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LA PERSONA EN ELLA PERSONA EN EL
DERECHO ROMANODERECHO ROMANO
PERSONAPERSONA
Al sujeto se le denominadaAl sujeto se le denominada
persona, término que derivabapersona, término que derivaba
de la palabrade la palabra personaepersonae (voz(voz
latina que significa máscara delatina que significa máscara de
actores).actores).
No todos los hombres eranNo todos los hombres eran
personas o sujetos de derechopersonas o sujetos de derecho
en la sociedad romana.en la sociedad romana.
La persona era el hombre queLa persona era el hombre que
reunía ciertas condiciones:reunía ciertas condiciones:
1. Ser libre1. Ser libre
2. Ser ciudadano romano.2. Ser ciudadano romano.
3.3. PaterfamiliasPaterfamilias oo sui iurissui iuris..
Persona en RomaPersona en Roma
1.1. LibresLibres
2.2. CiudadanosCiudadanos
romanosromanos
3.3. Sui iuris oSui iuris o
paterfamiliaspaterfamilias
Capacidad jurídicaCapacidad jurídica
Total aptitud para ser titular deTotal aptitud para ser titular de
derechos y contraer obligacionesderechos y contraer obligaciones
Nacimiento y existencia del hombreNacimiento y existencia del hombre
La legislación romana exigía en lo relativo alLa legislación romana exigía en lo relativo al
nacimiento ciertos requisitos:nacimiento ciertos requisitos:
1.Que estuvieran efectivamente1.Que estuvieran efectivamente separado del claustroseparado del claustro
materno.materno.
2. Que el2. Que el nacimiento se hubiera producido con vidanacimiento se hubiera producido con vida::
a. Que haya respiradoa. Que haya respirado
b. Que gritarab. Que gritara
Justiniano prefiere la primera opción.Justiniano prefiere la primera opción.
3. Se requiere3. Se requiere que tenga forma humanaque tenga forma humana..
Nacimiento y existencia delNacimiento y existencia del
HombreHombre
Naciturus:Naciturus:
El que había de nacer, el ser concebido y no nacido.El que había de nacer, el ser concebido y no nacido.
Así, en el Derecho romano el concebido no era considerado sujetoAsí, en el Derecho romano el concebido no era considerado sujeto
de derecho.de derecho.
Sin embargo la ley le otorgaba anticipada protección, en losSin embargo la ley le otorgaba anticipada protección, en los
siguientes casos:siguientes casos:
1. En el caso de que el concebido se beneficie con una herencia1. En el caso de que el concebido se beneficie con una herencia
nombrándose unnombrándose un curador ventriscurador ventris..
2.2. Cuando la condición jurídica del nacido se remontaba a suCuando la condición jurídica del nacido se remontaba a su
concepción. P.e. cuando para determinar la condición de libre.concepción. P.e. cuando para determinar la condición de libre.
3. D3. Diferir la aplicación de la pena capital impuesta a la madre paraiferir la aplicación de la pena capital impuesta a la madre para
después que el concebido hubiera nacidodespués que el concebido hubiera nacido
Extinción del ser humanoExtinción del ser humano
El hombre se extingue conEl hombre se extingue con
la muerte.la muerte.
MuerteMuerte..-- Cese definitivo deCese definitivo de
las funciones de respiraciónlas funciones de respiración
y corazón.y corazón.
Sí varias personas unidasSí varias personas unidas
por lazos parentalespor lazos parentales
perecían en una mismaperecían en una misma
catástrofe y no era posiblecatástrofe y no era posible
determinar quien habíadeterminar quien había
muerto primero se lesmuerto primero se les
consideraba muertas a laconsideraba muertas a la
vez.vez.
CAPACIDAD JURÍDICA YCAPACIDAD JURÍDICA Y
CAPACIDAD PARA OBRARCAPACIDAD PARA OBRAR
CAPACIDAD JURÍDICACAPACIDAD JURÍDICA..
Es la aptitud legal oEs la aptitud legal o
jurídica para ser titular yjurídica para ser titular y
contraer obligaciones.contraer obligaciones.
CAPACIDAD DECAPACIDAD DE
OBRAR O EJERCICIOOBRAR O EJERCICIO..
Aptitud o capacidad queAptitud o capacidad que
le permitiera ejercer porle permitiera ejercer por
sí mismo los derechos.sí mismo los derechos.
La capacidad jurídica seLa capacidad jurídica se
complementa con lacomplementa con la
capacidad para obrar.capacidad para obrar.
Causas modificativas de laCausas modificativas de la
CapacidadCapacidad
Honor civilHonor civil.. En Roma el honor del ciudadanoEn Roma el honor del ciudadano
debe mantener sin mancha para que puedadebe mantener sin mancha para que pueda
gozar plenamente de los derechos.gozar plenamente de los derechos.
La infamiaLa infamia implicaba una disminución de laimplicaba una disminución de la
capacidad jurídica P.e. Una persona acusada decapacidad jurídica P.e. Una persona acusada de
infamia no podía presentarse a juicio o ejercerinfamia no podía presentarse a juicio o ejercer
la abogacía.la abogacía.
Causas modificativas de laCausas modificativas de la
CapacidadCapacidad
ReligiónReligión.-.- Existía diferencias deExistía diferencias de
derechos en las personas segúnderechos en las personas según
la religión que profesaban.la religión que profesaban.
Tales diferencias se hicieronTales diferencias se hicieron
notorias con la llegada delnotorias con la llegada del
cristianismo como culto oficial delcristianismo como culto oficial del
imperio.imperio.
P.e. Los herejes estabanP.e. Los herejes estaban
privados del derecho de serprivados del derecho de ser
testigos, contraer matrimonio,testigos, contraer matrimonio,
adquirir títulos.adquirir títulos.
