2. TACNA – PERÚ
(AÑO 2005)
PÉRDIDAS $ 300,000
ICA - PERÚ
(AÑO 2006)
PÉRDIDAS $ 30 MILLONES
IMÁGENES DE PLANES Y PROYECTOS FALLIDOS
3. ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
• La administración pública desarrolla diversos roles en
función de la naturaleza de cada Entidad, sus funciones,
objetivos y metas trazadas.
• Para el cumplimiento de los mismos cada Entidad
requiere contratar con terceros.
• Se involucra para ello erogación de recursos públicos,
que son presupuestados y asignados anualmente.
• Estas actividades convierten a la Administración Pública
en un agente que actúa en el mercado, como
demandante de bienes, servicios y obras.
4. Introducción a las Compras
Estatales
Las Entidades del Estado
Cumplimiento de
metas
institucionales
Calidad de Gestión
• Adquirir bienes
• Contratar servicios
• Contratar ejecución de obras
• Utilización de fondos públicos
• Procedimientos
5. Articulo 76° de la Constitución Política del Perú
“Las obras y la adquisición de suministros con utilización de
fondos o recursos públicos se ejecutan obligatoriamente por
contrata y licitación pública, así como también la adquisición o
la enajenación de bienes. La contratación de servicios y
proyectos cuya importancia y cuyo monto señala la Ley de
Presupuesto se hace por concurso público. La ley establece el
procedimiento, las excepciones y las respectivas
responsabilidades”
6. ¿A qué pautas deben ajustarse las Entidades del Estado cuando
realizan sus procesos de adquisición o contratación?
y su Reglamento (en adelante el Reglamento)
Decreto Supremo N° 084-2008-PCM (ACTUAL)
El Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado (en adelante el TUO de la Ley)
Decreto Supremo N° 083-2004-PCM (ACTUAL)
Decreto Legislativo 1017 del 04/06/08
7. MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE
CONTRATACIONES DEL ESTADO
• DECRETO SUPREMO Nº 046-2011-EF
• MODIFICAN LOS ART. 85 A OTRAS COMPRAS
CORPORATIVAS .
• ART. 157 GARANTIA DE SERIEDAD DE OFERTA
• ART. 237 IMPEDIMENTOS
9. ¿Cuál es el ámbito de aplicación del TUO de la Ley y su Reglamento?
Consagra las disposiciones legales que regulan la
actuación de las entidades del Estado, cuando
desean adquirir o arrendar un bien (es decir,
cuando desean comprar o alquilar un bien),
contratar un servicio (es decir, cuando el servicio
se va a prestar a su favor) u ordenar la ejecución
de una obra.
10. Evolución de la normatividad estatal
30 JUL 1997: Ley Nº 26850 – Ley de Adquisiciones y
Contrataciones (LACE)
15 MAR 2001: DS 012-2001-PCM - TUO de la LACE
DS 013-2001-PCM - Reg. de la LACE
03 JUL 2004: Ley Nº 28267 - Modif. el TUO de la LACE
29 NOV 2004: DS 083-2004-PCM - TUO de la LACE
DS 084-2004-PCM - Reg. de la LACE
04 JUN 2008: DL 1017-2008 - Ley de
Contrataciones
DL 1018-2008 - Ley de “Perú Compras”
1
2
3
11. ¿y cual es el concepto de Entidades?
Instituciones del Sector Público
Nacional, con personería jurídica de Derecho
Público. También están comprendidas dentro de
dicho concepto las empresas del Estado de
Derecho Público o Privado, ya sean de propiedad
del Gobierno Central, Regional o Local, y las
empresas mixtas en las cuales el control de las
decisiones de los órganos de gestión esté en
manos del Estado.
12. Entidades
Públicas
Entidades de
Tratamiento
Empresarial-ETEs
Gobierno Nacional
Gobierno Regional
Gobierno Local
Gobierno Central
Instancias
Descentralizadas
Ministerios
Universidades
Organismos Constitucionalmente
Autónomos
Reguladoras y Supervisoras
Entidades de Servicio
Fondos
Instituciones Descentralizadas
Empresas Municipales
OPD Municipales
Otras
Sociedades de
Beneficencia
Pública
Empresas Públicas
en el ámbito del
FONAFE
Universidades
OPDs
Sedes Centrales
Direcciones Regionales
Municipalidades
Provinciales
Municipalidades
Distritales
Clasificación del
OSCE
13. ¿Qué importancia tiene para el Estado, la normatividad señalada ?
a) Generar estabilidad para el Estado, quien actúa como
contratante y para las demás partes involucradas en una
contratación pública (contratistas).
b) Que las adquisiciones y contrataciones se efectúen en
forma oportuna, a precios y calidad requeridas.
c) Que las adquisiciones y contrataciones se efectúen
cumpliendo principios de: transparencia, libre
competencia, trato justo e igualitario, eficiencia, vigencia
tecnológica, imparcialidad, moralidad y economía.
