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QUILMES, 28 de agosto de 2013.
VISTO el Expediente Nº 827-1322/13, la Resolución (CS) Nº
293/11, y
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la convocatoria para la presentación
de Programas y Proyectos de Extensión Universitaria correspondiente al año
2013.
Que por la Resolución (CS) Nº 293/11 se aprueba el Reglamento
para la presentación de Programas y Proyectos de Extensión Universitaria que
regirá la presente convocatoria.
Que el Reglamento mencionado resulta un instrumento idóneo
para dar comienzo al trabajo de Extensión a través de Programas y para la
presentación de nuevos Proyectos; además de fortalecer la institucionalización
de las actividades que docentes, estudiantes, graduados y personal
administrativo y de servicios vienen realizando con distintas organizaciones e
instituciones.
Que resulta necesario implementar las medidas correspondientes
para iniciar el proceso que deberá culminar con la puesta en marcha de los
Programas y Proyectos de Extensión Universitaria el 1º de febrero de 2014.
Que, para ello, la Secretaría de Extensión Universitaria presenta
la convocatoria, de acuerdo al Título II, Capítulo I, Artículo 2º del Reglamento,
en la que se establecen los requisitos de presentación, el destino de los
subsidios, el tipo, modo y condiciones del financiamiento y el cronograma a
seguir.
Que la Comisión de Extensión Universitaria del Consejo Superior,
ha emitido despacho con criterio favorable.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones que el
Estatuto Universitario le confiere al Consejo Superior.
Por ello,
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES
R E S U E L V E:
ARTICULO 1º: Convocar a la presentación de propuestas en el marco del
Reglamento para Programas y Proyectos de Extensión Universitaria aprobado
por la Resolución (CS) Nº 293/11.
ARTICULO 2º: La presentación de los Programas y Proyectos de Extensión
Universitaria deberá realizarse cumpliendo los siguientes requisitos:
a) Las propuestas deberán cumplir con toda la documentación solicitada.
b) El monto total solicitado deberá estar dentro de los límites indicados en
el artículo 7º.
c) Deberá completarse el formulario correspondiente (que la Secretaría de
Extensión Universitaria entregará a partir de la apertura de la presente
convocatoria) y entregarse una copia en forma impresa y otra en
formato CD, de acuerdo a los anexos que forman parte de la presente
Resolución.
d) Se deberá incluir en el mencionado CD un currículum vitae analítico del
Director del Programa o Proyecto como así también una breve reseña
de los antecedentes de los integrantes del equipo de trabajo.
e) Las presentaciones se ajustarán al cronograma establecido por esta
Resolución en su artículo 18º.
ARTICULO 3º: El incumplimiento de cualquier requisito dejará a la propuesta
automáticamente fuera de la convocatoria, sin derecho a su posterior
regularización. En caso de exclusión el/la responsable de la presentación será
notificado.
ARTICULO 4º: Los equipos de trabajo que participen aceptarán las bases
establecidas en esta convocatoria para la presentación de PROGRAMAS y
PROYECTOS de Extensión Universitaria.
ARTICULO 5º: Los subsidios otorgados por la Universidad Nacional de Quilmes
podrán financiar únicamente los siguientes rubros:
-Bienes de consumo y servicios.
-Bibliografía.
-Equipamiento y/o material didáctico.
-Gastos por servicios técnicos especializados.
-Gastos de movilidad que, relacionados con el proyecto, realicen los
integrantes del equipo de trabajo.
Los gastos en equipamiento a financiar por esta convocatoria no podrán
exceder el 30% del monto total del subsidio otorgado, en el caso de
PROGRAMAS o PROYECTOS NUEVOS y del 15% en el caso de
renovaciones de PROYECTOS, en este último caso podrán acceder al 30%
aquellos proyectos que no hayan adquirido equipamiento en años anteriores.
Asimismo, la propuesta de adquisición deberá corresponderse con el desarrollo
del PROGRAMA o PROYECTO.
