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“Lenguaje, Derecho y Realidad”
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Nombre de la Revista. JURÍDICA. Anuario del Departamento de Derecho
de la Universidad Iberoamericana
Volumen, Número de la publicación. Número 14
Mes, año de publicación; pp. 1982; pp. 99-119
[Dirección URL completa] Disponible en:
[http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/indice.h
tm?r=jurid&n=14]
Fecha de consulta: (día, mes, año) Consulta:
(22 de abril de 2013)
(International Standard Serial Number, Número Internacional
Normalizado de Publicaciones Seriadas) ISSN 1405-0935
Referencia Bibliográfica de la Revista en Línea:
# pág. Cita Directa (Breve o Extensa) CONCEPTOS
CLAVES
PARAFRASEO
99 “El problema de la comprensión y expresión de
la realidad y de los conceptos es más difícil de lo
que aparece a primera vista”.
comprensión,
expresión y
conceptos
Es fácil pensar que la comprensión,
expresión de la realidad y de los
conceptos son temas sencillos.
99 “Existen diversos medios de expresión de las
ideas pero el más importante es el lenguaje.
Afirmación indiscutible cuando se trata de
aprender, expresar y desarrollar el derecho”.
Lenguaje,
aprender,
expresar y
desarrollar
derecho
El lenguaje es el principal medio de
expresar nuestra realidad, sobre todo en
el derecho.
99 “Se olvida que en lo obvio está lo esencial. Se
utiliza el lenguaje que sólo es representativo de
la realidad que intenta describir, como si fuera
esa realidad, olvidando que el mapa no es el
territorio”.
Lenguaje
Realidad,
describir
Se utiliza el lenguaje como si fuera la
realidad, olvidando que solo es
representativo de la realidad que se
intenta describir.
100 “Apenas se inicia el estudiante en el aprendizaje
del derecho, cuando cae en la cuenta del gran
número de sistemas, escuelas y teorías
divergentes, que sostienen los diversos
autores”.
Estudiante,
aprendizaje,
sistemas
En el derecho existen múltiples
pensamientos, según el autor o teórico.
100 “Los términos que admiten diversos significados
presentan un primer problema […] muchas
palabras tienen uno o varios significados en
derecho […] normal será, que al mismo tiempo
tengan uno o varios significados según otras
ramas del conocimiento humano […] Muchas de
esas palabras, además, se encuentran cargadas
de significados, se usan y entienden con mayor
Términos,
significados,
derecho,
conocimiento
En el derecho así como en múltiples ramas
del conocimiento humano, los términos
tienen muchos significados, además se
usan y entienden con mayor o menor
emotividad.
o menor emotividad”.
100 “Tanto quien expone o explica, verbalmente o
por escrito, como quien aprende, escuchando o
leyendo si quiere que su labor produzca fruto
deben poner especial esfuerzo para facilitar un
acuerdo entre quien habla o escribe y quien
escucha o lee, respecto del significado preciso
con que se utiliza un término determinado,
deberá tenerse en cuenta la materia, la clase de
obra que se lee o escribe, si el término se usa en
sentido técnico o común, el contexto en que se
encuentra y cualquier otra circunstancia que
facilite ese acuerdo”.
Significado,
termino,
contexto.
Es muy importante conocer el significado
de todos los términos que utilizamos,
haciendo énfasis en la materia, la clase de
obra, uso del término, contexto y
cualquier otra circunstancia.
101 “La denominación es el nombre, título o
renombre con que se distinguen las personas y
las cosas […] Es esencial al lenguaje designar las
cosas por sus nombres. Sin la denominación no
podríamos entendernos. También es manantial
de inexactitudes […] Con ellos se forma el
lenguaje técnico-jurídico. Todos tienen una o
varias acepciones más o menos determinadas.
Sin embargo, su significado exacto varía con
cada caso concreto”.
Denominación
nombre.
