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Índice

         ¿Qué es FUNDEMAS?

         Agradecimientos

         Introducción

         I. Gestión Ambiental

           1.1 Gestión pública ambiental
           1.2 Gestión ambiental
           empresarial

         II. Política Ambiental

           2.1 Política Nacional de
           medio ambiente
           2.2 Política ambiental
           empresarial

         III. Auditorías Ambientales

           3.1 Marco legal
           3.2 Procedimiento de
           una auditoría verde
           3.3 Normativas aplicadas
           para medir la calidad

         IV. Reducción de Desechos,
           emisiones y residuos
           industriales

           4.1. La empresa en la base de
           la sostenibilidad ambiental

         V. Control Ambiental

           5.1. Control ambiental dentro
           de la empresa

         VI. Legislaciones para
           Minimizar el Impacto
           Ambiental

           6.1. Penalizaciones

           6.2. Legislación internacional
           para proteger los efectos del
           cambio climático

           6.3. Aspectos legales para
           proteger la capa de ozono
                                            1
Índice

              6.4. Aspectos legales para
              proteger el suelo de la
              acidificación
              6.5. Legislación para
              productos químicos y
              desechos peligrosos
              6.6. Contaminación de agua
              y suelo

             VII. Prevención de la
             Contaminación en la empresa

               7.1. Leyes a favor de una
               producción más limpia
               7.2. Ecoeficiencia

             VIII. Seguridad para prevenir
                accidentes

             8.1. Respaldo legal

             IX. Estudios de Impacto
                 Ambiental

             X. Reglas claras de cara al
               Tratado de Libre comercio
               con Estados Unidos

             Anexos

             Bibliografía




2
¿Qué es FUNDEMAS?

            Un visionario grupo de empresarios salvadoreños fundó,
            en mayo de 2000, la Fundación Empresarial para la Acción
            Social (FUNDEMAS) con el propósito fundamental de
            contribuir al desarrollo económico y social de El Salvador
            promoviendo la Responsabilidad Social Empresarial
            (RSE), una nueva forma de hacer negocios mediante la
            incorporación de políticas y prácticas que refuerzan los
            lazos con la comunidad, el medio ambiente, los accionistas y
            empleados de la empresa, volviéndola más competitiva de
            cara al mercado internacional.

            FUNDEMAS cuenta con más de cien miembros y forma
            parte de organizaciones internacionales como Business
            For Social Responsability y Forum Empresa. La fundación
            opera bajo tres ejes.

            El primero denominado Empresa Salvadoreña para
            La Responsabilidad Social (EMPRESAL) busca fomentar
            y apoyar las prácticas de RSE mediante el desarrollo de
            publicaciones, conferencias y foros didácticos que impulsen
            esta iniciativa.

            El segundo eje es el Programa para el Desarrollo de
            Emprendedores (EMPRETEC); este es un programa de
            capacitación integral dirigido principalmente a la pequeña
            y mediana empresa, busca fomentar los comportamientos
            autogeneradores de empleo y es una franquicia
            internacional concedida por la Conferencia de las Naciones
            Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD).
            FUNDEMAS funge también como enlace entre los
            emprendedores interesados y la banca formal, en este caso.

            El último programa es el Fondo para las Iniciativas de
            Desarrollo Educativo de El Salvador (FIDES) en el cual
            el sector privado toma el liderazgo para contribuir en
            iniciativas que generen progreso para el país.




                                                                      3
Agradecimientos

                La Fundación Empresarial para la Acción Social
                (FUNDEMAS) extiende un especial agradecimiento para
                aquellas personas y organizaciones que han contribuido al
                desarrollo de la presente “Guía legal del medio ambiente”
                de forma desinteresada y con la única meta de educar al
                empresariado nacional sobre cuáles son los parámetros que
                deben regir sus operaciones productivas diarias, de manera
                de convertirlas en más amigables con su entorno y generar
                un desarrollo sostenible en pro de El Salvador.

                En esta ocasión, el reconocimiento es en especial para la
                firma Romero Pineda & Asociados que aportó su “know
                how” de los aspectos referentes a la legislación ambiental
                nacional e internacional, así como también para la Doctora
                Gloria Ruth Calderón, reconocida especialista en temas de
                impacto ambiental, quién contribuyó en la elaboración
                de ejemplos prácticos, así como en el diseño de modelos
                empresariales responsables con el entorno contenidos en
                el presente documento.




4
Guía Legal del Medio Ambiente

 El Salvador ha                Introducción
 experimentado un
 deterioro ambiental           Desde la década de los años setenta, El Salvador ha
 progresivo debido a la        experimentado un deterioro ambiental progresivo debido a
 creciente actividad           la creciente actividad económica, al incremento en la
 económica, al incremento      población, así como a la innovación tecnológica. Problemas
                               como la degradación de las zonas verdes han situado al país
 en la población, así como a
                               a la cabeza de los más deforestados de Centroamérica, tal
 la innovación tecnológica     como lo afirma recientemente el estudio “Dinámica
                               centroamericana: desafíos para un desarrollo sostenible”
                               publicado por la Fundación Empresarial para el Desarrollo
                               Económico y Social (FUSADES) en julio del presente año.
                               La desertificación, el calentamiento global, la destrucción en
                               la capa de ozono y el agotamiento de los recursos naturales
                               plantean un reto no solo para el territorio nacional sino
                               también para el resto del mundo.

                               Para concretar una armonía entre hombre y naturaleza, la
                               base es la toma de conciencia y la aplicación de leyes,
                               normas y parámetros que vuelvan a la empresa un aliado en
                               minimizar el impacto de las actividades productivas dentro
                               del medio ambiente.

                               La naturaleza es utilizada por los empresarios en dos vías. La
                               primera es para procesar la materia prima en la fabricación
                               de bienes y la segunda como catalizadora de todos los
                               desechos del proceso de producción. Muchas veces durante
                               estos procesos, los empresarios no caen en la cuenta de que
                               están agotando recursos no renovables para el planeta.

                               Dada la actual situación ambiental, la clave para cambiar los
                               principios económicos y armonizarlos con la sostenibilidad
                               de los recursos no renovables se encuentra en manos del
                               empresario, la estabilidad del entorno así como las reglas
                               para empujar y vigilar estos esfuerzos le pertenecen al
                               Estado. Estas decisiones forman parte de una nueva forma
                               de hacer negocios que se ha venido reforzando poco a poco
                               hasta que el día de hoy se asocia con la generación de
                               “calidad de vida” por parte de la empresa, con el referente de
                               un ambiente más íntegro y lo menos deteriorado posible
                               tanto dentro como fuera del círculo productivo.

                               Agua potable, aire limpio, paisaje y naturaleza son valores
                               que actualmente se están tomando cada vez más en cuenta a
                               la hora de planificar o ejecutar cualquier política económica
                                                                                           5
o empresarial. Es preciso entonces que las empresas cuenten
    con técnicas que les permitan determinar los impactos
    derivados de sus actividades, así como los costos para
    minimizar o eludir los daños al entorno pero, sobretodo,
    es imperante que conozcan los principales ejes de las
    regulaciones locales con miras a comprenderlos y aprender
    a respetarlos.

    En la presente guía legal, se definen las funciones
    que corresponden al Estado incluyendo los decretos
    referentes a la protección del medio ambiente, así como
    también aquellas leyes y normas para el respeto de los
    recursos naturales y a la vez se hace un repaso sobre
    aquellas prácticas que pueden ser adoptadas por los
    empresarios para prevenir, corregir, controlar y mejorar
    el medio ambiente que le estamos heredando a las
    nuevas generaciones.




    Ambiente Sano

6
I. Gestión Ambiental

                         La gestión ambiental consiste en la forma cómo se
                         manejan y protegen los recursos naturales al momento
                         de estar expuestos a actividades productivas. Existe un
                         vínculo ineludible entre la gestión ambiental pública y la
                         empresarial. Los recursos destinados a esta área van
                         orientados a blindar al país contra choques energéticos,
                         proteger los recursos hídricos, así como la biodiversidad
                         dentro del territorio.

                         Las estadísticas revelan que para el año 2002 El Salvador era
                         el país que contaba con menor capital hídrico en toda la
                         región centroamericana incluyendo a Belice y Panamá. Es
                         decir que los habitantes nacionales contaban con la más baja
                         disponibilidad de recursos hídricos por cabeza alcanzando
                         2,900m3 por unidad contra 37,316 m3 en Nicaragua y
                         29,259 m3 en Costa Rica .

                         Para el año 2000, de acuerdo a FUSADES, tanto El Salvador
Capital Hídrico          como Honduras mostraban un incremento entre el 140 %
                         y 160% en sus niveles de contaminación de aguas,
                         principalmente impulsado por sectores como alimentos y
                         bebidas y el sector textil.

                         La relevancia que toma la gestión pública para prevenir un
                         mayor deterioro de los recursos naturales del país es
                         determinante y se fundamenta en leyes de Estado.

                         1.1 Gestión ambiental pública
                         La gestión ambiental pública se encuentra definida
                         dentro de:

                         La Ley de Medio Ambiente:

                         Art.1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar las
                         disposiciones de la Constitución de la República, que se
                         refiere a la protección, conservación y recuperación del
                         medio ambiente; el uso sostenible de los recursos naturales
                         que permitan mejorar la calidad de vida de las presentes y
                         futuras generaciones; así como también , normar la gestión
                         ambiental, pública y privada y la protección ambiental como
Ley del Medio Ambiente   obligación básica del Estado, los municipios y los habitantes
                         en general; y asegurar la aplicación de tratados o convenios
                         internacionales celebrados por El Salvador en esta materia.


                                                                                      7
Los principios de la Política Nacional del Medio Ambiente:

                             Art.2 La Política Nacional del Medio Ambiente se
                             fundamentará en los siguientes principios:

                             c) En la gestión y protección del medio ambiente
                             prevalecerá el principio de prevención y precaución.

                             h) La gestión pública del medio ambiente debe de ser
                             global y transectorial, compartida por las distintas
                             instituciones de Estado, incluyendo los municipios y
                             apoyada y complementada por la sociedad civil, de acuerdo
                             a lo establecido por esta ley, sus reglamentos y demás
                             leyes de la materia.

                             j) En la gestión pública del medio ambiente deberá aplicarse
                             el criterio de efectividad, el cual permite alcanzar los
                             beneficios ambientales al menor costo posible y en el
                             menor plazo, conciliando la necesidad de protección de
                             medio ambiente con las de crecimiento económico.

                             Art. 5. Todas las actividades o mandatos legales que realiza o
                             ejecuta el Estado o las municipalidades en relación al medio
                             ambiente con consecuencia o impacto en el mismo.

                             Título II Gestión del medio ambiente
                             Capítulo I Sistemas de gestión del medio ambiente

                             Art. 6. La creación del sistema nacional de gestión del medio
                             ambiente formado por el Ministerio del Medio Ambiente y
                             Recursos Naturales, las unidades ambientales de cada
                             Ministerio y las instituciones autónomas y municipales y
                             define sus funciones en relación a la temática.

                             Capítulo II Participación de la población en
                             la gestión ambiental
    Organismos Ambientales
                             Art. 9. El Ministerio establecerá lineamientos para la
                             utilización de mecanismos de consultas públicas con
                             relación a la gestión ambiental. Fomentará la participación
                             de organismos no gubernamentales ambientalistas, de
                             organismos empresariales y del sector académico.




8
1.2 Gestión ambiental empresarial
            La gestión empresarial ambiental es la planificación
            adecuada dentro de una organización, que permite
            identificar los impactos que causará su actividad tanto en
            el ámbito de sus empleados como en su entorno, poniendo
            en marcha políticas internas para el beneficio del medio
            ambiente con objetivos y metas cuantificables, valores
            establecidos en la misión y visión; que serán ejecutados
            con el apoyo de manuales flexibles donde se llevará un
            control y una corrección de los procesos al momento de
            las auditorias.

            La gestión ambiental empresarial es el pilar fundamental
            para convertir a la empresa en una organización amigable
            con el medio ambiente y una carencia de la misma lleva a
            consecuencias económicas adversas para la empresa (ver
            esquema adjunto).

            La gestión ambiental permite identificar las áreas donde la
            empresa puede trabajar:

            Reciclaje

            El reciclaje supone la recolección de materiales para
            volverlos a usar. La recolección es solo el principio del
            proceso de reciclaje. El reciclaje representa cualquier proceso
            donde los materiales de desperdicio son recolectados y
            transformados en nuevos materiales que pueden ser
            utilizados o vendidos como nuevos productos o
            materias primas.

Reciclaje   Reciclar es un proceso simple que nos puede ayudar a
            resolver muchos de los problemas creados por la forma
            de operación.

            Se pueden salvar grandes cantidades de recursos naturales
            no renovables cuando en los procesos de producción se
            utilizan materiales reciclados. Los recursos renovables, como
            los árboles, también pueden ser salvados. La utilización de
            productos reciclados disminuye el consumo de energía.
            Cuando se consuman menos combustibles fósiles, se
            generará menos dióxido de carbono y por lo tanto habrá
            menos lluvia ácida y se reduce el efecto invernadero.
            En el aspecto financiero, podemos decir que el reciclaje
            puede generar más empleos. Se necesita personal para
                                                                         9
recolectar los materiales aptos para el reciclaje y para su
                         clasificación. Un buen proceso de reciclaje es capaz de
                         generar ingresos.

                         Proceso del reciclaje

                         Existen tres actividades principales en el proceso
                         del reciclaje:

                         1.- Recolección. Se deben juntar cantidades considerables de
                         materiales reciclables, separar elementos contaminantes o
                         no reciclables y clasificar los materiales de acuerdo a su tipo
                         específico: papel, cartón, vidrio, plásticos, trapos,
                         residuos ferrosos.

                         La recogida selectiva se basa en que son los propios
                         trabajadores los que realizan la selección de los productos
                         recuperables, colocándolos en recipientes independientes.
                         Estos materiales pueden ser reutilizados por la industria
                         como materias primas en mejores condiciones que si
                         hubiese que separarlas de las bolsas de basura donde están
                         mezcladas con materia orgánica, que las ensucian
                         y deterioran.

                         2.- Manufactura. Los materiales clasificados se utilizan como
                         nuevos productos como materias primas para algún
                         proceso, como por ejemplo, el papel que ya fue utilizado una
                         vez puede reutilizarse para el mismo propósito.

                         3.- Consumo. Los materiales de desperdicio deben ser
                         consumidos. Los compradores deben demandar productos
                         con el mayor porcentaje de materiales reciclados en ellos.
                         Sin demanda, el proceso de reciclaje se detiene.

                         Para que este proceso funcione, las tres actividades
                         anteriores deben estar coordinadas. Sin embargo, es normal,
                         sobre todo al principio, que se encuentre un desbalance
                         entre ellas.

                         Los sistemas de gestión empresarial contribuyen a
                         establecer procesos que permiten una mejora constante de
 Consumo de Materiales   las actividades de la empresa enmarcadas dentro de metas
 Reciclados              específicas y elevan su competitividad. El primer paso
                         siempre debe ser asegurarse que la empresa cumpla con las
                         leyes nacionales, y luego busque nuevas formas de mejorar
                         su relación con el medio ambiente.
10
Procesos de ahorro de energía

                    Apague las luces innecesarias, sobre todo, las de los servicios
                    sanitarios cuando no estén en uso.

                    Minimice la utilización del aire acondicionado, sobretodo, si
                    está en temporada fría.

                    Apague las computadoras al momento de ir a almorzar.

                    Utilice otros aparatos que consumen energía como FAX,
                    cargadores de celulares, fotocopiadoras solamente el
Ahorro de Energía   tiempo necesario.




                    Joyería de Materiales Reciclados
                                                                                11
II. Política Ambiental


                            2.1 Política nacional del
 Es obligación del Estado   medio ambiente
 respaldar a todas
 aquellas empresas          Los principios que deben regir la política ambiental del
 comprometidas con          sector productivo se encuentran contemplados en la
 iniciativas que protejan   Constitución de La República, y es obligación del Estado
 los recursos no            respaldar a todas aquellas empresas comprometidas con
 renovables del país        iniciativas que protejan los recursos no renovables del país.

