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Sistema CTI Meta
1. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela Sociólogo, UN Msc. en Sociología, UN Estudiante Ph.D. Gobierno y Administración Pública, IOG-UCM Profesor y Representante ESAP Ponencia presentada ante el Consejo Departamental de Ciencia, Tecnología e innovación del Meta Villavicencio, Agosto de 2007
2. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 29 de 1990, Decreto 585 de 1991)
3. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 29 de 1990, Decreto 585 de 1991) Composición del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación - El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología actúa bajo la dirección del Presidente de la República, quien lo preside, y está integrado por: 1. El Director del Departamento Nacional de Planeación – DNP. 2. Los Ministros de Educación, de Comercio, Industria y Turismo y de Agricultura. 3. El Rector de la Universidad Nacional o su suplente quien será el rector de una universidad pública designado por el Presidente de la República. 4. Un rector de una universidad privada con suplencia de otro rector de universidad privada, designados por el Presidente de la República. 5. Un miembro de la comunidad científica y un miembro del sector privado, con sus respectivos suplentes, designados por el Presidente de la República. 6. Un representante rotatorio de las Comisiones Regionales de Ciencia y Tecnología o su suplente, elegidos para períodos de un año por los coordinadores regionales de ciencia y tecnología. 7. El Director del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA 8. El Director de Colciencias con voz y sin voto.
4. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 29 de 1990, Decreto 585 de 1991 ) Composición del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación En ausencia del Señor Presidente de la República, el Jefe del Departamento Nacional de Planeación preside las sesiones del CNCyT. La secretaría técnica y administrativa del Consejo será ejercida por el Instituto Colombiano pare el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Caldas", Colciencias. Participarán igualmente en el Consejo con derecho a voz y voto los demás ministros, cuando sean convocados. El Consejo podrá sesionar válidamente con la asistencia de cinco de sus miembros permanentes o convocados y sus decisiones se tomarán por la mayoría absoluta de los miembros presentes.
5. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 29 de 1990, Decreto 585 de 1991 ) Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 1. Actuar como organismo asesor principal del Gobierno Nacional en ciencia y tecnología. 2. Proponer al Gobierno Nacional estrategias para incorporar la ciencia y la tecnología en los planes de desarrollo económico y social ; para estimular la capacidad innovadora del sector productivo y para dar incentivos a la creatividad aprovechando sus producciones en el mejoramiento de la vida y la cultura de los colombianos. 3. Aprobar las políticas, estrategias, planes de mediano y largo plazo y desarrollar, por intermedio de su secretaría técnica y administrativa, las estrategias permanentes de: consolidación de las comunidades científicas, información científica y tecnológica, comunicación y difusión, planeación y prospectiva, regionalización, estímulo a los investigadores y apoyo al desarrollo institucional.
6. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 29 de 1990, Decreto 585 de 1991 ) Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 4. Aprobar las políticas y mecanismos de cooperación con otros países y organismos internacionales en aspectos relacionados con ciencia y tecnología, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Departamento Nacional de Planeación. 5. Crear nuevos programas nacionales de ciencia y tecnología , definir su nombre y sus reglas de organización, modificar los existentes, diseñar las pautas para su incorporación en los planes de las entidades vinculadas con su ejecución o suprimir los que haya creado. 6. Definir las reglas de organización, funcionamiento y manejo financiero de los consejos de programa nacionales.
7. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 29 de 1990, Decreto 585 de 1991 ) Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 7. Crear las comisiones regionales de ciencia y tecnología , adoptar los criterios generales que las orientan en el ejercicio de sus funciones, designar su secretaría técnica y administrativa, y definir su cobertura. 8. Crear programas regionales y autorizar su organización a la comisión regional respectiva. 9. Integrar el Comité de Formación de Recursos Humanos para la Ciencia y la Tecnología y disponer la creación y organización de comités para el desarrollo lo de estrategias de ciencia y tecnología, y modificar o suprimir los ya creados. - 10. Establecer , por medio de su secretaría técnica y administrativa, los mecanismos de relación, cooperación y coordinación entre las actividades científicas y tecnológicas que desarrollen las entidades oficiales y las que, en los mismos campos, adelanten las instituciones de educación superior, la comunidad científica y el sector privado.
8. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 29 de 1990, Decreto 585 de 1991 ) Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 11. Disponer todas las medidas indispensables pare el cumplimiento, seguimiento y evaluación de las políticas, estrategias, planes y gestión de ciencia y tecnología , por intermedio de su secretaría técnica y administrativa y de otros organismos. 12. Fijar las políticas para asegurar la transferencia de tecnología que deben ser previstas por la administración pública en los contratos que celebre con personas naturales o compañías extranjeras, según lo dispuesto en el artículo 5º. de la Ley 29 de 1990 . 13. Fijar criterios para la asignación de recursos destinados a los programas nacionales y regionales de ciencia y tecnología, y señalar las pautas generales conforme a las cuales Colciencias cumplirá las funciones indicadas en los artículos 4º y 7º de la Ley 29 de 1990 .
9. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 29 de 1990, Decreto 585 de 1991 ) Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 14. Orientar la destinación de los recursos disponibles para programas y regionalización de la ciencia y la tecnología. Estos recursos serán: a) aportes del presupuesto nacional para los programas de ciencia y tecnología; b) los mencionados en el artículo 4º. de la Ley 29 de 1990 ; c) aportes de Colciencias para el apoyo a programas y comisiones regionales de ciencia y tecnología; d) recursos de cooperación técnica internacional otorgados para el desarrollo de los programas, y e) donaciones, auxilios y aportes de entidades públicas o privadas y personas naturales nacionales o extranjeras.
10. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 29 de 1990, Decreto 585 de 1991 ) Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 15. Crear premios y distinciones a las instituciones, grupos de investigación e investigadores por sus investigaciones sobresalientes. 16. Preparar , con el apoyo de su secretaría técnica y administrativa, proyectos de ley y de decretos pare el desarrollo de la ciencia y la tecnología. 17. Reunir periódicamente por intermedio de su secretaría técnica y administrativa, a los grupos científicos y a las empresas innovadoras, con el fin de estudiar, canalizar y apoyar sus propuestas de políticas de ciencia y tecnología. 18. Adoptar su propio reglamento. Según su carácter sea general o particular las decisiones del Consejo se denominarán Acuerdos o Resoluciones y serán de obligatorio cumplimiento . -
11. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Plan Nacional de Desarrollo, 2006-2010. “Estado comunitario: desarrollo para todos” Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación ( 1) incrementar la generación de conocimiento, (2) fomentar la innovación y el desarrollo productivo, (3) fomentar la apropiación de la CTI en la sociedad colombiana, (4) incrementar y fortalecer las capacidades humanas para CTI, (5) consolidar la institucionalidad del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, (6)consolidar la infraestructura y los sistemas de información para la CTI, (7) promover la integración regional, y (8) consolidar la proyección internacional de la CTI ACCIONES SE REQUIEREN PARA LOGRAR LO ANTERIOR : -el aumento de la inversión nacional en CTI; -la consolidación de capacidades científicas y tecnológicas; -la creación de mecanismos jurídicos que le otorguen un adecuado nivel de operatividad del SNCTI; -el aumento de la vocación científica y de investigación en los jóvenes; -la mayor valoración de las actividades científicas y tecnológicas en la sociedad colombiana, y -particularmente por parte del empresariado nacional; -el incremento en el grado de utilización del conocimiento en las actividades productivas; -el mejoramiento de las relaciones entre las entidades del conocimiento y las empresas; y -el aumento en la generación de investigación y desarrollo tecnológico pertinente para la solución de problemas y el desarrollo de las potencialidades del país.
12. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP De acuerdo con lo anterior, presento a continuación una descripción de lo que es el sistema departamental de ciencia, tecnología e innovación que el Codecyt debe convocar y articular, según el mandato legal y la Ordenanza 550 de 2004
13. Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Estado Nacional C.N.C,T, e I. (Colciencias) Medios de comunicación (Radio Prensa escrita, Televisión, Internet, Revistas) Estado departamental (Gobernación, Asamblea) Estado municipal (Alcaldías, Concejos ) Empresas productivas Emprendedores Educ. Media (públicas y privadas Educ. técnica (públicas y privadas Instituciones de Investigación (Públicas y Privadas) Innovadores Educ. Superior (Públicas y privadas) I nvestigadores Grupos de Investigación Entidades de cooperación internacional Gremios (Andi, Fenalco, Càmara de Comercio, Fed. Cafeteros, etc .) Educ.Básica (públicas y privadas) Secretaría Técnica SISTEMA DEPARTAMENTAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL META Relacionados Cooperación Ejecución Política ICETEX, Convenios, Fondo deptal de crédito Programas departamentales de C,T e I. Comités y Redes de selección, evaluación, Codecyt Ejecución Ejecución Política REDES
14. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Composición del Consejo Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta (Ordenanza No. 550 de 2004) -El Gobernador del Departamento o su delegado, quien lo presidirá; -El Secretario de Planeación y Desarrollo Territorial; -El Secretario de Educación del Meta; -El Secretario de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural del Meta; -El Director de Colciencias o su delegado; -Un representante del SENA; -Un representante de CORPOICA regional; -Un representante de la Universidad de los Llanos; -Un representante de la Escuela Superior de Administración Pública - ESAP; -Un representante de las universidades privadas que funcionan en el departamento; -Un representante de las entidades territoriales que componen el Departamento; -Un representante del sector productivo metense; -Un representante de las empresas de telecomunicaciones que operan en el Meta; -Un representante de las organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de investigación científica y tecnológica
15. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Funciones del Consejo Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta (Ordenanza No. 550 de 2004) - Fijar políticas de Ciencia, Tecnología e Innovación para el Departamento. - Coordinar la formulación y aprobación de la Agenda de Desarrollo Científico, Tecnológico e Innovativo para el Departamento. - Implementar la Agenda Prospectiva de Ciencia y Tecnología. - Promover la creación, organizar y apoyar la gestión de los programas departamentales de Ciencia y Tecnología. - Realizar el seguimiento y evaluar los programas nacionales y departamentales que operan en el departamento. - Gestionar la consecución de los recursos públicos y privados, nacionales e internacionales , para financiar los programas definidos en la Agenda de Desarrollo departamental. - Recomendar a los entes públicos y privados la asignación de recursos con cargo a los respectivos planes de inversión de desarrollo regional para ejecutar los programas, proyectos, eventos y demás actividades de Ciencia y Tecnología. - Promover la cultura y las actividades de Ciencia y Tecnología e Innovación en el departamento y procurar la articulación de los proyectos que las instituciones del Estado, privadas y la academia ejecuten en el Departamento.
16. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Funciones del Consejo Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta (Ordenanza No. 550 de 2004) - Reglamentar el funcionamiento y definir los destinos de los recursos del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del Meta , a que se refiere el Artículo 4 de la Ordenanza No. 550 de 2004. - Establecer los mecanismos y canales de cooperación científica y tecnológica con los Centros de Educación, Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación. -Designar de entre sus miembros con experiencia en el área de investigación en Ciencia y Tecnología a la Secretaría Técnica del CODECyT. La Secretaría Técnica será preferiblemente rotativa, por periodos iguales a los del periodo administrativo que ejerza el gobernador. -Establecer su propio reglamento, elaborar un plan de trabajo anual , definir las funciones de la Secretaría Técnica y asumir las demás que le asignen las leyes y ordenanzas departamentales subsiguientes . ARTÍCULO 7. El Consejo departamental reglamentará el funcionamiento y la destinación de los recursos que se capten a través de la bolsa tecnológica y otros mecanismos que se definan para tal efecto .
17. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP Agenda prospectiva de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta, 2003-2013 (Ordenanza No. de 2004) Políticas y programas -Del entorno general de C,T e I. (9 líneas) -Del contexto del sistema productivo del Meta (8 líneas) -Del sistema productivo del Meta (11 líneas) -Del subsistema agrario (12 líneas) Recomendación AJUSTAR AL NUEVO PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Y A LOS PLANES TERRITORIALES DE PLANEACIÓN, 2008-2011
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19. Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación del departamento del Meta Wilson Ladino Orjuela, Profesor, Representante ESAP GRACIAS POR SU ATENCIÓN