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DOCENTE
Ps. Lorena Gugliermino Gallegos
UNIVERSIDAD NACIONAL
“SAN LUIS GONZAGA” DE ICA
FACULTAD DE PSICOLOGIA
OBSERVACION Y ENTREVISTA EN
PSICOLOGIA
_Proceso dinámico y
sistemático
_Permite trasmitir
información ,sentimientos ,
pensamientos,etc
_Intervienen el emisor el
mensaje , el receptor y el
código
DEFINICION COMUNICACION
La comunicación implica:
_Lo Verbal: Lenguaje, las palabras, la voz
_Lo No verbal : La mirada, el gesto de la mano ,la
posición del cuerpo
LA COMUNICACIÓN: PROCESO GLOBAL
La comunicación es el vehículo fundamental para el conocimiento del
comportamiento humano
“El ser humano se comunica con todo su ser
holísticamente , actos , gestos y palabras”
Debemos de Considerar:
LENGUAJE EN LA COMUNICACION
_La razón se comunica a través de las palabras del discurso
,mientras que las emociones, afectos y actitudes lo
hacemos a través del cuerpo y de la voz
_Debe haber congruencia entre todos los lenguajes o sea
congruencia de palabras y gestos
Lenguaje Verbal: Las palabras
Lenguaje No Verbal: Los gestos de la cara y del cuerpo
(nuestra imagen)
Lenguaje Para verbal: La calidad y cualidad de la voz
(Tiene que ver con la tonalidad ej.: Suave – gritar)
Nos
comunicamos
con la voz y el
cuerpo
holísticamente
,las palabras son
el CONTENIDO
del mensaje .
Lo no verbal,
y para verbal es
el CONTEXTO los
dos juntos
CONTENIDO y
CONTEXTO le
dan sentido a lo
que digo
ASPECTOS QUE DEBEMOS CONSIDERAR
EN EL ENTREVISTADO
_ Sonoridad o intensidad del discurso: Excesivamente fuerte o suave
o monotono
_ tono de Voz: Demasiado alto , bajo o monotono
_Manera de Hablar: Pedante , Formal , relajado o demasiado familiar
_Velocidad del Discurso: Lento , rápido , monotono ,espasmódico
(tartamudear)
_Tiempo de Reacción: Rápido, lento (relacionado con las preguntas y
respuestas)
_Desviaciones Notables en el discurso: Ambas son patologías , no
comunes en personas “normales”
 Neologismo: Inventa sus palabras
 Ecolalia: Repite nuestras palabras
VOZ Y DISCURSO
ASPECTOS QUE DEBEMOS TENER EN
CUENTA CON EL ENTREVISTADO
_Asociaciones por Sonido
_Organización del Discurso: Organizado o desorganizado (Si es
coherente )
_Vocabulario: Limitado, extenso , pobre . Un vocabulario no puede
ser LENTO
_Dicción : Deficiente, claro (Deficiente es por pronunciación
,articulación confunde R- S sin motivo aparente, problema de praxis,
puede tener dislalias, problema aparato fonológico )
_Calidad de la Voz: Áspera, ronca, nasal
_Fluidez: Repeticiones ,frases incompletas, sonidos prolongados
VOZ Y DISCURSO
ASPECTOS AFECTIVOS DE LA
ENTREVISTA
Capacidad de comprender a las personas desde su propio marco de
referencia que permite responder con sensibilidad e imaginación a
los sentimientos de la otra persona.
_Captar ,valorar , comprender e identificarse con el otro
_Exige esfuerzo y autentico deseo de comprender
_Hacer nuestra la problemática del paciente , manteniendo la
disonancia emocional
_El entrevistado va a sentir que el entrevistador esta a su lado
_Ser empático implica voluntad , deseo , no llega por si solo
_Se trasmite por canales verbales y no verbales
_Usar las propias experiencias para comprender a los demás
1. EMPATIA
ASPECTOS AFECTIVOS DE LA
ENTREVISTA
_Capacidad de comprender y emplear el lenguaje del entrevistado
_Capacidad para poder reactivar los sentimientos del entrevistado
_Comprender el porque de sus sentimientos
_Recapitular y resumir lo esencial de su historia
COMPETENCIAS Y CUALIDADES QUE SE REQUIEREN PARA CREAR EMPATIA Y
HACERSELA SENTIR AL OTRO
Se manifiestan estas competencias: EMPATICAS
_Preguntas atinadas en el momento oportuno
_Que la persona vaya a su ritmo
_Hacer sentir al entrevistado valorado e importante
_Que el entrevistado se sienta seguro de si y motivado
ASPECTOS AFECTIVOS DE LA
ENTREVISTA
Capacidad de ser uno mismo durante la
entrevista
_Denominado genuinidad ,honradez
,coherencia , sinceridad
_Ser espontaneo ,natural , abierto
,congruente
_Crea clima de confianza, ayuda a generar
el rapport
_Convertirse en modelo
_Coherencia entre sentir , hablar y actuar
2. AUTENTICIDAD
ASPECTOS AFECTIVOS DE LA
ENTREVISTA
Capacidad de valorar al entrevistado como persona merecedora de
dignidad
_Lo vamos a tratar con respeto solo por el hecho de ser persona, no
por tener títulos le vamos a dar la preferencia en comparación con un
analfabeto, en todos se debe mantener el respeto en niños, adultos
no interesa su condición ej., hombre con terno- hombre con ojotas
_Evitar toda conducta que atente contra el bienestar del entrevistado
_No emitir juicios de valor ej. Bueno – malo
(No decir esto esta mal sino decir esto es inconveniente, esto es más
útil esto… es mejor
_Esfuerzos por comprender la problemática del entrevistado
_Manifestar cercanía, mirada, postura , gestos, proximidad física ,
elogio sincero
3. CALIDEZ
ASPECTOS AFECTIVOS DE LA
ENTREVISTA
Si la empatía , autenticidad y respeto están presentes:
_Tenemos más probabilidades que se acepten así mismos, confianza
en si y en sus fuerzas
_No implica aprobar todo lo que diga el entrevistado
_Visión creencias y valores del entrevistado pueden ser muy
diferentes del entrevistador
_Entrevistado tiene derecho a ser entendido ,aceptado y visto
positivamente, uno le debe sugerir pero no decir que debe hacer
porque al final es él quien decide
RESUMEN
RAPPORT
Clima ,ambiente de confianza , seguridad que se establece entre el
entrevistado y entrevistador
Es la base ,el marco de una “E” exitosa
_El Rapport se establece en base a la relación entre entrevistador y
entrevistado
_La relación se basa en comunicación y tener en cuenta lo que
acompaña :No verbal y para verbal
_Esta debe ser : tranquilidad , afecto , amistad , desde el primer
contacto
_El rapport se manifiesta en :
 El “COMO” se relacionan
 La comunicación especial y esencial entre ambos
 La confianza que debe existir entre ambos
PAUTAS PARA ESTABLECER UN RAPPORT
POSITIVO
1. Crear un clima agradable
2. Tomar conciencia del
sufrimiento del otro y mostrar
empatía
3. Evaluar el Insight del cliente
4. Demostrar experiencia
1. CREAR UN CLIMA AGRADABLE
1. Desde la primera entrevista
2. El entrevistado: ansioso ,escéptico , con
poca confianza (así llegan los pacientes)
3. Al entrevistado debe darle :seguridad ,
amistad ,aclarar dudas , comprenderlo ,
que encontrará la ayuda que busca
4. Así desaparecerán miedos , dudas y
percibirá mejor su situación y mejorará
su estilo de vida
2. PERCIBIR EL SUFRIMIENTO DEL OTRO
El sufrimiento se percibe de dos maneras:
_MANIFESTACIONES OBSERVABLES: Signos somáticos , producidos
por agentes sociales estresores ej.: llanto ,sudoración , tristeza ,
respiración agitada , etc.
