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RELACIÓN DE LA ÉTICA CON OTRAS DISCIPLINAS
DE LAS CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS
La Antropología filosófica: La ética se relaciona con esta disciplina y tiene o pueden
tener algunos temas compartidos en común que las aproximan: una doctrina de la
libertad y de la persona, la cuestión del amor y también la responsabilidad.
La Metafísica: Está relacionada necesaria y tormentosamente con la ética; pero esa conexión entre ética y
metafísica solo es posible a través de la antropología filosófica; la relación del lenguaje con el sujeto
cognoscente moral es una cuestión metafísica.
La Pedagogía: se encarga del estudio de la educación, desde el conducir o guiar al ser
humano hacia el conocimiento: ejemplo la formación de los maestros y la ética se
relaciona con lo que hay que hacer y cómo hacerlo, en tanto que la educación muestra el
modo en que podemos lograr lo propuesto por la ética.
Antropología/ Historia: La ética debe partir de los hechos históricos ya que todos los
pueblos han tenido un ideal moral y por lo tanto la historia, la antropología ilustran a la
ética sobre los cambios que ha sufrido la moral desde sus orígenes, para entender los
valores que nos rigen actualmente y proyectar un mejor futuro.
Filosofía: La ética requiere del conocimiento filosófico, porque le proporciona los principios y sustentos para
determinar sus valoraciones. Se halla estrechamente relacionada a la filosofía, la cual parte de su carácter
científico, esa comprensión científica exige que la ética se apoye en disciplinas filosóficas especiales como la
lógica, la epistemología y la filosofía del lenguaje; la ética toma de la filosofía los fundamentos para caracterizar
sus conceptos básicos como valor, libertad, responsabilidad, conciencia, entre otros. .
La Sociología: La ética se relaciona íntimamente con esta disciplina, de una forma objetiva y racional, en la que no
se puede concebir la una sin la otra: el objeto de estudio más importante de ambas es el ser humano. La sociología
como ciencia social nos da el conocimiento objetivo y racional de las relaciones humanas y sus estructuras sociales
o instituciones; mientras la ética no puede prescindir del conocimiento de las estructuras sociales, de las relaciones
e instituciones que le proporciona la sociología como ciencia social.
La Psicología: La ética se relaciona con la psicología de manera primordial. El comportamiento moral del ser
humano surge justamente de distintas estructuras mentales, esta disciplina brinda las herramientas para estudiar
la construcción del individuo, y esclarece las condiciones internas del acto moral; la ética no puede prescindir de la
ayuda de la psicología, por los factores subconscientes que escapan a la conciencia y no dejan de influir en el
comportamiento moral de los individuos.
La Economía: a pesar de que la ética no tiene una injerencia directa en esta disciplina, lo cierto es que sus ámbitos se hallan muy cercanos.
La economía ha prescindido de la ética en sus diagnósticos y modelos económicos, pero la debe usar a la hora de la aplicación.
Derecho: ambas son ciencias normativas; se enfocan a las leyes que rigen a la sociedad. El derecho, se enfoca en las leyes
escritas y en su aplicación por órganos judiciales; la ética, analiza las normas morales y la aceptación libre y consciente de
los individuos.
La Religión. La relación de la ética y la religión forma parte de la larga historia de las relaciones entre la fe y la razón. La
religión trata de la relación del hombre con Dios. La ética trata de la relación del hombre con sus obras.
La ética está vinculada a la moral y establece lo que es bueno, malo, permitido o deseado respecto
a una acción o una decisión. El concepto proviene del griego ethikos, que significa “carácter”. Puede
definirse a la ética como la ciencia del comportamiento moral, ya que estudia y determina cómo deben
actuar los integrantes de una sociedad.
Un código, por su parte, es una combinación de signos que tiene un determinado valor dentro de
un sistema establecido. En el derecho, se conoce como código al conjunto de normas que regulan una
materia determinada.
EL CÓDIGO DE ÉTICA
Es bueno considerar ciertos deberes típicos en todo profesional. El secreto profesional es uno de
estos, este le dice al profesionista que no tiene derecho de divulgar información que le fue confiada
para poder llevar a cabo su labor, esto se hace con el fin de no perjudicar al cliente o para evitar
graves daños a terceros.
