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Acta de finiquito
1. ACTA DE FINIQUITO
En Riobamba, 01 de abril del 2015, ante la compañía o empleador JUAN ANTONIO PÉREZ OÑATE
Cía. Ltda., por medio de su máxima autoridad el señor JUAN ANTONIO PEREZ OÑATE, en su
calidad de empleador, por una parte y, por otra parte el (la) señor (a) E, en su calidad de
trabajador (a), suscriben la presente Acta de Finiquito, contenida dentro de los siguientes
términos:
PRIMERO: Con fecha 15 de Diciembre del 2010, la compañía o empleador JUAN ANTONIO PÉREZ
OÑATE Cía. Ltda. Y el (la) señor (a) E, celebraron un contrato de trabajo mediante el cual el (la)
trabajador (a), se comprometía a prestar sus servicios en calidad de TRABAJADOR EN EL
DEPARTAMENTO DE VENTAS en las instalaciones de esta empresa. Por dichos servicios el
trabajador percibió una remuneración mensual USD 600,00 estos servicios los presto hasta el 18
de Marzo del 2015, fecha en que concluyo la relación laboral por acuerdo de las partes.
SEGUNDO: Con estos antecedentes, el empleador, procede a liquidar en forma pormenorizada
todos y cada uno de los haberes a que tiene derecho el (la) trabajador (a), de la siguiente
manera:
LIQUIDACIÓN DE HABERES
INGRESOS
Bonificación 25%: 0 0
Indemnización por despido intempestivo: 0 0
Indemnización por embarazo: 0 0
Indemnización por dirigencia sindical: 0 0
Indemnización por enfermedad no profesional: 0 0
Indemnización por discapacidad: 0 0
Indemnización pro terminación antes del plazo: 0 0
Remuneraciones pendientes: 360
Sueldo de marzo 2015 360
Beneficios Sociales 206,70
Décima tercera remuneración: 130
Décima cuarta remuneración: 76,70
Vacaciones 77,50
Vacaciones del último periodo: 77,50
(A) Total Ingresos: 644,20
DESCUENTOS 34,02
Aportar Personal al IESS: 34,02
Otros descuentos: 0
ANTICIPO CLIENTE PROSTATUS 0
(B) Total Descuentos: 34,02
Valor neto a recibir (A-B): 610,18
2. TERCERO:
A continuación, el empleador procede a entregar mediante cheque certificado o
transferencias bancarias a él (la) ex trabajador la suma de SEISCIENTOS DIEZ DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA.
CUARTO:
La entrega de dichos valores y la firma de la presente acta, no significan por ningún
motivo o forma alguna, la renuncia por parte del trabajador a cualquier reclamo
administrativo o judicial que con prosperidad se considere asistido conforme a la ley.
QUINTO:
Para constancia de todo lo actuado, los comparecientes aceptan expresamente que han
usado la herramienta electrónica del Ministerio del Trabajo y luego de ratificarse en el
contenido íntegro de este documento, lo firman por triplicado, y se adjunta los
comprobantes de pago mencionados en la cláusula tercera de la presente acta.
El presente instrumento cuenta con pleno reconocimiento jurídico y será considerado
como medio de prueba valido ante cualquier autoridad administrativa o judicial, de
conformidad con lo establecido por la ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas
y Mensajes de Datos y su Reglamento de Aplicación.
EX – EMPLEADOR
Juan Antonio Pérez O
1894739553001
EX – TRABAJADOR
E
C.C: 1234569650
3. ACTA DE FINIQUITO
En Riobamba, 01 de Mayo del 2015, ante la compañía o empleador JUAN ANTONIO PÉREZ
OÑATE Cía. Ltda., por medio de su máxima autoridad el señor JUAN ANTONIO PEREZ OÑATE,
en su calidad de empleador, por una parte y, por otra parte el (la) señor (a) B, en su calidad de
trabajador (a), suscriben la presente Acta de Finiquito, contenida dentro de los siguientes
términos:
PRIMERO: Con fecha 01 de Enero del 2000, la compañía o empleador JUAN ANTONIO PÉREZ
OÑATE Cía. Ltda. Y el (la) señor (a) B, celebraron un contrato de trabajo mediante el cual el (la)
trabajador (a), se comprometía a prestar sus servicios en calidad de TRABAJADOR EN EL
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO en las instalaciones de esta empresa. Por dichos servicios el
trabajador percibió una remuneración mensual USD 1000,00 estos servicios los presto hasta el
10 de Abril del 2015, fecha en que concluyo la relación laboral por acuerdo de las partes.
