Texto coordinado por Ignacio Medina Nuñez publicado en julio de 2006 a través del Centro de Experimentación para el Desarrollo de la Formación Tecnológica (CEDeFT)
Aqui se encuentra mi primer capítulo publicado titulado: "Euskadi, un aliento de esperanza" Marcos Villa
2. 2
INTRODUCCION
PRIMERA PARTE: Concepciones teóricas sobre el desarrollo
1) Ignacio Medina Núñez. Cultura y capital social:
Posibilidades para el combate a la pobreza y la
construcción del desarrollo.
2) Alejandro Sánchez Gómez: El derecho al desarrollo: notas
para su exigibilidad.
3) Alberto Enríquez Villacorta. Retos y perspectivas del
desarrollo local y la descentralizacion en América Latina
4) Alejandro Allera Mercadillo. Cultura y capital social para
el desarrollo.
5) Sonia G. Aguilar Morales: El desarrollo frente a la pobreza
y la desigualdad.
SEGUNDA PARTE: Experiencias y propuestas de desarrollo
local en México
6) Alejandro Castañeda Valdez. Migrantes mexicanos en
Estados Unidos: radiografía de las remesas.
7) Mariana Calderón Mafud: Asistencia social y desarrollo
local en Colima, México
8) Marcos Eduardo Villa Corrales: Euzkadi: un aliento de
esperanza.
9) Ricardo Germán Ruiz González. Derecho humano a un
medio ambiente sano: sobre el proyecto de construcción
de la presa de Arcediano, en Guadalajara, México.
10) Angel Florido Alejo: Tapalpa y Sayula en México: dos
espacios complejos para el desarrollo
11) Juan Ibarra González. La movilidad urbana y el transporte
3. 3
público: ingredientes necesarios para el desarrollo
humano integral en la zona metropolitana de Guadalajara,
México.
12) Mirta M. Villegas Montes, Alberto Arellano Ríos et al. El
municipio de Atoyac, Jalisco: diagnóstico y
potencialidades
13) Blanca Estela Kempis Robles. Integración de las mujeres
indígenas tarahumaras de México en los programas de
salud reproductiva.
TERCERA PARTE: Otras experiencias y propuestas de
desarrollo en América Latina
14) Marcela Pizarro Inostroza. Etnodesarrollo: nuevas formas
de desarrollo en espacios de relación multiétnica.
15) Alberto
Enríquez Villacorta. Abriendo un espacio
centroamericano para la descentralización y el desarrollo
local.
16) María del Rosario Alfaro. Balance de la transición política
en Guatemala: implicaciones en el desarrollo social y
político.
17) David Felipe Maravilla Jones. Financiamiento para la
pequeña y microempresa en Honduras
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INTRODUCCIÓN
El tema de la presente publicación ha surgido a través de fuertes discusiones
sobre el porvenir latinoamericano, las cuales se han expresado frecuentemente
en ambientes de pesimismo y de optimismo. Esta parte del continente,
¿seguirá en el presente y en los próximos siglos condenada al subdesarrollo o,
a pesar de los desastroso de la situación en términos de producción, pobreza y
desigualdad, puede aspirar a un desarrollo integral y sustentable más
equilibrado?
Varios marcos de interpretación nos han condenado, como a Prometeo
encadenado, a una situación permanente de atraso y crisis recurrentes,
aduciendo tanto el poder imperialista del capitalismo de los centros
industrializados del mundo como nuestra propia cultura tan poco emprendedora
y ligada a la corrupción y al rompimiento de las leyes. Otros autores –muy
pocos- vislumbran una etapa halagadora para América Latina durante el
presente siglo XXI
Hay que reconocer que la situación actual de América Latina no es ciertamente
muy optimista. Ni los actuales países que son claros exponentes del modelo
neoliberal como Chile o México, ni alternativas radicales como Cuba, ni
propuestas intermedias con gobiernos progresistas como Brasil o Venezuela se
nos presentan como propuestas claras de desarrollo a nivel de paradigmas
alternativos. Y mientras tanto, hay países como Honduras, Nicaragua o Haití,…
que conservan los índices más bajos en términos macroeconómicos (ingreso
promedio anual por habitante, por ejemplo, de unos 500 dólares
norteamericanos) pero también catalogados en los más bajos índices de
desarrollo humano, según la ONU.
Y, sin embargo, el recorrido por numerosos lugares del paisaje latinoamericano
nos muestra una región que hierve en proyectos locales de desarrollo. En todas
estas experiencias, no ha importado tanto el signo ideológico de los modelos
que se quieran implantar sino, sobre todo, si responden a una pregunta
fundamental: estas actividades y proyectos, ¿son capaces de ayudar a mejorar
el nivel de vida de la población local y su nivel de participación en las
decisiones públicas?
Es importante tomar en cuenta los procesos históricos en donde, frente a
grandes desastres, han surgido alternativas exitosas. Las crisis, se ha dicho,
más que ser ocasión de mayores caídas, se pueden convertir en oportunidades
de crecimiento. De esta manera, por ejemplo, en México, con ocasión del
terrible terremoto ocurrido en la ciudad capital en 1985, se inició un proceso de
mayor participación de grupos organizados de la sociedad civil; también en
Nicaragua y Honduras, después de la terrible tragedia del huracán Mitch en
1998, como una fiebre, se ha extendido el deseo de participación desde lo local
en experiencias municipales.
Las diversas experiencias, entonces, que dieron origen a esta publicación no
quieren cerrar los ojos al terrible peso estructural, desde contextos internos e
5. 5
internacionales, sobre la región latinoamericana, pero son analizadas, sobre
todo, a través de las posibilidades positivas que existen de manera real en las
comunidades, en las localidades, contribuyendo, desde su propia perspectiva,
al mejoramiento de las condiciones de vida.
Sin embargo, la manera como se relatan las experiencias de la presente
publicación no tienen simplemente una intención descriptiva sino que se
insertan en la búsqueda de marcos analíticos explicativos a nivel científico y en
propuestas que buscan alternativas teóricas al modelo neoliberal actualmente
predominante. Esto se da porque los autores en este libro son académicos a
nivel de licenciatura, maestría y doctorado que, junto con la observación de los
datos empíricos de la realidad latinoamericana, pasaron gran tiempo de
reflexión personal y discusión colectiva de sus propios manuscritos,
comprometidos con los intereses de las comunidades de donde provienen.
De manera particular, el programa de la Maestría en Planeación y Desarrollo,
coordinado por el Centro de Experimentación para el Desarrollo de la
Formación Tecnológica (CEDEFT), con sede en la ciudad de Cuernavaca,
México, se convirtió, para varios de los participantes, en un espacio privilegiado
del análisis, puesto que dicho programa tiene estudiantes provenientes de
varios países latinoamericanos y la sede de sus seminarios ha estado tanto en
la misma ciudad de Cuernavaca como en Santiago de Chile, en Alajuela en
Costa Rica, en Estelí en Nicaragua, y en Santa Rosa Copán en Honduras.
De forma semejante, el programa de la Maestría en Política y Gestión Pública
del Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente (ITESO), la
universidad jesuita en la ciudad de Guadalajara, México, también se convirtió
en un marco apropiado para nuestras investigaciones, debido a que varios
participantes lograron expresar en sus manuscritos un análisis académico
sobre varias experiencias de desarrollo con propuestas alternativas ante el mal
funcionamiento de la sociedad. Una colaboración semejante también la tuvimos
de varios estudiantes del programa de maestría en Estudios de la región, de El
Colegio de Jalisco (en Guadalajara, México), y de estudiantes de la licenciatura
en filosofía y ciencias sociales del Departamento de Filosofía y Humanidades
del propio ITESO. Contamos, finalmente, con una aportación especial de la
Fundación Nacional para el Desarrollo (FUNDE) de El Salvador.
Con todo este proceso, aunque los trabajos recopilados tienen su
reconocimiento específico de forma individual o en coautoría, se quiere
expresar una búsqueda colectiva por alternativas de desarrollo en nuestro
continente, que no estarán apareciendo de la nada sino precisamente de las
experiencias de trabajo reales en numerosas comunidades y municipios.
Esta publicación, en lo particular, está dividida en tres partes temáticas.
la primera recoge trabajos relacionados con la discusión teórica. El Dr. Ignacio
Medina Núñez (medina48@yahoo.com), profesor en el ITESO y en la
Universidad de Guadalajara y quien es el coordinador general de la presente
publicación, propone al principio una discusión conceptual en su escrito
“Cultura y capital social: posibilidades para el combate a la pobreza y la
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construcción del desarrollo”. Alejandro Sánchez Gómez (sangomez@iteso.mx),
profesor y estudiante de la Maestría en Política y Gestión Pública del ITESO,
desde su especialidad en derecho, nos plantea la discusión sobre “El derecho
al desarrollo: notas para su exigibilidad”. Por su parte, Alberto Enríquez
Villacorta (enriquez@telesal.net), desde su experiencia en los esfuerzos por el
desarrollo local en Centroamérica, a través de la Fundación Nacional del
Desarrollo (FUNDE) de El Salvador, del cual es Director de Desarrollo
Regional/local, plantea una visión latinoamericana sobre el tema en su
ponencia presentada en la I Cumbre Latinoamericana de Desarrollo Local y
Descentralización del 2003, titulada “Retos y perspectivas del desarrollo local y
la descentralización en América Latina”. Posteriormente, Alejandro Allera
Mercadillo (aallera@jalisco.gob.mx), desde una óptica mixta, al haber
colaborado tanto en el sector privado, académico, y quien ahora se desempeña
como director del Instituto de Fomento al Comercio Exterior del estado de
Jalisco, nos ofrece sus reflexiones sobre la “Cultura y capital social para el
desarrollo”. Finalizando este primer apartado del libro, contamos con Sonia G.
Aguilar Morales (guilleye@aol.com), profesora de la Universidad de
Guadalajara, quien nos propone sus planteamientos sobre el tema de “El
desarrollo frente a la pobreza y la desigualdad”.