                            Art.101. El orden económico debe de responder
                            esencialmente a principios de justicia social, que tiendan a
                            asegurar a todos los habitantes del país una existencia digna
                            del ser humano.

                            El Estado promoverá el desarrollo económico y social
                            mediante el incremento de la producción, la productividad
                            y la racional utilización de los recursos. Con igual finalidad,
                            fomentará los diversos sectores de la producción y defenderá
                            el interés de los consumidores.

                            Art.113. Serán fomentadas y protegidas las asociaciones
                            de tipo económico que tiendan a incrementar la riqueza
                            nacional mediante un mejor aprovechamiento de los
                            recursos naturales y humanos y a promover una
                            justa distribución de los beneficios proviniendo de sus
 Protección de Recursos
 Naturales                  actividades. En esta clase de asociaciones, además de los
                            particulares, podrán participar el Estado, los municipios
                            y las entidades de utilidad pública.

                            Art.117. Es deber del Estado proteger los recursos naturales,
                            así como la diversidad e integridad del medio ambiente,
                            para garantizar un desarrollo sostenible.

                            Se declarará de interés social la protección, conservación,
                            aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los
                            recursos naturales en términos que establezca la Ley.
                            Se prohíbe la introducción al territorio nacional de residuos
                            nucleares o desechos tóxicos.

                            La Ley de Medio Ambiente fortalece dichos mandatos:




12
Parte I Disposiciones generales
                           Título I del objeto de la ley
El desarrollo económico    Capítulo único: Principios de la política nacional
y social debe de ser       del medio ambiente
compatible y equilibrado
con el medio ambiente      Art.2. La política nacional del medio ambiente se
                           fundamentará en los siguientes principios:

                           b) El desarrollo económico y social debe de ser
                           compatible y equilibrado con el medio ambiente; tomando
                           en consideración el interés social señalado en el artículo 117
                           de la Constitución.

                           c) Se deberá asegurar el uso sostenible, disponibilidad
                           y calidad en los recursos naturales, como base de un
                           desarrollo sustentable y así mejorar la calidad de
                           vida de la población.

                           d) Es responsabilidad de la sociedad en general, del Estado y
                           de toda persona natural o jurídica, reponer o compensar los
                           recursos naturales que utiliza para asegurar su existencia,
                           satisfacer sus necesidades básicas, de crecimiento, de
                           desarrollo, así como enmarcar sus acciones, para atenuar o
                           mitigar su impacto en el medio ambiente; por consiguiente,
                           se procurará la eliminación de los patrones de producción y
                           consumo no sostenible; sin defecto de las sanciones a que
                           esta ley diere lugar.

                           f) La contaminación del medio ambiente o alguno de sus
                           elementos que impida, deteriore sus procesos esenciales,
                           conllevará como obligación la restauración o compensación
Contaminación del Medio    del daño causado debiendo indemnizar al Estado o a
Ambiente                   cualquier persona natural o jurídica afectada en su caso
                           conforme a la presente ley.

                           g) La formulación de la política nacional del medio
                           ambiente deberá tomar en cuenta las capacidades
                           institucionales del Estado y de las municipalidades, los
                           factores demográficos, los niveles culturales de la población,
                           el grado de contaminación o deterioro de los elementos del
                           ambiente, y la capacidad económica y tecnológica de los
                           sectores productivos del país.




                                                                                      13
i) En los procesos productivos o de importación de
                          productos deberá incentivarse la eficiencia ecológica,
                          estimulando el uso racional de los factores productivos y
                          desincentivándose la producción innecesaria de desechos
                          sólidos, el uso ineficiente de energía, el recurso hídrico, así
                          como el desperdicio de materias primas o materiales que
                          pueden reciclarse.

                          Art.3. La política nacional del Medio Ambiente es un
                          conjunto de principios, estrategias y acciones emitidas por el
                          Consejo de Ministros y realizado por el Ministerio del
                          Medio Ambiente y Recursos Naturales y por el Sistema de
                          Gestión del Medio Ambiente.

                          El Ministerio del Medio Ambiente presenta la política al
                          Consejo de Ministros para su aprobación, la cual se actualiza
                          por lo menos cada cinco años y debe de guiar la acción
                          de la administración pública, central y municipal en la
                          ejecución de planes y programas de desarrollo.

                          El respaldo para la política nacional de medio ambiente se
                          encuentra incluido en el Reglamento General de la Ley del
                          Medio Ambiente:

                          Lineamientos sobre la Consulta Pública

                          Art. 12 Con la finalidad de desarrollar lo dispuesto por el
                          inciso final del Art. 9 de la Ley, se establecen los siguientes
                          lineamientos de los mecanismos de la Consulta Pública:

                          a) Se consultará para la gestión ambiental a organizaciones
                          no gubernamentales, asociaciones comunales, organismos
                          empresariales y al sector académico, por cualquier medio
                          de comunicación.

                          b) Los consultados podrán expresar sus opiniones u
                          observaciones por escrito, dentro de un plazo fatal de quince
 Protección de Recursos
 Naturales
                          días hábiles, a partir de la fecha de convocatoria de la
                          consulta; y

                          c) Se considerará ejercido este derecho por el mero trans-
                          curso del plazo.




14
Obligaciones del titular con relación a la Evaluación
                Ambiental

                Art. 15. El titular de una política, plan, programa, actividad,
                obra o proyecto específico, público o privado, tendrá las
                siguientes obligaciones relacionadas con la evaluación
                ambiental, según sea el caso:

                Presentar al Ministerio, para su aprobación, cuando se trate
                de la administración pública, la Evaluación Ambiental
                Estratégica de las políticas, planes y programas.

                Presentar al Ministerio el Formulario Ambiental de la
                actividad, obra o proyecto.

                Presentar el Estudio de Impacto Ambiental, de conformidad
                a los Términos de Referencia elaborados con base a los
                lineamientos proporcionados por el Ministerio.

                Financiar la consulta pública de los Estudios de Impacto
Deforestación   Ambiental, de acuerdo al Art.25 literal a) de la Ley.

                Presentar al Ministerio la Fianza de Cumplimiento
                Ambiental, por un monto equivalente a los costos
                de las obras físicas o inversiones que se requieran para
                implementar el Programa de Manejo o Adecuación
                Ambiental, y cuando corresponda de conformidad al Art. 55
                de la Ley, la fianza que garantice el establecimiento del plan
                institucional de prevención y contingencia;

                Obtener del Ministerio el Permiso Ambiental, previamente
                al inicio de la actividad, obra o proyecto público o privado,
                de acuerdo al Art. 19 de la Ley.

                Ejecutar el Programa de Manejo ambiental; Cumplir con las
                disposiciones del Ministerio en lo relativo a la realización de
                las Auditorías de Evaluación Ambiental.

                Presentar al Ministerio el Diagnóstico Ambiental y su
                correspondiente Programa de Adecuación Ambiental, así
                como el estudio de riesgo y manejo ambiental, cuando
                sean procedentes; y Ejecutar el Programa de Adecuación
                Ambiental, y cuando sea requerido, el plan de contingencias
                y prevención.



                                                                            15
De los objetivos de la Evaluación de Impacto Ambiental

                                Art. 18. La Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a
                                lo establecido en el Art. 18 de la Ley, tiene como objetivos:

                                a) Identificar, cuantificar y valorar los impactos ambientales
                                y los riesgos que determinada actividad, obra o proyecto
                                pueda ocasionar sobre el medio ambiente y la población.

                                b) Determinar las medidas necesarias para prevenir, atenuar,
                                controlar y compensar los impactos negativos e incentivar
                                los impactos positivos, seleccionando la alternativa que
                                mejor garantice la protección del medio ambiente y la
                                conservación de los recursos naturales.

                                c) Determinar la viabilidad ambiental de la ejecución de una
                                actividad, obra o proyecto; y

                                d) Generar los mecanismos necesarios para implementar el
                                programa de manejo ambiental.

 Ley del Medio Ambiente y sus   Del contenido de los Estudios de Impacto Ambiental
 Reglamentos
                                Art. 23 El Estudio de Impacto Ambiental incluirá
                                como mínimo:

                                Título y autores.

                                Resumen ejecutivo del estudio.

                                Descripción del proyecto y sus alternativas.

                                Consideraciones jurídicas y de normativa ambiental
                                aplicables, relativas a la actividad, la obra o el proyecto.

                                Descripción, caracterización y cuantificación del medio
                                ambiente actual, de los componentes físicos, biológicos y
                                socioeconómicos, del sitio y área de influencia;

                                Identificación, priorización, predicción y cuantificación de
                                los impactos ambientales.

                                Interpretación de los resultados del análisis beneficio-costo,
                                rentabilidad y eficiencia, considerando factores técnicos.


16
Estarán representados           económicos, sociales y ambientales (aplicable a
en la consulta la o las         actividades, obras o proyectos del sector público).
comunidades                     Programa de manejo ambiental;
involucradas, el o los          Apéndice: mapas, métodos de evaluación utilizados,
gobiernos municipales,          estudios técnicos, tablas, gráficos, relatoría de las consultas
en cuya jurisdicción            públicas realizadas a iniciativa del titular, además del estudio
territorial se ubique           de riesgo, si procede.
el área de impacto
del proyecto                    De la consulta pública de los Estudios de Impacto
                                Ambiental

                                Art. 32. Los Estudios de Impacto Ambiental se harán
                                del conocimiento del público, de acuerdo al siguiente
                                procedimiento:

                                El Ministerio proporcionará al titular el formato para la
                                publicación acerca del Estudio de Impacto Ambiental, el
                                cual deberá realizarse por cuenta del titular por tres días
                                consecutivos, en cualesquiera de los medios escritos de
                                cobertura nacional.

                                En el caso de los Estudios de Impacto Ambiental que
                                requieran de realizar la Consulta Pública referida en el
                                Art. 25 literal b) de la Ley, se entregará, además de lo
Oficina de Estudios de Impacto   mencionado en el literal anterior, la guía de
MARN                            procedimientos para desarrollarla.

                                Esta consulta será organizada por el Ministerio y los costos
                                necesarios referentes a la necesidad de local, asistencia
                                audiovisual, material impreso y difusión local, serán todos
                                sufragados por el titular.

                                Estarán representados en la consulta la o las comunidades
                                involucradas, el o los gobiernos municipales, en cuya
                                jurisdicción territorial se ubique el área de impacto del
                                proyecto; el titular de la actividad, la obra o el proyecto,
                                deberá exponerlo. El Ministerio estará a cargo de
                                organizar el proceso de la Consulta en su calidad de
                                autoridad ambiental.

                                El representante del Ministerio levantará un acta de la
                                Consulta Pública, la cual contendrá los puntos principales
                                de discusión y los acuerdos adoptados por los presentes


                                                                                              17
sobre el proyecto. Dicha acta deberá ser firmada por los
                          representantes referidos en el literal anterior;

                          Las opiniones recibidas durante el proceso de Consulta
                          Pública de los Estudios deberán ser ponderadas bajo
                          criterios estrictamente técnicos, en el período de Evaluación
                          del Estudio de Impacto Ambiental, establecido en la Ley; y

                          El Ministerio mantendrá en reserva la información de los
                          Estudios de Impacto Ambiental, referida a los antecedentes
                          técnicos y financieros, que pudiera afectar los derechos
                          de propiedad industrial o intelectual o intereses lícitos
                          mercantiles involucrados.

                          De la emisión de Permiso Ambiental

                          Art. 34 De ser aprobado el Estudio de Impacto Ambiental, se
                          emitirá el dictamen técnico favorable, el cual se notificará al
                          titular, quien para obtener el Permiso Ambiental deberá
                          rendir la Fianza de Cumplimiento Ambiental a que se refiere
                          el Art. 29 de la Ley.

                          De los incentivos y desincentivos ambientales

                          Objetivos del programa

                          Art. 54 El programa de incentivos ambientales tendrá los
                          siguientes objetivos como mínimo:
 Incentivos Ambientales   Promover la reconversión de actividades y procesos con-
                          taminantes o que hagan uso excesivo o ineficiente de los
                          recursos naturales.

                          Estimular a los empresarios a incorporar en sus actividades
                          productivas, procesos y servicios y tecnologías menos
                          contaminantes, a través de la gestión de la prevención de
                          la contaminación hacia procesos de producción más limpia,
                          por medio de cooperaciones técnica y financiera, nacional
                          e internacional.

                          Promover mecanismos de financiamiento especiales para el
                          medio ambiente, para cubrir los costos de readecuación, con
                          recursos privados, de cooperación internacional y con
                          fondos propios.



18
Apoyar a los gobiernos municipales, a los sectores
                            gubernamentales y no gubernamentales en la gestión de
                            recursos, a través de las cooperaciones técnica y financiera,
                            nacional e internacional, para ser destinada a actividades y
                            proyectos de conservación, recuperación y producción más
                            limpia; y Posibilitar la información sobre nuevos procesos
                            de producción limpia y de nuevos mercados ecológicos.

                            Tipos de instrumentos

                            Art. 55 Los instrumentos para el programa de incentivos y
                            desincentivos ambientales podrán ser de mercado, de
                            naturaleza fiscal, crediticia, voluntarios, de servicios
                            ambientales y otros afines a la materia. Su aplicación deberá
                            someterse a un proceso de evaluación de los impactos
                            económicos, sociales, jurídicos y ambientales.

                            Premio Nacional del Medio Ambiente

                            Art. 56 De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley,
                            el Premio Nacional del Medio Ambiente constituye un
                            incentivo a personas naturales, corporaciones, fundaciones,
                            instituciones públicas o privadas, tanto nacionales como
                            extranjeras; estas últimas con domicilio permanente en
                            el país, que por medio de sus procesos productivos y
                            proyectos, realicen contribuciones sobresalientes en favor de
Premio Nacional del Medio   la conservación del medio ambiente y del uso sostenible de
Ambiente                    los recursos naturales.

                            Para otorgar este premio, se nombrará un comité
                            organizador y un jurado calificador. El primero tendrá
                            como responsabilidad, la organización del evento, y el
                            segundo, que es nombrado por el Ministro de Medio
                            Ambiente y Recursos Naturales con profesionales, con
                            capacidad y experiencia reconocidas en materia ambiental,
                            el cual se encargará de la evaluación de los
                            trabajos propuestos.

                            Los procedimientos para el otorgamiento del Premio, se
                            establecerán en las bases de competencia, las cuales serán
                            preparadas por el Ministerio emitiendo Decreto Ejecutivo.

                            La información de las propuestas será confidencial y el fallo
                            no admitirá recurso alguno.


                                                                                      19
Sellos verdes y ecoetiquetas

                          Art. 57 De acuerdo al Art. 38 de la Ley, las ecoetiquetas
                          o sellos verdes serán considerados como incentivos para
                          los productores. Los mismos tendrán como propósito
                           promover procesos y actividades que prevengan la
                          contaminación, para el usosostenible y eficiente de los
                          recursos naturales.

                          Programa de sellos verdes y ecoetiquetado

                          Art. 58 El Ministerio formulará y desarrollará un programa
                          de ecoetiquetado que tendrá como objetivos:

                          a) Promover la disminución de la contaminación en la
 Motivando el Reciclaje   producción y el consumo de los bienes y los servicios.

                          b) Estimular el uso de tecnologías ambientalmente
                          adecuadas o sanas y de producción limpia.

                          c) Fomentar la eficiencia en la utilización de las
                          materias primas.

                          d) Fomentar la investigación y el análisis de los ciclos de
                          vida de los productos, desde la utilización de las materias
                          primas, hasta la producción, utilización y eliminación.

                          Requisitos de acreditación y registro

                          Art. 59 De acuerdo al Art. 38 de la Ley, el Ministerio definirá
                          los criterios y el procedimiento para otorgar la acreditación
                          y el registro de los organismos certificadores nacionales e
                          internacionales de sellos verdes y ecoetiquetas, garantizando
                          que los mismos cumplan al menos, los requisitos siguientes:

                          Criterios de evaluación bien definidos.

