Incorporación del femicidio en la legislación ecuatoriana diapositivas
1. ESPECIALIDAD EN DERECHO PENAL INTERNACIONAL
TERCER TRABAJO
TEMA : INCORPORACIÓN DEL FEMICIDIO EN LA LEGISLACIÓN
ECUATORIANA.
Alumnas INTEGRANTES:
• DRA. MARIANA FALCONES,
• AB. ALEXANDRA PAUTA
• AB. BRICILA CEDEÑO ZAMBRANO.
4. Se trata de un crimen que va más allá de quien lo
perpetra, sea la pareja sentimental, un pariente o un
extraño, dando como resultado la segación de una
vida; en este caso se concreta en un delito de
femicidio.
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7. Acciones cada vez mas crueles
que culminan en la muerte de
una mujer.
Debe entenderse por violencia contra la mujer
cualquier acción o conducta, basada en su género,
que cause muerte, daño o sufrimiento físico,
sexual o psicológico, tanto en el ámbito público
como en el privado.
8. Código Orgánico Integral Penal (COIP) el Femicidio
tipificado en el Art. 141 descrito en los siguientes
términos: “La persona que, como resultado de
relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de
violencia, de muerte a una mujer por el hecho de serlo
o por su condición de género, será sancionada con
pena privativa de la libertad de veintidós a veintiséis
años.
CONDUCTA PUNIBLE
ANTIJURIDICA
TÍPICA
9. Con la inserción del Art. 141 en el
COIP, el Ecuador ha culminado
varios años de lucha para erradicar
el FEMICIDIO que ha sido un
fenómeno histórico; nosotros como
parte de este género aplaudimos
que se haya incorporado como un
tipo penal al nuevo COIP, pese
haber esperado tanto tiempo y que
fueron sacrificadas miles de
mujeres como víctimas de violencia
física, psicológica, y sexual, ya que
por años la sociedad fue indiferente
ante esta discriminación contra la
mujer.
10. Los Estados son los garantes en que se
cumplan los derechos y garantías que la
Constitucíón y las leyes nos amparan, Se
ha cumplido en parte con implementar
mecanismos para prevenir, sancionar, y
erradicar toda forma de violencia contra
la mujer; sin embargo la verdadera
revolución que las mujeres tenemos que
hacer es uniéndonos sin que existan
fronteras que nos separen, nuestra lucha
tiene que ser permanente, mientras Dios
nos permita estar con vida, que ese
sacrificio de tantas mujeres que arrancó el
femicidio llevándose sus sueños y sus
esperanzas nos haga meditar
profundamente en que hay una sola
forma de protegernos ¡NO CALLAR!.
11. Como parte de la sociedad, debemos contribuir para
brindar apoyo a las víctimas y poner un alto a la violencia
contra las mujeres, difundiendo los mecanismos de
control, las medidas de protección, y socializando esas
garantías plasmadas en la Constitución de la República,
Instrumentos internacionales y otras normas, hoy a
través de esta difusión esperamos que nuestro mensaje
llegué a la mayor cantidad de mujeres del mundo para de
esa manera conjuntamente hacer que los derechos
fundamentales que como seres humanos tenemos
derecho no sean conculcados.
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13.
14. LAS MUJERES CON LA
SENCIBILIDAD QUE NOS
CARACTERIZA, SOLO DEBEMOS
INSPIRAR AMOR; POR SER
MADRES, ESPOSAS, HIJAS,
HERMANAS O COMO UN SER
HUMANO. LUCHEMOS: POR LA
DIGNIDAD, POR LOS VALORES
PARA QUE JAMAS, ESTOS, SEAN
SOSLALLADOS.