Son manifestaciones que la persona no maneja bien
_EMOCIONES ASOCIADAS: Sentimientos emociones (miedo ,
vergüenza ,etc. provocados por causas externas e internas)
El Rapport se intensifica si atendemos no a manifestaciones
observables sino al sufrimiento que provocan ej., dolor de
cabeza(nosotros tenemos que ir más allá ver que le causa el dolor de
cabeza, ver que hay dentro o debajo de esa manifestación
somática)Tenemos que hacer que hable de sus emociones con
preguntas afectivas para ser empatía y brindarle rapport
3. INSIGHT
Saber cual es la actitud cognitiva o el
conocimiento que tiene el paciente de su
problema(o sea es saber que tanto sabe la
persona de su problema unos lo sabrán otros
serán menos consientes)
Existen 3 niveles de Insight:
_Insight Completo
_ Insight Parcial
_ Insight Ausente
INSIGHT COMPLETO
Hay reconocimiento del problema
RECONOCE QUE TIENE UN PROBLEMA Y ES
EL QUIEN ORIGINA DICHO PROBLEMA
_Atribuye como causa trastorno o problema
psicológico
_Conciencia de un problema que solucionar
_El rapport será más fácil de desarrollar
_El entrevistado colabora voluntariamente
con el entrevistador
_El entrevistador será un buen aliado para
lograr solución del problema
INSIGHT PARCIAL
Reconoce que hay un problema
SABE QUE HAY UN PROBLEMA PERO NO
CREE QUE SEA POR EL SINO POR LOS
DEMAS O POR OTRAS CIRCUNSTANCIAS EL
PROBLEMA
_Atribuyen en causas circunstanciales o
factores externos acá tenemos a personas
con trastornos de personalidad
_No creen que ellos son el problema ,sino
otros
_Esto dificulta el establecimiento del
rapport
_Se debe empezar por ayudarlo a reconocer
las causas reconocer que él tiene que ver
con el problema y nos vea como aliados
INSIGHT AUSENTE
Hay negación completo de : enfermedad
,trastorno ,conflicto o problema(no hay
conciencia de enfermedad) ej. Psicosis ,
esquizofrénico
NO SABE QUE TIENE UN PROBLEMA
_Hay serias dificultades en el establecimiento
del rapport
_Suelen venir obligados y hay mucha resistencia
_Es recomendable intentar conocer la visión que
tiene del problema y abordarlo según sus
términos (o sea meternos en su mundo)y ver
que siente en relación a su enfermedad y hablar
con él en sus cuentos y términos)
MECANISMOS DE DEFENSA
Los mecanismos de defensa son procesos
psicológicos automáticos que protegen al individuo
frente a la ansiedad y las amenazas de origen interno
o externo. Los mecanismos de defensa median las
reacciones personales frente a conflictos
emocionales y amenazas de origen interno y externo.
Estos mecanismos de defensa han sido divididos
conceptual y empíricamente en grupos denominados
niveles de defensa.
Freud hizo una distinción entre tres tipos de ansiedad.
La ansiedad real se refiere a un peligro real en el mundo
externo.
La ansiedad neurótica se refiere al temor de que los impulsos
internos no puedan ser controlados.
La ansiedad moral es un temor a los castigos de la propia
conciencia.
Todas tienen su base en la ansiedad real. A fin de que un
individuo afronte la ansiedad, el yo desarrolla mecanismos
de defensa, procedimientos que previenen la ansiedad e
impiden la percepción consciente de ésta.
el yo desarrolla mecanismos de defensa, procedimientos
que previenen la ansiedad e impiden la percepción
consciente de ésta. Los mecanismos de defensa comparten
dos características: ocurren en un nivel inconsciente de
modo que no nos percatamos de lo que estamos haciendo, y
niegan o distorsionan la realidad para hacerse menos
amenazadores. Los mecanismos de defensa no son
desadaptativos por necesidad; en efecto, no podemos
sobrevivir sin éstos. Deben ser creados para ayudar al yo en
desarrollo a llevar a cabo sus funciones. Sin embargo, si su
distorsión de la realidad se vuelve demasiado extrema o si
son usados con exclusión de otros medios más efectivos
para enfrentar la realidad, los mecanismos de defensa
pueden volverse desadaptativos y destructivos, impidiendo
una mayor maduración personal y social.
La Represión, implica bloquear la expresión
de un deseo o anhelo de modo que no
puede ser experimentado de manera
consciente o expresado en forma directa
como conducta.
Es un acto involuntario, lo cual impide que
nos percatemos de muchos de nuestros
conflictos productores de ansiedad o que
recordemos ciertos acontecimientos
emocionales traumáticos de nuestro
pasado. La emoción reprimida busca un
escape alternativo y se requiere resistencia
para impedir su irrupción en la conciencia.
No obstante, una vez formadas, las
represiones son difíciles de eliminar.
La Negación, supone rehusarse a creer una
realidad o hecho de la vida. Muchas
personas que ceden al abuso de sustancias
niegan que el alcohol, la nicotina, el crack u
otras sustancias pudieran hacerles daño en
realidad. Pueden percatarse que les afecta
a otras personas, sin embargo, piensan:
"Eso no me va a suceder a mí".