                          Cumplimiento de estándares y procesos de monitoreo.

                          Verificación de cumplimiento de las condiciones
                          establecidas para su emisión.




20
El propósito de           Uso adecuado de las ecoetiquetas;
establecer una política
ambiental dentro de la    Comprobación del aprovechamiento sostenible de los
empresa es vital dentro   recursos naturales.
de cualquier iniciativa
                          Cumplimiento de estándares e indicadores establecidos en la
de Responsabilidad        normativa internacional.
Social Empresarial

                          2.2. Política medioambiental
                          empresarial
                          El propósito de establecer una política ambiental dentro
                          de la empresa es vital dentro de cualquier iniciativa de
                          Responsabilidad Social Empresarial que se pretenda tomar.
                          Al definir y hacer públicas las intenciones ambientales del
                          negocio, se logra una mejor identificación de los empleados
                          con la empresa, un compromiso común por lograr los
                          objetivos así como un establecimiento de metas y
                          prioridades para una realización éxitosa.

                          Cualquier empresa que esté en operaciones o se aliste para
                          entrar al mercado debe contar con una política encaminada
                          a la mitigación de riesgos en el entorno, la prevención de
Campaña de Arborización
                          daños a los recursos naturales así como a la protección y
                          calidad de vida de sus empleados.

                          La política también debe de definir los lineamientos para
                          promover el “mercadeo verde” de los bienes que produce y
                          debe de superar, en la medida de lo posible, los parámetros
                          establecidos dentro de la legislación nacional.

                          Las acciones tomadas para llevar a cabo estos fines se deben
                          tener por escrito y resultar como consecuencia de un diseño
                          transparente y adaptado al país.

                          En un primer paso, se debe de crear una Declaración de
                          principios medioambientales:

                          Esta declaración debe ser lo más comprensible posible para
                          todos los mandos de la empresa y debe definir la intención
                          del negocio en respetar el medioambiente en el diseño,




                                                                                   21
producción, distribución de sus productos y servicios así
     como presentar el compromiso empresarial de respetar
     la Ley. Para su elaboración deben participar todos los
     involucrados con las decisiones que tome la empresa: desde
     organizaciones civiles, consumidores hasta representantes
     de los empleados.

     Este último paso es vital para darle aún más credibilidad y
     transparencia a cualquier iniciativa que pretenda tomar
     la empresa.

     Un segundo paso dentro de la política radica en Motivar a
     los empleados:

     El empresario debe generar incentivos, premios y
     reconocimientos para los trabajadores que propongan
     soluciones a las prácticas que generen desechos o
     contaminantes. Muchas veces los costos de los incentivos o
     premios son menores que los resultados obtenidos por estas
     iniciativas tomadas por los mismos empleados.




     Manejo de Residuos Tóxicos

22
III. Auditorías Ambientales

                            3.1 Base legal
                            La auditoría ambiental puede definirse como el proceso
                            mediante el cual la empresa contabiliza, mide y evalúa todos
                            los recursos que posee y que utiliza en función del impacto
                            que generan sobre los recursos naturales, el entorno y
                            sus empleados.

                            En el país, existe una base legal sobre la cual reposan los
                            principios fundamentales de este tipo de evaluaciones y se
                            encuentra incluido en la Ley de Medio Ambiente.

                            Título III Instrumentos de la política de medio ambiente
                            Capítulo IV Sistema de evaluación ambiental

                            Art. 16. El proceso de evaluación ambiental tiene
                            siguientes instrumentos:

                            Literal f) Auditorías ambientales; auditorías de
                            evaluación ambiental.
 Tratamiento de Plásticos
                            Art. 27. Para asegurar el cumplimiento de las condiciones
                            fijadas en el permiso ambiental , por el titular de obras o
                            proyectos, el Ministerio realizará auditorías de evaluación
                            ambiental de acuerdo a los siguientes requisitos:

                            a) Las auditorías se realizarán periódicamente de manera
                            aleatoria en la forma que establezca el reglamento de la
                            presente ley.

                            b) El Ministerio buscará en dichas auditorias establecer las
                            obligaciones que deberá cumplir el titular o propietario de
                            la obra o proyecto en relación al permiso ambiental.

                            c) La auditoría de evaluación ambiental consistirá en la base
                            para los programas de autorregulación para las actividades,
                            obras o proyectos, que se acojan a dicho programa.

                            Las auditorías ambientales están íntimamente relacionadas
                            con los estándares de calidad dentro y fuera de la empresa y
                            tienen un impacto directo también al medir las condiciones
                            laborales bajo las cuales se desempeñan los empleados así
                            como su impacto en la comunidad en la cual opera
                            la empresa.

                                                                                       23
Para tal efecto, el país cuenta con normas y
                        reglamentos específicos:

                        Norma Salvadoreña NSO 13.01.01:00: Calidad del aire,
                        inmisiones y emisiones atmosféricas.

                        Esta norma establece el límite permisible por metro cúbico
                        de emisiones de contaminantes en la atmósfera generados
                        por fuentes fijas o móviles, así como los límites en calidad
                        del aire en el ambiente.

                        En el caso de fuentes fijas de contaminación, la norma
                        regula toda aquella infraestructura presente ya sea en
                        operaciones o cesante dentro del territorio nacional. Las
                        fuentes móviles representan todo aquel vehículo o unidad
                        móvil que opere con diesel, gasolina, alcohol, gasohol u
                        otras substancias que desprendan emisiones, gases, humos
 Contaminación          y partículas.

                        Norma Salvadoreña NSR 13.07.03:02: Aguas residuales
                        descargadas a un cuerpo receptor.

                        Esta norma establece las características y valores
                        físico-químicos, microbiológicos y radioactivos permisibles
                        dentro del agua residual para preservar y proteger todo
                        aquel cuerpo receptor. Estos niveles máximos permisibles
                        deben ser alcanzados mediante tratamientos de aguas
                        y excluyen la dilución para reducir los niveles
                        de contaminantes.

                        Dentro de la norma, se especifican los procesos para
                        recolección de muestras y sus métodos de análisis.

                        Norma para regular la calidad de aguas residuales de tipo
                        especial descargadas al alcantarillado sanitario. ANDA.
                        En vigencia desde enero 2005.
 Tratamiento de Aguas
 Abandonadas            Esta norma se aplica en todo el país y vela por el
                        cumplimiento de los valores permisibles que debe contener
                        el tipo de agua resultante de cualquier uso, proceso u
                        operación de tipo agropecuario, doméstico e industrial en el
                        sistema de alcantarillado sanitario; de manera que no cause
                        efectos adversos que den lugar a turbiedad, radioactividad o
                        explosividad entre otros.

24
Reglamento sobre la calidad de agua, el control de vertidos y
                            las zonas de protección

                            El reglamento establece las medidas adecuadas y
                            oportunas para regular las actividades que lleguen a
                            producir contaminación de aguas, a fin de armonizar el
                            aprovechamiento racional e integral de los recursos hídricos
                            con la protección en la calidad de los mismos.

                            Reglamento especial en materia de sustancias, residuos y
                            desechos peligrosos

                            Por medio de este reglamento, el Ministerio del Medio
                            Ambiente y Recursos Naturales establece cuáles son las
                            substancias, residuos, desechos que son peligrosos y lo
Residuos Tóxicos
                            autoriza a realizar auditorías en el momento que lo estime
                            necesario siempre amparado en la ley.

                            El reglamento proporciona también las reglas técnicas para
                            la introducción, tránsito, distribución y almacenamiento de
                            sustancias y residuos peligrosos, así como la disposición
                            final de los mismos.

                            3.2 Auditorías ambientales dentro
                            de la empresa
                            Para llevar a cabo una auditoría ambiental dentro de la
                            empresa, es necesario tener claros los objetivos que se
                            persiguen a través de ella. La mayoría de empresas que
                            realizan auditorías se orientan solamente a verificar si su
                            organización está cumpliendo con los parámetros de la
                            legislación actual y no profundizan en todos aquellos
                            detalles que pueden hacer la diferencia de su empresa en
                            cuanto a ahorro y conciencia ambiental.

                            En forma general, el proceso básico de una auditoría
                            ambiental está constituido por:
Orientación para el
Cumplimiento de Objetivos   Definición de objetivos

                            Formación del equipo auditor: puede ser interno, externo o
                            mixto combinando tanto al personal externo como al
                            empleado de planta.


                                                                                         25
Definición de los parámetros por seguir: los puntos por
                       evaluar dependerán del área de la empresa donde se quiera
                       centrar la auditoria.

                       Evaluación, seguimiento y mejora en los resultados
                       obtenidos por los auditores.

                       La auditoría ambiental conlleva a la realización de un
                       análisis a fondo de todos los insumos de una empresa y
                       permite conocer cuáles son las consecuencias ambientales
                       desde los procesos de producción de un bien hasta su
                       consumo por el usuario final; de esta manera, se identifican
                       los factores que se pueden mejorar y, a la vez, la empresa
                       puede cuantificar en términos económicos sus
                       impactos ambientales.

                       Existen dos tipos de auditorías ambientales: la real y la ideal.

                       La auditoría real consiste en la verificación de las
                       instalaciones de una empresa de cara al cumplimiento de la
                       legislación vigente, mientras que la auditoría ideal consiste
                       en el monitoreo del sistema de gestión ambiental donde se
                       observa de qué manera la empresa está cumpliendo con sus
                       objetivos medioambientales.

                       Ambos modelos se realizan por dos canales: un equipo
                       auditor y un laboratorio. El equipo auditor debe contar con
                       personal calificado en materia de: legislación ambiental,
                       recursos hídricos, vertidos, residuos, monitoreo, medición
                       de riesgos y contaminantes. Debido a la amplia gama de
 Laboratorios dentro
 de la Empresa
                       funciones por evaluar, la empresa debe contar al menos con
                       tres auditores para que se cubran la mayor cantidad de áreas.

                       La utilización de un laboratorio es vital también para la
                       veracidad de la auditoría, ya que es dentro del mismo que se
                       efectúan todas las operaciones de verificación. Una auditoría
                       que no se respalde en la toma de muestras de los diferentes
                       insumos involucrados en la cadena de producción y
                       distribución del producto pierde validez, ya que no puede
                       medir el impacto de las operaciones de la empresa en




26
función de los parámetros establecidos por la ley.
Las auditorías pueden realizarse como parte de un
programa ambiental dentro de la empresa, como por
ejemplo, un sistema de producción limpia o una
certificación, lo que resulta en la incorporación de los
resultados obtenidos dentro del diseño de las soluciones.

La empresa debe trabajar en conjunto con sus proveedores
para insertarlos también con la política de la empresa en
esta materia.




Procesos de Esterilización




                                                            27
IV. Reducción de desechos, emisiones
y residuos industriales
                                 4.1 La empresa en la base de la sos-
                                 tenibilidad ambiental
 Los residuos pueden             Métodos de producción que generen menos residuos y
 prevenirse y reducirse          menos emisiones constituyen la base para un desarrollo
 mediante un examen de           industrial sostenible, la adopción de nuevas tecnologías
                                 con ahorros en los costos de fabricación y reducción de
 los procesos productivos
                                 contaminantes es determinante para minimizar el impacto
 y mejorando el uso de           de la actividad económica en los recursos naturales.
 las instalaciones de la
 empresa, también                Se definen como emisiones a aquellas liberaciones o
 existen auditorías              descargas a la atmósfera de partículas, gases o formas de
 aplicadas para este fin          energía provenientes de una fuente fija o móvil. Los residuos
                                 son aquellas descargas de la empresa que no son productos
                                 y pueden ser gaseosos, líquidos o sólidos. Estos últimos
                                 se vuelven peligrosos cuando sus propiedades físicas y
                                 químicas todavía se encuentran activas y no tienen un
                                 tratamiento de eliminación adecuado. Estos residuos
                                 también tienen la capacidad de ser reutilizados bajo
                                 nuevos esquemas de producción y para propósitos
                                 afines o diferentes.

                                 Los residuos pueden prevenirse y reducirse mediante un
                                 examen de los procesos productivos y mejorando el uso de
                                 las instalaciones de la empresa, también existen auditorías
                                 aplicadas para este fin.

                                 Los empleados son los principales artífices en cuanto a
                                 la reducción de desechos; una forma viable, para el
                                 empresario, de explicarles su significado está en enfatizar la
                                 idea de que todo aquello que no se pudo usar o vender y que
                                 por lo cual se debe pagar un precio para su eliminación es
                                 un desecho. De esta manera, se contribuye a fomentar la
 Emisión de Gases por Empresas
                                 idea de minimizar los desperdicios.

                                 Los empresarios pueden incentivar a sus trabajadores a
                                 minimizar los desechos mediante la reutilización de bienes y
                                 materiales así como su reciclaje.




28
V. Control Ambiental

                             De 1988 -2000, El Salvador duplicó sus emisiones de
                             bióxido de carbono (CO2), uno de los principales gases
                             causantes del efecto de invernadero, que contribuye al
                             calentamiento global, generando 1.1 toneladas de
                             CO2 per capita.

                             5.1 Controles ambientales dentro
                             de la empresa
                             La empresa ideal es aquella que ha realizado un estudio de
                             impacto ambiental, ha tomado las medidas pertinentes para
                             minimizar los efectos de la operación, mantiene sus
                             instalaciones en óptimas condiciones y cumple con la
                             legislación ambiental.

                             El control ambiental es un paso más allá de los aspectos
                             legales para una empresa comprometida con el medio
                             ambiente. Este proceso, no solo revela cual es el estado
                             medioambiental de la empresa sino también cómo impacta
                             cada proceso en la producción del bien final.
 Reclamos Medioambientales
                             Los controles ambientales son indicadores específicos para
                             cada industria y sirven como parámetros de medición de la
                             actividad de la misma. Por ejemplo, una empresa puede
                             medir el número de partículas dentro de una chimenea
                             para controlar si se encuentran dentro de los estándares
                             establecidos y verificar también cómo está funcionando
                             su equipo.

                             Los controles ambientales también pueden realizarse de
                             manera continua por medio de monitores o sensores
                             automáticos, tal es el caso de los monitoreos de las
                             condiciones atmosféricas.

                             Para la realización de los controles, es necesario elaborar un
                             plan de control que contenga el conjunto de operaciones de
                             verificación y mantenimiento que realiza la industria por
                             espacio de un año, detallando cuáles son los proceso por
                             seguir y las operaciones más relevantes.




                                                                                        29
VI. Legislaciones para minimizar
    los daños ambientales

 Paralelamente al
                        6.1 Penalizaciones
 crecimiento de la      Paralelamente al crecimiento de la población, también
 población, también     crece el desafío de conciliar la bonanza económica con el
 crece el desafío de    tratamiento más responsable del medio ambiente. Las
 conciliar la bonanza   empresas, muchas veces, se enfocan en el provecho
 económica con el       financiero más que en la responsabilidad ambiental; sin
 tratamiento más        embargo, la legislación actual establece sanciones contra los
 responsable del        que sobreexplotan los recursos de los que dispone el país.
 medio ambiente         Estas medidas punitivas se encuentran contempladas en el
                        Código Procesal Penal.

                        Libro II. Parte especial. De los delitos y sus penas
                        Título X. Delitos relativos a ordenación de territorio, la
                        protección de recursos naturales y medio ambiente
                        Capítulo II. De los delitos relativos a la naturaleza y al medio
                        ambiente

                        Art 255.- Contaminación ambiental (*)
                        El que provocare o realizare, directa o indirectamente,
                        emisiones, radiaciones, vertidos de cualquier naturaleza en
                        el suelo, atmósfera, aguas terrestres superficiales,
                        subterráneas o marítimas en contravención a las leyes y
                        reglamentos respectivos y que pusiere en peligro grave la
                        salud o calidad de vida de las personas o el equilibrio de los
                        sistemas ecológicos o del medio ambiente será sancionado
                        con prisión de cuatro a ocho años.
                        (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
                        No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.