La profesiónLa profesión.-.- Influía en la capacidad de las personasInfluía en la capacidad de las personas
la profesión.la profesión.
Unas merecían ciertos privilegios como las profesionesUnas merecían ciertos privilegios como las profesiones
liberales.liberales.
Otras traían la tacha de infamia.Otras traían la tacha de infamia.
Los magistrados provinciales, como los gobernadores,Los magistrados provinciales, como los gobernadores,
que mientras ejercían su jurisdicción no podían adquirirque mientras ejercían su jurisdicción no podían adquirir
inmuebles, casarse con la mujer del lugar.inmuebles, casarse con la mujer del lugar.
Causas modificativas de laCausas modificativas de la
CapacidadCapacidad
Causas modificativas de laCausas modificativas de la
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EdadEdad.-.- La pubertad era la etapa de laLa pubertad era la etapa de la
vida a partir de la cual se obteníavida a partir de la cual se obtenía
capacidad de obrar (se determinaba lacapacidad de obrar (se determinaba la
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procrear). Doce años para las mujeres yprocrear). Doce años para las mujeres y
catorce para los varones.catorce para los varones.
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SexoSexo..-- La mujer se encontraba enLa mujer se encontraba en
situación de inferioridad al hombre,situación de inferioridad al hombre,
cuando no se hallaba bajo la proteccióncuando no se hallaba bajo la protección
del padre, no se encontraba bajo ladel padre, no se encontraba bajo la
protección del esposo, se le sometía aprotección del esposo, se le sometía a
tutela perpetua.tutela perpetua.
La mujer tenía una incapacidad relativa,La mujer tenía una incapacidad relativa,
le estaba permitida realizar actos quele estaba permitida realizar actos que
pudieran producirle beneficio.pudieran producirle beneficio.
Causas modificativas de laCausas modificativas de la
CapacidadCapacidad
Enfermedades Corporales y mentalesEnfermedades Corporales y mentales::
También influencia en el derecho de las personas lasTambién influencia en el derecho de las personas las
enfermedades corporales y las alteraciones mentales.enfermedades corporales y las alteraciones mentales.
Los dementes debían tener un curador para tutelar susLos dementes debían tener un curador para tutelar sus
bienes.bienes.
Los eunucos estaban impedidos de contraer matrimonioLos eunucos estaban impedidos de contraer matrimonio
y adoptar.y adoptar.
ProdigalidadProdigalidad:: El pródigo es aquél que tenía la maníaEl pródigo es aquél que tenía la manía
de dilapidar sus bienes podía ser privado de sude dilapidar sus bienes podía ser privado de su
capacidad de obrar.capacidad de obrar.
CAPITIS DEMINUTIOCAPITIS DEMINUTIO
Definición.-Definición.- Significaba o implicaba un cambio en losSignificaba o implicaba un cambio en los
estados de libertad de ciudadanía o deestados de libertad de ciudadanía o de sui iurissui iuris
Tres clase de clases deTres clase de clases de capitis deminutiocapitis deminutio::
-- MáximaMáxima.- Cuando la persona pierde la libertad y se.- Cuando la persona pierde la libertad y se
convierte en esclavo.convierte en esclavo.
-- MediaMedia.-.- Cuando se pierde la ciudadanía romanaCuando se pierde la ciudadanía romana
-- MínimaMínima.- Cuando cambia su situación en relación con.- Cuando cambia su situación en relación con
la familia bien por pasar a depender de unla familia bien por pasar a depender de un paterfamilias,paterfamilias,
o ser liberado de la patria potestad y hacerse sui iuris.o ser liberado de la patria potestad y hacerse sui iuris.
1. ESTATUS LIBERTATIS Y LOS1. ESTATUS LIBERTATIS Y LOS
ESCLAVOSESCLAVOS
Status libertatisStatus libertatis.-.- SuSu
degeneración provocaba unadegeneración provocaba una
máxima disminución de cabezamáxima disminución de cabeza
que extinguía la personalidad.que extinguía la personalidad.
Los esclavosLos esclavos.-.- Los que noLos que no
poseían el atributo natural de laposeían el atributo natural de la
personalidad y estabanpersonalidad y estaban
colocados bajo el poder decolocados bajo el poder de
dominio.dominio.
CAUSAS DE ESCLAVITUDCAUSAS DE ESCLAVITUD
1. El nacimiento:1. El nacimiento: El hijo de mujer esclava nacíaEl hijo de mujer esclava nacía
esclavo, aunque el padre fuera hombre libre.esclavo, aunque el padre fuera hombre libre.
El derecho clásico decía que si la mujer habíaEl derecho clásico decía que si la mujer había
sido libre en algún momento de la concepciónsido libre en algún momento de la concepción
el hijo también sería libre.el hijo también sería libre.
2. Cautividad de guerra.-2. Cautividad de guerra.- Los extranjerosLos extranjeros
prisioneros de Roma pasan a ser propiedadprisioneros de Roma pasan a ser propiedad
del Estado.del Estado.
CAUSAS DE ESCLAVITUDCAUSAS DE ESCLAVITUD
3. Los hombres que se hicieran vender como3. Los hombres que se hicieran vender como
esclavos para dividir el precio con el fingidoesclavos para dividir el precio con el fingido
vendedor.vendedor.
4. Las mujeres que tuvieran relaciones con4. Las mujeres que tuvieran relaciones con
esclavos y no atendieran por tres veces laesclavos y no atendieran por tres veces la
petición del amo para que cesara la irregularpetición del amo para que cesara la irregular
situación.situación.
Otras causasOtras causas
Falta de pago de impuestos.Falta de pago de impuestos.
Eludir el servicio de las armasEludir el servicio de las armas
Sustraerse del censo.Sustraerse del censo.
Desertar del ejército.Desertar del ejército.