La Proyección, se refiere a la atribución
inconsciente de un impulso, actitud o
conducta a alguien o a algo más en el
ambiente. Un individuo que es hostil de
modo inconsciente hacia alguien puede
afirmar que la hostilidad surge de la otra
persona. Esta defensa reduce la ansiedad
colocando su fuente en el mundo externo,
lo cual la hace parecer más fácil de
manejar. Además, nos permite defendernos
en forma agresiva contra nuestro oponente
y por consiguiente expresar de manera
indirecta nuestros impulsos.
La Formación Reactiva, expresa un impulso
por su opuesto. La hostilidad, por ejemplo,
puede ser reemplazada por amistad. Sin
embargo, con frecuencia la sustitución es
exagerada, haciendo por consiguiente que
se cuestione la autenticidad del
sentimiento
En la Regresión, la persona retrocede en el
tiempo a una etapa en la que fue menos
ansiosa y tenía pocas responsabilidades. La
regresión ocurre con frecuencia después de
una experiencia traumática. El niño que
comienza a mojar la cama de nuevo cuando
está asustado ante el prospecto de ir a la
escuela puede estar mostrando señales de
regresión.
La Racionalización, implica tratar una
emoción o impulso de manera analítica e
intelectual para evitar sentirla. Como
implica el término, se trata de un
razonamiento defectuoso, en virtud de que
el problema permanece sin resolverse en el
nivel emocional. La fábula de Esopo acerca
del zorro que no podía alcanzar las uvas y
concluyó que era probable que estuvieran
agrias es un ejemplo clásico de
racionalización.
En la Identificación, se reduce la ansiedad
modelando nuestra conducta a
semejanza con la de alguien más. Al
asumir las características de un modelo
que parece más exitoso en satisfacer sus
necesidades, podemos creer que
nosotros también poseemos esos
atributos.
Si no se encuentra disponible un objeto
que satisfacería un impulso del ello, se
puede cambiar el impulso hacia otro
objeto. Esta sustitución es llamada
desplazamiento. Un niño que ha sido
regañado puede golpear a un hermano
menor o patear al perro. Sin embargo, el
objeto sustituto rara vez es tan satisfactorio
como el objeto original. Por tanto, el
desplazamiento no proporciona una
satisfacción completa, sino que conduce a
una concentración de la tensión no
descargada.
La Sublimación, recanaliza un impulso
inaceptable hacia una salida más aceptable
por la sociedad. Es una forma de
desplazamiento que redirige al impulso
mismo en lugar de al objeto. Por ejemplo,
la curiosidad sexual puede ser redirigida
hacia la investigación intelectual; la
actividad sexual hacia el atletismo, etc.
Freud sugirió que la sublimación era crucial
para el desarrollo de la cultura y de la
civilización. Queda claro a partir de los
estudios biográficos que la sublimación fue
una defensa usada en forma común por
Freud.
Los mecanismos de defensa, en sí y por sí
mismos, no son perjudiciales. Nadie está
libre de defensas; las necesitamos para
sobrevivir. Aunque las defensas pueden
bloquear la maduración personal y social si
se vuelven predominantes, nos protegen de
la ansiedad excesiva y con frecuencia
representan soluciones creativas para
nuestros problemas.
TITULO 1
RESPONSABILIDAD
Artículo 1º Como profesional, el psicólogo
reconoce la responsabilidad social
implicada en su trabajo, ya que puede
afectar íntimamente a la vida de otros; por
ello, se mantiene alerta frente a situaciones
o presiones personales, sociales,
institucionales, económicas o políticas, que
puedan conducirlo a un abuso de su
prestigio o influencia.
TITULO 1
RESPONSABILIDAD
Artículo 2º Como científico, el psicólogo
dirige investigaciones allí donde su juicio le
indica que son necesarias y planifica toda la
investigación de manera que la posibilidad
de error en sus resultados sea mínima,
proporciona amplia información sobre las
limitaciones de los datos e hipótesis,
especialmente cuando éstos puede
perjudicar a individuos o grupos científicos;
publica informes completos acerca de su
trabajo sin destacar jamás, sin explicación,
datos que puedan tergiversar la
interpretación de los resultados y evita
cualquier clase de vínculos que interfieran
con su objetividad.
TITULO 1
RESPONSABILIDAD
Artículo 3º Como profesor, el psicólogo
reconoce su obligación primaria de ayudar
a otros a adquirir conocimientos y
destrezas y a mantener elevados niveles
académicos y profesionales. Su docencia se
distingue por la más seria objetividad y
calidad académica, evitando sobrevalorar la
profesión, reconociendo las limitaciones de
las técnicas que utiliza, dosificando su
difusión para evitar que su uso sea aplicado
por personas no idóneas.
TITULO 1
RESPONSABILIDAD
Artículo 4º Como psicoterapeuta, el
psicólogo reconoce que, en su actividad,
debe buscar el desarrollo psicológico del
cliente.
Artículo 5º Como funcionario en una
organización, el psicólogo tiene la
responsabilidad de permanecer alerta y no
aceptar presiones que pueda distorsionar
sus informes, e impedir el uso inapropiado
de los mismos.
Artículo 6º Como docente de práctica
profesional, el psicólogo proporciona
supervisión adecuada y oportuna a
internos y estudiantes.
TITULO 2
COMPETENCIA
Artículo 7º Los psicólogos comparten la
responsabilidad de mantener normas
elevadas de competencia profesional, en
resguardo del interés público y de la
profesión como un todo.
Artículo 8º Los psicólogos rechazan la
práctica de la psicología por personas
ajenas a la profesión, denunciándolas ante
la autoridad competente. Ayudan al público
a identificar a los psicólogos que puedan
brindar servicios profesionales confiables.
Cuando un psicólogo o persona que se
identifica a si misma como tal, viola normas
éticas, los psicólogos tratan de rectificar la
situación y; cuando no es posible lograrlo,
plantean el caso ante el Colegio de
Psicólogos del Perú.
TITULO 2
COMPETENCIA
Artículo 9º El psicólogo reconoce los límites
de su competencia y los alcances de sus
técnicas, y no ofrece servicios ni utiliza
métodos que no cumplen las normas
profesionales establecidas en cada campo
particular en los aspectos que caen fuera
de los límites de su propia competencia.
Artículo 10º El psicólogo evita cualquier
actividad en la que sus problemas
personales puedan menguar sus servicios
profesionales o dañar a un cliente y, si ya
está comprometido en tal actividad, busca
asistencia profesional competente.
