2. Código de Ética
La Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Sede Ambato (PUCESA), es
una institución de Educación Superior comprometida con los valores
cristianos, éticos, morales y de responsabilidad social, a través de los
principios y doctrina Ignaciana, Institución que necesita contar con un Código
de Ética que rija la actuación conductual de todos los colaboradores de la
misma.
La Pontificia Universidad Católica del Ecuador, Sede Ambato, tiene como
MISIÓN que, la PUCESA, es una comunidad académica y de servicio que
forma parte del Sistema Nacional de la PUCE, se inspira en los principios
cristianos, propicia el diálogo de las diversas disciplinas del saber con la fe,
promueve la generación y desarrollo del conocimiento científico y
tecnológico, contribuye a la formación humana y profesional de sus
integrantes para satisfacer las necesidades de la colectividad.
La VISIÓN es que, la PUCESA se propone ser una Institución de educación
superior que construye su liderazgo en la formación humana y profesional,
basados en la búsqueda de la verdad científica y en el fortalecimiento de su
identidad cristiana para contribuir al desarrollo social.
CONSIDERANDO*
> Que, en el preámbulo de la Constitución de la República del Ecuador se
establece que el pueblo del Ecuador esto es, sus hombres y mujeres han
decidido construir una nueva forma de convivencia ciudadana en diversidad
y armonía con la naturaleza para alcanzar el buen vivir (Sumak Kwasay); de
tal manera, que el Buen vivir encierra la vida en plenitud, siendo al mismo
tiempo una dimensión ética donde el ser humano y la vida en toda su
diversidad y complejidad debe ser el centro de las políticas públicas.
> Que, en el Art. 27 de la Carta Suprema Ecuatoriana establece que la
educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico,
en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente
sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural,
democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad
de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el
arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de
competencias y capacidades para crear y trabajar. La educación es
indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la
construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el
desarrollo nacional.
3. Código de Ética
> Que el Art. 351 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone que
el Sistema de Educación Superior se regirá por los principios de autonomía
responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencia,
integralidad, autodeterminación para la producción del pensamiento y
conocimiento, en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y
producción científica tecnológica globai.
> Que, en el literal c) del artículo 2 de la Declaración Universal sobre Ética y
Derechos Humanos de la Organización de Educación, Ciencia y Cultura de
las Naciones Unidas (UNESCO), se señala que se debe promover el respeto
de la dignidad humana y proteger los derechos humanos, velando por el
respeto de la vida de los seres humanos y las libertades fundamentales, de
conformidad con el derecho internacional relativo a los derechos humanos.
> Que, en los literales d) y f) del Art. 8 de la Ley Orgánica de Educación
Superior, que trata de los fines de la Educación Superior, se señala que ésta
tendrá por fines: el formar académicos y profesionales responsables, con
conciencia ética y solidaria, capaces de contribuir al desarrollo de las
instituciones de la República, a la vigencia del orden democrático, y a
estimular la participación social; así como también, el fomentar y ejecutar
programas de investigación de carácter científico, tecnológico y pedagógico
que coadyuven al mejoramiento y protección del ambiente y promuevan el
desarrollo sustentable nacional.
> Que, el Art. 160 de la Ley Orgánica de Educación Superior, que se refiere a
los fines de la Universidad, establece que corresponde a las Universidades y
Escuelas Politécnicas producir propuestas y planteamientos para buscar la
solución de los problemas del país; propiciar el diálogo entre las culturas
nacionales y de éstas con la cultura universal; la difusión y el fortalecimiento
de sus valores en la sociedad ecuatoriana; la formación profesional, técnica
y científica de sus estudiantes, profesores o profesoras e investigadores o
investigadoras, contribuyendo al logro de una sociedad más justa, equitativa
y solidaria, en colaboración con los organismos del Estado y la sociedad.
> Que la disposición transitoria Décima Sexta del Reglamento de Régimen
Académico, dispone a las Instituciones de Educación Superior "(...) elaborar
una normativa de ética de investigación y de aprendizaje, (...)".
> Que, la PUCESA es una comunidad académica y de servicio que forma
parte del Sistema Nacional de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador,
se inspira en los principios cristianos, propicia el diálogo de las diversas
disciplinas del saber con la fe, promueve la generación y desarrollo del
conocimiento científico y tecnológico, contribuye a la formación humana y
profesional de sus integrantes para satisfacer las necesidades de la
colectividad.
> Que, la PUCESA se propone ser una institución de educación superior que
construye un liderazgo en la formación humana y profesional, basados en la
búsqueda de la verdad científica y el fortalecimiento de su identidad
4. Código de Ética
cristiana, a través de los principios Ignacianos, para contribuir al desarrollo
social.
> Que, la PUCESA fortalece la confianza en la Comunidad adoptando
elementos tendientes a reforzar la grandeza de la entidad, haciéndoles sentir
a sus integrantes como parte importante de la misma, propiciando siempre
que no se vulneren los principios de la ética y la moral.
> Que, la PUCESA, lleva adelante una responsabilidad ética y moral en el
sentido de actuar de acuerdo a las normas y principios que fijan la conducta
del buen vivir de la comunidad.
El Consejo Directivo con base en la atribución establecida en el Art. 10, literal
b) del Reglamento de la Pontifica Universidad Católica del Ecuador, Sede
Ambato, expide el siguiente:
CÓDIGO DE ETICA DE EA
REFORMADO Y CODIFICADO
Título I
Capítulo I
ÁMBITO Y OBJETO
Art. 1.- ÁMBITO.- Los actores de la comunidad educativa de la PUCESA nos
insertamos en el proceso de análisis y transformación institucional, para contar
con las disposiciones y los instrumentos necesarios, que permitan hacer
factible el aprendizaje de los principios básicos de la convivencia humana; con
responsabilidad social enfrentar los desafíos y las demandas que plantea la
colectividad en el desarrollo sustentable del Estado Ecuatoriano, es por ello
que el presente Código de Ética, es parte armónica del modo de concebir una
vida universitaria que promueva el desarrollo de las personas en su
convivencia universitaria, ya sea Docente, Estudiante, Personal Administrativo
o Personal de Servicios.