                        Art.256.- Contaminación ambiental agravada (*)
                        En los casos del artículo anterior, la pena será de seis a diez
                        años de prisión si el hecho se atribuyere a persona jurídica,
                        pública o privada, que funcionare sin el correspondiente
                        permiso ambiental o clandestinamente o haya desobedecido
                        las disposiciones expresas de la autoridad ambiental para
                        que corrigiere o suspendiere sus operaciones; hubiere
                        aportado información falsa para obtener el permiso
                        ambiental correspondiente o hubiere impedido u
                        obstaculizado la inspección por la autoridad del
                        medio ambiente.
                        (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
                        No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.

30
Art. 257- Contaminación ambiental culposa (*)
                             En los casos a que se refieren los artículos anteriores, si el
                             agente actuare con culpa, será sancionado con prisión de
                             uno a tres años.
                             (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
                             No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.

                             Art. 258.- Depredación de bosques (*)
                             El que destruyere, quemare, talare o dañare, en todo o en
                             parte, bosques u otras formaciones vegetales naturales o
                             cultivadas que estuvieren legalmente protegidas será
                             sancionado con prisión de tres a seis años. Se exceptúan de
                             cualquier pena los agricultores que realicen labores agrícolas
Delitos Penados por la Ley
                             estrictamente culturales.
                             (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
                             No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.

                             Art. 259.- Depredación de flora protegida (*)
                             El que cortare, talare, quemare, arrancare, recolectare,
                             comerciare o efectuare tráfico ilegal de alguna especie o
                             subespecie de la flora protegida o destruyere o alterare
                             gravemente su medio natural, será sancionado con prisión
                             de uno a tres años.

                             En la misma pena incurrirá quien en espacio natural
                             protegido dañare gravemente alguno de los elementos que
                             hubieren servido para calificarlo como tal.
                             (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
                             No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.

                             Art. 260.- Depredación de fauna (*)
                             El que empleare para la caza o la pesca veneno, medios
                             explosivos u otros instrumentos o artes susceptibles de
                             generar una eficacia destructiva semejante será sancionado
                             con prisión de uno a tres años.
                             (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
                             No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.

                             Art. 261.- Depredación de fauna protegida (*)
                             El que cazare o pescare especies amenazadas, realizare
                             actividades que impidieren o dificultaren su reproducción o
Deforestación
                             contraviniendo las leyes o reglamentos protectores de las
                             especies de fauna silvestre, comerciare con las mismas o con
                             sus restos, será sancionado con prisión de tres a cinco años.
                             La sanción se aumentará en un tercio del máximo de lo
                             señalado en el inciso anterior, si se tratare de especies
                                                                                             31
catalogadas en peligro de extinción.
 Los funcionarios o          (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
 empleados públicos          No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.
 serán sancionados con
 prisión de uno a tres       Art. 262.- Responsabilidad de funcionarios y
 años e inhabilitacion del   empleados públicos (*)
 cargo o empleo por el       Los funcionarios o empleados públicos que, estando
 mismo tiempo de no          obligados en el ejercicio de sus funciones, a informar sobre
                             la comisión de delitos relativos a la protección de los
 cumplir con el ejercicio
                             recursos naturales, el medio ambiente la flora y la fauna,
 de sus funciones            omitiendo hacerlo o informaren ocultando los mismos,
                             serán sancionados con prisión de uno a tres años e
                             inhabilitación del cargo o empleo por el mismo tiempo.
                             La misma sanción se impondrá al funcionario o empleado
                             público que en el ejercicio de sus funciones conceda
                             permisos, autorizaciones, licencias o concesiones, para la
                             ejecución de obras o proyectos que no hayan obtenido
                             de conformidad a la Ley del Medio Ambiente el
                             correspondiente permiso ambiental.
                             (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
                             No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.

                             Art. 262-A.- Quema de rastrojos (*)
                             El que intencionalmente quemare rastrojos o cultivos de
                             cualquier naturaleza será sancionado con multa entre diez o
                             doscientos días multa; equivaliendo cada día multa, al
                             salario mínimo diario, según la capacidad económica
                             del infractor.

                             Se exceptúan de cualquier pena los agricultores que realicen
                             labores agrícolas estrictamente culturales.

                             Art. 262-B.- Comercio y transporte de sustancias
                             peligrosas (*)
                             El que comercializare, transportare o introdujere al país
                             sustancias o materiales calificados como peligrosos en los
                             tratados internacionales o en la Ley del Medio Ambiente,
                             con infracción de las reglas de seguridad establecidas,
                             incurrirá en pena de prisión de seis a diez años.
                             (*) Los presentes artículos 262-A y 262-B han sido
                             adicionados mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo
                             340, del 15 de julio de 1998.
 Bodegas de Sustancias
 Peligrosas
                             Art. 263.- Excusa absolutoria y medidas accesorias
                             En los casos previstos en este capítulo, cuando así
                             procediere, si el autor voluntaria y oportunamente reparare
32
el daño ocasionado, no incurrirá en pena alguna.
                   El juez o tribunal, motivadamente, ordenará que a cargo del
                   autor del hecho, se adoptaren las medidas encaminadas a
                   restaurar, en lo posible el equilibrio ecológico perturbado,
                   así como adoptar cualquiera de las medidas accesorias,
                   necesarias para la protección de los bienes tutelados
                   en este capítulo.

                   Artículo 263-A.- Condiciones objetivas de
                   procesabilidad (*)
                   La acción proveniente de cada uno de los delitos
                   comprendidos en el presente capítulo, solamente podrá
                   promoverse después de que la autoridad administrativa
                   competente haya concluido los procedimientos
                   correspondientes de conformidad con la Ley del
                   Medio Ambiente.
                   (*) El presente artículo 263-A ha sido adicionado mediante
                   D.L. No. 703, D.O. No. 183, Tomo No. 345, del 4 de
                   octubre de 1999.
Fuerza de la Ley
                   (*) El presente artículo 263-A ha sido derogado mediante
                   D.L. No. 373, D.O. No. 157, Tomo No. 364, del 26 de agosto
                   de 2004, Esta reforma entrará en vigencia un año después de
                   su publicación en el Diario Oficial.

                   6.2 Legislación internacional para
                   minimizar los efectos del cambio
                   climático
                   Protocolo de Kyoto

                   Tiene como objeto fundamental que los países
                   industrializados reduzcan sus emisiones en un 8% por
                   debajo de los volúmenes de 1990, ya que los países en vías
                   de desarrollo no poseen ninguna restricción, y así poder
                   disminuir el efecto de invernadero o calentamiento global
                   de la tierra.

                   Convención marco de las Naciones Unidas
                   sobre cambio climático

                   Su objetivo es lograr una estabilización de los gases
                   causantes del efecto de invernadero a un nivel que impida


                                                                           33
interferencias en el sistema climático. Esta convención fue
                                ratificada en el seno de la ONU en julio de 1995.

                                Convenio regional sobre cambios climáticos

                                Su objetivo es proteger el sistema climático en beneficio de
                                las generaciones futuras, sobre la base de la equidad y de
                                conformidad con las responsabilidades y capacidades de
                                cada país; a manera de asegurar que la producción de
                                alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo
                                de los Estados no se deteriore.

                                6.3 Aspectos legales para proteger
                                la capa de ozono
                                El agotamiento de la capa de ozono ha tomado relevancia
                                durante los últimos años en especial por los efectos adversos
                                que genera sobre la salud y la agricultura. La capa de ozono
                                actúa como un filtro protector de los rayos ultravioleta.

                                Convención de Viena para la protección de la
                                capa de ozono

 Protegiendo la Capa de Ozono
                                Establece medidas para salvaguardar la capa de ozono y
                                propiciar la creación de protocolos internos en cada país
                                para su preservación.

                                Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras
                                de la capa de ozono

                                Este protocolo impone límites para los países firmantes a la
                                producción y el consumo de las sustancias agotadoras de la
                                capa de ozono, conocidas como CFC y Halones nocivos.

                                Reglamento especial sobre el control de sustancias agotado-
                                ras de la Capa de Ozono

                                Art. 1. El presente reglamento tiene como objetivo regular
                                en el país la importación y el consumo de las sustancias
                                agotadoras de la capa de ozono, para contribuir a la
                                protección de la capa de ozono estratosférica y al
                                cumplimiento de las obligaciones que emanan de




34
instrumentos internacionales que El Salvador ha ratificado
                               en esta materia.

                               Sello verde “Amigo del ozono”

                               Art.12. El Ministerio establecerá lineamientos para la
                               acreditación del sello verde “Amigo del Ozono” a las
                               personas naturales o jurídicas que utilicen tecnologías,
                               equipos y sustancias alternativas de CO2 y que así se
                               lo solicitaren.

                               Ley de Medio Ambiente
                               Título III De la política del medio ambiente
                               Capítulo IV Incentivos ambientales .
                               Sellos verdes o etiquetado.

                               Art.38. El reglamento de la presente Ley contendrá las
                               normas y procedimientos para regular la acreditación y
                               registro de los organismos que certifiquen los procesos y
                               productos ambientalmente sanos, o provenientes del
                               aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.

                               Las organizaciones u organismos registrados emitirán el
Procesos Ambientales Limpios   sello verde o ecoetiquetado a productos o procesos
                               ambientalmente sanos, previa certificación del Ministerio.

                               6.4 Aspecto legal para preservar los
                               suelos de la acidificación
                               La acidificación se refiere al incremento gradual de las
                               condiciones ácidas de los suelos, bosques y lagos. En las
                               zonas urbanas, este incremento se traduce en corrosión de
                               las estructuras metálicas y erosión de la infraestructura,
                               la principal fuente de este fenómeno es la quema de
                               combustible fósil, la fundición de minerales y diversos
                               procesos industriales.

                               La legislación que regula este tipo de impacto ambiental
                               se denomina:

                               Convenio Constitutivo de la Comisión Centroamericana del




                                                                                          35
Ambiente y del Desarrollo firmado en San José el 12 de
           diciembre de 1989 y ratificado el 6 de junio de 1990.

           6.5 Legislación para productos
           químicos tóxicos y desechos
           peligrosos
           Los productos derivados de una síntesis química poseen
           propiedades tóxicas en diferentes grados. Los riesgos para la
           salud dependen principalmente de la exposición que se
           tenga a los mismos.

           El término de desechos tóxicos se aplica generalmente
            a aquellos materiales de desperdicio que contienen
           componentes metálicos, disolventes orgánicos halogenados,
           ácidos, asbestos entre otros.

           Convención de Estocolmo sobre contaminantes
           orgánicos persistentes

           Su objetivo es proteger la salud humana y el medio ambi-
 Tóxicos   ente frente a contaminantes de este tipo. El convenio fue
           firmado en Estocolmo en julio de 2001.

           Convención de Basilea sobre control de movimientos
           transfronterizos de los desechos peligrosos

           La meta es reducir, en la medida de lo posible, la generación
           de desechos tóxicos y someter los volúmenes existentes a
           una gestión que impida que provoquen daños al
           medio ambiente.

           Acuerdo regional sobre movimientos transfronterizos de los
           desechos peligrosos

           El objetivo primordial es regular y vigilar la importación de
           desechos tóxicos a través del área centroamericana. Fue
           firmado en Panamá en 1992 y ratificado en 1997.




36
Reglamento especial en materia de sustancias, residuos y
                   desechos peligrosos
                   Decreto legislativo Nº 41, 31 de mayo de 2000

                   Objeto: Reglamentar la ley del medio ambiente en lo que se
                   refiere a las actividades relacionadas con sustancias residuos
                   y desechos peligrosos.

                   Art.4. Refiere a promover la participación social en el
                   control de desechos peligrosos y fomentar en el sector
                   productivo el uso de tecnologías u otras alternativas que
                   reduzcan la generación de los mismos de acuerdo al art. 4
                   del Convenio de Basilea.
Comunidad con      De la generación de residuos peligrosos
Residuos Tóxicos
                   Art.17. Refiere sobre la responsabilidad del cumplimiento
                   de la Ley, el Reglamento y Reglas técnicas y obliga a
                   determinar su peligrosidad y a registrarse en el Consejo y
                   mantener actualizado su registro.

                   De la calidad ambiental

                   Art. 21. Los generadores de residuos peligrosos deben de
                   fomentar su minimización en el sector productivo, uso
                   de tecnologías que reduzcan la generación de residuos
                   peligrosos y desarrollar actividades y procedimientos hacia
                   una gestión sostenible.

                   Obligaciones del generador

                   Art.22. El generador de residuos peligrosos deberá:

                   a) Manejar adecuadamente los residuos peligrosos no
                   compatibles entre sí.

                   b) Envasarlos en recipientes que reúnan las condiciones de
                   seguridad, identificando su estado físico y características de
                   peligrosidad e incompatibilidad.

                   c) Dar el tratamiento que le corresponda

                   d) Mantener y almacenar los residuos peligrosos en
                   condiciones de seguridad y áreas que reúnan los requisitos
                   previstos al respecto.


                                                                              37
6.6 Contaminación de agua y suelo
                               Los contaminantes de aguas y suelos como desechos
                               orgánicos pueden ser fácilmente degradados pero también
                               llegan a alterar los ecosistemas si son depositados en
                               grandes concentraciones. Otros contaminantes como
                               metales pesados y compuestos orgánicos persistentes no se
                               degradan y permanecen acumulados cerca de las fuentes
                               de descarga.

                               Reglamento especial de normas técnicas de calidad ambien-
                               tal

                               Art. 1. Determinar los lineamientos o directrices para el
                               establecimiento de las normas técnicas de calidad ambiental
                               en los medios receptores y los mecanismos de aplicación de
                               dichas normas, relativas a la protección de la atmósfera, el
                               agua, el suelo y la biodiversidad.

                               Convenio sobre la protección de flora y fauna y de la
                               bellezas escénicas naturales de los países de América

                               La meta es proteger y conservar, en su medio ambiente
                               natural, ejemplares de toda especie de flora y fauna
                               incluyendo las aves migratorias, protección y conservación
                               del paisaje, formaciones geológicas, estructuras
                               arqueológicas de interés estético, histórico y científico.
 Conservación del Ecosistema
                               Convenio para la conservación de la biodiversidad
                               y protección de áreas silvestres prioritarias
                               en América Central

                               Firmado en junio de 1994 en Managua, Nicaragua, pretende
                               conservar al máximo la diversidad biológica terrestre y
                               marina de la región para beneficio de las actuales y
                               futuras generaciones.

                               Convenio para el manejo y conservación de los ecosistemas
                               naturales, forestales y el desarrollo de las plantaciones
                               forestales.

                               Firmado en Guatemala y ratificado en junio de 1995, el
                               convenio pretende incentivar a los que protegen los bosques
                               de la región centroamericana.




38
VII. Prevención de la contaminación en
la empresa
                         El objetivo primordial de una política de prevención de la
                         contaminación en la empresa es llegar a la producción
                         limpia. Es mejor tratar de evitar la contaminación que
                         intentar remediar los efectos que causa.

                         La reducción de la contaminación en la empresa incluye
                         modificaciones en los equipos o tecnologías, cambios en los
                         procesos productivos, rediseño de productos, sustitución
                         de materias primas, mejoras en el mantenimiento de las
                         instalaciones, entrenamiento de personal y mayores
                         controles del inventario.

                         7.1 Leyes a favor de una producción
                         más limpia
                         Ley de Medio Ambiente:

                         Art. 2. La Política nacional del medio ambiente, se
                         fundamentará en los siguientes principios:

                         d) Es responsabilidad de la sociedad en general, del Estado
                         y de toda persona natural y jurídica, reponer o compensar
                         los recursos naturales que utiliza para asegurar su existencia,
                         satisfacer sus necesidades básicas, de crecimiento y
                         desarrollo, así como enmarcar sus acciones, para atenuar o
                         mitigar su impacto en el medio ambiente; por consiguiente,
 Ley de Medio Ambiente   se procurará la eliminación de los patrones de producción y
                         consumo no sostenible; sin defecto de las sanciones a que
                         esta ley diere lugar.