En el lenguaje debemos llamar todo por
su nombre con el fin de que nos
comprendamos adecuadamente.
102 “La denominación en los contratos constituye
un fenómeno importante. Basta pensar en los
contratos innominados que no son, como
pudiera pensarse aquellos que no tienen
nombre sino los que no regula la ley”.
Contratos,
innominados,
ley.
En los contratos es muy importante la
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una problemática que dista de ser poco seria. El
idioma, sobre todo en el mundo de las ideas, no
puede menos de ser abstracto. Expresa ideas
universales. El intelectual rápidamente deja de
hacer referencia a la realidad, que queda
sustituida por el término que la representa. A
partir de este momento y tomando como punto
de partida una abstracción elabora su sistema y
obtiene conclusiones”.
Abstracción,
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término.
Con el idioma expresamos ideas
universales, a partir de la abstracción el
intelectual representa su sistema y
obtiene conclusiones.
103 “El derecho solo es regulación normativa de la
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jurídicamente regulada”
Derecho,
regulación,
conducta
El derecho regula la conducta humana con
normas, esto difiere de la conducta
jurídicamente regulada.
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evidente necesidad […] Es imposible analizar y
explicar todos y cada uno de los innumerables
fenómenos jurídicos, lo cual obliga a eliminar lo
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conjuntamente los que tienen características
generales que los asimilan”.
Abstracción,
doctrina
jurídica.
En el derecho se deben tratar
conjuntamente los fenómenos jurídicos
que tienen características generales que
los asimilan.
104 “La ley no describe un hecho real sino
hipotético. El supuesto de la norma, expresado
en términos de lenguaje (regulación jurídica de
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su caso concreto (conducta jurídicamente
regulada)”.
Ley, realidad,
norma.
La norma en términos de lenguaje no
coincide con su realización en cada caso.
105 “El derecho legislado es claro y, relativamente
fácil de formular. Es la expresión de un deseo
general de regular con justicia las relaciones
sociales. Mientras más general sea la norma,
mayor será el acuerdo acerca de su
formulación”.
Justicia,
sociales,
acuerdo.
Es fácil formular el derecho legislado, se
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crítico respecto de las soluciones expresadas
por el derecho legislado, e innovador, en cuanto
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soluciones a situaciones concretas
determinadas. El derecho no se puede aprender
Soluciones,
innovador,
tratados.
El derecho busca siempre nuevas
soluciones a determinadas situaciones, es
un sistema cambiante, el derecho se
aprende en la experiencia.
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jurídicas que señala la regla aplicada al caso
previsto”.
107 “La precisión y claridad en el manejo del
lenguaje son compañeros de la riqueza
intelectual y del buen sentido. De la inteligencia
sencilla, no de la erudición a la violeta que a
menudo sólo es petulancia y vaciedad. La
palabra es nuestro principal instrumento para
pensar”.
109 “Quien escribe se ve obligado a poner en orden
sus pensamientos, a investigar. La lectura
provoca la reflexión; sin embargo ésta es, a
menudo, ligera y volátil […] al escribir se sigue
un proceso más lento. Si se hace con la
serenidad de lo objetivo y la pasión por lo
verdadero, su fruto será un pensamiento más
sólido”.
109 “No es necesario escribir para publicar. En
esencia sólo se debería escribir para uno mismo.
Para hacer síntesis del pensamiento sobre ésta
o la otra materia. Hacer notas al margen de un
libro. Resumir en una hoja de papel las
reflexiones que una lectura nos sugirió.
Redactar pequeños ensayos. Hacer traducciones
[…]”
110 “Ningún abogado debe olvidar que aparte de
ser un buen jurista debe ser un buen escritor”.
Abogado,
escritor
Para ser buenos abogados debemos
escribir bien también.
110 “El conocimiento es fruto de la concentración, la
investigación y la meditación. La superficialidad
es apariencia; el conocimiento es realidad. Vivir
de la ilusión del conocimiento, vivir de la
apariencia, no es vivir. De ahí tanto vacío y
desilusión. De ahí el culto a la riqueza y el
poder”.
