3. Índice
¿Qué es FUNDEMAS?
Agradecimientos
Introducción
I. Gestión Ambiental
1.1 Gestión pública ambiental
1.2 Gestión ambiental
empresarial
II. Política Ambiental
2.1 Política Nacional de
medio ambiente
2.2 Política ambiental
empresarial
III. Auditorías Ambientales
3.1 Marco legal
3.2 Procedimiento de
una auditoría verde
3.3 Normativas aplicadas
para medir la calidad
IV. Reducción de Desechos,
emisiones y residuos
industriales
4.1. La empresa en la base de
la sostenibilidad ambiental
V. Control Ambiental
5.1. Control ambiental dentro
de la empresa
VI. Legislaciones para
Minimizar el Impacto
Ambiental
6.1. Penalizaciones
6.2. Legislación internacional
para proteger los efectos del
cambio climático
6.3. Aspectos legales para
proteger la capa de ozono
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4. Índice
6.4. Aspectos legales para
proteger el suelo de la
acidificación
6.5. Legislación para
productos químicos y
desechos peligrosos
6.6. Contaminación de agua
y suelo
VII. Prevención de la
Contaminación en la empresa
7.1. Leyes a favor de una
producción más limpia
7.2. Ecoeficiencia
VIII. Seguridad para prevenir
accidentes
8.1. Respaldo legal
IX. Estudios de Impacto
Ambiental
X. Reglas claras de cara al
Tratado de Libre comercio
con Estados Unidos
Anexos
Bibliografía
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5. ¿Qué es FUNDEMAS?
Un visionario grupo de empresarios salvadoreños fundó,
en mayo de 2000, la Fundación Empresarial para la Acción
Social (FUNDEMAS) con el propósito fundamental de
contribuir al desarrollo económico y social de El Salvador
promoviendo la Responsabilidad Social Empresarial
(RSE), una nueva forma de hacer negocios mediante la
incorporación de políticas y prácticas que refuerzan los
lazos con la comunidad, el medio ambiente, los accionistas y
empleados de la empresa, volviéndola más competitiva de
cara al mercado internacional.
FUNDEMAS cuenta con más de cien miembros y forma
parte de organizaciones internacionales como Business
For Social Responsability y Forum Empresa. La fundación
opera bajo tres ejes.
El primero denominado Empresa Salvadoreña para
La Responsabilidad Social (EMPRESAL) busca fomentar
y apoyar las prácticas de RSE mediante el desarrollo de
publicaciones, conferencias y foros didácticos que impulsen
esta iniciativa.
El segundo eje es el Programa para el Desarrollo de
Emprendedores (EMPRETEC); este es un programa de
capacitación integral dirigido principalmente a la pequeña
y mediana empresa, busca fomentar los comportamientos
autogeneradores de empleo y es una franquicia
internacional concedida por la Conferencia de las Naciones
Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD).
FUNDEMAS funge también como enlace entre los
emprendedores interesados y la banca formal, en este caso.
El último programa es el Fondo para las Iniciativas de
Desarrollo Educativo de El Salvador (FIDES) en el cual
el sector privado toma el liderazgo para contribuir en
iniciativas que generen progreso para el país.
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6. Agradecimientos
La Fundación Empresarial para la Acción Social
(FUNDEMAS) extiende un especial agradecimiento para
aquellas personas y organizaciones que han contribuido al
desarrollo de la presente “Guía legal del medio ambiente”
de forma desinteresada y con la única meta de educar al
empresariado nacional sobre cuáles son los parámetros que
deben regir sus operaciones productivas diarias, de manera
de convertirlas en más amigables con su entorno y generar
un desarrollo sostenible en pro de El Salvador.
En esta ocasión, el reconocimiento es en especial para la
firma Romero Pineda & Asociados que aportó su “know
how” de los aspectos referentes a la legislación ambiental
nacional e internacional, así como también para la Doctora
Gloria Ruth Calderón, reconocida especialista en temas de
impacto ambiental, quién contribuyó en la elaboración
de ejemplos prácticos, así como en el diseño de modelos
empresariales responsables con el entorno contenidos en
el presente documento.
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7. Guía Legal del Medio Ambiente
El Salvador ha Introducción
experimentado un
deterioro ambiental Desde la década de los años setenta, El Salvador ha
progresivo debido a la experimentado un deterioro ambiental progresivo debido a
creciente actividad la creciente actividad económica, al incremento en la
económica, al incremento población, así como a la innovación tecnológica. Problemas
como la degradación de las zonas verdes han situado al país
en la población, así como a
a la cabeza de los más deforestados de Centroamérica, tal
la innovación tecnológica como lo afirma recientemente el estudio “Dinámica
centroamericana: desafíos para un desarrollo sostenible”
publicado por la Fundación Empresarial para el Desarrollo
Económico y Social (FUSADES) en julio del presente año.
La desertificación, el calentamiento global, la destrucción en
la capa de ozono y el agotamiento de los recursos naturales
plantean un reto no solo para el territorio nacional sino
también para el resto del mundo.
Para concretar una armonía entre hombre y naturaleza, la
base es la toma de conciencia y la aplicación de leyes,
normas y parámetros que vuelvan a la empresa un aliado en
minimizar el impacto de las actividades productivas dentro
del medio ambiente.
La naturaleza es utilizada por los empresarios en dos vías. La
primera es para procesar la materia prima en la fabricación
de bienes y la segunda como catalizadora de todos los
desechos del proceso de producción. Muchas veces durante
estos procesos, los empresarios no caen en la cuenta de que
están agotando recursos no renovables para el planeta.
Dada la actual situación ambiental, la clave para cambiar los
principios económicos y armonizarlos con la sostenibilidad
de los recursos no renovables se encuentra en manos del
empresario, la estabilidad del entorno así como las reglas
para empujar y vigilar estos esfuerzos le pertenecen al
Estado. Estas decisiones forman parte de una nueva forma
de hacer negocios que se ha venido reforzando poco a poco
hasta que el día de hoy se asocia con la generación de
“calidad de vida” por parte de la empresa, con el referente de
un ambiente más íntegro y lo menos deteriorado posible
tanto dentro como fuera del círculo productivo.
Agua potable, aire limpio, paisaje y naturaleza son valores
que actualmente se están tomando cada vez más en cuenta a
la hora de planificar o ejecutar cualquier política económica
5
8. o empresarial. Es preciso entonces que las empresas cuenten
con técnicas que les permitan determinar los impactos
derivados de sus actividades, así como los costos para
minimizar o eludir los daños al entorno pero, sobretodo,
es imperante que conozcan los principales ejes de las
regulaciones locales con miras a comprenderlos y aprender
a respetarlos.
En la presente guía legal, se definen las funciones
que corresponden al Estado incluyendo los decretos
referentes a la protección del medio ambiente, así como
también aquellas leyes y normas para el respeto de los
recursos naturales y a la vez se hace un repaso sobre
aquellas prácticas que pueden ser adoptadas por los
empresarios para prevenir, corregir, controlar y mejorar
el medio ambiente que le estamos heredando a las
nuevas generaciones.
Ambiente Sano
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9. I. Gestión Ambiental
La gestión ambiental consiste en la forma cómo se
manejan y protegen los recursos naturales al momento
de estar expuestos a actividades productivas. Existe un
vínculo ineludible entre la gestión ambiental pública y la
empresarial. Los recursos destinados a esta área van
orientados a blindar al país contra choques energéticos,
proteger los recursos hídricos, así como la biodiversidad
dentro del territorio.
Las estadísticas revelan que para el año 2002 El Salvador era
el país que contaba con menor capital hídrico en toda la
región centroamericana incluyendo a Belice y Panamá. Es
decir que los habitantes nacionales contaban con la más baja
disponibilidad de recursos hídricos por cabeza alcanzando
2,900m3 por unidad contra 37,316 m3 en Nicaragua y
29,259 m3 en Costa Rica .