La segunda parte del libro está dedicada a mostrar ciertas experiencias y
propuestas de desarrollo local ocurridas en México, iniciando con la radiografía
que hace Alejandro Castañeda Valdez (alejandro.castaneda@mural.com),
estudiante en el Departamento de Filosofía y Humanidades del ITESO, sobre
las remesas en dinero que envían a México los migrantes radicados en
Estados Unidos, preguntándose en qué medida ello contribuye o no al
desarrollo regional: “Migrantes mexicanos en Estados Unidos: radiografía de
las remesas”. Por su parte, Mariana Calderón Mafud (mafud21@yahoo.com),
titulada en el programa de Maestría en Planeación y Desarrollo del Centro de
Experimentación para el Desarrollo de la Formación Tecnológica (CEDEFT),
nos muestra un diagnóstico del actuar de las organizaciones de la sociedad
civil en Colima, México, destacando en particular el caso de una organización
específica: “Asistencia social y desarrollo local en Colima”. Posteriormente,
Marcos Eduardo Villa Corrales (villamarcos@iteso.mx), estudiante del
Departamento de Filosofía y Humanidades del ITESO e investigador en el
Centro de Investigación y Formación Social (CIFS) de esta misma universidad,
resalta una experiencia heroica en el mundo sindical mexicano, al mostrar
cómo sobrevivieron y lograron un triunfo notable los trabajadores sindicalizados
de una compañía hulera trasnacional ubicada en El Salto, Jalisco: “Euzkadi: un
aliento de esperanza”.
En esta misma parte, Ricardo Ruiz González (ricardin@iteso.mx), estudiante
de la Maestría en Política y Gestión Pública del ITESO discute el “Derecho
humano a un medio ambiente sano: sobre el proyecto de construcción de la
presa de Arcediano, en Guadalajara, México”, mostrando cómo se está dando
la discusión pública entre ciudadanía y gobierno sobre el proyecto de
construcción de una presa que tiene el objetivo de abastecer de agua la ciudad.
Por su parte, Angel Florido Alejo (angelf@mac.com), maestro en ciencias
sociales e investigador de la Universidad de Guadalajara en el Departamento
de Estudios Ibéricos y Latinoamericanos, nos presenta la descripción y
7. 7
posibilidades de dos municipios en el sur del Estado de Jalisco, México, en su
trabajo titulado “Tapalpa y Sayula: dos espacios complejos parra el desarrollo”.
Juan Ibarra González (j_ibarra_g@terra.com.mx), por su parte, dirigiendo
proyectos que pretenden mejorar el transporte público en Guadalajara, México,
nos presenta su propuesta de “La movilidad urbana y el transporte público:
ingredientes necesarios para el desarrollo humano integral en la zona
metropolitana de Guadalajara, México”. Enseguida, un grupo de estudiantes de
El Colegio de Jalisco, con abundante trabajo de campo y discusión de
propuestas específicas de desarrollo, a través de Mirta Villegas Montes
(mirtavillegas@yahoo.com) y Alberto Arellano Ríos
(betoarellano14@hotmail.com), quienes ordenaron las diversas partes del
manuscrito, nos describen y presentan las potencialidades de un municipio
específico en el sur del Estado de Jalisco: “El municipio de Atoyac, Jalisco:
diagnóstico y potencialidades”. Finalmente, en esta segunda parte del libro,
Blanca Estela Kempis Robles (ekempis81@hotmail.com), titulada del programa
de Maestría en Planeación y Desarrollo del CEDEFT, como fruto de su propia
experiencia con mujeres de la sierra tarahumara del norte de México, presenta
su trabajo “Integración de las mujeres indígenas tarahumaras de México en los
programas de salud reproductiva”.
Continuando con la dinámica del segundo apartado, la tercera y última parte de
este libro está dedicada a mostrar ciertas experiencias y propuestas de
desarrollo local pero ubicadas en otras regiones de América Latina. Inicia
Marcela Pizarro Inostroza (kallfuray@yahoo.es), estudiante de la Maestría en
Política y Gestión Pública del ITESO, procedente de Chile, quien nos ofrece
una discusión teórica y dos experiencias locales en su trabajo sobre
“Etnodesarrollo: nuevas formas de desarrollo en espacios de relación
multiétnica”. Posteriormente, Alberto Enríquez Villacorta
(enriquez@telesal.net), como responsable de la Coordinación técnica de la
Conferencia Centroamericana por la Descentralización del Estado y el
Desarrollo Local (CONFEDELCA), nos presenta la propuesta del espacio que
coordina, tratando de unir esfuerzos, experiencias y territorios en el área
centroamericana, en su texto titulado: “CONFEDELCA: Abriendo un espacio
centroamericano para la descentralización y el desarrollo local”.
En seguida, María del Rosario Alfaro (rositalfaro@yahoo.com), estudiante de la
Maestría en Política y Gestión Pública del ITESO, nacida en Guatemala,
plantea en su escrito una revisión del escenario histórico en su país desde la
perspectiva del desarrollo; su texto se titula “Balance de la transición política en
Guatemala: implicaciones en el desarrollo social y político”.
Sobre la situación en Honduras, C.A., David Felipe Maravilla Jones
(dmaravillahn@yahoo.com), nacido en Honduras y titulado en la Maestría en
Planeación y Desarrollo del CEDEFT, discute la problemática de las pequeñas
y microempresas, que son la mayoría y que tienen un peso importante en la
economía del país, pero están necesitadas de recursos para su operación y
crecimiento: “Financiamiento para la pequeña y microempresa en Honduras”.
El tema explícito en el título de nuestra publicación ha sido muy ambicioso;
sabemos que no podemos cumplir todas las expectativas del tema general,
8. 8
pero solamente hemos querido ofrecer una pequeña muestra de los múltiples
esfuerzos que se están llevando a cabo en algunas regiones latinoamericanas
por elevar el nivel de vida de la población, desde la perspectiva de las
comunidades y municipios, teniendo en cuenta que uno de los ingredientes
más importantes del desarrollo tendrá que ser el capital social existente y la
participación de las comunidades locales.
Ignacio Medina Núñez
Coordinador de la edición
10. 10
CULTURA Y CAPITAL SOCIAL:
POSIBILIDADES PARA EL COMBATE A LA POBREZA Y LA
CONSTRUCCIÓN DEL DESARROLLO
Ignacio Medina Núñez
Introducción
Queremos centrar la discusión en los conceptos de cultura, identidad y el
capital social, como elementos de un marco teórico, a partir del cual se pueda
elaborar una estrategia más eficaz de combate a la pobreza y construcción de
un desarrollo integral. Partimos de una hipótesis central que consiste en
concebir el fortalecimiento del tejido social como una de las prioridades de la
política social en el combate contra la pobreza y la desigualdad.
¿Pueden la cultura y la identidad ser consideradas alternativas para enfrentar
los desafíos del desarrollo humano en nuestra región latinoamericana? ¿Puede
el capital social latinoamericano ser una estrategia real para superar nuestros
problemas de pobreza? La elaboración de una respuesta afirmativa a estas
preguntas es la hipótesis de este trabajo, entendiendo, primero, que cultura e
identidad pueden aportar elementos fundamentales a nuestros proyectos de
nuevas políticas sociales para combatir la pobreza, y considerando sobre todo
el concepto de “capital social”, que ya es utilizado y aceptado por organismos
internacionales como el Banco Mundial y la propia Organización de Naciones
Unidas (ONU).
Transformación de la cultura
En el Diccionario de Política Cultural (Texeira Coelho, 2000), se apuntan
claramente varias de las maneras de mirar la cultura. Por un lado y atendiendo
al sentido original que le dio Cicerón a este concepto, hay una tendencia a
concebirla como el proceso de cultivo de la mente o del espíritu, en donde una
política cultural puede definirse por la búsqueda del desarrollo espiritual de los
individuos para que se verifique el perfeccionamiento de las relaciones sociales
en su conjunto. Para Cicerón, la cultura significaba el acto de incorporar “un
tesoro de conocimientos trasmitidos por la enseñanza...” “El hombre obtiene
una forma más elevada de identidad social e individual” (Thorn, 1976: 77). Este
es el primer significado: acumulación de conocimientos de la historia que le dan
una identidad a un ser humano a través de la educación cuando otros
ciudadanos no los pueden tener al mismo nivel. Esta primera concepción se
relaciona con el contenido del término “propuesto por Kant, para quien la
finalidad última de la especie humana, por lo tanto, la finalidad de la naturaleza,
es la cultura: escenario de sabiduría suprema” (Texeira Coelho, 2000: 122).
Sin embargo, posteriormente se amplió el concepto de cultura significando el
11. 11
cultivo de la vida en general: “Es la denominación corriente de la medida en
que un pueblo autorregula culturalmente sus formas de vida y con la cual logra
una pecualiaridad que la distingue de otras sociedades” (Thorn; 1976: 77). La
“cultura nos remite a la idea de una forma que caracteriza al modo de vida de
una comunidad en su dimensión global, totalizante” (Texeira Coelho, 2000:
120); estamos diciendo entonces que las comunidades, las sociedades van
respondiendo en formas diferentes a sus propias necesidades o deseos
simbólicos, y por ello hay una red de significaciones que se expresan desde las
artes (literatura, pintura, etc.) hasta el vestido, el comportamiento, las fiestas, el
consumo, la convivencia, etc. Podemos entender la cultura, así, “en el sentido
de un sistema de significaciones relacionado con la representación simbólica
de las condiciones de existencia de una comunidad” (Texeira Coelho 2000:
121). Tal vez esta manera de entender la cultura es la que se ha hecho más
conocida debido a la preferencia que han tenido por ella los antropólogos
desde el siglo XIX, al buscar los rasgos comunes en lo económico, político y
social que podrían definir la vida de unas comunidades frente a otras. Con ello,
cada nación tiene su propia cultura, y dentro de ella se pueden llegar a
encontrar culturas regionales y aun locales y familiares.
Podemos rastrear un tercer concepto de cultura, a partir del período de la
Ilustración en Europa en el siglo XVIII, cuando una serie de personajes “cultos”
-como los que participaron en el proyecto de la Enciclopedia de Diderot y D
´Alembert- le quisieron imprimir a la cultura un fuerza emancipadora, al
imprimirle un contenido al imaginario colectivo del nuevo liberalismo frente al
poder de la religión alienante y contra el pensamiento absolutista. Se acentúa
entonces el aspecto social de la génesis de la cultura al conferirle posibilidades
emancipadoras frente a una situación determinada que se quiere cambiar. No
se puede separar la cultura individual, la sabiduría aprehendida del entorno
social.