Art. 2.- OBJETO.- El Código de Ética de la PUCESA, tiene por objeto recopilar
el racimo de valores, principios y normas éticas propios de la Institución que
deben regir la conducta de los miembros que conforman la Pontificia
Universidad Católica del Ecuador, Sede Ambato en el cumplimiento de sus
roles, ya sea Docentes, Estudiantes, Personal Administrativo o Personal de
Servicios, actuando de acuerdo con la normativa del Ecuador, normativas del
SINAPUCE, normativa de la PUCESA y respetando los principios éticos; con el
fin de enmarcar la actuación de los colaboradores, las pautas de conducta y
criterios por los cuales se regirán los colaboradores, generar lealtad y
cooperación de los colaboradores, motivar a los colaboradores; así como,
5. Código de Ética
fomentar un alto sentido de responsabilidad y honestidad en la formación
educativa de profesionales con excelencia.
Art. 3.- APLICABILIDAD.- El Código de Ética de la Pontificia Universidad
Católica del Ecuador Sede Ambato, es aplicable a:
• Personal Administrativo:
a) Consejo Directivo.
b) Prorrector de la PUCESA.
c) Directores Departamentales y sus asistentes.
d) Directores de Unidades Académicas y sus asistentes.
e) Personal de Secretaría en general.
f) Demás Personal Administrativo.
" Personal Docente:
a) Docentes de Tiempo Completo
b) Docentes de Tiempo parcial o medio tiempo.
c) Docentes de Servicios Profesionales
• Personal de Servicios:
a) Personal de Servicios Generales.
• Estudiantes:
a) Estudiantes regulares de carreras.
b) Estudiantes de cursos abiertos.
c) Estudiantes de ESTELA.
d) Estudiantes de Maestrías
" Otros
a) Personal de Seguridad y vigilancia.
b) Personal que presta algún servicio a la PUCESA.
Capítulo II
COMITÉ DE ÉTICA
Art. 4.- CONFORMACIÓN.- El Comité de Ética de la PUCESA es un
organismo interno de la Institución, pluridisciplinario y pluralista, conformado
por los diversos estamentos universitarios que forman parte de la PUCESA;
mismo que estará conformado por:
a) Director Administrativo y de Recursos Humanos.
b) Director Académico
c) Director de Estudiantes y Bienestar Estudiantil.
d) Director de Pastoral Universitaria
e) Un representante del personal docente.
f) Un representante del personal administrativo y de servicios.
g) Representante de la FEUCESA
6. Código de Ética
Presidirá el Comité de Ética el Director Administrativo y de Recursos Humanos
y actuará como Secretario o Secretaria el Representante del personal
administrativo y de servicios.
Además los miembros de! Comité de Ética de considerar necesario, podrán
solicitar asesoramiento jurídico al Secretario General - Procurador de la
Universidad.
Art. 5.- SUBROGACIÓN.- En caso de ausencia del Director Administrativo y de
Recursos Humanos, le subrogará en Presidir el Comité de Ética de la PUCESA
el Director Académico.
Art.- 6.- FUNCIONES.- El Comité de Ética tendrá las siguientes funciones:
1) Evaluar los problemas éticos en los diferentes ámbitos en los que
sea requerido;
2) Prestar asesoramiento sobre problemas éticos en el contexto de la
Universidad;
3) Fomentar el debate, la educación y la sensibilización de todas las
personas a las que se refiere en el presente código, así como su
participación al respecto;
4) Desarrollar temas de equidad y justicia universitaria;
5) Presentar reformas al Código de Ética cuando sea necesario;
6) Difundir periódicamente el Código de Ética;
7) Elaborar el reglamento de actuación del Comité de Ética; y ,
8) Elaborar el informe de los casos sometidos a su consideración para
análisis y decisión del Órgano Superior de la PUCESA.
Art. 7.- REUNIONES.- El comité de Ética se reunirá previa convocatoria
realizada por quien Preside, de manera periódica o cuando deba conocer
asuntos sometidos por Consejo Directivo para su análisis y trámite.
Art. 8.- QUORUM.- El quorum de instalación para las reuniones del Comité de
Ética, será con la mitad más uno de sus integrantes.
Art. 9.- RECOMENDACIONES.- Las recomendaciones que el Comité de Ética
de la PUCESA deba realizar en los informes para conocimiento de Consejo
Directivo, lo realizará por unanimidad o mayoría de votos. Cuando el informe
sea con la mayoría de votos se hará constar en el texto también el criterio de
los miembros de minoría.
Título II
Capítulo I
PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS
Art. 10.- ACTUACIÓN.- La vida institucional y educativa de la PUCESA, se
basa en servicios universitarios de calidad; en consecuencia, toda la
comunidad universitaria actuará con los más importantes fundamentos de
moral y ética que se expresan en los siguientes principios y valores a ser
cumplidos.
7. Código de Ética
Art. 11.- PRINCIPIOS.- Los principios son postulados de la Iglesia Católica,
que nos inspira, nos acoge y por los cuales vivimos; así como, serán los que
controlen para asumir responsablemente consecuencias de nuestros actos, de
allí que los postulados básicos con los cuales la institución contribuya a la
formación humana y profesional son:
a) Principios Cristianos
b) Fe
c) Magis
d) Obediencia
e) Gratitud
f) Equidad
a) Principios cristianos.- Estas no son reglas estrictas y sin sentido, sino mas
bien que se deducen de principios eternos que encontramos en La Palabra de
Dios que nos ayudan a diferenciar lo bueno de lo malo.
1. Principio de la Eficacia.- Eficacia significa expedición, o sea, ira una
meta o destino. ¿Lo que hago es de provecho?
2. Principio de la Libertad.- No debemos dejarnos dominar por el
pecado, ya que el que peca es esclavo. En Jesús somos liberados.
3. Principio del Ejemplo.- Todos los humanos deben ser ejemplo y no
obstáculo para los más débiles en la fe, ya que cuando hacemos
tropezar a nuestros hermanos, pecamos contra Dios.
4. Principio de Edificación: Edificar significa construir, todo lo que hace
¿lo edifica o lo derrumba? ¿lo hace una mejor persona o lo degrada?
