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TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA
    2.1 La figura del empresario: concepto y tipos
           2.1.1   El empresario riesgo de Knight
           2.1.2   El empresario innovador de Schumpeter
           2.1.3   El empresario como tecnoestructura de Galbraith
    2.2 Clasificaciones de empresas
           2.2.1   Según el tamaño
           2.2.2   Según el sector de actividad
           2.2.3   Según la propiedad del capital
           2.2.4   Según su forma jurídica
    2.3 Formas jurídicas de la empresa
           2.3.1   El empresario individual
           2.3.2   La sociedad colectiva
           2.3.3   La sociedad de responsabilidad limitada
           2.3.4   La sociedad anónima
           2.3.5   La sociedad laboral
           2.3.6   Las sociedades cooperativas


     2.1. La figura del empresario: concepto y tipos
      La figura fundamental de cualquier empresa es el empresario. A lo largo del siglo XX, distintos autores han
elaborado diferentes teorías sobre el papel que el empresario debe desempeñar en la empresa, destacando las
características más importantes que, a su juicio, definen el papel del empresario. A continuación estudiaremos las
más importantes:
        2.1.1. La teoría del empresario riesgo de Knight
        Para este autor el riesgo es lo que define al verdadero empresario. La actividad empresarial supone
anticipar y asegurar el pago de los factores a cambio de unos hipotéticos ingresos futuros. Según esta teoría, el
empresario adquiere o contrata los factores productivos a unos precios predeterminados y les paga la renta
acordada con ellos (alquileres, sueldos y salarios, intereses y beneficio ordinario, que son los costes de la empresa)
antes de conocer los ingresos que obtendrá por la venta de sus productos, buscando, con ello, un beneficio
empresarial o renta residual que es siempre incierto o desconocido, debido a la existencia de incertidumbre en el
desarrollo de la actividad empresarial. Esta incertidumbre implica que el empresario no conoce con certeza las
consecuencias que se van a derivar de su actuación empresarial obligándole a realizar una serie de previsiones para
afrontar el futuro económico de la empresa. Si el empresario acierta en sus previsiones y los ingresos son mayores
que los costes, obtendrá un beneficio o renta residual (beneficio extraordinario), que es lo que le quedará después
de haber pagado a los propietarios de los factores productivos por su utilización, pero si su cálculo es erróneo,
tendrá que soportar las pérdidas que se originen.
        Las previsiones que debe realizar el empresario son:
        ♦ Conocer las necesidades de los consumidores y estimar la demanda para sus productos.
        ♦ Determinar (establecer) los precios de venta de sus productos, o bien, adecuar sus costes a los precios de
          venta que él prevé que tendrán sus productos en el mercado en el momento en que los tenga que vender.
       En función de la información y el grado de conocimiento que el empresario posea sobre la situación
económica y el comportamiento de los agentes económicos, el grado de incertidumbre será mayor o menor y en
consecuencia las previsiones que realice serán más o menos acertadas.


 ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS                                     TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA
 2º de Bachillerato                                                                                                 1
En cuanto a la incertidumbre, esta puede ser medible, en cuyo caso se puede contratar un seguro que la
cubra y así el empresario no asume el riesgo (Ej.: El empresario estima que un 5% de los productos saldrán
defectuosos y se los devolverán, así que contrata un seguro que le cubra ese riesgo, pero, en contrapartida
aumentarán sus costes y disminuirá su beneficio empresarial), o no medible, en cuyo caso no se puede asegurar y
el empresario debe asumir el riesgo (Ej.: La demanda de sus productos puede aumentar o disminuir).

        En resumen, el economista inglés Frank Knight presenta una teoría del empresario en la que su principal
papel consiste en asegurar las rentas a los propietarios de los factores productivos (alquileres, sueldos y salarios,
intereses y beneficio ordinario) soportando el riesgo de la actividad económica de la empresa, y persiguiendo un
beneficio empresarial o renta residual (beneficio extraordinario) como recompensa por asumir dicho riesgo.


        2.1.2. El empresario innovador de Schumpeter
        Para Schumpeter, el empresario es el principal protagonista del desarrollo económico capitalista y su
principal función es la innovación, es decir, la aplicación de las invenciones tecnológicas a usos comerciales o
industriales.
        Según este autor, el sistema económico tiende a estar en una situación de equilibrio en la que los ingresos
de las empresas son iguales a los costes de producción más el salario del empresario por dirigir la empresa y que
denomina beneficio ordinario; en esta situación, la renta residual o beneficio extraordinario es cero.


            Ingresos = Costes de producción + Salario del empresario (beneficio ordinario)
         Esta situación de equilibrio continuará hasta que un empresario realice alguna innovación (introduciendo
un bien nuevo, abriendo un mercado nuevo, introduciendo un método de producción nuevo, etc.). Mediante esta
innovación, la situación de equilibrio se altera y la empresa consigue temporalmente una situación de monopolio
que le permite aumentar el precio de sus productos y obtener un beneficio extraordinario o renta residual, que es lo
que le quedará al empresario después de haber pagado a los propietarios de los factores productivos por su
utilización y de haber cobrado su salario por dirigir la empresa.
        Con el paso del tiempo, otros empresarios (imitadores) atraídos por el alto beneficio, introducen
imitaciones con las que compiten con el empresario innovador. Esta competencia hace que los beneficios
extraordinarios se reduzcan hasta la situación inicial de equilibrio, en la que no hay beneficio extraordinario y por
tanto no entrarán nuevos empresarios imitadores.
        En consecuencia, según Schumpeter, el desarrollo económico en el sistema capitalista es consecuencia del
cambio tecnológico, y el empresario es el principal protagonista de este cambio. Añade que el cambio tecnológico
es un proceso que se lleva a cabo en tres fases distintas que son realizadas por personas diferentes que, además,
responden a distintas personalidades:
        ♦ Invención: Se refiere a la creación o descubrimiento de nuevos productos o de nuevos procesos
            productivos. No es exclusiva de los hombres de empresa y las personas que las realizan pertenecen al
            campo de la inventiva y la creatividad.
        ♦ Innovación: Acción de poner en práctica inventos que ya existen o aplicación de la invención a usos
           comerciales o industriales. Esta función es el principal papel del empresario innovador.
        ♦ Imitación: Copia de la innovación, a la que se cambian aspectos secundarios (diseño, envase, color,
           etc.). La imitación es realizada por empresarios conservadores o seguidores que cumplen la función de
           incrementar la competencia, por lo que el beneficio extraordinario de los innovadores disminuye.
         Finalmente, es necesario resaltar que el beneficio extraordinario o renta residual es, según Schumpeter, la
recompensa que recibe el empresario por haber sido capaz de realizar una innovación aplicable al mercado. En esto
difiere de la teoría de Knight, cuando dice que es la recompensa que recibe el empresario por el riesgo que asume
en el desarrollo de la actividad empresarial; sin embargo, en opinión de Schumpeter, el empresario no tiene porqué
ser necesariamente la persona que asuma el riesgo, sino que ésta sería el propietario, que es el que aporta el capital,
o el prestamista, que es el que concede los préstamos, ya que éstos son los que sufren las pérdidas si la empresa
fracasa.



 ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS                                      TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA
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2.1.3. El empresario como tecnoestructura de Galbraith
       En los países occidentales más desarrollados la actividad económica está dominada por las grandes
corporaciones empresariales que tienen el poder suficiente para influir en el mercado según su conveniencia.
       Estas grandes compañías ya no pueden ser dirigidas por una sola persona, sino que necesitan un gran
número de técnicos profesionales (economistas, ingenieros, jefes de taller, abogados,...) que actúan de forma
conjunta y a los que Galbraith llama tecnoestructura.
La tecnoestructura es el nombre con que se designa al grupo de personas que aportan a la empresa conocimiento
especializado, talento o experiencia para tomar decisiones de grupo que rebasan la capacidad de conocimiento de cada uno
de ellos por separado.
        Este grupo de personas, llamados directivos o administradores, son los que disponen de los datos
necesarios para tomar las decisiones importantes en las grandes empresas y quienes realmente las gobiernan
(aunque muchos de ellos no son accionistas), porque los accionistas no tienen ningún poder real en ese tipo de
empresas. Cuando Galbraith habla del empresario, no se refiere a una sola persona, sino al grupo dirigente definido
como tecnoestructura.
        La causa de la dominación de la tecnoestructura es debida a la separación entre la propiedad de la
empresa (accionistas) y el control o administración de la empresa (directivos o administradores). Esta separación
se produce porque los accionistas al estar muy divididos, mantienen una actitud pasiva y ceden sus derechos a los
administradores, de los cuales esperan recibir una remuneración adecuada por sus aportaciones de capital en forma
de una determinada cantidad de beneficios por acción, que se denomina dividendo. Las consecuencias de la
situación anterior son:
   ♦ Los directivos o administradores se quedan con el control de la empresa y ejercen la función de empresario.
   ♦ Buscan el crecimiento y la eficiencia de la empresa para mantener la confianza de los propietarios y
     conservar el poder y a la vez alcanzar sus metas personales (dinero, fama, prestigio,...).


2.2. Clasificaciones de empresas
        Existen ciertas leyes o principios económicos que son aplicables a todas las empresas, sean del tipo que
sean. Pero junto a estos principios generales, aparecen peculiaridades para cada tipo de empresa, e incluso para
cada empresa concreta, según la situación en la que se encuentre y la contingencia que se le presente.
        La variedad de empresas existente es enorme. Así mismo, se pueden utilizar una gran cantidad de criterios
para clasificarlas. De entre todos ellos, vamos a destacar los más utilizados.
2.2.1. Según su tamaño

        Este criterio distingue empresas de tres categorías: pequeñas, medianas y grandes. Además, se suele
hablar de las PYMES (que agrupa a las empresas pequeñas y medianas) y de las multinacionales, como empresas
especialmente grandes sobre las que ampliaremos en el tema 3.
         No existe un acuerdo generalizado sobre los criterios para medir el tamaño de las empresas, ni sobre las
dimensiones que han de tener para pertenecer a una u otra clase, debido a que depende de varias circunstancias. Por
ejemplo, una pequeña empresa estadounidense podría ser una empresa mediana o grande en España. No obstante,
los indicadores más utilizados son:
                1. Número de trabajadores
                2. Volumen de negocio
                3. Activo
        Un criterio muy utilizado por su sencillez es el del número de trabajadores. Así, se denominan
microempresas a aquellas que tienen menos de 10 trabajadores, pequeñas si en ellas hay menos de 50, medianas
entre 50 y 250 y grandes más de 250.
            En general, el estudio de la gestión empresarial se ha centrado en las grandes empresas aunque en la
            realidad, la mayoría de nuestras empresas son pequeñas y medianas (PYMES); En España, las PYMES
            representan el 99% de las empresas, generan más de 2/3 del PIB y concentran el 80% del empleo. Lo
            mismo ocurre en la mayoría de países europeos. Podemos hablar entonces de pequeña dimensión pero
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 2º de Bachillerato                                                                                                  3
de gran transcendencia social y económica, ya que la mayoría de las familias españolas y europeas
          viven del empleo que proporcionan dichas empresas.

