2. 2
Uniformar los criterios técnicos.
Responder a las necesidades actuales de
información.
Generalizar su uso a todo el Sector
Público.
Sistematizar la información estadística,
realizar análisis y estudios.
OBJETIVOS DE LOS
CLASIFICADORES
PRESUPUESTARIOS
3. 3
OBJETIVOS DE LOS CLASIFICADORES
PRESUPUESTARIOS
Identificar con transparencia los bienes y
servicios que se adquieren, las
transferencias y otras operaciones
financieras que realiza la Administración.
Flexibilizar y facilitar el desarrollo de las
distintas etapas de proceso presupuestario.
Facilitar el análisis, toma de decisiones y
permitir la consolidación de cifras.
4. 4
Artículo 3b) LAFRPP.
“Desarrollar sistemas que faciliten
información oportuna y confiable
sobre el comportamiento financiero
del sector público nacional, como
apoyo a los procesos de toma de
decisiones y evaluación de la gestión”
6. 6
CLASIFICADORES FECHA DECRETO
Clasificador Presupuestario de los
Ingresos del Sector Público.
miércoles 19 de noviembre de
2003
31458-H
Clasificador Presupuestario por
Objeto del Gasto.
miércoles 19 de noviembre de
2003
31459-H
Clasificador Presupuestario
Institucional
viernes 23 de abril del 2004 31746-H
Clasificador Económico del Gasto del
Sector Público
lunes 19 de julio del 2004 31877-H
DOCUMENTOS
COMPLEMENTARIOS
Diccionario de Imputaciones
Presupuestarias
Alcance.33 a la Gaceta 140 lunes
19 de julio del 2004
31888-H
Normas y Criterios para la utilización
de los Clasificadores presupuestarios
La Gaceta Nº 125, del 29 de
junio de 2004 .
32434-H
7. 7
VIGENCIA
•*Artículo 3º—Las instituciones deberán destinar
los recursos necesarios que permitan
implementar dicho clasificador.
Las instituciones que estén en capacidad de
efectuar los ajustes pertinentes en sus sistemas
presupuestarios, lo pondrán en vigencia a partir
de la presentación de los presupuestos que
regirán a partir del año 2004. Sin embargo, la
obligatoriedad de implementar dicho clasificador
regirá a partir del ejercicio presupuestario del
año 2006.
*DECRETO 31458 DE 6-10-2003 GACETA 223 DEL 19-11-2003
8. 8
ÁMBITO DE APLICACIÓN
•GOBIERNO DE LA REPÚBLICA
(PRESUPUESTO DE LA REPÚBLICA)
•SECTOR DESCENTRALIZADO
•MUNICIPALIDADES
•FIDEICOMISOS
•ENTIDADES PRIVADAS
•ÓRGANOS, PROGRAMAS, ETC. (ART
18 LOCGR)
9. 9
Artículo 4º—Las modificaciones futuras al
“Clasificador Presupuestario de los Ingresos del
Sector Público”, estarán a cargo de una
Comisión Técnica Interinstitucional conformada
por representantes de la Contabilidad Nacional y
la Dirección de Presupuesto Nacional del
Ministerio de Hacienda, así como por la
Contraloría General de la República, las cuales
se formalizarán vía decreto ejecutivo y se
publicarán oportunamente en el sitio web del
Ministerio de Hacienda.
11. 11
Sobre la atención de consultas:
1.16- La atención de dudas sobre la correcta
desagregación de las cuentas presupuestarias
y en cuanto a los clasificadores en general,
estará a cargo del Ministerio de Hacienda. Lo
anterior sin perjuicio de las competencias
constitucionales y legales de la Contraloría
General de la República.
Normas y criterios operativos para la utilización de los
clasificadores
13. 13
Clasificación
El presupuesto de ingresos se elaborará
considerando su naturaleza económica,
para lo cual se distinguirá entre
ingresos corrientes, ingresos de capital
y fuentes de financiamiento.
