2. • Las reglas de Origen son una compleja gama
de criterios y principios que nos proveen una
base legal para determinar la nacionalidad
del producto.
• Por otra parte las reglas de origen pueden
definirse como aquellas disposiciones que
determinan los requisitos, en términos de valor
agregado conjunto entre las Partes o de salto
arancelario que cada bien de México o la UE
deberá cumplir para beneficiarse del
régimen arancelario preferencial previsto en
la Decisión 2/2000.
3. Reglas de
origen
• Con objeto de que únicamente los
bienes de la UE y México se
beneficien de las preferencias
arancelarias previstas en la Decisión
2/2000, las partes acordaron
disciplinas en materia de reglas de
origen y procedimientos aduaneros.
4. El Anexo III
• La Decisión 2/2000 establece las disciplinas generales, reglas
de origen específicas y procedimientos aduaneros, así como
diversas disposiciones para el llenado del certificado de
origen, denominado EUR.1 que deberá presentarse ante las
autoridades aduaneras al momento de la importación de los
bienes para beneficiarse del trato arancelario preferencial.
Anexo III
• Prevé que se considerarán originarios aquellos bienes
totalmente obtenidos en el territorio de los Estados miembro
de la UE o México, tales como: los productos minerales
extraídos de los suelos o del fondo de los mares; los productos
vegetales recolectados o cosechados en México o la UE, y los
animales vivos nacidos y criados en México o la UE.
5. Apéndice
II(a)
•En virtud de que algunas de las reglas de origen
previstas en el Apéndice II son muy estrictas, las
autoridades de México y la UE acordaron
establecer reglas más flexibles para ciertos
productos, que se aplicarán durante un periodo
de transición y en ocasiones, a un número
limitado de productos mediante el
establecimiento de cupos de importación. Éstas
están incluidas en este Apéndice y se aplican a
bienes tales como: ciertos químicos orgánicos,
calzado, elementos combustibles nucleares y,
cuero y pieles curtidos.
6.
7.
8.
9. • Requisitos específicos para extender una
declaración en factura
La declaración en factura, cuyo texto figura a
continuación, se extenderá utilizando una de
las versiones lingüísticas establecidas y de
conformidad con las disposiciones de la
legislación nacional del país exportador. Si la
declaración se extiende a mano, deberá
escribirse con tinta y en caracteres de
imprenta. La declaración en factura se
extenderá de conformidad con las notas a pie
de página correspondientes. No será necesario
reproducir las notas a pie de página.
10. • Versión española
El exportador de los productos a los que
se refiere el presente documento
(autorización aduanera o de la
autoridad gubernamental competente
n° ... (1)) declara que, salvo indicación
en sentido contrario, estos productos
gozan de un origen preferencial ... (2).
11. • Campo 1: Nombre, domicilio completo (no anotar apartado postal) y país del exportador (puede ser diferente al
proveedor o el que factura).
• Campo 2: Debe decir COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA Y MÉXICO, de preferencia anotar también el país que lo
expide, por ejemplo: COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA / SUECIA Y MÉXICO.
• Campo 3: Nombre, domicilio completo y país del importador.
• Campo 4: Debe decir C.E.E. o el nombre del país de donde es originaria la mercancía. De preferencia que se anote
C.E.E., ya que así se engloban a todos los países que pertenecen a la Comunidad.
• Campo 5: Debe decir MÉXICO.
• Campo 6: Dejar en blanco o en su caso anotar “VIA MARÍTIMA”. Nota: nunca anotar el nombre de barco.
• Campo 7: Dejar en blanco. Anotar “EXPEDIDO A POSTERIORI” cuando el certificado sea expedido con
posterioridad al embarque de la mercancía.
• Campo 8: 01) Anotar el no. de bultos y peso. 02) Anotar la descripción de la mercancía y su partida arancelaria (4
dígitos). Si son diferentes productos, anotar cada uno anteponiendo un número cronológico.
• Campo 9: Anotar la cantidad de mercancía y tipo de unidad de medida de los productos descritos en el Campo 8.
Esta cantidad de mercancía y tipo de unidad de medida debe coincidir con la que aparece en la factura. Esta
información podrá incluirse en el Campo 8, en este caso, en este Campo anotar el peso total de la mercancía.
• Campo 10 (campo opcional, no es necesario llenarlo): Anotar el no. y fecha de la factura. Nota: Cuando el
proveedor sea diferente al exportador, el no. de la factura y la fecha serían diferente, por ello en este caso, cuidar
de no anotar el no. y fecha de la factura.
• Campo 11: Debe incluir sello, fecha y firma de la Aduana de origen.
• Campo 12: Nombre del exportador, firma y fecha (la fecha de este campo debe ser anterior a la fecha que se
menciona en el Campo 11).