2. PRÁCTICA CALIFICADA 4
Ampliación de Plazo
Con fecha 18.01.2020, la Oficina Nacional de la Esperanza suscribió el Contrato N° 001-2020-ONE con la
Empresa Containers Housing S.A.C. para la entrega e instalación de cien (100) contenedores de archivos
administrativos, por la suma de S/. 510,000.00 y por el plazo de treinta (30) días calendarios.
El 28.01.2020, el contratista solicita una ampliación de plazo por treinta (30) días, argumentando que el
terreno donde se instalarían los contenedores se encontraba ocupado con vehículos chatarra del Gobierno
Regional de la Alegría. Asimismo, menciona que con fecha 24.01.2020 la empresa Ferreteros Unidos
E.I.R.L. comunicó al contratista que no podría entregar los materiales necesarios para el acoplamiento e
instalación de los contenedores en el plazo acordado, necesitando cinco (5) días adicionales.
Al respecto, el área usuaria de la Oficina Nacional corroboró lo argumentado por el contratista y a su vez
encontró atendible el pedido del contratista en cuanto a la demora en la entrega de materiales por parte
de su proveedor Ferreteros Unidos E.I.R.L., opinando que correspondía otorgar al contratista la ampliación
de plazo solicitada.
El 08.02.2020, la Entidad resolvió otorgar al contratista la ampliación de plazo, por lo que se suscribió la
adenda al Contrato N° 001-2020-ONE, señalando como nueva fecha de entrega e instalación el 10.03.2020.
Posteriormente, mediante Carta del 04.03.2020, el contratista solicitó a la Oficina Nacional una segunda
ampliación de plazo por 15 días, alegando la pérdida de 200 láminas de vidrio en un accidente vehicular,
ocurrido en horas de la mañana, láminas que se utilizarían en la construcción de 55 contenedores; y, que
el plazo que su proveedor de vidrio requería para abastecerlos era de 15 días.
Asimismo, el 08.03.2020 presentó una nueva Carta solicitando una tercera ampliación de plazo, por 20
días calendario, debido a que el 06.03.2020 fue notificado con la Resolución Nro. 034-2020- TE-ONE,
mediante la cual la Oficina Nacional ordena la entrega e instalación de 25 contenedores adicionales. Por
su parte, con la opinión del área usuaria, la Oficina Nacional resolvió otorgar las ampliaciones de plazo
solicitadas por el Contratista.
Supuestos de ampliación de plazo(reglamento)
Cuando se da la afectación (ruta critica)
1. ¿A quién corresponde la carga de la prueba en ampliaciones de plazo? y ¿Cuáles
podrían ser las pruebas para el caso planteado? (3 puntos)
Corresponde al contratista, quien solicita ampliación dentro de los 7 días hábiles de
finalizado el hecho generador o autorizado el adicional, adjuntando la documentación
que acredite tal solicitud.
Pruebas:
…..
3. 2. ¿Las razones invocadas son compatibles con lo establecido en el RLCE? (3 puntos)
En las 3 razones que se han planteado en el caso corresponde señalar lo siguiente:
En la razón N° 1, por la ampliación de 30 días no corresponde que la entidad otorgará
la ampliación del plazo por el hecho por la demora de entrega de materiales, ya que
es absoluta responsabilidad del contratista contar con el material necesario, esta
razón no es un hecho fortuito o de fuerza mayor. Sí hubiera aplicado el plazo de
ampliación por el tema del terreno ocupado por parte del gobierno Regional Alegría,
ya que es un hecho ajeno al contratista.
En la razón N° 2, por la solicitud de 15 días, sí corresponde que la entidad haya
otorgado la ampliación ya que es un caso fortuito no predecible, al ser un accidente
de tránsito no imputable al contratista.
En la razón N° 3, por la solicitud de 20 días, sí corresponde que la entidad haya
otorgado la ampliación adicionales………………
4. Penalidades
La Entidad convocó un proceso de selección para la adquisición de fotocopiadoras.
Se adjudicó la Buena Pro a la empresa A por el monto de S/. 150 000,00,
suscribiéndose el contrato por dicho monto, con un plazo de entrega de 10 días,
contados desde la suscripción del contrato. Vencido el plazo de entrega, la Entidad
verifica que el contratista no ha cumplido con entregar los bienes. Al décimo quinto
día, contado desde la suscripción del contrato, el contratista entrega los bienes, que
son recibidos por la Entidad.
1. ¿Corresponde aplicar penalidad a la empresa A? (2 puntos)
Corresponde aplicar penalidad en vista que el contratista no ha justificado el
retraso del cumplimento del mismo.
LRC (…) 161.1. “El contrato establece las penalidades aplicables al contratista ante el
incumplimiento injustificado de sus obligaciones contractuales a partir de la información
brindada por el área usuaria, las mismas que son objetivas, razonables y congruentes con el
objeto de la convocatoria”.