CONDICIÓN JURÍDICA DELCONDICIÓN JURÍDICA DEL
ESCLAVOESCLAVO
Con respecto al dueño en cuanto a personas yCon respecto al dueño en cuanto a personas y
bienesbienes::
En relación al dueñoEn relación al dueño::
En la época de la Ley de las XII tablas elEn la época de la Ley de las XII tablas el
esclavo no era sujeto de derecho sino tenía laesclavo no era sujeto de derecho sino tenía la
calidad de cosa “res”.calidad de cosa “res”.
El dueño ejercía el derecho a la vida y muerteEl dueño ejercía el derecho a la vida y muerte
del esclavo, lo sometía a trabajo, lo juzgaba ydel esclavo, lo sometía a trabajo, lo juzgaba y
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traducido como "detenedme si escapo ytraducido como "detenedme si escapo y
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ACTIO NOXALISACTIO NOXALIS
Ante la comisión de delitos privados deAnte la comisión de delitos privados de
parte del esclavo se concedía unparte del esclavo se concedía un actioactio
noxalisnoxalis al ofendido contra el amo, quienal ofendido contra el amo, quien
debía pagar una indemnización o hacerdebía pagar una indemnización o hacer
el abandonoel abandono noxalnoxal, que consistía en la, que consistía en la
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Eran objetos de especial cuidado ya que su altoEran objetos de especial cuidado ya que su alto
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Se reconoce a los esclavos sus cultos propios que veneren a sus Dioses.Se reconoce a los esclavos sus cultos propios que veneren a sus Dioses.
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civiles, sino naturales)civiles, sino naturales)
El dueño de los delitos privados y daños de los esclavos mediante laEl dueño de los delitos privados y daños de los esclavos mediante la actioactio
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Derecho postclásico y Justiniano (230 d C. 565 d.c)Derecho postclásico y Justiniano (230 d C. 565 d.c)::
Se mantiene en vigor los principios de la incapacidad de losSe mantiene en vigor los principios de la incapacidad de los
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Continúan las tendencias a favor de la libertad, basados en ideasContinúan las tendencias a favor de la libertad, basados en ideas
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Las uniones entre los esclavos adquieren una mayor importanciaLas uniones entre los esclavos adquieren una mayor importancia
y se prohíbe separar a las familias de los esclavos.y se prohíbe separar a las familias de los esclavos.
Justiniano dispone que por el solo hecho de abandonar unJustiniano dispone que por el solo hecho de abandonar un
esclavo este obtiene la libertad.esclavo este obtiene la libertad.
EXTINCIÓN DE LAEXTINCIÓN DE LA
ESCLAVITUDESCLAVITUD
ManumisionesManumisiones
solemnessolemnes
Por vindicta Por censo Por testamento
EXTINCIÓN DE LAEXTINCIÓN DE LA
ESCLAVITUDESCLAVITUD
Manumissio
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Manumissio
inter amicusInvitar a la mesa
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Libertos ciudadanos:
Adquirían la libertad
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junianos
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Libertos
dedicticios
No poseían derechos
políticos, ni connubium,
ni commercium.
No podían internarse
en Roma Bajo pena de
caer en esclavitud.
Esclavo con mala
Conducta.
2. STATUS CIVITATIS2. STATUS CIVITATIS
El ciudadano romano que no haya sidoEl ciudadano romano que no haya sido
incapacitado por alguna causa participa deincapacitado por alguna causa participa de
todas las instituciones del derecho civiltodas las instituciones del derecho civil
romano, público y particular.romano, público y particular.
CivesCives eran los habitantes libres de laeran los habitantes libres de la
ciudad romana originalmente se les llamabaciudad romana originalmente se les llamaba
quirites.quirites.
Por su nacimiento se consideraba romanoPor su nacimiento se consideraba romano
al nacido de matrimonio legítimo entreal nacido de matrimonio legítimo entre
romanos.romanos.
También se le consideraba como tal alTambién se le consideraba como tal al
nacido de madre que era ciudadana en elnacido de madre que era ciudadana en el
momento del parto.momento del parto.
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Las manumisiones solemnes dabanLas manumisiones solemnes daban
origen a la ciudadanía romana. Durante elorigen a la ciudadanía romana. Durante el
derecho de Justiniano cualquier forma dederecho de Justiniano cualquier forma de
manumitir.manumitir.
La concesión de la autoridad podíaLa concesión de la autoridad podía
beneficiarse a una determinada persona obeneficiarse a una determinada persona o
a un grupo de personas y también a losa un grupo de personas y también a los
habitantes de una ciudad o región.habitantes de una ciudad o región.
2.2. STATUS CIVITATISSTATUS CIVITATIS
ElEl status civitatisstatus civitatis concedía los siguientesconcedía los siguientes
derechos:derechos:
-- Ius commerciiIus commercii
-- Ius commubiumIus commubium
-- Ius sufragiiIus sufragii
-- Ius honorumIus honorum
-- Provocatio At populumProvocatio At populum
-- Ius gentilitatisIus gentilitatis
2.2. STATUS CIVITATISSTATUS CIVITATIS
Latinos veteres:Latinos veteres:
Habitantes de región conocida como Lacio.Habitantes de región conocida como Lacio.
Gozaban delGozaban del Ius CommerciumIus Commercium yy Ius ConnubiumIus Connubium..
Ius suffragiiIus suffragii si se encontraban en Roma al momento de la votación.si se encontraban en Roma al momento de la votación.
Latinos colonarii:Latinos colonarii:
Habitantes de las colonias fundadas en los territorios conquistados. SeHabitantes de las colonias fundadas en los territorios conquistados. Se
les concedió lo mismo que a los latinos veteres.les concedió lo mismo que a los latinos veteres.