SEGUNDO: Con estos antecedentes, el empleador, procede a liquidar en forma pormenorizada
todos y cada uno de los haberes a que tiene derecho el (la) trabajador (a), de la siguiente
manera:
LIQUIDACIÓN DE HABERES
INGRESOS
Bonificación 25%: 3500
Indemnización por despido intempestivo: 15000
Indemnización por embarazo: 0 0
Indemnización por dirigencia sindical: 0 0
Indemnización por enfermedad no profesional: 0 0
Indemnización por discapacidad: 0 0
Indemnización pro terminación antes del plazo: 0 0
Remuneraciones pendientes: 333,33
Sueldo de Abril 2015 333,33
Beneficios Sociales 376,11
Décima tercera remuneración: 277,78
Décima cuarta remuneración: 98,33
Vacaciones 143,06
Vacaciones del último periodo: 143,06
Fondos de reserva 27,77
Fondos de reserva 27,77
(A) Total Ingresos: 19380,27
DESCUENTOS 31,50
Aportar personal al IESS 31,50
Otros descuentos: 0
ANTICIPO CLIENTE PROSTATUS 0
(B) Total Descuentos: 31,50
4. Valor neto a recibir (A-B): 19348,77
TERCERO:
A continuación, el empleador procede a entregar mediante cheque certificado o
transferencias bancarias a él (la) ex trabajador la suma de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE NORTEAMÉRICA.
CUARTO:
La entrega de dichos valores y la firma de la presente acta, no significan por ningún
motivo o forma alguna, la renuncia por parte del trabajador a cualquier reclamo
administrativo o judicial que con prosperidad se considere asistido conforme a la ley.
QUINTO:
Para constancia de todo lo actuado, los comparecientes aceptan expresamente que han
usado la herramienta electrónica del Ministerio del Trabajo y luego de ratificarse en el
contenido íntegro de este documento, lo firman por triplicado, y se adjunta los
comprobantes de pago mencionados en la cláusula tercera de la presente acta.
El presente instrumento cuenta con pleno reconocimiento jurídico y será considerado
como medio de prueba valido ante cualquier autoridad administrativa o judicial, de
conformidad con lo establecido por la ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas
y Mensajes de Datos y su Reglamento de Aplicación.
EX – EMPLEADOR
Juan Antonio Pérez O
1894739553001
EX – TRABAJADOR
B
C.C: 1500654262
5. ACTA DE FINIQUITO
En Riobamba, 06 de Junio del 2015, ante la compañía o empleador JUAN ANTONIO PÉREZ OÑATE
Cía. Ltda., por medio de su máxima autoridad el señor JUAN ANTONIO PEREZ OÑATE, en su
calidad de empleador, por una parte y, por otra parte el (la) señor (a) D, en su calidad de
trabajador (a), suscriben la presente Acta de Finiquito, contenida dentro de los siguientes
términos:
PRIMERO: Con fecha 15 de Diciembre del 2010, la compañía o empleador JUAN ANTONIO PÉREZ
OÑATE Cía. Ltda. Y el (la) señor (a) D, celebraron un contrato de trabajo mediante el cual el (la)
trabajador (a), se comprometía a prestar sus servicios en calidad de TRABAJADOR EN EL
DEPARTAMENTO DE VENTAS en las instalaciones de esta empresa. Por dichos servicios el
trabajador percibió una remuneración mensual USD 700,00 estos servicios los presto hasta el 10
de Mayo del 2015, fecha en que concluyo la relación laboral por acuerdo de las partes.
SEGUNDO: Con estos antecedentes, el empleador, procede a liquidar en forma pormenorizada
todos y cada uno de los haberes a que tiene derecho el (la) trabajador (a), de la siguiente
manera:
LIQUIDACIÓN DE HABERES
INGRESOS
Bonificación 25%: 700,00
Indemnización por despido intempestivo: 0 0
Indemnización por embarazo: 0 0
Indemnización por dirigencia sindical: 0 0
Indemnización por enfermedad no profesional: 0 0
Indemnización por discapacidad: 0 0
Indemnización pro terminación antes del plazo: 0 0
Remuneraciones pendientes: 233,33
Sueldo de Mayo 2015 233,33
Beneficios Sociales 391,86
Décima tercera remuneración: 264,03
Décima cuarta remuneración: 127,83
Vacaciones 146,60
Vacaciones del último periodo: 146,60
Fondos de Reserva 19,44
Fondos de Reserva 19,44
(A) Total Ingresos: 1491,23
DESCUENTOS 22,05
Aportar Personal al IESS: 22,05
Otros descuentos: 0
ANTICIPO CLIENTE PROSTATUS 0
(B) Total Descuentos: 22,05
6. Valor neto a recibir (A-B): 1469,18
TERCERO:
A continuación, el empleador procede a entregar mediante cheque certificado o
transferencias bancarias a él (la) ex trabajador la suma de SETECIENTOS DÓLARES DE
LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMÉRICA.
CUARTO:
La entrega de dichos valores y la firma de la presente acta, no significan por ningún
motivo o forma alguna, la renuncia por parte del trabajador a cualquier reclamo
administrativo o judicial que con prosperidad se considere asistido conforme a la ley.
QUINTO:
Para constancia de todo lo actuado, los comparecientes aceptan expresamente que han
usado la herramienta electrónica del Ministerio del Trabajo y luego de ratificarse en el
contenido íntegro de este documento, lo firman por triplicado, y se adjunta los
comprobantes de pago mencionados en la cláusula tercera de la presente acta.
El presente instrumento cuenta con pleno reconocimiento jurídico y será considerado
como medio de prueba valido ante cualquier autoridad administrativa o judicial, de
conformidad con lo establecido por la ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas
y Mensajes de Datos y su Reglamento de Aplicación.
EX – EMPLEADOR
Juan Antonio Pérez O
1894739553001
EX – TRABAJADOR
D
C.C: 1500849652