2. Exportación temporal para
Perfeccionamiento pasivo
Permite la salida temporal del territorio
aduanero de mercancías nacionales o
nacionalizadas para su transformación,
elaboración o reparación y luego
reimportarlas como productos
compensadores en un plazo determinado.
3. 20/03/2009
Establecer las pautas para el despacho de las
mercancías destinadas a los regímenes de Exportación
Temporal para Reimportación en el Mismo Estado y
Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo,
con la finalidad de lograr el correcto
cumplimiento de las normas que los regulan.
4. ALCANCE
Todas las dependencias de la
Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria - SUNAT y a los operadores del
comercio exterior que intervienen en el
procedimiento de los regímenes de
Exportación Temporal para Reimportación en
el Mismo Estado y Exportación Temporal para
Perfeccionamiento Pasivo.
La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente
Procedimiento es de responsabilidad del Intendente de Fiscalización y
Gestión de Recaudación Aduanera, del Intendente Nacional de Sistemas de
Información, del Intendente Nacional de Técnica Aduanera, del Intendente de
Prevención del Contrabando y Control Fronterizo, de los Intendentes de Aduana
de la República, jefaturas y del personal de las distintas unidades
organizacionales que participan en el presente procedimiento.
RESPONSABILIDAD
5. DOCUMENTOS
UTILIZADOS
1. Declaración Aduanera de Mercancías.
2. Documento de transporte.
3. Documento que acredita la propiedad o
declaración jurada de posesión de la
mercancía.
4. Cuadro de Insumo Producto.
5. Documento de seguro de transporte de las
mercancías, cuando corresponda.
6. Garantía comercial otorgada por el
vendedor, cuando corresponda
Ejemplo:
Confeccionados aquí y mandarlos fuera
del territorio aduanero para ponerles los
botones y cinturones y luego volver
a traer esos vestidos
transformados, para luego
reimportarlas con los derechos de
importación.