5. Principio del Amor.- Amar a los demás como a uno mismo, para vivir
en armonía y sin tropiezos.
b) Fe.- El postulado de la FE en el Todo Poderoso y en nosotros mismos, es el
valor primordial de la PUCESA dado, que en un mundo de constante cambio
las creencias cristianas se ven amenazadas. Por dicha razón, la PUCESA se
inspira y promueve este postulado, ya que es importante recordar a nuestros
colaboradores y estudiantes que el Rey de Reyes, siempre nos acompaña.
c) Maqís.- El postulado del MAGIS es ser más para servir mejor, ya que
sabemos que para brindar el mejor servicio debemos tener las competencias
más altas del mercado.
d) Obediencia.- El postulado de la OBEDIENCIA, en un libre acto de
deliberación interior, de los mandatos internos y los que provienen de la
autoridad calificada, siempre que no se oponga al bien, para ejecutar lo
decidido.
el Gratitud.- El postulado de la GRATITUD es la expresión externa de la
valoración interior respecto del accionar de Dios y de otras personas o
circunstancias en la vida.
f) Equidad.- El postulado de la EQUIDAD consiste en reconocer, respetar y
hacer valer el derecho de los demás. Velar en que no se cometerán atropellos
8. Código de Ética
contra otros o contra sí mismos. Estar dispuestos a defender los derechos con
energía.
Art 12.- VALORES.- Los valores son parte de la personalidad y se demuestra
con actitudes para desarrollar acciones administrativas; así como, acciones
curriculares que permitan enriquecer al personal administrativo y docente.
Ellos, se encargarán de acrecentar la formación profesional del cuerpo
estudiantil.
Dentro de los valores podemos encontrar valores primarios y secundarios.
Art. 13.- VALORES PRIMARIOS.- Los valores primarios son los que están
marcados en todos los niveles de desarrollo de la convivencia institucional que
lleva la Universidad, los mismos que son:
a) El Respeto
b) La Excelencia
c) La Amistad
d) El Diálogo
e) La Pro-actividad
f) La Experiencia y Acompañamiento
g) La Tolerancia
a) El Respeto.- El RESPETO es reconocer, apreciar y valorar a uno mismo
como persona; así como, a los demás de mi entorno. El respeto es establecer
hasta dónde llegan mis posibilidades de hacer o no hacer, como base de toda
convivencia en sociedad.
El respeto a la dignidad humana es el respeto a la dignidad de la persona, es el
valor primario y universal con muchas consecuencias. Ubicarlo como primer
valor no es sólo una necesidad lógica, sino una declaración de finalidad
respecto a la concepción de la institución.
b) La Excelencia.- La EXCELENCIA es la búsqueda de Dios, fuente de todo
verdadero conocimiento y sabiduría, quien permite desarrollar el máximo de las
potencialidades humanas en todos los ámbitos.
c) La Amistad.- La AMISTAD es la relación afectiva positiva, que se
fundamenta en la condición gregaria del ser humano y genera así redes de
apoyo, sostenidas en el tiempo y fomentando mediante este valor un clima
laboral y social positivo para todo los colaboradores de la PUCESA.
di El Diálogo.- El DIÁLOGO permite dar soluciones para tener una institución
bien constituida y cimentada en la palabra verdadera. Así también, es un
instrumento de ideas que fortalece día a día la generación de nuevos
conocimientos y tecnologías, mediante una comunicación constante y fluida
entre las diversas áreas del saber con la fe.
9. Código de Ética
e) La Pro-activídad.- La PRO - ACTIVIDAD es la capacidad de accionar y no
sólo de reaccionar. Es la decisión firme de tomar las iniciativas, correr riesgos
razonables, planificar y luchar por alcanzar nuestras metas e ideales.
f) La Experiencia y Acompañamiento.- Por medio de la EXPERIENCIA Y
ACOMPAÑAMIENTO en el caso de los docentes deberán formar a los
estudiantes en base a su experiencia profesional en las asignaturas que tienen
bajo su responsabilidad, así también, realizar un acompañamiento cercano al
estudiante en las diferentes áreas de conocimiento.
g) La Tolerancia.- La TOLERANCIA es !a expresión más clara del respeto por
los demás, y como tal es un valor fundamental para la convivencia pacífica
entre las personas. Tiene que ver con el reconocimiento de los otros como
seres humanos, con derecho a ser aceptados en su individualidad y diferencia.
Art. 14.- VALORES SECUNDARIOS.- Los valores secundarios son valores
que nacen con fundamento en los valores primarios y son los siguientes:
a) Igualdad n) Iniciativa
b) Concepto de si mismo o) Lealtad y Colaboración
c) Coherencia de vida p) Responsabilidad
d) Integridad q) Buen crédito moral
e) Honestidad r) Discreción
f) Solidaridad s) Honor
g) Confidencialidad t) Idoneidad
h) Veracidad u) Prudencia
i) Trasparencia v) Profesionalidad
j) Integridad w) Perseverancia
k) Credibilidad x) Luchar contra la corrupción
I) Liderazgo y) Innovación
m) Superación
a) Igualdad.- Es importante garantizar las oportunidades laborales igualitarias
de todos los colaboradores y aspirantes de la PUCESA, sin importar cual fuere
su raza, color de piel, religión, nacionalidad, nivel de inteligencia, sexo, edad o
discapacidad, siendo éstas un factor clave de los fundamentos católicos
cristianos de los cuales, parte la formación y servicio de toda la comunidad
administrativo-académica, desterrando por completo la discriminación en la
PUCESA.
Así también, tomando como referencia la Constitución de la República del
Ecuador, la Universidad garantiza el libre acceso a la educación con diversos
programas de becas, los cuales se han puesto a disposición de toda la
colectividad y erradicando la creencia de quien desea formarse en la PUCESA,
deba tener un posicionamiento económico especifico.
b) Concepto de sí mismos.- Es el esforzarnos por ser mejores personas en
todo sentido y por ser personas libres, responsables; con unidad y coherencia
de vida y con aspiraciones. Conocer y utilizar al máximo nuestra capacidad
10. Código de Ética
operativa para satisfacer cualquier necesidad propia, la de otros miembros de
la organización y, en particular, de nuestros clientes.
c) Coherencia de vida.- Para generar y transmitir esa confianza nos
apoyamos en nuestra vida personal. El ámbito de nuestro mundo privado-
personal y familiar es un valioso incentivo para nuestro trabajo diario.