Artículo 40.— DECRETO Nº 30058-H-MP-PLAN y
sus reformas
14. 14
CONCEPTO
El clasificador presupuestario de
ingresos del Sector Público, es un
instrumento normativo que ordena y
agrupa los recursos con que cuentan
las entidades públicas, en categorías
homogéneas definidas en función de
la naturaleza y características de las
transacciones que dan origen a cada
una de las fuentes de recursos.
15. 15
CODIFICACIÓN
Nivel 1: 1 CLASE
Nivel 2: 1 SUBCLASE
Nivel 3: 1 GRUPO
Nivel 4: 1 SUBGRUPO
Nivel 5: 2 PARTIDA
Nivel 6: 2 SUBPARTIDA
Nivel 7: 1 RENGLON
Nivel 8: 1 SUBRENGLON
Nivel 9: 3 FUENTE DE FINANCIACION
NIVELES
18. 18
INGRESOS DE CAPITAL
Venta de activos
Recuperación y anticipos por obras de utilidad
pública
Recuperación de préstamos
Transferencias de capital
20. 20
1.1.2.1.01.00.0.0.000 Impuesto sobre la propiedad de bienes inmuebles, Ley Nº 7729
1.1.2.1.02.00.0.0.000 Impuesto sobre la propiedad de bienes inmuebles, Ley Nº 7509
SIPP
Clase
Subclase
Grupo
Subgrupo
Partida
Subpartida
Renglón
Subrenglón
FuentedeFinanciamiento
1 0 0 0 00 00 0 0 000 Ingresos Corrientes 356.000.000,00
1 1 0 0 00 00 0 0 000 Ingresos Tributarios 75.000.000,00
1 1 2 0 00 00 0 0 000 Impuestos sobre la propiedad
1 1 2 1 00 00 0 0 000
Impuesto sobre la propiedad
de bienes inmuebles 60.000.000,00
Clasificador
de Ingresos
21. 21
Apertura de cuentas de ingresos
De acuerdo con lo indicado en el
clasificador de ingresos del Sector Público,
a partir del último nivel de cuenta que
describe el clasificador en su forma más
agregada, las entidades harán las aperturas
necesarias para sus casos particulares.
23. 23
CONCEPTO
Es una herramienta de gestión
financiera, utilizada en las diversas
etapas del proceso presupuestario.
Consiste en un conjunto de cuentas de
gastos, ordenadas y agrupadas de
acuerdo con la naturaleza del bien o
servicio que se esté adquiriendo o la
operación financiera que se esté
efectuando.
24. 24
OBJETIVOS
Identificar los bienes y servicios
Brindar información para la programación
Facilitar el desarrollo de las etapas del
proceso presupuestario
Determinar la composición de la demanda
de bienes y servicios
28. 28
CLASIFICADOR INSTITUCIONAL
DEL SECTOR PÚBLICO
El clasificador institucional es la
agrupación de los entes y órganos que
conforman el Sector Público, definida con
base en criterios de naturaleza económica,
política y administrativa
29. 29
Brindar información sobre la distribución de los
gastos asociados con los planes y políticas de
gobierno en concordancia con los distintos niveles
de autonomía funcional y administrativa que
establece el marco jurídico vigente
Identificar las instituciones responsables de la
gestión pública, de manera que permita la
rendición de cuentas ante las instancias
correspondientes
OBJETIVOS
30. 30
Contribuir al proceso de integración de los
clasificadores presupuestarios, así como su
relación con los sistemas de Cuentas
Nacionales y de Estadísticas de las
Finanzas Pública
:
31. 31
Los clasificadores por objeto del
gasto y de ingresos, se
complementan con el Clasificador
Institucional.