Conocimiento,
concentración
investigación,
meditación
El conocimiento es la realidad, no
debemos vivir de la ilusión del
conocimiento, para lograr el conocimiento
debemos concentrarnos, investigar y
meditar.
CARLOS MARIO GUTIERREZ ARRUBLA
70878966
SEMIOTICA
Referencia Bibliográfica de la Revista en Línea:
ABASCAL ZAMORA, José María. “Lenguaje, derecho y Realidad”. [En Línea]. En: JURIDICA,
Anuario del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana. Número 14. 1982, pp 99-
119. Disponible en: [http://www.juridica.unam.mx]. Consulta: (22 de abril de 2013). ISSN 1405-0935.
LENGUAJE, DERECHO Y REALIDAD
El lenguaje es el principal medio de expresar nuestra realidad, sobre todo en el derecho. Se utiliza el
lenguaje como si fuera la realidad, olvidando que solo es representativo de la realidad que se intenta
describir. En el lenguaje debemos llamar todo por su nombre con el fin de que nos comprendamos
adecuadamente.
Así mismo, con el idioma expresamos ideas universales, a partir de la abstracción el intelectual
representa su sistema y obtiene conclusiones. La palabra se debe usar de forma clara y precisa para
no caer en egocentrismos, es instrumento para pensar, expresar y acercar al otro.
Por lo tanto, para ser buenos abogados debemos escribir bien también. Escribir obliga a leer,
estudiar, aprender y a tener un pensamiento sólido, leyendo se aclaran las ideas para una mejor
escritura. Escribir es una actividad para uno mismo, no solo para publicar, sino también para
construir su propio criterio, es necesario compartir lo escrito para complementar el conocimiento
Por otra parte, en el derecho existen múltiples pensamientos, según el autor o teórico. Es fácil
pensar que la comprensión, expresión de la realidad y de los conceptos son temas sencillos. En el
derecho así como en múltiples ramas del conocimiento humano, los términos tienen muchos
significados, además se usan y entienden con mayor o menor emotividad. Es muy importante
conocer el significado de todos los términos que utilizamos, haciendo énfasis en la materia, la clase
de obra, uso del término, contexto y cualquier otra circunstancia. En los contratos es muy importante
la denominación.
Igualmente, el derecho regula la conducta humana con normas, esto difiere de la conducta
jurídicamente regulada. La norma en términos de lenguaje no coincide con su realización en cada
caso. En el derecho se deben tratar conjuntamente los fenómenos jurídicos que tienen
características generales que los asimilan. La analogía en derecho es tomar decisiones similares en
casos similares.
También, el derecho busca siempre nuevas soluciones a determinadas situaciones, es un sistema
cambiante, el derecho se aprende en la experiencia, se debe estar preparado en derecho para lo que
se vive a diario. Es fácil formular el derecho legislado, se trata de regular con justicia las relaciones
sociales. Los fallos jurídicos son decididos de acuerdo a lo valido y bien sustentado de lo expuesto
por las partes teniendo en cuenta los argumentos jurídicos, analizar a fondo cada texto jurídico para
una mejor argumentación.
Por último, el conocimiento es la realidad, no debemos vivir de la ilusión del conocimiento, para
lograr el conocimiento debemos concentrarnos, investigar y meditar.