“El proceso cultural no puede desligarse del ámbito social dentro del cual se
realiza... La discusión que surge al inicio de la Ilustración sobre las
posibilidades del ser humano de comprenderse como un ser activo y
autónomo, y capaz por tanto de imponerse en la práctica, dominó el desarrollo
ulterior del concepto de cultura” (Thorn, 1976: 78). Se puede decir que el
fenómeno de la Ilustración hizo avanzar el concepto de cultura hacia otros
ámbitos, como lo describe Johan Christoph Adeling, en 1782, de la siguiente
manera: “La cultura abarca el ennoblecimiento o refinamiento de la totalidad de
las fuerzas vitales y espirituales de un ser humano o de todo un pueblo, de
manera que esta palabra englobe tanto la ilustración, el ennoblecimiento del
entendimiento mediante la liberación de prejuicios, como el pulimento, el
ennoblecimiento y el refinamiento de las costumbres” (Thorn, 1976: 82). De
hecho, el concepto adquirió dentro de la Ilustración el tinte de un proyecto
político al enfatizar la cultura de los ciudadanos frente a los Estados
absolutistas, sobre todo en el sentido de que la cultura no podía ser ordenada
simplemente por las autoridades. Se podría decir que “la cultura se convierte
aquí en un concepto-meta, con acento político emancipatorio, que no logra aun
imponerse, si bien se obstina prácticamente en ello! (Thorn, 1976: 82). Kant
pudo decir que la cultura podría poseer un carácter ético normativo, porque se
trataba de la cultura ideal a la que había que aspirar y por la que había que
12. 12
luchar, anticipando desde entonces el tema del imaginario colectivo de una
comunidad, que contrasta con la realidad empírica del presente, pero que se
convierte en fuerza transformadora de la misma realidad.
La cultura se convierte también entonces en un ideal comunitario al que hay
que aspirar a través de las acciones humanas; esta era también la propuesta
de Friedrich Schiller 1759-1805, (en su texto “On the aesthetic education of
man”) debido a que la situación social siempre es un antagonismo de fuerzas
en donde hay aproximaciones culturales insatisfactorias al ideal propuesto. “La
cultura... se encuentra entonces ante la tarea de reconciliar en el hombre
mismo esos poderes mutuamente hostiles, cegadores y disolventes” (Thorn,
1976: 84). Las personas están condicionadas por las fuerzas contradictorias
sociales, pero el intelecto (razón y sentimiento) puede tener una autonomía con
una fuerza autodeterminante para mover a los seres humanos de una situación
a otra; la cultura puede convertirse entonces en un proyecto político y,
específicamente, en nuestro caso, en una estrategia para superar las
condiciones de pobreza.
En este sentido puede interpretarse lo que Carlos Fuentes ha formulado al
decir que “la cultura es la respuesta a los desafíos de la existencia”, dentro de
su libro El Espejo Enterrado, editado en ocasión de la conmemoración de los
500 años del descubrimiento de América, y en donde quiere presentar toda la
riqueza cultural de la que disponemos los latinoamericanos como una especie
de capital colectivo que podemos utilizar para afrontar los grandes problemas
económicos y políticos que padecemos. Este significado se relaciona
directamente con el concepto teórico del “capital social”, que se ha estado
discutiendo en las ciencias sociales durante las últimas décadas,
relacionándolo de manera directa con el tema del desarrollo, y que se
constituye en el hilo conductor de cualquier estrategia de bienestar, dotándolo
de una cualidad científica y considerándolo de una gran utilidad para la
definición de políticas públicas.
La complejidad del “capital social”
Robert Putnam ha señalado que el primero que usó el concepto de capital
social fue un supervisor de escuelas rurales en West Virginia, L.J. Hanifan en
1916, quien buscaba la participación activa de la comunidad con el objetivo de
tener escuelas exitosas. Hanifan refería el concepto a la buena voluntad, el
compañerismo, la simpatía, la relación social entre individuos y familias que
hacen una comunidad; el individuo sólo no puede hacer casi nada, pero si entra
en contacto con su vecino y otros vecinos hace una acumulación de capital
social, lo cual le satisface sus necesidades sociales pero también con una
carga potencial para mejorar las condiciones de vida de toda la comunidad;
ésta se beneficia de la cooperación de todas sus partes mientras que el
individuo encuentra todas las ventajas de la relación social de sus vecinos. Sin
embargo, nadie retomó el concepto en ese tiempo y desapareció hasta ser
retomado en la segunda mitad del siglo XX.
El concepto actual tiene sus antecedentes en los trabajos antropológicos de
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Raymond Firth (1961), George Foster (1961), Marcel Mauss (1966), Larissa de
Lommitz (1975), Lourdes Arispe (1979), y también en la urbanista Jane Jacobs
y el economista Glenn Loury... quienes señalaron formas de sobrevivencia de
grupos sociales a través de redes de reciprocidad, asistencia e intercambio,
formas particulares de organización local que tienen lugar en numerosos
ámbitos de la vida social, y que operan con base en la confianza y solidaridad
de los grupos sociales. Pero el uso del concepto de capital social se profundizó
y amplió de manera notable en las últimas dos décadas del siglo XX, en donde
encontramos a Pierre Bourdieu como uno de los principales creadores de su
contenido.
Se trata de un recurso fundamentado en ciertas relaciones sociales de grupo,
comúnmente aceptadas a través de un reconocimiento implícito y que
producen una red facilitadora de acciones más o menos permanente en el
funcionamiento de la comunidad. Dicha red cultural se convierte en elemento
productivo en la medida en que sin ella no se podrían realizar acciones de
sobrevivencia del grupo o simplemente no conseguirían determinados fines
económicos y políticos. El capital social puede ser individual en el sentido de
que un individuo tiene el know how para poder desenvolverse y adquirir
numerosos recursos en el ambiente específico de una comunidad o también
puede ser colectivo en la medida de que determinados grupos se encuentren
organizados para conseguir sus objetivos colectivos a través de dichas redes
de solidaridad y reciprocidad. Es decir, con este capital –que no se aprende en
la educación formal sino que es fruto de la historia particular de un individuo o
grupo- se puede mejorar la efectividad privada pero también se constituye en
un bien colectivo.
Bourdieu, a partir de la publicación de su artículo The Forms of capital en 1983,
identificó con más precisión tres formas del capital: la económica, la cultural y
la social, dándole una gran importancia a las dos últimas debido a que en la
sociedad no todo puede medirse de manera inmediata por la ganancia empírica
de dinero. Bourdieu define el capital social como "el agregado de los recursos
actuales o potenciales que están ligados a la posesión de una red durable de
relaciones más o menos institucionalizadas de mutuo reconocimiento”
(Bourdieu, 1986: 248), y esto puede ser de un individuo, de una familia o de un
grupo interconectado. El capital social, entonces, puede estar empotrado en el
individuo (y llega a ser su habitus); puede estar plasmado en bienes culturales
del grupo (libros, textos, pinturas, instrumentos,...), y también puede llegar a
estar institucionalizado con credenciales académicas reconocidas por la
comunidad. Con Bourdieu, entonces, se expande la noción de capital, desde lo
económico (la perspectiva tradicional de Marx) hasta lo no económico (lo
político, lo cultural, lo social) en el intercambio de bienes inmateriales,
utilizando también el término de capital simbólico. Los tres niveles pueden ser
objeto de múltiples intercambios, aunque en los dos últimos no haya siempre
transacciones minuciosamente contabilizadas.
Otro autor que intentó definir explícitamente este concepto fue el sociólogo
James S. Coleman (1990), quien se refirió con ello a los recursos culturales de
un individuo o grupo, sin los cuales no se lograba la supervivencia o la
consecusión de determinados objetivos; se trata de la integración social de un
14. 14
individuo o grupo que a través de sus contactos sociales genera
comportamientos que son reconocidos, para poder realizar determinadas
acciones que luego exigen también reciprocidad. En el caso del capital social
de un grupo, hay que tener en cuenta que se comparten intereses comunes en
algún grado y también valores sociales. Para “Coleman, el capital social se
presenta tanto en el plano individual como en el colectivo. En el primero tiene
que ver con el grado de integración social de un individuo, su red de contactos
sociales, implica relaciones, expectativas de reciprocidad, comportamientos
confiables. Mejora la efectividad privada. pero también es un bien colectivo. Por
ejemplo, si todos en un vecindario siguen normas tácitas de cuidar por el otro y
de no-agresión, los niños podrán caminar a la escuela con seguridad, y el
capital social estará produciendo orden público” (Kliksberg, 2000: 9).
“Tanto Bordieu como Coleman se refieren al capital social como un atributo de
grupos sociales, colectividades y comunidades, teniendo en cuenta que el rol
de las instituciones sociales en su creación es importante. Por ello, puede
decirse que ambos autores son los que expresaron por vez primera –y de
forma relativamente detallada y completa- el concepto de capital social; pues
los trabajos antropológicos que les antecedieron si bien aportaron elementos
para la construcción del concepto, no lo introdujeron en los términos
actualmente conocidos” (Mota Díaz, 2002: 42)
Sin embargo, también es necesario reconocer el importante aporte de Robert
Putnam en esta discusión, particularmente cuando se liga el tema del capital
social con la problemática del desarrollo. El ofrece la siguiente definición: se
trata de los “rasgos de la organización social, tales como las redes, las normas
y la confianza, que facilitan la acción y la cooperación para el mutuo beneficio...
Trabajar juntos es más fácil en una comunidad bendecida con una derrama
sustancial de capital social” (Putnam, 1993: 67). Existe en esta concepción un
cierto grado de confianza entre los grupos sociales que puede transitar desde
los ámbitos locales hasta el nivel nacional, en donde las redes entre los
ciudadanos posibilitan el logro de numerosos objetivos a través de la
participación constante. De manera preocupante, Putnam, al analizar la
sociedad estadounidense, observa un cierto colapso en el capital social de esa
nación (desintegración de las redes familiares, de amigos, de vecinos y de las
estructuras democráticas), que encuentra muy preocupante hacia el futuro. De
hecho, su libro “Bowling alone” (Putnam, 2000) quiere presentar una lucha
determinante en el ámbito cultural cuando ofrece de hecho la alternativa de
revivir dicho capital como una de las salidas al colapso de la civilización
norteamericana; las claves de la alternativa para la sociedad estarán en la
participación civil, política y religiosa de los ciudadanos, en la red de
conexiones formales e informales en el lugar de trabajo, en el altruismo, en la
filantropía, en la reciprocidad, la honestidad y la confianza entre los miembros
de las comunidades. El énfasis fundamental se encuentra en la afirmación de
que los lazos sociales en la comunidad son el indicador más importante para
un desarrollo humano.
