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El Peruano
Lima, miércoles 25 de abril de 2012               NORMAS LEGALES                                                          464861
                                                                       Estando a lo propuesto por la Dirección General de
                                      SALUD                        Salud de las Personas y el Seguro Integral de Salud;
                                                                       Con el visado de la Directora General de la Dirección
                                                                   General de Salud de las Personas, del Seguro Integral de
Aprueban el Listado de Enfermedades                                Salud, de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento
de Alto Costo de Atención                                          en Salud, de la Oficina General de Planeamiento y
                                                                   Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General
                     RESOLUCIÓN MINISTERIAL                        de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,
                        N° 325-2012/MINSA                              De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129°
                                                                   del Reglamento de la Ley N° 29344, aprobado mediante
     Lima, 24 de abril del 2012                                    Decreto Supremo N° 008-2010-SA y en el literal l) del
                                                                   artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;
    Visto, el Expediente N° 11-060914-001, que contiene
el Informe N° 003-2012-DGSP-DGS/MINSA de la                            SE RESUELVE:
Dirección General de Salud de las Personas, el Informe
N° 00035-2012/IEGIC de la Superintendencia Nacional de                 Artículo 1°.- Aprobar el Listado de Enfermedades de
Aseguramiento en Salud, el Informe N° 0235-2011-OGPP-              Alto Costo de Atención, el mismo que en anexo forma parte
OPGI/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y                  integrante de la presente Resolución Ministerial.
Presupuesto y el Informe N° 240-2011-SIS-GNF-GREP                      Artículo 2°.- Los gastos generados por la atención
de la Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro             de las enfermedades de alto costo de atención serán
Integral de Salud; y,                                              financiados por la Unidad Ejecutora 002 del Seguro Integral
                                                                   de Salud - Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) de
     CONSIDERANDO:                                                 conformidad a lo previsto en la Ley N° 29761.
                                                                       Artículo 3°.- Disponer que la revisión y actualización del
     Que, el artículo 7° de la Constitución Política del Perú,     Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atención será
establece que todos tienen Derecho a la protección de su           como mínimo cada dos años, a iniciativa y propuesta de la
salud, del medio familiar y a la comunidad, así como el            Dirección General de Salud de las Personas en coordinación
deber de contribuir a su promoción y defensa;                      con instituciones e instancias correspondientes.
     Que, el artículo 11° de la Constitución, señala que el            Artículo 4°.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones
Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud           Regionales de Salud, o son los órganos responsables de la
y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o          adecuada y oportuna difusión, de lo establecido en la presente
mixtas, supervisando asimismo su eficaz funcionamiento;             Resolución, dentro de sus respectivas jurisdicciones.
     Que, el Seguro Integral de Salud es un Organismo                  Artículo 5°.- La Superintendencia Nacional de
Público Ejecutor del Ministerio de Salud, creado por Ley           Aseguramiento en Salud, supervisará la calidad y la
Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, cuya misión es la           oportunidad de las prestaciones que forman parte del
de administrar los fondos destinados al financiamiento de           Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atención, según
prestaciones de salud individual de conformidad con la             la normatividad vigente.
política del sector;                                                   Artículo 6°.- Encargar a la Oficina General de
     Que, el artículo 2º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio    Comunicaciones la publicación de la presente Resolución
de Salud, establece que, el Ministerio de Salud es el órgano       Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud,
del Poder Ejecutivo rector del Sector Salud que conduce,           en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/
regula y promueve la intervención del Sistema Nacional             portada/transparencia/normas.asp
de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la
persona humana, a través de la promoción, protección,                 Regístrese, comuníquese y publíquese
recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo
de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos            CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
fundamentales de la persona;                                          Ministro de Salud
     Que, el Artículo 41º del Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto                                   ANEXO 1
Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que la Dirección General
de Salud de las Personas es el órgano técnico normativo en
                                                                     Capítulo
los procesos relacionados entre otros, a la atención integral                               GRUPO DE PATOLOGÍAS
y gestión sanitaria;                                                  CIE 10
     Que, el artículo 21° de la Ley N° 29344, Ley Marco                 C           Cáncer de cuello uterino,
de Aseguramiento Universal en Salud establece que las
Enfermedades de Alto Costo que no están incluidas en                    C           Cáncer de mama, 1
el PEAS (Plan Esencial de Aseguramiento en Salud)
pueden ser financiadas para la población bajo el régimen                 C           Cáncer de colon,1
subsidiado y semicontributivo, con el Fondo Intangible                  C           Cáncer de estómago,
Solidario de Salud (FISSAL), estableciendo además que el
listado de las enfermedades que serán aseguradas deberá                 C           Cáncer de próstata,
ser definido previamente por el Ministerio de Salud;
     Que, el artículo 129° del Decreto Supremo Nº 008-2010-             C           Leucemias (C91.0 a C95.9 y C90.1)2,
SA, Reglamento de la Ley Nº 29344, regula que el Listado                C           Linfomas (C81.0 a C85.9 y C96.3),
de Enfermedades de Alto Costo de Atención a cargo del
FISSAL, será aprobado por el Ministerio de Salud, mediante              N           Insuficiencia renal crónica (N18).
Resolución Ministerial;
     Que, mediante Ley N° 29761, Ley de Financiamiento                 1 Tratamiento se hará de acuerdo a Guías de Práctica Clínica
Público de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del         vigentes.
Aseguramiento Universal en Salud, se creó la Unidad Ejecutora          2 Incluye tratamiento de Trasplante de Médula Ósea.
Fondo Intangible Solidario de Salud (Fissal) sobre la base del
fondo creado por la Ley 27656, Ley de Creación del Fondo               781092-1
Intangible Solidario de Salud, con el fin de financiar la atención
de las enfermedades de alto costo de atención, así como la
atención de salud de las personas con enfermedades raras
o huérfanas, establecida en la Ley 29698, Ley que Declara                   TRABAJO Y PROMOCION
de Interés Nacional y Preferente Atención el Tratamiento de
Personas que Padecen Enfermedades Raras o Huérfanas;
     Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto
                                                                                     DEL EMPLEO
resolutivo que aprueba el Listado de Enfermedades de
Alto Costo, el mismo que está sustentado en estudios de            Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de
siniestralidad, incidencia y prevalencia, así como a los
costos que implican las prestaciones respectivas y las
                                                                   Seguridad y Salud en el Trabajo
probabilidades de recuperabilidad de las enfermedades,                           DECRETO SUPREMO
elaborado de manera consensuada por la Dirección General
de Salud de las Personas y el Seguro Integral de Salud en                           Nº 005-2012-TR
concordancia con las disposiciones antes descritas;                    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
El Peruano
464862                                            NORMAS LEGALES                                         Lima, miércoles 25 de abril de 2012

   CONSIDERANDO:                                                   niveles de protección superiores a los contemplados en la
                                                                   Ley. Asimismo, los empleadores podrán aplicar estándares
    Que, los derechos a la vida y a la salud se encuentran         internacionales en seguridad y salud en el trabajo para
consagrados en la Constitución Política del Perú y en              atender situaciones no previstas en la legislación nacional.
diversos instrumentos de derechos humanos ratificados                   Artículo 4º.- En concordancia con lo dispuesto en
por el Perú;                                                       la Primera Disposición Complementaria y Final de la
    Que, a nivel regional, el Perú, como miembro de la             Ley, en la medida en que lo previsto por los respectivos
Comunidad Andina de Naciones (CAN), cuenta con el                  Reglamentos sectoriales no resulte incompatible con
Instrumento de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual            lo dispuesto por la Ley y el presente Reglamento, esas
establece la obligación de los Estados miembros de                 disposiciones continuarán vigentes. En todo caso, cuando
implementar una política de prevención de riesgos laborales        los Reglamentos mencionados establezcan obligaciones y
y vigilar su cumplimiento; el deber de los empleadores de          derechos superiores a los contenidos en la Ley y el presente
identificar, evaluar, prevenir y comunicar los riesgos en el        Reglamento, aquéllas prevalecerán sobre éstos.
trabajo a sus trabajadores; y el derecho de los trabajadores
a estar informados de los riesgos de las actividades que                                    TÍTULO II
prestan, entre otros;
    Que, una política nacional en seguridad y salud en el                 POLÍTICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y
trabajo debe crear las condiciones que aseguren el control                       SALUD EN EL TRABAJO
de los riesgos laborales, mediante el desarrollo de una
cultura de la prevención eficaz; en la que los sectores y los           Artículo 5º.- El reexamen periódico, total o parcial, de
actores sociales responsables de crear esas condiciones            la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a
puedan efectuar una planificación, así como un seguimiento          que hace referencia el artículo 4º de la Ley, es prioridad
y control de medidas de seguridad y salud en el trabajo;           del Estado, y debe realizarse por lo menos una (1) vez al
    Que, en este contexto, se ha aprobado la Ley Nº 29783,         año con la participación consultiva del Consejo Nacional de
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo con el objeto de            Seguridad y Salud en el Trabajo.
promover una cultura de prevención de riesgos laborales a              El resultado del reexamen se considera en las
través del deber de prevención de los empleadores, el rol          modificaciones de la Política Nacional de Seguridad y
de fiscalización y control del Estado y la participación de         Salud en el Trabajo.
los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes              Artículo 6º.- Con una periodicidad no mayor a dos (2) años
a través del diálogo social, deben velar por la promoción,         debe realizarse un examen global o un examen sectorial de la
difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia;          situación de la Seguridad y Salud en el Trabajo, en función
    Que, resulta necesario dictar normas reglamentarias            de las prioridades establecidas en la Política Nacional de
que permitan su adecuada aplicación, en armonía con las            Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual se somete a consulta
normas antes descritas; y,                                         del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
    De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del
artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº                               TÍTULO III
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 29831,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo                DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD
y Promoción del Empleo;                                                         Y SALUD EN EL TRABAJO
   SE DECRETA:                                                                             CAPÍTULO I
    Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento de la Ley Nº                  DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD
29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que consta                     Y SALUD EN EL TRABAJO
de siete (7) títulos, quince (15) capítulos, ciento veintidós
(123) artículos, una (01) Disposición Complementaria Final,            Artículo 7º.- El Consejo Nacional de Seguridad y
catorce (14) Disposiciones Complementarias Transitorias,           Salud en el Trabajo es la instancia máxima de diálogo y
un (1) Glosario y dos (2) Anexos.                                  concertación social en materia de seguridad y salud en el
    Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será                 trabajo, de composición tripartita, e instancia consultiva
refrendado por el Ministro de Trabajo y Promoción del              del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene
Empleo.                                                            su sede en Lima y sus sesiones de trabajo se celebran en
                                                                   dicha ciudad. No obstante, puede reunirse en cualquier otro
   Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro        lugar, previo acuerdo del Pleno.
días del mes de abril del año dos mil doce.                            Artículo 8º.- Los consejeros tienen derecho a:
   OLLANTA HUMALA TASSO                                                a) Participar con voz y voto en las sesiones del Pleno y
   Presidente Constitucional de la República                       en las comisiones técnicas que integren.
                                                                       b) Asistir, únicamente con voz, a cualquiera de las
   JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO                                   comisiones técnicas de las que no formen parte.
   Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo                          c) Asistir a los plenos acompañados de asesores,
                                                                   cuando lo estimen conveniente.
                                                                       d) Solicitar información y documentación que obre en
     REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29873, LEY DE                         poder de la Secretaria Técnica.
       SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO                                 e) Proponer la realización de informes o estudios sobre
                                                                   las materias de competencia del Consejo.
                          TÍTULO I
                                                                      Artículo 9º.- Los consejeros tienen la obligación de:
             DISPOSICIONES GENERALES
                                                                       a) Asistir a las sesiones del Pleno y a las comisiones
    Artículo 1º.- El presente Reglamento desarrolla la             técnicas de las que formen parte.
Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y                b) Guardar reserva con relación a las actuaciones del
tiene como objetivo promover una cultura de prevención de          Consejo, cuando éste así lo determine.
riesgos laborales en el país, sobre la base de la observancia          c) Promover los objetivos y funciones del Consejo
del deber de prevención de los empleadores, el rol de              de acuerdo a lo dispuesto por la Ley y el presente
fiscalización y control del Estado y la participación de los        Reglamento.
trabajadores y sus organizaciones sindicales.
    Cuando la presente norma haga mención a la Ley, se                Artículo 10º.- Son órganos del Consejo:
entiende referida a la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y
Salud en el Trabajo.                                                  a) El Pleno.
    Artículo 2º.- En aplicación del principio de prevención, se       b) Las comisiones técnicas, cuando se estimen
entienden incluidos dentro del ámbito de aplicación a que se       convenientes.
refiere el artículo 2º de la Ley, a toda persona bajo modalidad        c) El Presidente.
formativa y a los trabajadores autónomos. También se incluye          d) La Secretaría Técnica.
a todo aquel que, sin prestar servicios, se encuentre dentro del
lugar de trabajo, en lo que les resulte aplicable.                     Artículo 11º.- El Pleno está integrado por la totalidad de
    Artículo 3º.- Por convenio colectivo, contrato de trabajo      los consejeros y constituye el órgano máximo de decisión
o por decisión unilateral del empleador se pueden establecer       del Consejo.
El Peruano
Lima, miércoles 25 de abril de 2012              NORMAS LEGALES                                                        464863
    La Presidencia está a cargo del representante del                 e) Solicitar al Pleno del Consejo, por iniciativa propia o a
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y, en su             pedido de las partes, autorización para grabar determinadas
ausencia, del representante alterno.                              sesiones, cuyos contenidos serán de carácter reservado, a
    Artículo 12º.- Las sesiones del Pleno son convocadas          fin de facilitar el desarrollo de sus funciones.
por su Presidente en un plazo no menor a cinco (5) días               f) Archivar y custodiar la documentación del Consejo.
hábiles, remitiéndose a cada miembro la citación con el               g) Servir de enlace permanente con las instituciones
orden del día y la documentación correspondiente.                 públicas y privadas para el cumplimiento de las funciones
    El Pleno se reúne en sesión ordinaria al menos una (1)        del Consejo.
vez al mes, pudiendo ser convocada extraordinariamente                h) Las demás que señale el Pleno.
por el Presidente a propia iniciativa o a solicitud de la
mayoría simple de los representantes por sector.                      Artículo 20°.- Para el desarrollo de sus funciones
    El informe anual del Consejo Nacional de Seguridad y          técnicas y administrativas la Secretaría Técnica puede
Salud en el Trabajo es elaborado en enero de cada año.            contar con la colaboración financiera y técnica de otros
    Artículo 13º.- Existe quórum con la asistencia de más         organismos nacionales e internacionales.
de la mitad de los consejeros legalmente establecidos.                Artículo 21º.- Todas las situaciones no previstas
    Artículo 14º.- Los acuerdos o decisiones del Pleno            expresamente en este capítulo son resueltas por consenso
se adoptan por consenso. En el caso de no alcanzar                en el Pleno. En el caso de no alcanzar consenso, se
consenso, se requiere mayoría simple. En caso de empate,          requiere mayoría simple. En caso de empate, el Presidente
el Presidente tiene el voto dirimente.                            tiene el voto dirimente.
    Las sesiones constan en actas que deben ser firmadas
por todos los Consejeros asistentes.                                                      CAPÍTULO II
    Artículo 15º.- El Pleno puede acordar la constitución
de comisiones técnicas permanentes o para asuntos                          DE LOS CONSEJOS REGIONALES DE
específicos, con el fin de elaborar opiniones, estudios,                    SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
planes, informes u otros que se le encomienden.
    Artículo 16º.- Las comisiones técnicas tienen una                 Artículo 22º.- Los Consejos Regionales de Seguridad y
composición tripartita, procurando la equidad de género en        Salud en el Trabajo gozan de autonomía para elaborar su propio
la representación de cada sector. El número de integrantes        reglamento interno de funcionamiento, conforme lo regulado
es determinado por el Pleno, no pudiendo ser mayor de seis        por el presente Reglamento y el artículo 14º de la Ley.
(6). Se puede convocar a asesores técnicos para contribuir            Los Consejos Regionales deberán elaborar informes
a los trabajos de las comisiones.                                 de gestión y actividades que deberán enviar al Consejo
    Los integrantes de las comisiones técnicas no son             Nacional de Seguridad y Salud del Trabajo en noviembre
necesariamente los integrantes del pleno.                         de cada año.
    Los resultados del trabajo de las comisiones técnicas
son presentados al Pleno para su aprobación.                                               TÍTULO IV
    Artículo 17º.- El Presidente es el representante del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y su mandato               SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD
se extiende por el tiempo que estime dicha entidad. Sus                       Y SALUD EN EL TRABAJO
funciones son:
                                                                                          CAPÍTULO I
    a) Ejercer la representación del Consejo ante los
poderes del Estado, instituciones públicas y privadas, así                                PRINCIPIOS
como ante los medios de comunicación social.
    b) Convocar y presidir las sesiones del Pleno.                    Artículo 23º.- Los empleadores que tienen implementados
    c) Fijar la agenda de las sesiones del Pleno en               sistemas integrados de gestión o cuentan con certificaciones
coordinación con la Secretaría Técnica, teniendo en cuenta        internacionales en seguridad y salud en el trabajo deben
las propuestas y peticiones formuladas por los consejeros.        verificar que éstas cumplan, como mínimo, con lo señalado en
    d) Coordinar con la Secretaría Técnica el seguimiento y       la Ley, el presente Reglamento y demás normas aplicables.
ejecución de los acuerdos del Pleno.                                  Artículo 24º.- El empleador debe implementar
    e) Vincular al Consejo con otras instituciones nacionales     mecanismos adecuados, que permitan hacer efectiva la
e internacionales afines a éste, y con los consejos                participación activa de los trabajadores y sus organizaciones
regionales.                                                       sindicales en todos los aspectos a que hace referencia el
    f) Otras que le sean asignadas por el Pleno.                  artículo 19º de la Ley.