ARTICULO 6º: Todo bien o equipamiento adquirido a través del subsidio
otorgado por la Universidad Nacional de Quilmes ingresará al patrimonio de
esta última inmediatamente después de efectuada la compra. Una vez
finalizado el PROGRAMA o PROYECTO, el bien adquirido deberá ser puesto a
disposición de la Secretaría.
ARTICULO 7º: La Universidad Nacional de Quilmes financiará PROGRAMAS y
PROYECTOS (tanto incorporados a un PROGRAMA como independientes)
por una asignación máxima de $ 12.500.- (pesos doce mil quinientos) anuales.
ARTICULO 8º: El/La Director/a del PROGRAMA aprobado percibirá en cuotas
anuales el monto asignado al mismo. La primera asignación se hará efectiva
durante el primer mes de inicio del PROGRAMA; la segunda, a la finalización
del primer año de ejecución previa presentación de la rendición de la
asignación anterior.
ARTICULO 9º: El/La Director/a del PROYECTO aprobado percibirá en cuotas
semestrales el monto asignado al mismo. La primera asignación se hará
efectiva durante el primer mes de inicio del Proyecto; la siguiente, a la
finalización del plazo semestral previa presentación de la rendición de la cuota
anterior.
ARTICULO 10°: La rendición de cuentas por la utilización de los recursos se
realizará según la modalidad que oportunamente impartirá la Secretaría de
Extensión Universitaria de acuerdo con la normativa vigente.
ARTICULO 11º: Los plazos de ejecución se contarán desde la fecha de
efectivización del primer desembolso.
ARTICULO 12º: En ningún caso se liberarán fondos una vez concluido el plazo
para el que se aprobó el PROGRAMA o PROYECTO, aún cuando el
presupuesto acordado no haya sido utilizado en su totalidad.
ARTICULO 13°: La Secretaría de Extensión Universitaria sólo financiará gastos
de funcionamiento justificados estrictamente por el plan de actividades
propuesto. Todo otro gasto que modifique el presupuesto original deberá ser
autorizado por la Secretaría de Extensión Universitaria.
ARTICULO 14º: El subsidio podrá ser suspendido temporariamente por la
Secretaría de Extensión Universitaria, por no desarrollarse las acciones de
acuerdo al plan aprobado, por no haberse hecho uso pertinente de los fondos
o por incumplimiento en la entrega de la rendición de cuentas
correspondientes. El Consejo Superior decidirá en última instancia sobre la
anulación del subsidio.
ARTICULO 15º: Para poder cumplir con lo establecido en el artículo anterior, la
Secretaría de Extensión realizará tareas de seguimiento a los PROGRAMAS y
PROYECTOS aprobados como así también la revisión de las rendiciones
presentadas.
ARTICULO 16º: Los/Las Docentes Ordinarios o de Planta Interina podrán
participar de un PROGRAMA o PROYECTO de Extensión Universitaria dentro
de su dedicación horaria, en calidad de asignación de funciones de acuerdo a
su dedicación al PROGRAMA o PROYECTO de Extensión Universitaria.
ARTICULO 17º: El Personal Administrativo y de Servicios de la Universidad
Nacional de Quilmes podrá formar parte del equipo de trabajo del PROGRAMA
o PROYECTO de Extensión Universitaria debiendo establecer su dedicación
horaria al proyecto, por fuera de su dedicación horaria en calidad de asignación
de funciones, no pudiendo superar el máximo establecido por la normativa
vigente.
ARTICULO 18º: La convocatoria a presentación de PROGRAMAS y
PROYECTOS de Extensión Universitaria se desarrollará según el siguiente
cronograma:
• 2 de setiembre de 2013: inicio de la convocatoria
• 28 de octubre de 2013 hasta las 19.00 horas: fecha límite de recepción
de las propuestas en la Secretaria de Extensión Universitaria.
• 1º de noviembre de 2013: notificación a los/las Directores/as de las
propuestas que no han cumplido con los aspectos formales.
• 4 de noviembre de 2013: inicio de la evaluación externa.
• 11 al 15 de noviembre de 2013: evaluación externa – instancia
presencial. Entrevista de los/las evaluadores/as externos/as con los/las
Directores/as de PROGRAMA y PROYECTOS presentados.