Esto nos lleva también a la tesis de Kliksberg, para quien el capital social y la
cultura son las claves olvidadas del desarrollo, despegándose del pensamiento
económico tradicional en donde el principal indicador se encontraba en el
15. 15
crecimiento económico de una nación y en la disposición de recursos
materiales de los individuos. En la cultura, encontramos una serie de valores,
costumbres, ideas,... que forman la identidad de los grupos sociales, lo cual se
convierte en el factor decisivo del capital social. Se trata de ver cómo “diversos
componentes no visibles del funcionamiento cotidiano de una sociedad, que
tienen que ver con la situación de su tejido social básico inciden
silenciosamente en las posibilidades de crecimiento y desarrollo” (Kliksberg,
2000: 6). Dichos componentes pueden ser la cooperación, la confianza, la
etnicidad, la identidad, la amistad, etc. dentro de diversos grupos sociales, los
cuales devienen no solamente elementos adicionales a considerar en el
modelo de desarrollo sino que se convierten en determinantes respecto de las
metas finales.
Estamos concluyendo entonces que el capital social y la cultura se han
convertido en un factor fundamental en el debate sobre el desarrollo. “Las
personas, las familias, los grupos, son capital social y cultura por esencia. Son
portadores de actitudes de cooperación, valores, tradiciones, visiones de la
realidad, que son su identidad misma. Si ello es ignorado, salteado,
deteriorado, se inutilizarán importantes capacidades aplicables al desarrollo, y
se desatarán poderosas resistencias. Si, por el contrario, se reconoce, explora,
valora y potencia su aporte, puede ser muy relevante y propiciar círculos
virtuosos con las otras dimensiones del desarrollo” (Kliksberg, 2000: 8).
De hecho, el Banco Mundial ha incorporado explícitamente el concepto cuando
habla de las formas reconocidas de capital: existe primero el capital natural,
que son los recursos materiales de un país; existe el capital construido, que es
el generado o construido por los seres humanos al producirse la infraestructura
y el comercio; existe el capital humano, que está determinado por los niveles
de nutrición, salud y educación de una población específica; y se encuentra
también el capital social concebido como las formas de asociabilidad y
comportamiento propias de una comunidad. Sobre este último, se ha admitido
su potencial tanto para evitar posibles conflictos como para la consecusión de
objetivos ligados al desarrollo de una región. Por su parte, Adela Cortina, en
una conferencia en la ciudad de Puebla, México, el 8 de octubre de 2003,
retomaba esta misma clasificación de cuatro categorías de capital, enfatizando
el papel fundamental del social en el mundo contemporáneo a nivel de la
confianza, el comportamiento cívico, las redes asociativas, los valores, etc. con
el objeto de construir “una anticipación contrafáctica” del proyecto que
queremos para el mundo.
Lo que hay que tener en cuenta en una perspectiva cronológica es que el
capital social puede ser reducido, destruido, fortalecido o ampliado, y con ello
es necesario plantear estrategias para su cuidado y evolución. De alguna
manera, las preguntas fundamentales de Putnam sobre el capital social de
Norteamérica son muy preocupantes porque se refieren a un proceso de
declinación y deterioro: ¿por qué está declinando el capital social? ¿Por qué en
las últimas dos o tres décadas se puede advertir una disminución del
comportamiento solidario de los norteamericanos y de su sentido grupal de
conectividad? ¿Por qué los norteamericanos han disminuido la socialización
con sus vecinos? Con ello, si aplicamos el concepto a cualquier otra
16. 16
comunidad, tendríamos que hacer una análisis del contexto histórico de una
identidad comunitaria que tiene raíces en su propia historia, que se ha ido
modificando con el tiempo (positiva o negativamente), y sobre la cual se puede
plantear un imaginario colectivo a futuro a partir de una lucha ideológico-
cultural.
Conceptualmente habría que admitir que el capital social, entendido a la
manera de Putnam (cualidades históricas individuales o grupales que se
expresan en redes sociales y normas de reciprocidad y confianza), no siempre
puede ser mirado de manera positiva, debido a que su uso puede ser
aprovechado no solamente para el desarrollo de una comunidad sino para el
interés particular de individuos y grupos. Es decir, en la práctica, existen redes
sociales de confianza y reciprocidad que son aprovechadas por grupos
dedicados a la delincuencia, corrupción o el narcotráfico, actividades que a su
vez minan las tendencias del desarrollo. La actividad de numerosas mafias en
diversos países se basan fundamentalmente en estos tipos de redes, en las
cuales son precisamente su capital social lo que les otorga efectividad a sus
acciones. Entonces, como cualquier forma de capital, el social también puede
tener un uso antisocial y anticomunitario, que es precisamente a lo que ser
refiere el mismo Putnam al hablar de “the dark side of the social capital”
(Putnam, 2000: chapter 22), y que en gran manera ha sido ocasión para
criticarle su optimismo sobre la posible contribución al desarrollo puesto que
también tiene su parte negativa y además puede ser un elemento de control
social (Cfr. Putzel, 1997; Portes, 1996) por parte de nuevos grupos dirigentes.
Identidades en movimiento
Interrogado sobre su creencia acerca de una identidad latinoamericana al
comienzo del siglo XXI, Gilberto Giménez respondió en la ciudad de Puebla,
México, el 7 de octubre del 2003, que tal identidad no existía, que tal concepto
estaba tan diluido que lo que importaba en ese momento era más bien buscar
la fortaleza de las identidades regionales en toda la riqueza de su diversidad.
Por otro lado, Néstor García Canclini en su reciente libro con el título
“Latinoamericanos buscando lugar en este siglo” (García Canclini, 2003)
comienza afirmando que “al explorar posibles rasgos comunes entre estos
países, sobresalen las divergencias” (Idem:11). Y lo reafirma en otros espacios
de su mismo publicación: “aun cuando unos y otros estén en el mismo avión,
las cortinas son más rotundas que las afinidades” (Idem: 24), concluyendo que
“esta multidiversidad, más compleja, exige hablar de otro modo sobre lo que
puede agruparnos” (idem: 25). Podemos citar un tercer ejemplo con la posición
de Alain Touraine, quien, en una entrevista en la ciudad de Guadalajara, en
junio del 2004, afirmó: “América Latina como tal no existe, porque tiene un gran
déficit de actores sociales”, refiriéndose a que estamos ante un espacio
geográfico pero con carencia de movimientos sociales que apunten hacia un
proyecto regional en el mundo.
Estos autores pueden tener razón cuando llaman la atención sobre la falsa
pretensión de una homogeneidad al hablar de la identidad latinoamericana y
cuando experimentamos que la fortaleza de nuestra cultura no ha sido capaz
de producir un nivel aceptable de desarrollo para las mayorías de la población y
17. 17
mucho menos un proyecto hacia el futuro. Sin embargo, todos corren el riesgo
de poner en duda un capital social existente en nuestra región y que puede ser
considerado también en el momento presente, como dice Bernardo Kliksberg,
una de las claves olvidadas del desarrollo.
Ciertamente hay que rescatar que tanto Giménez como García Canclini y Alain
Touraine siguen teniendo una profunda mirada apasionada sobre lo que puede
significar ese espacio geográfico común en donde se aglutinan tantas
diversidades: la América Latina. Se preguntan también, aunque con cierto
pesimismo, por un proyecto en el futuro en donde no sea lo negativo (envueltos
en la pobreza, en la deuda, en la migración, etc.) lo que nos defina sino la
realidad de un proyecto que en este momento solamente podríamos anticipar.
Sin embargo, todos ellos necesitan ciertamente ser diferenciados, por ejemplo,
de la posición extremista de Guillermo Cabrera Infante, para quien el nombre
de Latinoamérica representa un ridículo extraordinario debido a que no hay
nada en común entre cubanos y mexicanos, entre venezolanos y chilenos, etc.
(Cabrera, en Marras 1992:69); podría caber en esta misma línea la posición de
Juan Carlos Onetti, quien asegura que el nombre de América Latina no pasa de
ser una simple cuestión geográfica pero que no refleja ningún tipo de identidad
ni proyecto.
En contraste, hay que mencionar a un gran número de pensadores, para
quienes el nombre mismo refleja una honda tradición histórica, una expresión
de rasgos comunes y la posibilidad de un proyecto propio. Así, por ejemplo,
Mario Vargas Llosa habla de América Latina como un nombre que “responde a
una realidad de tipo histórico, de tipo cultural, de tipo geográfico, una realidad
muy compleja, muy diversa, la de un mosaico en el que la diversidad es tan
importante como el común denominador" (Vargas Llosa, en Marras, 1992:99).
Octavio Paz señaló también algo parecido: América Latina es “una sociedad de
sociedades en un territorio enorme rodeado de otras sociedades, todas en
movimiento. Una sociedad es una cultura: un conjunto de individuos, cosas,
instituciones, ideas, tradiciones e imágenes. Una realidad sui generis, pues no
es enteramente material ni ideal. América Latina es una cultura” (Paz en
Marras, 1992:467-8).
Se nos presentan entonces una serie de problemas conceptuales muy
complejos cuando queremos abordar la cultura y la identidad de Latinoamérica,
y mucho más cuando queremos relacionarlos con la situación de subdesarrollo
que corroe nuestra historia desde que nacimos en el siglo XIX como naciones
independientes pero aceptando la conveniencia de llamarnos todos
latinoamericanos, tal como empezaron a utilizar el concepto José María Torres
Caicedo y Eugenio María de Hostos en el siglo XIX. La gran heterogeneidad de
nuestra región, las aspiraciones por la unidad y la integración, y la persistencia
de condiciones deplorables en gran parte de nuestra población atravesaron
todo el siglo XX y han cobrado mucha fuerza en el tránsito al siglo XXI.
Al principio anotábamos el debate todavía existente sobre la identidad
latinoamericana en donde Gilberto Giménez y Néstor García Canclini
desconfían actualmente mucho del concepto señalando que lo que existe es
más bien un espacio geográfico donde coexisten numerosas identidades. Pero
18. 18
el temor de que al hablar de identidad común se quiere homogeneizar un
mundo diverso es exagerado; simplemente hay que recordar el trabajo de
Sergio Marras (1992), quien realizó numerosas entrevistas cualitativas a
literatos (Carlos Fuentes, Mario Vargas Llosa, Adolfo Bioy Cásares, René
Depestre, Arturo Uslar Pietri...), los cuales mayoritariamente reconocían que
América Latina como concepto, a pesar de ser un invento francés, ya se había
convertido en la historia del siglo XIX y XX en una marca registrada para
nuestra región. En la literatura, por lo menos, podemos comenzar diciendo que
existe empíricamente un reconocimiento interno y externo sobre la identidad
latinoamericana. Si acudimos al mundo de la política y la economía, también es
evidente que partimos de la definición de un conjunto de pueblos que es
reconocido con ese nombre, y por ello hay caracterizaciones entre los
gobiernos para designar delegados oficiales de y para la región; hay
encuentros oficiales, por ejemplo, entre Europa y América Latina; hay
indicadores económicos periódicos de la ONU a través de la CEPAL para toda
la región. Específicamente en el mundo académico existen numerosos centros
de estudios latinoamericanos tanto en América como en Europa;
particularmente dentro de los Estados Unidos se pueden encontrar vinculados
con las universidades unos 700 centros dedicados a analizar la problemática
económica, política y cultural de esta parte de América. En este sentido,
estamos hablando ciertamente de un espacio geográfico donde conviven
muchas identidades regionales y locales, reconociendo una identidad común a
partir de la conquista española, a partir de un lenguaje predominante en la
mayoría de los países, a partir de rasgos culturales.