TITULO 2
COMPETENCIA
Artículo 11º El psicólogo reconoce las
diferencias individuales referidas a edad,
sexo, posición socio económica y nivel
cultural y, donde es necesario, obtiene
ejercitación, experiencia y consejo que
aseguren un servicio o investigación
competentes relacionados con dichos
individuos.
Artículo 12º El psicólogo debe estar
constantemente actualizado tanto
profesional como científicamente en
relación con los servicios que presta.
Reconoce la necesidad de educación
continua y se mantiene alerta a nuevos
descubrimientos científicos y cambios
sociales.
Artículo 13º Como docente, el psicólogo
prepara el material didáctico en forma
cuidadosa, de manera que los
conocimientos que imparta sean correctos,
actualizados y científicos, informa sobre los
avances de investigación en puntos aún no
resueltos, alientan a sus colaboradores y
alumnos para que contribuyan a procurar
soluciones. Asimismo, se considera como
miembros de un equipo científico en el que
deben primar el respeto y la lealtad
mutuos, de manera que cumpla en forma
eficaz con los propósitos de la enseñanza e
investigación.
Artículo 14º El psicólogo sólo presenta
como evidencia de su calificación
profesional aquellos títulos reconocidos por
el Colegio de Psicólogos del Perú.
TITULO 3
NORMAS LEGALES Y MORALES
Artículo 15º Como profesional, el psicólogo
se mantiene informado de las disposiciones
legales y vigentes referentes a su práctica
profesional, se preocupa por la
modificación de las leyes que puedan
perjudicar al interés público o a la profesión
y se ocupa de promover una legislación que
favorezca a ambos.
Artículo 16º El psicólogo, como ciudadano,
debe respetar las normas éticas y jurídicas
de la comunidad social en la que se
desenvuelve.
TITULO 3
NORMAS LEGALES Y MORALES
Artículo 17º Como psicoterapeuta, el
psicólogo deberá formarse de manera
idónea para lograr que su actividad como
tal se realice en condiciones óptimas, en
beneficio del cliente.
Artículo 18º Como funcionario, el psicólogo
no aprueba prácticas inhumanas o
discriminatorias en función de raza, edad,
sexo, religión o ideología, para efectos de
contratación, promoción o adiestramiento.
Artículo 19º Como investigador, el
psicólogo se mantiene informado de la
reglamentación existente sobre la
conducción de investigación con sujetos
humanos y animales.
TITULO 4
CONFIDENCIALIDAD
Artículo 20º El psicólogo está obligado a
salvaguardar la información acerca de un
individuo o grupo, que fuera obtenida en el
curso de su práctica, enseñanza o
investigación.
Artículo 21º La información recibida en
ejercicio de la profesión se revela sólo
después de las más cuidadosas
deliberaciones, y cuando hay un peligro
claro e inminente para un individuo o la
sociedad, y únicamente a profesionales
adecuados o a las autoridades públicas
competentes.
TITULO 4
CONFIDENCIALIDAD
Artículo 22º La información obtenida en
relaciones de tipo clínico o consultivo, o los
datos de tipo evaluativo referentes a niños,
estudiantes, empleados u otros individuos, se
discuten sólo confines profesionales y con
personas claramente relacionadas con el caso.
Los informes y escritos deberán presentar
únicamente datos relacionados verbales con
los propósitos de la evaluación, realizando
todos los esfuerzos necesarios para evitar la
indebida invasión del fuero íntimo de las
personas.
Artículo 23º Una comunicación profesional se
muestra a quien le concierne sólo con
autorización expresa de quien la originó, y de
las personas involucradas. El psicólogo se hace
responsable de informar al cliente los límites
del secreto.
TITULO 4
CONFIDENCIALIDAD
Artículo 24º El psicólogo mantiene el
secreto profesional en la preservación y
ordenamiento final de los informes
confidenciales.
Artículo 25º Los materiales clínicos u otros
materiales de casos se pueden usar en la
enseñanza y en publicaciones, pero sin
revelar la identidad de las personas
involucradas.
Artículo 26º Sólo después de haber
obtenido permiso explícito se publica la
identidad de los sujetos de investigación.
Cuando los datos se publican sin permiso
de identificación, el psicólogo asume la
responsabilidad de salvaguardar
adecuadamente sus fuentes.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 5
DECLARACIONES PUBLICAS
Artículo 27º Una actitud científica y el debido respeto por los
límites del conocimiento actual caracterizan todas las
declaraciones de los psicólogos que, directa o indirectamente,
brindan información al público, evitando la exageración, el
sensacionalismo, la superficialidad u otras formas de
informaciones equivocadas.
Artículo 28º El psicólogo se atiene a normas profesionales
antes que comerciales al prestar y ofrecer sus servicios
profesionales. Los anuncios de práctica individual privada se
limitan a una simple enunciación del nombre, grado o títulos
pertinentes más altos, número de matrícula, certificados de
especialización, dirección, teléfono, horas de atención y una
breve aclaración de los tipos de servicios que ofrece. Los
anuncios de las situaciones pueden enumerar los nombres de
los miembros del personal, con sus calificaciones. Concuerdan
en los demás aspectos con las mismas normas de los anuncios
individuales, asegurándose de evidenciar la verdadera índole
de la organización.
TITULO 5
DECLARACIONES PUBLICAS
Artículo 29º Los psicólogos o las
instituciones pertinentes que anuncien
servicios profesionales no clínicos, pueden
utilizar folletos que describan los servicios
prestados, pero siempre que no sean
evaluativos. Pueden enviarlos a
profesionales, escuelas, firmas comerciales,
instituciones gubernamentales u otras
organizaciones similares.
TITULO 5
DECLARACIONES PUBLICAS
Artículo 30º Es inaceptable que un folleto
se expongan “testimonios durante usuarios
satisfechos”. No puede aceptarse el
ofrecimiento de un juicio libre sobre los
servicios que presta el psicólogo, si sirve
para tergiversar en cualquier sentido la
índole o eficacia de los mismos. Las
pretensiones de que un psicólogo tiene
habilidades únicas o medios excepcionales,
que no están al alcance de otos de la
profesión, pueden hacerse sólo si la
especial eficacia de estas habilidades o
medios únicos han sido demostrados con
pruebas científicamente aceptables.
TITULO 5
DECLARACIONES PUBLICAS
Artículo 31º El psicólogo no debe permitir
que un cliente tenga ideas exageradas
acerca de la eficacia de los servicios que
presta. Las afirmaciones hechas ante los
clientes, en este sentido, no deben ir más
allá de lo que el psicólogo estaría dispuesto
a someter al análisis profesional.
