3. Marco Regulatorio
Marco Constitucional
Historia
Norma Actual
OSCE
SEACE
4. El artículo 76º de la Constitución Política
“Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Las obras y la adquisición de suministros con utilización de
fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por
contrata y licitación, así como también la adquisición o
enajenación de bienes.
La contratación de servicios y proyectos cuya importancia y
cuyo monto señala la Ley de Presupuesto se hace por
concurso público. La ley establece el procedimiento, las
excepciones y las respectivas responsabilidades”
5. RUA RULCOP REGAC
CADELI CONSULCOP CONASUCO
29/Set/1998 a 31/En/2009
LEY DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
CONSUCODE
01 de Febrero de 2009 - ¿?
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO (PROYECTO EN EL CONGRESO)
6. Programación y Actos Procedimiento de Ejecución
Preparatorios Selección contractual y
Liquidación
Plan Anual Institucional Prepublicación
Presupuesto Institucional Convocatoria.
Ejecución de
Plan Anual de Presentación consultas prestaciones
Contrataciones Presentación Declaración de
Determinación de observaciones conformidad
necesidades Presentación propuestas Liquidación
Elaboración del Expediente Evaluación propuestas
de Contratación
Adjudicación Buena Pro
Designación Comité
Especial Perfeccionamiento del
Contrato
Elaboración de Bases
7. Normas Principales
• Decreto Legislativo N° 1017 (Ley de Contrataciones del Estado)
• Decreto Supremo N° 184-2008-EF (Reglamento)
• Temas: RNP, PAC, Estandarización, Subasta Inversa, Convenio
Marco, Garantías por Prestaciones Accesorias, Arbitraje, etc.
• Otros
- Decretos de Urgencia: 012-2011, 054-2011, 007-2012
- PETROPERU
13. Ámbito de Aplicación
Se aplica a las contrataciones que deben realizar las
Entidades para proveerse de Bienes, servicios u obras,
asumiendo el pago del precio o de la retribución
correspondiente con fondos públicos, y demás
obligaciones derivadas de la calidad de contratante.
14. Ámbito de Aplicación Subjetivo
El Estado esta conformado por aproximadamente 2800 Entidades:
- 181 Municipalidades Provinciales; 1800 Municipalidades Distritales
- Ministerios, Gobiernos Regionales
- Empresas del Estado de Derecho Público o Privado.
- Universidades Públicas; Sociedades de Beneficencia
- Fondos: Salud, Vivienda, Bienestar de las FFAA y PNP
- Organismos Autónomos Constitucionales
- Proyectos; Programas; Instituciones; Órganos Desconcentrados.
- (No Cajas Municipales)
15. Ámbito de Aplicación
• Proveedores de Bienes:
Alimentos, uniformes, material para la salud, mobiliario,
equipo informático, material de construcción, combustibles,
etc.
• Proveedores de Servicios:
Vigilancia, limpieza, mantenimiento, asesorías, etc.
• Obras:
Supervisores de obras, ejecutores de obras.
16.
17. Ámbito Objetivo Negativo (1)
• Contratación de trabajadores, empleados, servidores o funcionarios
públicos.
• Contratación de Auditorias Externas (SNC)
• Contrataciones iguales o menores a 3 UIT (S/. 10,950.00)
• Contratación de Locación de Servicios o Servicios No Personales
con Personas Naturales
• Contratación de Notarios, Árbitros, Conciliadores, Centros y afines
18. IMPEDIMENTOS (1)
- Ámbito Nacional: Todo proceso hasta 12 meses después de dejado
el cargo: Presidente, Vicepresidentes, Congresistas, Ministros,
Viceministros, Vocales de la Corte Suprema, Titulares y miembros
de Órganos Constitucionalmente Autónomos
- En su ámbito hasta 12 meses después de dejado el cargo: Regional
(Presidente, Vicepresidentes y Consejeros), Municipal (Alcaldes,
Regidores) y Vocales de Cortes Superiores
19. Ámbito Objetivo Negativo (2)
• Contratos mandados por Ley o Autoridad Jurisdiccional.
• Contratos Bancarios y Financieros
• Compras de Bienes que Entidades realicen mediante Remate
Público.
• Contratos realizados con proveedores no domiciliados en el país
(Cuyo mayor valor se realice en el extranjero)
20. Ámbito Objetivo Negativo (3)
• Contratos de asesoría legal para defensa del Estado en controversias
internacionales sobre inversión.
• Contratos de Servicios Públicos siempre exista un solo proveedor.
• Contratos realizados según procedimientos de OI, Estados o
entidades cooperantes asociadas a donaciones u operaciones oficiales
de crédito
• Convenios de Cooperación, gestión y otros suscritos entre entidades
o entre estas y organismos internacionales y no exista fin de lucro
21. Ámbito Temporal
• Se convoca un PS con la Norma A y entra en vigencia la Norma B.
“El Contrato se Firma con la Norma ….”
• Se convoca un PS con la Norma A y entra en vigencia la Norma B y
el PS es declarado Desierto.
“La 2da Convocatoria es con la Norma ..…. ”
• Se convoca un PS con la Norma A y entra en vigencia la Norma B y
el PS es declarado Nulo y se retrotrae a una nueva convocatoria.