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Lenguaje, derecho y realidad en el artículo de Abascal Zamora

  • 1. Formato para Referencia de Documento Electrónico (ISO 690-2) ARTÍCULO DE REVISTA EN LÍNEA: Elementos de la Referencia Referencia Bibliográfica del Documento Electrónico Autor(es) del Artículo. APELLIDOS, Nombres (En negrilla) ABASCAL ZAMORA, José María [Correo electrónico del Autor(es)]. Título completo del artículo. (En MAYÚSCULA, Cursiva,”Comillas” o Negrilla) “Lenguaje, Derecho y Realidad” Tipo de soporte. [en línea] [en línea] En: Nombre de la Revista. JURÍDICA. Anuario del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana Volumen, Número de la publicación. Número 14 Mes, año de publicación; pp. 1982; pp. 99-119 [Dirección URL completa] Disponible en: [http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/indice.h tm?r=jurid&n=14] Fecha de consulta: (día, mes, año) Consulta: (22 de abril de 2013) (International Standard Serial Number, Número Internacional Normalizado de Publicaciones Seriadas) ISSN 1405-0935 Referencia Bibliográfica de la Revista en Línea: # pág. Cita Directa (Breve o Extensa) CONCEPTOS CLAVES PARAFRASEO 99 “El problema de la comprensión y expresión de la realidad y de los conceptos es más difícil de lo que aparece a primera vista”. comprensión, expresión y conceptos Es fácil pensar que la comprensión, expresión de la realidad y de los conceptos son temas sencillos. 99 “Existen diversos medios de expresión de las ideas pero el más importante es el lenguaje. Afirmación indiscutible cuando se trata de aprender, expresar y desarrollar el derecho”. Lenguaje, aprender, expresar y desarrollar derecho El lenguaje es el principal medio de expresar nuestra realidad, sobre todo en el derecho. 99 “Se olvida que en lo obvio está lo esencial. Se utiliza el lenguaje que sólo es representativo de la realidad que intenta describir, como si fuera esa realidad, olvidando que el mapa no es el territorio”. Lenguaje Realidad, describir Se utiliza el lenguaje como si fuera la realidad, olvidando que solo es representativo de la realidad que se intenta describir. 100 “Apenas se inicia el estudiante en el aprendizaje del derecho, cuando cae en la cuenta del gran número de sistemas, escuelas y teorías divergentes, que sostienen los diversos autores”. Estudiante, aprendizaje, sistemas En el derecho existen múltiples pensamientos, según el autor o teórico. 100 “Los términos que admiten diversos significados presentan un primer problema […] muchas palabras tienen uno o varios significados en derecho […] normal será, que al mismo tiempo tengan uno o varios significados según otras ramas del conocimiento humano […] Muchas de esas palabras, además, se encuentran cargadas de significados, se usan y entienden con mayor Términos, significados, derecho, conocimiento En el derecho así como en múltiples ramas del conocimiento humano, los términos tienen muchos significados, además se usan y entienden con mayor o menor emotividad.
  • 2. o menor emotividad”. 100 “Tanto quien expone o explica, verbalmente o por escrito, como quien aprende, escuchando o leyendo si quiere que su labor produzca fruto deben poner especial esfuerzo para facilitar un acuerdo entre quien habla o escribe y quien escucha o lee, respecto del significado preciso con que se utiliza un término determinado, deberá tenerse en cuenta la materia, la clase de obra que se lee o escribe, si el término se usa en sentido técnico o común, el contexto en que se encuentra y cualquier otra circunstancia que facilite ese acuerdo”. Significado, termino, contexto. Es muy importante conocer el significado de todos los términos que utilizamos, haciendo énfasis en la materia, la clase de obra, uso del término, contexto y cualquier otra circunstancia. 101 “La denominación es el nombre, título o renombre con que se distinguen las personas y las cosas […] Es esencial al lenguaje designar las cosas por sus nombres. Sin la denominación no podríamos entendernos. También es manantial de inexactitudes […] Con ellos se forma el lenguaje técnico-jurídico. Todos tienen una o varias acepciones más o menos determinadas. Sin embargo, su significado exacto varía con cada caso concreto”. Denominación nombre. En el lenguaje debemos llamar todo por su nombre con el fin de que nos comprendamos adecuadamente. 102 “La denominación en los contratos constituye un fenómeno importante. Basta pensar en los contratos innominados que no son, como pudiera pensarse aquellos que no tienen nombre sino los que no regula la ley”. Contratos, innominados, ley. En los contratos es muy importante la denominación. 