          Las características que definen una PYME son las siguientes:
  -   Dispone de una parte reducida del mercado y su actividad no influye en el país ni en la demanda total.
  -   Está dirigida personalmente por sus propietarios no contratando normalmente directivos profesionales.
  -   Son autónomas en cuanto a la toma de decisiones, están libres de control externo dentro del margen de
      actuación que les deja el mercado.

          A su vez, teniendo en cuenta los indicadores anteriormente mencionados, podemos diferenciar entre
          una PYME, una pequeña empresa y una microempresa:

                                                                                          Micr
                                                                   Pequeñ
                                                 PY                                       oem
                                                                      a
                                                 ME                                       pres
                                                                   empresa
                                                                                           a
          Número de empleados                    <25
                                                                     <50                  <10
          (trabajadores)                          0
          Volumen de negocio
                                                 <50                 <10                   <2
          (mill. euros)
          Activo (mill. euros)                   <43                 <10                   <2

          Además de estos indicadores, para catalogar una empresa como PYME, pequeña empresa o
          microempresa hay que tener en cuenta otros criterios como la pertenencia a un grupo empresarial o su
          cuota de mercado.

          En el siguiente cuadro quedan recogidas las principales ventajas e inconvenientes de las PYMES:

                           VENTAJAS                                           INCONVENIENTES
          Por su proximidad y relación directa con el              Precios más elevados al no poder
          cliente, disfrutan de una posición                       aprovecharse de las economías a escala de
          privilegiada en los mercados locales.                    las grandes empresas.
          Pueden actuar como auxiliares de las                     Por lo general, carecen de potencial
          grandes empresas en la producción                        financiero suficiente teniendo mayor
          industrial (fabricación de componentes, de               dificultad para acceder a préstamos y
          piezas…) o en la distribución de servicios.              créditos bancarios, y a otras oportunidades
                                                                   de financiación como la Bolsa, la emisión
                                                                   de obligaciones, etc.
          Flexibilidad y capacidad de superación ante              Los esfuerzos en I+D+i son escasos.
          situaciones de cambio coyuntural. (Crisis)
          Se encuentran en mejor posición para la                  No tienen control sobre el conjunto de sus
          adaptación de productos y técnicas a las                 proveedores y clientes, perdiendo la
          necesidades del cliente gracias a su                     posibilidad de imponer condiciones que les
          capacidad inventiva o creativa                           permitan disfrutar de una posición
                                                                   ventajosa.
          Posibilidad de cambiar de actividad en poco              No existe una planificación estratégica sino
          espacio de tiempo, pues las estructuras                  que se “vive el día a día”.
          productivas y laborales son flexibles.
          (Organización

          En una economía de mercado global, la principal amenaza para la PYME son las grandes
          multinacionales que dado su gran poder económico, político y social pueden dictar las normas de
          funcionamiento del sector e impedir la entrada de las PYMES o provocar su salida.



          2.2.2. Según el sector de actividad
ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS                                 TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA
2º de Bachillerato                                                                                             4
Atendiendo a este criterio, surgen tres clases de empresas: primarias, secundarias y terciarias. Dentro de cada
uno de estos tres grandes sectores, pueden establecerse distintas clasificaciones dependiendo del nivel de
desagregación que se utilice.
   4. Empresas primarias. Son aquellas empresas cuya materia prima principal es una parte de la naturaleza, y
      cuyo proceso de producción consiste en fomentar el desarrollo natural de ese elemento para comercializarlo.
      Pertenecen a este sector las empresas agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras.
   5. Empresas secundarias o industriales. Son aquellas empresas que aplican procesos técnicos de
      transformación a las materias primas para obtener productos. Dependiendo de la materia prima a
      transformar se clasifican en distintas ramas o subsectores de actividad: alimentación, productos del metal,
      naval, automovilística, etc.
   6. Empresas terciarias o de servicios. Conjunto de empresa cuya función fundamental es la prestación de un
      servicio. Se caracterizan porque no realizan labores técnicas de transformación. Se incluyen en esta clase
      subsectores como la banca, la enseñanza, los servicios profesionales, la hostelería, el transporte…

             2.2.3. Según la propiedad del capital
         Atendiendo a este criterio las empresas se clasifican en: privadas, públicas y mixtas
   7. Empresas privadas. Empresas cuyo capital es propiedad de particulares. Es el tipo de empresa más común
      en el sistema de economía de mercado y el que se utiliza como referencia al hablar de empresa en economía.
   8. Empresas públicas. Aquellas cuyo capital es propiedad del Estado o de cualquier otro Organismo Público.
      Se caracteriza por la existencia de fines u objetivos por encima de los normales de mercado (la búsqueda del
      beneficio). Ejemplos: RENFE, CORREOS, SODENA, PLANETARIO, BALUARTE,... En la actualidad se
      está procediendo a importantes procesos de privatización de empresas públicas en muchos países.
   9. Empresas mixtas. Aquellas empresas cuyo capital pertenece, en parte, a Entidades Públicas, y en parte a
      los particulares. Dependiendo de cuál de ambas fracciones tenga el control de la empresa, se le podría
      incluir en uno u otro de los apartados anteriores. Empresas navarras en las que el sector público tiene una
      participación del 50% o menos: EHN, RETENA, LABORATORIOS CINFA, GAS NAVARRA,...

         2.2.4. Según su forma jurídica
         Toda empresa debe adoptar alguna de las formas jurídicas previstas en la normativa española. Puede
         tratarse de un empresario individual, es decir, una sola persona física; o de un empresario social, esto es,
         una persona jurídica o sociedad mercantil. Considerando el criterio de clasificación de la forma jurídica, se
         pueden distinguir las siguientes figuras jurídicas:
   10.   El empresario individual
   11.   La sociedad colectiva
   12.   La sociedad de responsabilidad limitada
   13.   La sociedad anónima
   14.   La sociedad laboral
   15.   Las sociedades cooperativas


2.3. Formas jurídicas de la empresa
        Uno de los criterios de clasificación más utilizado para diferenciar unas empresas de otras es el que atiende
a la forma jurídica que utilizan para poder funcionar legalmente. Es más, uno de los aspectos que debe analizarse,
una vez tomada la decisión de crear una empresa, es el de la forma jurídica que más convenga y mejor se adapte a
las características del proyecto que se pretende desarrollar. La normativa española permite adoptar una gran
variedad de modalidades, permitiéndoles tomar la forma que más se ajuste a sus intereses. Las características que
diferencian unas formas jurídicas de otras son:
         -   La actividad que se va a ejercer
         -   El volumen de capital necesario
         -   El número de socios
         -   La forma de acceso a la propiedad de la empresa
         -   La responsabilidad frente a terceros

 ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS                                     TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA
 2º de Bachillerato                                                                                                 5
-    Los aspectos fiscales y,
        -    El gobierno y representación de la empresa.
♦ La actividad que se va a ejercer: Algunas actividades están obligadas a constituirse de una determinada forma
    jurídica: Seguros, banca, juego, leasing, deben constituirse como Sociedades anónimas
♦ El volumen de capital necesario: o las necesidades económicas del proyecto
El número de socios: Tradicionalmente se ha distinguido entre las formas jurídicas unipersonales y las
societarias. Las primeras eran aquellas en las que el propietario de la empresa era una única persona, y las
segundas, en cambio, las que tenían varios propietarios (denominados socios) que formaban una sociedad
dedicada a actividades mercantiles.
♦ La forma de acceso a la propiedad de la empresa:La legislación vigente permite dos maneras de acceder a la
    propiedad de la empresa:
   Una forma consiste en aportar a la empresa dinero (lo más habitual), bienes (terrenos, oficinas, ordenadores..)
    o derechos (participaciones en fondos de inversión, bonos del Estado, acciones de otra empresa...)
   La otra forma de acceder a la propiedad de la empresa es aportando trabajo.
Hay formas societarias que solamente admiten una de las dos maneras y algunas que permiten las dos clases de
aportaciones.
         Además, en algunos casos el prestigio profesional de los socios es un requisito fundamental y hace que el
acceso a la propiedad de la empresa esté restringido y precise de la autorización de todos los socios, que tratan de
evitar la entrada de personas que no cumplan los requisitos que consideran necesarios para asociarse con ellos. En
un despacho de abogados, por ejemplo, el prestigio del despacho en su conjunto depende del que tiene cada uno de
los abogados que lo forman.
       En cambio, existen formas societarias en las que las restricciones a la transmisión de la propiedad son
mínimas (por ejemplo, en una gran empresa como Telefónica, uno puede vender sus títulos de propiedad sin
necesidad de pedir permiso al resto de sus socios).
        Por otro lado existen las llamadas empresas de economía social. En ellas, sus propietarios deben ser al
mismo tiempo trabajadores de la empresa. Esta circunstancia hace que su prioridad no sea tanto los beneficios
societarios como la conservación de su propio empleo. Por ello, la transmisión de los títulos de propiedad en este
tipo de sociedades no se puede realizar libremente, y es el conjunto de trabajadores-socios el que tiene la última
palabra a la hora de admitir la incorporación de nuevos socios.
♦ La responsabilidad frente a terceros: En algunas formas jurídicas, los propietarios responden ante las deudas
    en las que pueda incurrir la empresa con todo su patrimonio individual, a pesar de que éste no esté siendo
    utilizado directamente en la actividad económica. Por ejemplo, si una empresa contrae deudas que debe pagar y
    aun vendiendo todo lo que posee no tiene suficiente para saldarlas, el propietario o los propietarios deben pagar
    el resto recurriendo a su patrimonio sin límite alguno. Por ello, en estas empresas se dice que la responsabilidad
    de sus propietarios es ilimitada. Algunos socios de estas empresas, además responden de forma subsidiaria
    (deben hacerse cargo de las deudas, sino lo hace la sociedad); y solidaria (la totalidad de la deuda puede ser
    exigida a cada uno de los socios o a uno de ellos individualmente)
        Por el contrario, en otras formas jurídicas, los propietarios solamente responden de las deudas de la
sociedad con la cuantía de su aportación. Su responsabilidad es, en este caso, limitada. Esto significa que, a pesar
de que la empresa no pueda pagar la totalidad de las deudas que ha contraído con algún acreedor, éste no podrá
reclamar más dinero a los propietarios, salvo que éstos, no hubiesen desembolsado el total de su aportación
comprometida. En este último caso, el socio debería hacerlo y perdería este montante, pero nunca más dinero de lo
que corresponde al valor de su participación en la empresa.
♦ Los aspectos fiscales: Las distintas formas jurídicas pueden suponer distintas cargas fiscales, dependiendo del
    tamaño de la empresa o si se acogen a formas protegidas de economía social.
♦ El gobierno y representación de las empresas: La última peculiaridad que diferencia las distintas formas
    jurídicas de empresa es la manera en la que se organiza el gobierno de las mismas y su representación externa.
        El gobierno de una empresa lo ejerce la persona u organismo que realiza las actividades relacionadas con
         su dirección y administración. Son estas personas u organismos quienes toman las decisiones
         importantes que afectan a la vida de la empresa.
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 La representación externa de la empresa la ostenta quien responde, ante las autoridades y los tribunales,
          por las posibles responsabilidades derivadas de actuaciones inadecuadas en el marco de la actividad
          empresarial.
        Exceptuando el empresario individual, en cuyo caso el gobierno y la representación de la empresa
coinciden en la misma persona, en las otras formas jurídicas se suele separar el organismo que se encarga del
gobierno de la empresa del que asume la representación de la misma.