    Artículo 18°.- El mandato de los representantes de las                                CAPÍTULO II
organizaciones que conforman el Consejo, de acuerdo al
artículo 10° de la Ley, es de dos (2) años renovables. En              POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
caso de vacancia, las organizaciones deben nombrar al                    SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
reemplazante. Son causales de vacancia:
                                                                      Artículo 25°.- El empleador debe implementar el Sistema
     a) La inasistencia injustificada a tres (03) sesiones         de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, regulado
consecutivas o alternadas del Pleno en un período de tres         en la Ley y en el presente Reglamento, en función del tipo
(3) meses.                                                        de empresa u organización, nivel de exposición a peligros y
     b) El dejar de ser representante de su organización por      riesgos, y la cantidad de trabajadores expuestos.
retiro de la representación acordada por su organización              Los empleadores pueden contratar procesos de acreditación
de origen.                                                        de sus Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el
     c) El impedimento legal sobreviniente determinado por        Trabajo en forma voluntaria y bajo su responsabilidad. Este
Resolución Judicial firme.                                         proceso de acreditación no impide el ejercicio de la facultad
     d) La enfermedad física o mental debidamente                 fiscalizadora a cargo de la Inspección del Trabajo respecto a las
comprobada que inhabilita para el ejercicio de cargo.             normas nacionales de seguridad y salud en el trabajo, así como
     e) El vencimiento del plazo establecido para el ejercicio    las normas internacionales ratificadas y las disposiciones en la
del cargo sin renovación.                                         materia acordadas por negociación colectiva.
     f) La muerte.                                                    En el caso de la micro y pequeña empresa, la Autoridad
                                                                  Administrativa de Trabajo establece medidas especiales de
    Artículo 19º.- La Secretaría Técnica del Consejo es el        asesoría para la implementación de sistemas de gestión de
órgano de asistencia técnica y administrativa del Consejo, está   la seguridad y salud en el trabajo.
a cargo de la Dirección General de Derechos Fundamentales
y Seguridad y Salud en el Trabajo y sus funciones son:                                    CAPÍTULO III
    a) Dirigir y coordinar los servicios administrativos y         ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
técnicos del Consejo.
    b) Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Pleno        SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
y de las comisiones técnicas.
    c) Extender las actas de las sesiones para que sean              Artículo 26°.- El empleador está obligado a:
aprobadas por el Pleno.                                               a) Garantizar que la seguridad y salud en el trabajo
    d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos del              sea una responsabilidad conocida y aceptada en todos los
Consejo.                                                          niveles de la organización.
El Peruano
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     b) Definir y comunicar a todos los trabajadores, cuál es          Artículo 30º.- En el caso del inciso c) del artículo 35º
el departamento o área que identifica, evalúa o controla los      de la Ley, las recomendaciones deben considerar los
peligros y riesgos relacionados con la seguridad y salud en      riesgos en el centro de trabajo y particularmente aquellos
el trabajo.                                                      relacionados con el puesto o función, a efectos de que el
     c) Disponer de una supervisión efectiva, según sea          trabajador conozca de manera fehaciente los riesgos a los
necesario, para asegurar la protección de la seguridad y la      que está expuesto y las medidas de protección y prevención
salud de los trabajadores.                                       que debe adoptar o exigir al empleador.
     d) Promover la cooperación y la comunicación entre el            Cuando en el contrato de trabajo no conste por escrito la
personal, incluidos los trabajadores, sus representantes y       descripción de las recomendaciones de seguridad y salud
las organizaciones sindicales, a fin de aplicar los elementos     en el trabajo, éstas deberán entregarse en forma física o
del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el             digital, a más tardar, el primer día de labores.
Trabajo en la organización en forma eficiente.                         Artículo 31º.- Las facilidades económicas y licencias
     e) Cumplir los principios de los Sistemas de Gestión        con goce de haber a que hace referencia el inciso d) del
de la Seguridad y Salud en el Trabajo señalados en el            artículo 35º de la Ley, cubren los costos del traslado y los
artículo 18° de la Ley y en los programas voluntarios sobre      gastos de alimentación y alojamiento, siempre y cuando la
seguridad y salud en el trabajo que adopte el empleador.         capacitación programada se lleve a cabo fuera del lugar de
     f) Establecer, aplicar y evaluar una política y un          trabajo o en una localidad o región distinta a aquélla.
programa en materia de seguridad y salud en el trabajo con            La licencia con goce de haber se entiende otorgada por
objetivos medibles y trazables.                                  el tiempo empleado por el trabajador para movilizarse hacia
     g) Adoptar disposiciones efectivas para identificar          el lugar de la capacitación, el tiempo que permanece en
y eliminar los peligros y los riesgos relacionados con el        la misma y el tiempo que demanda el retorno al centro de
trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo.           trabajo, siempre y cuando la capacitación se realice fuera de
     h) Establecer los programas de prevención y promoción       la jornada de trabajo.
de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento.             Artículo 32°.- La documentación del Sistema de
     i) Asegurar la adopción de medidas efectivas que            Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo que debe
garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus   exhibir el empleador es la siguiente:
representantes en la ejecución de la Política de Seguridad y
Salud en el Trabajo y en los Comités de Seguridad y Salud            a) La política y objetivos en materia de seguridad y
en el Trabajo.                                                   salud en el trabajo.
     j) Proporcionar los recursos adecuados para garantizar          b) El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el
que las personas responsables de la seguridad y salud en el      Trabajo.
trabajo, incluido el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo       c) La identificación de peligros, evaluación de riesgos y
o el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, puedan       sus medidas de control.
cumplir los planes y programas preventivos establecidos.             d) El mapa de riesgo.
                                                                     e) La planificación de la actividad preventiva.
    Artículo 27º.- El empleador, en cumplimiento del deber           f) El Programa Anual de Seguridad y Salud en el
de prevención y del artículo 27º de la Ley, garantiza que los    Trabajo.
trabajadores sean capacitados en materia de prevención.
    La formación debe estar centrada:                                La documentación referida en los incisos a) y c) debe
                                                                 ser exhibida en un lugar visible dentro de centro de trabajo,
    a) En el puesto de trabajo específico o en la función         sin perjuicio de aquella exigida en las normas sectoriales
que cada trabajador desempeña, cualquiera que sea                respectivas.
la naturaleza del vínculo, modalidad o duración de su                Artículo 33º.- Los registros obligatorios del Sistema de
contrato.                                                        Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo son:
    b) En los cambios en las funciones que desempeñe,
cuando éstos se produzcan.                                           a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades
    c) En los cambios en las tecnologías o en los equipos        ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes,
de trabajo, cuando éstos se produzcan.                           en el que deben constar la investigación y las medidas
    d) En las medidas que permitan la adaptación a               correctivas.
la evolución de los riesgos y la prevención de nuevos                b) Registro de exámenes médicos ocupacionales.
riesgos.                                                             c) Registro del monitoreo de agentes físicos,
    e) En la actualización periódica de los conocimientos.       químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo
                                                                 disergonómicos.
    Para la capacitación de los trabajadores de la micro y           d) Registro de inspecciones internas de seguridad y
pequeña empresa, la Autoridad Administrativa de Trabajo          salud en el trabajo.
brinda servicios gratuitos de formación en seguridad y               e) Registro de estadísticas de seguridad y salud.
salud en el trabajo.                                                 f) Registro de equipos de seguridad o emergencia.
    Artículo 28°.- La capacitación, cualquiera que sea su            g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y
modalidad, debe realizarse dentro de la jornada de trabajo.      simulacros de emergencia.
La capacitación puede ser impartida por el empleador,                h) Registro de auditorías.
directamente o través de terceros. En ningún caso el costo           Los registros a que se refiere el párrafo anterior deberán
de la formación recae sobre los trabajadores, debiendo ser       contener la información mínima establecida en los formatos
asumido íntegramente por el empleador.                           que aprueba el Ministerio de Trabajo y Promoción del
    Artículo 29°.- Los programas de capacitación deben:          Empleo mediante Resolución Ministerial.
                                                                     Artículo 34°.- En los casos de empleadores de
    a) Hacerse extensivos a todos los trabajadores,              intermediación o tercerización, el empleador usuario o
atendiendo de manera específica a los riesgos existentes          principal también debe implementar los registros a que
en el trabajo.                                                   refiere el inciso a) del artículo precedente para el caso de los
    b) Ser impartidos por profesionales competentes y con        trabajadores en régimen de intermediación o tercerización,
experiencia en la materia.                                       así como para las personas bajo modalidad formativa y los
    c) Ofrecer, cuando proceda, una formación inicial y          que prestan servicios de manera independiente, siempre
cursos de actualización a intervalos adecuados.                  que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente
    d) Ser evaluados por parte de los participantes en           en sus instalaciones.
función a su grado de comprensión y su utilidad en la labor          En el caso de las micro y pequeñas empresas, el Ministerio
de prevención de riesgos.                                        de Trabajo y Promoción del Empleo establece un sistema
    e) Ser revisados periódicamente, con la participación del    simplificado de documentos y registros. Igualmente, y siempre
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del Supervisor       que el Ministerio lo determine mediante Resolución Ministerial,
de Seguridad y Salud en el Trabajo, y ser modificados, de         el referido sistema simplificado puede ser establecido en
ser necesario, para garantizar su pertinencia y eficacia.         determinados sectores o actividades de baja complejidad o
    f) Contar con materiales y documentos idóneos.               riesgo en materia de seguridad y salud en el trabajo.
    g) Adecuarse al tamaño de la organización y a la                 Asimismo, el Ministerio de Trabajo y Promoción
naturaleza de sus actividades y riesgos.                         del Empleo establece formatos referenciales para los
                                                                 documentos y registros referidos en los artículos 32º y 33º
    En el caso del Sector Público las acciones de                del presente Decreto Supremo; los que pueden ser llevados
capacitación se realizan en el marco de lo establecido en el     por el empleador en medios físicos o digitales.
Decreto Legislativo Nº 1025, sin perjuicio de lo dispuesto en        Artículo 35º.- El registro de enfermedades
el presente Reglamento.                                          ocupacionales debe conservarse por un período de veinte
El Peruano
Lima, miércoles 25 de abril de 2012                NORMAS LEGALES                                                           464865
(20) años; los registros de accidentes de trabajo e incidentes           i) Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos,
peligrosos por un periodo de diez (10) años posteriores al          instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y
suceso; y los demás registros por un periodo de cinco (5)           demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención
años posteriores al suceso.                                         de los riesgos en el lugar de trabajo.
    Para la exhibición a que hace referencia el artículo                 j) Promover el compromiso, la colaboración y la
88º de la Ley, el empleador cuenta con un archivo activo            participación activa de todos los trabajadores en la prevención
donde figuran los eventos de los últimos doce (12) meses             de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz,
de ocurrido el suceso, luego de lo cual pasa a un archivo           la participación de los trabajadores en la solución de los
pasivo que se deberá conservar por los plazos señalados en          problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el
el párrafo precedente. Estos archivos pueden ser llevados           entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros.
por el empleador en medios físicos o digitales.                          k) Realizar inspecciones periódicas en las áreas
    Si la Inspección del Trabajo requiere información de            administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinaria
períodos anteriores a los últimos doce (12) meses a que             y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva.
se refiere el artículo 88° de la Ley, debe otorgar un plazo               l) Considerar las circunstancias e investigar las causas
razonable para que el empleador presente dicha información.         de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades
    Artículo 36°.- Los trabajadores y los representantes de         ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo
las organizaciones sindicales tienen el derecho de consultar        las recomendaciones respectivas para evitar la repetición
los registros del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud        de éstos.
en el Trabajo, con excepción de la información relativa                  m) Verificar el cumplimiento y eficacia de sus
a la salud del trabajador que sólo será accesible con su            recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes
autorización escrita.                                               y la ocurrencia de enfermedades profesionales.
    Artículo 37°.- El empleador debe establecer y mantener               n) Hacer recomendaciones apropiadas para el
disposiciones y procedimientos para:                                mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente
                                                                    de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas
    a) Recibir, documentar y responder adecuadamente                adoptadas y examinar su eficiencia.
a las comunicaciones internas y externas relativas a la                  o) Analizar y emitir informes de las estadísticas de los
seguridad y salud en el trabajo.                                    incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales
    b) Garantizar la comunicación interna de la información         ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación
relativa a la seguridad y salud en el trabajo entre los distintos   deben ser constantemente actualizados por la unidad
niveles y cargos de la organización.                                orgánica de seguridad y salud en el trabajo del empleador.
    c) Garantizar que las sugerencias de los trabajadores o              p) Colaborar con los servicios médicos y de primeros
de sus representantes sobre seguridad y salud en el trabajo         auxilios.
se reciban y atiendan en forma oportuna y adecuada.                      q) Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo
                                                                    y la asistencia y asesoramiento al empleador y al trabajador.
                                  CAPÍTULO IV                            r) Reportar a la máxima autoridad del empleador la
                                                                    siguiente información:
      DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD
             Y SALUD EN EL TRABAJO                                      r.1) El accidente mortal o el incidente peligroso, de
                                                                    manera inmediata.
     Artículo 38°.- El empleador debe asegurar, cuando                  r.2) La investigación de cada accidente mortal y
corresponda, el establecimiento y el funcionamiento                 medidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días
efectivo de un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo,           de ocurrido.
el reconocimiento de los representantes de los trabajadores             r.3) Las estadísticas trimestrales de accidentes,
y facilitar su participación.                                       incidentes y enfermedades ocupacionales.
     Artículo 39º.- El empleador que tenga menos de veinte              r.4) Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad
(20) trabajadores debe garantizar que la elección del               y Salud en el Trabajo.
Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo se realice
por los trabajadores.                                                   s) Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento
     Artículo 40º.- El Comité de Seguridad y Salud en el            de los acuerdos.
Trabajo tiene por objetivos promover la salud y seguridad en            t) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para
el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto      analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos
por el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el                en el programa anual, y en forma extraordinaria para
Trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar          analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las
laboral y apoyando el desarrollo del empleador.                     circunstancias lo exijan.
     Artículo 41º.- El Comité o el Supervisor de Seguridad y
Salud en el Trabajo desarrollan sus funciones con sujeción              Artículo 43º.- El número de personas que componen el
a lo señalado en la Ley y en el presente Reglamento, no             Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es definido por
están facultados a realizar actividades con fines distintos a        acuerdo de partes no pudiendo ser menor de cuatro (4) ni
la prevención y protección de la seguridad y salud.                 mayor de doce (12) miembros. Entre otros criterios, se podrá
                                                                    considerar el nivel de riesgo y el número de trabajadores.
   Artículo 42º.- Son funciones del Comité de Seguridad                 A falta de acuerdo, el número de miembros del Comité
y Salud en el Trabajo:                                              no es menor de seis (6) en los empleadores con más de
                                                                    cien (100) trabajadores, agregándose al menos a dos (2)
    a) Conocer los documentos e informes relativos a                miembros por cada cien (100) trabajadores adicionales,
las condiciones de trabajo que sean necesarios para el              hasta un máximo de doce (12) miembros.
cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de              Artículo 44º.- Cuando el empleador cuente con varios
la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo.       centros de trabajo, cada uno de éstos puede contar con
    b) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud           un Supervisor o Subcomité de Seguridad y Salud en el
del empleador.                                                      Trabajo, en función al número de trabajadores.
    c) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en                El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo coordina
el Trabajo.                                                         y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor
    d) Conocer y aprobar la Programación Anual del Servicio         de Seguridad y Salud en el Trabajo, de ser el caso.
de Seguridad y Salud en el Trabajo.                                     La elección de los miembros del Sub Comité de
    e) Participar en la elaboración, aprobación, puesta en          Seguridad y Salud en el Trabajo está sujeta al mismo
práctica y evaluación de las políticas, planes y programas          procedimiento previsto para el Comité de Seguridad y Salud
de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la           en el Trabajo, dentro del ámbito de su competencia.
prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.                  Artículo 45º.- El Comité de Seguridad y Salud en el
    f) Aprobar el plan anual de capacitación de los                 Trabajo realiza sus actividades en coordinación con el
trabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo.                 Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo.
    g) Promover que todos los nuevos trabajadores reciban               Artículo 46º.- El empleador debe proporcionar al
una adecuada formación, instrucción y orientación sobre             personal que conforma el Comité de Seguridad y Salud
prevención de riesgos.                                              en el Trabajo o al Supervisor de Seguridad y Salud en el
    h) Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas        Trabajo, una tarjeta de identificación o un distintivo especial
internas y las especificaciones técnicas del trabajo                 visible, que acredite su condición.
relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo;           Artículo 47º.- Para ser integrante del Comité de
así como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en             Seguridad y Salud en el Trabajo o Supervisor de Seguridad
el Trabajo.                                                         y Salud en el Trabajo se requiere:
El Peruano
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    a) Ser trabajador del empleador.                               aplicación y vigencia de los acuerdos de éste. Representa
    b) Tener dieciocho (18) años de edad como mínimo.              al comité ante el empleador.
    c) De preferencia, tener capacitación en temas de                  Artículo 58º.- El Secretario está encargado de las
seguridad y salud en el trabajo o laborar en puestos que           labores administrativas del Comité de Seguridad y Salud
permitan tener conocimiento o información sobre riesgos            en el Trabajo.
laborales.                                                             Artículo 59º.- Los miembros, entre otras funciones
                                                                   señaladas en el presente Reglamento, aportan iniciativas
    Artículo 48º.- El empleador conforme lo establezca             propias o del personal del empleador para ser tratadas en
su estructura organizacional y jerárquica designa a sus            las sesiones y son los encargados de fomentar y hacer
representantes, titulares y suplentes ante el Comité de            cumplir las disposiciones o acuerdos tomados por el Comité
Seguridad y Salud en el Trabajo, entre el personal de              de Seguridad y Salud en el Trabajo.
dirección y confianza.                                                  Artículo 60º.- El Comité o el Supervisor de Seguridad
    Artículo 49º.- Los trabajadores eligen a sus                   y Salud en el Trabajo pueden solicitar a la autoridad
representantes, titulares y suplentes, ante el Comité de           competente la información y asesoría técnica que crean
Seguridad y Salud en el Trabajo, con excepción del personal        necesaria para cumplir con sus fines.
de dirección y de confianza. Dicha elección se realiza                  Asimismo, podrán recurrir a profesionales con
mediante votación secreta y directa. Este proceso electoral        competencias técnicas en seguridad y salud en el trabajo,
está a cargo de la organización sindical mayoritaria, en           en calidad de consejeros.
concordancia con lo señalado en el artículo 9° del Texto               Artículo 61°.- El observador a que hace referencia el
Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de               artículo 29° de la Ley, podrá participar en las reuniones del
Trabajo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-                 Comité, y tendrá las siguientes facultades:
2003-TR. En su defecto, está a cargo de la organización
sindical que afilie el mayor número de trabajadores en la                a) Asistir, sin voz ni voto, a las reuniones del Comité;
empresa o entidad empleadora.                                           b) Solicitar información al Comité, a pedido de las
    Cuando no exista organización sindical, el empleador           organizaciones sindicales que representan, sobre el
debe convocar a la elección de los representantes de               Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, y;
los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en                 c) Alertar a los representantes de los trabajadores ante
el Trabajo o del Supervisor de Seguridad y Salud en el             el Comité de la existencia de riesgos que pudieran afectar
Trabajo, la cual debe ser democrática, mediante votación           la transparencia, probidad o cumplimiento de objetivos y de
secreta y directa, entre los candidatos presentados por los        la normativa correspondiente.
trabajadores.
