1. Control de lectura de personas y familia
1. Marque la respuesta correcta. En Roma era sui juris:
a) La mujer.
b) Los descendientes, los hijos adoptivos, incluido las mujeres con matrimonio
cum manu.
c) El pater familae.
d) Los descendientes, los hijos adoptivos, incluido las mujeres con matrimonio
sine manu.
2. Marque verdadero (v) o falso (f) la respuesta correcta:
a) El nasciturus (el aún no nacido) tenía derechos hereditarios, a condición de
que naciera vivo (V).
b) El esclavo era un sujeto de derecho (F).
c) La media capitus diminutio significaba que el ciudadano perdía su libertad
(F).
d) La pubertad en Roma, tanto para las mujeres como los hombres era a los
catorce años (F).
3. Marque la respuesta correcta. El universitas personarum era:
a) Cualquier persona natural.
b) Cualquier persona jurídica.
c) La asociación.
d) La fundación.
4. Explique las características del nacimiento y la muerte de la persona física
en el Derecho Romano.
-En Roma el nacimiento básicamente establece el comienzo de la existencia de
la persona física.
-Los requisitos o condiciones que se debían cumplir para calificar al recién nacido
como persona eran los siguientes:
Requisitos: Explicación
El ser estuviera
separado del claustro
materno.
El bebe tenía que ser independiente al cuerpo de la madre,
es decir, con el cordón umbilical cortado.
El nacimiento se
hubiera producido
con vida.
Para probar que el bebe nació vivo se tenía que verificar
que respirara (según los sabianos) o que gritara o llorara
(según los proculeyanos).
El nacido tuviera
forma humana.
Básicamente, el bebe tenía que tener un cuerpo con una
estructura “normal” o “común” a la de cualquier persona, es
decir, sin deformaciones que lo alejaran de su “naturaleza”.
-Por otro lado, también es importante mencionar al concebido o nasciturus. Este
ser es prácticamente una persona en potencia porque está desarrollándose
2. dentro del útero de la madre para próximamente nacer. Ahora bien, sus
principales características son las siguientes:
*No tenía personalidad jurídica (no era titular de derechos ni de obligaciones).
*Sin embargo, podía tener derechos hereditarios a condición de que naciera
vivo. Para esto se le asignaba un curador.
*En pocas palabras, se puede decir que en cuanto a él le beneficie el concebido
se tiene por nacido.
-Con respecto a la muerte, se puede definir como el momento donde se extingue
el hombre o la persona física. Algunas características importantes:
*Solo desde el derecho clásico empezaron a importar las presunciones de
muerte.
*Las personas que tenían lazos parentales y morían juntos en una misma
catástrofe, al no ser posible la determinación de quién murió primero, se optaba
por presumir que las muertes fueron simultáneamente.
5. Desarrolle las principales características de la asociación y fundación
en Roma.
-Primero tenemos que mencionar las características comunes entre la
asociación y la fundación:
*Son personas jurídicas (es decir, una agrupación de personas naturales)
*Tienen personalidad jurídica (pueden adquirir derechos y deberes)
* “Representaban a las personas”
-Ahora bien, veamos las características específicas de cada en un cuadro
comparativo:
Asociaciones o Corporaciones Fundaciones
Según la terminología
romana se designa a los dos
tipos como universitas
personarum.
Según la terminología romana se designa
a los dos tipos como universitas rerum.
Su objetivo era constituir una
unidad orgánica tendiente a un
fin lícito (podía ser religioso,
profesional o gremial, lucrativo,
etc.)
Su objetivo era ser entes que personifican
un “patrimonio” destinado al cumplimiento
de una finalidad dada por el instituyente.
En pocas palabras, era una
“comunidad de individuos”
organizados para realizar una
determinada actividad.
En pocas palabras, era una organización
que tenía como elemento vital a un
patrimonio destinado a un determinado fin.
Finalmente, vamos a añadir algunos puntos importantes de cada uno:
3. A) Asociaciones:
*A sus miembros se les llamaba sodales o socii
*Fueron conocido desde el más antiguo derecho
*Requisitos fundamentales
1° Que estuviera integrada por 3 personas como mínimos.
2° Tenía que tener un fin lícito.
*Su extinción podría producirse por las siguientes maneras:
1° Desaparición de sus socios.
2° Acuerdo de voluntad de los socios.
3° Consecución del fin que había motivado su creación.
4° Decisión estatal.
B) Fundaciones
*Adoptó forma de “institución benéfica y de culto promovida por el cristianismo”
*Se llegó a establecer que los patrimonios fundacionales tenían aptitud de:
1° Recibir por testamento.
2° Cobrar créditos.
3° Entablar acción es judiciales.
4° Realizar permutas.
5° Celebrar locaciones, etc.