1. DELITOS
INFORMATICOS.
YENI PAOLA
PIRANQUE SUESCA
PILAR CRISTINA
ALFONSO.
ESCUELA NORMAL
SUPERIOR LEONOR
ALVAREZ PINZON.
10-01
TUNJA
2016
QUE SON LOS
DELITOS
INFORMATICOS:
El constante progreso
tecnológico que
experimenta la
sociedad, supone una
evolución en las
formas de delinquir,
dando lugar, tanto a
la diversificación de
los delitos
tradicionales como a
la aparición de
nuevos actos ilícitos.
Esta realidad ha
originado un debate
entorno a la
necesidad de
distinguir o no los
delitos informáticos
del resto.
Diversos autores y
organismos han
propuesto
definiciones de los
delitos informáticos,
aportando distintas
perspectivas y
matices al concepto.
Algunos consideran
que es innecesario
diferenciar los delitos
informáticos de los
tradicionales, ya que,
según éstos se trata
de los mismos delitos,
cometidos a través de
otros medios. De
hecho, el Código
Penal español, no
contempla los delitos
informáticos como tal.
Partiendo de esta
compleja situación y
tomando como
referencia el
“Convenio de
Ciberdelincuencia del
Consejo de Europa”,
podemos definir los
delitos informáticos
como: “los actos
dirigidos contra la
confidencialidad, la
integridad y la
disponibilidad de los
sistemas
informáticos, redes y
datos informáticos,
así como el abuso de
dichos sistemas,
redes y datos”.
Un delito
informático o
ciberdelito es toda
aquella acción
antijurídica y
culpable, que se da
por vías informáticas
o que tiene como
objetivo destruir y
dañar ordenadores,
medios electrónicos y
redes de Internet.
Debido a que la
informática se mueve
más rápido que la
legislación, existen
conductas criminales
por vías informáticas
que no pueden
considerarse como
delito, según la
"Teoría del delito",
por lo cual se definen
como abusos
informáticos (los tipos
penales tradicionales
resultan en muchos
países inadecuados
para encuadrar las
nuevas formas
delictivas), y parte de
la criminalidad
2. informática. La
criminalidad
informática consiste
en la realización de
un tipo de actividades
que, reuniendo los
requisitos que
delimitan el concepto
de delito, sean
llevados acabo
utilizando un
elemento informático.
Los delitos
informáticos son
aquellas actividades
ilícitas que: (a) Se
cometen mediante el
uso de
computadoras,
sistemas informáticos
u otros dispositivos
de comunicación (la
informática es el
medio o instrumento
para realizar un
delito); o (b) Tienen
por objeto causar
daños, provocar
pérdidas o impedir el
uso de sistemas
informáticos (delitos
informáticos).
Los también
conocidos como
Ciberdelitos como lo
señala Téllez que son
actitudes contrarias a
los intereses de las
personas en que se
tiene a las
computadoras como
instrumento.
LEY COLOMBIANA
QUE CASTIGAA
LAS PERSONAS
QUE COMETEN
DELITOS
INFORMATICOS:
- Artículo 269A:
ACCESO ABUSIVO
A UN SISTEMA
INFORMÁTICO. El
que, sin autorización
o por fuera de lo
acordado, acceda en
todo o en parte a un
sistema informático
protegido o no con
una medida de
seguridad, o se
mantenga dentro del
mismo en contra de la
voluntad de quien
tenga el legítimo
derecho a excluirlo,
incurrirá en pena de
prisión de cuarenta y
ocho (48) a noventa y
seis (96) meses y en
multa de 100 a 1000
salarios mínimos
legal mensuales
vigentes.
-Artículo269B:
OBSTACULIZACIÓN
ILEGÍTIMADESISTE
MA INFORMÁTICO O
RED DE TELE-
COMUNICACIÓN. El
que, sin estar
facultado para ello,
impida u obstaculice
el funcionamiento o el
acceso normal a un
sistema informático, a
los datos informáticos
allí contenidos, o a
una red de
telecomunicaciones,
incurrirá en pena de
prisión de cuarenta y
ocho (48) a noventa y
seis (96) meses y en
multa de 100 a 1000
salarios mínimos
legales mensuales
vigentes, siempre que
la conducta no
constituya delito
sancionado con una
pena mayor.
- Artículo 269C:
INTERCEPTACIÓN
DE DATOS
INFORMÁTICOS. El
que, sin orden judicial
previa intercepte
datos informáticos en
su origen, destino o
en el interior de un
sistema informático, o
las emisiones
electromagnéticas
provenientes de un
sistema informático
que los trasporte
incurrirá en pena de
prisión de treinta y
seis (36) a setenta y
dos (72) meses.
- Artículo 269D:
DAÑO
INFORMÁTICO. El
que, sin estar
facultado para ello,
destruya, dañe, borre,
deteriore, altere o
suprima datos
informáticos, o un
sistema de
tratamiento de
información o sus
partes o
componentes lógicos,
incurrirá en pena de
prisión de cuarenta y
3. ocho (48) a noventa y
seis (96) meses y en
multa de 100 a 1000
salarios mínimos
legales mensuales
vigentes.