14. En razón del marco normativo establecido
para las contrataciones estatales ¿Quién es la
institución encargada de su difusión y
promover el cumplimiento de las mismas a
nivel nacional?
OSCE
15. Es la entidad encargada de supervisar
que los contratos que realizan los
organismos públicos o entidades del
Estado a los proveedores de bienes y
servicios, así como a los ejecutores y
consultores de obras, se realicen en
forma transparente, justa e imparcial,
simplificando trámites, difundiendo su
legislación y sancionando a quienes la
incumplen.
16. Principios
ANTES
• Moralidad
• Libre Competencia
• Imparcialidad
• Eficiencia
• Transparencia
• Economía
• Vigencia Tecnológica
• Trato Justo e Igualitario
AHORA
• Moralidad
• Libre Concurrencia y
Competencia
• Imparcialidad
• Eficiencia
• Transparencia
• Economía
• Vigencia Tecnológica
• Trato Justo e Igualitario
• Promoción del Desarrollo Humano
• Razonabilidad
• Publicidad
• Equidad
• Sostenibilidad Ambiental
17. Nuevos Principios
• Libre Competencia y Concurrencia : Propiciar la mayor
participación de proveedores, evitando barreras que impidan
dicha participación.
• Promoción del Desarrollo Humano : Contratación pública
debe coadyudar al desarrollo humano.
• Sostenibilidad Ambiental : Evitar impactos ambientales
negativos.
• Razonabilidad : Objeto de los contratos debe ser razonable
para satisfacer el interés público.
• Publicidad : Difusión adecuada para garantizar libre
concurrencia de proveedores
• Equidad : Prestaciones y derechos de las partes deben ser
equivalentes y proporcionales
18. Funciones
• Supervisa todo proceso de contratación de bienes, servicios u obras.
• Desarrolla, administra y opera:
– El Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del
Estado - SEACE.
– El Registro Nacional de Proveedores - RNP
• Resolver, en última instancia administrativa, los asuntos de su
competencia.
• Absuelve consultas sobre materia de su competencia.
• Aplica sanciones a proveedores.
• Comunica a la Contraloría sobre irregularidades.
En los procesos de selección se tiene al SEACE :
19. ¿Cómo cumple su función de supervisión
y control?
Ley
de
Contrataciones
y
Adquisiciones
del
Estado
y
su
Reglamento
20. El Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE), es el
sistema que permite el intercambio de información y difusión sobre las adquisiciones
y contrataciones del Estado, así como la realización de transacciones electrónicas.
21. El Registro Nacional de Proveedores
(RNP)
1. Constituye un elemento de apoyo para las entidades
públicas en la toma de decisiones de adquisiciones y
contrataciones.
2. Facilitará la identificación y validación de los
proveedores.
3. Simplificará la presentación de documentos por parte
de los proveedores.
¿Cómo cumple su función de supervisión
y control?
22. ¿ES DIFERENTE UN PROCESO DE
ADQUISICIÓN O CONTRATACIÓN CON UN
PROCESO DE SELECCIÓN?
SI
23. Diferencia entre Proceso de Adquisición o Contratación y
Proceso de Selección.
Proceso de adquisición o
contratación:
es el conjunto ordenado y
concatenado de
actuaciones que se
realizan desde que se
autoriza la adquisición o
contratación del bien,
servicio u obra hasta que
culmina la ejecución del
contrato.
Proceso de selección:
es el “concurso” que
permite elegir de
manera objetiva, al
proveedor que se
encargará de vender o dar
en arrendamiento
un bien, prestar un
servicio o ejecutar una
obra.
24. ACTOS
PREPARATORIOS
PROCESO DE
SELECCIÓN
EJECUCIÓN
CONTRACTUAL
1.Plan Estratégico Institucional.
2.Plan Operativo Institucional.
3.Determinación de
necesidades.
4.Presupuesto Institucional.
5.Plan Anual de Contrataciones.
6.Aprobación del expediente
de contratación.
7.Designación del Comité
Especial.
8.Elaboración del Proyecto de
Bases Administrativas
9.Aprobación de las
10. Bases Administrativas.
1.Convocatoria y Registro de
participantes.
2.Presentación de consultas,
absolución y aclaración de
las Bases.
3.Formulación de
observaciones a las Bases e
integración de éstas.
4.Presentación y entrega de
propuestas.
5.Evaluación y calificación de
propuestas.
6.Otorgamiento de la Buena
Pro.
7.Citación para la celebración
del contrato.
8.Celebración del Contrato.
1. Celebración del contrato.
2. Ejecución de las
prestaciones derivadas del
contrato.
3. Adicionales y reducciones.
4. Ampliaciones o
reducciones de plazo.
5. Subcontratación.
6. Intervención económica.
7. Resolución.
8. Aplicación de penalidades.
9. Conformidad de entrega o
de prestación de servicio.
10.Liquidación de obra o de
consultoría de obra.