Para el año 2000, de acuerdo a FUSADES, tanto El Salvador
Capital Hídrico como Honduras mostraban un incremento entre el 140 %
y 160% en sus niveles de contaminación de aguas,
principalmente impulsado por sectores como alimentos y
bebidas y el sector textil.
La relevancia que toma la gestión pública para prevenir un
mayor deterioro de los recursos naturales del país es
determinante y se fundamenta en leyes de Estado.
1.1 Gestión ambiental pública
La gestión ambiental pública se encuentra definida
dentro de:
La Ley de Medio Ambiente:
Art.1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar las
disposiciones de la Constitución de la República, que se
refiere a la protección, conservación y recuperación del
medio ambiente; el uso sostenible de los recursos naturales
que permitan mejorar la calidad de vida de las presentes y
futuras generaciones; así como también , normar la gestión
ambiental, pública y privada y la protección ambiental como
Ley del Medio Ambiente obligación básica del Estado, los municipios y los habitantes
en general; y asegurar la aplicación de tratados o convenios
internacionales celebrados por El Salvador en esta materia.
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10. Los principios de la Política Nacional del Medio Ambiente:
Art.2 La Política Nacional del Medio Ambiente se
fundamentará en los siguientes principios:
c) En la gestión y protección del medio ambiente
prevalecerá el principio de prevención y precaución.
h) La gestión pública del medio ambiente debe de ser
global y transectorial, compartida por las distintas
instituciones de Estado, incluyendo los municipios y
apoyada y complementada por la sociedad civil, de acuerdo
a lo establecido por esta ley, sus reglamentos y demás
leyes de la materia.
j) En la gestión pública del medio ambiente deberá aplicarse
el criterio de efectividad, el cual permite alcanzar los
beneficios ambientales al menor costo posible y en el
menor plazo, conciliando la necesidad de protección de
medio ambiente con las de crecimiento económico.
Art. 5. Todas las actividades o mandatos legales que realiza o
ejecuta el Estado o las municipalidades en relación al medio
ambiente con consecuencia o impacto en el mismo.
Título II Gestión del medio ambiente
Capítulo I Sistemas de gestión del medio ambiente
Art. 6. La creación del sistema nacional de gestión del medio
ambiente formado por el Ministerio del Medio Ambiente y
Recursos Naturales, las unidades ambientales de cada
Ministerio y las instituciones autónomas y municipales y
define sus funciones en relación a la temática.
Capítulo II Participación de la población en
la gestión ambiental
Organismos Ambientales
Art. 9. El Ministerio establecerá lineamientos para la
utilización de mecanismos de consultas públicas con
relación a la gestión ambiental. Fomentará la participación
de organismos no gubernamentales ambientalistas, de
organismos empresariales y del sector académico.
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11. 1.2 Gestión ambiental empresarial
La gestión empresarial ambiental es la planificación
adecuada dentro de una organización, que permite
identificar los impactos que causará su actividad tanto en
el ámbito de sus empleados como en su entorno, poniendo
en marcha políticas internas para el beneficio del medio
ambiente con objetivos y metas cuantificables, valores
establecidos en la misión y visión; que serán ejecutados
con el apoyo de manuales flexibles donde se llevará un
control y una corrección de los procesos al momento de
las auditorias.
La gestión ambiental empresarial es el pilar fundamental
para convertir a la empresa en una organización amigable
con el medio ambiente y una carencia de la misma lleva a
consecuencias económicas adversas para la empresa (ver
esquema adjunto).
La gestión ambiental permite identificar las áreas donde la
empresa puede trabajar:
Reciclaje
El reciclaje supone la recolección de materiales para
volverlos a usar. La recolección es solo el principio del
proceso de reciclaje. El reciclaje representa cualquier proceso
donde los materiales de desperdicio son recolectados y
transformados en nuevos materiales que pueden ser
utilizados o vendidos como nuevos productos o
materias primas.
Reciclaje Reciclar es un proceso simple que nos puede ayudar a
resolver muchos de los problemas creados por la forma
de operación.
Se pueden salvar grandes cantidades de recursos naturales
no renovables cuando en los procesos de producción se
utilizan materiales reciclados. Los recursos renovables, como
los árboles, también pueden ser salvados. La utilización de
productos reciclados disminuye el consumo de energía.
Cuando se consuman menos combustibles fósiles, se
generará menos dióxido de carbono y por lo tanto habrá
menos lluvia ácida y se reduce el efecto invernadero.
En el aspecto financiero, podemos decir que el reciclaje
puede generar más empleos. Se necesita personal para
9
12. recolectar los materiales aptos para el reciclaje y para su
clasificación. Un buen proceso de reciclaje es capaz de
generar ingresos.
Proceso del reciclaje
Existen tres actividades principales en el proceso
del reciclaje:
1.- Recolección. Se deben juntar cantidades considerables de
materiales reciclables, separar elementos contaminantes o
no reciclables y clasificar los materiales de acuerdo a su tipo
específico: papel, cartón, vidrio, plásticos, trapos,
residuos ferrosos.
La recogida selectiva se basa en que son los propios
trabajadores los que realizan la selección de los productos
recuperables, colocándolos en recipientes independientes.
Estos materiales pueden ser reutilizados por la industria
como materias primas en mejores condiciones que si
hubiese que separarlas de las bolsas de basura donde están
mezcladas con materia orgánica, que las ensucian
y deterioran.
2.- Manufactura. Los materiales clasificados se utilizan como
nuevos productos como materias primas para algún
proceso, como por ejemplo, el papel que ya fue utilizado una
vez puede reutilizarse para el mismo propósito.
3.- Consumo. Los materiales de desperdicio deben ser
consumidos. Los compradores deben demandar productos
con el mayor porcentaje de materiales reciclados en ellos.
Sin demanda, el proceso de reciclaje se detiene.
Para que este proceso funcione, las tres actividades
anteriores deben estar coordinadas. Sin embargo, es normal,
sobre todo al principio, que se encuentre un desbalance
entre ellas.
Los sistemas de gestión empresarial contribuyen a
establecer procesos que permiten una mejora constante de
Consumo de Materiales las actividades de la empresa enmarcadas dentro de metas
Reciclados específicas y elevan su competitividad. El primer paso
siempre debe ser asegurarse que la empresa cumpla con las
leyes nacionales, y luego busque nuevas formas de mejorar
su relación con el medio ambiente.
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13. Procesos de ahorro de energía
Apague las luces innecesarias, sobre todo, las de los servicios
sanitarios cuando no estén en uso.
Minimice la utilización del aire acondicionado, sobretodo, si
está en temporada fría.
Apague las computadoras al momento de ir a almorzar.
Utilice otros aparatos que consumen energía como FAX,
cargadores de celulares, fotocopiadoras solamente el
Ahorro de Energía tiempo necesario.
Joyería de Materiales Reciclados
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14. II. Política Ambiental
2.1 Política nacional del
Es obligación del Estado medio ambiente
respaldar a todas
aquellas empresas Los principios que deben regir la política ambiental del
comprometidas con sector productivo se encuentran contemplados en la
iniciativas que protejan Constitución de La República, y es obligación del Estado
los recursos no respaldar a todas aquellas empresas comprometidas con
renovables del país iniciativas que protejan los recursos no renovables del país.
Art.101. El orden económico debe de responder
esencialmente a principios de justicia social, que tiendan a
asegurar a todos los habitantes del país una existencia digna
del ser humano.
El Estado promoverá el desarrollo económico y social
mediante el incremento de la producción, la productividad
y la racional utilización de los recursos. Con igual finalidad,
fomentará los diversos sectores de la producción y defenderá
el interés de los consumidores.
Art.113. Serán fomentadas y protegidas las asociaciones
de tipo económico que tiendan a incrementar la riqueza
nacional mediante un mejor aprovechamiento de los
recursos naturales y humanos y a promover una
justa distribución de los beneficios proviniendo de sus
Protección de Recursos
Naturales actividades. En esta clase de asociaciones, además de los
particulares, podrán participar el Estado, los municipios
y las entidades de utilidad pública.