Si reconocemos la identidad como la expresión (con rasgos subjetivos y
objetivos) de una cultura común, indiscutiblemente tenemos que partir de que
lo latinoamericano existe; ello no quiere decir que la cultura es homogénea ni
que desaparezcan las diferencias locales y regionales, ni que Latinoamérica
esté reducida exclusivamente al espacio geográfico, porque el concepto ya
desborda las fronteras de nuestros países.
Gilberto Giménez, a pesar de que reconoce lo delicado del concepto de
identidad en las ciencias sociales y de su uso políticamente peligroso debido a
los nacionalismos fundamentalistas, afirma que “pese a todo, sigue siendo una
noción imprescindible en las ciencias sociales, no sólo porque ha venido a
potenciar la teoría del actor, de la acción social y, particularmente, de la acción
comunicativa, sino también porque permite recuperar, un poco por la puerta
trasera, la noción de cultura” (Giménez, 2000: 28). Con esta aclaración,
propone una definición que podemos compartir: “entiendo aquí por identidad el
conjunto de repertorios culturales interiorizados (representaciones, valores,
símbolos...) a través de los cuales los actores sociales (individuales o
colectivos) demarcan simbólicamente sus fronteras y se distinguen de los
demás actores en una situación determinada, todo ello en contextos
históricamente específicos y socialmente estructurados” (Idem: 28).
Estos repertorios culturales –es importante remarcarlo- pueden darse a nivel
local, regional, nacional o trasnacional, y el hecho de poseer uno más amplio
no necesariamente significa homogeneizar o desaparecer las diferencias al
interior. Se trata de un sentido de pertenencia colectiva a una comunidad
19. 19
imaginada en donde lo latinoamericano no impide que sea chileno o mexicano,
en donde lo mexicano no impide que sea jaliciense o zacatecano, en donde lo
jaliciense no impide que sea tapatío o costeño, etc. Bajo esta perspectiva,
pueden perfectamente convivir diferentes identidades, y en nuestro caso
particular, la pregunta particular sería sobre la importancia que reviste lo
latinoamericano dentro de la gran diversidad de países, regiones y localidades.
¿Tenemos entonces todavía un repertorio simbólico-cultural como capital social
que nos pueda impulsar a superar las situaciones de subdesarrollo que
experimentamos? Nuestra respuesta es afirmativa. Porque estamos hablando
de una historia común que nos brinda un enorme capital social para la
construcción de un proyecto histórico propio. Una estrategia adecuada sería
fortalecerlo.
Dentro del proceso de nuestras sociedades, también podemos partir de que
“las identidades son inevitables y concomitantes a la misma existencia del ser
humano” (Valenzuela, 2000:17), y parten de las prácticas de la vida diaria en
donde se entremezcla la familia, el lugar de vivienda, el lugar de trabajo, las
condiciones históricas del lugar, el acceso a los medios de comunicación, etc.
Los grupos sociales en una urbe están delimitados por sus identidades
grupales que les ayudan en la supervivencia y en el enfrentamiento con otros
grupos sociales. Pero también hay que enfatizar que las identidades varían en
la historia de un individuo o de un grupo; no son monolíticas; el tiempo puede
llevar a olvidar los antiguos repertorios culturales y a familiarizarse y asimilar
otros para devenir en otro tipo de personalidades. Por ello, es posible construir
un abanico de posibilidades en identidades imaginarias, que se pueden
convertir en pactos simbólicos del individuo o grupo para que, a través de una
práctica social, se elaboren y articulen proyectos culturales y políticos. “De la
manga mágica de las identidades colectivas han nacido grupos, etnias,
nacionalidades, Estados-nación, movimientos sociales, culturas alternativas,
etc.” (Valenzuela, 2000: 18).
El imaginario colectivo, entonces, puede ser capaz de construir un nuevo tipo
de sociedad, porque produce un compromiso de lucha: “Esta idea nos vuelve a
ubicar en el campo de la prefiguración y en la posibilidad de imaginar proyectos
alternativos de sociedad. El compromiso es un proyecto de vida; se apuesta en
el presente a la posibilidad de construir un futuro imaginado: una nueva
realidad” (Cfr. Fronçois Dubet, citado en Valenzuela, 2000:19).
Finalmente tenemos que enfatizar el sentido que le damos a la identidad como
algo colectivo. Es cierto que el tratamiento de este concepto puede ser
individual, pero su vinculación con el capital social solamente lo encontramos
cuando hablamos de identidades de grupo, con redes formales e informales
basadas sobre todo en la confianza.
Las alternativas para América Latina
Hablando sobre los escenarios posibles para nuestra región, cuando Néstor
García Canclini habla de los latinoamericanos que buscan lugar en este siglo,
no es optimista al respecto: señala que la situación actual es casi explosiva. Y
es que ello coincide con diversos diagnósticos en donde América Latina está
20. 20
claramente calificada como una situación en riesgo (Cfr. Kliksberg Bernardo,
2002). Somos alrededor de 540 millones de latinoamericanos en donde unos
220 millones sobreviven con menos de dos dólares diarios, en donde el
promedio de años estudiados es solamente de 5.2, en donde la deuda externa
global de la región sobrepasa los 700 mil millones de dólares. Incluso la
segunda Cumbre de las Américas realizada en Santiago de Chile en 1998 y
convocada por los Estados Unidos y una declaración final aprobada por todos
los jefes de gobierno estableció que “superar la pobreza continúa siendo el
mayor desafío confrontado por nuestro Hemisferio”. Bernardo Kliksberg,
hablando de América Latina como una situación en riesgo afirma: “Hay
disensiones metodológicas significativas sobre cómo medir la pobreza. Sin
embargo, la mayor parte de las fuentes internacionales coinciden en una
constatación básica respecto a la región: la pobreza ha crecido
considerablemente en ella en las dos últimas décadas” (Kliksberg, 2002).
Lo que no sabemos es cuáles son las estrategias efectivas para combatir este
gran problema que atañe sobre todo a África, a América Latina, a numerosos
países de Asia e incluso a diversas regiones dentro de los mismos países del
primer mundo. Una constatación, como resultado del largo estudio del Banco
Mundial realizado en la década de los 90s y coordinado por Deepa Nerayan, es
que la políticas sociales de los Estados han sido ineficaces para sacar a los
pobres de su condición tan vulnerable, a pesar de que se dedican inmensos
recursos para combatir la pobreza; ni siquiera las actividades de las numerosas
organizaciones de la sociedad civil han sido eficaces por la gran
heterogeneidad de objetivos que tienen y lo limitado de su accionar.
Sin embargo, se pueden resaltar dos conclusiones de este estudio del Banco
Mundial realizado en más de 50 países del planeta y a partir de entrevistas y
discusiones con más de 40 mil mujeres y hombres en situación de pobreza. La
primera de ellas se refiere a la construcción de una nueva relación entre la
sociedad y el gobierno en donde cualquier estrategia debe partir de las
realidades de las personas pobres: sus propios diagnósticos y, especialmente,
con un enfoque de género; la segunda se refiere al tema de nuestra hipótesis,
en donde la línea principal de acción debe ser la inversión en la capacidad de
organización de los pobres, es decir en el fortalecimiento del capital social de
las comunidades, a través de una cultura de asociación.
Reconociendo que la pobreza es un fenómeno multidimensional y multifacético,
y sabiendo que para atacarlo pueden existir diferentes estrategias de abordaje,
el énfasis en la cultura, en la identidad y en el fortalecimiento del tejido social
no pueden ser vistos como una panacea pero sí cómo una línea de acción
prioritaria, en el entendido que la población en pobreza no debe ser
considerada como un objeto de ayuda sino como un sujeto de transformación.
En este sentido, el mismo Néstor García Canclini afirma que “explorar la
potencialidad conjunta de nuestras prácticas culturales puede ayudarnos a
imaginar otro modo de globalizarnos” (García C., 2002: 106). Sin embargo,
también añade: “No se trata de creer que vamos a salvarnos por la cultura. Es
preciso escribir esta palabra –lo mismo que latinoamericano- con modestas
minúsculas” (Idem, 2002: 107). García Canclini quiere ser realista al hablar de
la cultura como una de las diversas estrategias que pueden fortificar nuestro
21. 21
capital natural, acrecentar el capital adquirido, elevar nuestro capital humano y
sobre todo el capital social, pero a éste último no se le puede desdeñar toda la
potencialidad que tiene para el desarrollo de los pueblos y que frecuentemente
olvidamos.
Como dice Edgar Morin: “La cultura es, en suma, lo que ayuda al espíritu a
contextualizar, globalizar y anticipar” (Morin, 1995: 47); ello podría ser, en otras
palabras, la posibilidad de nunca aceptar como un hecho dado la realidad
empírica que estamos experimentando, y por tanto la necesidad de
imaginarnos, más allá de las protestas comunes contra los efectos del
neoliberalismo, las mejores propuestas de salida en proyectos específicos que
mejoren los índices del desarrollo humano de la población. Nuestra conclusión
final enfatiza la misma estrategia de Amartya Sen cuando habla no solamente
de dar y transferir “cosas” a los pobres sino del fortalecimiento de sus
capacidades como sujetos en mejores posibilidades de tomar sus propias
decisiones con mayor libertad; en este ámbito es donde debe incidir la política
social de los gobiernos y de la sociedad civil.
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El Derecho al Desarrollo: notas para su exigibilidad
Alejandro Sánchez Gómez
24. 24
“Deben adoptarse medidas para asegurar el
pleno ejercicio y la consolidación progresiva
del derecho al desarrollo, inclusive la
formulación, adopción y aplicación de medidas
políticas, legislativas y de otra índole en el
plano nacional e internacional”. 1
[Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, art.10]
Introducción
El tema de los derechos humanos es de alta complejidad por los elementos
ideológicos, culturales y normativos que lo conforman2. Esta complejidad
aumenta cuando la Organización de Naciones Unidas (ONU) en 1986
reconoció y le atribuyó el estatus de derecho humano al Desarrollo “en virtud
del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para participar
en un desarrollo económico, social, cultural y político en el que puedan
realizarse plenamente todos los derechos humanos y libertades fundamentales,
a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar del él3”.