2. ¿Cuál es el monto diario de penalidad aplicable al caso? (2 puntos)
El monto diario corresponde a S/. 3 750, en conformidad a lo estipulado en el
artículo 162.1 del reglamento, conforme a la siguiente formula:
Penalidad diaria = 0.10 x 150 000.00
0.4 x 10
Penalidad diaria = S/.3 750
(…) 162.1. En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones
objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada
día de atraso. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente
fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x monto vigente
F x plazo vigente en días
Donde F tiene los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general,
consultorías y ejecución de obras: F 0.40.
3. ¿Cuál es el monto total que se deberá aplicar como penalidad al contratista? (2
puntos)
La Penalidad diaria es de S/. 3 750 al ser 5 días de retraso, se multiplica:
3 750 * 5 = S/. 18 750, pero conforme a lo estipulado en el numeral 161.2 solo se puede
aplicar el importe máximo del 10% del monto del vigente del contrato, el cual
correspondería solo aplicar la penalidad por el importe de S/. 15, 000.00.
5. Numeral 161.2 “La Entidad prevé en los documentos del procedimiento de selección la
aplicación de la penalidad por mora; asimismo, puede prever otras penalidades. Estos
dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente
al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que
debió ejecutarse”.
6. Contratación Complementaria
En el mes de mayo de 2020, el señor Fortunato Céspedes, funcionario de la Oficina de Logística de la
Municipalidad Provincial de la Tranquilidad solicita su apoyo técnico y legal, a lo cual expone lo siguiente:
La Municipalidad suscribió contrató con la empresa Defensiva S.A. por el servicio de seguridad y vigilancia,
considerándose el plazo de ejecución contractual del 02.04.2019 al 01.04.2020.
El monto total del contrato asciende a S/.180,000.00, por un monto mensual de S/.15,000.00.
En el mes de octubre del año pasado 2019, se aprobó la ejecución de prestaciones adicionales por el
monto de S/.36,000.00 (para la vigilancia de 3 nuevos locales), suma que representa el 20% del contrato
total. A tal efecto, se efectuó una adenda, incrementando el monto total del contrato a S/.216,000.00.
El 17.03.2020, el Jefe de Logística se encontraba leyendo unos informes del año pasado y recordó que el
contrato de servicio de seguridad y vigilancia estaba por culminar. A continuación, preguntó al señor
Fortunato Céspedes, funcionario del área de logística, el estado situacional de la cobertura del servicio,
quien le informó que estaba en la elaboración del estudio de mercado.
En vista de lo ocurrido, el Jefe de Logística proyectó un Informe dirigido a la Oficina de Asesoría Jurídica,
solicitando la elaboración del contrato complementario y señalando que se encuentra habilitado
conforme a lo dispuesto en el RLCE, dado que el proceso de selección se encuentra en la etapa de actos
preparatorios.
Además, precisó que el plazo del contrato complementario es de dos (2) meses y el monto ascenderá a
S/.43,200.00, lo que equivale al 20% del monto total del contrato (S/.216,000.00). La Oficina de Asesoría
Jurídica atiende la solicitud y elabora el texto del contrato complementario.
Con fecha 02.04.2020, la Municipalidad y la empresa Defensiva S.A. celebraron el contrato
complementario, por un monto de S/. 43,200.00, y que vence el 01.06.2020.
En el transcurso de los siguientes dos (2) meses, el personal de logística tuvo que atender prioritariamente
la realización de los festivales y ceremonias por concepto de aniversario de la ciudad, lo cual significó
abundantes requerimientos en la contratación de toldos, sillas, orquestas, comida, etc., por lo que a finales
del mes de mayo todavía no había culminado el proceso de contratación del servicio de seguridad y
vigilancia, pues se encontraban en la etapa de absolución de observaciones.
De acuerdo a lo ocurrido, el Jefe de Logística vuelve a proyectar un Informe dirigido a la Oficina de Asesoría
Jurídica, solicitando la elaboración de un segundo contrato complementario, por el monto de
S/.21,600.00.
Al respecto, manifiesta que la suma de los dos (2) contratos complementarios asciende a S/.64,800.00, lo
que equivale al 30% del monto total del contrato.
Se debe evaluar la procedencia de la solicitud y precisar qué ocurriría si se celebra una segunda
contratación complementaria por dos (2) meses más y en el transcurso del primer mes queda consentida
la Buena Pro. Conforme a lo señalado precedentemente, se consulta lo siguiente:
1. ¿Existió algún impedimento en la suscripción del primer contrato
complementario? (3 puntos)
Sí existen impedimentos, no es nueva necesidad
7. No procede
2. ¿Es conforme el monto del primer contrato complementario realizado sobre
la base del monto total del contrato que incluye los adicionales? (3 puntos)
El porcentaje del monto debe corresponder al contrato original
3. ¿Procede la suscripción del segundo contrato complementario? (2 puntos)
No procede
Artículo 174 del Reglamento
OJO:
Naturaleza excepcional.
Mismas condiciones del contrato original. Dentro de los 3 meses de culminado el
contrato
Nueva necesidad, nuevo contrato, es independiente.
por única vez y hasta el 30% del contrato original
La finalidad es de proveer a la entidad de los mismos bienes y servicios en general
que este requiere para atender una determinada necesidad hasta que culmine, de
ser el caso, el procedimiento de selección convocado.