PROCESO DE ADQUISICIÓN O CONTRATACIÓN
25. Característica Principal de las Adquisiciones y
Contrataciones Estatales.
REGLA GENERAL DE LAS ADQUISICIONES Y
CONTRATACIONES QUE REALIZAN LAS
ENTIDADES
SELECCIONAR DE MANERA OBJETIVA EL
PROVEEDOR QUE SE ENCARGARÁ DE VENDER
O ARRENDAR UN BIEN, DE PRESTAR UN
SERVICIO O DE EJECUTAR UNA OBRA
POR MEDIO DE UN CONCURSO, EL MISMO QUE
ES DENOMINADO, EN TÉRMINOS LEGALES:
“PROCESO DE SELECCIÓN”
26. ¿COMO CONTRATA EL ESTADO A TRAVÉS DE LA LEY DE
CONTRATACIONES DEL ESTADO?
Bajo la LCE, el Estado puede elegir a un futuro contratista mediante
cuatro mecanismos:
1. Un proceso de selección tradicional (LP, CP, ADP, ADS y AMC).
2. Un proceso de selección por subasta inversa (presencial o
electrónica)
3. Contratación directa con el proveedor que ha firmado un
convenio marco.
4. Contratación directa como resultado de una exoneración de un
proceso de selección.
Nota: Actualmente no existe diferenciación entre proveedor nacional o
extranjero, por lo que cualquier persona natural o jurídica, independientemente
de su domicilio u origen empresarial podrá participar libremente en un proceso
de selección.
27. ¿Qué es un Proceso de Selección?
• En términos simples, es una “forma de seleccionar a
un proveedor” a través de una adquisición o
contratación por medio de un Comité Especial.
• La Ley de Contrataciones establecen diversos
procesos o formas de seleccionar a un proveedor.
¿Cuántos son y cómo se clasifican?
28. MENOR
VALOR
REFERENCIAL
MAYOR
VALOR
REFERENCIAL
MENOR TIEMPO
PARA PARTICIPAR
MAYOR TIEMPO
PARA PARTICIPAR
Adj. Direc.
Pública
Adj.
Menor
Cuantía
Adj. Direc.
Selectiva
Concurso
Público
Licitación
Pública
Procesos
Públicos
Procesos No
Públicos
¿Cómo se Clasifican los Procesos de Selección?
Se clasifican según el valor
referencial de lo que se va a
comprar o contratar
29. ¿Y DONDE FIGURAN O SE
REGISTRAN LOS DIFERENTES
PROCESOS DE SELECCIÓN QUE
UNA ENTIDAD VA A LLEVAR A
CABO?
EN EL … PAAC
30. ¿ y qué es el PAC?
El Plan Anual de Contrataciones del Estado es un
instrumento de gestión, a través del cual se
programan las contrataciones que se realizan en
un ejercicio presupuestal, a fin de satisfacer las
necesidades de la Entidad,
de acuerdo con los objetivos estratégicos, a fin de
cumplir con sus metas institucionales.
Las entidades del Estado con el objeto de planificar sus
adquisiciones de bienes, contratación de servicios,
consultorías y obras, están obligadas a formular cada año
el PAC
31. ¿ Entonces en estos Procesos de
Selección donde nos ubicamos ?
33. Característica Principal de las Adquisiciones y
Contrataciones Estatales
REGLA GENERAL DE LAS ADQUISICIONES Y
CONTRATACIONES QUE REALIZAN LAS
ENTIDADES
SELECCIONAR DE MANERA OBJETIVA EL
PROVEEDOR QUE SE ENCARGARÁ DE VENDER O
ARRENDAR UN BIEN, DE PRESTAR UN SERVICIO O
DE EJECUTAR UNA OBRA
POR MEDIO DE UN CONCURSO, EL MISMO QUE ES
DENOMINADO, EN TÉRMINOS LEGALES:
“PROCESO DE
SELECCIÓN”
34. En este contexto, ¿Qué es o qué son los
procesos de selección?
Son aquellos procedimientos administrativos que
las entidades públicas deben conducir a fin de
elegir al contratista que se encargará, dentro
del territorio peruano, de abastecerlas de los
bienes, de prestarle los servicios o de ejecutar
las obras que resulten necesarios para la
ejecución de las actividades que son de
competencia de tales entidades
38. LAS ETAPAS EN LOS
PROCESOS DE SELECCION
Las fases en la selección
39. LAS ETAPAS DE LOS PROCESOS DE
SELECCIÓN
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Presentación y absolución de consultas y
observaciones a las Bases e integración de éstas.
d) Presentación de propuestas.
e) Evaluación de propuestas.
f) Otorgamiento de la Buena Pro.
Prepublicación de las bases: antes de la convocatoria en el SEACE
y es obligatoria tratándose de LP, CP y ADP. Y es potestativa
en las ADS y AMC.
