Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Elementos fundamentales del plan nacional de ciencia,
1. SECCION: M3-INF GRUPO Nº 1
ALUMNO: Jose Prado
C.I. 27.730.250
ELEMENTOS FUNDAMENTALES
DEL PLAN NACIONAL DE CIENCIA,
TECNOLOGIA E INNOVACION
2. Decreto N° 1.290 de fecha 30 de
agosto de 2001
La presente ley tiene por objeto organizar el
sistema nacional de ciencia, tecnología e
innovación, definir los lineamientos que orientan las
políticas y estrategias para la actividad científica, la
promoción, estimulo y fomento de la investigación.
Asimismo tiene como interés publico las
actividades científicas, tecnológicas, de innovación
y sus aplicaciones, son de interés publico y
general, las instituciones publicas y privadas que
generen y desarrollen conocimiento científico y
tecnológico de como procesos de innovación y las
personas que se dediquen a la planificación,
administración y ejecución que posibiliten la
tecnología.
3. Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación (SNCTI)
OBJETO 1
Crear el marco
general para el
fomento, organización
y orientación de las
actividades científico
tecnológicas, a efecto
de estimular su
generación, difusión,
transferencia y
utilización.
OBJETO 2
Promover el
conocimiento científico y
tecnológico, contribuya al
desarrollo y crecimiento
del país y se anticipe a los
retos tecnológicos futuros,
siempre buscando el
bienestar de los
venezolanos y consolidar
una economía mas
productiva y competitiva y
una sociedad mas
equitativa.
4. Conformación del SNCTI
La Secretaria de Educación Superior, Ciencia.
Tecnología e Innovación, conocimientos
tradicionales será parte de la Función Ejecutiva,
tendrá a su cargo la rectoría de la política publica
nacional en las materias regladas por este
Código, así como la coordinación entre sector
publico, el sector privado, popular y solidario, las
instituciones del Sistema de Educación Superior
y los demás sistemas, organismos y entidades
que integran la Economía social de los
conocimientos, la creatividad y la innovación.
5. El Observatorio Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación
El Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación (ONCTI) es una institución adscrita al
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universitaria, Ciencia y Tecnología (MPPEUCT) de
la República Bolivariana de Venezuela, cuya
función principal es recopilar, sistematizar,
categorizar, analizar e interpretar información con el
fin de contribuir en la definición de las políticas
públicas que promuevan y fortalezcan el desarrollo
científico-tecnológico, impactando económica y
socialmente sobre la soberanía de la nación.
6. Órgano rector en materia de
Ciencia y Tecnología
El Ministerio de Ciencia y Tecnología es el órgano
rector en materia de ciencia y tecnología y actuará
como coordinador y articulador del Sistema
nacional de Ciencia, tecnología e Innovación, en
las acciones de desarrollo científico y tecnológico,
con los organismos de la Administración Pública
Nacional.
Los mecanismos de comunicación y participación
del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación serán definidos en el reglamento de
este Decreto-Ley.
7. Fondo Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación
(FONACIT)
El Consejo Nacional de
Investigaciones Científicas y
Tecnológicas (CONICIT), creado
mediante Ley del 13 de julio de
1967, derogada por Ley del 13 de
diciembre de 1984, publicada en
la Gaceta Oficial Nº 3.481
Extraordinaria del 13 de
diciembre de 1984.
Posteriormente por Decreto N°
879 del 30-10-1985, se dicta un
nuevo Reglamento del CONICIT
(Gaceta Oficial N° 33.348 del 12-
11-1985), derogándose el anterior
(Decreto N° 1.070, publicado en
la Gaceta Oficial N° 28.579 del
12-03-1968).
En el año 2001, se crea
el Fondo Nacional de
Ciencia, Tecnología e
Innovación, FONACIT,
(Decreto de la
Presidencia de la
República, Exposición de
Motivos. Decreto Nº 1.290
con rango y Fuerza de
Ley Orgánica de Ciencia,
Tecnología e Innovación.
Creación del Fondo.
Publicado en la Gaceta
Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela
Nº 37.291 del 26-09-
2001).
8. El Ejecutivo Nacional
Tiene por objeto desarrollar los principios orientadores
que en materia de ciencia, tecnología e innovación y sus
aplicaciones, establece la Constitución de la Republica
Bolivariana de Venezuela, organizar el Sistema Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación, definir los
lineamientos que orientaran las políticas y estrategias para
la actividad científica, tecnológica, de innovación y sus
aplicaciones, con la implantación de mecanismos
institucionales y operativos para la promoción, estimulo y
fomento de la investigación científica, la apropiación social
del conocimiento y la transferencia e innovación
tecnológica, a fin de fomentar la capacidad para la
generación, uso y circulación del conocimiento y de
impulsar el desarrollo nacional.