                             PRINCIPALES FORMAS JURÍDICAS DE LA EMPRESA

  A) Empresario individual. Persona física
  B) Empresario social (Empresas societarias). Persona jurídica. La empresa tiene una individualidad propia y distinta
  de la que tiene cada uno de los socios.
     B.1) Sociedades Personalistas, en las que lo fundamental son las personas que las constituyen:
          ♦ Sociedad colectiva (S.C.R o S.C.I.)
     B.2) Sociedades Capitalistas, lo fundamental es la aportación de capital:
          ♦ Sociedad de responsabilidad limitada (S.L. o S.R.L.)
          ♦ Sociedad anónima (S.A.)
     B.3) Empresas de economía social:
          ♦ Sociedad laboral (S.A.L. o S.L.L.)
          ♦ Sociedad cooperativa (S. Coop.)




        2.3.1. El empresario individual
El empresario individual o autónomo es la persona física que ejerce de forma habitual una actividad económica
con ánimo de lucro, sin estar sujeta por ello a contrato de trabajo.

       Pueden ser empresarios individuales los mayores de edad que tengan la libre disposición de sus bienes; y
los menores de edad o incapacitados, que lo ejerzan a través de sus representantes legales.
        Al no existir separación entre el patrimonio personal y el patrimonio de la empresa, el empresario, que es
el único dueño de la empresa, tiene responsabilidad ilimitada, es decir, responde de las deudas de la empresa con
todos sus bienes presentes y futuros. En el caso de que el empresario/a sea una persona casada, si ambos cónyuges
participan en la misma actividad responden con todo el patrimonio.
       Tanto el gobierno o gestión de la empresa como la representación corresponden a su titular, aunque éste
puede nombrar apoderados que actúen en su nombre.
       La principal ventaja de estas empresas es que el empresario puede tomar todas las decisiones sin tener que
depender de nadie. Además, todos los beneficios que obtenga la empresa son para él.
        Los inconvenientes son que el empresario asume grandes riesgos, ya que responde con todos sus bienes
ante cualquier problema, y que el desarrollo de la empresa depende completamente de él, de su intuición, su salud,
su trabajo, etc. Por estos motivos, las empresas individuales tienen problemas para obtener créditos o préstamos, lo
que dificulta sus posibilidades de crecimiento.
         La forma de empresario individual es la opción que toman muchos emprendedores cuando su negocio es
pequeño, con poco riesgo y no hay que realizar una gran inversión inicial (pequeñas tiendas, bares...]. En estos
casos, los pocos requisitos formales y la simplicidad de esta forma jurídica la hacen preferible a otras.
        La inscripción en el Registro Mercantil es potestativa, por tanto, no requiere proceso previo de
constitución, ni existe límite de capital. La denominación será el nombre civil del titular.



 ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS                                         TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA
 2º de Bachillerato                                                                                                     7
EJEMPLO: Una persona lleva veinte años trabajando en una gran empresa, en un puesto de mediana
responsabilidad, con un horario de jornada intensiva que le permite salir a las tres de la tarde. Con el salario
obtenido por su trabajo ha conseguido comprarse un piso en el que vive con su mujer, que no trabaja, y
ahorrar en una cuenta del banco 60 mil euros. Aprovechando que tiene tiempo por las tardes decide montar
un negocio con los 60 mil euros ahorrados. Comienza su actividad como persona física y, aunque en un principio
las cosas parecen irle bien, poco a poco va teniendo dificultades para cumplir sus compromisos de pago con
sus proveedores por no alcanzarle los ingresos. En un determinado momento tiene que anunciarles que no
puede hacer frente al resto de los pagos, por lo que se procede a liquidar el patrimonio del negocio y todavía
faltan algunos proveedores por cobrar.
¿Podrían exigir estos proveedores que se les pague con el patrimonio personal del empresario,
concretamente con la venta del piso, que es lo único que le queda en propiedad?


          2.3.2. La Sociedad Colectiva
La sociedad colectiva es una sociedad mercantil de carácter personalista en la que todos los socios aportan
trabajo y además, muchos de ellos capital (dinero, bienes o derechos).

Se distinguen dos tipos de socios: socios capitalistas o colectivos y socios industriales. Los socios colectivos
aportan capital y trabajo, los socios industriales sólo trabajo.
La responsabilidad de los socios capitalistas o colectivos frente a terceros por las deudas de la sociedad, es
subsidiaria, solidaria e ilimitada.
Los socios industriales sólo aportan trabajo y no participan en el gobierno de la empresa.
La denominación de estas empresas suele estar formado por el apellido de cada profesional que la compone
(Pérez& Romero, Sánchez&Ruiz), o bien el de alguno de ellos seguido de la expresión "y Cía." (Sánchez y Cía.).
El número mínimo de socios es dos y no existe número máximo. No existe un mínimo legal para el capital
social, ni está estipulada la forma en que ha de desembolsarse.
Su principal ventaja es que se unen personas que tienen un determinado prestigio en las actividades que
desarrollan. Suelen ser las elegidas por los profesionales (abogados, médicos, arquitectos, asesores de empresas,
etc.). En ellas, el prestigio de las personas que se asocian es fundamental para la marcha de la empresa, y por eso
un cambio de socios significa una modificación de la sociedad.
Su principal desventaja es la poca flexibilidad: está prohibido transmitir la participación en la sociedad sin el
consentimiento de los demás socios, por ser una sociedad personalista que se basa en la mutua confianza entre los
socios.
El contrato de sociedad, que refleja la intención de las partes, debe ser formalizado en Escritura Pública e inscrito
en el Registro Mercantil.

          2.3.3. La Sociedad de Responsabilidad Limitada. La Sociedad Nueva Empresa1
La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una sociedad mercantil de carácter capitalista con el capital
dividido en participaciones, que no podrán incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones, y la
responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada

        Este tipo de sociedad es el más utilizado por las empresas de tamaño pequeño y mediano y es muy
frecuente en negocios de tipo familiar, porque resulta muy flexible y se ajusta mejor a sus necesidades. Se regula
por la Ley 2/1995, citada anteriormente, que introduce algunas importantes novedades, como la posibilidad de
constituir sociedades unipersonales para limitar la responsabilidad de los empresarios individuales que
anteriormente actuaban como personas físicas y respondían de su actividad con todo su patrimonio personal.



1
 LEY 7/2003 , de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa por la que se modifica la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de
Sociedades de Responsabilidad Limitada, (BOE 2 de abril de 2003): entrará en vigor a partir del 2 de junio de 2003).
    ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS                                      TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA
    2º de Bachillerato                                                                                                  8
La denominación o razón social no puede coincidir con ninguna otra y deberá ir acompañada de las
iniciales S. L. o S. R. L. El número mínimo de socios es de uno en el caso de S.L.R. unipersonal, o de dos en
otro caso, y no existe límite máximo de socios.
         El capital social mínimo es 3.005,06 € (500.000 pesetas). Dicha cantidad tiene que estar totalmente
suscrita y desembolsada en el momento de la constitución.
EJEMPLO: El señor López, que trabajaba en una empresa de mecánico ha sido prejubilado anticipadamente.
Con la indemnización recibida, decide montar un pequeño negocio de reparación de automóviles utilizando un
local de su propiedad. Como se va a ocupar él exclusivamente de todos los aspectos del negocio piensa que lo más
lógico es darse de alta como autónomo y ejercer corno persona física. Sin embargo, un amigo le comenta que
sería más favorable para él constituirse en sociedad de responsabilidad limitada unipersonal.
Comenta brevemente cuales son las principales ventajas e inconvenientes de adoptar una forma jurídica u otra.
        Las participaciones, que representan cada fracción del capital social, son iguales, indivisibles y
acumulables y llevan incorporados para el socio, prácticamente, los mismos derechos que las acciones en la
sociedad anónima. Sin embargo, no pueden representarse por títulos que faciliten su transmisión, como ocurre en el
caso de las acciones.
        Las aportaciones pueden ser en forma de dinero, bienes o derechos.
ÓRGANOS DE LA S.R.L.
♦ La Junta General es el órgano supremo de la sociedad y en ella están representados todos los socios que,
   mediante su voto, participan en la toma de decisiones importantes para la sociedad.
♦ Los Administradores se encargan de la administración de la sociedad y responden ante la Junta General. Puede
   existir un administrador único, o constituir un Consejo de Administración.