Uno de los problemas más graves en nuestros países de Latinoamérica es que,
por un lado, se RECONOCE en las distintas Constituciones un catálogo de
derechos fundamentales; sin embargo, por otro lado, no hemos dado el paso
práctico para garantizar su CUMPLIMIENTO de manera efectiva, haciéndolos
exigibles y justiciables.
En la tradición constitucional se habla de “derechos sociales”, y en la tradición
del derecho internacional de los humanos se habla de derechos “económicos,
sociales y culturales”. Para efectos de este trabajo emplearemos
indistintamente las dos expresiones.
No podemos ni debemos concebir de manera aislada El Derecho al Desarrollo;
es imperante una visión integral e interdependiente: “todos los derechos
humanos y las libertades fundamentales son indivisibles e interdependientes;
debe darse igual atención y urgente consideración a la aplicación, promoción y
1
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. Adoptada por la Asamblea General de la
Organización de las Naciones Unidas, mediante Resolución 41/128. Fecha de adopción: 4 de
diciembre de 1986. Art. 10.
2
Herrera Flores, Joaquín. et al. El vuelo de Anteo. Derechos humanos y crítica de la razón
liberal. Desclée de Brouwer. Bilbao. 2000. pp.19-78. El autor sostiene que “los derechos
humanos son un tema de alta complejidad. Por un lado, en ellos se da una confluencia
estrecha entre elementos ideológicos y culturales. Por otro, su naturaleza normativa esta
estrechamente imbricada en la vida concreta de las personas. No podemos comprender de que
estamos hablando sin un análisis que no parta de dicha complejidad teórica y dicho
compromiso humano” (p.19).
3
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. Art.1.1
25. 25
protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales”4.
De lo anterior se despende que al hacer un análisis de la exigibilidad de los
derechos sociales, podremos ver realizado el “derecho al desarrollo y
[garantizar], entre otras cosas, la igualdad de oportunidades para todos en
cuanto al acceso a los recursos básicos, la educación, los servicios de salud,
los alimentos, la vivienda, el empleo y la justa distribución de los ingresos”5.
Es ineludible que la pobreza externa constituye una violación generalizada a
todos los derechos humanos, incluyendo el Derecho al Desarrollo.
1. El Derecho al Desarrollo: su evolución y contenido.
1.1 Evolución
El Derecho al Desarrollo tiene sus primeros antecedentes en al ámbito
universal en instrumentos como la Carta de Naciones Unidas de 1945 (en
particular su artículo 55, incisos a, b y c), la declaración Universal de Derechos
Humanos de 1948 y posteriormente en el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos y el Pacto de Derechos Económicos, sociales y Culturales de
1966.
En 1969, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó la Declaración
sobre Progreso Social y Desarrollo, sentando las bases para tratar de formular
el Derecho al Desarrollo como un verdadero derecho humano6. Posteriormente,
en 1977, la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas buscó la
elaboración de un estudio que permitiera definir las dimensiones
internacionales del derecho al desarrollo, sobre la base de un análisis
estructural que vinculara temas globales como, por ejemplo, las relaciones
económicas internacionales entre países y las violaciones de los derechos
humanos.
Tras un arduo proceso preparatorio, la Asamblea General de Naciones Unidas
proclamó, en el año 1986, la Declaración sobre el Desarrollo, por votación de
146 a favor, uno en contra y 8 abstenciones7. A pesar de que la Declaración no
es vinculante y que, por esa razón, no ha generado obligatoriedad ni instancia
de tipicidad y justiciabilidad internacional, lo cierto es que sirvió para que se
tomaran en años posteriores, medidas y actividades que han contribuido a ir
4
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. Art.6.2
5
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. Art.8.1
6
Resolución de la Asamblea General 2542 (XXIV) de diciembre 11, 1969.
7
Asamblea General, Resolución 41-128 de diciembre 4, 1986. El voto en contra fue de los
Estados Unidos. Las abstenciones fueron de los países escandinavos (con excepción de
Noruega que voto a favor) y también las abstenciones de Alemania, Israel, Japón y el Reino
Unidos. La razón de la oposición de los Estados Unidos y la abstención de los países
industrializados parece encontrarse en los compromisos de cooperación internacional implícitos
en el texto de la Declaración, a pesar de su vaguedad y generalidad de algunos artículos.
26. 26
formulando con mayor profundidad el carácter jurídico del Derecho al
Desarrollo8 .
Desde el año 1981, ya la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas
había establecido el grupo de trabajo de Expertos Gubernamentales en
Derecho al Desarrollo9. Este grupo contribuyó a impulsar la Declaración de
1986 y reuniones de seguimiento de la misma; incluso, en cierta forma, sentó
las bases de trabajo para la Consulta Global sobre Derecho al Desarrollo
de1990 en Ginebra10
Tras la Conferencia Mundial de Derechos Humanos en 1993, se logró el
consenso de incluir el Derecho al Desarrollo en la declaración de Viena y el
Programa de Acción y, con esto, se marcó el momento a partir del cual todos
los Estados –incluso aquellos que no apoyaron inicialmente el concepto-
aceptaran la inclusión del Derecho al Desarrollo como concepto oficial en el
contexto de Naciones Unidas11. A partir de ese momento, se constituyeron dos
grupos de trabajo conformados por expertos: el de 199312, al que se le
asignaba la tarea de identificar un conjunto de medidas tendientes a eliminar
los obstáculos para la instrumentación de la Declaración del Derecho al
Desarrollo, y el de 199613, al cual se le otorgaba el mandato de elaborar una
estrategia para la instrumentación y promoción del Derecho al Desarrollo de
forma integrada y multidimensional, basándose en las conclusiones del Grupo
de Trabajo anterior y en las conclusiones de las Conferencias Mundiales14.
Cabe destacar, asimismo, que, en 1993, con la creación de la Oficina del Alto
Comisionado para los Derechos Humanos, la Asamblea General de Naciones
Unidas otorgó el mandato al Alto Comisionado, entre otras cosas, de guiarse
en su quehacer por un reconocimiento de los derechos humanos como
universales, indivisibles, interdependientes e interrelacionados y la
responsabilidad especial de asegurar el Derecho al Desarrollo15.
Consecuentemente, con esta responsabilidad asignada, la Oficina de la Alta
Comisionada, ha puesto en práctica una estrategia de promoción del derecho
al Desarrollo en América Latina, con especial énfasis en los derechos
económico, sociales y culturales.
8
Para una relación de las actividades desarrolladas entre 1986 y 1993, ver el reporte del Grupo
de Trabajo sobre el Derecho al Desarrollo, Primera sección. Documentos ONU E-
CN.4-1994,21, p.3-5.
9
Resolución de la Comisión de Derechos Humanos Nº 6 (XXXVII), de marzo 11, 1981.
10
Ver documento de Naciones Unidas E-CN.-1990-Rev.1.
11
Ver documento de Naciones Unidas E/CN.4/1994/SR.46, P.8
12
Grupo de Trabajo constituido por resolución de la Comisión de Derechos Humanos de
Naciones Unidas 1993/22 del 4 de marzo de 1993.
13
Grupo de Trabajo Intergubernamental constituido por resolución de la Comisión de Derechos
Humanos de Naciones Unidas 1996/15 de 11 de abril de 1996.
14
La Conferencia Mundial de Derechos Humanos (Viena, 1993), la Conferencia Mundial sobre
Medio Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro, 1992), la Cumbre Mundial para el Desarrollo
Social (Copenhague, 1995) y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer: Acción para la
igualdad, el Desarrollo y la Paz (Beijín, 1995)
15
Resolución de la Asamblea General 48/141 de diciembre 1993.
27. 27
En el plano de Naciones Unidas (sistema universal de protección a los
derechos humanos), el Derecho al Desarrollo viene a rescatar la integralidad e
interdependencia de los derechos humanos –los civiles y políticos y los
económico, sociales y culturales- cuya separación artificial –que respondía más
a una cuestión pedagógica y de método para su enseñanza y comprensión- ha
limitado la realización plana de los principios y propósitos de los derechos
humanos plasmados en la Carta de las Naciones Unidas.
Por otra parte, dentro del sistema interamericano (OEA) de protección a los
derechos humanos, el artículo 26 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) consagra también un elemento
consustancial del Derecho al Desarrollo: los derechos económicos, sociales y
culturales. La implementación de estos derechos quedó destinada a la vigencia
del llamado Protocolo de San Salvador o Protocolo adicional a la Convención
Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, impulsando así su plena vigencia y exigibilidad. Todo
esto constituye un avance definitivo para la promoción del Derecho al
Desarrollo en el Continente Americano.
1.2 Contenido
La Declaración del Derecho al Desarrollo de 1986 establece en su artículo
primero, párrafo primero:
“El derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable, en virtud
del cual todo ser humano y todos los pueblos están facultados para
participar en un desarrollo económico, social, cultural y político en el
que puedan realizarse plenamente todos los derechos humanos y
libertades fundamentales, a contribuir a ese desarrollo y a disfrutar del
él”16.
Con este primer enunciado, se establecen claramente varios aspectos del
contenido del derecho al desarrollo, que se desarrollan a lo largo de la
Declaración, y los cuales son importantes de resaltar:
Primero, que el derecho al desarrollo no engloba únicamente aspectos
económicos y sociales, sino que también proclama el derecho a disfrutar de
desarrollo económico, político, social y cultural. Con esto, se pone el acento en
la naturaleza indivisible e interdependiente de los derechos humanos.
Segundo, la Declaración enfatiza la importancia de la participación. La persona
humana es el sujeto central del desarrollo, como participante y como
beneficiario del mismo. Se resalta asimismo, la participación de la mujer con un
rol activo en el proceso de generación de oportunidades de desarrollo, el
mejoramiento de las condiciones de vida de la población y de los individuos
sobre la base no sólo de su amplia participación en la generación del
desarrollo, sino también en el proceso de distribución equitativa de sus frutos;
se resalta, además, el rol de los Estados de promover la participación popular
como un elemento importante para el desarrollo y realización de los derechos
16
Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. Art.1.1
28. 28
humanos.
Tercero, la Declaración relaciona el derecho al desarrollo con la igualdad de
oportunidades y el concepto de no-discriminación, al establecer el derecho de
todos a participar en la obtención del desarrollo, sus frutos, así como la
igualdad de oportunidades para acceder a la educación, la salud, la
alimentación, la vivienda, empleo y la distribución equitativa del ingreso.