                         i) En los procesos productivos o de importación de
                         productos deberá incentivarse la eficiencia ecológica,
                         estimulando el uso racional de los factores productivos y
                         desincentivándose la producción innecesaria de desechos
                         sólidos, el uso ineficiente de energía, del recurso hídrico, así
                         como el desperdicio de materias primas o materiales que
                         pueden reciclarse.

                         l) Adoptar regulaciones que permitan la obtención de metas
                         encaminadas a mejorar el medio ambiente, propiciando una
                         amplia gama de opciones posibles para su cumplimiento,
                         apoyados por incentivos económicos que estimulen la
                         generación de acciones minimizantes de los efectos
                         negativos al medio ambiente.
                                                                                     39
Incentivos y desincentivos ambientales

                                 Art. 32.- El Ministerio, conjuntamente con el Ministerio de
                                 Economía y el de Hacienda, previa consulta con el Consejo
                                 Nacional de Desarrollo Sostenible, elaborará programas de
                                 incentivos y desincentivos ambientales para facilitar la
                                 reconversión de procesos y actividades contaminantes, o que
                                 hagan uso excesivo o ineficiente de los recursos naturales.

                                 Estos programas se incluirán, además, en las leyes que
                                 contengan beneficios fiscales para quienes realicen procesos,
                                 actividades, proyectos o productos ambientalmente sanos o
                                 apoyen la conservación de los recursos naturales.

                                 El Banco Multisectorial de Inversiones establecerá líneas
                                 de crédito para que el sistema financiero apoye a la pequeña,
                                 mediana y microempresa, a fin de que puedan
                                 oportunamente adaptarse a las disposiciones de la
                                 presente ley.
 Protección a la Biodiversidad   Apoyo a las actividades productivas ambientalmente sanas

                                 Art. 33.- El Ministerio estimulará a los empresarios a
                                 incorporar en su actividad productiva, procesos y
                                 tecnologías ambientalmente adecuadas, utilizando los
                                 programas de incentivos y desincentivos, y promoviendo la
                                 cooperación nacional e internacional financiera y técnica.

                                 Apoyo a la captación de recursos para la gestión ambiental

                                 Art. 35.- El Ministerio apoyará a los Gobiernos Municipales,
                                 a los sectores gubernamentales y sector no gubernamental
                                 en la gestión de recursos, a través de la cooperación técnica y
                                 financiera nacional e internacional, para ser destinados a
                                 actividades y proyectos de conservación, recuperación y
                                 producción ambientalmente sana.

                                 Premio Nacional del Medio Ambiente

                                 Art. 37.- Créase el Premio Nacional del Medio Ambiente,
                                 que será otorgado anualmente por el Presidente de la
                                 República a las personas, empresas, proyectos o
                                 instituciones, que durante el año se hayan destacado en
                                 actividades de protección del medio ambiente o en la
                                 ejecución de procesos ambientalmente sanos en el país.


40
El Centro Internacional    7.2 Ecoeficiencia
de Formación sobre         El término de ecoeficiencia significa eficiencia económica
Procesos Menos             mediante una eficiencia ecológica. Para poder lograr este
Contaminantes (ICPIC)      imperativo se requiere una producción industrial
define producción más       más limpia, minimizando los desechos para reducir
limpia como:               la contaminación.
 “la continua aplicación
de una estrategia          La vía por la cual se deben reducir los residuos radica en el
                           proceso de producción. La producción dentro de la empresa
ambiental preventiva
                           necesita un cambio estructural que permita prevenir la
integrada a los procesos   formación de contaminantes en vez de buscar la mejor
y productos para reducir   forma de eliminarlos cuando finaliza el proceso industrial.
los riesgos a los seres
humanos y al medio         El proceso de prevención de desechos es incluso más
ambiente”                  rentable que el de eliminación de los mismos para la
                           empresa, ya que se reducen las pérdidas en las operaciones,
                           incrementando la eficiencia de las mismas y mejorando así
                           la calidad del producto.

                           La introducción de un programa de producción limpia
                           requiere la participación de los altos mandos de la empresa
                           para poder asegurarse el éxito en su implementación.

                           El Centro Internacional de Formación sobre Procesos
                           Menos Contaminantes (ICPIC) define producción más
                           limpia como: “la continua aplicación de una estrategia
                           ambiental preventiva integrada a los procesos y productos
                           para reducir los riesgos a los seres humanos y al
                           medio ambiente.”

                           Los beneficios directos de aplicar producción más limpia
                           son:

                           • Ahorro en los costos al reducir desperdicios de materia
                           prima y energía

Ecoeficiencia               • Mejoramiento de la eficiencia operativa de la planta

                           • Mejora en la calidad y regularidad del producto, ya que
                           permite prever mejor las operaciones de la planta

                           • Recuperación y reutilización de materiales de desecho




                                                                                       41
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La empresa amigable con el medio ambiente1