Art.117. Es deber del Estado proteger los recursos naturales,
así como la diversidad e integridad del medio ambiente,
para garantizar un desarrollo sostenible.
Se declarará de interés social la protección, conservación,
aprovechamiento racional, restauración o sustitución de los
recursos naturales en términos que establezca la Ley.
Se prohíbe la introducción al territorio nacional de residuos
nucleares o desechos tóxicos.
La Ley de Medio Ambiente fortalece dichos mandatos:
12
15. Parte I Disposiciones generales
Título I del objeto de la ley
El desarrollo económico Capítulo único: Principios de la política nacional
y social debe de ser del medio ambiente
compatible y equilibrado
con el medio ambiente Art.2. La política nacional del medio ambiente se
fundamentará en los siguientes principios:
b) El desarrollo económico y social debe de ser
compatible y equilibrado con el medio ambiente; tomando
en consideración el interés social señalado en el artículo 117
de la Constitución.
c) Se deberá asegurar el uso sostenible, disponibilidad
y calidad en los recursos naturales, como base de un
desarrollo sustentable y así mejorar la calidad de
vida de la población.
d) Es responsabilidad de la sociedad en general, del Estado y
de toda persona natural o jurídica, reponer o compensar los
recursos naturales que utiliza para asegurar su existencia,
satisfacer sus necesidades básicas, de crecimiento, de
desarrollo, así como enmarcar sus acciones, para atenuar o
mitigar su impacto en el medio ambiente; por consiguiente,
se procurará la eliminación de los patrones de producción y
consumo no sostenible; sin defecto de las sanciones a que
esta ley diere lugar.
f) La contaminación del medio ambiente o alguno de sus
elementos que impida, deteriore sus procesos esenciales,
conllevará como obligación la restauración o compensación
Contaminación del Medio del daño causado debiendo indemnizar al Estado o a
Ambiente cualquier persona natural o jurídica afectada en su caso
conforme a la presente ley.
g) La formulación de la política nacional del medio
ambiente deberá tomar en cuenta las capacidades
institucionales del Estado y de las municipalidades, los
factores demográficos, los niveles culturales de la población,
el grado de contaminación o deterioro de los elementos del
ambiente, y la capacidad económica y tecnológica de los
sectores productivos del país.
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16. i) En los procesos productivos o de importación de
productos deberá incentivarse la eficiencia ecológica,
estimulando el uso racional de los factores productivos y
desincentivándose la producción innecesaria de desechos
sólidos, el uso ineficiente de energía, el recurso hídrico, así
como el desperdicio de materias primas o materiales que
pueden reciclarse.
Art.3. La política nacional del Medio Ambiente es un
conjunto de principios, estrategias y acciones emitidas por el
Consejo de Ministros y realizado por el Ministerio del
Medio Ambiente y Recursos Naturales y por el Sistema de
Gestión del Medio Ambiente.
El Ministerio del Medio Ambiente presenta la política al
Consejo de Ministros para su aprobación, la cual se actualiza
por lo menos cada cinco años y debe de guiar la acción
de la administración pública, central y municipal en la
ejecución de planes y programas de desarrollo.
El respaldo para la política nacional de medio ambiente se
encuentra incluido en el Reglamento General de la Ley del
Medio Ambiente:
Lineamientos sobre la Consulta Pública
Art. 12 Con la finalidad de desarrollar lo dispuesto por el
inciso final del Art. 9 de la Ley, se establecen los siguientes
lineamientos de los mecanismos de la Consulta Pública:
a) Se consultará para la gestión ambiental a organizaciones
no gubernamentales, asociaciones comunales, organismos
empresariales y al sector académico, por cualquier medio
de comunicación.
b) Los consultados podrán expresar sus opiniones u
observaciones por escrito, dentro de un plazo fatal de quince
Protección de Recursos
Naturales
días hábiles, a partir de la fecha de convocatoria de la
consulta; y
c) Se considerará ejercido este derecho por el mero trans-
curso del plazo.
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17. Obligaciones del titular con relación a la Evaluación
Ambiental
Art. 15. El titular de una política, plan, programa, actividad,
obra o proyecto específico, público o privado, tendrá las
siguientes obligaciones relacionadas con la evaluación
ambiental, según sea el caso:
Presentar al Ministerio, para su aprobación, cuando se trate
de la administración pública, la Evaluación Ambiental
Estratégica de las políticas, planes y programas.
Presentar al Ministerio el Formulario Ambiental de la
actividad, obra o proyecto.
Presentar el Estudio de Impacto Ambiental, de conformidad
a los Términos de Referencia elaborados con base a los
lineamientos proporcionados por el Ministerio.
Financiar la consulta pública de los Estudios de Impacto
Deforestación Ambiental, de acuerdo al Art.25 literal a) de la Ley.
Presentar al Ministerio la Fianza de Cumplimiento
Ambiental, por un monto equivalente a los costos
de las obras físicas o inversiones que se requieran para
implementar el Programa de Manejo o Adecuación
Ambiental, y cuando corresponda de conformidad al Art. 55
de la Ley, la fianza que garantice el establecimiento del plan
institucional de prevención y contingencia;
Obtener del Ministerio el Permiso Ambiental, previamente
al inicio de la actividad, obra o proyecto público o privado,
de acuerdo al Art. 19 de la Ley.
Ejecutar el Programa de Manejo ambiental; Cumplir con las
disposiciones del Ministerio en lo relativo a la realización de
las Auditorías de Evaluación Ambiental.
Presentar al Ministerio el Diagnóstico Ambiental y su
correspondiente Programa de Adecuación Ambiental, así
como el estudio de riesgo y manejo ambiental, cuando
sean procedentes; y Ejecutar el Programa de Adecuación
Ambiental, y cuando sea requerido, el plan de contingencias
y prevención.
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18. De los objetivos de la Evaluación de Impacto Ambiental
Art. 18. La Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a
lo establecido en el Art. 18 de la Ley, tiene como objetivos:
a) Identificar, cuantificar y valorar los impactos ambientales
y los riesgos que determinada actividad, obra o proyecto
pueda ocasionar sobre el medio ambiente y la población.
b) Determinar las medidas necesarias para prevenir, atenuar,
controlar y compensar los impactos negativos e incentivar
los impactos positivos, seleccionando la alternativa que
mejor garantice la protección del medio ambiente y la
conservación de los recursos naturales.
c) Determinar la viabilidad ambiental de la ejecución de una
actividad, obra o proyecto; y
d) Generar los mecanismos necesarios para implementar el
programa de manejo ambiental.
Ley del Medio Ambiente y sus Del contenido de los Estudios de Impacto Ambiental
Reglamentos
Art. 23 El Estudio de Impacto Ambiental incluirá
como mínimo:
Título y autores.
Resumen ejecutivo del estudio.
Descripción del proyecto y sus alternativas.
Consideraciones jurídicas y de normativa ambiental
aplicables, relativas a la actividad, la obra o el proyecto.
Descripción, caracterización y cuantificación del medio
ambiente actual, de los componentes físicos, biológicos y
socioeconómicos, del sitio y área de influencia;
Identificación, priorización, predicción y cuantificación de
los impactos ambientales.
Interpretación de los resultados del análisis beneficio-costo,
rentabilidad y eficiencia, considerando factores técnicos.
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19. Estarán representados económicos, sociales y ambientales (aplicable a
en la consulta la o las actividades, obras o proyectos del sector público).
comunidades Programa de manejo ambiental;
involucradas, el o los Apéndice: mapas, métodos de evaluación utilizados,
gobiernos municipales, estudios técnicos, tablas, gráficos, relatoría de las consultas
en cuya jurisdicción públicas realizadas a iniciativa del titular, además del estudio
territorial se ubique de riesgo, si procede.
el área de impacto
del proyecto De la consulta pública de los Estudios de Impacto
Ambiental
Art. 32. Los Estudios de Impacto Ambiental se harán
del conocimiento del público, de acuerdo al siguiente
procedimiento:
El Ministerio proporcionará al titular el formato para la
publicación acerca del Estudio de Impacto Ambiental, el
cual deberá realizarse por cuenta del titular por tres días
consecutivos, en cualesquiera de los medios escritos de
cobertura nacional.