COMPLEMENTARIEDAD
32. 32
Relación del Clasificador Institucional con el
del Ingresos y Gastos
Contribuciones a la
Seguridad Social
Intereses sobre títulos
valores
Intereses y comisiones
sobre préstamos
Transferencias corrientes
Transferencias de capital
Recuperación de
préstamos al Sector
Público
Préstamos directos
Préstamos
Intereses sobre
préstamos
Adquisición de Valores
Transferencias
corrientes al Sector
Público
Transferencias de
capital al sector público
Amortización de
préstamos
INGRESOS GASTOS
33. 33
Clasificador Institucional
Codificación
Nivel 1: 1 SECTOR
Nivel 2: 1 SUBSECTOR
Nivel 3: 1 GRUPO
Nivel 4: 1 SUBGRUPO
Nivel 5: 3 INSTITUCIONES
Nivel 6: 3 IDENTIFICADOR OD/GC
CODIFICACION
NIVELES Y NUMERO DE DIGITOS
34. 34
Clasificador
De Ingresos
Módulo de
Transferencias
SIPP
Clasificador
Institucional
PO-2006 Y
SIPP
Clase
Subclase
Grupo
Subgrupo
Partida
Subpartida
Renglón
Subrenglón
FuentedeFinanciamiento
1 0 0 0 00 00 0 0 000 Ingresos Corrientes 28.000.000,00
1 4 0 0 00 00 0 0 000 Transferencias Corrientes 7.000.000,00
1 4 1 2 00 00 0 0 000
Transferencias corrientes de
Órganos Desconcentrados 1.500.000,00
Sector
Subsector
Grupo
Subgrupo
Subgrupo
Instituciones
1 1 1 1 587 209
Consejo de Seguridad Vial
(COSEVI) 500.000,00
1 1 1 1 784 214
Junta Administrativa del
Registro Nacional 1.000.000,00
35. 35
CLASIFICADOR ECONÓMICO DEL
GASTO DEL SECTOR PÚBLICO
Permite diferenciar el gasto según la
finalidad económica, en gasto
corriente y de capital y las
transacciones financieras
39. 39
Las instituciones públicas al adoptar los
clasificadores presupuestarios, se deberán sujetar
a las cuentas definidas en la correspondiente
publicación.
Los clasificadores presupuestarios permitirán
clasificar los ingresos y gastos de acuerdo con la
normativa vigente y aplicable a cada institución en
particular, de conformidad con las facultades que
las leyes les otorgan, sin que lo definido en cada
una de las cuentas presupuestarias se considere
una autorización explícita para ejecutar gastos y
dar por percibidos los ingresos.
40. 40
Sobre las fuentes de los recursos y su
aplicación:
En atención a un principio de sana
administración financiera, la clase
denominada “Financiamiento” tendrá el
mismo tratamiento que los ingresos de
capital, en cuanto a que no se pueden
utilizar para financiar gastos corrientes,
salvo autorización legal
41. 41
Norma B.1.3
Autorización para que las instituciones
puedan desagregar las cuentas
presupuestarias por OBJETO DEL GASTO a
partir del nivel de subpartida
42. 42
Aspectos a considerar para clasificar un
ingreso o gasto.
Siempre debe consultarse la descripción que
establece el Clasificador respectivo, previo a
clasificar un ingreso o gasto.
Partida
0 Remuneraciones
1 Servicios
2 Materiales y Suministros
3 Intereses y Comisiones
4 Activos Financieros
....
Subpartida
2.99.01 Útiles y
materiales de oficina y
cómputo.
Descripción
2.99.01 Corresponde a la
adquisición de artículos
que se requieren para
realizar labores de oficina,
de cómputo y para la
enseñanza, tales como:
bolígrafos, disquetes,
discos compactos y otros
artículos de respaldo
magnético, cintas para
máquinas...
Excluye todo tipo de papel
de oficina que se incluye
en la subpartida 2.99.03
“Productos de papel, cartón
e impresos”.
Ejemplo de gastos:
43. 43
COMO GUÍA PARA LAS
MUNICIPALIDADES, SE LES FACILITA
UN CONVERTIDOR DE INGRESOS Y
EGRESOS
(Clasificación anterior vrs Nueva clasificación)
*Siempre se debe consultar la descripción de cada cuenta en los
clasificadores respectivos.