Artículo 32º Al anunciar sus servicios
profesionales, el psicólogo no se relaciona
con organizaciones cuyo auspicio esté
falsamente implicado.
TITULO 5
DECLARACIONES PUBLICAS
Artículo 33º Al promover dinámica de
grupo o grupos de encuentro, el psicólogo
indicará claramente el propósito y la
naturaleza de las experiencias a brindarse,
especificando en forma apropiada el nivel
educativo, de adiestramiento, y de
experiencia en que se dan tales prácticas.
Artículo 34º El psicólogo que se dedique a
la venta de material psicológico deberá
presentar sus anuncios de manera
profesional y científica. La publicidad sobre
los mismos deberá ser objetiva y
descriptiva y no meramente emocional y
persuasiva.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 5
DECLARACIONES PUBLICAS
Artículo 35º Las personas naturales o jurídicas que se
dediquen a la fabricación, publicación y venta de material
psicológico deberán obtener un permiso o certificación del
Colegio.
Artículo 36º Cuando se da información acerca de
procedimientos y técnicas psicológicas, debe cuidarse de
indicar que deben ser empleados únicamente por personas
competentes para ello.
Artículo 37º Como profesor, el psicólogo impartirá información
suficiente sobre el curso que enseñe, particularmente en
relación con la materia por tratar y los criterios de evaluación
respectivo. Los anuncios que realice sobre talleres, seminarios
y otros programas afines deberán especificar a que nivel están
dirigidos, así como los requisitos exigidos, los objetivos
educacionales y la naturaleza del material por cubrir; e
igualmente los niveles educativos y de capacitación, y la
experiencia de los psicólogos que presentan el programa,
incluyendo los costos para el alumno.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 5
DECLARACIONES PUBLICAS
Artículo 37º Como profesor, el psicólogo impartirá información
suficiente sobre el curso que enseñe, particularmente en
relación con la materia por tratar y los criterios de evaluación
respectivo. Los anuncios que realice sobre talleres, seminarios
y otros programas afines deberán especificar a que nivel están
dirigidos, así como los requisitos exigidos, los objetivos
educacionales y la naturaleza del material por cubrir; e
igualmente los niveles educativos y de capacitación, y la
experiencia de los psicólogos que presentan el programa,
incluyendo los costos para el alumno.
Artículo 38º Los anuncios públicos que soliciten sujetos de
investigación deben especificar claramente el tipo de servicios,
los costos y otras obligaciones que deben ser asumidas por los
participantes de dicha investigación.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 5
DECLARACIONES PUBLICAS
Artículo 39º El psicólogo que se compromete en actividades
de radio o televisión no participa como tal en avisos
comerciales que recomiendan la adquisición o uso de un
producto.
Artículo 40º El psicólogo debe cuidar que su nombre sólo
aparezca en actos públicos y en todo medio de difusión
hablado o escrito con el máximo respeto por su calidad
profesional, por su propio prestigio y el de su profesión.
Artículo 41º El psicólogo que hace publicaciones relacionada
con su profesión utilizando un seudónimo, debe comunicar su
identidad al Colegio de Psicólogos del Perú.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 6
BIENESTAR DEL CLIENTE
Artículo 42º El psicólogo reconoce su posición de prestigio
frente a sus clientes, y por ello evita hacer mal uso de la
confianza depositada en él.
Artículo 43º Normalmente, el psicólogo no entre en relación
profesional con miembros de su propia familia, amigos
íntimos, colaboradores cercanos u otros, cuyo bienestar
podría verse afectado por una relación de este tipo.
Artículo 44º El psicólogo informa con anticipación a su futuro
cliente acerca de los usos, quehaceres y circunstancias
importantes de la relación potencial entre ambos, ya que
podrían influir en la decisión del cliente antes de entrar en esa
relación.
Dichos usos, quehaceres y circunstancias importantes incluyen
el registro con grabadora de una entrevista, el empleo del
material de la entrevista con fines de capacitación y la
observación de una entrevista por otras personas.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 6
BIENESTAR DEL CLIENTE
Artículo 45º Cuando el cliente no está capacitado para evaluar
una situación, se informa a la persona responsable del cliente,
acerca de las circunstancias que pueden influir sobre la
relación.
Artículo 46º El psicólogo que pide a un individuo que revele
información personal en el curso de entrevistas, tests o
evaluaciones, o que permite que se le revele tal información,
lo hace sólo después de estar seguro de que la persona
responsable tiene total conocimiento de los propósitos de la
entrevista, el test o la evaluación y de las maneras en que
pueden utilizarse la información.
Artículo 47º El psicólogo trata de terminar una relación clínica
o consultiva cuando está suficientemente en claro que el
cliente no se beneficia con la misma.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 6
BIENESTAR DEL CLIENTE
Artículo 48º Cuando hay un conflicto entre profesionales, el
psicólogo se preocupa primordialmente por el bienestar de
todo cliente involucrado y, sólo secundariamente, por los
intereses de su propio grupo profesional.
Artículo 49º En las organizaciones laborales, en la educación y
en otras situaciones en las que pueden surgir conflictos de
intereses entre diversas partes, tales como empresarios y
trabajadores o entre el cliente y el empleador del psicólogo,
éste define la índole y dirección de sus responsabilidades e
informa al respecto a todos los interesados.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 6
BIENESTAR DEL CLIENTE
Artículo 50º En los casos en que debe remitir a un paciente, la
responsabilidad del psicólogo continúa hasta que el otro
profesional, o sea, el recibiente, asume la responsabilidad, o
hasta que la relación con el psicólogo que hiciera la remisión
termine por mutuo acuerdo. En los casos en que el cliente
rechaza la remisión, el psicólogo evalúa cuidadosamente el
posible daño para el cliente, para sí mismo y para su profesión
que se pueden derivar si la relación continúa.
Artículo 51º Debe asegurarse un ambiente apropiado para la
labor profesional, a fin de proteger tanto al cliente como al
psicólogo contra daños reales o atribuibles, que puedan
originar censuras a la profesión.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO TITULO 7
UTILIZACION DE TECNICAS DE DIAGNOSTICO
Artículo 52º El cliente tiene el derecho de recibir y el psicólogo
el deber de explicar la naturaleza y propósito de la evaluación
psicológica y de dar los resultados de ésta en un lenguaje que
el cliente pueda comprender, a menos que exista una
excepción explícita previamente acordada, como es el caso de
ambientes escolares y empresariales.