LA SOCIEDAD NUEVA EMPRESA. CARACTERÍSTICAS
♦ Se regula como especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada.
♦ Sólo podrán ser socios las personas físicas. Al tiempo de la constitución, los socios no podrán superar el número
  de cinco.
♦ El capital social no podrá ser inferior a 3.012 €, ni superior a 120.202 €.

        2.3.4. La Sociedad Anónima
         En las sociedades anteriores el número de socios es reducido y es muy importante la relación de confianza
entre ellos. El problema surge cuando crece la empresa y hay que captar un mayor número de socios y de capital,
con lo que hay que prescindir de la confianza.
       Las empresas precisan financiación cuando desean acometer nuevas inversiones, por ejemplo, captar
millones de euros para realizar inversiones en su proceso productivo y comprar máquinas nuevas. Dada esta
necesidad es por lo que han surgido las Sociedades Anónimas.
        Si las empresas son pequeñas, la captación de nuevos socios la suelen realizar entre trabajadores, familiares
y amigos. Si son entidades importantes que desean conseguir millones de euros, precisan de un mercado
organizado de captación, de tal forma que cumpliendo una serie de requisitos que establece la Comisión Nacional
del Mercado de Valores (CNMV), las empresas pueden salir a Bolsa en busca de inversores que se conviertan en
accionistas de las mismas. Ésta es una de las formas más baratas de obtener financiación y de las que más prestigio
y notoriedad suele otorgar. Para poder acceder a esos mercados es preciso constituirse en Sociedad Anónima.
La sociedad anónima es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital social está dividido en acciones que
pueden ser transmitidas libremente y la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada.
        La denominación no puede ser idéntica a la de otra sociedad y debe figurar la expresión "Sociedad Anónima" o
"S.A.". Se puede constituir con uno, tres o más socios, personas físicas o jurídicas que no responden de forma personal de las
deudas contraídas por la sociedad y que aportan un capital dividido en partes alícuotas llamadas acciones. Éstas constituyen la
contrapartida que recibe el socio por su aportación a la sociedad.
EJEMPLO. El capital social de una S.A. de 10.000.000 de euros se puede dividir en 100.000 acciones de 100
euros cada una. Si nosotros tuviésemos sólo una acción de esta supuesta empresa, el valor de nuestra aportación
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sería de 100 euros, y solamente responderíamos de las deudas de la empresa hasta esa cantidad (responsabilidad
limitada).

        El capital social mínimo es 60.101,21 € (10.000.000 de pesetas). Ha de estar suscrito totalmente y
desembolsado en una cuarta parte en el momento de la constitución, mientras que el resto de las cantidades, que
reciben el nombre de dividendos pasivos, se deben desembolsar en el tiempo y forma que determinen los Estatutos.
Las aportaciones pueden consistir en dinero, bienes o derechos, pero nunca trabajo como ocurre en las
sociedades personalistas.
Las acciones se pueden transmitir libremente, salvo que los Estatutos lo limiten expresamente con acuerdo a la ley,
y llevan incorporados, entre otros, los siguientes derechos:
♦ Derecho de voto en la Junta General de accionistas . Las decisiones más importantes de la sociedad se adoptan
   en la Junta a través del voto de los accionistas.
♦ Derecho al dividendo activo. El accionista tiene derecho a participar en el reparto de beneficios que se haya
   acordado en la Junta General.
♦ Derecho a participar en la cuota de liquidación. Cuando se liquida la sociedad, los accionistas tienen derecho a
   participar en el reparto de los bienes y derechos que resulten después de haber satisfecho todas las deudas de la
   sociedad.

   ÓRGANOS DE LA S.A.

           La Junta General de Accionistas es la reunión de los accionistas para deliberar y decidir sobre los
   asuntos de la Sociedad. Para que esté válidamente constituida se requiere que haya sido debidamente convocada
   y que se alcance el quórum de asistencia exigido. Los votos que tiene cada accionista son proporcionales al
   número de acciones que posee cada uno y los acuerdos se toman por mayoría del capital presente o
   representado.
        Las competencias de la Junta General de Accionistas, entre otras, son: la elección de las personas que
   deben llevar la administración de la empresa (el Consejo de Administración); decidir si se revoca a los
   administradores en su cargo, o si hay que exigirles responsabilidades por su administración; realizar
   modificaciones de los estatutos sociales, ... Por último, la Junta aprueba las cuentas anuales de la sociedad y
   decide cómo se van a repartir los beneficios que se han conseguido.
           Los Administradores son las personas que desempeñan las funciones de gobierno y representación de
   la Sociedad. Son elegidos por la Junta General de Accionistas. Este órgano puede adoptar varias formas:
           Unipersonal. Un administrador único.
           Consejo de Administración. Los miembros de este Consejo, tres o más, son elegidos por la Junta
            General por mayoría de votos, aunque las minorías tienen derecho a una representación proporcional.


        2.3.5. La Sociedad Laboral
       Las sociedades laborales surgieron como consecuencia de la crisis económica generalizada de los años
1970 y que tuvo su mayor incidencia en el sector industrial. Sus objetivos principales eran:
♦ El intento de asegurar el puesto de trabajo en una situación de crisis.
♦ Satisfacer el deseo de participación de los trabajadores en el gobierno y los beneficios de la empresa.
La Sociedad Laboral es una sociedad anónima o de responsabilidad limitada en la que la mayoría del capital
social es propiedad de trabajadores fijos que prestan en ella servicios retribuidos en forma personal y directa,
siempre y cuando concurran los requisitos establecidos en la ley.

       Estas sociedades pueden ser de dos tipos: Sociedad Anónima Laboral (S.A.L.) o Sociedad Limitada
Laboral (S.L.L.).
      La mayoría de los socios deben ser trabajadores de la empresa, por lo que se les denomina empresas de
economía social.

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En cuanto a sus ventajas, esta sociedad tiene las mismas que las sociedades anónimas o las limitadas.
Además, el hecho de que la mayoría de sus socios sean trabajadores de la empresa hace que el trabajo se convierta
en una de sus prioridades, tal y como sucede en las cooperativas.
Ejemplos de S.A.L.: LA MONTAÑESA, EMBUTIDOS PAMPLONICA...

        2.3.6. La Sociedad Cooperativa
La cooperativa es una sociedad constituida por personas físicas o jurídicas con intereses o necesidades comunes
que se asocian para realizar una actividad empresarial, con estructura y funcionamiento democrático.

Se rigen por los principios de libre adhesión y puerta abierta. La incorporación y la baja de los socios son
voluntarias y libres para todo el que cumpla las condiciones exigidas por la cooperativa.
El capital de la cooperativa es variable y está constituido por las aportaciones de los socios: aumenta con la
incorporación de nuevos socios y disminuye cuando alguno se da de baja.
Los Estatutos fijarán el capital social mínimo con el que puede constituirse la cooperativa. Deberá estar totalmente
desembolsado desde su constitución. El capital social está dividido en aportaciones nominativas de los socios y,
en su caso, de los asociados y los socios colaboradores.
La responsabilidad de los socios por las deudas sociales estará limitada a las aportaciones al capital social que
hubieran suscrito.
La denominación de la sociedad incluirá necesariamente las palabras "Sociedad Cooperativa" o "S. Coop."
Su principal ventaja es que surge de la unión de personas que se asocian para realizar una actividad económica que
sea beneficiosa para todas ellas. Además, su prioridad por el empleo hace que los ajustes necesarios que se
producen, cuando los ingresos disminuyen, se realicen a través de una reducción de su participación en los
ingresos, pero no a través del despido de parte de los trabajadores.
Uno de los inconvenientes que tiene la cooperativa es que los socios pueden no estar dispuestos a realizar
inversiones a largo plazo que superen el tiempo en el que ellos prevén permanecer en la empresa. Además, los
cooperativistas, a pesar de que tienen una responsabilidad limitada sobre las deudas sociales, asumen un riesgo alto
ya que los problemas de la empresa pueden dejarlos sin capital y sin trabajo. Otro de sus inconvenientes, a nivel
nacional, es la pluralidad de normas que existe para regular estas sociedades. La mayoría de las comunidades
autónomas han desarrollado su propia Ley de Cooperativas.


ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA
      ♦   La Asamblea General. Es el principal órgano de la cooperativa que reúne a los socios para deliberar y
          tomar acuerdos; cada cooperativista tiene un voto.
      ♦   El Consejo Rector. Es el encargado de la administración y representación de la sociedad
      ♦ Los Interventores. Su labor consiste en la revisión de las cuentas anuales.
    Destacar el Grupo Mondragón. Es uno de los mayores grupos cooperativos del mundo. Lo constituyen 150
empresas de diversos sectores. Algunas de éstas son: Eroski, Fagor, Caja Laboral, Mapsa (fabricante de llantas de
aluminio), Seguros Lagunaro....




ANEXO
La Cámara Navarra de Comercio e Industria es una corporación de derecho público cuya finalidad es la
representación, defensa y promoción de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios de
Navarra. Está integrada por todas las empresas y autónomos que ejercen una actividad comercial o industrial en
nuestra Comunidad, excluidas las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras de carácter primario y los servicios
de agentes y corredores de seguros que sean personas físicas, así como los correspondientes a profesionales
liberales no incluidas expresamente en el párrafo anterior.

