3. DEFINICIONES:
Ley
nombre femenino
Regla o norma establecida por una autoridad superior para regular,
de acuerdo con la justicia, algún aspecto de las relaciones sociales.
http://definicion.de/ley/
Ley orgánica Ley que se deriva directamente de la Constitución y
sirve para su mejor aplicación. https://es.wikipedia.org/wiki/Ley
Violencia es aquella conducta que se realiza de manera consciente
y adrede para generar algún tipo de daño a la víctima. Con origen en
el latín violentĭa, la violencia puede causar dañar física o
emocionalmente. http://definicion.de/violencia-de-genero/
5. TESIS O HIPÓTESIS
Sí.
El género femenino se
defiende en las distintas
leyes, no sólo en México,
sino en el mundo.
http://www.cepal.org/cgi-
bin/getProd.asp?xml=/mujer/notic
ias/paginas/5/37885/P37885.xml&
7. SOCIAL: la violencia contra el hombre es un problema social
serio, porque aunque se habría prestado mayor atención a la
violencia que se ejerce contra las mujeres, sería posible
argumentar que la violencia contra los hombres en varios
contextos es un problema social sustancial digno de atención.
entre los que se encuentran la violencia intrafamiliar, violencia
en el noviazgo, violencia de género, violencia infantil, entre
otras. sin embargo, éste sería un tabú social.
EDUCATIVO: La prevención debe comenzar en las primeras etapas
de la vida, mediante la educación de los niños y niñas que promueva
las relaciones de respeto y la igualdad de género. - See more at:
http://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-
women/prevention#sthash.MihNTP4k.dpuf
8. JUDICIAL:
Miles los hombres inocentes condenados en este país por un delito de Violencia
de Género, con la única prueba de la declaración de la miles los hombres
inocentes condenados en este país por un delito de Violencia de Género, con la
única prueba de la declaración de la supuesta víctima.
El Consejo General del Poder Judicial asegura que las denuncias falsas por
Violencia de Género solo se dan en un 0,001%, es decir, casi no existensupuesta
víctima. El Consejo General del Poder Judicial asegura que las denuncias falsas
por Violencia de Género solo se dan en un 0,001%, es decir, casi no existen.
http://www.hombresmaltratados.eu/art%C3%ADculos/?logout=1
9. ARGUMENTO
• La violencia de género es un tipo de violencia física o psicológica ejercida
contra cualquier persona sobre la base de su sexo o género que impacta de
manera negativa su identidad y bienestar social, físico o psicológico. De
acuerdo a Naciones Unidas, el término es utilizado «para distinguir la
violencia común de aquella que se dirige a individuos o grupos sobre la base
de su género».
• Es un problema que puede incluir asaltos o violaciones sexuales, prostitución
forzada, explotación laboral, el aborto selectivo por sexo, violencia física y
sexual contra prostitutas y/o prostitutos, patrones de acoso u hostigamiento
en organizaciones masculinas, ataques homofóbicos hacia personas o grupos
de homosexuales, bisexuales y transgéneros, entre otros.
https://es.wikipedia.org/wiki/Violencia_de_g%C3%A9nero
10. • La concienciación y la movilización comunitaria,
inclusive a través de los medios de comunicación
y los medios sociales, formaría un componente
importante de una estrategia de prevención
efectiva
. -See more at: http://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-
women/prevention#sthash.MihNTP4k.dpuf
• La violencia no tiene género, ni raza ni religión, la violencia
es un comportamiento que no distingue ni a hombres ni a
mujeres, ni clases sociales, ni estatus económico-social-
intelectual; sin embargo, las leyes sí hacen distinciones, en
este país la ley no es la misma para hombres y mujeres
• Toda víctima de violencia debe recibir la misma
protección, y toda persona violenta debe recibir el
mismo castigo! Yobana Carril
http://www.hombresmaltratados.eu/art%C3%ADculos/?logout=1
11. EJEMPLO Le asesta 20 cuchilladas a su marido y tipifican el delito como
“homicidio por imprudencia grave”
15 diciembre, 2015
La noche del 3 al 4 de julio de 2012, en un pueblo de Huesca,
Rosa María Turmo ató a su marido a la cama. Tras clavarle veinte
cuchilladas en diferentes partes del cuerpo, le dejó gravemente
herido durante horas. El hombre, Antonio Ibarz, estuvo
prácticamente los doce meses siguientes ingresado en el hospital,
siendo intervenido quirúrgicamente y entrando varias veces en la
UCI. Sin embargo, tras ese año luchando por su vida, murió el 29
de junio de 2013 debido a la gravedad de las lesiones que su
mujer le provocó.
La mujer reconoció los hechos, que resultaron evidentes para los
servicios de emergencia cuando fueron a asistir a la víctima pero
en todo momento alegó que su intención nunca fue matarle. Y el
jurado ha escuchado a sus declaraciones, teniéndolas en cuenta.
Los hechos no fueron tipificados como asesinato, sino como una
“imprudencia grave”.
Finalmente, la condena se saldará con una pena de prisión de seis años: Cinco de ellos por un
«delito de lesiones dolosas que producen inutilidad de miembro principal» y el otro año por
«homicidio causado por imprudencia grave», aplicándose la atenuante de haber reconocido los
hechos y los agravantes por alevosía y parentesco. http://www.hombresmaltratados.es/
12. CONTRAEJEMPLO
En la Argentina se han ganado
batallas legales, políticas y sociales.
Son cada vez menos las mujeres que
se sienten responsables y justifican la
violencia. Son cada vez más las que se
animan a denunciar. A decir basta.
Quizás sea momento de avanzar y
plantearnos que no es menos hombre
(término arraigado en una cultura
patriarcal relacionado a la fortaleza)
el que denuncia golpes e insultos de
una mujer. La violencia es violencia,
y debe ser condenada en todas sus
formas.