Gozaban delGozaban del Ius CommerciumIus Commercium
Excepcionalmente lo hacían delExcepcionalmente lo hacían del Ius ConnubiumIus Connubium..
Latinos Junianos.Latinos Junianos.
Aquellos manumitidos por alguno de los modos no solemnes.Aquellos manumitidos por alguno de los modos no solemnes.
Gozaban delGozaban del Ius CommerciumIus Commercium..
Excepcionalmente lo hacían delExcepcionalmente lo hacían del Ius ConnubiumIus Connubium..
2.2. STATUS CIVITATISSTATUS CIVITATIS
Cada ciudadano tenía un nombre queCada ciudadano tenía un nombre que
identificaba su situación privilegiada.identificaba su situación privilegiada.
Marco Tulio CicerónMarco Tulio Cicerón
Marco: NombreMarco: Nombre
Tulio : Apellido ( nombre gentilicio o familiar)Tulio : Apellido ( nombre gentilicio o familiar)
Cicerón: Rama de familia dentro del grupo de lasCicerón: Rama de familia dentro del grupo de las
genes o apodogenes o apodo
3.3. STATUS FAMILIAESTATUS FAMILIAE
Sui Iuris:Sui Iuris:
- Patria potestad- Patria potestad
- Dominica potestas- Dominica potestas
- Manus maritalis- Manus maritalis
- Manicipium- Manicipium
Alieni IurisAlieni Iuris
DescendienteDescendiente
legítimo o adoptivo delegítimo o adoptivo de
un paterfamilias.un paterfamilias.
Mujer sujeta aMujer sujeta a manusmanus..
Hombre en causaHombre en causa
mancipimancipi..
Personas jurídicasPersonas jurídicas
Personas jurídicasPersonas jurídicas
Entidades incorporales, a las que el DerechoEntidades incorporales, a las que el Derecho
romano les reconoció el carácter de personas.romano les reconoció el carácter de personas.
Son entes susceptibles de adquirir derechos ySon entes susceptibles de adquirir derechos y
contraer obligaciones.contraer obligaciones.
No son personas de existencia visible oNo son personas de existencia visible o
corporal.corporal.
Son agrupaciones de hombres (asociaciones) ySon agrupaciones de hombres (asociaciones) y
ordenaciones de bienes (fundaciones) a las queordenaciones de bienes (fundaciones) a las que
la ley les reconoce en esfera patrimonialla ley les reconoce en esfera patrimonial
condición de sujetos de derecho.condición de sujetos de derecho.
Personas jurídicasPersonas jurídicas
Corporaciones o asociacionesCorporaciones o asociaciones::
Éstas ya se conocían en la Ley de las XII Tablas según la cual losÉstas ya se conocían en la Ley de las XII Tablas según la cual los
asociados “podían establecer los pactos que quisieran con tal de noasociados “podían establecer los pactos que quisieran con tal de no
infringir la ley pública”.infringir la ley pública”.
Se requería que estuvieran integrada por tres personas como mínimo y queSe requería que estuvieran integrada por tres personas como mínimo y que
tuvieran la intención de constituir una unidad orgánica tendiente a un fintuvieran la intención de constituir una unidad orgánica tendiente a un fin
lícito.lícito.
Debía tener un estatuto, representantes, patrimonio independiente.Debía tener un estatuto, representantes, patrimonio independiente.
Las asociaciones tenían la facultad de manumitir esclavos.Las asociaciones tenían la facultad de manumitir esclavos.
Hacer legados a las corporaciones.Hacer legados a las corporaciones.
Existían asociaciones con carácter profesional, religiosos, etc.Existían asociaciones con carácter profesional, religiosos, etc.
Personas jurídicasPersonas jurídicas
Fundaciones:Fundaciones:
Los romanos conocieron y practicaron elLos romanos conocieron y practicaron el
destino, o las adscripciones de determinadosdestino, o las adscripciones de determinados
bienes o patrimonios para atender a finalidadesbienes o patrimonios para atender a finalidades
duraderas o de utilidad pública.duraderas o de utilidad pública.
Existieron fundaciones alimentarias imperiales,Existieron fundaciones alimentarias imperiales,
consistían en capitales que se entregaban a lasconsistían en capitales que se entregaban a las
ciudades o en créditos agrícolas concedidos aciudades o en créditos agrícolas concedidos a
particulares, con la obligación de destinar losparticulares, con la obligación de destinar los
intereses al mantenimiento de niños pobres.intereses al mantenimiento de niños pobres.

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Brando

  • 1. LA PERSONA EN ELLA PERSONA EN EL DERECHO ROMANODERECHO ROMANO
  • 2. PERSONAPERSONA Al sujeto se le denominadaAl sujeto se le denominada persona, término que derivabapersona, término que derivaba de la palabrade la palabra personaepersonae (voz(voz latina que significa máscara delatina que significa máscara de actores).actores). No todos los hombres eranNo todos los hombres eran personas o sujetos de derechopersonas o sujetos de derecho en la sociedad romana.en la sociedad romana. La persona era el hombre queLa persona era el hombre que reunía ciertas condiciones:reunía ciertas condiciones: 1. Ser libre1. Ser libre 2. Ser ciudadano romano.2. Ser ciudadano romano. 3.3. PaterfamiliasPaterfamilias oo sui iurissui iuris..