- Artículo 269E: USO
DE SOFTWARE
MALICIOSO. El que,
sin estar facultado
para ello, produzca,
trafique, adquiera,
distribuya, venda,
envíe, introduzca o
extraiga del territorio
nacional software
malicioso u otros
programas de
computación de
efectos dañinos,
incurrirá en pena de
prisión de cuarenta y
ocho (48) a noventa y
seis (96) meses y en
multa de 100 a 1000
salarios mínimos
legales mensuales
vigentes.
- Artículo 269F:
VIOLACIÓN DE
DATOS
PERSONALES. El
que, sin estar
facultado para ello,
con provecho propio
o de un tercero,
obtenga, compile,
sustraiga, ofrezca,
venda, intercambie,
envíe, compre,
intercepte, divulgue,
modifique o emplee
códigos personales,
datos personales
contenidos en
ficheros, archivos,
bases de datos o
medios semejantes,
incurrirá en pena de
prisión de cuarenta y
ocho (48) a noventa y
seis (96) meses y en
multa de 100 a 1000
salarios mínimos
legales mensuales
vigentes.
LISTA Y
EXPLICACION DE
CADA UNO DE LOS
DELITOS
INFORMATICOS:
Delitos
informáticos:
o Falsifica
ción
informáti
ca
mediant
e la
introduc
ción,
borrada
o
supresió
n de
datos
informáti
cos.
o Fraude
informáti
co
mediant
e la
introduc
ción,
alteració
n o
borrado
de datos
informáti
cos, o la
interfere
ncia en
sistema
s
informáti
cos.
El borrado
fraudulento de
datos o la
corrupción de
ficheros
algunos
ejemplos de
delitos de este
tipo.
Delitos
relacionados
con el
contenido:
o Producc
ión,
oferta,
difusión,
adquisic
ión de
contenid
os de
pornogr
afía
infantil,
por
medio
de un
sistema
informáti
co o
posesió
n de
dichos
contenid
os en un
sistema
informáti
co o
medio
de
almacen
amiento
de
datos.
Delitos
relacionados
4. con
infracciones
de la
propiedad
intelectual y
derechos
afines:
o Un
ejemplo
de este
grupo
de
delitos
es la
copia y
distribuc
ión de
program
as
informáti
cos, o
piratería
informáti
ca.
Con el fin de
criminalizar los actos
de racismo y
xenofobia cometidos
mediante sistemas
informáticos, en
Enero de 2008 se
promulgó el
“Protocolo Adicional
al Convenio de
Ciberdelincuencia del
Consejo de Europa”
que incluye, entre
otros aspectos, las
medidas que se
deben tomar en
casos de:
Difusión de
material
xenófobo o
racista.
Insultos o
amenazas con
motivación
racista o
xenófoba.
Negociación,
minimización
burda,
aprobación o
justificación del
genocidio o de
crímenes
contra la
humanidad.
Ataques que
se producen
contra el
derecho a la
intimidad:
Delito de
descubrimiento
y revelación de
secretos
mediante el
apoderamiento
y difusión de
datos
reservados
registrados en
ficheros o
soportes
informáticos.
(Artículos del
197 al 201 del
Código Penal)
Infracciones a
la Propiedad
Intelectual a
través de la
protección de
los derechos
de autor:
Especialmente
la copia y
distribución no
autorizada de
programas de
ordenador y
tenencia de
medios para
suprimir los
dispositivos
utilizados para
proteger
dichos
programas.
(Artículos 270
y otros del
Código Penal)
Falsedades:
Concepto de
documento
como todo
soporte
material que
exprese o
incorpore
datos.
Extensión de la
falsificación de
moneda a las
tarjetas de
débito y
crédito.
Fabricación o
tenencia de
programas de
ordenador para
la comisión de
delitos de
falsedad.
(Artículos 386
y ss. del
Código Penal)
Sabotajes
informáticos:
Delito de
daños
mediante la
destrucción o
alteración de
datos,
programas o
documentos
electrónicos
contenidos en
5. redes o
sistemas
informáticos.
(Artículo 263 y
otros del
Código Penal)
Fraudes
informáticos:
Delitos de
estafa a través
de la
manipulación
de datos o
programas
para la
obtención de
un lucro ilícito.
(Artículos 248
y ss. del
Código Penal)
Amenazas:
Realizadas por
cualquier
medio de
comunicación.
(Artículos 169
y ss. del
Código Penal)
Calumnias e
injurias:
Cuando se
propaguen por
cualquier
medio de
eficacia
semejante a la
imprenta o la
radiodifusión.
(Artículos 205
y ss. del
Código Penal)
Pornografía
infantil:
Entre los
delitos
relativos a la
prostitución al
utilizar a
menores o
incapaces con
fines
exhibicionistas
o
pornográficos.