El profesional también debe propiciar la asociación de los miembros de su especialidad. La
solidaridad es uno de los medios más eficaces para incrementar la calidad del nivel intelectual y
moral de los asociados. En fin al profesional se le exige especialmente actuar de acuerdo con la
moral establecida.
Por tanto, debe evitar defender causas injustas, usar sus
conocimientos como instrumento de crimen y del vicio, producir
artículos o dar servicios de mala calidad, hacer presupuestos para
su exclusivo beneficio, proporcionar falso informes.
Cuando un profesional tiene una conducta honesta, dentro y
fuera del ejercicio de su profesión, le atraerá confianza y prestigio,
lo cual no deja de ser un estímulo que lo impulsará con más certeza
en el recto ejercicio de su carrera.
REFLEXIÓN EN EQUIPO SOBRE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA
PROFESIÓN DE ABOGADO
Todo profesional del Derecho debe tener como condición SINE QUANON la ética profesional, la
cual debe estar enmarcada dentro del ámbito de Justicia; honestidad; honradez; responsabilidad y
probidad. El abogado debe caracterizarse por ser un excelente profesional, basado en principios
éticos- morales fundamentales, los cuales provienen de grandes valores inculcados tanto en el hogar,
como dentro de la universidad. Partiendo del hecho que, una de las bases principales de todo
Profesional del Derecho en ejercicio de sus funciones, debe ser la fiel aplicación de ese conocimiento
recibido, al momento de representar a su cliente, pues en él se entrega toda la confianza de un caso
para la defensa de los derechos e intereses del mismo.
El código de ética profesional ha sido redactado con suficiente amplitud y allí ha quedado
documentado todo lo que este profesional en ejercicio debe adherirse; dándole fiel cumplimiento a
lo establecido en el mismo; al momento de ejecutar sus actos y representaciones dentro de los
Tribunales de la Republicas y demás entes e instituciones donde desarrolle su actividad. También es
importante recalcar que en este código , se establece el perfeccionamiento del orden jurídico en una
eficaz y recta administración de justicia y en el respeto como persona y como profesional.
De todo lo estudiado hasta ahora se ha logrado comprender la importancia de la Deontología, y su aplicación en
el campo de las ciencias jurídicas, que conlleva a la practica de la ética profesional, que se ocupa de reflexionar sobre
el comportamiento y los deberes fundamentales en el ejercicio de la profesión, tales como la honradez no engañar, ni
engañarnos, la honestidad símbolo de confianza y respeto con los demás, ser insobornables, el estudio que fortalece
las ideas, la independencia, la autonomía, la libertad que representan el actuar por cuenta propia, la discreción que es
el guardar silencio sobre los casos, el prestigio profesional , el actuar en cumplimiento del deber.
De acuerdo con el código de ética del ejercicio de la profesión que conlleva a una serie de deberes esenciales,
como la probidad que implica la representación del abogado ante su cliente con dignidad, e independencia, no
subordinación, la moderación que implica no incurrir en abusos, la confraternidad, no incurrir en competencia
desleal. El código de ética en su articulo 1 señala que el abogado debe acatar sus disposiciones por lo que no puede
enervarse, ni relajarse por convenios de ningún tipo, el abogado debe poner toda su capacidad, talento y experiencia al
servicio de la justicia, ser disciplinado, firme, sensible, fiel interprete de la ley, guardián y defensor de los principios
jurídicos, incapaz de cometer fraudes.
El abogado tiene un compromiso especial con el cliente, que es el actuar con responsabilidad y diligencia,
comprometido a poner todo su esmero, saber y habilidad para la defensa con absoluta separación entre su interés
personal y del cliente, el abogado debe estar dispuesto a prestar apoyo a la justicia sin menoscabar su independencia
y autonomía, no puede ver la profesión como comercio pues esta impone dedicación, disciplina que implica la
defensa, la libertad y la justicia.
La profesión de Abogado es de las más cotizadas por los estudiantes de todo el mundo, y se considera Abogado, a la
persona que ejerce permanentemente la Abogacía. Los demás serán solamente licenciados en derecho, pero nada más.