A partir de eso, consideramos que para actuar de manera inmediata y
espontánea en la dirección correcta, nos comportamos como somos en todos
los aspectos de nuestra vida.
d) Honestidad.- Es una cualidad de calidad humana que consiste en
comportarse y expresarse con coherencia y sinceridad, viviendo de acuerdo a
la forma de pensar y sentir, y que no depende de personas o consensos, sino
de lo que el mundo real, nos presenta como innegable e imprescindible de
reconocer.
e) Solidaridad.- Es ía acción de entrega desinteresada y alegre para con los
otros, teniendo en cuenta el bien del otro, aún en desmedro del propio
bienestar.
f) Confidencialidad.- Quizá el activo más importante que manejamos es la
información que generan nuestras decisiones de forma física, digital y verbal.
La usamos libre y ágilmente, para la finalidad establecida: la permanencia en el
largo plazo de nuestra institución. Como se trata de información propia, no la
compartimos, ni siquiera de manera indirecta o casual, con personas ajenas a
nuestra área de trabajo.
g) Veracidad.- Es el reflejo de la realidad sin alteraciones. Es importante
aclarar a nuestras contrapartes cuando estamos transmitiendo datos y, cuando
estamos transmitiendo nuestra opinión en torno a hechos, situaciones, etc.
h) Transparencia.- Es la sinceridad en el actuar, en el pensar y en el decir;
conducta clara, disposición a que la propia actuación esté sometida a normas y
reglas claras de la institución.
i) Integridad.- Es la capacidad del ser humano para decidir sobre su
comportamiento, y actuación de un modo digno de confianza.
¡) Credibilidad.- Es la opinión favorable en que una persona o grupo será
capaz de actuar de manera adecuada en una determinada situación y
pensamiento.
k) Liderazqo.- Es el valor que se encarga de sinergizar a los integrantes de los
diversos equipos de trabajo o departamentos, para de esta manera motivarlos
a romper sus propias limitaciones y así alcanzar los objetivos, e incluso
superar las expectativas, promoviendo los principios y valores institucionales,
para así cumplir con la visión de la Universidad.
10
11. Código de Ética
I) Superación.- La superación está dada desde el punto del vista del postulado
del Magis con gran apertura al desarrollo personal y profesional desde los
interesados y los directivos hacia todo el personal docente y administrativo, ya
que existen diversos tipos de incentivos que van iniciando en la
profesionalización del personal que dispone hacia la presentación de incentivos
para que nuestros docentes y alumnos puedan hacer carrera dentro de la
Universidad.
Crear espacios para que: directivos, colaboradores, personal administrativo,
personal docente y estudiantes se capaciten permanente, dado el progreso y la
evolución de las ciencias, de los principios y las técnicas, así como los cambios
en la legislación, a fin de mantenerse actualizado en sus conocimientos con el
fin de garantizar la aplicación de este valor.
La actitud de servicio nos estimula a mejorar los procedimientos, actitudes y
características de (os servicios que ofrecemos.
m) Iniciativa.- Es el afán de hacer las cosas, de encontrar salidas y soluciones;
capacidad de innovación y decisión para replantear las cosas.
n) Lealtad v colaboración.- El colaborador se obliga a ser leal a sus
superiores en cuanto éstos no alteren los derechos y obligaciones del
subalterno. Deberán mantener un sentido de colaboración con sus compañeras
y compañeros en la oficina, demostrando la dignidad propia de la conciencia
moral y de una buena comprensión de las relaciones humanas. Asi también,
todos los colaboradores serán quienes informen sobre cualquier comentario o
situación que pueda afectar a la Universidad o sus integrantes.
o) Responsabilidad.- Es la aceptación de la ejecución y resultado de las
propias decisiones, lo mismo de los actos no intencionados, buscando el bien
común y procurando que otras personas hagan lo mismo. Dentro de este
principio se puede contar con la Responsabilidad Social, a través de la
palabra y la acción, la cual transmite su ser y su saber, acepta, propone y
apoya consensos en la búsqueda de mejores condiciones de vida para los
seres humanos.
Cumplimos con responsabilidad en nuestro medio, mediante los diversos
programas y proyectos de vinculación social que constantemente son
desarrollados dentro de la PUCESA.
p) Buen crédito moral.- El colaborador como persona será considerado de
acuerdo al comportamiento que observe. De ello se deduce que el colaborador
de la PUCESA deberá mantener su buen crédito moral, evitando cualquier
muestra de conducta irregular; inhabilidad de trato, mal humor, vanidad,
grosería; y, sobre todo, la propensión a vicios.
q) Discreción.- El colaborador de la PUCESA a de considerar en su
desempeño que las acciones legales, administrativas, técnicas y académicas
no son necesariamente acciones secretas, pero si reservadas en el sentido de
discreción; por lo tanto, el colaborador se cuidará de no poner de relieve,
11
12. Código de Ética
innecesario o ilegalmente, los asuntos que atañen a su desempeño y al
proceder del grupo de trabajo, incluso por el riesgo de ser mal interpretado y
que afecte al prestigio de la institución.
r) Honor.- Al colaborador de la PUCESA que se impute el cometimiento de un
delito de acción pública, deberá facilitar la investigación correspondiente para
esclarecer su situación y dejar a salvo su honra y la dignidad de su cargo.
s) Idoneidad.- El colaborador deberá tener la conciencia y la seguridad de sus
conocimientos generales y particulares, para poder desempeñar eficazmente
su tarea y para garantizar la moralidad del desempeño.
t) Prudencia.- El colaborador deberá actuar con pleno discernimiento de las
materias sometidas a su consideración, con la misma cautela que un buen
administrador emplearía para con sus propios bienes. Así mismo, debe evitar
acciones que pudieran poner en riesgo la finalidad de la función que
desempeña, el patrimonio o la imagen que debe tener la Universidad hacia la
comunidad.