Cuarto, la Declaración establece la relación entre el derecho al desarrollo y el
derecho a la autodeterminación. El derecho al desarrollo es un derecho
humano del individuo y de los pueblos, es decir, los Estados no son sujetos del
derecho al desarrollo, son simplemente sujetos de obligaciones mientras que la
persona humana es el sujeto central, beneficiario y participante del desarrollo.
Por lo anterior, la Declaración establece la obligación de los Estados de
formular políticas públicas y programas para el mejoramiento de las
condiciones de vida de la población y los individuos, y el derecho de los
individuos (autodeterminación-interna) a ejercitar actividades económicas,
sociales y culturales independientemente de las políticas gubernamentales. En
su dimensión externa, la autodeterminación se manifiesta como el derecho de
los individuos y los pueblos a tener independencia y a la no-interferencia por
parte de otros Estados. Este último aspecto tiene gran relevancia con respecto
a un elemento bastante controversial, que es el derecho inalienable de los
pueblos a la soberanía sobre sus riquezas y recursos naturales.
Por último, cabe destacar lo progresivo que es la Declaración de 1986 en
cuanto a establecer no sólo la obligación de los Estados de formular políticas
públicas y programas orientadas hacia el desarrollo de las personas y los
pueblos, sino también la obligación individual y colectiva de los Estados –a
través de la cooperación internacional- de asegurar el ejercicio del derecho al
desarrollo.
El contenido del derecho al desarrollo es realmente muy amplio y hasta general
y un poco vaga la forma de su articulado. Por ello, algunas voces afirman que
es una especie de concepto sombrilla (un concepto semejante al desarrollo
humano sostenible), en la medida en que no se establezcan instancias de
tipicidad y mecanismos de exigibilidad del derecho. Sin embargo, ya sea como
derecho humano, como principio del derecho internacional de los derechos
humanos, o como concepto sombrilla, juega un papel relevante en el proceso
de diseño e instrumentación de políticas y programas para el desarrollo.
Asimismo, tiene gran importancia como concepto jurídico-político en constante
evolución y como marco conceptual orientador en un trabajo que pretende la
realización del derecho al desarrollo.
2. Vinculación entre el Derecho al Desarrollo y los Derechos Económico,
Sociales y Culturales (DESC).
El Derecho al Desarrollo y los derechos sociales están íntimamente ligados, de
tal manera que por ser “derechos humanos [ambos] no se pueden aplazar,
hipotecar, disimular, escamotear, distorsionar, mutilar ni pervertir”.17
17
29. 29
El Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales de 1966
establece lo siguiente:
Estos derechos son el rostro del Derecho al Desarrollo, por lo que es
importante interpretarlos de manera más amplia, ya que su violación trae
aparejada una violación a los derechos civiles y políticos, y por su integralidad
e interdependencia, una violación al Derecho al Desarrollo.
Un ejemplo de esta interdependencia lo encontramos en cómo el derecho a la
salud y la alimentación está profundamente vinculado con el derecho a la vida;
sin ella, no podríamos disfrutar el derecho al trabajo, a la educación, y sin éste
último podríamos ver mermado nuestro derecho a la participación política, y en
definitiva nuestro Derecho al Desarrollo.
Lo anterior nos lleva a establecer que a menor disfrute de los derechos sociales
menor disfrute del Derecho al Desarrollo.
En palabras de Shakespeare:
You take my life when you do take the jeans the jeans whereby I live
(Me quitas la vida, si me quitas los medios por los cuales vivo18.
La Corte Interamericana también se ha pronunciado respecto a la
interdependencia e integralidad de los derechos:
“El derecho a la vida es un derecho humano fundamental, cuyo
goce es un prerrequisito para el disfrute de todos los demás
derechos humanos. De no ser respetado, todos los derechos
carecen de sentido. En razón del carácter fundamental del derecho a
la vida, no son admisibles enfoques restrictivos del mismo. En
esencia, el derecho fundamental a la vida comprende, no sólo el
derecho de todo ser humano de no ser privado de la vida
arbitrariamente, sino también el derecho a que no se le impida el
acceso a las condiciones que le garanticen una existencia digna.
Los Estados tienen la obligación de garantizar la creación de las
condiciones que se requieran para que no se produzcan violaciones de
ese derecho básico y, en particular, el deber de impedir que sus
agentes atenten contra él”19.
En este sentido el derecho internacional de los Derechos Humanos nos ofrece
muchas luces para lograr la exigibilidad de estos derechos.
A este respecto, el Juez Cançado Trindade explica muy claramente la función
Garzón, Baltasar. Un mundo sin miedo. Plaza Janés. España. Febrero 2005. p. 397.
18
Hinkelammert, Franz J. “La inversión de los derechos humanos: el caso de John Locke”. En:
Herrera Flores, Joaquín. et al. El vuelo de Anteo. Derechos humanos y crítica de la razón
liberal. Desclée de Brouwer. Bilbao. 2000.p. 79.
19
Corte IDH. Caso Villagrán Morales y otros (caso de los “niños de la calle”). Sentencia de 19
de noviembre de 1999. Serie C. N’63, párrafo 144. El resaltado es nuestro.
30. 30
del Derecho Internacional, horizonte legítimo que no hay que perder de vista al
exigir el cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales en
nuestro continente:
“El Derecho internacional no se reduce, en absoluto, a un instrumental
al servicio del poder; su destinatario final es el ser humano, debiendo
atender a sus necesidades, entre las cuales está la realización de la
justicia”.20
Así, es posible afirmar que en la medida en que hagamos efectivos y exigibles
los derechos sociales, y por ende el Derecho al Desarrollo, estaremos
contribuyendo al fin último del derecho: la justicia.
Naturalmente, esta concepción tiene que estar relacionada con nuestra noción
de Estado de Derecho y Estado social, entendiéndolos como los espacios
donde los derechos económicos, sociales y culturales juegan un papel
importante, ya que
“El futuro del Estado de derecho, así como el del Estado Social, están
en suma enlazados en el sentido de que la supervivencia de ambos
está ligada no ya a una simplificación, sino a una mayor diferenciación
interna de su estructura jurídico-institucional, que sólo puede provenir
de la fundación de un Estado social de derecho capaz de asegurar: a)
la reducción de los espacios de direccionalidad y de arbitrariedad
desarrollados en forma más o menos oculta en los aparatos
burocráticos, por medio de la programación jurídica y por vía de leyes
generales y abstractas, de formas, contenidos, presupuestos y
criterios vinculantes para toda la actividad estatal b) la conexa
rehabilitación de las funciones legislativas como funciones directivas
centrales y la restitución de las decisiones discrecionales que le son
inherentes a las sedes político-representativas; c) la reactivación de
los controles políticos y legales y, con ese fin, de la transparencia de
los aparatos institucionales de la publicidad, no sólo de los actos sino
también de la actividad administrativa, así como de su impugnabilidad
judicial por parte de los interesados; d) la multiplicación, en suma, y
en muchos casos la institución, de garantías jurídicas de tutela no
sólo de los derechos y de las libertades individuales
tradicionales sino también de los derechos sociales,
desconocidas para el viejo ordenamiento liberal y que se trata de
estabilizar, de generalizar y de tornar exigibles y justiciables
procesalmente”.21
3. Exigibilidad de los DESC: pleno ejercicio del Derecho al Desarrollo.
Antes de entrar de lleno a este apartado, es preciso contextualizar y recordar
que “el neoliberalismo opta por el establecimiento de un Estado mínimo y por la
20
Cançado Trindade, Antonio. Las nuevas necesidades de protección al ser humano en el
inicio del siglo XXI. 3ª edición. Corte Interamericana de Derechos Humanos. Costa Rica.
2004.p. 72
21
Ferrajoli, Luigi. Estado “Social y Estado de Derecho”. En: Abramovich Víctor et al. Derechos
Sociales. Instrucciones de uso. Colección doctrina Jurídica Contemporánea Nº 14.
Distribuciones Fontamara. México. 2003. p. 20. El resaltado es nuestro.
31. 31
desregulación. Para el neoliberalismo, el Estado mínimo deseable sería aquel
que sólo se ocupase de las obras públicas, la defensa exterior y el orden
público y no se entrometiera en la garantía de las libertades y la igualdad”22.
Al respecto, el gran jurista italiano Luigi Ferrajoli es muy claro al confrontar al
neoliberalismo y aseverar que
“el objetivo, en suma, en la fase de crisis del derecho que
atravesamos, es un garantismo de los derechos sociales casi
completamente por fundar, y un garantismo de las libertades
individuales en gran medida por restaurar. Es evidente que una
perspectiva garantista como la aquí delineada es diametralmente
opuesta a la perseguida por las estrategias neoliberales”.23
De lo anterior se desprenden las grandes dificultades para hacer exigibles los
derechos sociales, incluso el reto es mayor al intentar hacerlos justiciables en
los tribunales, por lo que
“Sin perjuicio de los muy reales problemas de ausencia de
independencia, imparcialidad y eficiencia, lo que más falta hace hoy en
América latina es una visión despejada de lo que se necesitará para
hacer de la justicia una realidad para los marginados, los
desfavorecidos y los exclusivos entre nosotros. El verdadero problema
es que mujeres, niños, pueblos indígenas, campesinos sin tierra,
presos y otros sectores similarmente carecientes de nuestras
sociedades simplemente no tienen acceso a la justicia”.24
Si bien, la exigibilidad de los derechos sociales será fundamental para el pleno
ejercicio del Derecho al Desarrollo, nos damos cuenta que estamos muy lejos
de que esto sea una realidad plena en nuestros países de América. El
desprestigio social del tema de los derechos humanos no lo ha permitido.
Carlos Villan Duran es claro al señalar que
“La invocación y aplicación de este sector del Derecho Internacional
[Derecho Internacional de los Derechos Humanos] se hace con
grandes dificultades pues a menudo pasa desapercibido a los jueces y
otros profesionistas del derecho nacionales, así como a las propias
organizaciones no gubernamentales (ONGs) nacionales en materia de
Derechos Humanos”.25
22
Prado Galán, Javier. Salomón en la encrucijada. Calima Ediciones. Madrid. Marzo 2005. p.
109.
23
Ferrajoli, Luigi. Estado “Social y Estado de Derecho”.p. 21
24
Méndez, Juan E. “Reforma Institucional. El acceso a la justicia. Una introducción.” En:
Méndez, Juan E. et al. La (in)efectividad de la ley y la exclusión en American Latina. Serie
Latinoamérica Nº 9 .Buenos Aires. Paidós. 2002. p. 226.