103 “Las abstracciones o generalizaciones presentan una problemática que dista de ser poco seria. El idioma, sobre todo en el mundo de las ideas, no puede menos de ser abstracto. Expresa ideas universales. El intelectual rápidamente deja de hacer referencia a la realidad, que queda sustituida por el término que la representa. A partir de este momento y tomando como punto de partida una abstracción elabora su sistema y obtiene conclusiones”. Abstracción, idioma, ideas, término. Con el idioma expresamos ideas universales, a partir de la abstracción el intelectual representa su sistema y obtiene conclusiones. 103 “El derecho solo es regulación normativa de la conducta, diferente de la conducta jurídicamente regulada” Derecho, regulación, conducta El derecho regula la conducta humana con normas, esto difiere de la conducta jurídicamente regulada. 104 “La abstracción en la doctrina jurídica es de evidente necesidad […] Es imposible analizar y explicar todos y cada uno de los innumerables fenómenos jurídicos, lo cual obliga a eliminar lo que tienen de particular, para tratar conjuntamente los que tienen características generales que los asimilan”. Abstracción, doctrina jurídica. En el derecho se deben tratar conjuntamente los fenómenos jurídicos que tienen características generales que los asimilan. 104 “La ley no describe un hecho real sino hipotético. El supuesto de la norma, expresado en términos de lenguaje (regulación jurídica de la conducta) no coincide con su realización en su caso concreto (conducta jurídicamente regulada)”. Ley, realidad, norma. La norma en términos de lenguaje no coincide con su realización en cada caso. 105 “El derecho legislado es claro y, relativamente fácil de formular. Es la expresión de un deseo general de regular con justicia las relaciones sociales. Mientras más general sea la norma, mayor será el acuerdo acerca de su formulación”. Justicia, sociales, acuerdo. Es fácil formular el derecho legislado, se trata de regular con justicia las relaciones sociales. 105 “El derecho de ser juristas es, por naturaleza, crítico respecto de las soluciones expresadas por el derecho legislado, e innovador, en cuanto que constantemente busca y encuentra nuevas soluciones a situaciones concretas determinadas. El derecho no se puede aprender Soluciones, innovador, tratados. El derecho busca siempre nuevas soluciones a determinadas situaciones, es un sistema cambiante, el derecho se aprende en la experiencia.
  • 3. solamente en los tratados doctrinales, como tampoco, de modo exclusivo, en la práctica judicial diaria”. 105 “La gran mayoría de las resoluciones judiciales son producto de conflictos relativos a su interpretación o su validez. El problema para el intérprete, a menudo, consistirá en averiguar cuál fue la voluntad que se intentó expresar por medio de esos instrumentos jurídicos; o determinar si la conducta de las partes y el desarrollo de los hechos se ajustó a lo previsto en el texto”. 106 “En derecho la analogía consiste en atribuir a situaciones parcialmente idénticas (una prevista y otra no prevista por la ley) las consecuencias jurídicas que señala la regla aplicada al caso previsto”. 107 “La precisión y claridad en el manejo del lenguaje son compañeros de la riqueza intelectual y del buen sentido. De la inteligencia sencilla, no de la erudición a la violeta que a menudo sólo es petulancia y vaciedad. La palabra es nuestro principal instrumento para pensar”. 109 “Quien escribe se ve obligado a poner en orden sus pensamientos, a investigar. La lectura provoca la reflexión; sin embargo ésta es, a menudo, ligera y volátil […] al escribir se sigue un proceso más lento. Si se hace con la serenidad de lo objetivo y la pasión por lo verdadero, su fruto será un pensamiento más sólido”. 109 “No es necesario escribir para publicar. En esencia sólo se debería escribir para uno mismo. Para hacer síntesis del pensamiento sobre ésta o la otra materia. Hacer notas al margen de un libro. Resumir en una hoja de papel las reflexiones que una lectura nos sugirió. Redactar pequeños ensayos. Hacer traducciones […]” 110 “Ningún abogado debe olvidar que aparte de ser un buen jurista debe ser un buen escritor”. Abogado, escritor Para ser buenos abogados debemos escribir bien también. 110 “El conocimiento es fruto de la concentración, la investigación y la meditación. La superficialidad es apariencia; el conocimiento es realidad. Vivir de la ilusión del conocimiento, vivir de la apariencia, no es vivir. De ahí tanto vacío y desilusión. De ahí el culto a la riqueza y el poder”. Conocimiento, concentración investigación, meditación El conocimiento es la realidad, no debemos vivir de la ilusión del conocimiento, para lograr el conocimiento debemos concentrarnos, investigar y meditar.