u) Profesionalismo.- Es la respuesta eficaz en la gestión que facilite un
servicio de excelencia con conciencia, amor al trabajo y la convicción de
brindar lo mejor de sí con alto sentido del deber social adquirido.
v) Perseverancia.- Es la lucha constante a lo largo del tiempo por alcanzar las
metas propuestas.
w) Luchar contra la corrupción.- Ni la PUCESA ni sus colaboradores
participarán directa o indirectamente, en actos que aunque tuvieren visos de
legalidad, pudieran considerarse como corruptos o inducir a corrupción. Por
ello, ningún ingreso, gasto, desembolso, egreso y actividad educativa podrá
hacerse sin causa justa y legítima.
x) Innovación.- Es la actitud permanente de búsqueda de opciones, para la
creación de nuevos servicios, mejorar la calidad, afianzar nuestra identidad y
mantener el crecimiento. Para ello fomentamos, la creatividad, la investigación
y el desarrollo, haciendo a nuestra institución más competitiva, esforzándonos
en la mejora de nuestros sistemas educativos e impulsando el potencial
creativo de nuestro personal, a través de la formación continua.
Capítulo II
COMPROMISOS
Art. 15.- COMPROMISO DE LAS AUTORIDADES.- El comportamiento ético
de las autoridades de la PUCESA, está absolutamente coordinado con el rol y
jerarquía que cumplen dentro del Sistema de Educación Superior, lo que los
compromete a que sus actuaciones estén cobijadas por principios que los
encaminan a proceder en su servicio universitario. Los compromisos de las
autoridades son las siguientes:
12
13. Código de Ética
a) Velar por el cumplimiento de las garantías, derechos y obligaciones
de los miembros de la comunidad educativa de la PUCESA y
SINAPUCE.
b) Ejercer el debido liderazgo a todos los niveles, fomentar un ambiente
en el que se dé testimonio de conducta ética y de la práctica de los
valores.
c) Intervenir en la solución de conflictos que se presenten y resolverlos
satisfactoriamente en base a las normas vigentes y a los principios
determinados en este instrumento.
d) Tener en consideración el impacto integral en el momento de tomar
decisiones sobre las áreas de la comunidad educativa, debiendo estar
apegadas a la ley y a los principios de la Universidad.
e) Ninguna autoridad, podrá aceptar situaciones en cuyo contexto exista
un aprovechamiento individual, ocasionando conflictos en el
cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.
Art. 16.- COMPROMISO DE LOS COLABORADORES.- Los colaboradores de
la PUCESA conocedores de éste documento, se comprometerán a propiciar el
desarrollo y la práctica de los más altos valores éticos y morales, a partir de su
aceptación.
Quienes ejerzan funciones de Dirección estimularán las prácticas de trabajo y
conductas positivas de cada uno de sus colaboradores, estarán vigilantes al
cumplimiento de las actividades individuales en un ambiente de respeto y
armonía.
Art. 17.- COMPROMISO DE LOS ESTUDIANTES.- Los estudiante deberán
comprometerse de manera firme, como comunidad académica y de servicios a:
a) Mantener los más altos estándares de calidad educativa teniendo
como fortalezas el cuerpo docente altamente calificado, en fiel
cumplimiento a las leyes y reglamentos de la Educación Superior del
Ecuador, utilizando las más altas tecnologías y herramientas modernas
educativas que sean proporcionadas por la PUCESA.
b) Formar, fortalecer y guiar al desarrollo de nuevos conocimientos que
deban ser adquiridos por el estudiantado de la PUCESA, con
conciencia crítica e innovadora constituyéndolos como entes proactivos
de la sociedad.
Art. 18.- COMPROMISO PARA CON LOS PROVEEDORES.- La PUCESA
llevará a cabo negociaciones lícitas y equitativas con sus proveedores, aplicará
con imparcialidad y justicia los postulados de la libre competencia en el proceso
de evaluación y selección de proveedores, asegurándoles la confidencialidad
de la información suministrada.
13
14. Código de Ética
Art. 19.- COMPROMISO DE OFERTA ACADÉMICA.- La PUCESA y todos sus
colaboradores competirán en el sector educativo superior basándose en los
méritos, ventajas y excelencia de su calidad educativa, utilizando las mejores y
más leales prácticas de mercadeo para ofertar carreras académicas a ser
entregadas a la comunidad educativa del Cantón, la Provincia y del País.
Art 20.- COMPROMISO CON LA SOCIEDAD Y EL PAÍS.- La PUCESA y sus
colaboradores están inmersos en el país y en la sociedad en la que trabajamos,
de ellos somos parte y a ellos nos debemos; por lo mismo, la PUCESA asume
el más serio compromiso de apoyar con nuestro trabajo diario los principios y
valores en que ellos se sustentan la sociedad ambateña, tungurahuense, del
centro de País y ecuatoriana toda.
Art. 21.- COMPROMISO CON EL MEDIO AMBIENTE.- La PUCESA y el
personal docente, fomentará en todas sus actividades educativas, la formación
de profesionales comprometidos con la conservación y mantenimiento de un
medio ambiente sano, base de sustento de toda forma de vida en el planeta.
Art. 22.- COMPROMISO CON ÉTICA.- Directivos y colaboradores de la
Universidad, por el hecho de aceptar y adoptar el Código de Ética de la
PUCESA quedan comprometidos al cumplimiento del mismo. Los
incumplimientos a éste código de ética serán procesados de acuerdo a las
normativas aplicables para el efecto previamente establecidas en Leyes,
Reglamentos y demás disposiciones legales.
El compromiso de un comportamiento ético, logra generar o desarrollar un
ambiente de confianza entre directivos, docentes, estudiantes, colaboradores,
proveedores, organismos de control y otros relacionados a la PUCESA.
Capitulo III
APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA
Art- 23.- PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS.- El Código de
Ética de la PUCESA será aplicable en el personal Administrativo y de Servicio
a partir de la fecha de aprobación en Consejo Directivo y en el futuro desde
cuando ingresen a laborar en la Institución o prestar servicios profesionales
establecidos en un contrato previamente firmado.
