Observaciones a proyecto de ley de recursos hidricos
Observaciones ley deporte
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R.EPÚBLICA DEL ECUADOR loúe6kd¿o oaPDY4XHOJ
ASAMBLEA NACIONAL
W. XAVIER TOMALA MONTENEGRO
ASAMBLEÍSTA POR LA PROVINCIA DE SANTA ELENA
Quito, 3 de diciembre de2009 k ¿.
Oficio No. 062-XTM-A-2009
Señor Arquileclo
Fernando Cordgro Cueva
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
Ciudad.-
De miconsideración:
En mi cal¡dad de Asambleísta por la Provincia de Santa Elena y en ejercicio de las
facultades que me confiere la Const¡tución de la República y la Ley Orgánica de la
Func¡ón Legislativa en su 4n.60, presento a Usted y por su djgno intermed¡o a la
Comisión Espec¡alizada Ocas¡onal de Deportes las sigu¡entes observaciones para el
segundo debate del proyecto de Ley Orgánica del Deporte, Educación Fís¡ca y
Recreación.
'|,- El Art. 1,- Ámbito.- DICE|. "Las d¡spos¡ciones de ta presente Ley, protegen y rcgulan
a las perconas v¡nculadas al depoñe, educac¡ón tís¡ca y recreacíón, en el teff¡totio
nac¡onal y por excepc¡ón, a los deportistas en el exte o¡''.
DEBE DECIR: Arl.lAmb¡to.- Las disposiciones de la presenle Ley, protegen y
regulan la Cultura Fís¡ca que comprende el deporte, la educac¡ón tísica y la
recreación, como activ¡dad que contribuye a la salud, lormac¡ón y desarrollo
¡ntegral de las peBonas, en el terrilorio nacional y a los deporl¡stas ecualorianos
en el exlerior.
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL: EL Art. 381 de la Const¡tución de la República del
Ecuador establece: El Estado prctegerá, promoverá y cood¡nará la cultura Íísíca que
comprcnde el deporte, la educac¡ón Íís¡ca y la rccreac¡ón, como act¡v¡dades que
conttibuyen a la salud, formación y desaffollo ¡ntegal de las personas; ¡mpulsaÉ el
acceso mas¡vo at depoñe y a las act¡v¡dades depoñ¡vas a nivel fomativo, baff¡al y
paroqu¡al; auspiciaÁ la preparac¡ón y patticipac¡ón de los deportistas en competenc¡as
nacionales e ¡nternac¡onales, que incluyen los Juegos Olímp¡cos y Paraolínpicos; y
fomentaá la pañic¡pac¡ón de las personas con d¡scapac¡dad. '- ,: ,
2. El Estado garantizará |os rccursos y la ¡nfraestructura necesaia paru estas act¡v¡dades.
Los recursos se sujetarán al control estatal, rend¡c¡ón de cuentas y debeÉn distr¡bu¡rce de
Íorma equ¡tat¡va.
2.- Ef Arf. 2 .- Ob¡eto DICEt "Las d¡spos¡c¡ones de la presente Ley son de otden públ¡co e
¡nterés socíal. Esta Ley rcgula el depofte, educac¡ón fis¡ca y la recreac¡ón, y establece las
nomas a las que deben sujetarse las mismas para mejorar Ia cond¡ción fís¡ca de toda la
poblac¡ón, cont buyendo asi a la apl¡cac¡ón del Buen V¡vh, ten¡endo como pr¡nc¡pal actol
al ser humano.'
DEBE DECIR: Las disposiciones de la presente Ley son de orden público e interés social.
Esta Ley regula las actividades del deporte, educación física y de la recreación, y
establece las normas a las que deben sujetarse las mismas para mejorar la condic¡ón
física de toda la poblac¡ón, contribuyendo así a la aplicac¡ón del Buen Vivir, teniendo
como Drincioal actor al ser humano.