  • 3. Persona en RomaPersona en Roma 1.1. LibresLibres 2.2. CiudadanosCiudadanos romanosromanos 3.3. Sui iuris oSui iuris o paterfamiliaspaterfamilias Capacidad jurídicaCapacidad jurídica Total aptitud para ser titular deTotal aptitud para ser titular de derechos y contraer obligacionesderechos y contraer obligaciones
  • 4. Nacimiento y existencia del hombreNacimiento y existencia del hombre La legislación romana exigía en lo relativo alLa legislación romana exigía en lo relativo al nacimiento ciertos requisitos:nacimiento ciertos requisitos: 1.Que estuvieran efectivamente1.Que estuvieran efectivamente separado del claustroseparado del claustro materno.materno. 2. Que el2. Que el nacimiento se hubiera producido con vidanacimiento se hubiera producido con vida:: a. Que haya respiradoa. Que haya respirado b. Que gritarab. Que gritara Justiniano prefiere la primera opción.Justiniano prefiere la primera opción. 3. Se requiere3. Se requiere que tenga forma humanaque tenga forma humana..
  • 5. Nacimiento y existencia delNacimiento y existencia del HombreHombre Naciturus:Naciturus: El que había de nacer, el ser concebido y no nacido.El que había de nacer, el ser concebido y no nacido. Así, en el Derecho romano el concebido no era considerado sujetoAsí, en el Derecho romano el concebido no era considerado sujeto de derecho.de derecho. Sin embargo la ley le otorgaba anticipada protección, en losSin embargo la ley le otorgaba anticipada protección, en los siguientes casos:siguientes casos: 1. En el caso de que el concebido se beneficie con una herencia1. En el caso de que el concebido se beneficie con una herencia nombrándose unnombrándose un curador ventriscurador ventris.. 2.2. Cuando la condición jurídica del nacido se remontaba a suCuando la condición jurídica del nacido se remontaba a su concepción. P.e. cuando para determinar la condición de libre.concepción. P.e. cuando para determinar la condición de libre. 3. D3. Diferir la aplicación de la pena capital impuesta a la madre paraiferir la aplicación de la pena capital impuesta a la madre para después que el concebido hubiera nacidodespués que el concebido hubiera nacido
  • 6. Extinción del ser humanoExtinción del ser humano El hombre se extingue conEl hombre se extingue con la muerte.la muerte. MuerteMuerte..-- Cese definitivo deCese definitivo de las funciones de respiraciónlas funciones de respiración y corazón.y corazón. Sí varias personas unidasSí varias personas unidas por lazos parentalespor lazos parentales perecían en una mismaperecían en una misma catástrofe y no era posiblecatástrofe y no era posible determinar quien habíadeterminar quien había muerto primero se lesmuerto primero se les consideraba muertas a laconsideraba muertas a la vez.vez.
  • 7. CAPACIDAD JURÍDICA YCAPACIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD PARA OBRARCAPACIDAD PARA OBRAR CAPACIDAD JURÍDICACAPACIDAD JURÍDICA.. Es la aptitud legal oEs la aptitud legal o jurídica para ser titular yjurídica para ser titular y contraer obligaciones.contraer obligaciones. CAPACIDAD DECAPACIDAD DE OBRAR O EJERCICIOOBRAR O EJERCICIO.. Aptitud o capacidad queAptitud o capacidad que le permitiera ejercer porle permitiera ejercer por sí mismo los derechos.sí mismo los derechos. La capacidad jurídica seLa capacidad jurídica se complementa con lacomplementa con la capacidad para obrar.capacidad para obrar.
  • 8. Causas modificativas de laCausas modificativas de la CapacidadCapacidad Honor civilHonor civil.. En Roma el honor del ciudadanoEn Roma el honor del ciudadano debe mantener sin mancha para que puedadebe mantener sin mancha para que pueda gozar plenamente de los derechos.gozar plenamente de los derechos. La infamiaLa infamia implicaba una disminución de laimplicaba una disminución de la capacidad jurídica P.e. Una persona acusada decapacidad jurídica P.e. Una persona acusada de infamia no podía presentarse a juicio o ejercerinfamia no podía presentarse a juicio o ejercer la abogacía.la abogacía.
  • 9. Causas modificativas de laCausas modificativas de la CapacidadCapacidad ReligiónReligión.-.- Existía diferencias deExistía diferencias de derechos en las personas segúnderechos en las personas según la religión que profesaban.la religión que profesaban. Tales diferencias se hicieronTales diferencias se hicieron notorias con la llegada delnotorias con la llegada del cristianismo como culto oficial delcristianismo como culto oficial del imperio.imperio. P.e. Los herejes estabanP.e. Los herejes estaban privados del derecho de serprivados del derecho de ser testigos, contraer matrimonio,testigos, contraer matrimonio, adquirir títulos.adquirir títulos.
  • 10. La profesiónLa profesión.-.- Influía en la capacidad de las personasInfluía en la capacidad de las personas la profesión.la profesión. Unas merecían ciertos privilegios como las profesionesUnas merecían ciertos privilegios como las profesiones liberales.liberales. Otras traían la tacha de infamia.Otras traían la tacha de infamia. Los magistrados provinciales, como los gobernadores,Los magistrados provinciales, como los gobernadores, que mientras ejercían su jurisdicción no podían adquirirque mientras ejercían su jurisdicción no podían adquirir inmuebles, casarse con la mujer del lugar.inmuebles, casarse con la mujer del lugar. Causas modificativas de laCausas modificativas de la CapacidadCapacidad
  • 11. Causas modificativas de laCausas modificativas de la CapacidadCapacidad EdadEdad.-.- La pubertad era la etapa de laLa pubertad era la etapa de la vida a partir de la cual se obteníavida a partir de la cual se obtenía capacidad de obrar (se determinaba lacapacidad de obrar (se determinaba la pubertad si tenía condiciones depubertad si tenía condiciones de procrear). Doce años para las mujeres yprocrear). Doce años para las mujeres y catorce para los varones.catorce para los varones.