    El acto de elección deberá registrarse en un acta que              Artículo 62º.- El mandato de los representantes de los
se incorpora en el Libro de Actas respectivo. Una copia del        trabajadores o del Supervisor de Seguridad y Salud en el
acta debe constar en el Libro del Comité de Seguridad y            Trabajo dura un (1) año como mínimo y dos (2) años como
Salud en el Trabajo.                                               máximo. Los representantes del empleador ejercerán el
    La nominación de los candidatos debe efectuarse quince         mandato por plazo que éste determine.
(15) días hábiles antes de la convocatoria a elecciones, a fin          Artículo 63º.- El cargo de miembro del Comité de
de verificar que éstos cumplan con los requisitos legales.          Seguridad y Salud en el Trabajo o del Supervisor de
    Artículo 50º.- La convocatoria a la instalación del            Seguridad y Salud en el Trabajo vaca por alguna de las
Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo corresponde              siguientes causales:
al empleador. Dicho acto se lleva a cabo en el local de la
empresa, levantándose el acta respectiva.                              a) Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del
    Artículo 51º.- El acto de constitución e instalación;          cargo, en el caso de los representantes de los trabajadores
así como, toda reunión, acuerdo o evento del Comité de             y del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Seguridad y Salud en el Trabajo, deben ser asentados en                b) Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones
un Libro de Actas, exclusivamente destinado para estos             consecutivas del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo
fines.                                                              o a cuatro (4) alternadas, en el lapso de su vigencia.
    Artículo 52°.- El Supervisor de Seguridad y Salud en el            c) Enfermedad física o mental que inhabilita para el
Trabajo debe llevar un registro donde consten los acuerdos         ejercicio del cargo.
adoptados con la máxima autoridad de la empresa o                      d) Por cualquier otra causa que extinga el vínculo
empledor.                                                          laboral.
    Artículo 53º.- En la constitución e instalación del Comité
de Seguridad y Salud en el Trabajo se levanta un acta que               Artículo 64º.- Los cargos vacantes son suplidos por el
debe contener la siguiente información mínima:                     representante alterno correspondiente, hasta la conclusión
                                                                   del mandato.
   a) Nombre del empleador;                                             En caso de vacancia del cargo de Supervisor de
   b) Nombres y cargos de los miembros titulares;                  Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser cubierto a través
   c) Nombres y cargos de los miembros suplentes;                  de la elección por parte de los trabajadores.
   d) Nombre y cargo del observador designado por la                    Artículo 65º.- El Comité de Seguridad y Salud en
organización sindical, en aplicación del artículo 29° de la        el Trabajo, cuando la magnitud de la organización del
Ley, de ser el caso;                                               empleador lo requiera, puede crear comisiones técnicas
   e) Lugar, fecha y hora de la instalación; y,                    para el desarrollo de tareas específicas, tales como, la
   f) Otros de importancia.                                        investigación de accidentes de trabajo, el diseño del
                                                                   programa de capacitación, la elaboración de procedimientos,
    Artículo 54º.- El empleador debe garantizar el                 entre otras. La composición de estas comisiones es
cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité de            determinada por el Comité.
Seguridad y Salud en el Trabajo.                                        Artículo 66º.- Los miembros del Comité de Seguridad
    Artículo 55º.- El Comité o el Supervisor de Seguridad y        y Salud en el Trabajo o el Supervisor de Seguridad y Salud
Salud en el Trabajo pueden solicitar asesoría de la Autoridad      en el Trabajo deben recibir capacitaciones especializadas
Competente para resolver los problemas relacionados con            en seguridad y salud en el trabajo a cargo del empleador,
la prevención de riesgos, de acuerdo con las disposiciones         adicionales a las referidas en el inciso b) del artículo 35° de
legales vigentes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo   la Ley. Estas capacitaciones deberán realizarse dentro de
60º del presente Decreto Supremo.                                  la jornada laboral.
    Artículo 56°.- El Comité está conformado por:                       Artículo 67º.- Las reuniones del Comité de Seguridad
                                                                   y Salud en el Trabajo se realizan dentro de la jornada de
    a) El Presidente, que es elegido por el propio Comité,         trabajo. El lugar de reuniones debe ser proporcionado por
entre los representantes.                                          el empleador y debe reunir las condiciones adecuadas para
    b) El Secretario, que es el responsable de los Servicios       el desarrollo de las sesiones.
de Seguridad y Salud en el Trabajo o uno de los miembros                Artículo 68º.- El Comité de Seguridad y Salud en el
del Comité elegido por consenso.                                   Trabajo se reúne en forma ordinaria una vez por mes, en
    c) Los miembros, quienes son los demás integrantes             día previamente fijado. En forma extraordinaria, el Comité
del Comité designados de acuerdo a los artículos 48° y 49°         se reúne a convocatoria de su Presidente, a solicitud de al
del presente Reglamento.                                           menos dos (2) de sus miembros, o en caso de ocurrir un
                                                                   accidente mortal.
   Artículo 57º.- El Presidente es el encargado de                      Artículo 69º.- El quórum mínimo para sesionar del
convocar, presidir y dirigir las reuniones del Comité de           Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es la mitad más
Seguridad y Salud en el Trabajo, así como facilitar la             uno de sus integrantes. Caso contrario, dentro de los ocho
El Peruano
Lima, miércoles 25 de abril de 2012             NORMAS LEGALES                                                      464867
(8) días subsiguientes, el Presidente cita a nueva reunión,      características personales o estado de salud conocido, sea
la cual se lleva a cabo con el número de asistentes que          especialmente sensible a alguna de dichas condiciones.
hubiere, levantándose en cada caso el acta respectiva.              Adicionalmente, la evaluación inicial debe:
    Artículo 70°.- El Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo procura que los acuerdos sean adoptados por                   a) Identificar la legislación vigente en materia de
consenso y no por el sistema de votación. En el caso de no       seguridad y salud en el trabajo, las guías nacionales,
alcanzar consenso, se requiere mayoría simple. En caso de        las directrices específicas, los programas voluntarios de
empate, el Presidente tiene el voto dirimente.                   seguridad y salud en el trabajo y otras disposiciones que
    Artículo 71º.- Al término de cada sesión se levanta la       haya adoptado la organización.
respectiva acta que será asentada en el correspondiente Libro         b) Identificar los peligros y evaluar los riesgos
de Actas. Una copia de ésta se entrega a cada uno de los         existentes o posibles en materia de seguridad y salud que
integrantes del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y a    guarden relación con el medio ambiente de trabajo o con la
la máxima instancia de gerencia o decisión del empleador.        organización del trabajo.
    Artículo 72º.- Anualmente el Comité de Seguridad y                c) Determinar si los controles previstos o existentes son
Salud en el Trabajo o el Supervisor de Seguridad y Salud         adecuados para eliminar los peligros o controlar riesgos.
en el Trabajo redactan un informe resumen de las labores              d) Analizar los datos recopilados en relación con la
realizadas.                                                      vigilancia de la salud de los trabajadores.
    Artículo 73°.- Los miembros trabajadores del Comité
de Seguridad y Salud en el Trabajo y los Supervisores                Artículo 78°.- El resultado de la evaluación inicial o
de Seguridad y Salud en el Trabajo gozan de licencia             línea de base debe:
con goce de haber por treinta (30) días naturales por año
calendario para la realización de sus funciones. En caso             a) Estar documentado.
las actividades tengan duración menor a un año, el número            b) Servir de base para adoptar decisiones sobre la
de días de licencia será computado en forma proporcional.        aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley, los   en el Trabajo.
días de licencia o su fracción se consideran efectivamente           c) Servir de referencia para evaluar la mejora continua
laborados para todo efecto legal.                                del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
    La protección contra el despido incausado opera desde        Trabajo.
que se produzca la convocatoria a elecciones y hasta
seis (6) meses después del ejercicio de su función como                                CAPÍTULO VII
representante ante el Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo o Supervisor.                                               PLANIFICACIÓN, DESARROLLO Y APLICACIÓN
                                  CAPÍTULO V                         Artículo 79º.- La planificación debe permitir que el
                                                                 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
      DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD                        contribuya:
             Y SALUD EN EL TRABAJO
                                                                     a) A cumplir, como mínimo, las disposiciones legales
    Artículo 74º.- Los empleadores con veinte (20) o más         vigentes.
trabajadores deben elaborar su Reglamento Interno de                 b) A fortalecer los componentes del Sistema de Gestión
Seguridad y Salud en el Trabajo, el que debe contener la         de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
siguiente estructura mínima:                                         c) A mejorar continuamente los resultados de la
                                                                 seguridad y salud en el trabajo.
     a) Objetivos y alcances.
     b) Liderazgo, compromisos y la política de seguridad            Artículo 80º.- El empleador planifica e implementa la
y salud.                                                         seguridad y salud en el trabajo con base a los resultados
     c) Atribuciones y obligaciones del empleador, de los        de la evaluación inicial o de evaluaciones posteriores,
supervisores, del comité de seguridad y salud, de los            o de otros datos disponibles; con la participación de los
trabajadores y de los empleadores que les brindan servicios      trabajadores, sus representantes y la organización sindical.
si las hubiera.                                                  Las disposiciones en materia de planificación deben
     d) Estándares de seguridad y salud en las                   incluir:
operaciones.
     e) Estándares de seguridad y salud en los servicios y           a) Una definición precisa, el establecimiento de
actividades conexas.                                             prioridades y la cuantificación de los objetivos de la
     f) Preparación y respuesta a emergencias.                   organización en materia de seguridad y salud en el
                                                                 trabajo;
    Artículo 75º.- El empleador debe poner en conocimiento           b) La preparación de un plan para alcanzar cada uno
de todos los trabajadores, mediante medio físico o digital,      de los objetivos, en el que se definan metas, indicadores,
bajo cargo, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en        responsabilidades y criterios claros de funcionamiento, con
el Trabajo y sus posteriores modificatorias. Esta obligación      la precisión de lo qué, quién y cuándo deben hacerse;
se extiende a los trabajadores en régimen de intermediación          c) La selección de criterios de medición para confirmar
y tercerización, a las personas en modalidad formativa y         que se han alcanzado los objetivos señalados; y,
a todo aquel cuyos servicios subordinados o autónomos                d) La dotación de recursos adecuados, incluidos
se presten de manera permanente o esporádica en las              recursos humanos y financieros, y la prestación de apoyo
instalaciones del empleador.                                     técnico.

                                  CAPÍTULO VI                       Artículo 81º.- En el marco de una Política de Seguridad
                                                                 y Salud en el Trabajo basada en la evaluación inicial o las
            PLANIFICACIÓN Y APLICACIÓN DEL                       posteriores, deben señalarse objetivos medibles en materia
         SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD                      de seguridad y salud en el trabajo:
                Y SALUD EN EL TRABAJO
                                                                     a) Específicos para la organización, apropiados y
    Artículo 76º.- Cuando el artículo 37º de la Ley hace         conformes con su tamaño y con la naturaleza de las
referencia a la legislación y otros dispositivos legales         actividades.
pertinentes comprende a todas las normas nacionales                  b) Compatibles con las leyes y reglamentos pertinentes
generales y sectoriales en materia de seguridad y salud          y aplicables, así como con las obligaciones técnicas,
en el trabajo, así como, a las normas internacionales            administrativas y comerciales de la organización en relación
ratificadas. También se incluyen las disposiciones en la          con la seguridad y salud en el trabajo.
materia acordadas por negociación colectiva, de ser el               c) Focalizados en la mejora continua de la protección
caso.                                                            de los trabajadores para conseguir resultados óptimos en
    Artículo 77°.- La evaluación inicial de riesgos debe         materia de seguridad y salud en el trabajo.
realizarse en cada puesto de trabajo del empleador, por              d) Documentados, comunicados a todos los cargos y
personal competente, en consulta con los trabajadores y sus      niveles pertinentes de la organización.
representantes ante el Comité o Supervisor de Seguridad y            e) Evaluados y actualizados periódicamente.
Salud en el Trabajo. Esta evaluación debe considerar las
condiciones de trabajo existentes o previstas, así como              Artículo 82º.- El empleador debe identificar los
la posibilidad de que el trabajador que lo ocupe, por sus        peligros y evaluar los riesgos para la seguridad y salud de
El Peruano
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los trabajadores en forma periódica, de conformidad con             Artículo 88º.- La investigación del origen y causas
lo previsto en el artículo 57° de la Ley. Las medidas de        subyacentes de los incidentes, lesiones, dolencias y
prevención y protección deben aplicarse de conformidad          enfermedades debe permitir la identificación de cualquier
con el artículo 50º de la Ley.                                  deficiencia en el Sistema de Gestión de la Seguridad
    La identificación se realiza en consulta con los             y Salud en el Trabajo y estar documentada. Estas
trabajadores, con la organización sindical o el Comité o        investigaciones deben ser realizadas por el empleador, el
Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, según el         Comité y/o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo,
caso.                                                           con el apoyo de personas competentes y la participación de
    Artículo 83º.- El empleador debe adoptar las siguientes     los trabajadores y sus representantes.
disposiciones necesarias en materia de prevención,
preparación y respuesta ante situaciones de emergencia y                                CAPÍTULO IX
accidentes de trabajo:
                                                                        ACCIÓN PARA LA MEJORA CONTINUA
    a) Garantizar información, medios de comunicación
interna y coordinación necesarios a todas las personas en          Artículo 89º.- La vigilancia del Sistema de Gestión de la
situaciones de emergencia en el lugar de trabajo.               Seguridad y Salud en el Trabajo realizada por el empleador
    b) Proporcionar información y comunicar a las               debe:
autoridades competentes, a la vecindad y a los servicios de
intervención en situaciones de emergencia.                          a) Evaluar la estrategia global del Sistema de Gestión
    c) Ofrecer servicios de primeros auxilios y asistencia      de la Seguridad y Salud en el Trabajo para determinar si se
médica, de extinción de incendios y de evacuación a todas       alcanzaron los objetivos previstos.
las personas que se encuentren en el lugar de trabajo.              b) Evaluar la capacidad del Sistema de Gestión de
    d) Ofrecer información y formación pertinentes a todos      la Seguridad y Salud en el Trabajo para satisfacer las
los miembros de la organización, en todos los niveles,          necesidades integrales de la organización y de las partes
incluidos ejercicios periódicos de prevención de situaciones    interesadas en la misma, incluidos sus trabajadores, sus
de emergencia, preparación y métodos de respuesta.              representantes y la autoridad administrativa de trabajo.
                                                                    c) Evaluar la necesidad de introducir cambios en el
   Artículo 84º.- El empleador debe             contar   con    Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo,
procedimientos a fin de garantizar que:                          incluyendo la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y
                                                                sus objetivos.
    a) Se identifiquen, evalúen e incorporen en las                  d) Identificar las medidas necesarias para atender
especificaciones relativas a compras y arrendamiento             cualquier deficiencia, incluida la adaptación de otros
financiero, disposiciones relativas al cumplimiento por parte    aspectos de la estructura de la dirección de la organización
de la organización de los requisitos de seguridad y salud.      y de la medición de los resultados.
    b) Se identifiquen las obligaciones y los requisitos tanto       e) Presentar los antecedentes necesarios al empleador,
legales como de la propia organización en materia de            incluida información sobre la determinación de las
seguridad y salud en el trabajo antes de la adquisición de      prioridades para una planificación útil y de una mejora
bienes y servicios.                                             continua.
    c) Se adopten disposiciones para que se cumplan                 f) Evaluar los progresos para el logro de los objetivos
dichos requisitos antes de utilizar los bienes y servicios      de la seguridad y salud en el trabajo y en las medidas
mencionados.                                                    correctivas.