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 2º de Bachillerato                                                                                               11
La Cámara tiene como función prestar servicios de información, formación, asesoría y asistencia técnica a estas
empresas. Entre la información recogida y tratada por la Cámara Navarra extraemos estos datos relacionados con la
clasificación de las empresas navarras según su tamaño y por sectores de actividad:


                                DISTRIBUCIÓN DE EMPRESAS NAVARRAS SEGÚN TAMAÑO 2008


                               70,85%     25,95%        1,70%        1,32%          0,17%
                   16.000
                   14.000
  Nº de empresas




                   12.000
                   10.000
                    8.000
                    6.000
                    4.000
                    2.000
                        0
                               De 1-5       De 6-50     De 51-100 De 101-500        De más de
                            trabajadores trabajadores trabajadores trabajadores        500
                                                                                  trabajadores
                                                   Nº de trabajadores



Aunque los parámetros de clasificación de las empresas según su tamaño por número de trabajadores no coinciden
con los explicados anteriormente, ya hemos comentado cómo estos no son fijos. En este caso, a pesar de no ser los
más comunes, la Cámara Navarra ha utilizado los del gráfico, mostrando igualmente la importancia de las PYMES
en la economía navarra.



                                EMPRESAS POR SECTORES NAVARRA AÑO 2008




                                                            AGRICULTURA 3%
                                                                                     INDUSTRIA Y
                                                                                   CONSTRUCCIÓN;
                                                                                        39%