En el caso de los Estudios de Impacto Ambiental que
requieran de realizar la Consulta Pública referida en el
Art. 25 literal b) de la Ley, se entregará, además de lo
Oficina de Estudios de Impacto mencionado en el literal anterior, la guía de
MARN procedimientos para desarrollarla.
Esta consulta será organizada por el Ministerio y los costos
necesarios referentes a la necesidad de local, asistencia
audiovisual, material impreso y difusión local, serán todos
sufragados por el titular.
Estarán representados en la consulta la o las comunidades
involucradas, el o los gobiernos municipales, en cuya
jurisdicción territorial se ubique el área de impacto del
proyecto; el titular de la actividad, la obra o el proyecto,
deberá exponerlo. El Ministerio estará a cargo de
organizar el proceso de la Consulta en su calidad de
autoridad ambiental.
El representante del Ministerio levantará un acta de la
Consulta Pública, la cual contendrá los puntos principales
de discusión y los acuerdos adoptados por los presentes
17
20. sobre el proyecto. Dicha acta deberá ser firmada por los
representantes referidos en el literal anterior;
Las opiniones recibidas durante el proceso de Consulta
Pública de los Estudios deberán ser ponderadas bajo
criterios estrictamente técnicos, en el período de Evaluación
del Estudio de Impacto Ambiental, establecido en la Ley; y
El Ministerio mantendrá en reserva la información de los
Estudios de Impacto Ambiental, referida a los antecedentes
técnicos y financieros, que pudiera afectar los derechos
de propiedad industrial o intelectual o intereses lícitos
mercantiles involucrados.
De la emisión de Permiso Ambiental
Art. 34 De ser aprobado el Estudio de Impacto Ambiental, se
emitirá el dictamen técnico favorable, el cual se notificará al
titular, quien para obtener el Permiso Ambiental deberá
rendir la Fianza de Cumplimiento Ambiental a que se refiere
el Art. 29 de la Ley.
De los incentivos y desincentivos ambientales
Objetivos del programa
Art. 54 El programa de incentivos ambientales tendrá los
siguientes objetivos como mínimo:
Incentivos Ambientales Promover la reconversión de actividades y procesos con-
taminantes o que hagan uso excesivo o ineficiente de los
recursos naturales.
Estimular a los empresarios a incorporar en sus actividades
productivas, procesos y servicios y tecnologías menos
contaminantes, a través de la gestión de la prevención de
la contaminación hacia procesos de producción más limpia,
por medio de cooperaciones técnica y financiera, nacional
e internacional.
Promover mecanismos de financiamiento especiales para el
medio ambiente, para cubrir los costos de readecuación, con
recursos privados, de cooperación internacional y con
fondos propios.
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21. Apoyar a los gobiernos municipales, a los sectores
gubernamentales y no gubernamentales en la gestión de
recursos, a través de las cooperaciones técnica y financiera,
nacional e internacional, para ser destinada a actividades y
proyectos de conservación, recuperación y producción más
limpia; y Posibilitar la información sobre nuevos procesos
de producción limpia y de nuevos mercados ecológicos.
Tipos de instrumentos
Art. 55 Los instrumentos para el programa de incentivos y
desincentivos ambientales podrán ser de mercado, de
naturaleza fiscal, crediticia, voluntarios, de servicios
ambientales y otros afines a la materia. Su aplicación deberá
someterse a un proceso de evaluación de los impactos
económicos, sociales, jurídicos y ambientales.
Premio Nacional del Medio Ambiente
Art. 56 De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley,
el Premio Nacional del Medio Ambiente constituye un
incentivo a personas naturales, corporaciones, fundaciones,
instituciones públicas o privadas, tanto nacionales como
extranjeras; estas últimas con domicilio permanente en
el país, que por medio de sus procesos productivos y
proyectos, realicen contribuciones sobresalientes en favor de
Premio Nacional del Medio la conservación del medio ambiente y del uso sostenible de
Ambiente los recursos naturales.
Para otorgar este premio, se nombrará un comité
organizador y un jurado calificador. El primero tendrá
como responsabilidad, la organización del evento, y el
segundo, que es nombrado por el Ministro de Medio
Ambiente y Recursos Naturales con profesionales, con
capacidad y experiencia reconocidas en materia ambiental,
el cual se encargará de la evaluación de los
trabajos propuestos.
Los procedimientos para el otorgamiento del Premio, se
establecerán en las bases de competencia, las cuales serán
preparadas por el Ministerio emitiendo Decreto Ejecutivo.
La información de las propuestas será confidencial y el fallo
no admitirá recurso alguno.
19
22. Sellos verdes y ecoetiquetas
Art. 57 De acuerdo al Art. 38 de la Ley, las ecoetiquetas
o sellos verdes serán considerados como incentivos para
los productores. Los mismos tendrán como propósito
promover procesos y actividades que prevengan la
contaminación, para el usosostenible y eficiente de los
recursos naturales.
Programa de sellos verdes y ecoetiquetado
Art. 58 El Ministerio formulará y desarrollará un programa
de ecoetiquetado que tendrá como objetivos:
a) Promover la disminución de la contaminación en la
Motivando el Reciclaje producción y el consumo de los bienes y los servicios.
b) Estimular el uso de tecnologías ambientalmente
adecuadas o sanas y de producción limpia.
c) Fomentar la eficiencia en la utilización de las
materias primas.
d) Fomentar la investigación y el análisis de los ciclos de
vida de los productos, desde la utilización de las materias
primas, hasta la producción, utilización y eliminación.
Requisitos de acreditación y registro
Art. 59 De acuerdo al Art. 38 de la Ley, el Ministerio definirá
los criterios y el procedimiento para otorgar la acreditación
y el registro de los organismos certificadores nacionales e
internacionales de sellos verdes y ecoetiquetas, garantizando
que los mismos cumplan al menos, los requisitos siguientes:
Criterios de evaluación bien definidos.
Cumplimiento de estándares y procesos de monitoreo.
Verificación de cumplimiento de las condiciones
establecidas para su emisión.
20
23. El propósito de Uso adecuado de las ecoetiquetas;
establecer una política
ambiental dentro de la Comprobación del aprovechamiento sostenible de los
empresa es vital dentro recursos naturales.
de cualquier iniciativa
Cumplimiento de estándares e indicadores establecidos en la
de Responsabilidad normativa internacional.
Social Empresarial
2.2. Política medioambiental
empresarial
El propósito de establecer una política ambiental dentro
de la empresa es vital dentro de cualquier iniciativa de
Responsabilidad Social Empresarial que se pretenda tomar.
Al definir y hacer públicas las intenciones ambientales del
negocio, se logra una mejor identificación de los empleados
con la empresa, un compromiso común por lograr los
objetivos así como un establecimiento de metas y
prioridades para una realización éxitosa.
Cualquier empresa que esté en operaciones o se aliste para
entrar al mercado debe contar con una política encaminada
a la mitigación de riesgos en el entorno, la prevención de
Campaña de Arborización
daños a los recursos naturales así como a la protección y
calidad de vida de sus empleados.
La política también debe de definir los lineamientos para
promover el “mercadeo verde” de los bienes que produce y
debe de superar, en la medida de lo posible, los parámetros
establecidos dentro de la legislación nacional.
Las acciones tomadas para llevar a cabo estos fines se deben
tener por escrito y resultar como consecuencia de un diseño
transparente y adaptado al país.
En un primer paso, se debe de crear una Declaración de
principios medioambientales:
Esta declaración debe ser lo más comprensible posible para
todos los mandos de la empresa y debe definir la intención
del negocio en respetar el medioambiente en el diseño,
21
24. producción, distribución de sus productos y servicios así
como presentar el compromiso empresarial de respetar
la Ley. Para su elaboración deben participar todos los
involucrados con las decisiones que tome la empresa: desde
organizaciones civiles, consumidores hasta representantes
de los empleados.