  • 12. Causas modificativas de laCausas modificativas de la CapacidadCapacidad SexoSexo..-- La mujer se encontraba enLa mujer se encontraba en situación de inferioridad al hombre,situación de inferioridad al hombre, cuando no se hallaba bajo la proteccióncuando no se hallaba bajo la protección del padre, no se encontraba bajo ladel padre, no se encontraba bajo la protección del esposo, se le sometía aprotección del esposo, se le sometía a tutela perpetua.tutela perpetua. La mujer tenía una incapacidad relativa,La mujer tenía una incapacidad relativa, le estaba permitida realizar actos quele estaba permitida realizar actos que pudieran producirle beneficio.pudieran producirle beneficio.
  • 13. Causas modificativas de laCausas modificativas de la CapacidadCapacidad Enfermedades Corporales y mentalesEnfermedades Corporales y mentales:: También influencia en el derecho de las personas lasTambién influencia en el derecho de las personas las enfermedades corporales y las alteraciones mentales.enfermedades corporales y las alteraciones mentales. Los dementes debían tener un curador para tutelar susLos dementes debían tener un curador para tutelar sus bienes.bienes. Los eunucos estaban impedidos de contraer matrimonioLos eunucos estaban impedidos de contraer matrimonio y adoptar.y adoptar. ProdigalidadProdigalidad:: El pródigo es aquél que tenía la maníaEl pródigo es aquél que tenía la manía de dilapidar sus bienes podía ser privado de sude dilapidar sus bienes podía ser privado de su capacidad de obrar.capacidad de obrar.
  • 14. CAPITIS DEMINUTIOCAPITIS DEMINUTIO Definición.-Definición.- Significaba o implicaba un cambio en losSignificaba o implicaba un cambio en los estados de libertad de ciudadanía o deestados de libertad de ciudadanía o de sui iurissui iuris Tres clase de clases deTres clase de clases de capitis deminutiocapitis deminutio:: -- MáximaMáxima.- Cuando la persona pierde la libertad y se.- Cuando la persona pierde la libertad y se convierte en esclavo.convierte en esclavo. -- MediaMedia.-.- Cuando se pierde la ciudadanía romanaCuando se pierde la ciudadanía romana -- MínimaMínima.- Cuando cambia su situación en relación con.- Cuando cambia su situación en relación con la familia bien por pasar a depender de unla familia bien por pasar a depender de un paterfamilias,paterfamilias, o ser liberado de la patria potestad y hacerse sui iuris.o ser liberado de la patria potestad y hacerse sui iuris.
  • 15. 1. ESTATUS LIBERTATIS Y LOS1. ESTATUS LIBERTATIS Y LOS ESCLAVOSESCLAVOS Status libertatisStatus libertatis.-.- SuSu degeneración provocaba unadegeneración provocaba una máxima disminución de cabezamáxima disminución de cabeza que extinguía la personalidad.que extinguía la personalidad. Los esclavosLos esclavos.-.- Los que noLos que no poseían el atributo natural de laposeían el atributo natural de la personalidad y estabanpersonalidad y estaban colocados bajo el poder decolocados bajo el poder de dominio.dominio.
  • 16. CAUSAS DE ESCLAVITUDCAUSAS DE ESCLAVITUD 1. El nacimiento:1. El nacimiento: El hijo de mujer esclava nacíaEl hijo de mujer esclava nacía esclavo, aunque el padre fuera hombre libre.esclavo, aunque el padre fuera hombre libre. El derecho clásico decía que si la mujer habíaEl derecho clásico decía que si la mujer había sido libre en algún momento de la concepciónsido libre en algún momento de la concepción el hijo también sería libre.el hijo también sería libre. 2. Cautividad de guerra.-2. Cautividad de guerra.- Los extranjerosLos extranjeros prisioneros de Roma pasan a ser propiedadprisioneros de Roma pasan a ser propiedad del Estado.del Estado.
  • 17. CAUSAS DE ESCLAVITUDCAUSAS DE ESCLAVITUD 3. Los hombres que se hicieran vender como3. Los hombres que se hicieran vender como esclavos para dividir el precio con el fingidoesclavos para dividir el precio con el fingido vendedor.vendedor. 4. Las mujeres que tuvieran relaciones con4. Las mujeres que tuvieran relaciones con esclavos y no atendieran por tres veces laesclavos y no atendieran por tres veces la petición del amo para que cesara la irregularpetición del amo para que cesara la irregular situación.situación. Otras causasOtras causas Falta de pago de impuestos.Falta de pago de impuestos. Eludir el servicio de las armasEludir el servicio de las armas Sustraerse del censo.Sustraerse del censo. Desertar del ejército.Desertar del ejército.
  • 18. CONDICIÓN JURÍDICA DELCONDICIÓN JURÍDICA DEL ESCLAVOESCLAVO Con respecto al dueño en cuanto a personas yCon respecto al dueño en cuanto a personas y bienesbienes:: En relación al dueñoEn relación al dueño:: En la época de la Ley de las XII tablas elEn la época de la Ley de las XII tablas el esclavo no era sujeto de derecho sino tenía laesclavo no era sujeto de derecho sino tenía la calidad de cosa “res”.calidad de cosa “res”. El dueño ejercía el derecho a la vida y muerteEl dueño ejercía el derecho a la vida y muerte del esclavo, lo sometía a trabajo, lo juzgaba ydel esclavo, lo sometía a trabajo, lo juzgaba y castigaba.castigaba.