                                 SERVICIOS 58%




                                                                FUENTE INFORMACIÓN ECONÓMICA 2008: www.camaranavarra.com




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Tema 2

  • 1. TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2.1 La figura del empresario: concepto y tipos 2.1.1 El empresario riesgo de Knight 2.1.2 El empresario innovador de Schumpeter 2.1.3 El empresario como tecnoestructura de Galbraith 2.2 Clasificaciones de empresas 2.2.1 Según el tamaño 2.2.2 Según el sector de actividad 2.2.3 Según la propiedad del capital 2.2.4 Según su forma jurídica 2.3 Formas jurídicas de la empresa 2.3.1 El empresario individual 2.3.2 La sociedad colectiva 2.3.3 La sociedad de responsabilidad limitada 2.3.4 La sociedad anónima 2.3.5 La sociedad laboral 2.3.6 Las sociedades cooperativas 2.1. La figura del empresario: concepto y tipos La figura fundamental de cualquier empresa es el empresario. A lo largo del siglo XX, distintos autores han elaborado diferentes teorías sobre el papel que el empresario debe desempeñar en la empresa, destacando las características más importantes que, a su juicio, definen el papel del empresario. A continuación estudiaremos las más importantes: 2.1.1. La teoría del empresario riesgo de Knight Para este autor el riesgo es lo que define al verdadero empresario. La actividad empresarial supone anticipar y asegurar el pago de los factores a cambio de unos hipotéticos ingresos futuros. Según esta teoría, el empresario adquiere o contrata los factores productivos a unos precios predeterminados y les paga la renta acordada con ellos (alquileres, sueldos y salarios, intereses y beneficio ordinario, que son los costes de la empresa) antes de conocer los ingresos que obtendrá por la venta de sus productos, buscando, con ello, un beneficio empresarial o renta residual que es siempre incierto o desconocido, debido a la existencia de incertidumbre en el desarrollo de la actividad empresarial. Esta incertidumbre implica que el empresario no conoce con certeza las consecuencias que se van a derivar de su actuación empresarial obligándole a realizar una serie de previsiones para afrontar el futuro económico de la empresa. Si el empresario acierta en sus previsiones y los ingresos son mayores que los costes, obtendrá un beneficio o renta residual (beneficio extraordinario), que es lo que le quedará después de haber pagado a los propietarios de los factores productivos por su utilización, pero si su cálculo es erróneo, tendrá que soportar las pérdidas que se originen. Las previsiones que debe realizar el empresario son: ♦ Conocer las necesidades de los consumidores y estimar la demanda para sus productos. ♦ Determinar (establecer) los precios de venta de sus productos, o bien, adecuar sus costes a los precios de venta que él prevé que tendrán sus productos en el mercado en el momento en que los tenga que vender. En función de la información y el grado de conocimiento que el empresario posea sobre la situación económica y el comportamiento de los agentes económicos, el grado de incertidumbre será mayor o menor y en consecuencia las previsiones que realice serán más o menos acertadas. ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 1
  • 2. En cuanto a la incertidumbre, esta puede ser medible, en cuyo caso se puede contratar un seguro que la cubra y así el empresario no asume el riesgo (Ej.: El empresario estima que un 5% de los productos saldrán defectuosos y se los devolverán, así que contrata un seguro que le cubra ese riesgo, pero, en contrapartida aumentarán sus costes y disminuirá su beneficio empresarial), o no medible, en cuyo caso no se puede asegurar y el empresario debe asumir el riesgo (Ej.: La demanda de sus productos puede aumentar o disminuir). En resumen, el economista inglés Frank Knight presenta una teoría del empresario en la que su principal papel consiste en asegurar las rentas a los propietarios de los factores productivos (alquileres, sueldos y salarios, intereses y beneficio ordinario) soportando el riesgo de la actividad económica de la empresa, y persiguiendo un beneficio empresarial o renta residual (beneficio extraordinario) como recompensa por asumir dicho riesgo. 2.1.2. El empresario innovador de Schumpeter Para Schumpeter, el empresario es el principal protagonista del desarrollo económico capitalista y su principal función es la innovación, es decir, la aplicación de las invenciones tecnológicas a usos comerciales o industriales. Según este autor, el sistema económico tiende a estar en una situación de equilibrio en la que los ingresos de las empresas son iguales a los costes de producción más el salario del empresario por dirigir la empresa y que denomina beneficio ordinario; en esta situación, la renta residual o beneficio extraordinario es cero. Ingresos = Costes de producción + Salario del empresario (beneficio ordinario) Esta situación de equilibrio continuará hasta que un empresario realice alguna innovación (introduciendo un bien nuevo, abriendo un mercado nuevo, introduciendo un método de producción nuevo, etc.). Mediante esta innovación, la situación de equilibrio se altera y la empresa consigue temporalmente una situación de monopolio que le permite aumentar el precio de sus productos y obtener un beneficio extraordinario o renta residual, que es lo que le quedará al empresario después de haber pagado a los propietarios de los factores productivos por su utilización y de haber cobrado su salario por dirigir la empresa. Con el paso del tiempo, otros empresarios (imitadores) atraídos por el alto beneficio, introducen imitaciones con las que compiten con el empresario innovador. Esta competencia hace que los beneficios extraordinarios se reduzcan hasta la situación inicial de equilibrio, en la que no hay beneficio extraordinario y por tanto no entrarán nuevos empresarios imitadores. En consecuencia, según Schumpeter, el desarrollo económico en el sistema capitalista es consecuencia del cambio tecnológico, y el empresario es el principal protagonista de este cambio. Añade que el cambio tecnológico es un proceso que se lleva a cabo en tres fases distintas que son realizadas por personas diferentes que, además, responden a distintas personalidades: ♦ Invención: Se refiere a la creación o descubrimiento de nuevos productos o de nuevos procesos productivos. No es exclusiva de los hombres de empresa y las personas que las realizan pertenecen al campo de la inventiva y la creatividad. ♦ Innovación: Acción de poner en práctica inventos que ya existen o aplicación de la invención a usos comerciales o industriales. Esta función es el principal papel del empresario innovador. ♦ Imitación: Copia de la innovación, a la que se cambian aspectos secundarios (diseño, envase, color, etc.). La imitación es realizada por empresarios conservadores o seguidores que cumplen la función de incrementar la competencia, por lo que el beneficio extraordinario de los innovadores disminuye. Finalmente, es necesario resaltar que el beneficio extraordinario o renta residual es, según Schumpeter, la recompensa que recibe el empresario por haber sido capaz de realizar una innovación aplicable al mercado. En esto difiere de la teoría de Knight, cuando dice que es la recompensa que recibe el empresario por el riesgo que asume en el desarrollo de la actividad empresarial; sin embargo, en opinión de Schumpeter, el empresario no tiene porqué ser necesariamente la persona que asuma el riesgo, sino que ésta sería el propietario, que es el que aporta el capital, o el prestamista, que es el que concede los préstamos, ya que éstos son los que sufren las pérdidas si la empresa fracasa. ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 2
  • 3. 2.1.3. El empresario como tecnoestructura de Galbraith En los países occidentales más desarrollados la actividad económica está dominada por las grandes corporaciones empresariales que tienen el poder suficiente para influir en el mercado según su conveniencia. Estas grandes compañías ya no pueden ser dirigidas por una sola persona, sino que necesitan un gran número de técnicos profesionales (economistas, ingenieros, jefes de taller, abogados,...) que actúan de forma conjunta y a los que Galbraith llama tecnoestructura. La tecnoestructura es el nombre con que se designa al grupo de personas que aportan a la empresa conocimiento especializado, talento o experiencia para tomar decisiones de grupo que rebasan la capacidad de conocimiento de cada uno de ellos por separado. Este grupo de personas, llamados directivos o administradores, son los que disponen de los datos necesarios para tomar las decisiones importantes en las grandes empresas y quienes realmente las gobiernan (aunque muchos de ellos no son accionistas), porque los accionistas no tienen ningún poder real en ese tipo de empresas. Cuando Galbraith habla del empresario, no se refiere a una sola persona, sino al grupo dirigente definido como tecnoestructura. La causa de la dominación de la tecnoestructura es debida a la separación entre la propiedad de la empresa (accionistas) y el control o administración de la empresa (directivos o administradores). Esta separación se produce porque los accionistas al estar muy divididos, mantienen una actitud pasiva y ceden sus derechos a los administradores, de los cuales esperan recibir una remuneración adecuada por sus aportaciones de capital en forma de una determinada cantidad de beneficios por acción, que se denomina dividendo. Las consecuencias de la situación anterior son: ♦ Los directivos o administradores se quedan con el control de la empresa y ejercen la función de empresario. ♦ Buscan el crecimiento y la eficiencia de la empresa para mantener la confianza de los propietarios y conservar el poder y a la vez alcanzar sus metas personales (dinero, fama, prestigio,...). 2.2. Clasificaciones de empresas Existen ciertas leyes o principios económicos que son aplicables a todas las empresas, sean del tipo que sean. Pero junto a estos principios generales, aparecen peculiaridades para cada tipo de empresa, e incluso para cada empresa concreta, según la situación en la que se encuentre y la contingencia que se le presente. La variedad de empresas existente es enorme. Así mismo, se pueden utilizar una gran cantidad de criterios para clasificarlas. De entre todos ellos, vamos a destacar los más utilizados. 2.2.1. Según su tamaño Este criterio distingue empresas de tres categorías: pequeñas, medianas y grandes. Además, se suele hablar de las PYMES (que agrupa a las empresas pequeñas y medianas) y de las multinacionales, como empresas especialmente grandes sobre las que ampliaremos en el tema 3. No existe un acuerdo generalizado sobre los criterios para medir el tamaño de las empresas, ni sobre las dimensiones que han de tener para pertenecer a una u otra clase, debido a que depende de varias circunstancias. Por ejemplo, una pequeña empresa estadounidense podría ser una empresa mediana o grande en España. No obstante, los indicadores más utilizados son: 1. Número de trabajadores 2. Volumen de negocio 3. Activo Un criterio muy utilizado por su sencillez es el del número de trabajadores. Así, se denominan microempresas a aquellas que tienen menos de 10 trabajadores, pequeñas si en ellas hay menos de 50, medianas entre 50 y 250 y grandes más de 250. En general, el estudio de la gestión empresarial se ha centrado en las grandes empresas aunque en la realidad, la mayoría de nuestras empresas son pequeñas y medianas (PYMES); En España, las PYMES representan el 99% de las empresas, generan más de 2/3 del PIB y concentran el 80% del empleo. Lo mismo ocurre en la mayoría de países europeos. Podemos hablar entonces de pequeña dimensión pero ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 3
  • 4. de gran transcendencia social y económica, ya que la mayoría de las familias españolas y europeas viven del empleo que proporcionan dichas empresas. Las características que definen una PYME son las siguientes: - Dispone de una parte reducida del mercado y su actividad no influye en el país ni en la demanda total. - Está dirigida personalmente por sus propietarios no contratando normalmente directivos profesionales. - Son autónomas en cuanto a la toma de decisiones, están libres de control externo dentro del margen de actuación que les deja el mercado. A su vez, teniendo en cuenta los indicadores anteriormente mencionados, podemos diferenciar entre una PYME, una pequeña empresa y una microempresa: Micr Pequeñ PY oem a ME pres empresa a Número de empleados <25 <50 <10 (trabajadores) 0 Volumen de negocio <50 <10 <2 (mill. euros) Activo (mill. euros) <43 <10 <2 Además de estos indicadores, para catalogar una empresa como PYME, pequeña empresa o microempresa hay que tener en cuenta otros criterios como la pertenencia a un grupo empresarial o su cuota de mercado. En el siguiente cuadro quedan recogidas las principales ventajas e inconvenientes de las PYMES: VENTAJAS INCONVENIENTES Por su proximidad y relación directa con el Precios más elevados al no poder cliente, disfrutan de una posición aprovecharse de las economías a escala de privilegiada en los mercados locales. las grandes empresas. Pueden actuar como auxiliares de las Por lo general, carecen de potencial grandes empresas en la producción financiero suficiente teniendo mayor industrial (fabricación de componentes, de dificultad para acceder a préstamos y piezas…) o en la distribución de servicios. créditos bancarios, y a otras oportunidades de financiación como la Bolsa, la emisión de obligaciones, etc. Flexibilidad y capacidad de superación ante Los esfuerzos en I+D+i son escasos. situaciones de cambio coyuntural. (Crisis) Se encuentran en mejor posición para la No tienen control sobre el conjunto de sus adaptación de productos y técnicas a las proveedores y clientes, perdiendo la necesidades del cliente gracias a su posibilidad de imponer condiciones que les capacidad inventiva o creativa permitan disfrutar de una posición ventajosa. Posibilidad de cambiar de actividad en poco No existe una planificación estratégica sino espacio de tiempo, pues las estructuras que se “vive el día a día”. productivas y laborales son flexibles. (Organización En una economía de mercado global, la principal amenaza para la PYME son las grandes multinacionales que dado su gran poder económico, político y social pueden dictar las normas de funcionamiento del sector e impedir la entrada de las PYMES o provocar su salida. 2.2.2. Según el sector de actividad ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 4