40. ETAPAS DE LOS
PROCESOS DE SELECCIÓN
PREPUBLICACIÓN
DE LAS BASES
REGISTRO DE
PARTICIPANTES
CONVOCATORIA
PRESENTACIÓN
DE PROPUESTAS
CONSULTAS,
OBSERVACIONES
E INTEGRACION
EVALUACIÓN DE
PROPUESTAS
OTORGAMIENTO
DE BUENA PRO
FORMALIZACIÓN
DEL CONTRATO
41. ¿TODOS LOS PROCESOS DE SELECCIÓN
DESARROLLAN LAS MISMAS ETAPAS?
Las etapas mencionadas no se desarrollan de manera
similar en los diferentes procesos de selección, de tal
manera que para los procesos de selección “tradicionales”,
las agruparemos de la siguiente manera:
- Etapas en las LP y CP
- Etapas en las ADP y ADS
- Etapas en las AMC (bienes y servicios)
- Etapas en las AMC (ejecución y consultoría de obras)
NO
42. Etapas en las LP y CP
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Presentación y absolución de consultas y
observaciones a las Bases e integración de
éstas.
d) Presentación de propuestas.
e) Evaluación de propuestas.
f) Otorgamiento de la Buena Pro.
Nota: Prepublicación de bases antes de la convocatoria
43. Licitación y Concurso Públicos
Convocatoria
Registro de
Participantes
Consultas y
Observaciones
Formulación: 5 días
Absolución: 5 días
Presentación de
Propuestas
Evaluación de
Propuestas
Otorgamiento
de la Buena
Pro
Integración
Mín.4d.
44. Etapas en las ADP y ADS
a) Convocatoria.
b) Registro de participantes.
c) Presentación y absolución de consultas y
observaciones e integración de éstas.
d) Presentación de propuestas.
e) Evaluación de propuestas.
f) Otorgamiento de la Buena Pro.
Prepublicación de las bases: obligatoria en ADP
y potestativa en ADS.
46. Etapas en las AMC (bienes y
servicios)
a) Convocatoria y registro de participantes.
b) Presentación de propuestas.
c) Evaluación de propuestas.
d) Otorgamiento de la Buena Pro.
Prepublicación de las bases: potestativa
47. Adjudicación de Menor Cuantía
Convocatoria
Presentación de
Propuesta(s)
Evaluación de
Propuestas
Otorgamiento de
la Buena Pro
Bienes y Servicios
Registro de
Participantes
NOTA: En el caso de AMC en la que se haya invitado a un solo proveedor no será necesario
establecer etapa de evaluación.
48. Etapas en las AMC (ejecución
y consultoría de obras)
a) Convocatoria y registro de participantes.
b) Presentación de consultas, absolución e
integración de las Bases.
c) Presentación de propuestas.
d) Evaluación de propuestas.
e) Otorgamiento de la Buena Pro.
f) Citación para la celebración del contrato.
Prepublicación de las bases: potestativa
49. Adjudicación de Menor Cuantía
Convocatoria
Evaluación de la
Propuesta
Otorgamiento de la
Buena Pro
Consultoría y Ejecución de Obras
Consultas
Formulación: Mín. 2 días
Absolución: Máx. 2 días
NOTA: En el caso de AMC en la que se haya invitado a un solo proveedor no será necesario
establecer etapa de evaluación.
Registro de
Participantes
Presentación de
Propuestas
50. ¿y como se computan los plazos
en los procesos de selección?
En días hábiles, siendo
inhábiles los días sábado,
domingo y feriados no
laborables, días de duelo
nacional no laborables u otros
declarados por el Poder
Ejecutivo.
51. LA CONVOCATORIA : EL INICIO DE UN
PROCESO DE SELECCIÓN
• Acto por el que se invita a participar en el proceso de
selección a todas aquellas personas o proveedores
que estén interesadas en contratar con la Entidad.
• Requisito indispensable para convocar un proceso de
selección: bases se encuentren
previamente aprobadas
• Se realiza a través de su publicación en el
SEACE
Las entidades que no tengan acceso a Internet en su
localidad realizarán la convocatoria mediante la
publicación en un diario de circulación nacional o
local.
52. ¿y que información debe contener la
convocatoria?
La identificación, domicilio y RUC de la Entidad que
convoca.
La identificación del proceso de selección.
La indicación de la modalidad de selección, de ser el
caso.
La descripción básica del objeto del proceso.
El valor referencial.
El lugar y la forma en que se realizará la inscripción o
registro de participantes.
El costo del derecho de participación.
El calendario del proceso de selección.