                                                                    g) Evaluar la eficacia de las actividades de seguimiento
                      CAPITULO VIII                             en base a la vigilancia realizada en periodos anteriores.

  EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA                           Artículo 90º.- La revisión del sistema de gestión de
     SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO                            la seguridad y salud en el trabajo se realiza por lo menos
                                                                una (1) vez al año. El alcance de la revisión debe definirse
    Artículo 85º.- El empleador debe elaborar, establecer       según las necesidades y riesgos presentes.
y revisar periódicamente procedimientos para supervisar,            Artículo 91º.- Las conclusiones del examen realizado
medir y recopilar con regularidad datos relativos a los         por el empleador deben registrarse y comunicarse:
resultados de la seguridad y salud en el trabajo. Asimismo,
debe definir en los diferentes niveles de la gestión, la             a) A las personas responsables de los aspectos críticos
responsabilidad y la obligación de rendir cuentas en materia    y pertinentes del sistema de gestión de la seguridad y
de supervisión. La selección de indicadores de eficiencia        salud en el trabajo para que puedan adoptar las medidas
debe adecuarse al tamaño de la organización, la naturaleza      oportunas.
de sus actividades y los objetivos de la seguridad y salud          b) Al Comité o al Supervisor de seguridad y salud del
en el trabajo.                                                  trabajo, los trabajadores y la organización sindical.

   Artículo 86º.- El empleador debe considerar la posibilidad                             TÍTULO V
de recurrir a mediciones, cualitativas y cuantitativas,
adecuadas a las necesidades de la organización. Estas                        DERECHOS Y OBLIGACIONES
mediciones deben:
                                                                                        CAPÍTULO I
    a) Basarse en los peligros y riesgos que se hayan
identificado en la organización, las orientaciones de la                      DERECHOS Y OBLIGACIONES
política y los objetivos de seguridad y salud en el trabajo.                   DE LOS EMPLEADORES
    b) Fortalecer el proceso de evaluación de la organización
a fin de cumplir con el objetivo de la mejora continua.              Artículo 92°.- La asignación de puestos de trabajo,
                                                                conforme a lo establecido en el artículo 51º de la Ley, debe
   Artículo 87º.- La supervisión y la medición de los           considerar los factores que pueden afectar a los trabajadores
resultados deben:                                               con relación a la función reproductiva. Asimismo, cuando la
                                                                trabajadora se encuentre en periodo de gestación o lactancia
    a) Utilizarse como un medio para determinar en qué          se deberá cumplir con lo estipulado en las normas respectivas.
medida se cumple la política, los objetivos de seguridad y          Artículo 93º.- El desplazamiento a que hace referencia
salud en el trabajo y se controlan los riesgos.                 el artículo 54º de la Ley comprende todo desplazamiento
    b) Incluir una supervisión y no basarse exclusivamente      que realice el trabajador en cumplimiento de una orden del
en estadísticas sobre accidentes del trabajo y enfermedades     empleador o la ejecución de una labor por encargo de éste,
ocupacionales.                                                  como parte de las funciones asignadas, incluso si ésta se
    c) Prever el intercambio de información sobre los           desarrolla fuera del lugar y las horas de trabajo. No se incluye
resultados de la seguridad y salud en el trabajo.               el desplazamiento entre el domicilio del trabajador al lugar
    d) Aportar información para determinar si las medidas       de trabajo y viceversa, salvo que ello esté contemplado en
ordinarias de prevención y control de peligros y riesgos se     una norma sectorial por la naturaleza de la actividad, sea
aplican y demuestran ser eficaces.                               una condición de trabajo o el desplazamiento se realice
    e) Servir de base para la adopción de decisiones que        en un medio de transporte brindado por el empleador, de
tengan por objeto mejorar la identificación de los peligros      forma directa o a través de terceros.
y el control de los riesgos y el Sistema de Gestión de la           Artículo 94º.- Para efecto de lo dispuesto en el artículo
Seguridad y Salud en el Trabajo.                                53º de la Ley, la imputación de la responsabilidad al
El Peruano
Lima, miércoles 25 de abril de 2012               NORMAS LEGALES                                                        464869
empleador por incumplimiento de su deber de prevención             cardiovasculares,        respiratorias,       inmunitarias,
requiere que se acredite que la causa determinante del             gastrointestinales,   dermatológicas,    endocrinológicas,
daño es consecuencia directa de la labor desempeñada por           músculo esqueléticas, mentales, entre otras.
el trabajador y del incumplimiento por parte del empleador             La sintomatología clínica debe sustentarse en
de las normas de seguridad y salud en el trabajo.                  un certificado médico emitido por centros médicos o
     Artículo 95°.- Cuando la Inspección de Trabajo                profesionales médicos debidamente calificados.
constate el incumplimiento de una norma de seguridad y                 Artículo 104°.- En el caso que existan cambios en las
salud en el trabajo, el inspector debe acreditar que dicho         operaciones y procesos, conforme al supuesto del artículo
incumplimiento ha originado el accidente de trabajo o              70° de la Ley, las consultas que se hayan realizado se
enfermedad profesional, consignando ello en el acta de             acreditan con las encuestas aplicadas a los trabajadores
infracción.                                                        o las actas de las asambleas informativas realizadas por el
     Culminado el procedimiento sancionador, el expediente         empleador y el Comité o Supervisor, según corresponda.
se remite a la Dirección General de Inspección del Trabajo
para la determinación del daño.                                                            CAPÍTULO II
     Para la determinación del daño, a solicitud de la
Dirección General de Inspección del Trabajo, el Centro de                       DERECHOS Y OBLIGACIONES
Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de                       DE LOS TRABAJADORES
Aseguramiento en Salud - CECONAR remitirá un listado
de peritos de su Registro Especializado. La Dirección                  Artículo 105°.- Se considera acto de hostilidad a toda
designará los peritos que correspondan, de acuerdo al caso         acción que, careciendo de causa objetiva o razonable,
concreto, para que emitan la evaluación pericial del caso. El      impide u obstaculiza de cualquier forma el desarrollo de las
costo del peritaje es de cargo del empleador.                      funciones que corresponden a los miembros del Comité de
     En el caso de los trabajadores que no están sujetos al        Seguridad y Salud en el Trabajo o a los Supervisores de
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, la Dirección           Seguridad y Salud en el Trabajo.
General de Inspección del Trabajo emite resolución con                 Artículo 106°.- Una vez remitidos los aportes o
base al examen pericial y al expediente de inspección,             sugerencias previstas en los artículos 74º, 75º y 78º de la
declarando el daño y determinando la indemnización con             Ley, los empleadores deben dar respuesta por escrito a
base a una tabla de indemnización por daño que será                dicha comunicación, señalando las medidas a adoptar o la
aprobada mediante Resolución Ministerial.                          justificación de la negativa.
     En el caso de los trabajadores sujetos al Seguro                  Artículo 107°.- En el caso del inciso e) del artículo 79° de
Complementario de Trabajo de Riesgo, el informe pericial           la Ley, se precisa que los exámenes médicos son aquellos
constituye prueba conforme a las reglas de solución de             expresamente catalogados como obligatorios, según las
controversias de este seguro.                                      normas expedidas por el Ministerio de Salud. La negativa por
     Artículo 96º.- En caso el trabajador recurra a la             parte del trabajador a someterse a exámenes no obligatorios
Autoridad Administrativa de Trabajo para la realización de la      no podrá considerarse como falta sujeta a sanción por parte
investigación a que se refiere el artículo 58º de la Ley, ésta      del empleador, con excepción de aquellos exámenes exigidos
se tramitará ante la Inspección del Trabajo y se requerirá el      por normas internas de la organización en el caso de tratarse
apoyo técnico de los servicios competentes del Ministerio          de actividades de alto riesgo. En este caso las normas internas
de Salud o de peritos especializados.                              deben estar debidamente fundamentadas y previamente a
     Artículo 97°.- Con relación a los equipos de protección       su aprobación ser puestas en conocimiento del Comité de
personal, adicionalmente a lo señalado en el artículo 60° de       Seguridad y Salud en el Trabajador o Supervisor.
la Ley, éstos deben atender a las medidas antropométricas              Artículo 108º.- Previo al traslado a que hace referencia
del trabajador que los utilizará.                                  el artículo 76º de la Ley, el empleador debe asegurarse
     Artículo 98º.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 62°     que el trabajador cuenta con información y competencias
de la Ley, las reuniones del Comité de Seguridad y Salud           suficientes para desarrollar de manera segura y sana su
en el Trabajo y las capacitaciones programadas por el              labor; en caso contrario, deberá proceder a la capacitación
empleador en virtud de la Ley, deben llevarse a cabo dentro        respectiva previo al inicio de las labores.
de la jornada de trabajo. Las reuniones y capacitaciones               Artículo 109º.- En el Reglamento Interno de Trabajo
realizadas fuera de jornada de trabajo se remuneran                se establecerán las sanciones por el incumplimiento de
conforme a la ley de la materia.                                   los trabajadores de alguna de las obligaciones a que hace
     Artículo 99º.- La interrupción de las actividades en caso     referencia el artículo 79º de la Ley, en base a criterios de
de inminente peligro previsto en el artículo 63° de la Ley no      objetividad y proporcionalidad a la falta cometida.
debe originar perjuicio económico al trabajador, salvo que             En el caso de las entidades públicas, el incumplimiento
ésta se deba a caso fortuito o fuerza mayor, en cuyo caso          de las obligaciones previstas en la Ley y el presente
es de aplicación el artículo 15º del Texto Único Ordenado de       reglamento constituyen faltas disciplinarias que serán
la Ley de Productividad y Competitividad laboral, aprobado         procesadas y sancionadas conforme al régimen laboral
mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR.                             correspondiente al infractor.
     Artículo 100º.- En función a lo previsto en el artículo 66°
de la Ley, durante el período de gestación son de aplicación                                TÍTULO VI
las normas pertinentes. Las medidas adoptadas deben
mantenerse o modificarse para garantizar la protección              NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO
de la trabajadora o del recién nacido durante el periodo de              Y ENFERMEDADES PROFESIONALES
lactancia, al menos hasta el año posterior al parto.
     Artículo 101º.- El empleador debe realizar los                    Artículo 110º.- La notificación a que se refiere el artículo
exámenes médicos comprendidos en el inciso d) del                  82º de la Ley debe realizarse en los plazos siguientes:
artículo 49° de la Ley, acorde a las labores desempeñadas
por el trabajador en su récord histórico en la organización,          a) Empleadores:
dándole énfasis a los riesgos a los que estuvo expuesto a lo
largo de desempeño laboral. Los exámenes médicos deben                 - Los Accidentes de Trabajo Mortales y los Incidentes
ser realizados respetando lo dispuesto en los Documentos           Peligrosos: dentro del plazo máximo de veinticuatro (24)
Técnicos de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores          horas de ocurridos.
expedidos por el Ministerio de Salud, o por el organismo
competente, según corresponda                                          b) Centro Médico Asistencial (público, privado,
     Artículo 102°.- De acuerdo a lo previsto en el artículo 71°   militar, policial o de seguridad social):
de la Ley, los resultados de los exámenes médicos deben
ser informados al trabajador únicamente por el médico del             - Los Accidentes de Trabajo: hasta el último día hábil del
Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, quien le hará         mes siguiente de ocurrido.
entrega del informe escrito debidamente firmado.                       - Las Enfermedades Ocupacionales: dentro del plazo
     Al tratarse de una información de carácter confidencial,       de cinco (05) días hábiles de conocido el diagnóstico.
el médico informa al empleador las condiciones generales
del estado de salud de los trabajadores, con el objetivo de            La obligación de informar cualquier otro tipo de
diseñar medidas de prevención adecuadas.                           situaciones que alteren o pongan en riesgo la vida,
     Artículo 103°.- De conformidad con el artículo 56º            integridad física y psicológica del trabajador suscitadas en
de la Ley, se considera que existe exposición a los                el ámbito laboral, prevista en el literal c) del artículo 82º de
riesgos psicosociales cuando se perjudica la salud de              la Ley, será efectuada en aquellos casos específicos que
los trabajadores, causando estrés y, a largo plazo, una            sean solicitados por el Ministerio de Trabajo y Promoción
serie de sintomatologías clínicas como enfermedades                del Empleo.
El Peruano
464870                                           NORMAS LEGALES                                          Lima, miércoles 25 de abril de 2012

    Artículo 111º.- Dentro de los plazos establecidos en          Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del
el artículo precedente, los empleadores y centros médicos         Empleo es el órgano técnico responsable de la elaboración
asistenciales deben cumplir con la obligación de notificar los     del Boletín Estadístico Mensual al que hace referencia el
accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades       artículo 90º de la Ley.
ocupacionales, según corresponda, mediante el empleo del              La Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la
Sistema Informático de Accidentes de Trabajo, Incidentes          Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad
Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales, aplicativo               y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción
electrónico puesto a disposición de los usuarios en el portal     del Empleo constituye el órgano técnico responsable de
institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del           examinar la información en materia de registro y notificación
Empleo.                                                           de los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e
    Artículo 112º.- En aquellas zonas geográficas en las           incidentes peligrosos, analizando la información proveniente del
que no exista acceso a Internet, con carácter excepcional,        Sistema Informático de Notificación de Accidentes de Trabajo,
la notificación de accidentes de trabajo, incidentes               Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales. Para
peligrosos y enfermedades ocupacionales se efectúa                dichos efectos, sistematiza la información contenida en el
por los empleadores y centros médicos asistenciales,              sistema informático en coordinación con la Oficina General de
según corresponda, mediante el empleo de los siguientes           Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones
instrumentos:                                                     del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de manera
                                                                  previa a su difusión o publicación del Boletín Estadístico
    - Formulario 1: para el cumplimiento de la obligación del     Mensual.
empleador de notificar los accidentes de trabajo mortales e            Artículo 118º.- La Dirección General de Derechos
incidentes peligrosos.                                            Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo ejecuta
    - Formulario 2: para el cumplimiento de la obligación de      las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento
los centros médicos asistenciales de notificar los accidentes      de la normativa sobre Seguridad y Salud en el Trabajo,
de trabajo y enfermedades ocupacionales.                          mediante la formulación de políticas, la elaboración de
                                                                  normas y documentos técnicos; y mediante la aprobación,
     Los referidos formularios son remitidos por los              ejecución y supervisión de planes, programas o proyectos
empleadores y los centros médicos asistenciales, en               en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Para estos
forma impresa y debidamente completados a la Autoridad            efectos utiliza la información contenida en el Sistema
Administrativa de Trabajo, dentro de los plazos y términos        Informático de Notificación de Accidentes de Trabajo,
establecidos en el presente Reglamento.                           Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales.