  • 5. Atendiendo a este criterio, surgen tres clases de empresas: primarias, secundarias y terciarias. Dentro de cada uno de estos tres grandes sectores, pueden establecerse distintas clasificaciones dependiendo del nivel de desagregación que se utilice. 4. Empresas primarias. Son aquellas empresas cuya materia prima principal es una parte de la naturaleza, y cuyo proceso de producción consiste en fomentar el desarrollo natural de ese elemento para comercializarlo. Pertenecen a este sector las empresas agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras. 5. Empresas secundarias o industriales. Son aquellas empresas que aplican procesos técnicos de transformación a las materias primas para obtener productos. Dependiendo de la materia prima a transformar se clasifican en distintas ramas o subsectores de actividad: alimentación, productos del metal, naval, automovilística, etc. 6. Empresas terciarias o de servicios. Conjunto de empresa cuya función fundamental es la prestación de un servicio. Se caracterizan porque no realizan labores técnicas de transformación. Se incluyen en esta clase subsectores como la banca, la enseñanza, los servicios profesionales, la hostelería, el transporte… 2.2.3. Según la propiedad del capital Atendiendo a este criterio las empresas se clasifican en: privadas, públicas y mixtas 7. Empresas privadas. Empresas cuyo capital es propiedad de particulares. Es el tipo de empresa más común en el sistema de economía de mercado y el que se utiliza como referencia al hablar de empresa en economía. 8. Empresas públicas. Aquellas cuyo capital es propiedad del Estado o de cualquier otro Organismo Público. Se caracteriza por la existencia de fines u objetivos por encima de los normales de mercado (la búsqueda del beneficio). Ejemplos: RENFE, CORREOS, SODENA, PLANETARIO, BALUARTE,... En la actualidad se está procediendo a importantes procesos de privatización de empresas públicas en muchos países. 9. Empresas mixtas. Aquellas empresas cuyo capital pertenece, en parte, a Entidades Públicas, y en parte a los particulares. Dependiendo de cuál de ambas fracciones tenga el control de la empresa, se le podría incluir en uno u otro de los apartados anteriores. Empresas navarras en las que el sector público tiene una participación del 50% o menos: EHN, RETENA, LABORATORIOS CINFA, GAS NAVARRA,... 2.2.4. Según su forma jurídica Toda empresa debe adoptar alguna de las formas jurídicas previstas en la normativa española. Puede tratarse de un empresario individual, es decir, una sola persona física; o de un empresario social, esto es, una persona jurídica o sociedad mercantil. Considerando el criterio de clasificación de la forma jurídica, se pueden distinguir las siguientes figuras jurídicas: 10. El empresario individual 11. La sociedad colectiva 12. La sociedad de responsabilidad limitada 13. La sociedad anónima 14. La sociedad laboral 15. Las sociedades cooperativas 2.3. Formas jurídicas de la empresa Uno de los criterios de clasificación más utilizado para diferenciar unas empresas de otras es el que atiende a la forma jurídica que utilizan para poder funcionar legalmente. Es más, uno de los aspectos que debe analizarse, una vez tomada la decisión de crear una empresa, es el de la forma jurídica que más convenga y mejor se adapte a las características del proyecto que se pretende desarrollar. La normativa española permite adoptar una gran variedad de modalidades, permitiéndoles tomar la forma que más se ajuste a sus intereses. Las características que diferencian unas formas jurídicas de otras son: - La actividad que se va a ejercer - El volumen de capital necesario - El número de socios - La forma de acceso a la propiedad de la empresa - La responsabilidad frente a terceros ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 5
  • 6. - Los aspectos fiscales y, - El gobierno y representación de la empresa. ♦ La actividad que se va a ejercer: Algunas actividades están obligadas a constituirse de una determinada forma jurídica: Seguros, banca, juego, leasing, deben constituirse como Sociedades anónimas ♦ El volumen de capital necesario: o las necesidades económicas del proyecto El número de socios: Tradicionalmente se ha distinguido entre las formas jurídicas unipersonales y las societarias. Las primeras eran aquellas en las que el propietario de la empresa era una única persona, y las segundas, en cambio, las que tenían varios propietarios (denominados socios) que formaban una sociedad dedicada a actividades mercantiles. ♦ La forma de acceso a la propiedad de la empresa:La legislación vigente permite dos maneras de acceder a la propiedad de la empresa:  Una forma consiste en aportar a la empresa dinero (lo más habitual), bienes (terrenos, oficinas, ordenadores..) o derechos (participaciones en fondos de inversión, bonos del Estado, acciones de otra empresa...)  La otra forma de acceder a la propiedad de la empresa es aportando trabajo. Hay formas societarias que solamente admiten una de las dos maneras y algunas que permiten las dos clases de aportaciones. Además, en algunos casos el prestigio profesional de los socios es un requisito fundamental y hace que el acceso a la propiedad de la empresa esté restringido y precise de la autorización de todos los socios, que tratan de evitar la entrada de personas que no cumplan los requisitos que consideran necesarios para asociarse con ellos. En un despacho de abogados, por ejemplo, el prestigio del despacho en su conjunto depende del que tiene cada uno de los abogados que lo forman. En cambio, existen formas societarias en las que las restricciones a la transmisión de la propiedad son mínimas (por ejemplo, en una gran empresa como Telefónica, uno puede vender sus títulos de propiedad sin necesidad de pedir permiso al resto de sus socios). Por otro lado existen las llamadas empresas de economía social. En ellas, sus propietarios deben ser al mismo tiempo trabajadores de la empresa. Esta circunstancia hace que su prioridad no sea tanto los beneficios societarios como la conservación de su propio empleo. Por ello, la transmisión de los títulos de propiedad en este tipo de sociedades no se puede realizar libremente, y es el conjunto de trabajadores-socios el que tiene la última palabra a la hora de admitir la incorporación de nuevos socios. ♦ La responsabilidad frente a terceros: En algunas formas jurídicas, los propietarios responden ante las deudas en las que pueda incurrir la empresa con todo su patrimonio individual, a pesar de que éste no esté siendo utilizado directamente en la actividad económica. Por ejemplo, si una empresa contrae deudas que debe pagar y aun vendiendo todo lo que posee no tiene suficiente para saldarlas, el propietario o los propietarios deben pagar el resto recurriendo a su patrimonio sin límite alguno. Por ello, en estas empresas se dice que la responsabilidad de sus propietarios es ilimitada. Algunos socios de estas empresas, además responden de forma subsidiaria (deben hacerse cargo de las deudas, sino lo hace la sociedad); y solidaria (la totalidad de la deuda puede ser exigida a cada uno de los socios o a uno de ellos individualmente) Por el contrario, en otras formas jurídicas, los propietarios solamente responden de las deudas de la sociedad con la cuantía de su aportación. Su responsabilidad es, en este caso, limitada. Esto significa que, a pesar de que la empresa no pueda pagar la totalidad de las deudas que ha contraído con algún acreedor, éste no podrá reclamar más dinero a los propietarios, salvo que éstos, no hubiesen desembolsado el total de su aportación comprometida. En este último caso, el socio debería hacerlo y perdería este montante, pero nunca más dinero de lo que corresponde al valor de su participación en la empresa. ♦ Los aspectos fiscales: Las distintas formas jurídicas pueden suponer distintas cargas fiscales, dependiendo del tamaño de la empresa o si se acogen a formas protegidas de economía social. ♦ El gobierno y representación de las empresas: La última peculiaridad que diferencia las distintas formas jurídicas de empresa es la manera en la que se organiza el gobierno de las mismas y su representación externa.  El gobierno de una empresa lo ejerce la persona u organismo que realiza las actividades relacionadas con su dirección y administración. Son estas personas u organismos quienes toman las decisiones importantes que afectan a la vida de la empresa. ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 6
  • 7.  La representación externa de la empresa la ostenta quien responde, ante las autoridades y los tribunales, por las posibles responsabilidades derivadas de actuaciones inadecuadas en el marco de la actividad empresarial. Exceptuando el empresario individual, en cuyo caso el gobierno y la representación de la empresa coinciden en la misma persona, en las otras formas jurídicas se suele separar el organismo que se encarga del gobierno de la empresa del que asume la representación de la misma. PRINCIPALES FORMAS JURÍDICAS DE LA EMPRESA A) Empresario individual. Persona física B) Empresario social (Empresas societarias). Persona jurídica. La empresa tiene una individualidad propia y distinta de la que tiene cada uno de los socios. B.1) Sociedades Personalistas, en las que lo fundamental son las personas que las constituyen: ♦ Sociedad colectiva (S.C.R o S.C.I.) B.2) Sociedades Capitalistas, lo fundamental es la aportación de capital: ♦ Sociedad de responsabilidad limitada (S.L. o S.R.L.) ♦ Sociedad anónima (S.A.) B.3) Empresas de economía social: ♦ Sociedad laboral (S.A.L. o S.L.L.) ♦ Sociedad cooperativa (S. Coop.) 2.3.1. El empresario individual El empresario individual o autónomo es la persona física que ejerce de forma habitual una actividad económica con ánimo de lucro, sin estar sujeta por ello a contrato de trabajo. Pueden ser empresarios individuales los mayores de edad que tengan la libre disposición de sus bienes; y los menores de edad o incapacitados, que lo ejerzan a través de sus representantes legales. Al no existir separación entre el patrimonio personal y el patrimonio de la empresa, el empresario, que es el único dueño de la empresa, tiene responsabilidad ilimitada, es decir, responde de las deudas de la empresa con todos sus bienes presentes y futuros. En el caso de que el empresario/a sea una persona casada, si ambos cónyuges participan en la misma actividad responden con todo el patrimonio. Tanto el gobierno o gestión de la empresa como la representación corresponden a su titular, aunque éste puede nombrar apoderados que actúen en su nombre. La principal ventaja de estas empresas es que el empresario puede tomar todas las decisiones sin tener que depender de nadie. Además, todos los beneficios que obtenga la empresa son para él. Los inconvenientes son que el empresario asume grandes riesgos, ya que responde con todos sus bienes ante cualquier problema, y que el desarrollo de la empresa depende completamente de él, de su intuición, su salud, su trabajo, etc. Por estos motivos, las empresas individuales tienen problemas para obtener créditos o préstamos, lo que dificulta sus posibilidades de crecimiento. La forma de empresario individual es la opción que toman muchos emprendedores cuando su negocio es pequeño, con poco riesgo y no hay que realizar una gran inversión inicial (pequeñas tiendas, bares...]. En estos casos, los pocos requisitos formales y la simplicidad de esta forma jurídica la hacen preferible a otras. La inscripción en el Registro Mercantil es potestativa, por tanto, no requiere proceso previo de constitución, ni existe límite de capital. La denominación será el nombre civil del titular. ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 7
  • 8. EJEMPLO: Una persona lleva veinte años trabajando en una gran empresa, en un puesto de mediana responsabilidad, con un horario de jornada intensiva que le permite salir a las tres de la tarde. Con el salario obtenido por su trabajo ha conseguido comprarse un piso en el que vive con su mujer, que no trabaja, y ahorrar en una cuenta del banco 60 mil euros. Aprovechando que tiene tiempo por las tardes decide montar un negocio con los 60 mil euros ahorrados. Comienza su actividad como persona física y, aunque en un principio las cosas parecen irle bien, poco a poco va teniendo dificultades para cumplir sus compromisos de pago con sus proveedores por no alcanzarle los ingresos. En un determinado momento tiene que anunciarles que no puede hacer frente al resto de los pagos, por lo que se procede a liquidar el patrimonio del negocio y todavía faltan algunos proveedores por cobrar. ¿Podrían exigir estos proveedores que se les pague con el patrimonio personal del empresario, concretamente con la venta del piso, que es lo único que le queda en propiedad? 2.3.2. La Sociedad Colectiva La sociedad colectiva es una sociedad mercantil de carácter personalista en la que todos los socios aportan trabajo y además, muchos de ellos capital (dinero, bienes o derechos). Se distinguen dos tipos de socios: socios capitalistas o colectivos y socios industriales. Los socios colectivos aportan capital y trabajo, los socios industriales sólo trabajo. La responsabilidad de los socios capitalistas o colectivos frente a terceros por las deudas de la sociedad, es subsidiaria, solidaria e ilimitada. Los socios industriales sólo aportan trabajo y no participan en el gobierno de la empresa. La denominación de estas empresas suele estar formado por el apellido de cada profesional que la compone (Pérez& Romero, Sánchez&Ruiz), o bien el de alguno de ellos seguido de la expresión "y Cía." (Sánchez y Cía.). El número mínimo de socios es dos y no existe número máximo. No existe un mínimo legal para el capital social, ni está estipulada la forma en que ha de desembolsarse. Su principal ventaja es que se unen personas que tienen un determinado prestigio en las actividades que desarrollan. Suelen ser las elegidas por los profesionales (abogados, médicos, arquitectos, asesores de empresas, etc.). En ellas, el prestigio de las personas que se asocian es fundamental para la marcha de la empresa, y por eso un cambio de socios significa una modificación de la sociedad. Su principal desventaja es la poca flexibilidad: está prohibido transmitir la participación en la sociedad sin el consentimiento de los demás socios, por ser una sociedad personalista que se basa en la mutua confianza entre los socios. El contrato de sociedad, que refleja la intención de las partes, debe ser formalizado en Escritura Pública e inscrito en el Registro Mercantil. 2.3.3. La Sociedad de Responsabilidad Limitada. La Sociedad Nueva Empresa1 La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una sociedad mercantil de carácter capitalista con el capital dividido en participaciones, que no podrán incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones, y la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada Este tipo de sociedad es el más utilizado por las empresas de tamaño pequeño y mediano y es muy frecuente en negocios de tipo familiar, porque resulta muy flexible y se ajusta mejor a sus necesidades. Se regula por la Ley 2/1995, citada anteriormente, que introduce algunas importantes novedades, como la posibilidad de constituir sociedades unipersonales para limitar la responsabilidad de los empresarios individuales que anteriormente actuaban como personas físicas y respondían de su actividad con todo su patrimonio personal. 1 LEY 7/2003 , de 1 de abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa por la que se modifica la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, (BOE 2 de abril de 2003): entrará en vigor a partir del 2 de junio de 2003). ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 8