• 15 de noviembre de 2013: elevación al Consejo Superior de las nóminas
de PROGRAMAS y PROYECTOS aprobados y desaprobados
confeccionadas por la Comisión Externa de Evaluación.
• 2 de diciembre de 2013: notificación a los/las Directores/as de las
propuestas aprobadas y desaprobadas.
• 9 de diciembre de 2013: vencimiento del plazo de pedido de
reconsideración para los PROGRAMAS y PROYECTOS desaprobados.
• 10 de diciembre de 2013: elevación al Consejo Superior de los pedidos
de reconsideración presentados.
• Febrero de 2014: inicio del desarrollo de las actividades.
ARTICULO 19º: El gasto que demande lo dispuesto en la presente Resolución,
deberá imputarse en sus tres instancias (vp: comprometido, devengado y
pagado) al presupuesto 2014, Programa 08.04, Fuente 16, en las partidas que
correspondan.
ARTICULO 20º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y
archívese.
RESOLUCION (CS) Nº 306/13
• 28 de octubre de 2013 hasta las 19.00 horas: fecha límite de recepción
de las propuestas en la Secretaria de Extensión Universitaria.
• 1º de noviembre de 2013: notificación a los/las Directores/as de las
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• 4 de noviembre de 2013: inicio de la evaluación externa.
• 11 al 15 de noviembre de 2013: evaluación externa – instancia
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• 2 de diciembre de 2013: notificación a los/las Directores/as de las
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• 9 de diciembre de 2013: vencimiento del plazo de pedido de
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  • 1. QUILMES, 28 de agosto de 2013. VISTO el Expediente Nº 827-1322/13, la Resolución (CS) Nº 293/11, y CONSIDERANDO: Que por el mismo se tramita la convocatoria para la presentación de Programas y Proyectos de Extensión Universitaria correspondiente al año 2013. Que por la Resolución (CS) Nº 293/11 se aprueba el Reglamento para la presentación de Programas y Proyectos de Extensión Universitaria que regirá la presente convocatoria. Que el Reglamento mencionado resulta un instrumento idóneo para dar comienzo al trabajo de Extensión a través de Programas y para la presentación de nuevos Proyectos; además de fortalecer la institucionalización de las actividades que docentes, estudiantes, graduados y personal administrativo y de servicios vienen realizando con distintas organizaciones e instituciones. Que resulta necesario implementar las medidas correspondientes para iniciar el proceso que deberá culminar con la puesta en marcha de los Programas y Proyectos de Extensión Universitaria el 1º de febrero de 2014. Que, para ello, la Secretaría de Extensión Universitaria presenta la convocatoria, de acuerdo al Título II, Capítulo I, Artículo 2º del Reglamento, en la que se establecen los requisitos de presentación, el destino de los subsidios, el tipo, modo y condiciones del financiamiento y el cronograma a seguir. Que la Comisión de Extensión Universitaria del Consejo Superior, ha emitido despacho con criterio favorable. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones que el Estatuto Universitario le confiere al Consejo Superior.
  • 2. Por ello, EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES R E S U E L V E: ARTICULO 1º: Convocar a la presentación de propuestas en el marco del Reglamento para Programas y Proyectos de Extensión Universitaria aprobado por la Resolución (CS) Nº 293/11. ARTICULO 2º: La presentación de los Programas y Proyectos de Extensión Universitaria deberá realizarse cumpliendo los siguientes requisitos: a) Las propuestas deberán cumplir con toda la documentación solicitada. b) El monto total solicitado deberá estar dentro de los límites indicados en el artículo 7º. c) Deberá completarse el formulario correspondiente (que la Secretaría de Extensión Universitaria entregará a partir de la apertura de la presente convocatoria) y entregarse una copia en forma impresa y otra en formato CD, de acuerdo a los anexos que forman parte de la presente Resolución. d) Se deberá incluir en el mencionado CD un currículum vitae analítico del Director del Programa o Proyecto como así también una breve reseña de los antecedentes de los integrantes del equipo de trabajo. e) Las presentaciones se ajustarán al cronograma establecido por esta Resolución en su artículo 18º. ARTICULO 3º: El incumplimiento de cualquier requisito dejará a la propuesta automáticamente fuera de la convocatoria, sin derecho a su posterior regularización. En caso de exclusión el/la responsable de la presentación será notificado. ARTICULO 4º: Los equipos de trabajo que participen aceptarán las bases establecidas en esta convocatoria para la presentación de PROGRAMAS y PROYECTOS de Extensión Universitaria. ARTICULO 5º: Los subsidios otorgados por la Universidad Nacional de Quilmes podrán financiar únicamente los siguientes rubros: -Bienes de consumo y servicios. -Bibliografía.