  • 19. CONDICIÓN JURÍDICA DELCONDICIÓN JURÍDICA DEL ESCLAVOESCLAVO Con respecto al dueño en cuanto a personas yCon respecto al dueño en cuanto a personas y bienesbienes:: En relación al dueñoEn relación al dueño:: A los esclavos se les podía colocar un collar conA los esclavos se les podía colocar un collar con una placa en la que se leeríauna placa en la que se leería tenemene fucia ettenemene fucia et revo cameadomnum et viventium in aracallistirevo cameadomnum et viventium in aracallisti,, traducido como "detenedme si escapo ytraducido como "detenedme si escapo y devolvedme a mi dueño”devolvedme a mi dueño”
  • 20. ACTIO NOXALISACTIO NOXALIS Ante la comisión de delitos privados deAnte la comisión de delitos privados de parte del esclavo se concedía unparte del esclavo se concedía un actioactio noxalisnoxalis al ofendido contra el amo, quienal ofendido contra el amo, quien debía pagar una indemnización o hacerdebía pagar una indemnización o hacer el abandonoel abandono noxalnoxal, que consistía en la, que consistía en la entrega del esclavo a la víctima.entrega del esclavo a la víctima.
  • 21. Situación del esclavo por etapasSituación del esclavo por etapas Derecho antiguo (753 A. C. - 130 A.C.)Derecho antiguo (753 A. C. - 130 A.C.):: Los esclavos procedían de las capturas deLos esclavos procedían de las capturas de prisioneros en las guerras con las poblacionesprisioneros en las guerras con las poblaciones vecinas.vecinas. Eran objetos de especial cuidado ya que su altoEran objetos de especial cuidado ya que su alto precio inducía a los dueños a darles un tratoprecio inducía a los dueños a darles un trato considerado.considerado.
  • 22. Situación del esclavo por etapasSituación del esclavo por etapas Derecho clásico (130 A.C. - 230 D. C.)Derecho clásico (130 A.C. - 230 D. C.) :: El número de esclavos se incrementa a consecuencia de las guerras deEl número de esclavos se incrementa a consecuencia de las guerras de conquista a finales de la República y comienzos del imperio (Africa, Asia).conquista a finales de la República y comienzos del imperio (Africa, Asia). El emperador Claudio priva de derecho de propiedad al dueño queEl emperador Claudio priva de derecho de propiedad al dueño que abandonase a su esclavo viejo y enfermo.abandonase a su esclavo viejo y enfermo. Se reconoce a los esclavos sus cultos propios que veneren a sus Dioses.Se reconoce a los esclavos sus cultos propios que veneren a sus Dioses. Se reconocen las relaciones que establezca el esclavo con tercerosSe reconocen las relaciones que establezca el esclavo con terceros respecto a los bienes comprometidos en su peculio (no son obligacionesrespecto a los bienes comprometidos en su peculio (no son obligaciones civiles, sino naturales)civiles, sino naturales) El dueño de los delitos privados y daños de los esclavos mediante laEl dueño de los delitos privados y daños de los esclavos mediante la actioactio noxalisnoxalis
  • 23. Situación del esclavo por etapasSituación del esclavo por etapas Derecho postclásico y Justiniano (230 d C. 565 d.c)Derecho postclásico y Justiniano (230 d C. 565 d.c):: Se mantiene en vigor los principios de la incapacidad de losSe mantiene en vigor los principios de la incapacidad de los esclavos y su sumisión a la potestad del dueño.esclavos y su sumisión a la potestad del dueño. Continúan las tendencias a favor de la libertad, basados en ideasContinúan las tendencias a favor de la libertad, basados en ideas cristianas.cristianas. Se castiga con homicidio al dueño que con malos tratos causa laSe castiga con homicidio al dueño que con malos tratos causa la muerte del esclavo.muerte del esclavo. Las uniones entre los esclavos adquieren una mayor importanciaLas uniones entre los esclavos adquieren una mayor importancia y se prohíbe separar a las familias de los esclavos.y se prohíbe separar a las familias de los esclavos. Justiniano dispone que por el solo hecho de abandonar unJustiniano dispone que por el solo hecho de abandonar un esclavo este obtiene la libertad.esclavo este obtiene la libertad.
  • 24. EXTINCIÓN DE LAEXTINCIÓN DE LA ESCLAVITUDESCLAVITUD ManumisionesManumisiones solemnessolemnes Por vindicta Por censo Por testamento
  • 25. EXTINCIÓN DE LAEXTINCIÓN DE LA ESCLAVITUDESCLAVITUD Manumissio Per epistolam •Manumisiones •menos solemnes Manumissio inter amicusInvitar a la mesa al esclavo
  • 26. Condición de los manumitidosCondición de los manumitidos Libertos ciudadanos: Adquirían la libertad y la ciudadanía. no tenían del ius honorum. A partir de la época de Augusto se le permitió el matrimonio con ingenuos Libertos latinos junianos Obtenían su libertad de forma no solemne. Carecía de derechos Públicos. Se les concedió el Ius commercium Libertos dedicticios No poseían derechos políticos, ni connubium, ni commercium. No podían internarse en Roma Bajo pena de caer en esclavitud. Esclavo con mala Conducta.
  • 27. 2. STATUS CIVITATIS2. STATUS CIVITATIS El ciudadano romano que no haya sidoEl ciudadano romano que no haya sido incapacitado por alguna causa participa deincapacitado por alguna causa participa de todas las instituciones del derecho civiltodas las instituciones del derecho civil romano, público y particular.romano, público y particular. CivesCives eran los habitantes libres de laeran los habitantes libres de la ciudad romana originalmente se les llamabaciudad romana originalmente se les llamaba quirites.quirites. Por su nacimiento se consideraba romanoPor su nacimiento se consideraba romano al nacido de matrimonio legítimo entreal nacido de matrimonio legítimo entre romanos.romanos. También se le consideraba como tal alTambién se le consideraba como tal al nacido de madre que era ciudadana en elnacido de madre que era ciudadana en el momento del parto.momento del parto.
  • 28. 2. STATUS CIVITATIS2. STATUS CIVITATIS Las manumisiones solemnes dabanLas manumisiones solemnes daban origen a la ciudadanía romana. Durante elorigen a la ciudadanía romana. Durante el derecho de Justiniano cualquier forma dederecho de Justiniano cualquier forma de manumitir.manumitir. La concesión de la autoridad podíaLa concesión de la autoridad podía beneficiarse a una determinada persona obeneficiarse a una determinada persona o a un grupo de personas y también a losa un grupo de personas y también a los habitantes de una ciudad o región.habitantes de una ciudad o región.