  • 9. La denominación o razón social no puede coincidir con ninguna otra y deberá ir acompañada de las iniciales S. L. o S. R. L. El número mínimo de socios es de uno en el caso de S.L.R. unipersonal, o de dos en otro caso, y no existe límite máximo de socios. El capital social mínimo es 3.005,06 € (500.000 pesetas). Dicha cantidad tiene que estar totalmente suscrita y desembolsada en el momento de la constitución. EJEMPLO: El señor López, que trabajaba en una empresa de mecánico ha sido prejubilado anticipadamente. Con la indemnización recibida, decide montar un pequeño negocio de reparación de automóviles utilizando un local de su propiedad. Como se va a ocupar él exclusivamente de todos los aspectos del negocio piensa que lo más lógico es darse de alta como autónomo y ejercer corno persona física. Sin embargo, un amigo le comenta que sería más favorable para él constituirse en sociedad de responsabilidad limitada unipersonal. Comenta brevemente cuales son las principales ventajas e inconvenientes de adoptar una forma jurídica u otra. Las participaciones, que representan cada fracción del capital social, son iguales, indivisibles y acumulables y llevan incorporados para el socio, prácticamente, los mismos derechos que las acciones en la sociedad anónima. Sin embargo, no pueden representarse por títulos que faciliten su transmisión, como ocurre en el caso de las acciones. Las aportaciones pueden ser en forma de dinero, bienes o derechos. ÓRGANOS DE LA S.R.L. ♦ La Junta General es el órgano supremo de la sociedad y en ella están representados todos los socios que, mediante su voto, participan en la toma de decisiones importantes para la sociedad. ♦ Los Administradores se encargan de la administración de la sociedad y responden ante la Junta General. Puede existir un administrador único, o constituir un Consejo de Administración. LA SOCIEDAD NUEVA EMPRESA. CARACTERÍSTICAS ♦ Se regula como especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada. ♦ Sólo podrán ser socios las personas físicas. Al tiempo de la constitución, los socios no podrán superar el número de cinco. ♦ El capital social no podrá ser inferior a 3.012 €, ni superior a 120.202 €. 2.3.4. La Sociedad Anónima En las sociedades anteriores el número de socios es reducido y es muy importante la relación de confianza entre ellos. El problema surge cuando crece la empresa y hay que captar un mayor número de socios y de capital, con lo que hay que prescindir de la confianza. Las empresas precisan financiación cuando desean acometer nuevas inversiones, por ejemplo, captar millones de euros para realizar inversiones en su proceso productivo y comprar máquinas nuevas. Dada esta necesidad es por lo que han surgido las Sociedades Anónimas. Si las empresas son pequeñas, la captación de nuevos socios la suelen realizar entre trabajadores, familiares y amigos. Si son entidades importantes que desean conseguir millones de euros, precisan de un mercado organizado de captación, de tal forma que cumpliendo una serie de requisitos que establece la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), las empresas pueden salir a Bolsa en busca de inversores que se conviertan en accionistas de las mismas. Ésta es una de las formas más baratas de obtener financiación y de las que más prestigio y notoriedad suele otorgar. Para poder acceder a esos mercados es preciso constituirse en Sociedad Anónima. La sociedad anónima es una sociedad mercantil de carácter capitalista cuyo capital social está dividido en acciones que pueden ser transmitidas libremente y la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada. La denominación no puede ser idéntica a la de otra sociedad y debe figurar la expresión "Sociedad Anónima" o "S.A.". Se puede constituir con uno, tres o más socios, personas físicas o jurídicas que no responden de forma personal de las deudas contraídas por la sociedad y que aportan un capital dividido en partes alícuotas llamadas acciones. Éstas constituyen la contrapartida que recibe el socio por su aportación a la sociedad. EJEMPLO. El capital social de una S.A. de 10.000.000 de euros se puede dividir en 100.000 acciones de 100 euros cada una. Si nosotros tuviésemos sólo una acción de esta supuesta empresa, el valor de nuestra aportación ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 9
  • 10. sería de 100 euros, y solamente responderíamos de las deudas de la empresa hasta esa cantidad (responsabilidad limitada). El capital social mínimo es 60.101,21 € (10.000.000 de pesetas). Ha de estar suscrito totalmente y desembolsado en una cuarta parte en el momento de la constitución, mientras que el resto de las cantidades, que reciben el nombre de dividendos pasivos, se deben desembolsar en el tiempo y forma que determinen los Estatutos. Las aportaciones pueden consistir en dinero, bienes o derechos, pero nunca trabajo como ocurre en las sociedades personalistas. Las acciones se pueden transmitir libremente, salvo que los Estatutos lo limiten expresamente con acuerdo a la ley, y llevan incorporados, entre otros, los siguientes derechos: ♦ Derecho de voto en la Junta General de accionistas . Las decisiones más importantes de la sociedad se adoptan en la Junta a través del voto de los accionistas. ♦ Derecho al dividendo activo. El accionista tiene derecho a participar en el reparto de beneficios que se haya acordado en la Junta General. ♦ Derecho a participar en la cuota de liquidación. Cuando se liquida la sociedad, los accionistas tienen derecho a participar en el reparto de los bienes y derechos que resulten después de haber satisfecho todas las deudas de la sociedad. ÓRGANOS DE LA S.A. La Junta General de Accionistas es la reunión de los accionistas para deliberar y decidir sobre los asuntos de la Sociedad. Para que esté válidamente constituida se requiere que haya sido debidamente convocada y que se alcance el quórum de asistencia exigido. Los votos que tiene cada accionista son proporcionales al número de acciones que posee cada uno y los acuerdos se toman por mayoría del capital presente o representado. Las competencias de la Junta General de Accionistas, entre otras, son: la elección de las personas que deben llevar la administración de la empresa (el Consejo de Administración); decidir si se revoca a los administradores en su cargo, o si hay que exigirles responsabilidades por su administración; realizar modificaciones de los estatutos sociales, ... Por último, la Junta aprueba las cuentas anuales de la sociedad y decide cómo se van a repartir los beneficios que se han conseguido. Los Administradores son las personas que desempeñan las funciones de gobierno y representación de la Sociedad. Son elegidos por la Junta General de Accionistas. Este órgano puede adoptar varias formas:  Unipersonal. Un administrador único.  Consejo de Administración. Los miembros de este Consejo, tres o más, son elegidos por la Junta General por mayoría de votos, aunque las minorías tienen derecho a una representación proporcional. 2.3.5. La Sociedad Laboral Las sociedades laborales surgieron como consecuencia de la crisis económica generalizada de los años 1970 y que tuvo su mayor incidencia en el sector industrial. Sus objetivos principales eran: ♦ El intento de asegurar el puesto de trabajo en una situación de crisis. ♦ Satisfacer el deseo de participación de los trabajadores en el gobierno y los beneficios de la empresa. La Sociedad Laboral es una sociedad anónima o de responsabilidad limitada en la que la mayoría del capital social es propiedad de trabajadores fijos que prestan en ella servicios retribuidos en forma personal y directa, siempre y cuando concurran los requisitos establecidos en la ley. Estas sociedades pueden ser de dos tipos: Sociedad Anónima Laboral (S.A.L.) o Sociedad Limitada Laboral (S.L.L.). La mayoría de los socios deben ser trabajadores de la empresa, por lo que se les denomina empresas de economía social. ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 10
  • 11. En cuanto a sus ventajas, esta sociedad tiene las mismas que las sociedades anónimas o las limitadas. Además, el hecho de que la mayoría de sus socios sean trabajadores de la empresa hace que el trabajo se convierta en una de sus prioridades, tal y como sucede en las cooperativas. Ejemplos de S.A.L.: LA MONTAÑESA, EMBUTIDOS PAMPLONICA... 2.3.6. La Sociedad Cooperativa La cooperativa es una sociedad constituida por personas físicas o jurídicas con intereses o necesidades comunes que se asocian para realizar una actividad empresarial, con estructura y funcionamiento democrático. Se rigen por los principios de libre adhesión y puerta abierta. La incorporación y la baja de los socios son voluntarias y libres para todo el que cumpla las condiciones exigidas por la cooperativa. El capital de la cooperativa es variable y está constituido por las aportaciones de los socios: aumenta con la incorporación de nuevos socios y disminuye cuando alguno se da de baja. Los Estatutos fijarán el capital social mínimo con el que puede constituirse la cooperativa. Deberá estar totalmente desembolsado desde su constitución. El capital social está dividido en aportaciones nominativas de los socios y, en su caso, de los asociados y los socios colaboradores. La responsabilidad de los socios por las deudas sociales estará limitada a las aportaciones al capital social que hubieran suscrito. La denominación de la sociedad incluirá necesariamente las palabras "Sociedad Cooperativa" o "S. Coop." Su principal ventaja es que surge de la unión de personas que se asocian para realizar una actividad económica que sea beneficiosa para todas ellas. Además, su prioridad por el empleo hace que los ajustes necesarios que se producen, cuando los ingresos disminuyen, se realicen a través de una reducción de su participación en los ingresos, pero no a través del despido de parte de los trabajadores. Uno de los inconvenientes que tiene la cooperativa es que los socios pueden no estar dispuestos a realizar inversiones a largo plazo que superen el tiempo en el que ellos prevén permanecer en la empresa. Además, los cooperativistas, a pesar de que tienen una responsabilidad limitada sobre las deudas sociales, asumen un riesgo alto ya que los problemas de la empresa pueden dejarlos sin capital y sin trabajo. Otro de sus inconvenientes, a nivel nacional, es la pluralidad de normas que existe para regular estas sociedades. La mayoría de las comunidades autónomas han desarrollado su propia Ley de Cooperativas. ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD COOPERATIVA ♦ La Asamblea General. Es el principal órgano de la cooperativa que reúne a los socios para deliberar y tomar acuerdos; cada cooperativista tiene un voto. ♦ El Consejo Rector. Es el encargado de la administración y representación de la sociedad ♦ Los Interventores. Su labor consiste en la revisión de las cuentas anuales. Destacar el Grupo Mondragón. Es uno de los mayores grupos cooperativos del mundo. Lo constituyen 150 empresas de diversos sectores. Algunas de éstas son: Eroski, Fagor, Caja Laboral, Mapsa (fabricante de llantas de aluminio), Seguros Lagunaro.... ANEXO La Cámara Navarra de Comercio e Industria es una corporación de derecho público cuya finalidad es la representación, defensa y promoción de los intereses generales del comercio, la industria y los servicios de Navarra. Está integrada por todas las empresas y autónomos que ejercen una actividad comercial o industrial en nuestra Comunidad, excluidas las actividades agrícolas, ganaderas y pesqueras de carácter primario y los servicios de agentes y corredores de seguros que sean personas físicas, así como los correspondientes a profesionales liberales no incluidas expresamente en el párrafo anterior. ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 11
  • 12. La Cámara tiene como función prestar servicios de información, formación, asesoría y asistencia técnica a estas empresas. Entre la información recogida y tratada por la Cámara Navarra extraemos estos datos relacionados con la clasificación de las empresas navarras según su tamaño y por sectores de actividad: DISTRIBUCIÓN DE EMPRESAS NAVARRAS SEGÚN TAMAÑO 2008 70,85% 25,95% 1,70% 1,32% 0,17% 16.000 14.000 Nº de empresas 12.000 10.000 8.000 6.000 4.000 2.000 0 De 1-5 De 6-50 De 51-100 De 101-500 De más de trabajadores trabajadores trabajadores trabajadores 500 trabajadores Nº de trabajadores Aunque los parámetros de clasificación de las empresas según su tamaño por número de trabajadores no coinciden con los explicados anteriormente, ya hemos comentado cómo estos no son fijos. En este caso, a pesar de no ser los más comunes, la Cámara Navarra ha utilizado los del gráfico, mostrando igualmente la importancia de las PYMES en la economía navarra. EMPRESAS POR SECTORES NAVARRA AÑO 2008 AGRICULTURA 3% INDUSTRIA Y CONSTRUCCIÓN; 39% SERVICIOS 58% FUENTE INFORMACIÓN ECONÓMICA 2008: www.camaranavarra.com ECONOMÍA Y ORGANIZACIÓN DE EMPRESAS TEMA 2: EL EMPRESARIO Y LOS TIPOS DE EMPRESA 2º de Bachillerato 12