  • 3. -Equipamiento y/o material didáctico. -Gastos por servicios técnicos especializados. -Gastos de movilidad que, relacionados con el proyecto, realicen los integrantes del equipo de trabajo. Los gastos en equipamiento a financiar por esta convocatoria no podrán exceder el 30% del monto total del subsidio otorgado, en el caso de PROGRAMAS o PROYECTOS NUEVOS y del 15% en el caso de renovaciones de PROYECTOS, en este último caso podrán acceder al 30% aquellos proyectos que no hayan adquirido equipamiento en años anteriores. Asimismo, la propuesta de adquisición deberá corresponderse con el desarrollo del PROGRAMA o PROYECTO. ARTICULO 6º: Todo bien o equipamiento adquirido a través del subsidio otorgado por la Universidad Nacional de Quilmes ingresará al patrimonio de esta última inmediatamente después de efectuada la compra. Una vez finalizado el PROGRAMA o PROYECTO, el bien adquirido deberá ser puesto a disposición de la Secretaría. ARTICULO 7º: La Universidad Nacional de Quilmes financiará PROGRAMAS y PROYECTOS (tanto incorporados a un PROGRAMA como independientes) por una asignación máxima de $ 12.500.- (pesos doce mil quinientos) anuales. ARTICULO 8º: El/La Director/a del PROGRAMA aprobado percibirá en cuotas anuales el monto asignado al mismo. La primera asignación se hará efectiva durante el primer mes de inicio del PROGRAMA; la segunda, a la finalización del primer año de ejecución previa presentación de la rendición de la asignación anterior. ARTICULO 9º: El/La Director/a del PROYECTO aprobado percibirá en cuotas semestrales el monto asignado al mismo. La primera asignación se hará efectiva durante el primer mes de inicio del Proyecto; la siguiente, a la finalización del plazo semestral previa presentación de la rendición de la cuota anterior. ARTICULO 10°: La rendición de cuentas por la utilización de los recursos se realizará según la modalidad que oportunamente impartirá la Secretaría de Extensión Universitaria de acuerdo con la normativa vigente.