Art 24.- PERSONAL DOCENTE.- El Código de Ética en el personal Docente
de la PUCESA, será aplicable desde la aprobación en Consejo Directivo y en
todas las modalidades contractuales que existan aún cuando el Docente
solamente sea de reemplazo; en el futuro para personal Docente, el Código de
Ética le será aplicable a partir de la fecha en que entre a prestar sus servicios
laborales o profesionales, mediante la firma del respectivo contrato.
Art. 25.- ESTUDIANTES.- En los Estudiantes el Código de Ética, será
aplicable a partir de la aprobación en Consejo Directivo y para la nueva
generación de estudiantes que ingresen a la PUCESA, a partir de que se
matriculen en Secretaría General.
15. Código de Ética
TÍTULO III
ETICA EN INVESTIGACIÓN, INNOVACIÓN Y DESARROLLO (IID)
(El Título III, fue insertado en el Código de Ética mediante reforma y codificación aprobado en
sesión de Consejo Directivo el 9 de julio del 2014)
Capítulo I
PRINCIPIOS DIRECTRICES
Art. 26.- Generalidad.- Para una aplicación eficiente de las disposiciones a ser
desarrolladas en este Título, es pertinente que se tenga en consideración y
como base los principios directrices legales y éticos.
Art. 27.- Principios Directrices Legales.- Los principios directrices legales
tiene su fuente de sustentación en la Ley Orgánica de Educación Superior,
Art.12, donde se establecen los principios del Sistema de Educación Superior;
en particular, son relevantes para el ámbito investigativo y por lo tanto para este
Reglamento, los siguientes principios directrices legales:
a) Principio de Calidad.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 93 de la
Ley Orgánica de Educación Superior, este principio "[...] consiste en la
búsqueda constante y sistemática de la excelencia, la pertinencia,
producción óptima, transmisión del conocimiento y desarrollo del
pensamiento mediante ¡a autocrítica, la crítica externa y el mejoramiento
permanente"',
h) Principio de Pertinencia.- En la misma norma referida, este principio
consta en el Art.107, disposición que señala en su texto que: "[...] consiste
en que la educación superior responda a las expectativas y necesidades
de la sociedad, a la planificación nacional, y al régimen de desarrollo, a la
prospectiva de desarrollo científico, humanístico y tecnológico mundial, y a
la diversidad culturaf',
1 1 Principio de Autodeterminación para la Producción del Pensamiento
y Conocimiento.- Contenido en el Art.145, de la norma orgánica ya
referida, donde señala textualmente que este principio: "[...] consiste en la
generación de condiciones de independencia para la enseñanza,
generación y divulgación de conocimientos en el marco del diálogo de
saberes, la universalidad del pensamiento, y los avances científico
tecnológicas locales y globales".
Art. 28.- Principios Directrices Éticos.- Adicionalmente, son relevantes para
el ámbito investigativo, y por tanto para este Reglamento, los siguientes
principios directrices técnicos:
a) Principio de Humanidad.- Consiste en el respeto a la dignidad humana,
en su condición de imagen y semejanza de Dios. El Principio de
Humanidad implica, por ejemplo, que en un estudio en el ámbito
investigativo que involucra a personas, deberá contarse con su
consentimiento de participación, emitido en términos de libertad.
15
16. Código de Ética
b) Principio de Autonomía Responsable.- Consiste en el reconocimiento
del ser humano como sujeto responsable y libre de su investigación y, por
ello, debe rendir cuentas de sus actividades en el ámbito investigativo; por
tanto, el investigador no puede considerarse a sí mismo un ente aislado de
la sociedad.
c) Principio de Honestidad.- Consiste en el reconocimiento de que existe
una prohibición universal de no robar. El Principio de Honestidad implica
que el investigador deberá evitar cualquier tipo de plagio y fraude
académico. Asimismo el investigador debería destacarse en su comunidad
por su respeto a la opinión y propiedad ajenas.
d) Principio de Respeto al Medio Ambiente.- Consiste en el
reconocimiento de que el ser humano comparte el planeta con otros seres
vivos siendo, al mismo tiempo, la última y la más importante de las
creaciones de Dios. El Principio de Respeto al Medio Ambiente implica
que, por ejemplo, en un estudio que involucra animales se debe evitarles
cualquier sufrimiento innecesario.
Artículo 28.- Figuras de uso frecuente.- Para una mejor comprensión del
título vamos a definir a figuras de uso frecuente en el campo de investigación,
siendo estas:
Ámbito investigativo.- Marco de actividades de Investigación, Innovación y/o
Desarrollo. En este contexto se consideran:
a) Las actividades de
Investigación, Innovación y/o Desarrollo de profesores y estudiantes,
siendo éstos últimos los que no terminan sus estudios o los que ya
terminaron sus estudios, las mismas que también son referidas como
actividades generativas de IID;
b) Las actividades de aprendizaje
de los estudiantes que tienen algún componente de Investigación,
Innovación y/o Desarrollo, las mismas que también son referidas como
actividades formativas de IID.
Apartado de referencias.- Listado de referencias bibliográficas que se
presenta en un artículo, libro, etc.
Citación (o cita).- Mecanismo mediante e! cual se atribuye un concepto, frase,
obra, etc. a una persona, grupo de personas, institución, etc., como
responsable de un texto, declaración, etc.
Desarrollo.- El término desarrollo técnico o simplemente desarrollo
corresponde a la implementación de un producto final que resuelve, un
problema social, académico y/o empresarial; este es habitúa/mente el caso de
creación de software, diseño de estrategias educativas, etc.
Investigador.- Persona que realiza actividades en el ámbito investigativo.
17. Código de Ética
Investigación. "Acción y Efecto de investigar", (Diccionario de la Real
Academia Española).
Investigar.- "Realizar actividades intelectuales y experimentales de modo
sistemático con el propósito de aumentar los conocimientos sobre una
determinada materia", (Diccionario de la Real Academia Española).
Innovación. "Acción y efecto de innovar", (Diccionario de la Real Academia
Española).