  • 1.
  • 2.
  • 3. Índice ¿Qué es FUNDEMAS? Agradecimientos Introducción I. Gestión Ambiental 1.1 Gestión pública ambiental 1.2 Gestión ambiental empresarial II. Política Ambiental 2.1 Política Nacional de medio ambiente 2.2 Política ambiental empresarial III. Auditorías Ambientales 3.1 Marco legal 3.2 Procedimiento de una auditoría verde 3.3 Normativas aplicadas para medir la calidad IV. Reducción de Desechos, emisiones y residuos industriales 4.1. La empresa en la base de la sostenibilidad ambiental V. Control Ambiental 5.1. Control ambiental dentro de la empresa VI. Legislaciones para Minimizar el Impacto Ambiental 6.1. Penalizaciones 6.2. Legislación internacional para proteger los efectos del cambio climático 6.3. Aspectos legales para proteger la capa de ozono 1
  • 4. Índice 6.4. Aspectos legales para proteger el suelo de la acidificación 6.5. Legislación para productos químicos y desechos peligrosos 6.6. Contaminación de agua y suelo VII. Prevención de la Contaminación en la empresa 7.1. Leyes a favor de una producción más limpia 7.2. Ecoeficiencia VIII. Seguridad para prevenir accidentes 8.1. Respaldo legal IX. Estudios de Impacto Ambiental X. Reglas claras de cara al Tratado de Libre comercio con Estados Unidos Anexos Bibliografía 2
  • 5. ¿Qué es FUNDEMAS? Un visionario grupo de empresarios salvadoreños fundó, en mayo de 2000, la Fundación Empresarial para la Acción Social (FUNDEMAS) con el propósito fundamental de contribuir al desarrollo económico y social de El Salvador promoviendo la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), una nueva forma de hacer negocios mediante la incorporación de políticas y prácticas que refuerzan los lazos con la comunidad, el medio ambiente, los accionistas y empleados de la empresa, volviéndola más competitiva de cara al mercado internacional. FUNDEMAS cuenta con más de cien miembros y forma parte de organizaciones internacionales como Business For Social Responsability y Forum Empresa. La fundación opera bajo tres ejes. El primero denominado Empresa Salvadoreña para La Responsabilidad Social (EMPRESAL) busca fomentar y apoyar las prácticas de RSE mediante el desarrollo de publicaciones, conferencias y foros didácticos que impulsen esta iniciativa. El segundo eje es el Programa para el Desarrollo de Emprendedores (EMPRETEC); este es un programa de capacitación integral dirigido principalmente a la pequeña y mediana empresa, busca fomentar los comportamientos autogeneradores de empleo y es una franquicia internacional concedida por la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD). FUNDEMAS funge también como enlace entre los emprendedores interesados y la banca formal, en este caso. El último programa es el Fondo para las Iniciativas de Desarrollo Educativo de El Salvador (FIDES) en el cual el sector privado toma el liderazgo para contribuir en iniciativas que generen progreso para el país. 3
  • 6. Agradecimientos La Fundación Empresarial para la Acción Social (FUNDEMAS) extiende un especial agradecimiento para aquellas personas y organizaciones que han contribuido al desarrollo de la presente “Guía legal del medio ambiente” de forma desinteresada y con la única meta de educar al empresariado nacional sobre cuáles son los parámetros que deben regir sus operaciones productivas diarias, de manera de convertirlas en más amigables con su entorno y generar un desarrollo sostenible en pro de El Salvador. En esta ocasión, el reconocimiento es en especial para la firma Romero Pineda & Asociados que aportó su “know how” de los aspectos referentes a la legislación ambiental nacional e internacional, así como también para la Doctora Gloria Ruth Calderón, reconocida especialista en temas de impacto ambiental, quién contribuyó en la elaboración de ejemplos prácticos, así como en el diseño de modelos empresariales responsables con el entorno contenidos en el presente documento. 4
  • 7. Guía Legal del Medio Ambiente El Salvador ha Introducción experimentado un deterioro ambiental Desde la década de los años setenta, El Salvador ha progresivo debido a la experimentado un deterioro ambiental progresivo debido a creciente actividad la creciente actividad económica, al incremento en la económica, al incremento población, así como a la innovación tecnológica. Problemas como la degradación de las zonas verdes han situado al país en la población, así como a a la cabeza de los más deforestados de Centroamérica, tal la innovación tecnológica como lo afirma recientemente el estudio “Dinámica centroamericana: desafíos para un desarrollo sostenible” publicado por la Fundación Empresarial para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) en julio del presente año. La desertificación, el calentamiento global, la destrucción en la capa de ozono y el agotamiento de los recursos naturales plantean un reto no solo para el territorio nacional sino también para el resto del mundo. Para concretar una armonía entre hombre y naturaleza, la base es la toma de conciencia y la aplicación de leyes, normas y parámetros que vuelvan a la empresa un aliado en minimizar el impacto de las actividades productivas dentro del medio ambiente. La naturaleza es utilizada por los empresarios en dos vías. La primera es para procesar la materia prima en la fabricación de bienes y la segunda como catalizadora de todos los desechos del proceso de producción. Muchas veces durante estos procesos, los empresarios no caen en la cuenta de que están agotando recursos no renovables para el planeta. Dada la actual situación ambiental, la clave para cambiar los principios económicos y armonizarlos con la sostenibilidad de los recursos no renovables se encuentra en manos del empresario, la estabilidad del entorno así como las reglas para empujar y vigilar estos esfuerzos le pertenecen al Estado. Estas decisiones forman parte de una nueva forma de hacer negocios que se ha venido reforzando poco a poco hasta que el día de hoy se asocia con la generación de “calidad de vida” por parte de la empresa, con el referente de un ambiente más íntegro y lo menos deteriorado posible tanto dentro como fuera del círculo productivo. Agua potable, aire limpio, paisaje y naturaleza son valores que actualmente se están tomando cada vez más en cuenta a la hora de planificar o ejecutar cualquier política económica 5
  • 8. o empresarial. Es preciso entonces que las empresas cuenten con técnicas que les permitan determinar los impactos derivados de sus actividades, así como los costos para minimizar o eludir los daños al entorno pero, sobretodo, es imperante que conozcan los principales ejes de las regulaciones locales con miras a comprenderlos y aprender a respetarlos. En la presente guía legal, se definen las funciones que corresponden al Estado incluyendo los decretos referentes a la protección del medio ambiente, así como también aquellas leyes y normas para el respeto de los recursos naturales y a la vez se hace un repaso sobre aquellas prácticas que pueden ser adoptadas por los empresarios para prevenir, corregir, controlar y mejorar el medio ambiente que le estamos heredando a las nuevas generaciones. Ambiente Sano 6
  • 9. I. Gestión Ambiental La gestión ambiental consiste en la forma cómo se manejan y protegen los recursos naturales al momento de estar expuestos a actividades productivas. Existe un vínculo ineludible entre la gestión ambiental pública y la empresarial. Los recursos destinados a esta área van orientados a blindar al país contra choques energéticos, proteger los recursos hídricos, así como la biodiversidad dentro del territorio. Las estadísticas revelan que para el año 2002 El Salvador era el país que contaba con menor capital hídrico en toda la región centroamericana incluyendo a Belice y Panamá. Es decir que los habitantes nacionales contaban con la más baja disponibilidad de recursos hídricos por cabeza alcanzando 2,900m3 por unidad contra 37,316 m3 en Nicaragua y 29,259 m3 en Costa Rica . Para el año 2000, de acuerdo a FUSADES, tanto El Salvador Capital Hídrico como Honduras mostraban un incremento entre el 140 % y 160% en sus niveles de contaminación de aguas, principalmente impulsado por sectores como alimentos y bebidas y el sector textil. La relevancia que toma la gestión pública para prevenir un mayor deterioro de los recursos naturales del país es determinante y se fundamenta en leyes de Estado. 1.1 Gestión ambiental pública La gestión ambiental pública se encuentra definida dentro de: La Ley de Medio Ambiente: Art.1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar las disposiciones de la Constitución de la República, que se refiere a la protección, conservación y recuperación del medio ambiente; el uso sostenible de los recursos naturales que permitan mejorar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones; así como también , normar la gestión ambiental, pública y privada y la protección ambiental como Ley del Medio Ambiente obligación básica del Estado, los municipios y los habitantes en general; y asegurar la aplicación de tratados o convenios internacionales celebrados por El Salvador en esta materia. 7
  • 10. Los principios de la Política Nacional del Medio Ambiente: Art.2 La Política Nacional del Medio Ambiente se fundamentará en los siguientes principios: c) En la gestión y protección del medio ambiente prevalecerá el principio de prevención y precaución. h) La gestión pública del medio ambiente debe de ser global y transectorial, compartida por las distintas instituciones de Estado, incluyendo los municipios y apoyada y complementada por la sociedad civil, de acuerdo a lo establecido por esta ley, sus reglamentos y demás leyes de la materia. j) En la gestión pública del medio ambiente deberá aplicarse el criterio de efectividad, el cual permite alcanzar los beneficios ambientales al menor costo posible y en el menor plazo, conciliando la necesidad de protección de medio ambiente con las de crecimiento económico. Art. 5. Todas las actividades o mandatos legales que realiza o ejecuta el Estado o las municipalidades en relación al medio ambiente con consecuencia o impacto en el mismo. Título II Gestión del medio ambiente Capítulo I Sistemas de gestión del medio ambiente Art. 6. La creación del sistema nacional de gestión del medio ambiente formado por el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales, las unidades ambientales de cada Ministerio y las instituciones autónomas y municipales y define sus funciones en relación a la temática. Capítulo II Participación de la población en la gestión ambiental Organismos Ambientales Art. 9. El Ministerio establecerá lineamientos para la utilización de mecanismos de consultas públicas con relación a la gestión ambiental. Fomentará la participación de organismos no gubernamentales ambientalistas, de organismos empresariales y del sector académico. 8
  • 11. 1.2 Gestión ambiental empresarial La gestión empresarial ambiental es la planificación adecuada dentro de una organización, que permite identificar los impactos que causará su actividad tanto en el ámbito de sus empleados como en su entorno, poniendo en marcha políticas internas para el beneficio del medio ambiente con objetivos y metas cuantificables, valores establecidos en la misión y visión; que serán ejecutados con el apoyo de manuales flexibles donde se llevará un control y una corrección de los procesos al momento de las auditorias. La gestión ambiental empresarial es el pilar fundamental para convertir a la empresa en una organización amigable con el medio ambiente y una carencia de la misma lleva a consecuencias económicas adversas para la empresa (ver esquema adjunto). La gestión ambiental permite identificar las áreas donde la empresa puede trabajar: Reciclaje El reciclaje supone la recolección de materiales para volverlos a usar. La recolección es solo el principio del proceso de reciclaje. El reciclaje representa cualquier proceso donde los materiales de desperdicio son recolectados y transformados en nuevos materiales que pueden ser utilizados o vendidos como nuevos productos o materias primas. Reciclaje Reciclar es un proceso simple que nos puede ayudar a resolver muchos de los problemas creados por la forma de operación. Se pueden salvar grandes cantidades de recursos naturales no renovables cuando en los procesos de producción se utilizan materiales reciclados. Los recursos renovables, como los árboles, también pueden ser salvados. La utilización de productos reciclados disminuye el consumo de energía. Cuando se consuman menos combustibles fósiles, se generará menos dióxido de carbono y por lo tanto habrá menos lluvia ácida y se reduce el efecto invernadero. En el aspecto financiero, podemos decir que el reciclaje puede generar más empleos. Se necesita personal para 9
  • 12. recolectar los materiales aptos para el reciclaje y para su clasificación. Un buen proceso de reciclaje es capaz de generar ingresos. Proceso del reciclaje Existen tres actividades principales en el proceso del reciclaje: 1.- Recolección. Se deben juntar cantidades considerables de materiales reciclables, separar elementos contaminantes o no reciclables y clasificar los materiales de acuerdo a su tipo específico: papel, cartón, vidrio, plásticos, trapos, residuos ferrosos. La recogida selectiva se basa en que son los propios trabajadores los que realizan la selección de los productos recuperables, colocándolos en recipientes independientes. Estos materiales pueden ser reutilizados por la industria como materias primas en mejores condiciones que si hubiese que separarlas de las bolsas de basura donde están mezcladas con materia orgánica, que las ensucian y deterioran. 2.- Manufactura. Los materiales clasificados se utilizan como nuevos productos como materias primas para algún proceso, como por ejemplo, el papel que ya fue utilizado una vez puede reutilizarse para el mismo propósito. 3.- Consumo. Los materiales de desperdicio deben ser consumidos. Los compradores deben demandar productos con el mayor porcentaje de materiales reciclados en ellos. Sin demanda, el proceso de reciclaje se detiene. Para que este proceso funcione, las tres actividades anteriores deben estar coordinadas. Sin embargo, es normal, sobre todo al principio, que se encuentre un desbalance entre ellas. Los sistemas de gestión empresarial contribuyen a establecer procesos que permiten una mejora constante de Consumo de Materiales las actividades de la empresa enmarcadas dentro de metas Reciclados específicas y elevan su competitividad. El primer paso siempre debe ser asegurarse que la empresa cumpla con las leyes nacionales, y luego busque nuevas formas de mejorar su relación con el medio ambiente. 10
  • 13. Procesos de ahorro de energía Apague las luces innecesarias, sobre todo, las de los servicios sanitarios cuando no estén en uso. Minimice la utilización del aire acondicionado, sobretodo, si está en temporada fría. Apague las computadoras al momento de ir a almorzar. Utilice otros aparatos que consumen energía como FAX, cargadores de celulares, fotocopiadoras solamente el Ahorro de Energía tiempo necesario. Joyería de Materiales Reciclados 11
  • 14. II. Política Ambiental 2.1 Política nacional del Es obligación del Estado medio ambiente respaldar a todas aquellas empresas Los principios que deben regir la política ambiental del comprometidas con sector productivo se encuentran contemplados en la iniciativas que protejan Constitución de La República, y es obligación del Estado los recursos no respaldar a todas aquellas empresas comprometidas con renovables del país iniciativas que protejan los recursos no renovables del país. Art.101. El orden económico debe de responder esencialmente a principios de justicia social, que tiendan a asegurar a todos los habitantes del país una existencia digna del ser humano. El Estado promoverá el desarrollo económico y social mediante el incremento de la producción, la productividad y la racional utilización de los recursos. Con igual finalidad, fomentará los diversos sectores de la producción y defenderá el interés de los consumidores. Art.113. Serán fomentadas y protegidas las asociaciones de tipo económico que tiendan a incrementar la riqueza nacional mediante un mejor aprovechamiento de los recursos naturales y humanos y a promover una justa distribución de los beneficios proviniendo de sus Protección de Recursos Naturales actividades. En esta clase de asociaciones, además de los particulares, podrán participar el Estado, los municipios y las entidades de utilidad pública. Art.117. Es deber del Estado proteger los recursos naturales, así como la diversidad e integridad del medio ambiente, para garantizar un desarrollo sostenible. Se declarará de interés social la protección, conservación, aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los recursos naturales en términos que establezca la Ley. Se prohíbe la introducción al territorio nacional de residuos nucleares o desechos tóxicos. La Ley de Medio Ambiente fortalece dichos mandatos: 12
  • 15. Parte I Disposiciones generales Título I del objeto de la ley El desarrollo económico Capítulo único: Principios de la política nacional y social debe de ser del medio ambiente compatible y equilibrado con el medio ambiente Art.2. La política nacional del medio ambiente se fundamentará en los siguientes principios: b) El desarrollo económico y social debe de ser compatible y equilibrado con el medio ambiente; tomando en consideración el interés social señalado en el artículo 117 de la Constitución. c) Se deberá asegurar el uso sostenible, disponibilidad y calidad en los recursos naturales, como base de un desarrollo sustentable y así mejorar la calidad de vida de la población. d) Es responsabilidad de la sociedad en general, del Estado y de toda persona natural o jurídica, reponer o compensar los recursos naturales que utiliza para asegurar su existencia, satisfacer sus necesidades básicas, de crecimiento, de desarrollo, así como enmarcar sus acciones, para atenuar o mitigar su impacto en el medio ambiente; por consiguiente, se procurará la eliminación de los patrones de producción y consumo no sostenible; sin defecto de las sanciones a que esta ley diere lugar. f) La contaminación del medio ambiente o alguno de sus elementos que impida, deteriore sus procesos esenciales, conllevará como obligación la restauración o compensación Contaminación del Medio del daño causado debiendo indemnizar al Estado o a Ambiente cualquier persona natural o jurídica afectada en su caso conforme a la presente ley. g) La formulación de la política nacional del medio ambiente deberá tomar en cuenta las capacidades institucionales del Estado y de las municipalidades, los factores demográficos, los niveles culturales de la población, el grado de contaminación o deterioro de los elementos del ambiente, y la capacidad económica y tecnológica de los sectores productivos del país. 13
  • 16. i) En los procesos productivos o de importación de productos deberá incentivarse la eficiencia ecológica, estimulando el uso racional de los factores productivos y desincentivándose la producción innecesaria de desechos sólidos, el uso ineficiente de energía, el recurso hídrico, así como el desperdicio de materias primas o materiales que pueden reciclarse. Art.3. La política nacional del Medio Ambiente es un conjunto de principios, estrategias y acciones emitidas por el Consejo de Ministros y realizado por el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales y por el Sistema de Gestión del Medio Ambiente. El Ministerio del Medio Ambiente presenta la política al Consejo de Ministros para su aprobación, la cual se actualiza por lo menos cada cinco años y debe de guiar la acción de la administración pública, central y municipal en la ejecución de planes y programas de desarrollo. El respaldo para la política nacional de medio ambiente se encuentra incluido en el Reglamento General de la Ley del Medio Ambiente: Lineamientos sobre la Consulta Pública Art. 12 Con la finalidad de desarrollar lo dispuesto por el inciso final del Art. 9 de la Ley, se establecen los siguientes lineamientos de los mecanismos de la Consulta Pública: a) Se consultará para la gestión ambiental a organizaciones no gubernamentales, asociaciones comunales, organismos empresariales y al sector académico, por cualquier medio de comunicación. b) Los consultados podrán expresar sus opiniones u observaciones por escrito, dentro de un plazo fatal de quince Protección de Recursos Naturales días hábiles, a partir de la fecha de convocatoria de la consulta; y c) Se considerará ejercido este derecho por el mero trans- curso del plazo. 14
  • 17. Obligaciones del titular con relación a la Evaluación Ambiental Art. 15. El titular de una política, plan, programa, actividad, obra o proyecto específico, público o privado, tendrá las siguientes obligaciones relacionadas con la evaluación ambiental, según sea el caso: Presentar al Ministerio, para su aprobación, cuando se trate de la administración pública, la Evaluación Ambiental Estratégica de las políticas, planes y programas. Presentar al Ministerio el Formulario Ambiental de la actividad, obra o proyecto. Presentar el Estudio de Impacto Ambiental, de conformidad a los Términos de Referencia elaborados con base a los lineamientos proporcionados por el Ministerio. Financiar la consulta pública de los Estudios de Impacto Deforestación Ambiental, de acuerdo al Art.25 literal a) de la Ley. Presentar al Ministerio la Fianza de Cumplimiento Ambiental, por un monto equivalente a los costos de las obras físicas o inversiones que se requieran para implementar el Programa de Manejo o Adecuación Ambiental, y cuando corresponda de conformidad al Art. 55 de la Ley, la fianza que garantice el establecimiento del plan institucional de prevención y contingencia; Obtener del Ministerio el Permiso Ambiental, previamente al inicio de la actividad, obra o proyecto público o privado, de acuerdo al Art. 19 de la Ley. Ejecutar el Programa de Manejo ambiental; Cumplir con las disposiciones del Ministerio en lo relativo a la realización de las Auditorías de Evaluación Ambiental. Presentar al Ministerio el Diagnóstico Ambiental y su correspondiente Programa de Adecuación Ambiental, así como el estudio de riesgo y manejo ambiental, cuando sean procedentes; y Ejecutar el Programa de Adecuación Ambiental, y cuando sea requerido, el plan de contingencias y prevención. 15