La inducción,
promoción,
favorecimiento
o facilitamiento
de la
prostitución de
una persona
menor de edad
o incapaz. (art
187)
La producción,
venta,
distribución,
exhibición, por
cualquier
medio, de
material
pornográfico
en cuya
elaboración
hayan sido
utilizados
menores de
edad o
incapaces,
aunque el
material tuviere
su origen en el
extranjero o
fuere
desconocido.
(art 189)
El
facilitamiento
de las
conductas
anteriores (El
que facilitare la
producción,
venta,
distribución,
exhibición...).
(art 189)
La posesión de
dicho material
para la
realización de
dichas
conductas. (art
189)
NECESIDAD DE
INFORMACION AL
RESPECTO:
Necesitamos
informarnos cada vez
mas para conocer y
distinguir lo bueno de
lo malo, cuando nos
demos cuenta de
algún delito
informático ya
sabemos que hacer,
a quien acudir en un
caso de esos.
CONCEJOS Y
RECOMENDACIONE
S PARA EVITAR
INCURRIR EN
ESTOS DELITOS:
-Copiar la ruta de
enlace al recibir
correos de sitios
como los bancos,
para comprobar que
en enlace
corresponda al
enlace la de la
página oficial del
6. banco y no a una
falsificación de web.
-Para tener la
cuenta de Facebook
completamente
privada y hacer la
correcta
configuración del
perfil, elegir en la
opción de cuenta
que toda mi
información solo la
puedan ver mis
amigos, en todas las
opciones de la
opción configuración
de cuenta y
configuración de
privacidad.
-Para proteger la
identidad, tenemos
que hacer buen uso
de la información
que publicamos en
internet, para así no
ser un blanco fácil
para los
delincuentes
informáticos.
-No compartir con
otras personas la
clave de seguridad
para acceder a
páginas webs para
evitar que pueda ser
suplantado por otra
persona.
-No creer en las ofertas
ni en los premios que
algunas páginas
ofrecen, pues son
engaños para cometer
delitos informáticos.
-No aceptar ni
divulgar los sitios
virtuales que
promueven la
autodestrucción, la
xenofobia, la
exclusión, la
pornografía de
menores, la trata de
personas, la
intolerancia o
cualquier actividad
al margen de la ley.
-Denunciar las
páginas que
cometan delitos
informáticos.
-Tener cuidado con
las personas que se
conozcan por el
ambiente
tecnológico y no dar
información
personal.
-.Aprender a
reconocer las
páginas seguras,
para no caer en
trampas.
- No guardar
contraseñas en
computadores
públicos para evitar
las estafas y el robo
de la identificación.
Consejos a tener en
cuenta:
Procure
instalar la
computadora
en lugares de
tránsito o
visibles y evite
que los niños
chateen,
naveguen o
establezcan
relaciones en
internet con la
puerta cerrada
o en su
habitación.
Evite que los
niños chateen
después de
horarios
determinados.
Controle el uso
de las cámaras
web, su forma
de habitación y
los contactos
con quienes el
menor la
habilita.
Si es posible
limitar su
utilización ya
que puede ser
la fuente de
ataques como
Grooming,
cyberbulling o
cybersexo por
parte de
abusadores.
Hable
habitualmente
con los chicos
sobre el uso de
internet y
aconséjelos
sobre las
medidas de
seguridad que
deben tomar.
Navegue y
aprenda con
ellos.
En el caso de
las Redes
Sociales,
también
debería tener
en cuenta
estos
aspectos
cuando usted
o sus hijos
las utilizan:
No se contacte
con el fin
exclusivo de
encuentro
7. personal ya
que puede
atraer a
personas con
malas
intenciones.
No es
aconsejable
buscar gente
por medio de
internet para
conocer en la
vida real,
aunque dado
el caso de que
se desee hacer
así, se
recomienda
fijar un lugar
publico y
concurrido, a
fines de tener
asistencia ante
un
inconveniente.
Bibliografía:
1. QUE SON
LOS DE LITOS
INFORMATIC
OS:
http://www.delit
osinformaticos.
info/delitos_inf
ormaticos/defin
icion.html
https://es.wikip
edia.org/wiki/D
elito_inform%C
3%A1tico
2. LEY
COLOMBIANA
:
http://www.delt
aasesores.com
/articulos/autor
es-
invitados/otros/
3576-ley-de-
delitos-
informaticos-
en-colombia
3. DELITOS
INFORMATIC
OS:
http://www.delit
osinformaticos.
info/delitos_inf
ormaticos/tipos
_delitos.html
5. CONCEJOS
Y
RECOMENDA
CIONES PARA
EVITAR
INCURRIR EN
ESTOS
DELITOS:
http://paula-
adelaida.blogs
pot.com.co/201
1/07/10-
recomentacion
es-para-
prevenir-
los.html
http://www.met
ropolitana.gob.
ar/?q=content/
c%C3%B3mo-
evitar-ser-
v%C3%ADctim
a-de-un-delito-
inform%C3%A
1tico