Innovar.- Crear o modificar un producto o tipo de producto mediante la
aplicación de conocimiento ya existente para generar una solución original a
una problemática concreta.
Normativa de referenciamiento.- Es un conjunto de normas y lineamientos
formales para la citación y referenciamiento de publicaciones u obras.
Producto de innovación.- Se entenderá por producto de innovación cualquier
prototipo, artículo, manual, libro, etc. obtenido mediante la aplicación del
método científico y/o de rigor técnico y con respeto a los Principios Directrices,
que presenta características de originalidad y soluciona una problemática
concreta. Un producto de innovación puede ser sujeto de un proceso de
patentación.
Producto de investigación.- Se entenderá por producto de investigación
cualquier artículo, manual, libro, etc., obtenido mediante la aplicación del
método científico y con respeto a los Principios Directrices, donde se evidencie
un avance al conocimiento en una determinada materia.
Referencia bibliográfica.- Es un conjunto de datos que tiene como Propósito
la identificación de una publicación u obra.
Referenciamiento.- Preparación o concreción de una referencia bibliográfica.
Similitud de textos.- Representa el porcentaje de coincidencia entre dos
textos y que se puede determinar por un programa de reconocida calidad, e.g.
Turnitin, Urkund, etc.
Texto original.- Es un texto, publicado o no, del que se puede comprobar su
autoría.
Además deberán ser consideradas las definiciones señaladas en los cuerpos
normativos como la Ley de Propiedad Intelectual y demás textos legales.
Capítulo II
ÁMBITO Y OBJETIVOS
17
18. Código de Ética
Art. 29.- Ámbito.- El ámbito del presente título es regular y orientar tanto las
actividades generativas como las actividades formativas en el ámbito
investigativo.
Art. 30.- Objetivos.- Los objetivos del presente título son:
a) Regular desde una perspectiva ética las actividades formativas y
generativas de IID de profesores y estudiantes de la PUCESA.
b) Promover el cumplimiento de altos estándares técnicos en las actividades
formativas y generativas de IID de profesores y estudiantes de la
PUCESA.
c) Incentivar a profesores y estudiantes, de cualquiera de las categorías, a
que las actividades de investigación formatíva o generativa, sean
desarrolladas con un alto estándar de ética.
Capitulo III
SOBRE LA AUTORÍA, FRAUDE ACADÉMICO, PLAGIO
Y FALTAS A LA ÉTICA
Art. 31.- Autoría.- Una persona es autor de un artículo, trabajo, obra u otros, si
reúne los requisitos de autoría; es decir, si cumple con todos y cada uno de ¡os
siguientes criterios:
a) Realiza una contribución sustancial a la concepción o al diseño del trabajo;
o, realiza la recopilación, análisis o interpretación de la información del
trabajo;
b) Redacta el trabajo (artículo o reporte del trabajo); o, realiza una revisión
crítica del mismo que aporta al contenido intelectual del mismo;
c) Explícitamente aprueba la versión final del trabajo (artículo o reporte del
trabajo);
d) Acepta su responsabilidad por toda implicación ética, técnica, científica de
la totalidad del trabajo.
Art. 32.- Fraude académico.- El presente Código y particularmente en este
título, se tipifica y establece sanciones para varias acciones u omisiones en el
ámbito investigativo que fueran cometidas por profesores o estudiantes y que
evidencian fraude o deshonestidad académica, establecido en el literal g) del
Art.207, de la Ley Orgánica de Educación Superior.
Art. 33.- Plagio.- Se conceptualiza como Plagio, la actuación de una persona
o grupo de personas, al copiar o imitar total o parcialmente una publicación,
obra, frase o idea que no le(s)pertenece y lo presenta(n) como autor(es) de la
misma, al no hacer referencia de autoría o no tener la autorización del legítimo
autor.
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19. Código de Ética
Art. 34.- Excepciones.- En el ámbito investigativo son aplicables dos
excepciones establecidas en el Art.83 de la Ley de Propiedad Intelectual,
disposición que en su texto dice:
"Siempre que respeten los usos honrados y no sienten a la normal
explotación de la obra, ni causen perjuicios al titular de los derechos, son
lícitos, exclusivamente, los siguientes actos, los cuales no requieren la
autorización del titular de los derechos ni están sujetos a remuneración
alguna'.
a) La inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de
naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas
de carácter plástico, fotográfico, figurativo o análogo, siempre que se
trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o
para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podría
realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada
por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del
autor de la obra utilizada; [...]
k) Las lecciones y conferencias dictadas en universidades, escuelas
politécnicas e institutos superiores técnicos y tecnológicos, colegios,
escuelas y centros de Educación y capacitación en general, que podrán
ser anotadas y recogidas por aquellos a quienes van dirigidas para su
uso persona/".
Art. 35.- Frases típicas.- Frases o muletillas típicas del quehacer profesional
no pueden considerarse como plagio; ejemplos de estas frases son:
• "En el supuesto no consentido..." (Jurisprudencia);
• "Por tanto se infiere que..." (Matemáticas).
Art. 36.- Tipos de plagio.- En el marco de acción del presente Titulo se
consideran los siguientes tipos de plagio:
Clonación.- Es el acto de tomar en su totalidad el trabajo (texto, obra, etc.) de
otra persona y declararlo como propio.
Clonación parcial.- Es el acto de tomar un alto porcentaje del trabajo (texto,
obra, párrafo etc.) o parte del trabajo de otra persona y declararlo como propio.
En caso de un texto obra, párrafo, etc., deberá verificarse que se haya tomado
al menos el 80% del texto original.
Enmascaramiento.- Es el acto de cambiar palabras y frases de un texto
original (o parte del mismo) escrito por otra persona, manteniendo el sentido,
intensión o mensaje original, y declarar al texto resultante (o parte del mismo)
como propio.
Autoplagio.- Es el acto de plagiar a partir de algún trabajo (texto, obra, etc.), o
parte de él, del mismo autor.
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20. Código de Ética
Recopilación impropia.- Es el acto de combinar enmascaramientos,
clonaciones parciales y/o autoplagios de varias fuentes y declarar al texto
resultante (o parte del mismo) como propio.