El abogado, es uno de los cooperadores o agentes que intervienen en el proceso de la administración de justicia
defendiendo los intereses de las partes en litigio. Al ser el abogado un profesional específicamente preparado y especializado
en cuestiones jurídicas, es la única persona que puede ofrecer un enfoque adecuado del problema que tiene el ciudadano o
'justiciable' desde el punto de vista procesal.
El abogado, debe tener un amplio concepto de responsabilidad frente a sus clientes, quienes en momentos difíciles de
su vida entregan su confianza, en el ejercicio de la profesión del abogado, para la búsqueda de su libertad o el mejoramiento
o aminoramiento de una pena, así como la defensa de su honor o su fortuna.
Es bueno resaltar, que la lealtad y ética del abogado, no es solo con sus clientes, también debe existir rectitud,
honradez, nobleza, honestidad, lealtad, respeto y fraternidad con sus colegas. En tal sentido, existen normas entre los
profesionales del Derecho que deben respetarse. Podríamos citar, cualquier arreglo o transacción con la parte contraria
deberán siempre tratarse por intermedio o por el conducto de su representante legal, y no a espalda de este.
La abogacía no es solo una consagración académica sino una concreción profesional y dice que nuestro título
universitario no es de “abogado”, sino de “licenciado en derecho”. Y que para poder ejercer la profesión de “abogado” debe
dedicar su vida a dar consejos jurídicos y pedir justicia en los tribunales y quien no haga esto será todo lo licenciado que
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Deontología

  • 1. CARMEN OMAIRA PEREZ JOSE FRANCISCO RAMOS VANESSA SALAS NADAL Deontología
  • 2. DIFERENCIAS NORMA MORAL NORMA JURIDICA NORMA SOCIAL NORMA DEONTOLOGICA AUTONOMO VOLUNTAD DEL INDIVIDUO REMORDIMIENTO INTERNA UNILATERAL INCOERCIBLE MANDATO ORDEN OBLIGATORIA JUSTICIA IMPUESTA POR ORGANO DE PODER SANCION BILIATERAL COERCIBLE USOS Y COSTUMBRES IMPUESTA POR GRUPOS SOCIALES NO HAY SANCION HETEROGENEA IMPUESTA POR EL COLECTIVO PROFESIONAL REGIDO POR LA RAZON DEL DEBER SER AUTONOMA EXTERNA CONCIENCIA HETEROGENEA
  • 3. NORMA MORAL NORMA JURIDICA NORMA SOCIAL NORMA DEONTOLOGICA DIFUSAS IMPERATIVA ACEPTACION NO PUNITIVA CONVENCIMIENTO PREVALECE EL BIEN COMUN SOBRE EL INDIVIDUAL CODIFICADASIMPRECISAS PUNITIVA RESPONSABILIDAD PROFESIONAL RECREMINACION O REPROCHE DEBERES Y DERECHOS
  • 4. RELACIÓN DE LA ÉTICA CON OTRAS DISCIPLINAS DE LAS CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS
  • 5. La Antropología filosófica: La ética se relaciona con esta disciplina y tiene o pueden tener algunos temas compartidos en común que las aproximan: una doctrina de la libertad y de la persona, la cuestión del amor y también la responsabilidad. La Metafísica: Está relacionada necesaria y tormentosamente con la ética; pero esa conexión entre ética y metafísica solo es posible a través de la antropología filosófica; la relación del lenguaje con el sujeto cognoscente moral es una cuestión metafísica. La Pedagogía: se encarga del estudio de la educación, desde el conducir o guiar al ser humano hacia el conocimiento: ejemplo la formación de los maestros y la ética se relaciona con lo que hay que hacer y cómo hacerlo, en tanto que la educación muestra el modo en que podemos lograr lo propuesto por la ética. Antropología/ Historia: La ética debe partir de los hechos históricos ya que todos los pueblos han tenido un ideal moral y por lo tanto la historia, la antropología ilustran a la ética sobre los cambios que ha sufrido la moral desde sus orígenes, para entender los valores que nos rigen actualmente y proyectar un mejor futuro. Filosofía: La ética requiere del conocimiento filosófico, porque le proporciona los principios y sustentos para determinar sus valoraciones. Se halla estrechamente relacionada a la filosofía, la cual parte de su carácter científico, esa comprensión científica exige que la ética se apoye en disciplinas filosóficas especiales como la lógica, la epistemología y la filosofía del lenguaje; la ética toma de la filosofía los fundamentos para caracterizar sus conceptos básicos como valor, libertad, responsabilidad, conciencia, entre otros. .
