2. ABUSO SEXUAL
INFANTIL
El abuso sexual infantil es un problema
que se presenta cada vez con mayor
frecuencia en nuestra sociedad. Resulta
increíble que este problema se presente dentro
del seno de algunas familias, sobre
todo, cuando evidentemente puede ser
prevenido. La clave para la prevención es la
comunicación, me refiero a una adecuada
relación entre padres e hijos. El abusador
aparece cuando se cierra la puerta de la casa".
Puede ser el padre, el padrastro, un pariente, o
un amigo de la familia.
3. Según información policial, el hombre se había quedado solo
en la casa con sus dos hijastros. Al parecer, el menor de 8 años de
edad, lo vio cuando manoseaba y desnudaba a su hermanita mayor
de 9. El niño comentó a la Policía que no lo pensó dos veces y se
abalanzó sobre el sádico para que se alejara de su hermana y, a
pesar que logró su objetivo, el agresor le dio una gran paliza al niño
que lo dejó casi desfigurado.
El aberrado quien después de abusar de la niña y golpear a su
hermano cuando la defendía, fue sacado a golpes, palos y patadas
de la casa donde residía.
4. Los Menores de edad frente a la
violación sexual están protegidos por el
estado, atreves de instituciones públicas como
el ministerio, el poder judicial, la policía
nacional, etc. Los menores son protegidos por
el código penal y a pesar de que el código se
ha reformado debido a tantos casos que se
han presentado los casos de abuso sexual a
menores incrementa cada vez mas y sus
penas han aumentado de muchas formas pero
aun así el abuso a menores aumenta cada día
más.
5. Ley Orgánica de la protección del niño, niña y adolescentes
(Lopna, 1998).
Articulo 33. Derecho de ser protegidos contra abuso y explotación
sexual. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a ser
protegidos contra cualquier forma de abuso sexual. El estado
garantizara programas permanentes y gratuitos de asistencia y
atención integral a los niños y adolescentes que hayan sido víctimas
de abuso o explotación sexual.
Articulo 50. Salud sexual y reproductiva. Todos los niños y
adolescentes tienen derecho a ser informados y educados, de
acuerdo a su desarrollo, en salud sexual y reproductiva para una
conducta sexual y una maternidad responsable, sana, voluntaria y sin
riesgo.
6. Declaración de los Derechos Sexuales.
El derecho a la libertad sexual. La liberta sexual abarca la
posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los
individuos. Se excluye toda forma de coerción, explotación y de
abusos sexuales en cualquier tiempo y situación de la vida.
El derecho a la atención de la salud sexual. La atención de
la salud debe estar disponible para la prevención y el
tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y
trastornos sexuales.
7. Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia.
Articulo 2. Derechos protegidos. Esta ley abarca la
protección de los siguientes derechos: el respeto a la
dignidad e integridad física, psicológica y sexual de la
persona; la igualdad de derechos entre el hombre y la
mujer; la protección de la familia y de cada una de sus
miembros y los demás consagrados en la ley de
Aprobación en la convección interamericana para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la
mujer “convención de Belem Do Pará”
8. Ley de Protección del Niño, Niña y
Adolescentes. Gaceta oficial de la República
Bolivariana de Venezuela.5266
(extraordinario), Octubre 2, 1998.
Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres
a una Vida Libre de Violencia. Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela.
38.668 (extraordinaria), Abril 23, 2007.
Declaración de los Derechos Sexuales.