Este último paso es vital para darle aún más credibilidad y
transparencia a cualquier iniciativa que pretenda tomar
la empresa.
Un segundo paso dentro de la política radica en Motivar a
los empleados:
El empresario debe generar incentivos, premios y
reconocimientos para los trabajadores que propongan
soluciones a las prácticas que generen desechos o
contaminantes. Muchas veces los costos de los incentivos o
premios son menores que los resultados obtenidos por estas
iniciativas tomadas por los mismos empleados.
Manejo de Residuos Tóxicos
22
25. III. Auditorías Ambientales
3.1 Base legal
La auditoría ambiental puede definirse como el proceso
mediante el cual la empresa contabiliza, mide y evalúa todos
los recursos que posee y que utiliza en función del impacto
que generan sobre los recursos naturales, el entorno y
sus empleados.
En el país, existe una base legal sobre la cual reposan los
principios fundamentales de este tipo de evaluaciones y se
encuentra incluido en la Ley de Medio Ambiente.
Título III Instrumentos de la política de medio ambiente
Capítulo IV Sistema de evaluación ambiental
Art. 16. El proceso de evaluación ambiental tiene
siguientes instrumentos:
Literal f) Auditorías ambientales; auditorías de
evaluación ambiental.
Tratamiento de Plásticos
Art. 27. Para asegurar el cumplimiento de las condiciones
fijadas en el permiso ambiental , por el titular de obras o
proyectos, el Ministerio realizará auditorías de evaluación
ambiental de acuerdo a los siguientes requisitos:
a) Las auditorías se realizarán periódicamente de manera
aleatoria en la forma que establezca el reglamento de la
presente ley.
b) El Ministerio buscará en dichas auditorias establecer las
obligaciones que deberá cumplir el titular o propietario de
la obra o proyecto en relación al permiso ambiental.
c) La auditoría de evaluación ambiental consistirá en la base
para los programas de autorregulación para las actividades,
obras o proyectos, que se acojan a dicho programa.
Las auditorías ambientales están íntimamente relacionadas
con los estándares de calidad dentro y fuera de la empresa y
tienen un impacto directo también al medir las condiciones
laborales bajo las cuales se desempeñan los empleados así
como su impacto en la comunidad en la cual opera
la empresa.
23
26. Para tal efecto, el país cuenta con normas y
reglamentos específicos:
Norma Salvadoreña NSO 13.01.01:00: Calidad del aire,
inmisiones y emisiones atmosféricas.
Esta norma establece el límite permisible por metro cúbico
de emisiones de contaminantes en la atmósfera generados
por fuentes fijas o móviles, así como los límites en calidad
del aire en el ambiente.
En el caso de fuentes fijas de contaminación, la norma
regula toda aquella infraestructura presente ya sea en
operaciones o cesante dentro del territorio nacional. Las
fuentes móviles representan todo aquel vehículo o unidad
móvil que opere con diesel, gasolina, alcohol, gasohol u
otras substancias que desprendan emisiones, gases, humos
Contaminación y partículas.
Norma Salvadoreña NSR 13.07.03:02: Aguas residuales
descargadas a un cuerpo receptor.
Esta norma establece las características y valores
físico-químicos, microbiológicos y radioactivos permisibles
dentro del agua residual para preservar y proteger todo
aquel cuerpo receptor. Estos niveles máximos permisibles
deben ser alcanzados mediante tratamientos de aguas
y excluyen la dilución para reducir los niveles
de contaminantes.
Dentro de la norma, se especifican los procesos para
recolección de muestras y sus métodos de análisis.
Norma para regular la calidad de aguas residuales de tipo
especial descargadas al alcantarillado sanitario. ANDA.
En vigencia desde enero 2005.
Tratamiento de Aguas
Abandonadas Esta norma se aplica en todo el país y vela por el
cumplimiento de los valores permisibles que debe contener
el tipo de agua resultante de cualquier uso, proceso u
operación de tipo agropecuario, doméstico e industrial en el
sistema de alcantarillado sanitario; de manera que no cause
efectos adversos que den lugar a turbiedad, radioactividad o
explosividad entre otros.
24
27. Reglamento sobre la calidad de agua, el control de vertidos y
las zonas de protección
El reglamento establece las medidas adecuadas y
oportunas para regular las actividades que lleguen a
producir contaminación de aguas, a fin de armonizar el
aprovechamiento racional e integral de los recursos hídricos
con la protección en la calidad de los mismos.
Reglamento especial en materia de sustancias, residuos y
desechos peligrosos
Por medio de este reglamento, el Ministerio del Medio
Ambiente y Recursos Naturales establece cuáles son las
substancias, residuos, desechos que son peligrosos y lo
Residuos Tóxicos
autoriza a realizar auditorías en el momento que lo estime
necesario siempre amparado en la ley.
El reglamento proporciona también las reglas técnicas para
la introducción, tránsito, distribución y almacenamiento de
sustancias y residuos peligrosos, así como la disposición
final de los mismos.
3.2 Auditorías ambientales dentro
de la empresa
Para llevar a cabo una auditoría ambiental dentro de la
empresa, es necesario tener claros los objetivos que se
persiguen a través de ella. La mayoría de empresas que
realizan auditorías se orientan solamente a verificar si su
organización está cumpliendo con los parámetros de la
legislación actual y no profundizan en todos aquellos
detalles que pueden hacer la diferencia de su empresa en
cuanto a ahorro y conciencia ambiental.
En forma general, el proceso básico de una auditoría
ambiental está constituido por:
Orientación para el
Cumplimiento de Objetivos Definición de objetivos
Formación del equipo auditor: puede ser interno, externo o
mixto combinando tanto al personal externo como al
empleado de planta.
25
28. Definición de los parámetros por seguir: los puntos por
evaluar dependerán del área de la empresa donde se quiera
centrar la auditoria.
Evaluación, seguimiento y mejora en los resultados
obtenidos por los auditores.
La auditoría ambiental conlleva a la realización de un
análisis a fondo de todos los insumos de una empresa y
permite conocer cuáles son las consecuencias ambientales
desde los procesos de producción de un bien hasta su
consumo por el usuario final; de esta manera, se identifican
los factores que se pueden mejorar y, a la vez, la empresa
puede cuantificar en términos económicos sus
impactos ambientales.
Existen dos tipos de auditorías ambientales: la real y la ideal.
La auditoría real consiste en la verificación de las
instalaciones de una empresa de cara al cumplimiento de la
legislación vigente, mientras que la auditoría ideal consiste
en el monitoreo del sistema de gestión ambiental donde se
observa de qué manera la empresa está cumpliendo con sus
objetivos medioambientales.
Ambos modelos se realizan por dos canales: un equipo
auditor y un laboratorio. El equipo auditor debe contar con
personal calificado en materia de: legislación ambiental,
recursos hídricos, vertidos, residuos, monitoreo, medición
de riesgos y contaminantes. Debido a la amplia gama de
Laboratorios dentro
de la Empresa
funciones por evaluar, la empresa debe contar al menos con
tres auditores para que se cubran la mayor cantidad de áreas.
La utilización de un laboratorio es vital también para la
veracidad de la auditoría, ya que es dentro del mismo que se
efectúan todas las operaciones de verificación. Una auditoría
que no se respalde en la toma de muestras de los diferentes
insumos involucrados en la cadena de producción y
distribución del producto pierde validez, ya que no puede
medir el impacto de las operaciones de la empresa en
26
29. función de los parámetros establecidos por la ley.
Las auditorías pueden realizarse como parte de un
programa ambiental dentro de la empresa, como por
ejemplo, un sistema de producción limpia o una
certificación, lo que resulta en la incorporación de los
resultados obtenidos dentro del diseño de las soluciones.
La empresa debe trabajar en conjunto con sus proveedores
para insertarlos también con la política de la empresa en
esta materia.