  • 4. ARTICULO 11º: Los plazos de ejecución se contarán desde la fecha de efectivización del primer desembolso. ARTICULO 12º: En ningún caso se liberarán fondos una vez concluido el plazo para el que se aprobó el PROGRAMA o PROYECTO, aún cuando el presupuesto acordado no haya sido utilizado en su totalidad. ARTICULO 13°: La Secretaría de Extensión Universitaria sólo financiará gastos de funcionamiento justificados estrictamente por el plan de actividades propuesto. Todo otro gasto que modifique el presupuesto original deberá ser autorizado por la Secretaría de Extensión Universitaria. ARTICULO 14º: El subsidio podrá ser suspendido temporariamente por la Secretaría de Extensión Universitaria, por no desarrollarse las acciones de acuerdo al plan aprobado, por no haberse hecho uso pertinente de los fondos o por incumplimiento en la entrega de la rendición de cuentas correspondientes. El Consejo Superior decidirá en última instancia sobre la anulación del subsidio. ARTICULO 15º: Para poder cumplir con lo establecido en el artículo anterior, la Secretaría de Extensión realizará tareas de seguimiento a los PROGRAMAS y PROYECTOS aprobados como así también la revisión de las rendiciones presentadas. ARTICULO 16º: Los/Las Docentes Ordinarios o de Planta Interina podrán participar de un PROGRAMA o PROYECTO de Extensión Universitaria dentro de su dedicación horaria, en calidad de asignación de funciones de acuerdo a su dedicación al PROGRAMA o PROYECTO de Extensión Universitaria. ARTICULO 17º: El Personal Administrativo y de Servicios de la Universidad Nacional de Quilmes podrá formar parte del equipo de trabajo del PROGRAMA o PROYECTO de Extensión Universitaria debiendo establecer su dedicación horaria al proyecto, por fuera de su dedicación horaria en calidad de asignación de funciones, no pudiendo superar el máximo establecido por la normativa vigente. ARTICULO 18º: La convocatoria a presentación de PROGRAMAS y PROYECTOS de Extensión Universitaria se desarrollará según el siguiente cronograma: • 2 de setiembre de 2013: inicio de la convocatoria
  • 5. • 28 de octubre de 2013 hasta las 19.00 horas: fecha límite de recepción de las propuestas en la Secretaria de Extensión Universitaria. • 1º de noviembre de 2013: notificación a los/las Directores/as de las propuestas que no han cumplido con los aspectos formales. • 4 de noviembre de 2013: inicio de la evaluación externa. • 11 al 15 de noviembre de 2013: evaluación externa – instancia presencial. Entrevista de los/las evaluadores/as externos/as con los/las Directores/as de PROGRAMA y PROYECTOS presentados. • 15 de noviembre de 2013: elevación al Consejo Superior de las nóminas de PROGRAMAS y PROYECTOS aprobados y desaprobados confeccionadas por la Comisión Externa de Evaluación. • 2 de diciembre de 2013: notificación a los/las Directores/as de las propuestas aprobadas y desaprobadas. • 9 de diciembre de 2013: vencimiento del plazo de pedido de reconsideración para los PROGRAMAS y PROYECTOS desaprobados. • 10 de diciembre de 2013: elevación al Consejo Superior de los pedidos de reconsideración presentados. • Febrero de 2014: inicio del desarrollo de las actividades. ARTICULO 19º: El gasto que demande lo dispuesto en la presente Resolución, deberá imputarse en sus tres instancias (vp: comprometido, devengado y pagado) al presupuesto 2014, Programa 08.04, Fuente 16, en las partidas que correspondan. ARTICULO 20º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y archívese. RESOLUCION (CS) Nº 306/13
  • 6. • 28 de octubre de 2013 hasta las 19.00 horas: fecha límite de recepción de las propuestas en la Secretaria de Extensión Universitaria. • 1º de noviembre de 2013: notificación a los/las Directores/as de las propuestas que no han cumplido con los aspectos formales. • 4 de noviembre de 2013: inicio de la evaluación externa. • 11 al 15 de noviembre de 2013: evaluación externa – instancia presencial. Entrevista de los/las evaluadores/as externos/as con los/las Directores/as de PROGRAMA y PROYECTOS presentados. • 15 de noviembre de 2013: elevación al Consejo Superior de las nóminas de PROGRAMAS y PROYECTOS aprobados y desaprobados confeccionadas por la Comisión Externa de Evaluación. • 2 de diciembre de 2013: notificación a los/las Directores/as de las propuestas aprobadas y desaprobadas. • 9 de diciembre de 2013: vencimiento del plazo de pedido de reconsideración para los PROGRAMAS y PROYECTOS desaprobados. • 10 de diciembre de 2013: elevación al Consejo Superior de los pedidos de reconsideración presentados. • Febrero de 2014: inicio del desarrollo de las actividades. ARTICULO 19º: El gasto que demande lo dispuesto en la presente Resolución, deberá imputarse en sus tres instancias (vp: comprometido, devengado y pagado) al presupuesto 2014, Programa 08.04, Fuente 16, en las partidas que correspondan. ARTICULO 20º: Regístrese, practíquense las comunicaciones de estilo y archívese. RESOLUCION (CS) Nº 306/13