El Ministerio de Trabajo y el de Energía y Minas en el país suramericano idearon un sistema que al final se transformó en pauta y que se entiende en contratación en beneficio de las comunidades locales.
Extracción de hidrocarburos contratar colombianos es norma
1. Extracción de hidrocarburos: Contratar
colombianos es norma
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es-norma/
El Ministerio de Trabajo y el de Energía y Minas en el país suramericano idearon
un sistema que al final se transformó en pauta y que se entiende en contratación en
beneficio de las comunidades locales.
Una norma conocida desde finales de 2014 plantea que empresas que
dedicadas a la extracción de hidrocarburos en Colombia DEBEN -con toda la
intencionalidad que las mayúsculas refieren- contratar mano de obra que provengan de
la localidad donde realizan operaciones, lo que supone en teoría crecimiento laboral
para el país.
El documento con intencionalidad legal apadrinado en conjunto por el Ministerio
del Trabajo y la cartera de Energía y Minas fomenta zonas de medidas especiales
utilizando como pilar principal en esta construcción la información agrupada por
la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, Ecopetrol y la
Agencia Nacional de Hidrocarburos.
2. Se plantea como regulador a la Unidad Administrativa Especial del Servicio
Público de Empleo que deberá elaborar un resumen informativo cada semestre al
Ministerio del Trabajo justamente para determinar medidas o reglamentaciones
derivadas de este decreto.
Entre las excepciones o exclusiones se menciona como tópico la imposibilidad
de contar en la plantilla laboral con la totalidad de trabajadores como se está planteado.
Para resolver esto la solución es que se deba acudir a mano de obra calificada de
municipios aledaños o a la oferta en el ámbito nacional, eso sí por razones no
determinadas no se llega a cumplir con los perfiles requeridos o exigidos.
El texto legal indica que para que estas medidas en específico se realicen deben
cumplir con condiciones especiales, que textualmente dan a entender lo siguiente:
1. En el municipio deben realizar labores una o varias compañías de hidrocarburos
además de servicios que hayan suscrito mediante convenios de Exploración y
Producción con la Agencia Nacional de Hidrocarburos.
2. Que la red de prestadoras del Servicio Público de Empleo sea insuficiente para
cubrir la demanda de mano cualificada objeto de las medidas.
3. Que se identifique en la zona un proyecto de exploración y producción de
hidrocarburos como de interés de la nación y estratégico de acuerdo a lo que se
establece en el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) 3762
o todo aquel documento donde se contemple en los lineamientos de política la
priorización en infraestructura hidrocarburos, minería y energía.
Entendido esto vale señalar, como últimos planteamientos de esta normativa, que
se espera su validez por los siguientes dos años a su publicación, es decir,
aproximadamente hasta mediados –o más allá- de 2016 y se reitera que la totalidad de
las contrataciones no calificada que realice debe ser inicialmente residente de la
comunidad local priorizando que esté relacionado al proyecto de exploración y
producción de hidrocarburos.
También coloca en un gran paréntesis que de existir todo lo contrario, mano de
obra calificada por personas con formación técnica, el mínimo para su inclusión
deberá ser de 30%, un porcentaje que sea residente del municipio donde se encuentre
la actividad a realizarse.