Procesos de Esterilización
27
30. IV. Reducción de desechos, emisiones
y residuos industriales
4.1 La empresa en la base de la sos-
tenibilidad ambiental
Los residuos pueden Métodos de producción que generen menos residuos y
prevenirse y reducirse menos emisiones constituyen la base para un desarrollo
mediante un examen de industrial sostenible, la adopción de nuevas tecnologías
con ahorros en los costos de fabricación y reducción de
los procesos productivos
contaminantes es determinante para minimizar el impacto
y mejorando el uso de de la actividad económica en los recursos naturales.
las instalaciones de la
empresa, también Se definen como emisiones a aquellas liberaciones o
existen auditorías descargas a la atmósfera de partículas, gases o formas de
aplicadas para este fin energía provenientes de una fuente fija o móvil. Los residuos
son aquellas descargas de la empresa que no son productos
y pueden ser gaseosos, líquidos o sólidos. Estos últimos
se vuelven peligrosos cuando sus propiedades físicas y
químicas todavía se encuentran activas y no tienen un
tratamiento de eliminación adecuado. Estos residuos
también tienen la capacidad de ser reutilizados bajo
nuevos esquemas de producción y para propósitos
afines o diferentes.
Los residuos pueden prevenirse y reducirse mediante un
examen de los procesos productivos y mejorando el uso de
las instalaciones de la empresa, también existen auditorías
aplicadas para este fin.
Los empleados son los principales artífices en cuanto a
la reducción de desechos; una forma viable, para el
empresario, de explicarles su significado está en enfatizar la
idea de que todo aquello que no se pudo usar o vender y que
por lo cual se debe pagar un precio para su eliminación es
un desecho. De esta manera, se contribuye a fomentar la
Emisión de Gases por Empresas
idea de minimizar los desperdicios.
Los empresarios pueden incentivar a sus trabajadores a
minimizar los desechos mediante la reutilización de bienes y
materiales así como su reciclaje.
28
31. V. Control Ambiental
De 1988 -2000, El Salvador duplicó sus emisiones de
bióxido de carbono (CO2), uno de los principales gases
causantes del efecto de invernadero, que contribuye al
calentamiento global, generando 1.1 toneladas de
CO2 per capita.
5.1 Controles ambientales dentro
de la empresa
La empresa ideal es aquella que ha realizado un estudio de
impacto ambiental, ha tomado las medidas pertinentes para
minimizar los efectos de la operación, mantiene sus
instalaciones en óptimas condiciones y cumple con la
legislación ambiental.
El control ambiental es un paso más allá de los aspectos
legales para una empresa comprometida con el medio
ambiente. Este proceso, no solo revela cual es el estado
medioambiental de la empresa sino también cómo impacta
cada proceso en la producción del bien final.
Reclamos Medioambientales
Los controles ambientales son indicadores específicos para
cada industria y sirven como parámetros de medición de la
actividad de la misma. Por ejemplo, una empresa puede
medir el número de partículas dentro de una chimenea
para controlar si se encuentran dentro de los estándares
establecidos y verificar también cómo está funcionando
su equipo.
Los controles ambientales también pueden realizarse de
manera continua por medio de monitores o sensores
automáticos, tal es el caso de los monitoreos de las
condiciones atmosféricas.
Para la realización de los controles, es necesario elaborar un
plan de control que contenga el conjunto de operaciones de
verificación y mantenimiento que realiza la industria por
espacio de un año, detallando cuáles son los proceso por
seguir y las operaciones más relevantes.
29
32. VI. Legislaciones para minimizar
los daños ambientales
Paralelamente al
6.1 Penalizaciones
crecimiento de la Paralelamente al crecimiento de la población, también
población, también crece el desafío de conciliar la bonanza económica con el
crece el desafío de tratamiento más responsable del medio ambiente. Las
conciliar la bonanza empresas, muchas veces, se enfocan en el provecho
económica con el financiero más que en la responsabilidad ambiental; sin
tratamiento más embargo, la legislación actual establece sanciones contra los
responsable del que sobreexplotan los recursos de los que dispone el país.
medio ambiente Estas medidas punitivas se encuentran contempladas en el
Código Procesal Penal.
Libro II. Parte especial. De los delitos y sus penas
Título X. Delitos relativos a ordenación de territorio, la
protección de recursos naturales y medio ambiente
Capítulo II. De los delitos relativos a la naturaleza y al medio
ambiente
Art 255.- Contaminación ambiental (*)
El que provocare o realizare, directa o indirectamente,
emisiones, radiaciones, vertidos de cualquier naturaleza en
el suelo, atmósfera, aguas terrestres superficiales,
subterráneas o marítimas en contravención a las leyes y
reglamentos respectivos y que pusiere en peligro grave la
salud o calidad de vida de las personas o el equilibrio de los
sistemas ecológicos o del medio ambiente será sancionado
con prisión de cuatro a ocho años.
(*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.
Art.256.- Contaminación ambiental agravada (*)
En los casos del artículo anterior, la pena será de seis a diez
años de prisión si el hecho se atribuyere a persona jurídica,
pública o privada, que funcionare sin el correspondiente
permiso ambiental o clandestinamente o haya desobedecido
las disposiciones expresas de la autoridad ambiental para
que corrigiere o suspendiere sus operaciones; hubiere
aportado información falsa para obtener el permiso
ambiental correspondiente o hubiere impedido u
obstaculizado la inspección por la autoridad del
medio ambiente.
(*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.
30
33. Art. 257- Contaminación ambiental culposa (*)
En los casos a que se refieren los artículos anteriores, si el
agente actuare con culpa, será sancionado con prisión de
uno a tres años.
(*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.
Art. 258.- Depredación de bosques (*)
El que destruyere, quemare, talare o dañare, en todo o en
parte, bosques u otras formaciones vegetales naturales o
cultivadas que estuvieren legalmente protegidas será
sancionado con prisión de tres a seis años. Se exceptúan de
cualquier pena los agricultores que realicen labores agrícolas
Delitos Penados por la Ley
estrictamente culturales.
(*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.
Art. 259.- Depredación de flora protegida (*)
El que cortare, talare, quemare, arrancare, recolectare,
comerciare o efectuare tráfico ilegal de alguna especie o
subespecie de la flora protegida o destruyere o alterare
gravemente su medio natural, será sancionado con prisión
de uno a tres años.
En la misma pena incurrirá quien en espacio natural
protegido dañare gravemente alguno de los elementos que
hubieren servido para calificarlo como tal.
(*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.
Art. 260.- Depredación de fauna (*)
El que empleare para la caza o la pesca veneno, medios
explosivos u otros instrumentos o artes susceptibles de
generar una eficacia destructiva semejante será sancionado
con prisión de uno a tres años.
(*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.
Art. 261.- Depredación de fauna protegida (*)
El que cazare o pescare especies amenazadas, realizare
actividades que impidieren o dificultaren su reproducción o
Deforestación
contraviniendo las leyes o reglamentos protectores de las
especies de fauna silvestre, comerciare con las mismas o con
sus restos, será sancionado con prisión de tres a cinco años.
La sanción se aumentará en un tercio del máximo de lo
señalado en el inciso anterior, si se tratare de especies
31
34. catalogadas en peligro de extinción.
Los funcionarios o (*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
empleados públicos No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.
serán sancionados con
prisión de uno a tres Art. 262.- Responsabilidad de funcionarios y
años e inhabilitacion del empleados públicos (*)
cargo o empleo por el Los funcionarios o empleados públicos que, estando
mismo tiempo de no obligados en el ejercicio de sus funciones, a informar sobre
la comisión de delitos relativos a la protección de los
cumplir con el ejercicio
recursos naturales, el medio ambiente la flora y la fauna,
de sus funciones omitiendo hacerlo o informaren ocultando los mismos,
serán sancionados con prisión de uno a tres años e
inhabilitación del cargo o empleo por el mismo tiempo.
La misma sanción se impondrá al funcionario o empleado
público que en el ejercicio de sus funciones conceda
permisos, autorizaciones, licencias o concesiones, para la
ejecución de obras o proyectos que no hayan obtenido
de conformidad a la Ley del Medio Ambiente el
correspondiente permiso ambiental.