53. REGISTRO DE PARTICIPANTES: REQUISITO
FUNDAMENTAL PARA PARTICIPAR
a) Todo proveedor que desee intervenir como participante en un
proceso de selección deberá registrarse ante la Entidad, pagando a
ésta un derecho, cuyo monto no podrá ser mayor al costo de
reproducción de las Bases y le da derecho a recabar una copia de
estas.
b) Para el caso de las AMC (bienes y servicios), el registro es gratuito.
c) Los proveedores que se inscriban, adquieren de manera
automática, los siguientes derechos dentro del proceso de
selección:
d) - Efectuar consultas y solicitar aclaraciones respecto a los
alcances de las Bases.
e) - Efectuar observaciones a las Bases.
f) - Presentar sus propuestas.
g) A partir de su inscripción, los proveedores se
h) denominarán: “participantes.”
54. FORMULACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE
CONSULTAS Y OBSERVACIONES
• Etapa que de manera obligatoria debe incluirse en
todos los procesos de selección, salvo en AMC
(bienes y servicios)
• CONSULTAS: Aclaración sobre cualquier aspecto o
contenido de las Bases o formulación de consultas
respecto de sus alcances.
• OBSERVACIONES: si se incumplen los siguientes
aspectos:
a)Condiciones mínimas establecidas en el artículo 25
del TUO de la Ley
b)Cualquier disposición en materia de adquisiciones y
contrataciones del Estado (el TUO de la Ley y su
reglamento, Directivas de OSCEE)
c)Cualquier otras normas complementarias o conexas
55. FORMULACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE
CONSULTAS Y OBSERVACIONES
• Plantear solicitudes sobre contenido de las
bases
• Absolución debe ser publicada en el SEACE
mediante pliego absolutorio debidamente
fundamentado por el Comité Especial
• Las respuestas a las consultas y/u
observaciones a las Bases formarán parte
integrante de estas.
56. Plazos para la formulación y absolución de
consultas y observaciones para LP y CP
Recepción:
5 días desde el día sgte.
a la convocatoria
Absolución:
5 días desde el vencimiento
de plazo de recepción
57. Plazos para la formulación y absolución de
consultas y observaciones para ADP y ADS
Recepción:
3 días desde el día sgte.
a convocatoria
Absolución:
3 días desde el vencimiento
de plazo de recepción
58. Plazos para la formulación y absolución
de consultas para AMC - Obras
Recepción:
2 días desde el día sgte.
a convocatoria
Absolución:
2 días desde el vencimiento
de plazo de recepción
59. Se produce una vez
absueltas, acogidas o
resueltas, según el caso,
todas las consultas y/u
observaciones, o si las
mismas no se han
presentado dentro del
plazo fijado
Bases Integradas
Reglas definitivas
No pueden ser
Cuestionadas ni
modificadas
Formulación y Absolución de observaciones e
integración de las bases
Integración de las bases
NOTA: El Comité Especial no podrá continuar con la tramitación del
proceso de selección si no ha publicado las Bases integradas en el
SEACE, bajo sanción de nulidad.
Publicación obligatoria en SEACE
60. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
• Comprende la oferta que el postor hace a la Entidad con el fin de ser
elegido como contratista, así como los documentos que sustentan dicha
oferta.
• Se presenta una propuesta técnica y una económica, con las siguientes
características:
- En dos (02) sobres (P.T. y P.E.)
- En original y número de copias solicitado (no mayor que el nº de
miembros del Comité), hojas rubricadas, selladas y foliadas /
formularios y formatos
- Pueden redactarse por medios mecánicos o electrónicos, incluso el
manual, si constan en formularios o formatos.
- Documentos en Idioma Castellano o con traducción oficial (salvo en
el caso de información técnica en folletos o catálogos)
- Importes en Propuesta Económica hasta con 2 decimales
61. Acto de Presentación de Propuestas
• LP, CP y ADP : Acto Público con presencia de:
- Comité Especial
- Postores
- Notario Público o Juez de Paz
ADS y AMC : Acto Privado
62. Acto Público de Presentación
de Propuestas en LP, CP y ADP
• Personas Naturales concurren personalmente o a través
de Representante Legal debidamente acreditado
mediante Carta Poder
• Personas Jurídicas concurren a través de Apoderado o
Representante Legal debidamente acreditado mediante
Carta Poder
• Inicio del Acto: el Comité llama a los Postores en orden de
registro para presentación de propuestas
• Apertura de Sobres de Propuesta Técnica,
comprobación de documentos solicitados
63. Subsanación de Propuestas
• Si existieran defectos de forma en la
Propuesta Técnica
• Subsanación en plazo de 2 días
• No hay subsanación para omisiones o
errores en Propuesta Económica
64. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
• Un proceso de selección tiene como objetivo escoger la
mejor propuesta, entendida como la mejor combinación
postor : oferta
• Para determinar al ganador de la Buena Pro se debe
hacer la evaluación y calificación de las propuestas.
• Diferenciar materia de evaluación (requerimientos
técnicos mínimos), con materia de calificación (factores
de evaluación y calificación)
• Evaluación Técnica
• Evaluación Económica
• Determinación Puntaje Total
65. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Sucede después de producida la evaluación
técnica y económica, donde el Comité Especial
deberá otorgar la buena pro a aquel postor que
haya acumulado el mayor puntaje total.