“La Nueva convocatoria es con la Norma ….…”
23. IMPEDIMENTOS (2)
- Entidad: Titulares, Directores, Gerentes, Funcionarios, Servidores,
empleados de confianza.
- Proceso: PN o PJ intervención en EE.TT, VR, Bases, Evaluación,
autorización para pago.
- Cónyuges, Conviviente, Parientes del 4º de Consanguinidad y 2º
de Afinidad.
- Personas Naturales o Personas Jurídicas Sancionadas.
24. IMPEDIMENTOS (3)
- PJ (Fin de lucro) que tengan o hayan tenido participación mas del
5% en los 12 meses antes del proceso. PJ (Sin fin de lucro) en los 12
meses antes del proceso
- PJ cuyos socios, Accionistas, Participacionistas, Titulares hayan tenido
participación mas del 5% del Capital o patrimonio en las PJ
sancionadas.
- PN o PN a través de las cuales una autoridad, Funcionario, empleado
de confianza, servidor o proveedor pretenda eludir su condición de
impedido, valiéndose de cualquier modalidad de reorganización
societaria y/o utilización de testaferros
25. Algunos Casos
• ¿El esposo de la cuñada del Alcalde se puede presentar a un PS en
la Municipalidad del Alcalde?
• ¿El Presidente Regional de Amazonas se puede presentar en un
proceso en la Universidad Nacional de Amazonas?
• ¿El Jefe de Indecopi si renuncia puede presentarse al mes siguiente
a un PS de Indecopi?
• ¿ El papa de la conviviente del Alcalde se puede presentar a un PS
en la Municipalidad del Alcalde?
27. ¿Importancia del los Principios?
• Sirven de criterio interpretativo e integrador para resolver
cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de la norma
• Sirven como parámetro para construir jurídicamente normas
y facilitar la labor del operador de la norma
28. Principios del Derecho Global de la
Contratación Pública
• Principio de Trato no menos favorable que el otorgado a productos,
servicios y proveedores nacionales
• Principio de Licitación Pública con Selección competitiva; salvo
algunas excepciones para procedimientos restringidos (Naturaleza del
contrato, especialidad)
• Principio de la Cláusula de Progreso Científico
(*) Jaime Rodriguez Arana: Revista Derecho PUCP N° 66 (2011): Los Principios del Derecho
Global en la Contratación Pública
29. Principios en la Norma Nacional
1. Principio de Promoción del Desarrollo Humano
-Fenómeno por el cual los estándares de vida de la población se
elevan a fin de alcanzar un adecuado bienestar económico y social; Al
Estado le corresponde promoverlo a través del fomento de la actividad
privada e inversión pública y no ser una contratación ineficiente
2. Principio de Moralidad:
- Honradez, Veracidad, Intangibilidad, Justicia, Probidad
- Las decisiones tomadas fuera de la legalidad generan corrupción,
daños al país y a la colectividad.
- La infracción genera en el funcionario responsabilidad.
30. 3. Principio de Libre Concurrencia y Competencia
- Se deben incluir regulaciones o tratamientos que fomenten la mas
amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación
de los postores.
- Ejemplo: RNP; Concertación de Precios.
4. Principio de Imparcialidad:
- Acuerdos y resoluciones de funcionarios se adoptan en aplicación
de la Ley; con criterios técnicos y objetividad
- Ámbito Operativo: No a la falta de imparcialidad
- Ámbito Jurídico: Importancia del debido procedimiento.
31. 5. Principio de Razonabilidad
- El objeto de los contratos debe ser razonable de forma cuantitativa
y cualitativa.
- No realizar actos gravosos contra los administrados.
6. Principio de Eficiencia
- Principio de la Nueva Administración Pública: Buen funcionamiento
de las Entidades publicas.
- Contratación debe realizarse en la mejor condición de calidad,
precio y plazo.
- Lo barato sale caro.
32. 7. Principio de Publicidad
- Convocatorias de PS y actos deben ser objeto de publicidad y
difusión
- Permite la fiscalización
- Importancia del SEACE
8. Principio de Transparencia
- Toda contratación debe realizarse sobre criterios y calificaciones
objetivas, sustentadas
- La documentación debe ser accesibles a los postores.
- No hace mención a la documentación contractual
33. 9. Principio de Economía
- Criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el
uso de los recursos y no pedir formalidades costosas.
- Entidad: No debe incurrir en costos de controles indebidos
Particulares: Presunción de veracidad; traslado de la verificación de
los documentos que se presentan
10. Principio de Vigencia Tecnológica
- Los Bines, Servicios y Obras deben cumplir condiciones de calidad
y modernidad tecnológica por un tiempo adecuado, con la
posibilidad de repotenciarse y adecuarse.
34. 11. Principio de Trato Justo e Igualitario
- En la participación de los postores, no deben existir privilegios,
ventajas o prerrogativas.
- Ejemplo: Bonificación de 10% (Art. 71 Reglamento contraria a
Ley)
12. Principio de Equidad
- Prestaciones y derechos de las partes deben guardar razonable
equivalencia y proporcionalidad sin afectar el interés general.
13. Principio de Sostenibilidad Ambiental
- Evitarse impactos ambientales negativos.