Artículo 53º El psicólogo debe demostrar que la validez de los
programas y procedimientos usados para la interpretación de
pruebas psicológicas (test) se basa en evidencia apropiada.
Artículo 54º El psicólogo que tiene la responsabilidad de
tomar decisiones sobre individuos, basándose en resultados
de pruebas psicológicas (tests) tiene una adecuada
comprensión de los problemas de medición, validez y
confiabilidad.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 7
UTILIZACION DE TECNICAS DE DIAGNOSTICO
Artículo 55º El uso y la elaboración de pruebas psicológicas
(tests) exámenes, diagnósticos e informes psicológicos es
privativo del psicólogo y no de otro profesional.
Artículo 56º Al informar sobre los resultados, el psicólogo
debe indicar cualquier reserva relacionada con la validez o
confiabilidad que resulte de la evaluación o de la inadecuación
de las normas de la evaluación para la persona evaluada.
Artículo 57º El psicólogo se asegura de que los resultados de la
evaluación y su interpretación no sean mal usados por
terceros.
Artículo 58º El psicólogo acepta la responsabilidad de
remover, del archivo del cliente, información sobre puntajes
que estén obsoletos a fin de que no sea utilizada en desmedro
de la persona evaluada.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 7
UTILIZACION DE TECNICAS PARA EL DIAGNOSTICO
Artículo 59º Los puntajes, así como los materiales de
evaluación, se ofrecen sólo a las personas calificadas para
interpretarlos y usarlos adecuadamente.
Artículo 60º Los resultados de la evaluación u otros datos de
apreciación utilizados para evaluar o clasificar se comunican a
los empleadores, parientes u otras personas apropiadas, de tal
manera que se eviten las malas interpretaciones o su uso
inadecuado. La comunicación sobre el resultado de una
evaluación debe darse, de preferencia, en forma de
interpretación de dicho resultado, y no en forma de puntajes.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO TITULO 7
UTILIZACION DE TECNICAS PARA EL DIAGNOSTICO
Artículo 61º El psicólogo es responsable del control de las
pruebas psicológicas (tests) y otros procedimientos utilizados
con fines de instrucción, cuando su valor pueda ser dañado
por revelarse al público general sus contenidos específicos o
los principios subyacentes.
Artículo 62º Los ítems de muestra, construidos para que se
asemejen a determinados tests, pueden reproducirse en
artículos de divulgación, pero los tests computables y los ítems
reales no se reproducen, excepto en publicaciones
profesionales.
Artículo 63º Las pruebas psicológicas y otros medios de
evaluación, cuyo valor depende, en parte del desconocimiento
del sujeto, no se reproducen ni describen en publicaciones
populares de modo que puedan anular las técnicas. El acceso
a estos medios deberá limitarse a personas con intereses
profesionales que salvaguarden su uso.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO TITULO 7
UTILIZACION DE TECNICAS PARA EL DIAGNOSTICO
Artículo 64º Las pruebas psicológicas se ofrecen para su
publicación comercial únicamente a los editores que las
presentan en forma profesional y que las distribuyen sólo a
usuarios idóneos.
Artículo 65º Un manual sobre un test, un libro técnico u otro
informe adecuado sobre el mismo, describe el método de
construcción y estandarización del test y sintetiza los estudios
de validación. En el manual se especifica las poblaciones para
las que ha sido formulado el test y los propósitos en que
puede ser útil. También se fijan claramente las limitaciones así
como su posible validez, cuando las investigaciones escasean o
son incompletas. En particular, el manual previene acerca de
posibles interpretaciones sin respaldo suficiente, e indica el
nivel de los conocimientos requeridos para una interpretación
correcta del test y sus resultados.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 8
EL INFORME PSICOLOGICO
Artículo 66º El informe psicológico debe tomar en cuenta y
responder específicamente al motivo por el cual se llevó a
cabo.
Artículo 67º El informe psicológico debe ser redactado de
acuerdo con los principios vigentes aceptados por la
comunidad psicológica. Será firmado por el psicólogo que lo
elaboró quien incluirá también el número de su matrícula de
colegiación.
Artículo 68º Los informes laborales y las recomendaciones
basadas en datos de la información psicológica, no deben
recargarse con análisis detallados de rasgos de personalidad,
tales como los que se podrían elaborar sólo después de
entrevistas con el sujeto. Tampoco darán recomendaciones
específicas respecto al empleo o colocación del sujeto, ya que
el psicólogo no debe interferir labores que competen a la
administración empresarial, señaladamente en el caso de los
métodos de reclutamiento.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 9
RELACIONES PROFESIONALES
Artículo 69º El psicólogo no ofrece sus servicios profesionales
a una persona que recibe atención psicológica de otro
profesional, excepto por acuerdo con su colega o cuando haya
terminado la relación del cliente con el otro profesional.
Artículo 70º Los psicólogos que trabajan juntos o asociados
deben informar al cliente acerca de dicha vinculación. En igual
forma deberán actuar los psicólogos que trabajan como
empleados de otros psicólogos.
Artículo 71º El psicólogo tiene una clara comprensión de las
áreas que competen a profesionales afines. La ausencia de
relaciones formales con otros profesionales no lo revela de la
responsabilidad de obtener la asistencia complementaria o
alternativa requerida por sus clientes.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 9
RELACIONES PROFESIONALES
Artículo 72º El psicólogo reconoce las tradiciones y prácticas
de otros grupos profesionales y coopera ampliamente con los
miembros de dichos grupos.
Artículo 73º El psicólogo que emplea o supervisa a otros
colegas o a internos de psicología, acepta la obligación de
contribuir a su desarrollo profesional, proveyendo condiciones
de trabajo adecuado, consultas y oportunidades de adquirir
experiencias.
Artículo 74º Cuando un psicólogo se ve imposibilitado por
razones ajenas a su voluntad de atender a sus clientes
privados y su condición económica es difícil, es deber moral de
sus colegas y amigos reemplazarle en la atención a esos
clientes y entregarle los honorarios recibidos.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 9
RELACIONES PROFESIONALES
Artículo 75º Cuando un psicólogo abandona a su cliente por
motivos no profesionales ni de fuerza mayor, los colegas que
reciban a los pacientes que los soliciten podrán atenderlos por
tiempo indefinido, sin que exista obligación de reenviarlos al
consultorio del primero.