En Acto Público (LP, CP y ADP) o Privado (ADS y
AMC)
Resultados del Proceso a través de Cuadro
Comparativo considerando Orden de Prelación en
base al Puntaje Técnico, Económico y Total de c/u
de los Postores
67. Otorgamiento de la Buena Pro:
Solución en caso de empate
En el supuesto que dos o más propuestas empaten, se
efectuara observando:
1. Con preferencia a las pequeñas y micro empresas
ganadoras
2. Postor con mejor calificación Económica en caso de
Bienes u Obras, o mejor calificación Técnica en caso de
Servicios
3. Prorrata entre los postores ganadores, siempre que:
- El objeto de la contratación sea divisible y
- Postores manifiesten su voluntad de cumplir
4. A través de sorteo en el mismo acto
3er criterio no es aplicable para consultoría y ejecución de obras
68. 2 o más propuestas
A los 8 días hábiles de la Notificación
Si no se presenta Apelación
1 propuesta
El mismo día de Notificación
Consentimiento de la Buena Pro
Publicación en SEACE dentro del día siguiente
Una vez consentida la Buena Pro, el Comité
remite el expediente a la Dependencia encargada
para los actos para la formalización del Contrato
69. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
• La DECA asume la conducción del proceso de
adquisición o contratación, y notifica al postor a
quien se le otorgó la Buena Pro para proceder a
celebrar el respectivo contrato (LP. CP, ADP,
ADS y AMC-Obras)
• Plazo para notificar: 02 días de consentida la
buena pro
• Plazo para firma: mínimo de 05 y máximo de 10
días de notificado (no hay segunda notificación)
• Si no se presenta pierde la buena pro y se cita
al postor que ocupo el segundo lugar.
• Si este postor no lo hace, la entidad declarará
desierto el proceso de selección
• En las AMC un contrato esta constituido por la
O/C u P/S
70. CULMINACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN
FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
• Suscripción del documento que lo contiene
(requisitos / contenido / plazos y procedimiento)
• Recepción de la orden de Compra o de servicios (AMC)
CANCELACIÓN DEL PROCESO
Hasta antes del otorgamiento de la buena pro.
Por razones de fuerza mayor o caso fortuito / desaparición de la
necesidad / reasignación del presupuesto ante emergencia.
Documento cancelatorio debe publicarse en el SEACE.
OTORGAMIENTO DE BUENA PRO SE DEJA SIN EFECTO
A solicitud del ganador, cuando la Entidad no cumple con
suscribir el contrato dentro del plazo recibido.
71. ASPECTOS FINALES:
• La prórroga y la postergación de etapas
en los procesos de selección
• La declaratoria de desierto
• La cancelación de los procesos de
selección
• La nulidad de oficio de los procesos de
selección
74. Contenido de la Propuesta
• Propuesta Técnica
– Requerimientos Técnicos Mínimos
– Documentos que otorgan puntaje
• Propuesta Económica
– Monto Total para el caso de haberse convocado el
proceso bajo la modalidad de suma alzada
– Monto Unitario para el caso de haberse convocado
el proceso bajo la modalidad de precios unitarios (por
ítems)
75. Requerimientos Técnicos
Mínimos
Son las características técnicas,
normas reglamentarias y cualquier
otro requisito establecido en las
bases y en las disposiciones
legales que regulan el objeto de la
adquisición o contratación y que
deben ser cumplidos y acreditados
por los postores para que la
propuesta sea admitida.
76. REQUERIMIENTOS
TECNICOS MINIMOS
ADMITIDA LA
PROPUESTA
• DOCUMENTOS
OBLIGATORIOS:
Todos aquellos documentos
necesarios e indicados en
las bases y que deberán
formar parte de la
propuesta técnica
– Declarac. Jurada Art.
76.
– Pacto de Integridad
– Copia RNP
•Bienes
Servicios de
Consultoría
•Obras
Especificaciones
Técnicas
Términos
de Referencia
Expediente
Técnico
Impresos
Puente
Términos
de Referencia
•Servicios
CARACTERISTICAS TECNICAS:
Servicios en
General
78. FACTORES DE EVALUACION TECNICA
Adquisición de Bienes (Art. 65° Reg.)
•Plazo de entrega
•Garantía Comercial del postor y/o fabricante
•Disponibilidad de Servicios y Repuestos
•Capacitación del personal
•Experiencia del Postor
Pueden considerarse otros factores siempre que
cumplan
con criterios de razonabilidad, racionalidad y
proporcionalidad
Determinar Puntaje Mínimo para acceder a la evaluación de
la propuesta económica (Art. 69º Reg.)
79. Plazo de Entrega
• CRITERIO
– A menor plazo
mayor puntaje
– Al resto se califica
en base a rangos
de puntuación o
forma
inversamente
proporcional
• DOCUMENTOS
– Se sustenta
mediante una
declaración
jurada
80. Ejemplo (1) para la Evaluación del Plazo:
De 1 a 10 días 10 Pts.