  • 4. CARLOS MARIO GUTIERREZ ARRUBLA 70878966 SEMIOTICA Referencia Bibliográfica de la Revista en Línea: ABASCAL ZAMORA, José María. “Lenguaje, derecho y Realidad”. [En Línea]. En: JURIDICA, Anuario del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana. Número 14. 1982, pp 99- 119. Disponible en: [http://www.juridica.unam.mx]. Consulta: (22 de abril de 2013). ISSN 1405-0935. LENGUAJE, DERECHO Y REALIDAD El lenguaje es el principal medio de expresar nuestra realidad, sobre todo en el derecho. Se utiliza el lenguaje como si fuera la realidad, olvidando que solo es representativo de la realidad que se intenta describir. En el lenguaje debemos llamar todo por su nombre con el fin de que nos comprendamos adecuadamente. Así mismo, con el idioma expresamos ideas universales, a partir de la abstracción el intelectual representa su sistema y obtiene conclusiones. La palabra se debe usar de forma clara y precisa para no caer en egocentrismos, es instrumento para pensar, expresar y acercar al otro. Por lo tanto, para ser buenos abogados debemos escribir bien también. Escribir obliga a leer, estudiar, aprender y a tener un pensamiento sólido, leyendo se aclaran las ideas para una mejor escritura. Escribir es una actividad para uno mismo, no solo para publicar, sino también para construir su propio criterio, es necesario compartir lo escrito para complementar el conocimiento Por otra parte, en el derecho existen múltiples pensamientos, según el autor o teórico. Es fácil pensar que la comprensión, expresión de la realidad y de los conceptos son temas sencillos. En el derecho así como en múltiples ramas del conocimiento humano, los términos tienen muchos significados, además se usan y entienden con mayor o menor emotividad. Es muy importante conocer el significado de todos los términos que utilizamos, haciendo énfasis en la materia, la clase de obra, uso del término, contexto y cualquier otra circunstancia. En los contratos es muy importante la denominación. Igualmente, el derecho regula la conducta humana con normas, esto difiere de la conducta jurídicamente regulada. La norma en términos de lenguaje no coincide con su realización en cada caso. En el derecho se deben tratar conjuntamente los fenómenos jurídicos que tienen características generales que los asimilan. La analogía en derecho es tomar decisiones similares en casos similares. También, el derecho busca siempre nuevas soluciones a determinadas situaciones, es un sistema cambiante, el derecho se aprende en la experiencia, se debe estar preparado en derecho para lo que se vive a diario. Es fácil formular el derecho legislado, se trata de regular con justicia las relaciones sociales. Los fallos jurídicos son decididos de acuerdo a lo valido y bien sustentado de lo expuesto por las partes teniendo en cuenta los argumentos jurídicos, analizar a fondo cada texto jurídico para una mejor argumentación. Por último, el conocimiento es la realidad, no debemos vivir de la ilusión del conocimiento, para lograr el conocimiento debemos concentrarnos, investigar y meditar.