Artículo 76º Los psicólogos se deben respeto mutuo, evitando
las expresiones o críticas que puedan herir la reputación moral
o científica de cada uno. Dichas expresiones o críticas, en
último término, perjudican al buen nombre de la profesión.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 10
RELACION CON INSTITUCIONES
Artículo 77º Toda asociación psicológica, en cuyo Estatuto o
Reglamento existan disposiciones sobre el comportamiento
ético de los asociados, deberá enviar el texto de éstas al
Consejo Directivo Nacional correspondiente, para que
determinen si están en concordancia con la Ley, Estatutos,
Reglamento y Código de Ética del Colegio.
El Consejo formulará las observaciones y la institución deberá
conformar su Reglamento en consecuencia.
Artículo 78º Toda institución que confronte un problema
interno de ética para el cual requiera una opinión autorizada,
podrá presentarlo a la consideración del Consejo Directivo
Nacional en calidad de consulta.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO TITULO 11
ACTIVIDADES DE INVESTIGACION
Artículo 79º Al diseñar una investigación, el profesional asume
la responsabilidad de realizar una evaluación cuidadosa de su
aceptabilidad ética. En la medida en que esta evaluación
sugiera un compromiso con algunos de los principios éticos, el
investigador tiene obligación de buscar consejo ético y de
salvaguardar los derechos humanos de los participantes.
Artículo 80º La responsabilidad por el establecimiento y
mantenimiento de prácticas éticas en la investigación
descansa siempre en el investigador mismo. Esta
responsabilidad abarca el tratamiento dado por los
colaboradores, asistentes, estudiantes y empleados todos los
cuales asumen igual responsabilidades paralelas.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 11
ACTIVIDADES DE INVESTIGACION
Artículo 81º El investigador debe informar al participante de
todas las características de la investigación que puedan influir
en su decisión de participar y de explicar otros aspectos de la
investigación sobre los que pregunte le participante. El no
revelar aquellos que es pertinente añade peso a la
responsabilidad del investigador, pues tiene obligación de
proteger el bienestar y dignidad del participante.
Artículo 82º La apertura y honestidad son características
esenciales de la relación entre el investigador y el sujeto de
investigación. Cuando los requerimientos metodológicos de un
estudio exigen retener información, el investigador debe
asegurarse de que el participante comprenda los motivos para
este acto y tener justificaciones suficientes para los
procedimientos empleados.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 11
ACTIVIDADES DE INVESTIGACION
Artículo 83º El investigador debe respetar la libertad del
individuo para declinar su participación, o para que se retire
de la investigación. La obligación de proteger esta libertad
presupone constante vigilancia, señaladamente cuando el
investigador está en una posición de prestigio sobre el
participante como sucede por ejemplo, cuando este último es
un estudiante, cliente, empleado o quienquiera que esté en
una relación interpersonal con el investigador.
Artículo 84º Una investigación éticamente aceptable comienza
con el establecimiento de un acuerdo claro y justo entre el
investigador y el participante. Se especificarán con claridad las
responsabilidades de cada uno. El investigador tiene la
obligación de honrar todas las promesas y compromisos en el
acuerdo.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 11
ACTIVIDADES DE INVESTIGACION
Artículo 85º Después de recoger los datos, el investigador
proporciona al participante información sobre la naturaleza
del estudio, a fin de aclarar cualquier mal entendido que
pueda haber surgido. En los casos en que los valores
científicos o humanos justifican retener información, el
investigador adquiere una especial responsabilidad de evitar
consecuencias perjudiciales para el participante.
Artículo 86º El investigador considera seriamente la
posibilidad de que se produzcan efectos negativos posteriores
y los elude o elimina tan pronto como se lo permita el plan del
experimento.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 11
ACTIVIDADES DE INVESTIGACION
Artículo 87º La información obtenida sobre los participantes
de una investigación durante el curso de la misma es
confidencial, a menos que haya habido un acuerdo contrario
previo. Cuando exista la posibilidad de que terceros tengan
acceso a dicha información, esta posibilidad, así como las
medidas para proteger la confidencialidad, deben ser
explicadas a los participantes como parte del proceso para
obtener el consentimiento de estos últimos.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 12
PROPIEDAD INTELECTUAL
Artículo 88º El psicólogo tiene derecho de propiedad
intelectual sobre todo documento que elabore sobre la base
de sus conocimientos profesionales.
Artículo 89º Los materiales que prepara un psicólogo como
parte de su trabajo regular bajo la dirección específica de su
organización, con propiedad de la misma, pero el psicólogo
tiene el derecho de propiedad intelectual.
Artículo 90º Los trabajos científicos presentados en congresos,
jornadas, simposio, conversatorios, etc. o los publicados en
revistas científicas y profesionales son propiedad intelectual
del autor.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 12
PROPIEDAD INTELECTUAL
Artículo 91º El material que resulte incidentalmente de la
actividad patrocinada por cualquier institución, y por la cual el
psicólogo asume responsabilidad individual, es publicado con
deslinde de toda responsabilidad por parte de la institución
que lo patrocina.
Artículo 92º El derecho de propiedad intelectual de trabajos
de investigación en equipo pertenece, en primer lugar, al
psicólogo que ha programado la labor y trabajo activamente
en su desarrollo; por ello, su nombre irá en primer lugar, y en
segundo, tercer, etc. lugar a los coautores en orden
decreciente de grado de colaboración.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 12
PROPIEDAD INTELECTUAL
Artículo 93º Todo psicólogo está obligado a comunicar y
discutir sus experiencias, el producto de su investigación y, en
general, su producción científica, dentro del ámbito de las
instituciones correspondientes a su campo de acción, y de
solicitar la publicación de sus trabajos en revistas de su
especialización profesional. Toda discrepancia debe ser
discutida en estos ámbitos, evitando que su difusión al público
pueda provocar errores de interpretación, confusión de ideas
o desconfianza.
Artículo 94º La difusión al público de hechos científicos
debidamente sancionados debe ser cuidadosa, de tal manera,
que no pueda ser interpretada como un deseo de
exhibicionismo personal y sólo se transmitirá al público por
intermedio de las instituciones psicológicas.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO TITULO 12
PROPIEDAD INTELECTUAL
Artículo 95º Las contribuciones menores de carácter
profesional y no profesional, a un trabajo de investigación en
equipo, son reconocidos como pie de página o en una
declaración introductoria. Los reconocimientos del material
publicado y no publicado que hayan tenido influencia directa
en la investigación o publicación se harán mediante citas
específicas.
Artículo 96º Un psicólogo que recopila el material de otros
para su publicación debe incluir el nombre del grupo
originador; si lo hubiere, y con su propio nombre como editor.