De 11 a 20 días 8 Pts.
De 21 a 30 días 6 Pts.
De 31 a 40 días 4 Pts.
De 41 a más días 2 Pts.
Rangos de Puntuación
81. Ejemplo (2) para la Evaluación del Plazo:
POSTOR A : 45 DIAS
POSTOR B : 35 DIAS
POSTOR C : 18 DIAS
POSTOR D : 10 DIAS
• Método de la regla de tres inversa:
“A más días menor puntaje”
• Para D: 10 días 10 puntos
• Para A: 45 días “x” puntos
X = 10 x 10 = 2.222 puntos
45
Puntaje Máximo : 10 Puntos
82. Ejemplo (3) para la Evaluación del Plazo, en caso
de Capacitación del Personal:
• POSTOR A 2 DIAS
• POSTOR B 8 DIAS
• POSTOR C 12 DIAS
• POSTOR D 15 DIAS
Puntaje máximo: 3 puntos
Criterio: Regla de Tres Directa
(A mas días de capacitación, mayor puntaje)
Para 15 días (D) 3 puntos
Para 2 días (A) “x” puntos
X = 2 x 3 = 0.400 puntos
15
83. Experiencia del Postor
• CRITERIO
Montos facturados por el
postor durante un periodo
no mayor de 10 años a la
fecha de presentación de
propuestas hasta por un
monto máximo acumulado
equivalente a 5 veces el
valor referencial
84. FACTORES DE EVALUACION TECNICA
Servicios en General (Art. 66° Reg.)
Factores Referidos al Postor
Límites: No mayor a 10 años
No mayor a 5 Veces el Valor Referencial
Máximo 10 servicios
Factores Referidos al Personal
Factores Referidos al Objeto
de la convocatoria
85. FACTORES DE EVALUACIÓN TÉCNICA
Servicios de Consultoría Art. 67° Reg.
Factores Referidos al Postor
Límites: No mayor a 10 años
No mayor a 5 Veces el Valor Referencial
Máximo 5 servicios
Factores Referidos al Personal
Factores Referidos al Objeto
de la convocatoria
86. Obras:
AMC
ADS
ADP
• Evaluación Técnica : No se realiza, solo deben
cumplir con lo señalado en el expediente
técnico.
• Sólo se evalúa la propuesta económica.
FACTORES DE EVALUACIÓN TÉCNICA
Obras Art. 68° Reg.
87. • Se califica sobre 100 puntos
Evaluación y Calificación de
acuerdo a bases
Propuestas Técnicas que no
alcancen puntaje mínimo serán
descalificadas y rechazadas (60 u
80 puntos) y no podrán acceder a
la evaluación de la propuesta
económica
Evaluación Técnica (Art. 72° Reglamento)
88. • Factores referidos al postor 35 ptos
• Factores referidos al personal 45 ptos
• Factores referidos al objeto de la
convocatoria 10 ptos
TOTAL PUNTAJE P. TECNICA 90 Ptos
Verificación de puntaje mínimo 80 Ptos
Ponderación: CT = C1 x 90 + C2 x PE
Evaluación Técnica (Art. 72° Reglamento)
Procedimiento a seguir: Ejemplo
90. Limites Mínimos y Máximos de las
Propuestas Económicas
Artículo 69ª del TUO :
Bienes y Servicios
70% y 110% del VR
Obras y Consultoría de
Obras
90% y 110% del VR
91. Evaluación y Puntuación de las
Propuestas Económicas
Los miembros de un Comité
Especial no tendrán acceso a las
propuestas económicas hasta
que la evaluación de la propuesta
técnica haya concluido.
Asignar el puntaje máximo a la
propuesta económica de menor
monto (100 puntos)
Al resto de propuestas se les
asigna un puntaje inversamente
proporcional de acuerdo a la
siguiente formula:
92. Calificación de la Propuesta Económica
Art. 69º Reg.
Donde:
Pi = Puntaje oferta económica i
PMPE = Puntaje Máximo por Prop. Econ.