25
Villan Duran, Carlos. “La protección internacional de los derechos humanos en el sistema de
las Naciones Unidas y de sus organismos especializados”. En: Los instrumentos de protección
regional e internacional de los derechos humanos. Programa México-Comisión Europea.
Secretaría de Relaciones Exteriores. México. p. 30.
32. 32
Autores como Héctor Rodríguez Espinoza expresan abiertamente estos
obstáculos para concebir el Derecho al Desarrollo como derecho humano,
donde la cultura y formación jurídica en los abogados tiene un peso importante;
al respecto, señala que
“como practicantes de los derechos humanos en nuestros países,
debemos entender qué significa el Derecho al desarrollo. Es muy
difícil para muchos de nosotros, porque somos abogados. Analizamos
los derechos humanos en términos de los derechos políticos y civiles.
Pero en Australia, por ejemplo, las violaciones más serias en derechos
humanos son a los derechos económicos y sociales”.26
Incluso, es evidente que esta formación jurídica no ha ayudado a buscar
alternativas para la exigibilidad de los derechos sociales
“porque como abogados del occidente hemos cometido un error al
asumir que hablar de derechos humanos es hablar de los civiles y
políticos y que no es tan importante considerar los derechos sociales y
económicos de estos grupos vulnerables”.27
A pesar de lo anterior, a nivel internacional nos encontramos con algunos
casos que pretenden llegar a la exigibilidad de los derechos sociales, y que son
un testimonio de que sí es posible hacerlos efectivos.
La posibilidad de analizar algunos casos que se han ventilado en los órganos
internacionales de protección a los derechos humanos, nos brindan opciones
de cumplimiento y de exigibilidad en el ámbito local en cualquiera de los
órganos internos del Estado, ya que
“El Derecho Internacional y el Derecho interno […] se muestran
efectivamente en constante interacción, debiendo formar un todo
armónico, en la realización del propósito convergente y común de
asegurar y fortalecer la salvaguardia de los derechos del ser humano.
El cumplimiento de todas las obligaciones internacionales de
protección requieren el concurso de los órganos internos de los
Estados, llamados que son a aplicar las normas internacionales de
protección. Con esa interacción, el propio derecho se enriquece –y se
justifica- en la medida en que cumple su misión de hacer justicia”.28
26
Rodríguez Espinoza, Héctor. “El derecho al desarrollo”. En: Méndez Silva Ricardo. Derecho
Internacional de los Derechos Humanos. Memoria del VII Congreso Iberoamericano de
Derecho Constitucional. Jurídicas UNAM. Serie Doctrina Jurídica, Nº 98. México. 2002. p. 530
27
Rodríguez Espinoza, p.532.
28
Cançado Trindade, Antonio. “Las cláusulas pétreas de la protección internacional del ser
humano: el acceso directo a los individuos a la justicia a nivel internacional y la intangibilidad de
la jurisdicción obligatoria de los tribunales internacionales de Derechos Humanos”. En: El
sistema interamericano de Derechos Humanos en el umbral del siglo XXI. Memoria del
Seminario. Noviembre 1999. Corte Interamericana de Derechos Humanos. Tomo I. 2ª edición.
2003. El resaltado es nuestro.
33. 33
1) CASO ALOEBOETOE Y OTROS VS SURINAME (derecho a la salud y
educación)
En la demanda, la Comisión interamericana solicitaba a la Corte
“Que la Ilustrísima Corte decida que el Estado de Suriname es
responsable de la muerte de los señores Aloeboetoe, Daison;
Aloeboetoe, Dedemanu; Aloeboetoe, Mikuwendje; Amoida,
John; Voola, Richenel, alias Aside [o] Ameikanbuka (encontrado
vivo); Banai, Martin Indisie, y Tiopo, Beri, mientras se
encontraban detenidos, y que dicha muerte es una violación de
los artículos 1(1) (2), 4 (1), 5 (1) (2), 7 (1) (2) (3) y 25 de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos”.29
Es decir, son violaciones a derechos civiles, por la ejecución de Aloeboetoe y
otros al obligarlos a cavar su tumba y después darles muerte. Suriname
reconoce su responsabilidad internacional, allanándose a la demanda.
Sin embargo, en este juicio, la sentencia de reparaciones de la Corte
estableció:
“En la indemnización fijada para los herederos de las víctimas se ha
previsto una suma para que los menores puedan estudiar hasta una
determinada edad. Sin embargo, estos objetivos no se logran sólo
otorgando una indemnización, sino que es preciso también que se
ofrezca a los niños una escuela donde puedan recibir una
enseñanza adecuada y una asistencia médica básica. En el
momento actual, ello no ocurre en varias aldeas saramacas”.
“Los hijos de las víctimas viven, en su mayoría, en Gujaba, donde la
escuela y el dispensario están cerrados. La Corte considera que,
como parte de la indemnización, Suriname está obligado a reabrir la
escuela de Gujaba y a dotarla de personal docente y
administrativo para que funcione permanentemente a partir de
1994. Igualmente, se ordenará que el dispensario allí existente
sea puesto en condiciones operativas y reabierto en el curso de
ese año”.30
El reconocimiento de estas necesidades y la ordenación de tomar medidas fue
muy clara para la república de Suriname en relación a los derechos a la
educación y a la vida como un avance importantísimo en la jurisprudencia de la
Corte.
2) CASO JORGE ODIR MIRANDA VS EL SALVADOR (derecho a la salud)
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró admisible el caso
29
Corte IDH. Caso Aloeboetoe y otros. Reparaciones.(artículo 63 .1 Convención Americana
sobre Derechos Humanos). Sentencia de 10 de septiembre de 1993. Serie C. N’15, párrafo 96.
30
Corte IDH. Caso Aloeboetoe y otros. párrafo 96. El resaltado es nuestro.
34. 34
12.249, Jorge Odir Miranda y otros en contra del Estado del Salvador. Se trata
de una denuncia de la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho
(FESPAD) respecto de 27 personas portadoras de virus de síndrome de
inmunodeficiencia adquirida.
Cuando el caso fue admitido ya habían fallecidos tres de las presuntas
víctimas. Los peticionarios alegaron la violación al derecho a la vida (artículo 4),
a la integridad personal (artículo 5), igualdad ante la ley (artículo 24),
protección judicial (artículo 25) y a los derechos económicos, sociales y
culturales (artículo 26) en concordancia con la obligación general del artículo
1.1 y el deber previsto en el artículo 2, todos referidos a la Convención
Americana. También alegaron violación del artículo 10 del protocolo de San
Salvador.
Los peticionarios sostenían que la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos debía establecer la responsabilidad internacional del Estado
salvadoreño por el retardo en suministrar a estas personas los medicamentos y
tratamiento adecuado y por la discriminación de la que habrían sido objeto los
pacientes.
Agregaban que se violó su derecho a la protección judicial, debido a la falta de
decisión de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador en la demanda de
amparo que presentaron para reclamar sus derechos. Solicitaron medidas
cautelares en favor de las víctimas, las cuales fueron otorgadas al iniciar el
trámite del caso en el año 2000.
Invocando sus limitaciones de recursos, en un principio, el Gobierno de El
Salvador anunció que no podía cumplir con la medida cautelar. Los
peticionarios, entonces, solicitaron a la Comisión que pidiera una medida
provisional a la Corte Interamericana. Sin embargo, antes de cumplirse el plazo
fijado por la comisión, el gobierno cambió de posición y anunció que
comenzaría a dar tratamiento antirretroviral a las personas nombradas en la
medida cautelar.
Durante el trámite de fondo, en 2002, el ministro de salud de El Salvador
concurrió a una audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos e informó que su dependencia estatal estaba en condiciones de
administrar tests a todos los pacientes de VIH-SIDA que lo requirieran, y de
suministrar tratamiento antirretroviral a todos aquellos para quienes el resultado
del test lo hallaran indicado.
En el informe de admisibilidad, la Comisión Interamericana señaló:
“No escapa a la percepción de la CIDH que la población de El Salvador
está atravesando un momento sumamente difícil debido a una cadena
de desastres naturales, que han mantenido excepcionalmente ocupadas
a las autoridades y funcionarios de la salud. En este contexto, la
Comisión Interamericana valora los esfuerzos desplegados por las
autoridades salvadoreñas para atender a las personas infectadas con el
VIH/SIDA en ese país. El suministro de los medicamentos
35. 35
antirretrovirales se ha venido ampliando de manera sostenida en los
últimos meses, y el Estado ha anunciado que seguirá adoptando las
medidas necesarias a tal efecto”.31
3) CASO TESTIGOS DE JEHOVÁ VS ARGENTINA (derecho a la educación)
Antecedentes:
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos recibe comunicación el 9
de noviembre de 1976, donde se denuncia:
“Desearía ponerlo a usted en antecedentes de una situación que
se ha desarrollado en la Argentina, con respecto al culto de los
Testigos de Jehová aquí. Los Testigos de Jehová son conocidos
en todo el mundo por su reputación de ciudadanos respetuosos
de la ley y que tienen un alto concepto de los principios de la
Biblia.”
“El 31 de agosto de 1976 este decreto oficial, firmado por Jorge
Rafael Videla, Presidente de la Argentina, ordenó que se cerraran
la oficina distrital y todas las Salas del Reino de los Testigos de
Jehová. El decreto oficial número 1867 dice: “La secta en
cuestión sostiene principios contrarios al carácter nacional, a las
instituciones básicas del Estado y a los preceptos fundamentales
de esta legislación. La libertad de cultos consagrada en los
Artículos 14 y 20 de la Constitución Nacional, por supuesto, se ve
a sí misma limitada en el sentido de que las ideas religiosas no
deben implicar la violación de las leyes o el atentado contra el
orden público, la seguridad nacional, la moral o las buenas
costumbres.”
“La prohibición incluye toda actividad de los Testigos de Jehová,
toda literatura y la clausura de sus Salas del Reino y la Oficina
Distrital. Actualmente hay 31,140 testigos de Jehová en la
Argentina y 604 congregaciones. El 17 de septiembre había
veintiún Testigos de Jehová encarcelados.”32
Interesante resulta la conclusión a la que llega la Comisión Interamericana,
pues advierte que al restringir el estado Argentino las actividades
desarrolladas por la Asociación Religiosa Testigos de Jehová, se violaron los
31
CIDH. Informe Nº 29/01, de 7 marzo de 2001. párrafo 48
http://www.cidh.oas.org/annualrep/2000sp/CapituloIII/Admisible/ElSalvador12.249.htm
32
CIDH, “Testigos de Jehová”, caso 2137, del 18 de noviembre de 1978.
http://www.cidh.oas.org/annualrep/78sp/Argentina2137.htm