3.- El Art. 27 DICE:
Ar¿ 27.- E3trucfur¡ del deportt fomrtivo.- Conforman el deporte formativo
les organ¡zaciones deportivas qug se enlietan a continuación, más las que se
creareñ conforme a lá Conslitución de 16 Repllblica y normas legales vigente6
al clubes Deporl¡vos Especial¡zados fo¡mal¡vos:
b) L¡gas Deportives Cantonáles;
c) Asociáciones Depoftivás Prcvinc¡al6;
d) Federac¡ones Depodivas Proüncial€s;
el Fedorsción Deportiva Nao¡onal d€l Ecuador (FEDENADOR); y,
f )Federación Ecuátodana de D6porls Adaptado.
DEBE INCLUIRSE: Después del l¡teral b) como literal c) Ligas Barr¡ales; y como literal
d) Ligas Parroquiales. Los demás y siguientes literales se deberán reorgan¡zar de
acueroo corresponoan.
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL: EL Art. 381 de la Constitución de la República del
Ecuador en su parte pertinente establece: "...impulsará el acceso mas¡vo al deporte y a
las act¡vidades depott¡vas a nivel formativo, baft¡al y paftoqulal... " (Lo resaltado es mlo).
4.- En el capítulo lV relerente a: "La Federación Ecuator¡ana de Deporte Univers¡tario y
Politécn¡co" en el Arf.60 DICEi La Asamblea General y el D¡rector¡o Estará conformado
de acuerdo a las dispos¡c¡ones conten¡das en su estatuto que deberá ser aprcbado por el
M¡n¡ster¡o Sector¡al y debetá obl¡gatoñamente ¡ncluir dos representantes de los
Estud¡antes Univerc¡taio y Pol¡técnicos.
As¡stitá con derecho a voz: el representante de la FEDU pot los estudiantes, el
reprcsentante de la FENAPUPE por los docentes y el rcpresentante de Ia FENATUPE por
los empleados y trabajadores".
DEBE DECIR: La Asamblea Generalestará integrada por los s¡gu¡entes miembros:
{-.)
'h.' ..
3. a) Un representante de las universidades públ¡cas
b) Un representante de las escuelas politécn¡cas públicas
c) Un representante de las un¡versidades y escuelas politécnicas particulares
d) Un representante de los docentes de universidades y politécnicas públicas
e) Un representante de los docentes de universidades y pol¡técnicas particulares
f) Los presidentes o su delegado de las lederac¡ones nacionales de estudiantes de las
universidades públicas, de las escuelas politécn¡cas públ¡cas y de las universidades y
escuelas politécnicas particulares;
g) Dos representantes de los empleados y trabajadores, que serán el Presidente de la
Federación Nac¡onal de Empleados y Trabajadores Univers¡tar¡os y Politécnicos del
Ecuador, FENATUPE y el Secretario General de los Sindicatos de Trabajadores
Universitarios y Politécnicos del Ecuador, FENASOUPE.
Se deberá evitar que una instituc¡ón tenga más de un representante y se procurará que
provengan de las diferentes regiones del país;
Los representantes de los profesores, estudiantes y empleados y fabajadores serán
elegidos por sus respectivos estamentos democráticamente.
El Presidente de la Asamblea General será electo de entre los miembros, y durará un
periodo de dos años, pud¡endo ser reelecto por una sola vez.
La Asamblea se reunirá de manera ordinaria semestralmente v en forma extraordinaria
cuando lo convoque su Pres¡dente.
Su sede será en la universidad o escuela pol¡técnica de la cual provenga su Presidente,
que quedará establec¡da después de su elección,
La Asamblea contará con un D¡rectorio Ejecutivo como organismo asesor que
recomendará pol¡ticas y l¡neamientos deldeporte universitar¡o y pol¡técnico, ¡ntegrado por:
un representante de los Docentes, un representante de los estudiantes, un representante
de los empleados - trabajadores. La presid¡rá el Presidente de la Asamblea General.
Tendrá potestad resolutiva en aquellos asuntos que la Asamblea General le someta a su
dec¡sión.
Sin otro particular me suscr¡bo expresándole m¡ d¡stingu¡da cons¡deración y estima,
Atentame
Ab. Xavler
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