  • 18. De los objetivos de la Evaluación de Impacto Ambiental Art. 18. La Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo establecido en el Art. 18 de la Ley, tiene como objetivos: a) Identificar, cuantificar y valorar los impactos ambientales y los riesgos que determinada actividad, obra o proyecto pueda ocasionar sobre el medio ambiente y la población. b) Determinar las medidas necesarias para prevenir, atenuar, controlar y compensar los impactos negativos e incentivar los impactos positivos, seleccionando la alternativa que mejor garantice la protección del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales. c) Determinar la viabilidad ambiental de la ejecución de una actividad, obra o proyecto; y d) Generar los mecanismos necesarios para implementar el programa de manejo ambiental. Ley del Medio Ambiente y sus Del contenido de los Estudios de Impacto Ambiental Reglamentos Art. 23 El Estudio de Impacto Ambiental incluirá como mínimo: Título y autores. Resumen ejecutivo del estudio. Descripción del proyecto y sus alternativas. Consideraciones jurídicas y de normativa ambiental aplicables, relativas a la actividad, la obra o el proyecto. Descripción, caracterización y cuantificación del medio ambiente actual, de los componentes físicos, biológicos y socioeconómicos, del sitio y área de influencia; Identificación, priorización, predicción y cuantificación de los impactos ambientales. Interpretación de los resultados del análisis beneficio-costo, rentabilidad y eficiencia, considerando factores técnicos. 16
  • 19. Estarán representados económicos, sociales y ambientales (aplicable a en la consulta la o las actividades, obras o proyectos del sector público). comunidades Programa de manejo ambiental; involucradas, el o los Apéndice: mapas, métodos de evaluación utilizados, gobiernos municipales, estudios técnicos, tablas, gráficos, relatoría de las consultas en cuya jurisdicción públicas realizadas a iniciativa del titular, además del estudio territorial se ubique de riesgo, si procede. el área de impacto del proyecto De la consulta pública de los Estudios de Impacto Ambiental Art. 32. Los Estudios de Impacto Ambiental se harán del conocimiento del público, de acuerdo al siguiente procedimiento: El Ministerio proporcionará al titular el formato para la publicación acerca del Estudio de Impacto Ambiental, el cual deberá realizarse por cuenta del titular por tres días consecutivos, en cualesquiera de los medios escritos de cobertura nacional. En el caso de los Estudios de Impacto Ambiental que requieran de realizar la Consulta Pública referida en el Art. 25 literal b) de la Ley, se entregará, además de lo Oficina de Estudios de Impacto mencionado en el literal anterior, la guía de MARN procedimientos para desarrollarla. Esta consulta será organizada por el Ministerio y los costos necesarios referentes a la necesidad de local, asistencia audiovisual, material impreso y difusión local, serán todos sufragados por el titular. Estarán representados en la consulta la o las comunidades involucradas, el o los gobiernos municipales, en cuya jurisdicción territorial se ubique el área de impacto del proyecto; el titular de la actividad, la obra o el proyecto, deberá exponerlo. El Ministerio estará a cargo de organizar el proceso de la Consulta en su calidad de autoridad ambiental. El representante del Ministerio levantará un acta de la Consulta Pública, la cual contendrá los puntos principales de discusión y los acuerdos adoptados por los presentes 17
  • 20. sobre el proyecto. Dicha acta deberá ser firmada por los representantes referidos en el literal anterior; Las opiniones recibidas durante el proceso de Consulta Pública de los Estudios deberán ser ponderadas bajo criterios estrictamente técnicos, en el período de Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, establecido en la Ley; y El Ministerio mantendrá en reserva la información de los Estudios de Impacto Ambiental, referida a los antecedentes técnicos y financieros, que pudiera afectar los derechos de propiedad industrial o intelectual o intereses lícitos mercantiles involucrados. De la emisión de Permiso Ambiental Art. 34 De ser aprobado el Estudio de Impacto Ambiental, se emitirá el dictamen técnico favorable, el cual se notificará al titular, quien para obtener el Permiso Ambiental deberá rendir la Fianza de Cumplimiento Ambiental a que se refiere el Art. 29 de la Ley. De los incentivos y desincentivos ambientales Objetivos del programa Art. 54 El programa de incentivos ambientales tendrá los siguientes objetivos como mínimo: Incentivos Ambientales Promover la reconversión de actividades y procesos con- taminantes o que hagan uso excesivo o ineficiente de los recursos naturales. Estimular a los empresarios a incorporar en sus actividades productivas, procesos y servicios y tecnologías menos contaminantes, a través de la gestión de la prevención de la contaminación hacia procesos de producción más limpia, por medio de cooperaciones técnica y financiera, nacional e internacional. Promover mecanismos de financiamiento especiales para el medio ambiente, para cubrir los costos de readecuación, con recursos privados, de cooperación internacional y con fondos propios. 18
  • 21. Apoyar a los gobiernos municipales, a los sectores gubernamentales y no gubernamentales en la gestión de recursos, a través de las cooperaciones técnica y financiera, nacional e internacional, para ser destinada a actividades y proyectos de conservación, recuperación y producción más limpia; y Posibilitar la información sobre nuevos procesos de producción limpia y de nuevos mercados ecológicos. Tipos de instrumentos Art. 55 Los instrumentos para el programa de incentivos y desincentivos ambientales podrán ser de mercado, de naturaleza fiscal, crediticia, voluntarios, de servicios ambientales y otros afines a la materia. Su aplicación deberá someterse a un proceso de evaluación de los impactos económicos, sociales, jurídicos y ambientales. Premio Nacional del Medio Ambiente Art. 56 De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley, el Premio Nacional del Medio Ambiente constituye un incentivo a personas naturales, corporaciones, fundaciones, instituciones públicas o privadas, tanto nacionales como extranjeras; estas últimas con domicilio permanente en el país, que por medio de sus procesos productivos y proyectos, realicen contribuciones sobresalientes en favor de Premio Nacional del Medio la conservación del medio ambiente y del uso sostenible de Ambiente los recursos naturales. Para otorgar este premio, se nombrará un comité organizador y un jurado calificador. El primero tendrá como responsabilidad, la organización del evento, y el segundo, que es nombrado por el Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales con profesionales, con capacidad y experiencia reconocidas en materia ambiental, el cual se encargará de la evaluación de los trabajos propuestos. Los procedimientos para el otorgamiento del Premio, se establecerán en las bases de competencia, las cuales serán preparadas por el Ministerio emitiendo Decreto Ejecutivo. La información de las propuestas será confidencial y el fallo no admitirá recurso alguno. 19
  • 22. Sellos verdes y ecoetiquetas Art. 57 De acuerdo al Art. 38 de la Ley, las ecoetiquetas o sellos verdes serán considerados como incentivos para los productores. Los mismos tendrán como propósito promover procesos y actividades que prevengan la contaminación, para el usosostenible y eficiente de los recursos naturales. Programa de sellos verdes y ecoetiquetado Art. 58 El Ministerio formulará y desarrollará un programa de ecoetiquetado que tendrá como objetivos: a) Promover la disminución de la contaminación en la Motivando el Reciclaje producción y el consumo de los bienes y los servicios. b) Estimular el uso de tecnologías ambientalmente adecuadas o sanas y de producción limpia. c) Fomentar la eficiencia en la utilización de las materias primas. d) Fomentar la investigación y el análisis de los ciclos de vida de los productos, desde la utilización de las materias primas, hasta la producción, utilización y eliminación. Requisitos de acreditación y registro Art. 59 De acuerdo al Art. 38 de la Ley, el Ministerio definirá los criterios y el procedimiento para otorgar la acreditación y el registro de los organismos certificadores nacionales e internacionales de sellos verdes y ecoetiquetas, garantizando que los mismos cumplan al menos, los requisitos siguientes: Criterios de evaluación bien definidos. Cumplimiento de estándares y procesos de monitoreo. Verificación de cumplimiento de las condiciones establecidas para su emisión. 20
  • 23. El propósito de Uso adecuado de las ecoetiquetas; establecer una política ambiental dentro de la Comprobación del aprovechamiento sostenible de los empresa es vital dentro recursos naturales. de cualquier iniciativa Cumplimiento de estándares e indicadores establecidos en la de Responsabilidad normativa internacional. Social Empresarial 2.2. Política medioambiental empresarial El propósito de establecer una política ambiental dentro de la empresa es vital dentro de cualquier iniciativa de Responsabilidad Social Empresarial que se pretenda tomar. Al definir y hacer públicas las intenciones ambientales del negocio, se logra una mejor identificación de los empleados con la empresa, un compromiso común por lograr los objetivos así como un establecimiento de metas y prioridades para una realización éxitosa. Cualquier empresa que esté en operaciones o se aliste para entrar al mercado debe contar con una política encaminada a la mitigación de riesgos en el entorno, la prevención de Campaña de Arborización daños a los recursos naturales así como a la protección y calidad de vida de sus empleados. La política también debe de definir los lineamientos para promover el “mercadeo verde” de los bienes que produce y debe de superar, en la medida de lo posible, los parámetros establecidos dentro de la legislación nacional. Las acciones tomadas para llevar a cabo estos fines se deben tener por escrito y resultar como consecuencia de un diseño transparente y adaptado al país. En un primer paso, se debe de crear una Declaración de principios medioambientales: Esta declaración debe ser lo más comprensible posible para todos los mandos de la empresa y debe definir la intención del negocio en respetar el medioambiente en el diseño, 21
  • 24. producción, distribución de sus productos y servicios así como presentar el compromiso empresarial de respetar la Ley. Para su elaboración deben participar todos los involucrados con las decisiones que tome la empresa: desde organizaciones civiles, consumidores hasta representantes de los empleados. Este último paso es vital para darle aún más credibilidad y transparencia a cualquier iniciativa que pretenda tomar la empresa. Un segundo paso dentro de la política radica en Motivar a los empleados: El empresario debe generar incentivos, premios y reconocimientos para los trabajadores que propongan soluciones a las prácticas que generen desechos o contaminantes. Muchas veces los costos de los incentivos o premios son menores que los resultados obtenidos por estas iniciativas tomadas por los mismos empleados. Manejo de Residuos Tóxicos 22
  • 25. III. Auditorías Ambientales 3.1 Base legal La auditoría ambiental puede definirse como el proceso mediante el cual la empresa contabiliza, mide y evalúa todos los recursos que posee y que utiliza en función del impacto que generan sobre los recursos naturales, el entorno y sus empleados. En el país, existe una base legal sobre la cual reposan los principios fundamentales de este tipo de evaluaciones y se encuentra incluido en la Ley de Medio Ambiente. Título III Instrumentos de la política de medio ambiente Capítulo IV Sistema de evaluación ambiental Art. 16. El proceso de evaluación ambiental tiene siguientes instrumentos: Literal f) Auditorías ambientales; auditorías de evaluación ambiental. Tratamiento de Plásticos Art. 27. Para asegurar el cumplimiento de las condiciones fijadas en el permiso ambiental , por el titular de obras o proyectos, el Ministerio realizará auditorías de evaluación ambiental de acuerdo a los siguientes requisitos: a) Las auditorías se realizarán periódicamente de manera aleatoria en la forma que establezca el reglamento de la presente ley. b) El Ministerio buscará en dichas auditorias establecer las obligaciones que deberá cumplir el titular o propietario de la obra o proyecto en relación al permiso ambiental. c) La auditoría de evaluación ambiental consistirá en la base para los programas de autorregulación para las actividades, obras o proyectos, que se acojan a dicho programa. Las auditorías ambientales están íntimamente relacionadas con los estándares de calidad dentro y fuera de la empresa y tienen un impacto directo también al medir las condiciones laborales bajo las cuales se desempeñan los empleados así como su impacto en la comunidad en la cual opera la empresa. 23
  • 26. Para tal efecto, el país cuenta con normas y reglamentos específicos: Norma Salvadoreña NSO 13.01.01:00: Calidad del aire, inmisiones y emisiones atmosféricas. Esta norma establece el límite permisible por metro cúbico de emisiones de contaminantes en la atmósfera generados por fuentes fijas o móviles, así como los límites en calidad del aire en el ambiente. En el caso de fuentes fijas de contaminación, la norma regula toda aquella infraestructura presente ya sea en operaciones o cesante dentro del territorio nacional. Las fuentes móviles representan todo aquel vehículo o unidad móvil que opere con diesel, gasolina, alcohol, gasohol u otras substancias que desprendan emisiones, gases, humos Contaminación y partículas. Norma Salvadoreña NSR 13.07.03:02: Aguas residuales descargadas a un cuerpo receptor. Esta norma establece las características y valores físico-químicos, microbiológicos y radioactivos permisibles dentro del agua residual para preservar y proteger todo aquel cuerpo receptor. Estos niveles máximos permisibles deben ser alcanzados mediante tratamientos de aguas y excluyen la dilución para reducir los niveles de contaminantes. Dentro de la norma, se especifican los procesos para recolección de muestras y sus métodos de análisis. Norma para regular la calidad de aguas residuales de tipo especial descargadas al alcantarillado sanitario. ANDA. En vigencia desde enero 2005. Tratamiento de Aguas Abandonadas Esta norma se aplica en todo el país y vela por el cumplimiento de los valores permisibles que debe contener el tipo de agua resultante de cualquier uso, proceso u operación de tipo agropecuario, doméstico e industrial en el sistema de alcantarillado sanitario; de manera que no cause efectos adversos que den lugar a turbiedad, radioactividad o explosividad entre otros. 24
  • 27. Reglamento sobre la calidad de agua, el control de vertidos y las zonas de protección El reglamento establece las medidas adecuadas y oportunas para regular las actividades que lleguen a producir contaminación de aguas, a fin de armonizar el aprovechamiento racional e integral de los recursos hídricos con la protección en la calidad de los mismos. Reglamento especial en materia de sustancias, residuos y desechos peligrosos Por medio de este reglamento, el Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales establece cuáles son las substancias, residuos, desechos que son peligrosos y lo Residuos Tóxicos autoriza a realizar auditorías en el momento que lo estime necesario siempre amparado en la ley. El reglamento proporciona también las reglas técnicas para la introducción, tránsito, distribución y almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos, así como la disposición final de los mismos. 3.2 Auditorías ambientales dentro de la empresa Para llevar a cabo una auditoría ambiental dentro de la empresa, es necesario tener claros los objetivos que se persiguen a través de ella. La mayoría de empresas que realizan auditorías se orientan solamente a verificar si su organización está cumpliendo con los parámetros de la legislación actual y no profundizan en todos aquellos detalles que pueden hacer la diferencia de su empresa en cuanto a ahorro y conciencia ambiental. En forma general, el proceso básico de una auditoría ambiental está constituido por: Orientación para el Cumplimiento de Objetivos Definición de objetivos Formación del equipo auditor: puede ser interno, externo o mixto combinando tanto al personal externo como al empleado de planta. 25
  • 28. Definición de los parámetros por seguir: los puntos por evaluar dependerán del área de la empresa donde se quiera centrar la auditoria. Evaluación, seguimiento y mejora en los resultados obtenidos por los auditores. La auditoría ambiental conlleva a la realización de un análisis a fondo de todos los insumos de una empresa y permite conocer cuáles son las consecuencias ambientales desde los procesos de producción de un bien hasta su consumo por el usuario final; de esta manera, se identifican los factores que se pueden mejorar y, a la vez, la empresa puede cuantificar en términos económicos sus impactos ambientales. Existen dos tipos de auditorías ambientales: la real y la ideal. La auditoría real consiste en la verificación de las instalaciones de una empresa de cara al cumplimiento de la legislación vigente, mientras que la auditoría ideal consiste en el monitoreo del sistema de gestión ambiental donde se observa de qué manera la empresa está cumpliendo con sus objetivos medioambientales. Ambos modelos se realizan por dos canales: un equipo auditor y un laboratorio. El equipo auditor debe contar con personal calificado en materia de: legislación ambiental, recursos hídricos, vertidos, residuos, monitoreo, medición de riesgos y contaminantes. Debido a la amplia gama de Laboratorios dentro de la Empresa funciones por evaluar, la empresa debe contar al menos con tres auditores para que se cubran la mayor cantidad de áreas. La utilización de un laboratorio es vital también para la veracidad de la auditoría, ya que es dentro del mismo que se efectúan todas las operaciones de verificación. Una auditoría que no se respalde en la toma de muestras de los diferentes insumos involucrados en la cadena de producción y distribución del producto pierde validez, ya que no puede medir el impacto de las operaciones de la empresa en 26
  • 29. función de los parámetros establecidos por la ley. Las auditorías pueden realizarse como parte de un programa ambiental dentro de la empresa, como por ejemplo, un sistema de producción limpia o una certificación, lo que resulta en la incorporación de los resultados obtenidos dentro del diseño de las soluciones. La empresa debe trabajar en conjunto con sus proveedores para insertarlos también con la política de la empresa en esta materia. Procesos de Esterilización 27
  • 30. IV. Reducción de desechos, emisiones y residuos industriales 4.1 La empresa en la base de la sos- tenibilidad ambiental Los residuos pueden Métodos de producción que generen menos residuos y prevenirse y reducirse menos emisiones constituyen la base para un desarrollo mediante un examen de industrial sostenible, la adopción de nuevas tecnologías con ahorros en los costos de fabricación y reducción de los procesos productivos contaminantes es determinante para minimizar el impacto y mejorando el uso de de la actividad económica en los recursos naturales. las instalaciones de la empresa, también Se definen como emisiones a aquellas liberaciones o existen auditorías descargas a la atmósfera de partículas, gases o formas de aplicadas para este fin energía provenientes de una fuente fija o móvil. Los residuos son aquellas descargas de la empresa que no son productos y pueden ser gaseosos, líquidos o sólidos. Estos últimos se vuelven peligrosos cuando sus propiedades físicas y químicas todavía se encuentran activas y no tienen un tratamiento de eliminación adecuado. Estos residuos también tienen la capacidad de ser reutilizados bajo nuevos esquemas de producción y para propósitos afines o diferentes. Los residuos pueden prevenirse y reducirse mediante un examen de los procesos productivos y mejorando el uso de las instalaciones de la empresa, también existen auditorías aplicadas para este fin. Los empleados son los principales artífices en cuanto a la reducción de desechos; una forma viable, para el empresario, de explicarles su significado está en enfatizar la idea de que todo aquello que no se pudo usar o vender y que por lo cual se debe pagar un precio para su eliminación es un desecho. De esta manera, se contribuye a fomentar la Emisión de Gases por Empresas idea de minimizar los desperdicios. Los empresarios pueden incentivar a sus trabajadores a minimizar los desechos mediante la reutilización de bienes y materiales así como su reciclaje. 28
  • 31. V. Control Ambiental De 1988 -2000, El Salvador duplicó sus emisiones de bióxido de carbono (CO2), uno de los principales gases causantes del efecto de invernadero, que contribuye al calentamiento global, generando 1.1 toneladas de CO2 per capita. 5.1 Controles ambientales dentro de la empresa La empresa ideal es aquella que ha realizado un estudio de impacto ambiental, ha tomado las medidas pertinentes para minimizar los efectos de la operación, mantiene sus instalaciones en óptimas condiciones y cumple con la legislación ambiental. El control ambiental es un paso más allá de los aspectos legales para una empresa comprometida con el medio ambiente. Este proceso, no solo revela cual es el estado medioambiental de la empresa sino también cómo impacta cada proceso en la producción del bien final. Reclamos Medioambientales Los controles ambientales son indicadores específicos para cada industria y sirven como parámetros de medición de la actividad de la misma. Por ejemplo, una empresa puede medir el número de partículas dentro de una chimenea para controlar si se encuentran dentro de los estándares establecidos y verificar también cómo está funcionando su equipo. Los controles ambientales también pueden realizarse de manera continua por medio de monitores o sensores automáticos, tal es el caso de los monitoreos de las condiciones atmosféricas. Para la realización de los controles, es necesario elaborar un plan de control que contenga el conjunto de operaciones de verificación y mantenimiento que realiza la industria por espacio de un año, detallando cuáles son los proceso por seguir y las operaciones más relevantes. 29