(*) El presente artículo ha sido reformado mediante D.L.
No. 235, D.O. No. 131, Tomo 340, del 15 de julio de 1998.
Art. 262-A.- Quema de rastrojos (*)
El que intencionalmente quemare rastrojos o cultivos de
cualquier naturaleza será sancionado con multa entre diez o
doscientos días multa; equivaliendo cada día multa, al
salario mínimo diario, según la capacidad económica
del infractor.
Se exceptúan de cualquier pena los agricultores que realicen
labores agrícolas estrictamente culturales.
Art. 262-B.- Comercio y transporte de sustancias
peligrosas (*)
El que comercializare, transportare o introdujere al país
sustancias o materiales calificados como peligrosos en los
tratados internacionales o en la Ley del Medio Ambiente,
con infracción de las reglas de seguridad establecidas,
incurrirá en pena de prisión de seis a diez años.
(*) Los presentes artículos 262-A y 262-B han sido
adicionados mediante D.L. No. 235, D.O. No. 131, Tomo
340, del 15 de julio de 1998.
Bodegas de Sustancias
Peligrosas
Art. 263.- Excusa absolutoria y medidas accesorias
En los casos previstos en este capítulo, cuando así
procediere, si el autor voluntaria y oportunamente reparare
32
35. el daño ocasionado, no incurrirá en pena alguna.
El juez o tribunal, motivadamente, ordenará que a cargo del
autor del hecho, se adoptaren las medidas encaminadas a
restaurar, en lo posible el equilibrio ecológico perturbado,
así como adoptar cualquiera de las medidas accesorias,
necesarias para la protección de los bienes tutelados
en este capítulo.
Artículo 263-A.- Condiciones objetivas de
procesabilidad (*)
La acción proveniente de cada uno de los delitos
comprendidos en el presente capítulo, solamente podrá
promoverse después de que la autoridad administrativa
competente haya concluido los procedimientos
correspondientes de conformidad con la Ley del
Medio Ambiente.
(*) El presente artículo 263-A ha sido adicionado mediante
D.L. No. 703, D.O. No. 183, Tomo No. 345, del 4 de
octubre de 1999.
Fuerza de la Ley
(*) El presente artículo 263-A ha sido derogado mediante
D.L. No. 373, D.O. No. 157, Tomo No. 364, del 26 de agosto
de 2004, Esta reforma entrará en vigencia un año después de
su publicación en el Diario Oficial.
6.2 Legislación internacional para
minimizar los efectos del cambio
climático
Protocolo de Kyoto
Tiene como objeto fundamental que los países
industrializados reduzcan sus emisiones en un 8% por
debajo de los volúmenes de 1990, ya que los países en vías
de desarrollo no poseen ninguna restricción, y así poder
disminuir el efecto de invernadero o calentamiento global
de la tierra.
Convención marco de las Naciones Unidas
sobre cambio climático
Su objetivo es lograr una estabilización de los gases
causantes del efecto de invernadero a un nivel que impida
33
36. interferencias en el sistema climático. Esta convención fue
ratificada en el seno de la ONU en julio de 1995.
Convenio regional sobre cambios climáticos
Su objetivo es proteger el sistema climático en beneficio de
las generaciones futuras, sobre la base de la equidad y de
conformidad con las responsabilidades y capacidades de
cada país; a manera de asegurar que la producción de
alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo
de los Estados no se deteriore.
6.3 Aspectos legales para proteger
la capa de ozono
El agotamiento de la capa de ozono ha tomado relevancia
durante los últimos años en especial por los efectos adversos
que genera sobre la salud y la agricultura. La capa de ozono
actúa como un filtro protector de los rayos ultravioleta.
Convención de Viena para la protección de la
capa de ozono
Protegiendo la Capa de Ozono
Establece medidas para salvaguardar la capa de ozono y
propiciar la creación de protocolos internos en cada país
para su preservación.
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras
de la capa de ozono
Este protocolo impone límites para los países firmantes a la
producción y el consumo de las sustancias agotadoras de la
capa de ozono, conocidas como CFC y Halones nocivos.
Reglamento especial sobre el control de sustancias agotado-
ras de la Capa de Ozono
Art. 1. El presente reglamento tiene como objetivo regular
en el país la importación y el consumo de las sustancias
agotadoras de la capa de ozono, para contribuir a la
protección de la capa de ozono estratosférica y al
cumplimiento de las obligaciones que emanan de
34
37. instrumentos internacionales que El Salvador ha ratificado
en esta materia.
Sello verde “Amigo del ozono”
Art.12. El Ministerio establecerá lineamientos para la
acreditación del sello verde “Amigo del Ozono” a las
personas naturales o jurídicas que utilicen tecnologías,
equipos y sustancias alternativas de CO2 y que así se
lo solicitaren.
Ley de Medio Ambiente
Título III De la política del medio ambiente
Capítulo IV Incentivos ambientales .
Sellos verdes o etiquetado.
Art.38. El reglamento de la presente Ley contendrá las
normas y procedimientos para regular la acreditación y
registro de los organismos que certifiquen los procesos y
productos ambientalmente sanos, o provenientes del
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales.
Las organizaciones u organismos registrados emitirán el
Procesos Ambientales Limpios sello verde o ecoetiquetado a productos o procesos
ambientalmente sanos, previa certificación del Ministerio.
6.4 Aspecto legal para preservar los
suelos de la acidificación
La acidificación se refiere al incremento gradual de las
condiciones ácidas de los suelos, bosques y lagos. En las
zonas urbanas, este incremento se traduce en corrosión de
las estructuras metálicas y erosión de la infraestructura,
la principal fuente de este fenómeno es la quema de
combustible fósil, la fundición de minerales y diversos
procesos industriales.
La legislación que regula este tipo de impacto ambiental
se denomina:
Convenio Constitutivo de la Comisión Centroamericana del
35
38. Ambiente y del Desarrollo firmado en San José el 12 de
diciembre de 1989 y ratificado el 6 de junio de 1990.
6.5 Legislación para productos
químicos tóxicos y desechos
peligrosos
Los productos derivados de una síntesis química poseen
propiedades tóxicas en diferentes grados. Los riesgos para la
salud dependen principalmente de la exposición que se
tenga a los mismos.
El término de desechos tóxicos se aplica generalmente
a aquellos materiales de desperdicio que contienen
componentes metálicos, disolventes orgánicos halogenados,
ácidos, asbestos entre otros.
Convención de Estocolmo sobre contaminantes
orgánicos persistentes
Su objetivo es proteger la salud humana y el medio ambi-
Tóxicos ente frente a contaminantes de este tipo. El convenio fue
firmado en Estocolmo en julio de 2001.
Convención de Basilea sobre control de movimientos
transfronterizos de los desechos peligrosos
La meta es reducir, en la medida de lo posible, la generación
de desechos tóxicos y someter los volúmenes existentes a
una gestión que impida que provoquen daños al
medio ambiente.
Acuerdo regional sobre movimientos transfronterizos de los
desechos peligrosos
El objetivo primordial es regular y vigilar la importación de
desechos tóxicos a través del área centroamericana. Fue
firmado en Panamá en 1992 y ratificado en 1997.
36
39. Reglamento especial en materia de sustancias, residuos y
desechos peligrosos
Decreto legislativo Nº 41, 31 de mayo de 2000
Objeto: Reglamentar la ley del medio ambiente en lo que se
refiere a las actividades relacionadas con sustancias residuos
y desechos peligrosos.
Art.4. Refiere a promover la participación social en el
control de desechos peligrosos y fomentar en el sector
productivo el uso de tecnologías u otras alternativas que
reduzcan la generación de los mismos de acuerdo al art. 4
del Convenio de Basilea.
Comunidad con De la generación de residuos peligrosos
Residuos Tóxicos
Art.17. Refiere sobre la responsabilidad del cumplimiento
de la Ley, el Reglamento y Reglas técnicas y obliga a
determinar su peligrosidad y a registrarse en el Consejo y
mantener actualizado su registro.