     Artículo 113º.- La Dirección de Promoción y Protección
de los Derechos Fundamentales y de la Seguridad y Salud                                   CAPÍTULO II
en el Trabajo de las Direcciones o Gerencias Regionales
de Trabajo y Promoción del Empleo, o la que haga sus                INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO,
veces, constituye la instancia competente para recibir                   ENFERMEDADES OCUPACIONALES
los formularios de notificación de accidentes de trabajo,                    E INCIDENTES PELIGROSOS
incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales, a los
que se ha hecho mención en el artículo 112º del presente               Artículo 119º.- El Sistema de Inspección del Trabajo
Reglamento.                                                       es responsable de ejecutar las acciones de fiscalización
     Artículo 114º- La información contenida en los formularios   necesarias para cautelar el cumplimiento de la normativa
físicos presentados ante la Autoridad Administrativa de           vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, de
Trabajo debe registrarse dentro de los cinco (05) días            conformidad con lo establecido en el artículo 92º de la
posteriores a su presentación, en el Sistema Informático de       Ley; respecto de los empleadores que tengan trabajadores
Notificación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos       sujetos al régimen laboral privado.
y Enfermedades Ocupacionales, por la Dirección de                      Para dichos efectos, el sistema informático contará con
Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y            un sistema de alerta que notificará al Sistema Integrado
de la Seguridad y Salud en el Trabajo de las Direcciones o        de Inspección del Trabajo (SIIT) la realización de la
Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo,           diligencia de inspección. El Director o Gerente Regional
o la que hagan sus veces, bajo responsabilidad. Asimismo,         de Trabajo y Promoción del Empleo, o quien haga sus
las notificaciones recibidas en formularios físicos por las        veces, es responsable por el cumplimiento oportuno
Zonas de Trabajo del ámbito Regional, serán sistematizadas        de las fiscalizaciones, debiendo adoptar las medidas
por las respectivas Direcciones o Gerencias Regionales de         administrativas, logísticas o de gestión necesarias para
Trabajo y Promoción del Empleo, o la que hagan sus veces,         garantizar su implementación.
a la que éstas corresponden.                                           En cualquier caso, y de acuerdo a los reportes
     El Director o Gerente Regional de Trabajo y Promoción        generados por el sistema, la Dirección de Inspección del
del Empleo de los Gobiernos Regionales, o el que haga             Trabajo prioriza la inmediata fiscalización de los accidentes
sus veces, es el responsable por el cumplimiento de               de trabajo mortales y enfermedades ocupacionales.
dichas disposiciones, debiendo adoptar las medidas                Excepcionalmente, si las circunstancias o urgencia del
administrativas, logísticas o de gestión necesarias para          caso lo amerita, las Direcciones o Gerencias Regionales
garantizar la sistematización oportuna de la información,         de Trabajo y Promoción del Empleo, o los que hagan sus
dentro de los plazos previstos.                                   veces, podrán solicitar a la Dirección General de Inspección
     Artículo 115º.- La Dirección de Seguridad y Salud en el      del Trabajo el apoyo de inspectores especializados para la
Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales         realización de las diligencias requeridas.
y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo            La información que se recabe durante la inspección
y Promoción del Empleo constituye el órgano técnico               debe ser complementada en el Sistema Informático por
responsable de supervisar el cumplimiento, por parte de           el inspector encargado de efectuar dicha diligencia, en un
las instancias regionales, de la obligación de sistematizar la    plazo no mayor de tres (03) días hábiles de realizada, bajo
información notificada en los formularios físicos. Asimismo,       responsabilidad.
coordinará con las Direcciones o Gerencias Regionales de               Artículo 120º.- De forma complementaria, la Dirección
Trabajo y Promoción del Empleo, o la que haga sus veces,          General de Derechos Fundamentales y Seguridad y
la realización de campañas de orientación, información            Salud en el Trabajo coordina con la Dirección General
y difusión de las obligaciones contenidas en la Ley de            de Inspección del Trabajo la incorporación de acciones
Seguridad y Salud en el Trabajo y en la presente norma,           de inspección con el contenido y enfoque adecuado a las
con la finalidad de promover su adecuado cumplimiento.             políticas de promoción y protección en materia de Seguridad
     Artículo 116º.- Se considera cumplida la obligación          y Salud en el Trabajo.
de comunicación establecida en el artículo 83° de la Ley,              Artículo 121º.- La Oficina General de Estadística
cuando se trate de enfermedad profesional o accidente             y Tecnología de la Información y Comunicaciones del
de trabajo no mortal, con la exhibición del registro de           Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el órgano
enfermedades ocupacionales y de accidentes de trabajo a           responsable de supervisar la administración del Sistema
la Inspección del Trabajo.                                        Informático para la notificación de accidentes de trabajo,
                                                                  incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales,
                        CAPÍTULO I                                así como de garantizar su adecuado uso, mantenimiento
                                                                  y funcionalidad, brindando el asesoramiento técnico
RECOPILACIÓN Y PUBLICACIÓN DE ESTADÍSTICAS                        necesario a las áreas y usuarios del sistema.
                                                                       Artículo 122º.- Si como consecuencia de un accidente
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Ds0052012 tr

  • 1. El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2012 NORMAS LEGALES 464861 Estando a lo propuesto por la Dirección General de SALUD Salud de las Personas y el Seguro Integral de Salud; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Seguro Integral de Aprueban el Listado de Enfermedades Salud, de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento de Alto Costo de Atención en Salud, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General RESOLUCIÓN MINISTERIAL de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, N° 325-2012/MINSA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129° del Reglamento de la Ley N° 29344, aprobado mediante Lima, 24 de abril del 2012 Decreto Supremo N° 008-2010-SA y en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; Visto, el Expediente N° 11-060914-001, que contiene el Informe N° 003-2012-DGSP-DGS/MINSA de la SE RESUELVE: Dirección General de Salud de las Personas, el Informe N° 00035-2012/IEGIC de la Superintendencia Nacional de Artículo 1°.- Aprobar el Listado de Enfermedades de Aseguramiento en Salud, el Informe N° 0235-2011-OGPP- Alto Costo de Atención, el mismo que en anexo forma parte OPGI/MINSA de la Oficina General de Planeamiento y integrante de la presente Resolución Ministerial. Presupuesto y el Informe N° 240-2011-SIS-GNF-GREP Artículo 2°.- Los gastos generados por la atención de la Gerencia de Negocios y Financiamiento del Seguro de las enfermedades de alto costo de atención serán Integral de Salud; y, financiados por la Unidad Ejecutora 002 del Seguro Integral de Salud - Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) de CONSIDERANDO: conformidad a lo previsto en la Ley N° 29761. Artículo 3°.- Disponer que la revisión y actualización del Que, el artículo 7° de la Constitución Política del Perú, Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atención será establece que todos tienen Derecho a la protección de su como mínimo cada dos años, a iniciativa y propuesta de la salud, del medio familiar y a la comunidad, así como el Dirección General de Salud de las Personas en coordinación deber de contribuir a su promoción y defensa; con instituciones e instancias correspondientes. Que, el artículo 11° de la Constitución, señala que el Artículo 4°.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Estado garantiza el libre acceso a prestaciones de salud Regionales de Salud, o son los órganos responsables de la y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o adecuada y oportuna difusión, de lo establecido en la presente mixtas, supervisando asimismo su eficaz funcionamiento; Resolución, dentro de sus respectivas jurisdicciones. Que, el Seguro Integral de Salud es un Organismo Artículo 5°.- La Superintendencia Nacional de Público Ejecutor del Ministerio de Salud, creado por Ley Aseguramiento en Salud, supervisará la calidad y la Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, cuya misión es la oportunidad de las prestaciones que forman parte del de administrar los fondos destinados al financiamiento de Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atención, según prestaciones de salud individual de conformidad con la la normatividad vigente. política del sector; Artículo 6°.- Encargar a la Oficina General de Que, el artículo 2º de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio Comunicaciones la publicación de la presente Resolución de Salud, establece que, el Ministerio de Salud es el órgano Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, del Poder Ejecutivo rector del Sector Salud que conduce, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ regula y promueve la intervención del Sistema Nacional portada/transparencia/normas.asp de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, Regístrese, comuníquese y publíquese recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA fundamentales de la persona; Ministro de Salud Que, el Artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por el Decreto ANEXO 1 Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que la Dirección General de Salud de las Personas es el órgano técnico normativo en Capítulo los procesos relacionados entre otros, a la atención integral GRUPO DE PATOLOGÍAS y gestión sanitaria; CIE 10 Que, el artículo 21° de la Ley N° 29344, Ley Marco C Cáncer de cuello uterino, de Aseguramiento Universal en Salud establece que las Enfermedades de Alto Costo que no están incluidas en C Cáncer de mama, 1 el PEAS (Plan Esencial de Aseguramiento en Salud) pueden ser financiadas para la población bajo el régimen C Cáncer de colon,1 subsidiado y semicontributivo, con el Fondo Intangible C Cáncer de estómago, Solidario de Salud (FISSAL), estableciendo además que el listado de las enfermedades que serán aseguradas deberá C Cáncer de próstata, ser definido previamente por el Ministerio de Salud; Que, el artículo 129° del Decreto Supremo Nº 008-2010- C Leucemias (C91.0 a C95.9 y C90.1)2, SA, Reglamento de la Ley Nº 29344, regula que el Listado C Linfomas (C81.0 a C85.9 y C96.3), de Enfermedades de Alto Costo de Atención a cargo del FISSAL, será aprobado por el Ministerio de Salud, mediante N Insuficiencia renal crónica (N18). Resolución Ministerial; Que, mediante Ley N° 29761, Ley de Financiamiento 1 Tratamiento se hará de acuerdo a Guías de Práctica Clínica Público de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del vigentes. Aseguramiento Universal en Salud, se creó la Unidad Ejecutora 2 Incluye tratamiento de Trasplante de Médula Ósea. Fondo Intangible Solidario de Salud (Fissal) sobre la base del fondo creado por la Ley 27656, Ley de Creación del Fondo 781092-1 Intangible Solidario de Salud, con el fin de financiar la atención de las enfermedades de alto costo de atención, así como la atención de salud de las personas con enfermedades raras o huérfanas, establecida en la Ley 29698, Ley que Declara TRABAJO Y PROMOCION de Interés Nacional y Preferente Atención el Tratamiento de Personas que Padecen Enfermedades Raras o Huérfanas; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto DEL EMPLEO resolutivo que aprueba el Listado de Enfermedades de Alto Costo, el mismo que está sustentado en estudios de Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de siniestralidad, incidencia y prevalencia, así como a los costos que implican las prestaciones respectivas y las Seguridad y Salud en el Trabajo probabilidades de recuperabilidad de las enfermedades, DECRETO SUPREMO elaborado de manera consensuada por la Dirección General de Salud de las Personas y el Seguro Integral de Salud en Nº 005-2012-TR concordancia con las disposiciones antes descritas; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
  • 2. El Peruano 464862 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2012 CONSIDERANDO: niveles de protección superiores a los contemplados en la Ley. Asimismo, los empleadores podrán aplicar estándares Que, los derechos a la vida y a la salud se encuentran internacionales en seguridad y salud en el trabajo para consagrados en la Constitución Política del Perú y en atender situaciones no previstas en la legislación nacional. diversos instrumentos de derechos humanos ratificados Artículo 4º.- En concordancia con lo dispuesto en por el Perú; la Primera Disposición Complementaria y Final de la Que, a nivel regional, el Perú, como miembro de la Ley, en la medida en que lo previsto por los respectivos Comunidad Andina de Naciones (CAN), cuenta con el Reglamentos sectoriales no resulte incompatible con Instrumento de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual lo dispuesto por la Ley y el presente Reglamento, esas establece la obligación de los Estados miembros de disposiciones continuarán vigentes. En todo caso, cuando implementar una política de prevención de riesgos laborales los Reglamentos mencionados establezcan obligaciones y y vigilar su cumplimiento; el deber de los empleadores de derechos superiores a los contenidos en la Ley y el presente identificar, evaluar, prevenir y comunicar los riesgos en el Reglamento, aquéllas prevalecerán sobre éstos. trabajo a sus trabajadores; y el derecho de los trabajadores a estar informados de los riesgos de las actividades que TÍTULO II prestan, entre otros; Que, una política nacional en seguridad y salud en el POLÍTICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y trabajo debe crear las condiciones que aseguren el control SALUD EN EL TRABAJO de los riesgos laborales, mediante el desarrollo de una cultura de la prevención eficaz; en la que los sectores y los Artículo 5º.- El reexamen periódico, total o parcial, de actores sociales responsables de crear esas condiciones la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a puedan efectuar una planificación, así como un seguimiento que hace referencia el artículo 4º de la Ley, es prioridad y control de medidas de seguridad y salud en el trabajo; del Estado, y debe realizarse por lo menos una (1) vez al Que, en este contexto, se ha aprobado la Ley Nº 29783, año con la participación consultiva del Consejo Nacional de Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo con el objeto de Seguridad y Salud en el Trabajo. promover una cultura de prevención de riesgos laborales a El resultado del reexamen se considera en las través del deber de prevención de los empleadores, el rol modificaciones de la Política Nacional de Seguridad y de fiscalización y control del Estado y la participación de Salud en el Trabajo. los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes Artículo 6º.- Con una periodicidad no mayor a dos (2) años a través del diálogo social, deben velar por la promoción, debe realizarse un examen global o un examen sectorial de la difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia; situación de la Seguridad y Salud en el Trabajo, en función Que, resulta necesario dictar normas reglamentarias de las prioridades establecidas en la Política Nacional de que permitan su adecuada aplicación, en armonía con las Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual se somete a consulta normas antes descritas; y, del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº TÍTULO III 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 29831, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD y Promoción del Empleo; Y SALUD EN EL TRABAJO SE DECRETA: CAPÍTULO I Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento de la Ley Nº DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que consta Y SALUD EN EL TRABAJO de siete (7) títulos, quince (15) capítulos, ciento veintidós (123) artículos, una (01) Disposición Complementaria Final, Artículo 7º.- El Consejo Nacional de Seguridad y catorce (14) Disposiciones Complementarias Transitorias, Salud en el Trabajo es la instancia máxima de diálogo y un (1) Glosario y dos (2) Anexos. concertación social en materia de seguridad y salud en el Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será trabajo, de composición tripartita, e instancia consultiva refrendado por el Ministro de Trabajo y Promoción del del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene Empleo. su sede en Lima y sus sesiones de trabajo se celebran en dicha ciudad. No obstante, puede reunirse en cualquier otro Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro lugar, previo acuerdo del Pleno. días del mes de abril del año dos mil doce. Artículo 8º.- Los consejeros tienen derecho a: OLLANTA HUMALA TASSO a) Participar con voz y voto en las sesiones del Pleno y Presidente Constitucional de la República en las comisiones técnicas que integren. b) Asistir, únicamente con voz, a cualquiera de las JOSÉ ANDRÉS VILLENA PETROSINO comisiones técnicas de las que no formen parte. Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo c) Asistir a los plenos acompañados de asesores, cuando lo estimen conveniente. d) Solicitar información y documentación que obre en REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29873, LEY DE poder de la Secretaria Técnica. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO e) Proponer la realización de informes o estudios sobre las materias de competencia del Consejo. TÍTULO I Artículo 9º.- Los consejeros tienen la obligación de: DISPOSICIONES GENERALES a) Asistir a las sesiones del Pleno y a las comisiones Artículo 1º.- El presente Reglamento desarrolla la técnicas de las que formen parte. Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y b) Guardar reserva con relación a las actuaciones del tiene como objetivo promover una cultura de prevención de Consejo, cuando éste así lo determine. riesgos laborales en el país, sobre la base de la observancia c) Promover los objetivos y funciones del Consejo del deber de prevención de los empleadores, el rol de de acuerdo a lo dispuesto por la Ley y el presente fiscalización y control del Estado y la participación de los Reglamento. trabajadores y sus organizaciones sindicales. Cuando la presente norma haga mención a la Ley, se Artículo 10º.- Son órganos del Consejo: entiende referida a la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. a) El Pleno. Artículo 2º.- En aplicación del principio de prevención, se b) Las comisiones técnicas, cuando se estimen entienden incluidos dentro del ámbito de aplicación a que se convenientes. refiere el artículo 2º de la Ley, a toda persona bajo modalidad c) El Presidente. formativa y a los trabajadores autónomos. También se incluye d) La Secretaría Técnica. a todo aquel que, sin prestar servicios, se encuentre dentro del lugar de trabajo, en lo que les resulte aplicable. Artículo 11º.- El Pleno está integrado por la totalidad de Artículo 3º.- Por convenio colectivo, contrato de trabajo los consejeros y constituye el órgano máximo de decisión o por decisión unilateral del empleador se pueden establecer del Consejo.