  • 32. VI. Legislaciones para minimizar los daños ambientales Paralelamente al 6.1 Penalizaciones crecimiento de la Paralelamente al crecimiento de la población, también población, también crece el desafío de conciliar la bonanza económica con el crece el desafío de tratamiento más responsable del medio ambiente. Las conciliar la bonanza empresas, muchas veces, se enfocan en el provecho económica con el financiero más que en la responsabilidad ambiental; sin tratamiento más embargo, la legislación actual establece sanciones contra los responsable del que sobreexplotan los recursos de los que dispone el país. medio ambiente Estas medidas punitivas se encuentran contempladas en el Código Procesal Penal. Libro II. Parte especial. De los delitos y sus penas Título X. Delitos relativos a ordenación de territorio, la protección de recursos naturales y medio ambiente Capítulo II. De los delitos relativos a la naturaleza y al medio ambiente Art 255.- Contaminación ambiental (*) El que provocare o realizare, directa o indirectamente, emisiones, radiaciones, vertidos de cualquier naturaleza en el suelo, atmósfera, aguas terrestres superficiales, subterráneas o marítimas en contravención a las leyes y reglamentos respectivos y que pusiere en peligro grave la salud o calidad de vida de las personas o el equilibrio de los sistemas ecológicos o del medio ambiente será sancionado con prisión de cuatro a ocho años. (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998. Art.256.- Contaminación ambiental agravada (*) En los casos del artículo anterior, la pena será de seis a diez años de prisión si el hecho se atribuyere a persona jurídica, pública o privada, que funcionare sin el correspondiente permiso ambiental o clandestinamente o haya desobedecido las disposiciones expresas de la autoridad ambiental para que corrigiere o suspendiere sus operaciones; hubiere aportado información falsa para obtener el permiso ambiental correspondiente o hubiere impedido u obstaculizado la inspección por la autoridad del medio ambiente. (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998. 30
  • 33. Art. 257- Contaminación ambiental culposa (*) En los casos a que se refieren los artículos anteriores, si el agente actuare con culpa, será sancionado con prisión de uno a tres años. (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998. Art. 258.- Depredación de bosques (*) El que destruyere, quemare, talare o dañare, en todo o en parte, bosques u otras formaciones vegetales naturales o cultivadas que estuvieren legalmente protegidas será sancionado con prisión de tres a seis años. Se exceptúan de cualquier pena los agricultores que realicen labores agrícolas Delitos Penados por la Ley estrictamente culturales. (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998. Art. 259.- Depredación de flora protegida (*) El que cortare, talare, quemare, arrancare, recolectare, comerciare o efectuare tráfico ilegal de alguna especie o subespecie de la flora protegida o destruyere o alterare gravemente su medio natural, será sancionado con prisión de uno a tres años. En la misma pena incurrirá quien en espacio natural protegido dañare gravemente alguno de los elementos que hubieren servido para calificarlo como tal. (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998. Art. 260.- Depredación de fauna (*) El que empleare para la caza o la pesca veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes susceptibles de generar una eficacia destructiva semejante será sancionado con prisión de uno a tres años. (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998. Art. 261.- Depredación de fauna protegida (*) El que cazare o pescare especies amenazadas, realizare actividades que impidieren o dificultaren su reproducción o Deforestación contraviniendo las leyes o reglamentos protectores de las especies de fauna silvestre, comerciare con las mismas o con sus restos, será sancionado con prisión de tres a cinco años. La sanción se aumentará en un tercio del máximo de lo señalado en el inciso anterior, si se tratare de especies 31
  • 34. catalogadas en peligro de extinción. Los funcionarios o (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L. empleados públicos No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998. serán sancionados con prisión de uno a tres Art. 262.- Responsabilidad de funcionarios y años e inhabilitacion del empleados públicos (*) cargo o empleo por el Los funcionarios o empleados públicos que, estando mismo tiempo de no obligados en el ejercicio de sus funciones, a informar sobre la comisión de delitos relativos a la protección de los cumplir con el ejercicio recursos naturales, el medio ambiente la flora y la fauna, de sus funciones omitiendo hacerlo o informaren ocultando los mismos, serán sancionados con prisión de uno a tres años e inhabilitación del cargo o empleo por el mismo tiempo. La misma sanción se impondrá al funcionario o empleado público que en el ejercicio de sus funciones conceda permisos, autorizaciones, licencias o concesiones, para la ejecución de obras o proyectos que no hayan obtenido de conformidad a la Ley del Medio Ambiente el correspondiente permiso ambiental. (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998. Art. 262-A.- Quema de rastrojos (*) El que intencionalmente quemare rastrojos o cultivos de cualquier naturaleza será sancionado con multa entre diez o doscientos días multa; equivaliendo cada día multa, al salario mínimo diario, según la capacidad económica del infractor. Se exceptúan de cualquier pena los agricultores que realicen labores agrícolas estrictamente culturales. Art. 262-B.- Comercio y transporte de sustancias peligrosas (*) El que comercializare, transportare o introdujere al país sustancias o materiales calificados como peligrosos en los tratados internacionales o en la Ley del Medio Ambiente, con infracción de las reglas de seguridad establecidas, incurrirá en pena de prisión de seis a diez años. (*) Los presentes artículos 262-A y 262-B han sido adicionados mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998. Bodegas de Sustancias Peligrosas Art. 263.- Excusa absolutoria y medidas accesorias En los casos previstos en este capítulo, cuando así procediere, si el autor voluntaria y oportunamente reparare 32
  • 35. el daño ocasionado, no incurrirá en pena alguna. El juez o tribunal, motivadamente, ordenará que a cargo del autor del hecho, se adoptaren las medidas encaminadas a restaurar, en lo posible el equilibrio ecológico perturbado, así como adoptar cualquiera de las medidas accesorias, necesarias para la protección de los bienes tutelados en este capítulo. Artículo 263-A.- Condiciones objetivas de procesabilidad (*) La acción proveniente de cada uno de los delitos comprendidos en el presente capítulo, solamente podrá promoverse después de que la autoridad administrativa competente haya concluido los procedimientos correspondientes de conformidad con la Ley del Medio Ambiente. (*) El presente artículo 263-A ha sido adicionado mediante D.L. No. 703, D.O. No. 183, Tomo No. 345, del 4 de octubre de 1999. Fuerza de la Ley (*) El presente artículo 263-A ha sido derogado mediante D.L. No. 373, D.O. No. 157, Tomo No. 364, del 26 de agosto de 2004, Esta reforma entrará en vigencia un año después de su publicación en el Diario Oficial. 6.2 Legislación internacional para minimizar los efectos del cambio climático Protocolo de Kyoto Tiene como objeto fundamental que los países industrializados reduzcan sus emisiones en un 8% por debajo de los volúmenes de 1990, ya que los países en vías de desarrollo no poseen ninguna restricción, y así poder disminuir el efecto de invernadero o calentamiento global de la tierra. Convención marco de las Naciones Unidas sobre cambio climático Su objetivo es lograr una estabilización de los gases causantes del efecto de invernadero a un nivel que impida 33
  • 36. interferencias en el sistema climático. Esta convención fue ratificada en el seno de la ONU en julio de 1995. Convenio regional sobre cambios climáticos Su objetivo es proteger el sistema climático en beneficio de las generaciones futuras, sobre la base de la equidad y de conformidad con las responsabilidades y capacidades de cada país; a manera de asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo de los Estados no se deteriore. 6.3 Aspectos legales para proteger la capa de ozono El agotamiento de la capa de ozono ha tomado relevancia durante los últimos años en especial por los efectos adversos que genera sobre la salud y la agricultura. La capa de ozono actúa como un filtro protector de los rayos ultravioleta. Convención de Viena para la protección de la capa de ozono Protegiendo la Capa de Ozono Establece medidas para salvaguardar la capa de ozono y propiciar la creación de protocolos internos en cada país para su preservación. Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono Este protocolo impone límites para los países firmantes a la producción y el consumo de las sustancias agotadoras de la capa de ozono, conocidas como CFC y Halones nocivos. Reglamento especial sobre el control de sustancias agotado- ras de la Capa de Ozono Art. 1. El presente reglamento tiene como objetivo regular en el país la importación y el consumo de las sustancias agotadoras de la capa de ozono, para contribuir a la protección de la capa de ozono estratosférica y al cumplimiento de las obligaciones que emanan de 34
  • 37. instrumentos internacionales que El Salvador ha ratificado en esta materia. Sello verde “Amigo del ozono” Art.12. El Ministerio establecerá lineamientos para la acreditación del sello verde “Amigo del Ozono” a las personas naturales o jurídicas que utilicen tecnologías, equipos y sustancias alternativas de CO2 y que así se lo solicitaren. Ley de Medio Ambiente Título III De la política del medio ambiente Capítulo IV Incentivos ambientales . Sellos verdes o etiquetado. Art.38. El reglamento de la presente Ley contendrá las normas y procedimientos para regular la acreditación y registro de los organismos que certifiquen los procesos y productos ambientalmente sanos, o provenientes del aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Las organizaciones u organismos registrados emitirán el Procesos Ambientales Limpios sello verde o ecoetiquetado a productos o procesos ambientalmente sanos, previa certificación del Ministerio. 6.4 Aspecto legal para preservar los suelos de la acidificación La acidificación se refiere al incremento gradual de las condiciones ácidas de los suelos, bosques y lagos. En las zonas urbanas, este incremento se traduce en corrosión de las estructuras metálicas y erosión de la infraestructura, la principal fuente de este fenómeno es la quema de combustible fósil, la fundición de minerales y diversos procesos industriales. La legislación que regula este tipo de impacto ambiental se denomina: Convenio Constitutivo de la Comisión Centroamericana del 35
  • 38. Ambiente y del Desarrollo firmado en San José el 12 de diciembre de 1989 y ratificado el 6 de junio de 1990. 6.5 Legislación para productos químicos tóxicos y desechos peligrosos Los productos derivados de una síntesis química poseen propiedades tóxicas en diferentes grados. Los riesgos para la salud dependen principalmente de la exposición que se tenga a los mismos. El término de desechos tóxicos se aplica generalmente a aquellos materiales de desperdicio que contienen componentes metálicos, disolventes orgánicos halogenados, ácidos, asbestos entre otros. Convención de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes Su objetivo es proteger la salud humana y el medio ambi- Tóxicos ente frente a contaminantes de este tipo. El convenio fue firmado en Estocolmo en julio de 2001. Convención de Basilea sobre control de movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos La meta es reducir, en la medida de lo posible, la generación de desechos tóxicos y someter los volúmenes existentes a una gestión que impida que provoquen daños al medio ambiente. Acuerdo regional sobre movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos El objetivo primordial es regular y vigilar la importación de desechos tóxicos a través del área centroamericana. Fue firmado en Panamá en 1992 y ratificado en 1997. 36
  • 39. Reglamento especial en materia de sustancias, residuos y desechos peligrosos Decreto legislativo Nº 41, 31 de mayo de 2000 Objeto: Reglamentar la ley del medio ambiente en lo que se refiere a las actividades relacionadas con sustancias residuos y desechos peligrosos. Art.4. Refiere a promover la participación social en el control de desechos peligrosos y fomentar en el sector productivo el uso de tecnologías u otras alternativas que reduzcan la generación de los mismos de acuerdo al art. 4 del Convenio de Basilea. Comunidad con De la generación de residuos peligrosos Residuos Tóxicos Art.17. Refiere sobre la responsabilidad del cumplimiento de la Ley, el Reglamento y Reglas técnicas y obliga a determinar su peligrosidad y a registrarse en el Consejo y mantener actualizado su registro. De la calidad ambiental Art. 21. Los generadores de residuos peligrosos deben de fomentar su minimización en el sector productivo, uso de tecnologías que reduzcan la generación de residuos peligrosos y desarrollar actividades y procedimientos hacia una gestión sostenible. Obligaciones del generador Art.22. El generador de residuos peligrosos deberá: a) Manejar adecuadamente los residuos peligrosos no compatibles entre sí. b) Envasarlos en recipientes que reúnan las condiciones de seguridad, identificando su estado físico y características de peligrosidad e incompatibilidad. c) Dar el tratamiento que le corresponda d) Mantener y almacenar los residuos peligrosos en condiciones de seguridad y áreas que reúnan los requisitos previstos al respecto. 37
  • 40. 6.6 Contaminación de agua y suelo Los contaminantes de aguas y suelos como desechos orgánicos pueden ser fácilmente degradados pero también llegan a alterar los ecosistemas si son depositados en grandes concentraciones. Otros contaminantes como metales pesados y compuestos orgánicos persistentes no se degradan y permanecen acumulados cerca de las fuentes de descarga. Reglamento especial de normas técnicas de calidad ambien- tal Art. 1. Determinar los lineamientos o directrices para el establecimiento de las normas técnicas de calidad ambiental en los medios receptores y los mecanismos de aplicación de dichas normas, relativas a la protección de la atmósfera, el agua, el suelo y la biodiversidad. Convenio sobre la protección de flora y fauna y de la bellezas escénicas naturales de los países de América La meta es proteger y conservar, en su medio ambiente natural, ejemplares de toda especie de flora y fauna incluyendo las aves migratorias, protección y conservación del paisaje, formaciones geológicas, estructuras arqueológicas de interés estético, histórico y científico. Conservación del Ecosistema Convenio para la conservación de la biodiversidad y protección de áreas silvestres prioritarias en América Central Firmado en junio de 1994 en Managua, Nicaragua, pretende conservar al máximo la diversidad biológica terrestre y marina de la región para beneficio de las actuales y futuras generaciones. Convenio para el manejo y conservación de los ecosistemas naturales, forestales y el desarrollo de las plantaciones forestales. Firmado en Guatemala y ratificado en junio de 1995, el convenio pretende incentivar a los que protegen los bosques de la región centroamericana. 38
  • 41. VII. Prevención de la contaminación en la empresa El objetivo primordial de una política de prevención de la contaminación en la empresa es llegar a la producción limpia. Es mejor tratar de evitar la contaminación que intentar remediar los efectos que causa. La reducción de la contaminación en la empresa incluye modificaciones en los equipos o tecnologías, cambios en los procesos productivos, rediseño de productos, sustitución de materias primas, mejoras en el mantenimiento de las instalaciones, entrenamiento de personal y mayores controles del inventario. 7.1 Leyes a favor de una producción más limpia Ley de Medio Ambiente: Art. 2. La Política nacional del medio ambiente, se fundamentará en los siguientes principios: d) Es responsabilidad de la sociedad en general, del Estado y de toda persona natural y jurídica, reponer o compensar los recursos naturales que utiliza para asegurar su existencia, satisfacer sus necesidades básicas, de crecimiento y desarrollo, así como enmarcar sus acciones, para atenuar o mitigar su impacto en el medio ambiente; por consiguiente, Ley de Medio Ambiente se procurará la eliminación de los patrones de producción y consumo no sostenible; sin defecto de las sanciones a que esta ley diere lugar. i) En los procesos productivos o de importación de productos deberá incentivarse la eficiencia ecológica, estimulando el uso racional de los factores productivos y desincentivándose la producción innecesaria de desechos sólidos, el uso ineficiente de energía, del recurso hídrico, así como el desperdicio de materias primas o materiales que pueden reciclarse. l) Adoptar regulaciones que permitan la obtención de metas encaminadas a mejorar el medio ambiente, propiciando una amplia gama de opciones posibles para su cumplimiento, apoyados por incentivos económicos que estimulen la generación de acciones minimizantes de los efectos negativos al medio ambiente. 39
  • 42. Incentivos y desincentivos ambientales Art. 32.- El Ministerio, conjuntamente con el Ministerio de Economía y el de Hacienda, previa consulta con el Consejo Nacional de Desarrollo Sostenible, elaborará programas de incentivos y desincentivos ambientales para facilitar la reconversión de procesos y actividades contaminantes, o que hagan uso excesivo o ineficiente de los recursos naturales. Estos programas se incluirán, además, en las leyes que contengan beneficios fiscales para quienes realicen procesos, actividades, proyectos o productos ambientalmente sanos o apoyen la conservación de los recursos naturales. El Banco Multisectorial de Inversiones establecerá líneas de crédito para que el sistema financiero apoye a la pequeña, mediana y microempresa, a fin de que puedan oportunamente adaptarse a las disposiciones de la presente ley. Protección a la Biodiversidad Apoyo a las actividades productivas ambientalmente sanas Art. 33.- El Ministerio estimulará a los empresarios a incorporar en su actividad productiva, procesos y tecnologías ambientalmente adecuadas, utilizando los programas de incentivos y desincentivos, y promoviendo la cooperación nacional e internacional financiera y técnica. Apoyo a la captación de recursos para la gestión ambiental Art. 35.- El Ministerio apoyará a los Gobiernos Municipales, a los sectores gubernamentales y sector no gubernamental en la gestión de recursos, a través de la cooperación técnica y financiera nacional e internacional, para ser destinados a actividades y proyectos de conservación, recuperación y producción ambientalmente sana. Premio Nacional del Medio Ambiente Art. 37.- Créase el Premio Nacional del Medio Ambiente, que será otorgado anualmente por el Presidente de la República a las personas, empresas, proyectos o instituciones, que durante el año se hayan destacado en actividades de protección del medio ambiente o en la ejecución de procesos ambientalmente sanos en el país. 40
  • 43. El Centro Internacional 7.2 Ecoeficiencia de Formación sobre El término de ecoeficiencia significa eficiencia económica Procesos Menos mediante una eficiencia ecológica. Para poder lograr este Contaminantes (ICPIC) imperativo se requiere una producción industrial define producción más más limpia, minimizando los desechos para reducir limpia como: la contaminación. “la continua aplicación de una estrategia La vía por la cual se deben reducir los residuos radica en el proceso de producción. La producción dentro de la empresa ambiental preventiva necesita un cambio estructural que permita prevenir la integrada a los procesos formación de contaminantes en vez de buscar la mejor y productos para reducir forma de eliminarlos cuando finaliza el proceso industrial. los riesgos a los seres humanos y al medio El proceso de prevención de desechos es incluso más ambiente” rentable que el de eliminación de los mismos para la empresa, ya que se reducen las pérdidas en las operaciones, incrementando la eficiencia de las mismas y mejorando así la calidad del producto. La introducción de un programa de producción limpia requiere la participación de los altos mandos de la empresa para poder asegurarse el éxito en su implementación. El Centro Internacional de Formación sobre Procesos Menos Contaminantes (ICPIC) define producción más limpia como: “la continua aplicación de una estrategia ambiental preventiva integrada a los procesos y productos para reducir los riesgos a los seres humanos y al medio ambiente.” Los beneficios directos de aplicar producción más limpia son: • Ahorro en los costos al reducir desperdicios de materia prima y energía Ecoeficiencia • Mejoramiento de la eficiencia operativa de la planta • Mejora en la calidad y regularidad del producto, ya que permite prever mejor las operaciones de la planta • Recuperación y reutilización de materiales de desecho 41