Oi = Oferta del Postor i
Om = Oferta económica menor
i = Propuesta
Pi = Om x PMPE
Oi
93. Cálculo Total del Puntaje
Donde:
PTPi = Cálculo Total
PTi = Puntaje de la Propuesta Técnica
PEi = Puntaje de la Propuesta Económica
c1 = Coeficiente de ponderación para la
evaluación técnica
c2 = Coeficiente de ponderación para la
evaluación económica
PTPi = c1 x PTi + c2 x PEi
94. Coeficientes de Ponderación:
PTPi = c1 x PTi + c2 x PE i
0.60 < C1 < 0.70
0.30 < C2 < 0.40
C1 + C2 = 1.00
Ejemplos:
Servicio de Limpieza
CT = 0.60 x PT + 0.40 x PE
Servicio de Mantenimiento de equipos de cómputo
CT = 0.70 x PT + 0.30 x PE
Para todos los casos de adquisiciones y
contrataciones se aplican las siguientes
ponderaciones:
Para los casos de consultorías
se aplican las siguientes ponderaciones:
PTPi = c1 x PTi + c2 x PE i
0.80 < C1 < 0.90
0.10 < C2 < 0.20
C1 + C2 = 1.00
95. Bonificaciones
BIENES Y SERVICIOS
Adicionar veinte por ciento
(20%) - Ley 27633 solo si
presentó Declaración Jurada
y RPIN (bienes y servicios
elaborados o prestados
dentro del territorio nacional)
SERVICIOS Y OBRAS (ADS
y AMC)
Adicionar diez por ciento
(10%) - Art. 131º Reg. (si se
ejecutan o prestan fuera de
las Provincias de Lima y
Callao y postores tienen
domicilio legal en la provincia
que se ejecutará)
97. ¿y cuales son las situaciones
de exoneración?
Los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se
realicen:
– Entre Entidades del Sector Público,
– Para contratar servicios públicos sujetos a tarifas cuando éstas
sean únicas;
– En situación de emergencia o de desabastecimiento inminente;
– Con carácter de secreto, secreto militar o de orden interno,
– Cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista
proveedor único; y,
– Para los servicios personalísimos.
99. 1. Entre Entidades del Sector Público
Procede únicamente bajo las siguientes condiciones:
- Que la adquisición o contratación resulte más favorable y ventajosa en
comparación con los precios del mercado, siempre y cuando ello no sea
el resultado del uso o aprovechamiento, por parte de la Entidad
proveedora, de ventajas o prerrogativas derivadas de su condición de
Entidad del Estado que supongan colocar en situación de desventaja a
los otros proveedores de los mismos bienes, servicios y obras;
- Que, en razón de costos de oportunidad, resulte más eficiente adquirir
o contratar con otra Entidad; y
- Que la adquisición resulte técnicamente idónea y viable.
Además la Entidad a ser contratada no debe ser una empresa del Estado
(de Derecho Público o de Derecho Privada), ni realizar actividad
empresarial de manera habitual (que una Entidad haya sido contratada
en más de una ocasión en un periodo de doce meses)
100. 2. Contratación de servicios públicos
Procederá la exoneración, siempre que contengan tarifas
únicas establecidas por el organismo regulador competente, y
son:
– Servicio público de energía
– Servicio público de telecomunicaciones
– Servicio público de saneamiento, y
– Servicios públicos de naturaleza análoga
NOTA: La tarifa es el precio, fijado conforme a normas administrativas,
que debe pagar el usuario por la prestación de un servicio público.
Cuando todos los usuarios del servicio público pagan un mismo precio
por dicha prestación, sin distinciones, existe tarifa única y las Entidades
pueden exonerarse del proceso de selección para contratar el servicio
público.
101. 3. Situación de desabastecimiento inminente
Situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia
de determinado bien, servicio u obra compromete en forma
directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios,
actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a
su cargo de manera esencial
¿desabastecimiento inminente?
• El desabastecimiento inminente debe ser un acontecimiento extraño,
fuera de lo común y que no fue oportunamente advertido y que no pudo
ser previsto por la Entidad.
• La necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente; y
sólo será atendida por el tiempo o cantidad, necesario para superar la
situación de desabastecimiento.
• No se considera desabastecimiento, si se ha generado o hubiera sido
causado por negligencia.
102. 4. Situación de emergencia
ACONTECIMIENTOS CATASTRÓFICOS:
• Por la acción de la naturaleza.
• Por accidentes provocados por
negligencia humana.
• Afectan negativamente a la comunidad.
• Ejemplos: sismos, huaycos, inundaciones,
heladas, sequías, incendios, derrame de
sustancias químicas, etc.
SITUACIONES QUE SUPONEN GRAVE
PELIGRO DE NECESIDAD QUE AFECTAN LA
DEFENSA NACIONAL
• Inminencia de una guerra o convulsión
interna que implican la intervención de
las fuerzas armadas o policía nacional en
defensa de la independencia, soberanía o
integridad del país.
• Ejemplos: la toma de un Municipio por
parte de los pobladores o la invasión
territorial de parte del territorio nacional
Aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa
de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave
peligro de necesidad que afecten la defensa nacional
103. 5. Cuando los Bienes o Servicios no admiten
sustitutos
• Bienes o Servicios que cumplen las siguientes características:
(i) no admiten sustitutos (la necesidad no pueda ser
satisfecha con otros productos análogos); y,
(ii) existe un solo proveedor en el mercado.
• Proveedor único en el mercado nacional. (Se incluye al
fabricante, distribuidor o comercializador autorizado)
• Ejemplo: De bienes con proveedor único o que no admitan
sustitutos, puede ser el caso de ciertas licencias de software,
o en algunas medicinas