  • 6. La Sociología: La ética se relaciona íntimamente con esta disciplina, de una forma objetiva y racional, en la que no se puede concebir la una sin la otra: el objeto de estudio más importante de ambas es el ser humano. La sociología como ciencia social nos da el conocimiento objetivo y racional de las relaciones humanas y sus estructuras sociales o instituciones; mientras la ética no puede prescindir del conocimiento de las estructuras sociales, de las relaciones e instituciones que le proporciona la sociología como ciencia social. La Psicología: La ética se relaciona con la psicología de manera primordial. El comportamiento moral del ser humano surge justamente de distintas estructuras mentales, esta disciplina brinda las herramientas para estudiar la construcción del individuo, y esclarece las condiciones internas del acto moral; la ética no puede prescindir de la ayuda de la psicología, por los factores subconscientes que escapan a la conciencia y no dejan de influir en el comportamiento moral de los individuos. La Economía: a pesar de que la ética no tiene una injerencia directa en esta disciplina, lo cierto es que sus ámbitos se hallan muy cercanos. La economía ha prescindido de la ética en sus diagnósticos y modelos económicos, pero la debe usar a la hora de la aplicación. Derecho: ambas son ciencias normativas; se enfocan a las leyes que rigen a la sociedad. El derecho, se enfoca en las leyes escritas y en su aplicación por órganos judiciales; la ética, analiza las normas morales y la aceptación libre y consciente de los individuos. La Religión. La relación de la ética y la religión forma parte de la larga historia de las relaciones entre la fe y la razón. La religión trata de la relación del hombre con Dios. La ética trata de la relación del hombre con sus obras.
  • 7. La ética está vinculada a la moral y establece lo que es bueno, malo, permitido o deseado respecto a una acción o una decisión. El concepto proviene del griego ethikos, que significa “carácter”. Puede definirse a la ética como la ciencia del comportamiento moral, ya que estudia y determina cómo deben actuar los integrantes de una sociedad. Un código, por su parte, es una combinación de signos que tiene un determinado valor dentro de un sistema establecido. En el derecho, se conoce como código al conjunto de normas que regulan una materia determinada. EL CÓDIGO DE ÉTICA
  • 8. Es bueno considerar ciertos deberes típicos en todo profesional. El secreto profesional es uno de estos, este le dice al profesionista que no tiene derecho de divulgar información que le fue confiada para poder llevar a cabo su labor, esto se hace con el fin de no perjudicar al cliente o para evitar graves daños a terceros. El profesional también debe propiciar la asociación de los miembros de su especialidad. La solidaridad es uno de los medios más eficaces para incrementar la calidad del nivel intelectual y moral de los asociados. En fin al profesional se le exige especialmente actuar de acuerdo con la moral establecida. Por tanto, debe evitar defender causas injustas, usar sus conocimientos como instrumento de crimen y del vicio, producir artículos o dar servicios de mala calidad, hacer presupuestos para su exclusivo beneficio, proporcionar falso informes. Cuando un profesional tiene una conducta honesta, dentro y fuera del ejercicio de su profesión, le atraerá confianza y prestigio, lo cual no deja de ser un estímulo que lo impulsará con más certeza en el recto ejercicio de su carrera.