  • 3. El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2012 NORMAS LEGALES 464863 La Presidencia está a cargo del representante del e) Solicitar al Pleno del Consejo, por iniciativa propia o a Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y, en su pedido de las partes, autorización para grabar determinadas ausencia, del representante alterno. sesiones, cuyos contenidos serán de carácter reservado, a Artículo 12º.- Las sesiones del Pleno son convocadas fin de facilitar el desarrollo de sus funciones. por su Presidente en un plazo no menor a cinco (5) días f) Archivar y custodiar la documentación del Consejo. hábiles, remitiéndose a cada miembro la citación con el g) Servir de enlace permanente con las instituciones orden del día y la documentación correspondiente. públicas y privadas para el cumplimiento de las funciones El Pleno se reúne en sesión ordinaria al menos una (1) del Consejo. vez al mes, pudiendo ser convocada extraordinariamente h) Las demás que señale el Pleno. por el Presidente a propia iniciativa o a solicitud de la mayoría simple de los representantes por sector. Artículo 20°.- Para el desarrollo de sus funciones El informe anual del Consejo Nacional de Seguridad y técnicas y administrativas la Secretaría Técnica puede Salud en el Trabajo es elaborado en enero de cada año. contar con la colaboración financiera y técnica de otros Artículo 13º.- Existe quórum con la asistencia de más organismos nacionales e internacionales. de la mitad de los consejeros legalmente establecidos. Artículo 21º.- Todas las situaciones no previstas Artículo 14º.- Los acuerdos o decisiones del Pleno expresamente en este capítulo son resueltas por consenso se adoptan por consenso. En el caso de no alcanzar en el Pleno. En el caso de no alcanzar consenso, se consenso, se requiere mayoría simple. En caso de empate, requiere mayoría simple. En caso de empate, el Presidente el Presidente tiene el voto dirimente. tiene el voto dirimente. Las sesiones constan en actas que deben ser firmadas por todos los Consejeros asistentes. CAPÍTULO II Artículo 15º.- El Pleno puede acordar la constitución de comisiones técnicas permanentes o para asuntos DE LOS CONSEJOS REGIONALES DE específicos, con el fin de elaborar opiniones, estudios, SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO planes, informes u otros que se le encomienden. Artículo 16º.- Las comisiones técnicas tienen una Artículo 22º.- Los Consejos Regionales de Seguridad y composición tripartita, procurando la equidad de género en Salud en el Trabajo gozan de autonomía para elaborar su propio la representación de cada sector. El número de integrantes reglamento interno de funcionamiento, conforme lo regulado es determinado por el Pleno, no pudiendo ser mayor de seis por el presente Reglamento y el artículo 14º de la Ley. (6). Se puede convocar a asesores técnicos para contribuir Los Consejos Regionales deberán elaborar informes a los trabajos de las comisiones. de gestión y actividades que deberán enviar al Consejo Los integrantes de las comisiones técnicas no son Nacional de Seguridad y Salud del Trabajo en noviembre necesariamente los integrantes del pleno. de cada año. Los resultados del trabajo de las comisiones técnicas son presentados al Pleno para su aprobación. TÍTULO IV Artículo 17º.- El Presidente es el representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y su mandato SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD se extiende por el tiempo que estime dicha entidad. Sus Y SALUD EN EL TRABAJO funciones son: CAPÍTULO I a) Ejercer la representación del Consejo ante los poderes del Estado, instituciones públicas y privadas, así PRINCIPIOS como ante los medios de comunicación social. b) Convocar y presidir las sesiones del Pleno. Artículo 23º.- Los empleadores que tienen implementados c) Fijar la agenda de las sesiones del Pleno en sistemas integrados de gestión o cuentan con certificaciones coordinación con la Secretaría Técnica, teniendo en cuenta internacionales en seguridad y salud en el trabajo deben las propuestas y peticiones formuladas por los consejeros. verificar que éstas cumplan, como mínimo, con lo señalado en d) Coordinar con la Secretaría Técnica el seguimiento y la Ley, el presente Reglamento y demás normas aplicables. ejecución de los acuerdos del Pleno. Artículo 24º.- El empleador debe implementar e) Vincular al Consejo con otras instituciones nacionales mecanismos adecuados, que permitan hacer efectiva la e internacionales afines a éste, y con los consejos participación activa de los trabajadores y sus organizaciones regionales. sindicales en todos los aspectos a que hace referencia el f) Otras que le sean asignadas por el Pleno. artículo 19º de la Ley. Artículo 18°.- El mandato de los representantes de las CAPÍTULO II organizaciones que conforman el Consejo, de acuerdo al artículo 10° de la Ley, es de dos (2) años renovables. En POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA caso de vacancia, las organizaciones deben nombrar al SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO reemplazante. Son causales de vacancia: Artículo 25°.- El empleador debe implementar el Sistema a) La inasistencia injustificada a tres (03) sesiones de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, regulado consecutivas o alternadas del Pleno en un período de tres en la Ley y en el presente Reglamento, en función del tipo (3) meses. de empresa u organización, nivel de exposición a peligros y b) El dejar de ser representante de su organización por riesgos, y la cantidad de trabajadores expuestos. retiro de la representación acordada por su organización Los empleadores pueden contratar procesos de acreditación de origen. de sus Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el c) El impedimento legal sobreviniente determinado por Trabajo en forma voluntaria y bajo su responsabilidad. Este Resolución Judicial firme. proceso de acreditación no impide el ejercicio de la facultad d) La enfermedad física o mental debidamente fiscalizadora a cargo de la Inspección del Trabajo respecto a las comprobada que inhabilita para el ejercicio de cargo. normas nacionales de seguridad y salud en el trabajo, así como e) El vencimiento del plazo establecido para el ejercicio las normas internacionales ratificadas y las disposiciones en la del cargo sin renovación. materia acordadas por negociación colectiva. f) La muerte. En el caso de la micro y pequeña empresa, la Autoridad Administrativa de Trabajo establece medidas especiales de Artículo 19º.- La Secretaría Técnica del Consejo es el asesoría para la implementación de sistemas de gestión de órgano de asistencia técnica y administrativa del Consejo, está la seguridad y salud en el trabajo. a cargo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y sus funciones son: CAPÍTULO III a) Dirigir y coordinar los servicios administrativos y ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA técnicos del Consejo. b) Asistir, con voz pero sin voto, a las sesiones del Pleno SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO y de las comisiones técnicas. c) Extender las actas de las sesiones para que sean Artículo 26°.- El empleador está obligado a: aprobadas por el Pleno. a) Garantizar que la seguridad y salud en el trabajo d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos del sea una responsabilidad conocida y aceptada en todos los Consejo. niveles de la organización.
  • 4. El Peruano 464864 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2012 b) Definir y comunicar a todos los trabajadores, cuál es Artículo 30º.- En el caso del inciso c) del artículo 35º el departamento o área que identifica, evalúa o controla los de la Ley, las recomendaciones deben considerar los peligros y riesgos relacionados con la seguridad y salud en riesgos en el centro de trabajo y particularmente aquellos el trabajo. relacionados con el puesto o función, a efectos de que el c) Disponer de una supervisión efectiva, según sea trabajador conozca de manera fehaciente los riesgos a los necesario, para asegurar la protección de la seguridad y la que está expuesto y las medidas de protección y prevención salud de los trabajadores. que debe adoptar o exigir al empleador. d) Promover la cooperación y la comunicación entre el Cuando en el contrato de trabajo no conste por escrito la personal, incluidos los trabajadores, sus representantes y descripción de las recomendaciones de seguridad y salud las organizaciones sindicales, a fin de aplicar los elementos en el trabajo, éstas deberán entregarse en forma física o del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el digital, a más tardar, el primer día de labores. Trabajo en la organización en forma eficiente. Artículo 31º.- Las facilidades económicas y licencias e) Cumplir los principios de los Sistemas de Gestión con goce de haber a que hace referencia el inciso d) del de la Seguridad y Salud en el Trabajo señalados en el artículo 35º de la Ley, cubren los costos del traslado y los artículo 18° de la Ley y en los programas voluntarios sobre gastos de alimentación y alojamiento, siempre y cuando la seguridad y salud en el trabajo que adopte el empleador. capacitación programada se lleve a cabo fuera del lugar de f) Establecer, aplicar y evaluar una política y un trabajo o en una localidad o región distinta a aquélla. programa en materia de seguridad y salud en el trabajo con La licencia con goce de haber se entiende otorgada por objetivos medibles y trazables. el tiempo empleado por el trabajador para movilizarse hacia g) Adoptar disposiciones efectivas para identificar el lugar de la capacitación, el tiempo que permanece en y eliminar los peligros y los riesgos relacionados con el la misma y el tiempo que demanda el retorno al centro de trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo. trabajo, siempre y cuando la capacitación se realice fuera de h) Establecer los programas de prevención y promoción la jornada de trabajo. de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento. Artículo 32°.- La documentación del Sistema de i) Asegurar la adopción de medidas efectivas que Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo que debe garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus exhibir el empleador es la siguiente: representantes en la ejecución de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y en los Comités de Seguridad y Salud a) La política y objetivos en materia de seguridad y en el Trabajo. salud en el trabajo. j) Proporcionar los recursos adecuados para garantizar b) El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el que las personas responsables de la seguridad y salud en el Trabajo. trabajo, incluido el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo c) La identificación de peligros, evaluación de riesgos y o el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, puedan sus medidas de control. cumplir los planes y programas preventivos establecidos. d) El mapa de riesgo. e) La planificación de la actividad preventiva. Artículo 27º.- El empleador, en cumplimiento del deber f) El Programa Anual de Seguridad y Salud en el de prevención y del artículo 27º de la Ley, garantiza que los Trabajo. trabajadores sean capacitados en materia de prevención. La formación debe estar centrada: La documentación referida en los incisos a) y c) debe ser exhibida en un lugar visible dentro de centro de trabajo, a) En el puesto de trabajo específico o en la función sin perjuicio de aquella exigida en las normas sectoriales que cada trabajador desempeña, cualquiera que sea respectivas. la naturaleza del vínculo, modalidad o duración de su Artículo 33º.- Los registros obligatorios del Sistema de contrato. Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo son: b) En los cambios en las funciones que desempeñe, cuando éstos se produzcan. a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades c) En los cambios en las tecnologías o en los equipos ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, de trabajo, cuando éstos se produzcan. en el que deben constar la investigación y las medidas d) En las medidas que permitan la adaptación a correctivas. la evolución de los riesgos y la prevención de nuevos b) Registro de exámenes médicos ocupacionales. riesgos. c) Registro del monitoreo de agentes físicos, e) En la actualización periódica de los conocimientos. químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo disergonómicos. Para la capacitación de los trabajadores de la micro y d) Registro de inspecciones internas de seguridad y pequeña empresa, la Autoridad Administrativa de Trabajo salud en el trabajo. brinda servicios gratuitos de formación en seguridad y e) Registro de estadísticas de seguridad y salud. salud en el trabajo. f) Registro de equipos de seguridad o emergencia. Artículo 28°.- La capacitación, cualquiera que sea su g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y modalidad, debe realizarse dentro de la jornada de trabajo. simulacros de emergencia. La capacitación puede ser impartida por el empleador, h) Registro de auditorías. directamente o través de terceros. En ningún caso el costo Los registros a que se refiere el párrafo anterior deberán de la formación recae sobre los trabajadores, debiendo ser contener la información mínima establecida en los formatos asumido íntegramente por el empleador. que aprueba el Ministerio de Trabajo y Promoción del Artículo 29°.- Los programas de capacitación deben: Empleo mediante Resolución Ministerial. Artículo 34°.- En los casos de empleadores de a) Hacerse extensivos a todos los trabajadores, intermediación o tercerización, el empleador usuario o atendiendo de manera específica a los riesgos existentes principal también debe implementar los registros a que en el trabajo. refiere el inciso a) del artículo precedente para el caso de los b) Ser impartidos por profesionales competentes y con trabajadores en régimen de intermediación o tercerización, experiencia en la materia. así como para las personas bajo modalidad formativa y los c) Ofrecer, cuando proceda, una formación inicial y que prestan servicios de manera independiente, siempre cursos de actualización a intervalos adecuados. que éstos desarrollen sus actividades total o parcialmente d) Ser evaluados por parte de los participantes en en sus instalaciones. función a su grado de comprensión y su utilidad en la labor En el caso de las micro y pequeñas empresas, el Ministerio de prevención de riesgos. de Trabajo y Promoción del Empleo establece un sistema e) Ser revisados periódicamente, con la participación del simplificado de documentos y registros. Igualmente, y siempre Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del Supervisor que el Ministerio lo determine mediante Resolución Ministerial, de Seguridad y Salud en el Trabajo, y ser modificados, de el referido sistema simplificado puede ser establecido en ser necesario, para garantizar su pertinencia y eficacia. determinados sectores o actividades de baja complejidad o f) Contar con materiales y documentos idóneos. riesgo en materia de seguridad y salud en el trabajo. g) Adecuarse al tamaño de la organización y a la Asimismo, el Ministerio de Trabajo y Promoción naturaleza de sus actividades y riesgos. del Empleo establece formatos referenciales para los documentos y registros referidos en los artículos 32º y 33º En el caso del Sector Público las acciones de del presente Decreto Supremo; los que pueden ser llevados capacitación se realizan en el marco de lo establecido en el por el empleador en medios físicos o digitales. Decreto Legislativo Nº 1025, sin perjuicio de lo dispuesto en Artículo 35º.- El registro de enfermedades el presente Reglamento. ocupacionales debe conservarse por un período de veinte
  • 5. El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2012 NORMAS LEGALES 464865 (20) años; los registros de accidentes de trabajo e incidentes i) Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, peligrosos por un periodo de diez (10) años posteriores al instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y suceso; y los demás registros por un periodo de cinco (5) demás materiales escritos o gráficos relativos a la prevención años posteriores al suceso. de los riesgos en el lugar de trabajo. Para la exhibición a que hace referencia el artículo j) Promover el compromiso, la colaboración y la 88º de la Ley, el empleador cuenta con un archivo activo participación activa de todos los trabajadores en la prevención donde figuran los eventos de los últimos doce (12) meses de los riesgos del trabajo, mediante la comunicación eficaz, de ocurrido el suceso, luego de lo cual pasa a un archivo la participación de los trabajadores en la solución de los pasivo que se deberá conservar por los plazos señalados en problemas de seguridad, la inducción, la capacitación, el el párrafo precedente. Estos archivos pueden ser llevados entrenamiento, concursos, simulacros, entre otros. por el empleador en medios físicos o digitales. k) Realizar inspecciones periódicas en las áreas Si la Inspección del Trabajo requiere información de administrativas, áreas operativas, instalaciones, maquinaria períodos anteriores a los últimos doce (12) meses a que y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva. se refiere el artículo 88° de la Ley, debe otorgar un plazo l) Considerar las circunstancias e investigar las causas razonable para que el empleador presente dicha información. de todos los incidentes, accidentes y de las enfermedades Artículo 36°.- Los trabajadores y los representantes de ocupacionales que ocurran en el lugar de trabajo, emitiendo las organizaciones sindicales tienen el derecho de consultar las recomendaciones respectivas para evitar la repetición los registros del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud de éstos. en el Trabajo, con excepción de la información relativa m) Verificar el cumplimiento y eficacia de sus a la salud del trabajador que sólo será accesible con su recomendaciones para evitar la repetición de los accidentes autorización escrita. y la ocurrencia de enfermedades profesionales. Artículo 37°.- El empleador debe establecer y mantener n) Hacer recomendaciones apropiadas para el disposiciones y procedimientos para: mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas a) Recibir, documentar y responder adecuadamente adoptadas y examinar su eficiencia. a las comunicaciones internas y externas relativas a la o) Analizar y emitir informes de las estadísticas de los seguridad y salud en el trabajo. incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales b) Garantizar la comunicación interna de la información ocurridas en el lugar de trabajo, cuyo registro y evaluación relativa a la seguridad y salud en el trabajo entre los distintos deben ser constantemente actualizados por la unidad niveles y cargos de la organización. orgánica de seguridad y salud en el trabajo del empleador. c) Garantizar que las sugerencias de los trabajadores o p) Colaborar con los servicios médicos y de primeros de sus representantes sobre seguridad y salud en el trabajo auxilios. se reciban y atiendan en forma oportuna y adecuada. q) Supervisar los servicios de seguridad y salud en el trabajo y la asistencia y asesoramiento al empleador y al trabajador. CAPÍTULO IV r) Reportar a la máxima autoridad del empleador la siguiente información: DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO r.1) El accidente mortal o el incidente peligroso, de manera inmediata. Artículo 38°.- El empleador debe asegurar, cuando r.2) La investigación de cada accidente mortal y corresponda, el establecimiento y el funcionamiento medidas correctivas adoptadas dentro de los diez (10) días efectivo de un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, de ocurrido. el reconocimiento de los representantes de los trabajadores r.3) Las estadísticas trimestrales de accidentes, y facilitar su participación. incidentes y enfermedades ocupacionales. Artículo 39º.- El empleador que tenga menos de veinte r.4) Las actividades trimestrales del Comité de Seguridad (20) trabajadores debe garantizar que la elección del y Salud en el Trabajo. Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo se realice por los trabajadores. s) Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento Artículo 40º.- El Comité de Seguridad y Salud en el de los acuerdos. Trabajo tiene por objetivos promover la salud y seguridad en t) Reunirse mensualmente en forma ordinaria para el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto analizar y evaluar el avance de los objetivos establecidos por el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el en el programa anual, y en forma extraordinaria para Trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las laboral y apoyando el desarrollo del empleador. circunstancias lo exijan. Artículo 41º.- El Comité o el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo desarrollan sus funciones con sujeción Artículo 43º.- El número de personas que componen el a lo señalado en la Ley y en el presente Reglamento, no Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es definido por están facultados a realizar actividades con fines distintos a acuerdo de partes no pudiendo ser menor de cuatro (4) ni la prevención y protección de la seguridad y salud. mayor de doce (12) miembros. Entre otros criterios, se podrá considerar el nivel de riesgo y el número de trabajadores. Artículo 42º.- Son funciones del Comité de Seguridad A falta de acuerdo, el número de miembros del Comité y Salud en el Trabajo: no es menor de seis (6) en los empleadores con más de cien (100) trabajadores, agregándose al menos a dos (2) a) Conocer los documentos e informes relativos a miembros por cada cien (100) trabajadores adicionales, las condiciones de trabajo que sean necesarios para el hasta un máximo de doce (12) miembros. cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de Artículo 44º.- Cuando el empleador cuente con varios la actividad del servicio de seguridad y salud en el trabajo. centros de trabajo, cada uno de éstos puede contar con b) Aprobar el Reglamento Interno de Seguridad y Salud un Supervisor o Subcomité de Seguridad y Salud en el del empleador. Trabajo, en función al número de trabajadores. c) Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo coordina el Trabajo. y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor d) Conocer y aprobar la Programación Anual del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, de ser el caso. de Seguridad y Salud en el Trabajo. La elección de los miembros del Sub Comité de e) Participar en la elaboración, aprobación, puesta en Seguridad y Salud en el Trabajo está sujeta al mismo práctica y evaluación de las políticas, planes y programas procedimiento previsto para el Comité de Seguridad y Salud de promoción de la seguridad y salud en el trabajo, de la en el Trabajo, dentro del ámbito de su competencia. prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales. Artículo 45º.- El Comité de Seguridad y Salud en el f) Aprobar el plan anual de capacitación de los Trabajo realiza sus actividades en coordinación con el trabajadores sobre seguridad y salud en el trabajo. Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. g) Promover que todos los nuevos trabajadores reciban Artículo 46º.- El empleador debe proporcionar al una adecuada formación, instrucción y orientación sobre personal que conforma el Comité de Seguridad y Salud prevención de riesgos. en el Trabajo o al Supervisor de Seguridad y Salud en el h) Vigilar el cumplimiento de la legislación, las normas Trabajo, una tarjeta de identificación o un distintivo especial internas y las especificaciones técnicas del trabajo visible, que acredite su condición. relacionadas con la seguridad y salud en el lugar de trabajo; Artículo 47º.- Para ser integrante del Comité de así como, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en Seguridad y Salud en el Trabajo o Supervisor de Seguridad el Trabajo. y Salud en el Trabajo se requiere:
