1. G OBIERNO DEL P RINCIPADO DE A STURIAS
Consejería de Educación y Ciencia Secretaría General Técnica
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN A SEGUIR PARA LA REMISIÓN DE PERMISOS,
VACACIONES, LICENCIAS, PARTES DE INCAPACIDAD Y SOLICITUDES DE
SUSTITUCIÓN POR PARTE DE LOS CENTROS PÚBLICOS DE LA CONSEJERÍA
DE EDUCACIÓN Y CIENCIA EN RELACIÓN CON EL PERSONAL FUNCIONARIO Y
LABORAL NO DOCENTE.
PERMISOS Y LICENCIAS
La solicitud de permisos y licencias debe realizarse a través del formulario
oficial debidamente cumplimentado con los datos personales del empleado público
solicitante, la relación de empleo (personal funcionario o laboral) así como con la
conformidad del Director/a o Secretario/a del Centro.
En caso de no existir dicha conformidad la dirección del centro debe remitir la
solicitud del permiso realizada por el empleado público a la Secretaria General
Técnica, Servicio de Asuntos Generales, con informe explicativo sobre la falta de la
referida conformidad.
A este respecto se recuerda que a tenor de los dispuesto en la Resolución de
delegación de competencias de 11 de febrero de 2008 (BOPA 18 de febrero de 2008)
corresponde al Servicio de Asuntos Generales la concesión de permisos y licencias
del personal adscrito a la Consejería, con la excepción de los expresamente
delegados en esta materia en el titular de la Dirección General de Personal Docente y
en los titulares de las Direcciones de los centros.
A estos últimos (titulares de las direcciones de los centros) corresponde
únicamente la concesión de licencias por asuntos particulares del personal funcionario
y laboral no docente destinado en el centro, la denegación siempre debe ser
debidamente motivada.
Reglas comunes a la solicitud de permisos y licencias:
Los permisos y licencias deberán ser remitidos siempre con la debida y
adecuada antelación al periodo de tiempo (días) para los que se solicita los mismos.
En casos en que la solicitud no pueda ser remitida con tiempo suficiente y
adecuado (ej: consulta médica, enfermedad, fallecimiento, etc.) debe adelantarse el
mismo debidamente cumplimentado por fax. (Número de fax del Servicio de Asuntos
Generales: 985668125, extensión: 18125).
Cuando la solicitud de permiso implica la petición de sustitución del empleado
público, deberá adjuntarse dicha petición a la misma. La sustitución debe ser solicitada
por la dirección del centro.
2. G OBIERNO DEL P RINCIPADO DE A STURIAS
Consejería de Educación y Ciencia Secretaría General Técnica
Siempre deben ser remitidos los justificantes correspondientes a los permisos y
licencias solicitados en el plazo máximo de quince días.
En el caso de itinerarios formativos y cursos en general del IAAPAP debe
remitirse el parte de asistencia o certificado en el plazo máximo de quince días.
La no justificación dará lugar al inicio de los trámites que se consideren
oportunos por esta Secretaría General Técnica.
VACACIONES
La solicitud de vacaciones debe ser remitida a la Secretaria General Técnica,
Servicio de Asuntos Generales, en el formulario oficial debidamente cumplimentado al
igual que los permisos y licencias.
A este respecto se recuerda que la solicitud de vacaciones de todos los
empleados públicos no docentes deberán ser enviadas antes del 1 de abril de 2009.
En referencia a las vacaciones en aquellos centros en que surja la necesidad
debidamente motivada de cierre de centro durante un mes determinado e implique el
disfrute de las vacaciones en ese mes, el empleado público dispondrá de 3 días más
de vacaciones a disfrutar en Semana Santa y Navidad.
Por otro lado se informa que no existe la posibilidad de cierre parcial o cierre de
determinados servicios dentro del centro (ej: secretaria del centro), ni implica en
ningún caso la concesión de los tres días adicionales de vacaciones.
En todo caso el cierre de centro durante un mes determinado será
debidamente motivado y deberá ser solicitado con anterioridad al envío del calendario
vacacional, en todo caso antes del 10 de marzo de 2009.
3. G OBIERNO DEL P RINCIPADO DE A STURIAS
Consejería de Educación y Ciencia Secretaría General Técnica
PARTES DE INCAPACIDAD
Los partes de incapacidad, altas, bajas y los de confirmación, deben ser
remitidos al Servicio de Asuntos Generales en el mismo momento en que se
encuentren a disposición del centro.
Se requiere que por parte de los centros se remitan inmediatamente por fax al
Servicio de Asuntos Generales, con independencia del envío del original por correo
ordinario.
(Número de fax del Servicio de Asuntos Generales: 985668125; Extensión: 18125).
En los casos de remisión de parte de baja de un empleado para el que el
centro vaya a solicitar la sustitución, se requiere que se remita la debida solicitud de
sustitución mediante fax adjuntando el correspondiente parte: Todo ello al objeto de
agilizar los trámites oportunos en su caso.
Se informa que en los casos de incapacidad no puede realizarse la sustitución
del empleado sin que obre en poder de este Servicio de Asuntos Generales el
correspondiente parte de baja.
Asimismo se recuerda que es necesario que se remita el parte de alta siempre,
y de manera inmediata mediante fax cuando el empleado se encuentre sustituido por
personal temporal.
Sandra González Tejón. JEFA DE SERVICIO DE ASUNTOS GENERALES