De la calidad ambiental
Art. 21. Los generadores de residuos peligrosos deben de
fomentar su minimización en el sector productivo, uso
de tecnologías que reduzcan la generación de residuos
peligrosos y desarrollar actividades y procedimientos hacia
una gestión sostenible.
Obligaciones del generador
Art.22. El generador de residuos peligrosos deberá:
a) Manejar adecuadamente los residuos peligrosos no
compatibles entre sí.
b) Envasarlos en recipientes que reúnan las condiciones de
seguridad, identificando su estado físico y características de
peligrosidad e incompatibilidad.
c) Dar el tratamiento que le corresponda
d) Mantener y almacenar los residuos peligrosos en
condiciones de seguridad y áreas que reúnan los requisitos
previstos al respecto.
37
40. 6.6 Contaminación de agua y suelo
Los contaminantes de aguas y suelos como desechos
orgánicos pueden ser fácilmente degradados pero también
llegan a alterar los ecosistemas si son depositados en
grandes concentraciones. Otros contaminantes como
metales pesados y compuestos orgánicos persistentes no se
degradan y permanecen acumulados cerca de las fuentes
de descarga.
Reglamento especial de normas técnicas de calidad ambien-
tal
Art. 1. Determinar los lineamientos o directrices para el
establecimiento de las normas técnicas de calidad ambiental
en los medios receptores y los mecanismos de aplicación de
dichas normas, relativas a la protección de la atmósfera, el
agua, el suelo y la biodiversidad.
Convenio sobre la protección de flora y fauna y de la
bellezas escénicas naturales de los países de América
La meta es proteger y conservar, en su medio ambiente
natural, ejemplares de toda especie de flora y fauna
incluyendo las aves migratorias, protección y conservación
del paisaje, formaciones geológicas, estructuras
arqueológicas de interés estético, histórico y científico.
Conservación del Ecosistema
Convenio para la conservación de la biodiversidad
y protección de áreas silvestres prioritarias
en América Central
Firmado en junio de 1994 en Managua, Nicaragua, pretende
conservar al máximo la diversidad biológica terrestre y
marina de la región para beneficio de las actuales y
futuras generaciones.
Convenio para el manejo y conservación de los ecosistemas
naturales, forestales y el desarrollo de las plantaciones
forestales.
Firmado en Guatemala y ratificado en junio de 1995, el
convenio pretende incentivar a los que protegen los bosques
de la región centroamericana.
38
41. VII. Prevención de la contaminación en
la empresa
El objetivo primordial de una política de prevención de la
contaminación en la empresa es llegar a la producción
limpia. Es mejor tratar de evitar la contaminación que
intentar remediar los efectos que causa.
La reducción de la contaminación en la empresa incluye
modificaciones en los equipos o tecnologías, cambios en los
procesos productivos, rediseño de productos, sustitución
de materias primas, mejoras en el mantenimiento de las
instalaciones, entrenamiento de personal y mayores
controles del inventario.
7.1 Leyes a favor de una producción
más limpia
Ley de Medio Ambiente:
Art. 2. La Política nacional del medio ambiente, se
fundamentará en los siguientes principios:
d) Es responsabilidad de la sociedad en general, del Estado
y de toda persona natural y jurídica, reponer o compensar
los recursos naturales que utiliza para asegurar su existencia,
satisfacer sus necesidades básicas, de crecimiento y
desarrollo, así como enmarcar sus acciones, para atenuar o
mitigar su impacto en el medio ambiente; por consiguiente,
Ley de Medio Ambiente se procurará la eliminación de los patrones de producción y
consumo no sostenible; sin defecto de las sanciones a que
esta ley diere lugar.
i) En los procesos productivos o de importación de
productos deberá incentivarse la eficiencia ecológica,
estimulando el uso racional de los factores productivos y
desincentivándose la producción innecesaria de desechos
sólidos, el uso ineficiente de energía, del recurso hídrico, así
como el desperdicio de materias primas o materiales que
pueden reciclarse.
l) Adoptar regulaciones que permitan la obtención de metas
encaminadas a mejorar el medio ambiente, propiciando una
amplia gama de opciones posibles para su cumplimiento,
apoyados por incentivos económicos que estimulen la
generación de acciones minimizantes de los efectos
negativos al medio ambiente.
39
42. Incentivos y desincentivos ambientales
Art. 32.- El Ministerio, conjuntamente con el Ministerio de
Economía y el de Hacienda, previa consulta con el Consejo
Nacional de Desarrollo Sostenible, elaborará programas de
incentivos y desincentivos ambientales para facilitar la
reconversión de procesos y actividades contaminantes, o que
hagan uso excesivo o ineficiente de los recursos naturales.
Estos programas se incluirán, además, en las leyes que
contengan beneficios fiscales para quienes realicen procesos,
actividades, proyectos o productos ambientalmente sanos o
apoyen la conservación de los recursos naturales.
El Banco Multisectorial de Inversiones establecerá líneas
de crédito para que el sistema financiero apoye a la pequeña,
mediana y microempresa, a fin de que puedan
oportunamente adaptarse a las disposiciones de la
presente ley.
Protección a la Biodiversidad Apoyo a las actividades productivas ambientalmente sanas
Art. 33.- El Ministerio estimulará a los empresarios a
incorporar en su actividad productiva, procesos y
tecnologías ambientalmente adecuadas, utilizando los
programas de incentivos y desincentivos, y promoviendo la
cooperación nacional e internacional financiera y técnica.
Apoyo a la captación de recursos para la gestión ambiental
Art. 35.- El Ministerio apoyará a los Gobiernos Municipales,
a los sectores gubernamentales y sector no gubernamental
en la gestión de recursos, a través de la cooperación técnica y
financiera nacional e internacional, para ser destinados a
actividades y proyectos de conservación, recuperación y
producción ambientalmente sana.
Premio Nacional del Medio Ambiente
Art. 37.- Créase el Premio Nacional del Medio Ambiente,
que será otorgado anualmente por el Presidente de la
República a las personas, empresas, proyectos o
instituciones, que durante el año se hayan destacado en
actividades de protección del medio ambiente o en la
ejecución de procesos ambientalmente sanos en el país.
40
43. El Centro Internacional 7.2 Ecoeficiencia
de Formación sobre El término de ecoeficiencia significa eficiencia económica
Procesos Menos mediante una eficiencia ecológica. Para poder lograr este
Contaminantes (ICPIC) imperativo se requiere una producción industrial
define producción más más limpia, minimizando los desechos para reducir
limpia como: la contaminación.
“la continua aplicación
de una estrategia La vía por la cual se deben reducir los residuos radica en el
proceso de producción. La producción dentro de la empresa
ambiental preventiva
necesita un cambio estructural que permita prevenir la
integrada a los procesos formación de contaminantes en vez de buscar la mejor
y productos para reducir forma de eliminarlos cuando finaliza el proceso industrial.
los riesgos a los seres
humanos y al medio El proceso de prevención de desechos es incluso más
ambiente” rentable que el de eliminación de los mismos para la
empresa, ya que se reducen las pérdidas en las operaciones,
incrementando la eficiencia de las mismas y mejorando así
la calidad del producto.
La introducción de un programa de producción limpia
requiere la participación de los altos mandos de la empresa
para poder asegurarse el éxito en su implementación.
El Centro Internacional de Formación sobre Procesos
Menos Contaminantes (ICPIC) define producción más
limpia como: “la continua aplicación de una estrategia
ambiental preventiva integrada a los procesos y productos
para reducir los riesgos a los seres humanos y al
medio ambiente.”
Los beneficios directos de aplicar producción más limpia
son:
• Ahorro en los costos al reducir desperdicios de materia
prima y energía
Ecoeficiencia • Mejoramiento de la eficiencia operativa de la planta
• Mejora en la calidad y regularidad del producto, ya que
permite prever mejor las operaciones de la planta
• Recuperación y reutilización de materiales de desecho
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