  • 6. El Peruano 464866 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2012 a) Ser trabajador del empleador. aplicación y vigencia de los acuerdos de éste. Representa b) Tener dieciocho (18) años de edad como mínimo. al comité ante el empleador. c) De preferencia, tener capacitación en temas de Artículo 58º.- El Secretario está encargado de las seguridad y salud en el trabajo o laborar en puestos que labores administrativas del Comité de Seguridad y Salud permitan tener conocimiento o información sobre riesgos en el Trabajo. laborales. Artículo 59º.- Los miembros, entre otras funciones señaladas en el presente Reglamento, aportan iniciativas Artículo 48º.- El empleador conforme lo establezca propias o del personal del empleador para ser tratadas en su estructura organizacional y jerárquica designa a sus las sesiones y son los encargados de fomentar y hacer representantes, titulares y suplentes ante el Comité de cumplir las disposiciones o acuerdos tomados por el Comité Seguridad y Salud en el Trabajo, entre el personal de de Seguridad y Salud en el Trabajo. dirección y confianza. Artículo 60º.- El Comité o el Supervisor de Seguridad Artículo 49º.- Los trabajadores eligen a sus y Salud en el Trabajo pueden solicitar a la autoridad representantes, titulares y suplentes, ante el Comité de competente la información y asesoría técnica que crean Seguridad y Salud en el Trabajo, con excepción del personal necesaria para cumplir con sus fines. de dirección y de confianza. Dicha elección se realiza Asimismo, podrán recurrir a profesionales con mediante votación secreta y directa. Este proceso electoral competencias técnicas en seguridad y salud en el trabajo, está a cargo de la organización sindical mayoritaria, en en calidad de consejeros. concordancia con lo señalado en el artículo 9° del Texto Artículo 61°.- El observador a que hace referencia el Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de artículo 29° de la Ley, podrá participar en las reuniones del Trabajo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- Comité, y tendrá las siguientes facultades: 2003-TR. En su defecto, está a cargo de la organización sindical que afilie el mayor número de trabajadores en la a) Asistir, sin voz ni voto, a las reuniones del Comité; empresa o entidad empleadora. b) Solicitar información al Comité, a pedido de las Cuando no exista organización sindical, el empleador organizaciones sindicales que representan, sobre el debe convocar a la elección de los representantes de Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, y; los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en c) Alertar a los representantes de los trabajadores ante el Trabajo o del Supervisor de Seguridad y Salud en el el Comité de la existencia de riesgos que pudieran afectar Trabajo, la cual debe ser democrática, mediante votación la transparencia, probidad o cumplimiento de objetivos y de secreta y directa, entre los candidatos presentados por los la normativa correspondiente. trabajadores. El acto de elección deberá registrarse en un acta que Artículo 62º.- El mandato de los representantes de los se incorpora en el Libro de Actas respectivo. Una copia del trabajadores o del Supervisor de Seguridad y Salud en el acta debe constar en el Libro del Comité de Seguridad y Trabajo dura un (1) año como mínimo y dos (2) años como Salud en el Trabajo. máximo. Los representantes del empleador ejercerán el La nominación de los candidatos debe efectuarse quince mandato por plazo que éste determine. (15) días hábiles antes de la convocatoria a elecciones, a fin Artículo 63º.- El cargo de miembro del Comité de de verificar que éstos cumplan con los requisitos legales. Seguridad y Salud en el Trabajo o del Supervisor de Artículo 50º.- La convocatoria a la instalación del Seguridad y Salud en el Trabajo vaca por alguna de las Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo corresponde siguientes causales: al empleador. Dicho acto se lleva a cabo en el local de la empresa, levantándose el acta respectiva. a) Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del Artículo 51º.- El acto de constitución e instalación; cargo, en el caso de los representantes de los trabajadores así como, toda reunión, acuerdo o evento del Comité de y del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. Seguridad y Salud en el Trabajo, deben ser asentados en b) Inasistencia injustificada a tres (3) sesiones un Libro de Actas, exclusivamente destinado para estos consecutivas del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo fines. o a cuatro (4) alternadas, en el lapso de su vigencia. Artículo 52°.- El Supervisor de Seguridad y Salud en el c) Enfermedad física o mental que inhabilita para el Trabajo debe llevar un registro donde consten los acuerdos ejercicio del cargo. adoptados con la máxima autoridad de la empresa o d) Por cualquier otra causa que extinga el vínculo empledor. laboral. Artículo 53º.- En la constitución e instalación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo se levanta un acta que Artículo 64º.- Los cargos vacantes son suplidos por el debe contener la siguiente información mínima: representante alterno correspondiente, hasta la conclusión del mandato. a) Nombre del empleador; En caso de vacancia del cargo de Supervisor de b) Nombres y cargos de los miembros titulares; Seguridad y Salud en el Trabajo debe ser cubierto a través c) Nombres y cargos de los miembros suplentes; de la elección por parte de los trabajadores. d) Nombre y cargo del observador designado por la Artículo 65º.- El Comité de Seguridad y Salud en organización sindical, en aplicación del artículo 29° de la el Trabajo, cuando la magnitud de la organización del Ley, de ser el caso; empleador lo requiera, puede crear comisiones técnicas e) Lugar, fecha y hora de la instalación; y, para el desarrollo de tareas específicas, tales como, la f) Otros de importancia. investigación de accidentes de trabajo, el diseño del programa de capacitación, la elaboración de procedimientos, Artículo 54º.- El empleador debe garantizar el entre otras. La composición de estas comisiones es cumplimiento de los acuerdos adoptados por el Comité de determinada por el Comité. Seguridad y Salud en el Trabajo. Artículo 66º.- Los miembros del Comité de Seguridad Artículo 55º.- El Comité o el Supervisor de Seguridad y y Salud en el Trabajo o el Supervisor de Seguridad y Salud Salud en el Trabajo pueden solicitar asesoría de la Autoridad en el Trabajo deben recibir capacitaciones especializadas Competente para resolver los problemas relacionados con en seguridad y salud en el trabajo a cargo del empleador, la prevención de riesgos, de acuerdo con las disposiciones adicionales a las referidas en el inciso b) del artículo 35° de legales vigentes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo la Ley. Estas capacitaciones deberán realizarse dentro de 60º del presente Decreto Supremo. la jornada laboral. Artículo 56°.- El Comité está conformado por: Artículo 67º.- Las reuniones del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo se realizan dentro de la jornada de a) El Presidente, que es elegido por el propio Comité, trabajo. El lugar de reuniones debe ser proporcionado por entre los representantes. el empleador y debe reunir las condiciones adecuadas para b) El Secretario, que es el responsable de los Servicios el desarrollo de las sesiones. de Seguridad y Salud en el Trabajo o uno de los miembros Artículo 68º.- El Comité de Seguridad y Salud en el del Comité elegido por consenso. Trabajo se reúne en forma ordinaria una vez por mes, en c) Los miembros, quienes son los demás integrantes día previamente fijado. En forma extraordinaria, el Comité del Comité designados de acuerdo a los artículos 48° y 49° se reúne a convocatoria de su Presidente, a solicitud de al del presente Reglamento. menos dos (2) de sus miembros, o en caso de ocurrir un accidente mortal. Artículo 57º.- El Presidente es el encargado de Artículo 69º.- El quórum mínimo para sesionar del convocar, presidir y dirigir las reuniones del Comité de Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es la mitad más Seguridad y Salud en el Trabajo, así como facilitar la uno de sus integrantes. Caso contrario, dentro de los ocho
  • 7. El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2012 NORMAS LEGALES 464867 (8) días subsiguientes, el Presidente cita a nueva reunión, características personales o estado de salud conocido, sea la cual se lleva a cabo con el número de asistentes que especialmente sensible a alguna de dichas condiciones. hubiere, levantándose en cada caso el acta respectiva. Adicionalmente, la evaluación inicial debe: Artículo 70°.- El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo procura que los acuerdos sean adoptados por a) Identificar la legislación vigente en materia de consenso y no por el sistema de votación. En el caso de no seguridad y salud en el trabajo, las guías nacionales, alcanzar consenso, se requiere mayoría simple. En caso de las directrices específicas, los programas voluntarios de empate, el Presidente tiene el voto dirimente. seguridad y salud en el trabajo y otras disposiciones que Artículo 71º.- Al término de cada sesión se levanta la haya adoptado la organización. respectiva acta que será asentada en el correspondiente Libro b) Identificar los peligros y evaluar los riesgos de Actas. Una copia de ésta se entrega a cada uno de los existentes o posibles en materia de seguridad y salud que integrantes del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y a guarden relación con el medio ambiente de trabajo o con la la máxima instancia de gerencia o decisión del empleador. organización del trabajo. Artículo 72º.- Anualmente el Comité de Seguridad y c) Determinar si los controles previstos o existentes son Salud en el Trabajo o el Supervisor de Seguridad y Salud adecuados para eliminar los peligros o controlar riesgos. en el Trabajo redactan un informe resumen de las labores d) Analizar los datos recopilados en relación con la realizadas. vigilancia de la salud de los trabajadores. Artículo 73°.- Los miembros trabajadores del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y los Supervisores Artículo 78°.- El resultado de la evaluación inicial o de Seguridad y Salud en el Trabajo gozan de licencia línea de base debe: con goce de haber por treinta (30) días naturales por año calendario para la realización de sus funciones. En caso a) Estar documentado. las actividades tengan duración menor a un año, el número b) Servir de base para adoptar decisiones sobre la de días de licencia será computado en forma proporcional. aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud Para efectos de lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley, los en el Trabajo. días de licencia o su fracción se consideran efectivamente c) Servir de referencia para evaluar la mejora continua laborados para todo efecto legal. del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el La protección contra el despido incausado opera desde Trabajo. que se produzca la convocatoria a elecciones y hasta seis (6) meses después del ejercicio de su función como CAPÍTULO VII representante ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o Supervisor. PLANIFICACIÓN, DESARROLLO Y APLICACIÓN CAPÍTULO V Artículo 79º.- La planificación debe permitir que el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo DEL REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD contribuya: Y SALUD EN EL TRABAJO a) A cumplir, como mínimo, las disposiciones legales Artículo 74º.- Los empleadores con veinte (20) o más vigentes. trabajadores deben elaborar su Reglamento Interno de b) A fortalecer los componentes del Sistema de Gestión Seguridad y Salud en el Trabajo, el que debe contener la de la Seguridad y Salud en el Trabajo. siguiente estructura mínima: c) A mejorar continuamente los resultados de la seguridad y salud en el trabajo. a) Objetivos y alcances. b) Liderazgo, compromisos y la política de seguridad Artículo 80º.- El empleador planifica e implementa la y salud. seguridad y salud en el trabajo con base a los resultados c) Atribuciones y obligaciones del empleador, de los de la evaluación inicial o de evaluaciones posteriores, supervisores, del comité de seguridad y salud, de los o de otros datos disponibles; con la participación de los trabajadores y de los empleadores que les brindan servicios trabajadores, sus representantes y la organización sindical. si las hubiera. Las disposiciones en materia de planificación deben d) Estándares de seguridad y salud en las incluir: operaciones. e) Estándares de seguridad y salud en los servicios y a) Una definición precisa, el establecimiento de actividades conexas. prioridades y la cuantificación de los objetivos de la f) Preparación y respuesta a emergencias. organización en materia de seguridad y salud en el trabajo; Artículo 75º.- El empleador debe poner en conocimiento b) La preparación de un plan para alcanzar cada uno de todos los trabajadores, mediante medio físico o digital, de los objetivos, en el que se definan metas, indicadores, bajo cargo, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en responsabilidades y criterios claros de funcionamiento, con el Trabajo y sus posteriores modificatorias. Esta obligación la precisión de lo qué, quién y cuándo deben hacerse; se extiende a los trabajadores en régimen de intermediación c) La selección de criterios de medición para confirmar y tercerización, a las personas en modalidad formativa y que se han alcanzado los objetivos señalados; y, a todo aquel cuyos servicios subordinados o autónomos d) La dotación de recursos adecuados, incluidos se presten de manera permanente o esporádica en las recursos humanos y financieros, y la prestación de apoyo instalaciones del empleador. técnico. CAPÍTULO VI Artículo 81º.- En el marco de una Política de Seguridad y Salud en el Trabajo basada en la evaluación inicial o las PLANIFICACIÓN Y APLICACIÓN DEL posteriores, deben señalarse objetivos medibles en materia SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD de seguridad y salud en el trabajo: Y SALUD EN EL TRABAJO a) Específicos para la organización, apropiados y Artículo 76º.- Cuando el artículo 37º de la Ley hace conformes con su tamaño y con la naturaleza de las referencia a la legislación y otros dispositivos legales actividades. pertinentes comprende a todas las normas nacionales b) Compatibles con las leyes y reglamentos pertinentes generales y sectoriales en materia de seguridad y salud y aplicables, así como con las obligaciones técnicas, en el trabajo, así como, a las normas internacionales administrativas y comerciales de la organización en relación ratificadas. También se incluyen las disposiciones en la con la seguridad y salud en el trabajo. materia acordadas por negociación colectiva, de ser el c) Focalizados en la mejora continua de la protección caso. de los trabajadores para conseguir resultados óptimos en Artículo 77°.- La evaluación inicial de riesgos debe materia de seguridad y salud en el trabajo. realizarse en cada puesto de trabajo del empleador, por d) Documentados, comunicados a todos los cargos y personal competente, en consulta con los trabajadores y sus niveles pertinentes de la organización. representantes ante el Comité o Supervisor de Seguridad y e) Evaluados y actualizados periódicamente. Salud en el Trabajo. Esta evaluación debe considerar las condiciones de trabajo existentes o previstas, así como Artículo 82º.- El empleador debe identificar los la posibilidad de que el trabajador que lo ocupe, por sus peligros y evaluar los riesgos para la seguridad y salud de
  • 8. El Peruano 464868 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2012 los trabajadores en forma periódica, de conformidad con Artículo 88º.- La investigación del origen y causas lo previsto en el artículo 57° de la Ley. Las medidas de subyacentes de los incidentes, lesiones, dolencias y prevención y protección deben aplicarse de conformidad enfermedades debe permitir la identificación de cualquier con el artículo 50º de la Ley. deficiencia en el Sistema de Gestión de la Seguridad La identificación se realiza en consulta con los y Salud en el Trabajo y estar documentada. Estas trabajadores, con la organización sindical o el Comité o investigaciones deben ser realizadas por el empleador, el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, según el Comité y/o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, caso. con el apoyo de personas competentes y la participación de Artículo 83º.- El empleador debe adoptar las siguientes los trabajadores y sus representantes. disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia y CAPÍTULO IX accidentes de trabajo: ACCIÓN PARA LA MEJORA CONTINUA a) Garantizar información, medios de comunicación interna y coordinación necesarios a todas las personas en Artículo 89º.- La vigilancia del Sistema de Gestión de la situaciones de emergencia en el lugar de trabajo. Seguridad y Salud en el Trabajo realizada por el empleador b) Proporcionar información y comunicar a las debe: autoridades competentes, a la vecindad y a los servicios de intervención en situaciones de emergencia. a) Evaluar la estrategia global del Sistema de Gestión c) Ofrecer servicios de primeros auxilios y asistencia de la Seguridad y Salud en el Trabajo para determinar si se médica, de extinción de incendios y de evacuación a todas alcanzaron los objetivos previstos. las personas que se encuentren en el lugar de trabajo. b) Evaluar la capacidad del Sistema de Gestión de d) Ofrecer información y formación pertinentes a todos la Seguridad y Salud en el Trabajo para satisfacer las los miembros de la organización, en todos los niveles, necesidades integrales de la organización y de las partes incluidos ejercicios periódicos de prevención de situaciones interesadas en la misma, incluidos sus trabajadores, sus de emergencia, preparación y métodos de respuesta. representantes y la autoridad administrativa de trabajo. c) Evaluar la necesidad de introducir cambios en el Artículo 84º.- El empleador debe contar con Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, procedimientos a fin de garantizar que: incluyendo la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y sus objetivos. a) Se identifiquen, evalúen e incorporen en las d) Identificar las medidas necesarias para atender especificaciones relativas a compras y arrendamiento cualquier deficiencia, incluida la adaptación de otros financiero, disposiciones relativas al cumplimiento por parte aspectos de la estructura de la dirección de la organización de la organización de los requisitos de seguridad y salud. y de la medición de los resultados. b) Se identifiquen las obligaciones y los requisitos tanto e) Presentar los antecedentes necesarios al empleador, legales como de la propia organización en materia de incluida información sobre la determinación de las seguridad y salud en el trabajo antes de la adquisición de prioridades para una planificación útil y de una mejora bienes y servicios. continua. c) Se adopten disposiciones para que se cumplan f) Evaluar los progresos para el logro de los objetivos dichos requisitos antes de utilizar los bienes y servicios de la seguridad y salud en el trabajo y en las medidas mencionados. correctivas. g) Evaluar la eficacia de las actividades de seguimiento CAPITULO VIII en base a la vigilancia realizada en periodos anteriores. EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA Artículo 90º.