Un caso de plagio puede cumplir, al mismo tiempo, con la caracterización de
más de un tipo; además debe considerarse que los tipos de plagio descritos en
el presente Reglamento constituyen una adaptación para la PUCESA.
Art. 37.- Citación vacua.- Esta falta a la ética se presenta cuando un texto,
concepto, etc., es citado, pero su citación dirige a una fuente o referencia
inexistente.
Art. 38.- Citación errónea.- Se presenta cuando un texto, concepto, etc., es
citado, pero su citación dirige a una fuente con información imprecisa o
incompleta en el apartado de referencias.
Art. 39.- Recopilación vulgar o sin valor.- Se presenta cuando un texto (o
parte del mismo), contiene citaciones apropiadas pero prácticamente no
presenta un aporte original del autor.
Capitulo IV
AUTORÍA Y ORDEN DE AUTORES
Art. 40.- Autoría.- La autoría de un trabajo (artículo, libro, etc.) deberá ser
completa (todas las personas declaradas como autores deben cumplir los
requisitos de autoría) y exhaustiva (todas las personas que reúnen los
requisitos de autoría deben ser declarados como tales).
Art. 41.- Orden de los autores.- En caso de un proyecto de IID que produzca
un artículo técnico o científico donde no exista un acuerdo preliminar entre los
miembros del equipo, deberá considerarse como primer autor al director del
proyecto y los demás autores serán los demás miembros del equipo incluidos
por orden alfabético.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que un profesor o estudiante, que no
es oficialmente parte del equipo de investigadores a cargo del proyecto,
reuniera los requisitos de autoría deberá ser añadido a la lista de autores
después de los miembros del equipo.
Capítulo V
PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN PATROCINADOS POR LA PUCESA
Art. 42.- Conflicto de intereses personales.- Al proponer un proyecto de IID
para que sea patrocinado por la PUCESA, un profesor deberá declarar por
escrito si tuvo, tiene o tendrá relaciones con organizaciones, instituciones,
personas, etc., que podrían afectar su capacidad técnica, juicio u objetividad en
su trabajo en el ámbito investigativo.
Art. 43.- Conflicto de intereses financieros.- Al proponer un proyecto de IID
para que sea patrocinado por la PUCESA, un profesor deberá declarar por
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21. Código de Ética
escrito si el proyecto contará (o posiblemente contará) con otra fuente de
financiamiento y las consecuencias que esto podría tener sobre los productos
del proyecto como artículos, patentes, etc.
En cualquier caso, para la ejecución de un proyecto con cofinanciamiento de
otra institución distinta a la PUCESA, se deberá contar con un convenio
explícito entre ambas instituciones.
Capítulo VI
ACTUACIÓN DE LOS CpNSEJOS DE ESCUELA Y DE
INVESTIGACIÓN Y POSTGRADOS
Art. 44.- Actuación.- En la Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede
Ambato, funcionan los Consejos de Escuela, y, el Consejo de Investigación y
Postgrados, quienes tienen dentro de sus funciones y atribuciones la
aprobación de proyectos de titulación en la modalidades de titulación que
presenten los estudiantes que están por culminar o hayan terminado el
programa de estudios de las maestrías o el programa de estudios de las
carreras, mismos que deberán vigilar que se cumplan con las disposiciones del
Código de Ética en general y en particular de éste título.
En caso de evidenciar el infringimiento a las disposiciones, tomarán las
acciones pertinentes y si hay reincidencia por tercera ocasión, deberán
informar a Consejo Directivo, por intermedio del Director del Departamento de
Investigación y Postgrados o de los Directores de Escuela, según corresponda,
los hechos evidenciados a fin de que se instaure el respectivo proceso
disciplinario.
Art. 45.- Evidencias.- Los Consejos de Escuela y de Investigación y
Postgrados, previo a tomar los correctivos por el incumplimiento de las
disposiciones del Código de Ética y en particular de este Título, sobre todo en
caso de plagio, deberán evidenciar por medio de pruebas documentales
obtenidos de instrumentos ya sean de carácter tecnológicos o de otra índole,
para que sirvan de sustento a las decisiones plasmadas en las resoluciones.
Para el caso de plagio y de ser necesario, podrán designar una Comisión
Especial a fin de que evidencie lo encontrado por los Directores de Trabajo de
titulación, los Lectores y Revisores de los mismos, Directores de Escuela,
Director del DIP y demás actuantes en el proceso de titulación, cuyo informe
puede ser el antecedente para emitir cualquier resolución.
Título IV
CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y SANCIONES
Art. 46.- CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO.- Los principios y valores, recogidos
en este código, son la base sobre la que se sustenta ciertos objetivos
adquiridos por la PUCESA, por ende se promoverá el cumplimiento obligatorio
de este código, la formación específica y su sistema de vigilancia.
22. Código de Ética
Art. 47.- SANCIONES.- Quienes faltaren a los principios, valores y
compromisos dispuestos en el presente código se someterán a las sanciones
que determinen la Ley Orgánica de Educación Superior y los Reglamentos
establecidos en la PUCE y PUCESA.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- De considerar pertinente el Consejo Directivo, de conformidad con
lo dispuesto en el Art.207 de la Ley Orgánica de Educación Superior, será el
organismo que impondrá la correspondiente sanción, actuando de conformidad
a los derechos establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, la
Ley Orgánica de Educación Superior y Código de Trabajo, previo informe con
recomendación que será remitido por el Comité de Ética.
SEGUNDA.- El Código de Ética de la PUCESA entrará en vigencia a partir de
la aprobación en Consejo Directivo; así como su reforma y codificación.
El CÓDIGO DE ÉTICA DE LA PUCESA, REFORMADO Y CODIFICADO, fue
aprobado en sesión de Consejo Directivo de la Pontificia Universidad
Católica del Ecuador, Sede Ambato, del miércoles 21 de Marzo del 2012,
(Acta No. 507);así como, la reforma y codificación fue aprobado en
sesión del miércoles 9 de Julio del 2014 (Acta 558).
áL/J U
Jtamirano Villarroel
SECRETARIA GENERAL - PROCURADOR
PUCE SEDE AMBATO
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