  • 9. REFLEXIÓN EN EQUIPO SOBRE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO Todo profesional del Derecho debe tener como condición SINE QUANON la ética profesional, la cual debe estar enmarcada dentro del ámbito de Justicia; honestidad; honradez; responsabilidad y probidad. El abogado debe caracterizarse por ser un excelente profesional, basado en principios éticos- morales fundamentales, los cuales provienen de grandes valores inculcados tanto en el hogar, como dentro de la universidad. Partiendo del hecho que, una de las bases principales de todo Profesional del Derecho en ejercicio de sus funciones, debe ser la fiel aplicación de ese conocimiento recibido, al momento de representar a su cliente, pues en él se entrega toda la confianza de un caso para la defensa de los derechos e intereses del mismo. El código de ética profesional ha sido redactado con suficiente amplitud y allí ha quedado documentado todo lo que este profesional en ejercicio debe adherirse; dándole fiel cumplimiento a lo establecido en el mismo; al momento de ejecutar sus actos y representaciones dentro de los Tribunales de la Republicas y demás entes e instituciones donde desarrolle su actividad. También es importante recalcar que en este código , se establece el perfeccionamiento del orden jurídico en una eficaz y recta administración de justicia y en el respeto como persona y como profesional.
  • 10. De todo lo estudiado hasta ahora se ha logrado comprender la importancia de la Deontología, y su aplicación en el campo de las ciencias jurídicas, que conlleva a la practica de la ética profesional, que se ocupa de reflexionar sobre el comportamiento y los deberes fundamentales en el ejercicio de la profesión, tales como la honradez no engañar, ni engañarnos, la honestidad símbolo de confianza y respeto con los demás, ser insobornables, el estudio que fortalece las ideas, la independencia, la autonomía, la libertad que representan el actuar por cuenta propia, la discreción que es el guardar silencio sobre los casos, el prestigio profesional , el actuar en cumplimiento del deber. De acuerdo con el código de ética del ejercicio de la profesión que conlleva a una serie de deberes esenciales, como la probidad que implica la representación del abogado ante su cliente con dignidad, e independencia, no subordinación, la moderación que implica no incurrir en abusos, la confraternidad, no incurrir en competencia desleal. El código de ética en su articulo 1 señala que el abogado debe acatar sus disposiciones por lo que no puede enervarse, ni relajarse por convenios de ningún tipo, el abogado debe poner toda su capacidad, talento y experiencia al servicio de la justicia, ser disciplinado, firme, sensible, fiel interprete de la ley, guardián y defensor de los principios jurídicos, incapaz de cometer fraudes. El abogado tiene un compromiso especial con el cliente, que es el actuar con responsabilidad y diligencia, comprometido a poner todo su esmero, saber y habilidad para la defensa con absoluta separación entre su interés personal y del cliente, el abogado debe estar dispuesto a prestar apoyo a la justicia sin menoscabar su independencia y autonomía, no puede ver la profesión como comercio pues esta impone dedicación, disciplina que implica la defensa, la libertad y la justicia.
  • 11. La profesión de Abogado es de las más cotizadas por los estudiantes de todo el mundo, y se considera Abogado, a la persona que ejerce permanentemente la Abogacía. Los demás serán solamente licenciados en derecho, pero nada más. El abogado, es uno de los cooperadores o agentes que intervienen en el proceso de la administración de justicia defendiendo los intereses de las partes en litigio. Al ser el abogado un profesional específicamente preparado y especializado en cuestiones jurídicas, es la única persona que puede ofrecer un enfoque adecuado del problema que tiene el ciudadano o 'justiciable' desde el punto de vista procesal. El abogado, debe tener un amplio concepto de responsabilidad frente a sus clientes, quienes en momentos difíciles de su vida entregan su confianza, en el ejercicio de la profesión del abogado, para la búsqueda de su libertad o el mejoramiento o aminoramiento de una pena, así como la defensa de su honor o su fortuna. Es bueno resaltar, que la lealtad y ética del abogado, no es solo con sus clientes, también debe existir rectitud, honradez, nobleza, honestidad, lealtad, respeto y fraternidad con sus colegas. En tal sentido, existen normas entre los profesionales del Derecho que deben respetarse. Podríamos citar, cualquier arreglo o transacción con la parte contraria deberán siempre tratarse por intermedio o por el conducto de su representante legal, y no a espalda de este. La abogacía no es solo una consagración académica sino una concreción profesional y dice que nuestro título universitario no es de “abogado”, sino de “licenciado en derecho”. Y que para poder ejercer la profesión de “abogado” debe dedicar su vida a dar consejos jurídicos y pedir justicia en los tribunales y quien no haga esto será todo lo licenciado que quiera pero abogado no.