrado por el total de socios. Directorio: es el órgano colegiado, elegido por la Junta General de Accionistas. En ningún caso el número de directores es menor de tres (3). Gerente: es nombrado por el Directorio. Es el representante legal y administrador de la empresa. Sub-Gerente: reemplazará al Gerente en caso de ausencia. SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L. Artículo 283º Definición y Responsabilidad. En la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada el capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones. Los socios no pueden exceder de 20 y no responden personalmente por las obligaciones sociales. DENOMINACIÓN La Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, tiene una denominación, pudiendo utilizar además un nombre abreviado, al que en todo caso se le debe añadir la indicación "Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada" o su abreviatura "S.R.L." CAPITAL SOCIAL El capital está integrado por las aportaciones de los socios, dividido en participaciones sociales iguales, acumulables e indivisibles. Estas participaciones no podrán ser incorporadas en títulos valores ni denominarse acciones. Al constituirse la sociedad el capital debe estar pagado en no menos del 25% de cada participación y depositado en una entidad bancaria a nombre de la sociedad.
  • 15. ORGANOS DE LA EMPRESA Junta General de Socios: representa a todos los socios de la empresa. Gerencia: es el órgano encargado de la dirección y administración de la sociedad y es el representante legal de la empresa. EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E.I.R.L. DECRETO LEY 21621 CARACTERÍSTICAS Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con patrimonio distinto al de su titular. Se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de pequeña empresa. La responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio y el Titular de la misma no responde personalmente por las obligaciones contraídas por ésta. DENOMINACIÓN La empresa adoptará una denominación o razón social que le permita individualizarla, seguida de la indicación Empresa Individual de Responsabilidad Limitada o la sigla E.I.R.L. CAPITAL SOCIAL Está constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye y es determinado por el titular. Estos pueden ser: Bienes dinerarios (efectivo). Bienes no dinerarios (muebles, enseres, máquinas, equipos, etc.) Bienes mixtos (efectivo y no dinerarios). OBJETO SOCIAL Actividad de comercio, manufactura, servicio, extracción y otros. ORGANOS DE LA EMPRESA Titular: órgano máximo de la empresa que tiene a su cargo la disposición de los bienes y actividades. Gerencia: Órgano que tiene a su cargo la administración y la representación de la Empresa, es designado por el Titular. El Titular, puede asumir el cargo de gerente, en cuyo caso asumirá las facultades, deberes y responsabilidades de ambos cargos, debiendo denominarsele Titular Gerente.
  • 16. CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD ¿CÓMO SE CONSTITUYE UNA SOCIEDAD? La Constitución de una Sociedad, es un acto formal, que debe constar por escrito. Debe existir un acuerdo expreso de las personas que la conformen. Debe cumplirse con algunos requisitos, sin los cuales, no se puede formalizar la empresa. ACTOS PRELIMINARES PARA CONSTITUIR UNA SOCIEDAD ¿Qué actividad se desea realizar? OBJETO SOCIAL NOMBRE Las sociedades son Personas Jurídicas; en consecuencia, requieren contar con una denominación o razón social. No debe utilizarse una denominación ya existente o similar. CAPITAL SOCIAL El capital social de la sociedad es el aporte o inversión que efectúan los socios. Puede ser en efectivo o en bienes. Debe establecerse el monto del capital antes de la constitución. SOCIOS Los socios son las personas que constituirán la sociedad o que se integrarán luego de su constitución. Pueden ser fundadores. Simplemente socios. El número mínimo es dos (2). ETAPAS DE LA CONSTITUCIÓN MINUTA DE CONSTITUCIÓN Documento que se redacta por Abogado que establece el pacto social. Incluye: Estatutos Designación de representantes Duración de los cargos
  • 17. ESCRITURA PÚBLICA Documento que realiza un Notario Público en el que se incluye o inserta, la Minuta de Constitución y los Estatutos. Se le conoce también como Testimonio de Constitución. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO El Notario, luego de que la Escritura Pública ha sido suscrita por los socios, elabora los partes y envía a los Registros Públicos para su debida inscripción. REPRESENTANTES LEGALES Son las personas que ejercen la representación de las sociedades. Pueden ser: Accionistas, Socios, Directores, Gerentes o Apoderados. OBTENCIÓN DEL R.U.C. Inscrita la sociedad, se procede a solicitar la inscripción en la SUNAT para la obtención del R.U.C. LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO La Licencia Municipal de Funcionamiento se requiere para que la sociedad pueda funcionar en un determinado local. Puede ser: Provisional Indefinida. LICENCIA PROVISIONAL Requisitos: - Constitución Social - R.U.C. - Certificado de Zonificación y Compatibilidad deUsos. DURACIÓN O VIGENCIA DE LA LICENCIA PROVISIONAL UN AÑO CALENDARIO; ES DECIR, 12 MESES.
  • 18. LICENCIA INDEFINIDA También llamada definitiva. No tiene plazo de vigencia. Requisitos: Constitución Social R.U.C. Certificado Zonificación y Compatibilidad de Usos Plano de Distribución No tiene plazo de vigencia. Requisitos: Constitución Social R.U.C. Certificado Zonificación y Compatibilidad de Usos Plano de Distribución
  • 19. CONCLUSION • Las pequeñas y medianas empresas son un alto porcentaje de las personas totales en todo el mundo y Perú no es la excepción. las pymes dentro del país cubre gran parte de las actividades económicas. nos indican que al momento de crear algún negocio siempre se empieza estructurando de una forma pequeña, para que así se vaya desarrollando con el paso de los años y pueda llegar a formar una gran empresa