- La revisión del sistema de gestión de SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO la seguridad y salud en el trabajo se realiza por lo menos una (1) vez al año. El alcance de la revisión debe definirse Artículo 85º.- El empleador debe elaborar, establecer según las necesidades y riesgos presentes. y revisar periódicamente procedimientos para supervisar, Artículo 91º.- Las conclusiones del examen realizado medir y recopilar con regularidad datos relativos a los por el empleador deben registrarse y comunicarse: resultados de la seguridad y salud en el trabajo. Asimismo, debe definir en los diferentes niveles de la gestión, la a) A las personas responsables de los aspectos críticos responsabilidad y la obligación de rendir cuentas en materia y pertinentes del sistema de gestión de la seguridad y de supervisión. La selección de indicadores de eficiencia salud en el trabajo para que puedan adoptar las medidas debe adecuarse al tamaño de la organización, la naturaleza oportunas. de sus actividades y los objetivos de la seguridad y salud b) Al Comité o al Supervisor de seguridad y salud del en el trabajo. trabajo, los trabajadores y la organización sindical. Artículo 86º.- El empleador debe considerar la posibilidad TÍTULO V de recurrir a mediciones, cualitativas y cuantitativas, adecuadas a las necesidades de la organización. Estas DERECHOS Y OBLIGACIONES mediciones deben: CAPÍTULO I a) Basarse en los peligros y riesgos que se hayan identificado en la organización, las orientaciones de la DERECHOS Y OBLIGACIONES política y los objetivos de seguridad y salud en el trabajo. DE LOS EMPLEADORES b) Fortalecer el proceso de evaluación de la organización a fin de cumplir con el objetivo de la mejora continua. Artículo 92°.- La asignación de puestos de trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 51º de la Ley, debe Artículo 87º.- La supervisión y la medición de los considerar los factores que pueden afectar a los trabajadores resultados deben: con relación a la función reproductiva. Asimismo, cuando la trabajadora se encuentre en periodo de gestación o lactancia a) Utilizarse como un medio para determinar en qué se deberá cumplir con lo estipulado en las normas respectivas. medida se cumple la política, los objetivos de seguridad y Artículo 93º.- El desplazamiento a que hace referencia salud en el trabajo y se controlan los riesgos. el artículo 54º de la Ley comprende todo desplazamiento b) Incluir una supervisión y no basarse exclusivamente que realice el trabajador en cumplimiento de una orden del en estadísticas sobre accidentes del trabajo y enfermedades empleador o la ejecución de una labor por encargo de éste, ocupacionales. como parte de las funciones asignadas, incluso si ésta se c) Prever el intercambio de información sobre los desarrolla fuera del lugar y las horas de trabajo. No se incluye resultados de la seguridad y salud en el trabajo. el desplazamiento entre el domicilio del trabajador al lugar d) Aportar información para determinar si las medidas de trabajo y viceversa, salvo que ello esté contemplado en ordinarias de prevención y control de peligros y riesgos se una norma sectorial por la naturaleza de la actividad, sea aplican y demuestran ser eficaces. una condición de trabajo o el desplazamiento se realice e) Servir de base para la adopción de decisiones que en un medio de transporte brindado por el empleador, de tengan por objeto mejorar la identificación de los peligros forma directa o a través de terceros. y el control de los riesgos y el Sistema de Gestión de la Artículo 94º.- Para efecto de lo dispuesto en el artículo Seguridad y Salud en el Trabajo. 53º de la Ley, la imputación de la responsabilidad al
  • 9. El Peruano Lima, miércoles 25 de abril de 2012 NORMAS LEGALES 464869 empleador por incumplimiento de su deber de prevención cardiovasculares, respiratorias, inmunitarias, requiere que se acredite que la causa determinante del gastrointestinales, dermatológicas, endocrinológicas, daño es consecuencia directa de la labor desempeñada por músculo esqueléticas, mentales, entre otras. el trabajador y del incumplimiento por parte del empleador La sintomatología clínica debe sustentarse en de las normas de seguridad y salud en el trabajo. un certificado médico emitido por centros médicos o Artículo 95°.- Cuando la Inspección de Trabajo profesionales médicos debidamente calificados. constate el incumplimiento de una norma de seguridad y Artículo 104°.- En el caso que existan cambios en las salud en el trabajo, el inspector debe acreditar que dicho operaciones y procesos, conforme al supuesto del artículo incumplimiento ha originado el accidente de trabajo o 70° de la Ley, las consultas que se hayan realizado se enfermedad profesional, consignando ello en el acta de acreditan con las encuestas aplicadas a los trabajadores infracción. o las actas de las asambleas informativas realizadas por el Culminado el procedimiento sancionador, el expediente empleador y el Comité o Supervisor, según corresponda. se remite a la Dirección General de Inspección del Trabajo para la determinación del daño. CAPÍTULO II Para la determinación del daño, a solicitud de la Dirección General de Inspección del Trabajo, el Centro de DERECHOS Y OBLIGACIONES Conciliación y Arbitraje de la Superintendencia Nacional de DE LOS TRABAJADORES Aseguramiento en Salud - CECONAR remitirá un listado de peritos de su Registro Especializado. La Dirección Artículo 105°.- Se considera acto de hostilidad a toda designará los peritos que correspondan, de acuerdo al caso acción que, careciendo de causa objetiva o razonable, concreto, para que emitan la evaluación pericial del caso. El impide u obstaculiza de cualquier forma el desarrollo de las costo del peritaje es de cargo del empleador. funciones que corresponden a los miembros del Comité de En el caso de los trabajadores que no están sujetos al Seguridad y Salud en el Trabajo o a los Supervisores de Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, la Dirección Seguridad y Salud en el Trabajo. General de Inspección del Trabajo emite resolución con Artículo 106°.- Una vez remitidos los aportes o base al examen pericial y al expediente de inspección, sugerencias previstas en los artículos 74º, 75º y 78º de la declarando el daño y determinando la indemnización con Ley, los empleadores deben dar respuesta por escrito a base a una tabla de indemnización por daño que será dicha comunicación, señalando las medidas a adoptar o la aprobada mediante Resolución Ministerial. justificación de la negativa. En el caso de los trabajadores sujetos al Seguro Artículo 107°.- En el caso del inciso e) del artículo 79° de Complementario de Trabajo de Riesgo, el informe pericial la Ley, se precisa que los exámenes médicos son aquellos constituye prueba conforme a las reglas de solución de expresamente catalogados como obligatorios, según las controversias de este seguro. normas expedidas por el Ministerio de Salud. La negativa por Artículo 96º.- En caso el trabajador recurra a la parte del trabajador a someterse a exámenes no obligatorios Autoridad Administrativa de Trabajo para la realización de la no podrá considerarse como falta sujeta a sanción por parte investigación a que se refiere el artículo 58º de la Ley, ésta del empleador, con excepción de aquellos exámenes exigidos se tramitará ante la Inspección del Trabajo y se requerirá el por normas internas de la organización en el caso de tratarse apoyo técnico de los servicios competentes del Ministerio de actividades de alto riesgo. En este caso las normas internas de Salud o de peritos especializados. deben estar debidamente fundamentadas y previamente a Artículo 97°.- Con relación a los equipos de protección su aprobación ser puestas en conocimiento del Comité de personal, adicionalmente a lo señalado en el artículo 60° de Seguridad y Salud en el Trabajador o Supervisor. la Ley, éstos deben atender a las medidas antropométricas Artículo 108º.- Previo al traslado a que hace referencia del trabajador que los utilizará. el artículo 76º de la Ley, el empleador debe asegurarse Artículo 98º.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 62° que el trabajador cuenta con información y competencias de la Ley, las reuniones del Comité de Seguridad y Salud suficientes para desarrollar de manera segura y sana su en el Trabajo y las capacitaciones programadas por el labor; en caso contrario, deberá proceder a la capacitación empleador en virtud de la Ley, deben llevarse a cabo dentro respectiva previo al inicio de las labores. de la jornada de trabajo. Las reuniones y capacitaciones Artículo 109º.- En el Reglamento Interno de Trabajo realizadas fuera de jornada de trabajo se remuneran se establecerán las sanciones por el incumplimiento de conforme a la ley de la materia. los trabajadores de alguna de las obligaciones a que hace Artículo 99º.- La interrupción de las actividades en caso referencia el artículo 79º de la Ley, en base a criterios de de inminente peligro previsto en el artículo 63° de la Ley no objetividad y proporcionalidad a la falta cometida. debe originar perjuicio económico al trabajador, salvo que En el caso de las entidades públicas, el incumplimiento ésta se deba a caso fortuito o fuerza mayor, en cuyo caso de las obligaciones previstas en la Ley y el presente es de aplicación el artículo 15º del Texto Único Ordenado de reglamento constituyen faltas disciplinarias que serán la Ley de Productividad y Competitividad laboral, aprobado procesadas y sancionadas conforme al régimen laboral mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR. correspondiente al infractor. Artículo 100º.- En función a lo previsto en el artículo 66° de la Ley, durante el período de gestación son de aplicación TÍTULO VI las normas pertinentes. Las medidas adoptadas deben mantenerse o modificarse para garantizar la protección NOTIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO de la trabajadora o del recién nacido durante el periodo de Y ENFERMEDADES PROFESIONALES lactancia, al menos hasta el año posterior al parto. Artículo 101º.- El empleador debe realizar los Artículo 110º.- La notificación a que se refiere el artículo exámenes médicos comprendidos en el inciso d) del 82º de la Ley debe realizarse en los plazos siguientes: artículo 49° de la Ley, acorde a las labores desempeñadas por el trabajador en su récord histórico en la organización, a) Empleadores: dándole énfasis a los riesgos a los que estuvo expuesto a lo largo de desempeño laboral. Los exámenes médicos deben - Los Accidentes de Trabajo Mortales y los Incidentes ser realizados respetando lo dispuesto en los Documentos Peligrosos: dentro del plazo máximo de veinticuatro (24) Técnicos de la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores horas de ocurridos. expedidos por el Ministerio de Salud, o por el organismo competente, según corresponda b) Centro Médico Asistencial (público, privado, Artículo 102°.- De acuerdo a lo previsto en el artículo 71° militar, policial o de seguridad social): de la Ley, los resultados de los exámenes médicos deben ser informados al trabajador únicamente por el médico del - Los Accidentes de Trabajo: hasta el último día hábil del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, quien le hará mes siguiente de ocurrido. entrega del informe escrito debidamente firmado. - Las Enfermedades Ocupacionales: dentro del plazo Al tratarse de una información de carácter confidencial, de cinco (05) días hábiles de conocido el diagnóstico. el médico informa al empleador las condiciones generales del estado de salud de los trabajadores, con el objetivo de La obligación de informar cualquier otro tipo de diseñar medidas de prevención adecuadas. situaciones que alteren o pongan en riesgo la vida, Artículo 103°.- De conformidad con el artículo 56º integridad física y psicológica del trabajador suscitadas en de la Ley, se considera que existe exposición a los el ámbito laboral, prevista en el literal c) del artículo 82º de riesgos psicosociales cuando se perjudica la salud de la Ley, será efectuada en aquellos casos específicos que los trabajadores, causando estrés y, a largo plazo, una sean solicitados por el Ministerio de Trabajo y Promoción serie de sintomatologías clínicas como enfermedades del Empleo.
  • 10. El Peruano 464870 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 25 de abril de 2012 Artículo 111º.- Dentro de los plazos establecidos en Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del el artículo precedente, los empleadores y centros médicos Empleo es el órgano técnico responsable de la elaboración asistenciales deben cumplir con la obligación de notificar los del Boletín Estadístico Mensual al que hace referencia el accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades artículo 90º de la Ley. ocupacionales, según corresponda, mediante el empleo del La Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Sistema Informático de Accidentes de Trabajo, Incidentes Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales, aplicativo y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción electrónico puesto a disposición de los usuarios en el portal del Empleo constituye el órgano técnico responsable de institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del examinar la información en materia de registro y notificación Empleo. de los accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales e Artículo 112º.- En aquellas zonas geográficas en las incidentes peligrosos, analizando la información proveniente del que no exista acceso a Internet, con carácter excepcional, Sistema Informático de Notificación de Accidentes de Trabajo, la notificación de accidentes de trabajo, incidentes Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales. Para peligrosos y enfermedades ocupacionales se efectúa dichos efectos, sistematiza la información contenida en el por los empleadores y centros médicos asistenciales, sistema informático en coordinación con la Oficina General de según corresponda, mediante el empleo de los siguientes Estadística y Tecnología de la Información y Comunicaciones instrumentos: del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de manera previa a su difusión o publicación del Boletín Estadístico - Formulario 1: para el cumplimiento de la obligación del Mensual. empleador de notificar los accidentes de trabajo mortales e Artículo 118º.- La Dirección General de Derechos incidentes peligrosos. Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo ejecuta - Formulario 2: para el cumplimiento de la obligación de las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento los centros médicos asistenciales de notificar los accidentes de la normativa sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, de trabajo y enfermedades ocupacionales. mediante la formulación de políticas, la elaboración de normas y documentos técnicos; y mediante la aprobación, Los referidos formularios son remitidos por los ejecución y supervisión de planes, programas o proyectos empleadores y los centros médicos asistenciales, en en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Para estos forma impresa y debidamente completados a la Autoridad efectos utiliza la información contenida en el Sistema Administrativa de Trabajo, dentro de los plazos y términos Informático de Notificación de Accidentes de Trabajo, establecidos en el presente Reglamento. Incidentes Peligrosos y Enfermedades Ocupacionales. Artículo 113º.- La Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y de la Seguridad y Salud CAPÍTULO II en el Trabajo de las Direcciones o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, o la que haga sus INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO, veces, constituye la instancia competente para recibir ENFERMEDADES OCUPACIONALES los formularios de notificación de accidentes de trabajo, E INCIDENTES PELIGROSOS incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales, a los que se ha hecho mención en el artículo 112º del presente Artículo 119º.- El Sistema de Inspección del Trabajo Reglamento. es responsable de ejecutar las acciones de fiscalización Artículo 114º- La información contenida en los formularios necesarias para cautelar el cumplimiento de la normativa físicos presentados ante la Autoridad Administrativa de vigente en materia de seguridad y salud en el trabajo, de Trabajo debe registrarse dentro de los cinco (05) días conformidad con lo establecido en el artículo 92º de la posteriores a su presentación, en el Sistema Informático de Ley; respecto de los empleadores que tengan trabajadores Notificación de Accidentes de Trabajo, Incidentes Peligrosos sujetos al régimen laboral privado. y Enfermedades Ocupacionales, por la Dirección de Para dichos efectos, el sistema informático contará con Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales y un sistema de alerta que notificará al Sistema Integrado de la Seguridad y Salud en el Trabajo de las Direcciones o de Inspección del Trabajo (SIIT) la realización de la Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, diligencia de inspección. El Director o Gerente Regional o la que hagan sus veces, bajo responsabilidad. Asimismo, de Trabajo y Promoción del Empleo, o quien haga sus las notificaciones recibidas en formularios físicos por las veces, es responsable por el cumplimiento oportuno Zonas de Trabajo del ámbito Regional, serán sistematizadas de las fiscalizaciones, debiendo adoptar las medidas por las respectivas Direcciones o Gerencias Regionales de administrativas, logísticas o de gestión necesarias para Trabajo y Promoción del Empleo, o la que hagan sus veces, garantizar su implementación. a la que éstas corresponden. En cualquier caso, y de acuerdo a los reportes El Director o Gerente Regional de Trabajo y Promoción generados por el sistema, la Dirección de Inspección del del Empleo de los Gobiernos Regionales, o el que haga Trabajo prioriza la inmediata fiscalización de los accidentes sus veces, es el responsable por el cumplimiento de de trabajo mortales y enfermedades ocupacionales. dichas disposiciones, debiendo adoptar las medidas Excepcionalmente, si las circunstancias o urgencia del administrativas, logísticas o de gestión necesarias para caso lo amerita, las Direcciones o Gerencias Regionales garantizar la sistematización oportuna de la información, de Trabajo y Promoción del Empleo, o los que hagan sus dentro de los plazos previstos. veces, podrán solicitar a la Dirección General de Inspección Artículo 115º.- La Dirección de Seguridad y Salud en el del Trabajo el apoyo de inspectores especializados para la Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales realización de las diligencias requeridas. y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo La información que se recabe durante la inspección y Promoción del Empleo constituye el órgano técnico debe ser complementada en el Sistema Informático por responsable de supervisar el cumplimiento, por parte de el inspector encargado de efectuar dicha diligencia, en un las instancias regionales, de la obligación de sistematizar la plazo no mayor de tres (03) días hábiles de realizada, bajo información notificada en los formularios físicos. Asimismo, responsabilidad. coordinará con las Direcciones o Gerencias Regionales de Artículo 120º.- De forma complementaria, la Dirección Trabajo y Promoción del Empleo, o la que haga sus veces, General de Derechos Fundamentales y Seguridad y la realización de campañas de orientación, información Salud en el Trabajo coordina con la Dirección General y difusión de las obligaciones contenidas en la Ley de de Inspección del Trabajo la incorporación de acciones Seguridad y Salud en el Trabajo y en la presente norma, de inspección con el contenido y enfoque adecuado a las con la finalidad de promover su adecuado cumplimiento. políticas de promoción y protección en materia de Seguridad Artículo 116º.- Se considera cumplida la obligación y Salud en el Trabajo. de comunicación establecida en el artículo 83° de la Ley, Artículo 121º.- La Oficina General de Estadística cuando se trate de enfermedad profesional o accidente y Tecnología de la Información y Comunicaciones del de trabajo no mortal, con la exhibición del registro de Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo es el órgano enfermedades ocupacionales y de accidentes de trabajo a responsable de supervisar la administración del Sistema la Inspección del Trabajo. Informático para la notificación de accidentes de trabajo, incidentes peligrosos y enfermedades ocupacionales, CAPÍTULO I así como de garantizar su adecuado uso, mantenimiento y funcionalidad, brindando el asesoramiento técnico RECOPILACIÓN Y PUBLICACIÓN DE ESTADÍSTICAS necesario a las áreas y usuarios del sistema. Artículo 122º.- Si como consecuencia de un accidente Artículo 117º.- La Oficina de Estadística de la Oficina de trabajo o una enfermedad ocupacional se produjera General de Estadística y Tecnologías de la Información y la muerte del trabajador, el centro médico asistencial