  • 29. 2.2. STATUS CIVITATISSTATUS CIVITATIS ElEl status civitatisstatus civitatis concedía los siguientesconcedía los siguientes derechos:derechos: -- Ius commerciiIus commercii -- Ius commubiumIus commubium -- Ius sufragiiIus sufragii -- Ius honorumIus honorum -- Provocatio At populumProvocatio At populum -- Ius gentilitatisIus gentilitatis
  • 30. 2.2. STATUS CIVITATISSTATUS CIVITATIS Latinos veteres:Latinos veteres: Habitantes de región conocida como Lacio.Habitantes de región conocida como Lacio. Gozaban delGozaban del Ius CommerciumIus Commercium yy Ius ConnubiumIus Connubium.. Ius suffragiiIus suffragii si se encontraban en Roma al momento de la votación.si se encontraban en Roma al momento de la votación. Latinos colonarii:Latinos colonarii: Habitantes de las colonias fundadas en los territorios conquistados. SeHabitantes de las colonias fundadas en los territorios conquistados. Se les concedió lo mismo que a los latinos veteres.les concedió lo mismo que a los latinos veteres. Gozaban delGozaban del Ius CommerciumIus Commercium Excepcionalmente lo hacían delExcepcionalmente lo hacían del Ius ConnubiumIus Connubium.. Latinos Junianos.Latinos Junianos. Aquellos manumitidos por alguno de los modos no solemnes.Aquellos manumitidos por alguno de los modos no solemnes. Gozaban delGozaban del Ius CommerciumIus Commercium.. Excepcionalmente lo hacían delExcepcionalmente lo hacían del Ius ConnubiumIus Connubium..
  • 31. 2.2. STATUS CIVITATISSTATUS CIVITATIS Cada ciudadano tenía un nombre queCada ciudadano tenía un nombre que identificaba su situación privilegiada.identificaba su situación privilegiada. Marco Tulio CicerónMarco Tulio Cicerón Marco: NombreMarco: Nombre Tulio : Apellido ( nombre gentilicio o familiar)Tulio : Apellido ( nombre gentilicio o familiar) Cicerón: Rama de familia dentro del grupo de lasCicerón: Rama de familia dentro del grupo de las genes o apodogenes o apodo
  • 32. 3.3. STATUS FAMILIAESTATUS FAMILIAE Sui Iuris:Sui Iuris: - Patria potestad- Patria potestad - Dominica potestas- Dominica potestas - Manus maritalis- Manus maritalis - Manicipium- Manicipium Alieni IurisAlieni Iuris DescendienteDescendiente legítimo o adoptivo delegítimo o adoptivo de un paterfamilias.un paterfamilias. Mujer sujeta aMujer sujeta a manusmanus.. Hombre en causaHombre en causa mancipimancipi..
  • 34. Personas jurídicasPersonas jurídicas Entidades incorporales, a las que el DerechoEntidades incorporales, a las que el Derecho romano les reconoció el carácter de personas.romano les reconoció el carácter de personas. Son entes susceptibles de adquirir derechos ySon entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones.contraer obligaciones. No son personas de existencia visible oNo son personas de existencia visible o corporal.corporal. Son agrupaciones de hombres (asociaciones) ySon agrupaciones de hombres (asociaciones) y ordenaciones de bienes (fundaciones) a las queordenaciones de bienes (fundaciones) a las que la ley les reconoce en esfera patrimonialla ley les reconoce en esfera patrimonial condición de sujetos de derecho.condición de sujetos de derecho.
  • 35. Personas jurídicasPersonas jurídicas Corporaciones o asociacionesCorporaciones o asociaciones:: Éstas ya se conocían en la Ley de las XII Tablas según la cual losÉstas ya se conocían en la Ley de las XII Tablas según la cual los asociados “podían establecer los pactos que quisieran con tal de noasociados “podían establecer los pactos que quisieran con tal de no infringir la ley pública”.infringir la ley pública”. Se requería que estuvieran integrada por tres personas como mínimo y queSe requería que estuvieran integrada por tres personas como mínimo y que tuvieran la intención de constituir una unidad orgánica tendiente a un fintuvieran la intención de constituir una unidad orgánica tendiente a un fin lícito.lícito. Debía tener un estatuto, representantes, patrimonio independiente.Debía tener un estatuto, representantes, patrimonio independiente. Las asociaciones tenían la facultad de manumitir esclavos.Las asociaciones tenían la facultad de manumitir esclavos. Hacer legados a las corporaciones.Hacer legados a las corporaciones. Existían asociaciones con carácter profesional, religiosos, etc.Existían asociaciones con carácter profesional, religiosos, etc.
  • 36. Personas jurídicasPersonas jurídicas Fundaciones:Fundaciones: Los romanos conocieron y practicaron elLos romanos conocieron y practicaron el destino, o las adscripciones de determinadosdestino, o las adscripciones de determinados bienes o patrimonios para atender a finalidadesbienes o patrimonios para atender a finalidades duraderas o de utilidad pública.duraderas o de utilidad pública. Existieron fundaciones alimentarias imperiales,Existieron fundaciones alimentarias imperiales, consistían en capitales que se entregaban a lasconsistían en capitales que se entregaban a las ciudades o en créditos agrícolas concedidos aciudades o en créditos agrícolas concedidos a particulares, con la obligación de destinar losparticulares, con la obligación de destinar los intereses al mantenimiento de niños pobres.intereses al mantenimiento de niños pobres.

Notas del editor

  1. A ley le otrogaba