Todos los contribuyentes deben ser también reconocidos y
mencionados.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 13
NOMBRAMIENTOS PROMOCIONES Y CONCURSOS
Artículo 97º La Ley confía al Colegio de Psicólogos del Perú el
estudio y la formulación de normas y procedimientos legales
relacionados con los concursos, nombramientos y
designaciones de carácter psicológico, a fin de que dichas
normas y procedimientos se ajusten a las disposiciones del
presente Código.
Artículo 98º Será motivo de investigación y sanción el hecho
de que una persona no apta para el ejercicio legal de la
profesión pueda obtener un nombramiento a través de esos
procedimientos.
Artículo 99º Es deber de todas las instituciones, oficiales o
privadas, cubrir sus plazas por estricto concurso, sujetos a las
disposiciones legales vigentes en el momento.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 13
NOMBRAMIENTOS PROMOCIONES Y CONCURSOS
Artículo 100º Todos los psicólogos matriculados en el Colegio
tienen los mismos derechos y deberes. Constituyen grave falta
contra la ética y la libertad de trabajo, restringir el derecho de
concursar por intereses de grupo o individuo.
Artículo 101º Los documentos presentados por el psicólogo en
los concursos deben ser auténticos. Cualquier adulteración u
omisión será denunciado al Consejo Directivo Regional y, de
ser necesario, elevada al Consejo Directivo Nacional para la
aplicación de sanciones.
Artículo 102º Constituye actos reñidos con la ética profesional,
tratar de obtener ventajas en concursos para cargos por
medios ilícitos, tales como las recomendaciones de orden
político o social, la presión por autoridades, instituciones o
personas, la usurpación de pruebas o cualquier acto
delictuoso para conocer previamente el cuestionario, etc.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 13
NOMBRAMIENTOS PROMOCIONES Y CONCURSOS
Artículo 103º Son condiciones imperativas de todos los
miembros del jurado; la observancia de estricta imparcialidad,
el cumplimiento fiel del Reglamento y la adopción de todas las
precauciones necesarias para garantizar igualdad en el trato a
todos los concursantes.
Artículo 104º Si algún concursante considera vulnerados sus
derechos por vicios procesales u otras causas que impliquen
nulidad, puede solicitar en el término de los próximos ocho
días hábiles, la revisión comparada de su documentación con
la de sus competidores. Sin embargo, el abuso de este
derecho constituye un atentado contra la ética y podrá ser
causal de sanción.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 14
HONORARIOS
Artículo 105º En el ejercicio libre, el psicólogo fijará el monto
de sus honorarios, teniendo en cuenta su derecho a recibir
una compensación que contribuya equitativamente a su
mantenimiento decoroso, a su permanente y progresiva
capacitación científica y al sostenimiento de su hogar.
Artículo 106º Los honorarios ostensiblemente exagerados con
fines de lucro, así como los indiscriminadamente reducidos,
con propósitos de captación de clientela o de competencia de
tipo comercial, son antagónicos con la honestidad, el sentido
humano de la profesión, y la eficiencia del trabajo psicológico.
Artículo 107º Al fijar honorarios profesionales, el psicólogo
considera cuidadosamente tanto la capacidad del cliente para
afrontar el gravamen financiero como los honorarios fijados
por otros profesionales que realizan trabajos comparables.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO TITULO 14
HONORARIOS
El psicólogo está dispuesto a destinar una parte de sus
servicios a trabajos por los cuales reciba escasa o ninguna
retribución financiera.
Artículo 108º El psicólogo no da ni recibe ninguna comisión o
descuento, ni otra forma de remuneración, por la remisión de
clientes necesitados de servicios profesionales.
Artículo 109º El psicólogo no utiliza su relación con sus clientes
para promover, en su beneficio personal o en el de una
institución, acciones comerciales de ningún tipo.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 15
HORARIOS
Artículo 110º El psicólogo de libre ejercicio debe fijar a
voluntad el horario de atención a sus clientes, respetándolo en
consideración a ellos.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 16
ELECCIONES
Artículo 111º Fórmula normal, dentro de la naturaleza del
Colegio, es la que de que los electores buscan y presentan un
candidato y que éste acepta el compromiso del honor y
responsabilidad que se le ofrece. La fórmula contraria, esto es,
que el candidato se ofrezca y busque el compromiso de los
electores, es contraria a las normas éticas.
Artículo 112º Consecuentemente, todo tipo de propaganda o
publicidad dirigida por los propios candidatos para exhibir sus
méritos, en la forma que es usual en las organizaciones
políticas, no está de acuerdo con las normas éticas del gremio.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 17
OBLIGACIONES PECUNIARIAS
Artículo 113º El pago de las obligaciones pecuniarias que el
Colegio establezca constituye obligación legal y moral para los
colegiados. El incumplimiento de esto será motivado de
proceso disciplinario a nivel del Consejo Directivo Regional
respectivo. Al efecto, se tendrán en cuenta las circunstancias
especiales de cada caso. Las resoluciones serán comunicadas
al Consejo Directivo Nacional para efectos de la anotación en
los antecedentes.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 18
AUSENTISMO
Artículo 114º a) El ausentismo injustificado a las sesiones de
los organismos del Colegio de Psicólogos del Perú, así como el
incumplimiento de las comisiones o encargos dados por
acuerdo de los organismos directivos del Colegio, son
calificables de negligencia.
b) La ausencia injustificada a cuatro sesiones o reuniones será
considerada como abandono de cargo y el causante quedará
separado de dicho cargo.
Artículo 115º En caso de existir un impedimento justificado
para asistir a las sesiones o cumplir una comisión o encargo
del Colegio, el designado deberá excusarse oportunamente
por escrito.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 19
EJERCICIO PROFESIONAL
Artículo 116º Además de las condiciones generales que
establecen las leyes para el ejercicio de la profesión de
psicólogo, existe el mandato expreso del Decreto Ley N° 23019
coordinado con el Decreto Supremo N° 018-80-PM que exige
el requisito de la colegiación para desarrollar cualquier
actividad profesional en el campo clínico, educativo, social,
laboral, docente, de investigación y toda otra que requiera la
posesión del título de psicólogo.
Artículo 117º La presentación de documentación incompleta o
adulterada, así como el empleo de recursos irregulares para
obtener el título profesional, o la revalidación de un título
extranjero, constituye grave falta contra la ética profesional,
sin perjuicio a la investigación y sanciones penales que
corresponda por el ejercicio ilegal de la profesión.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 19
EJERCICIO PROFESIONAL
Artículo 118º Además del comportamiento ético dentro de la
actividad profesional, el psicólogo tiene el deber de
conducirse en igual forma en todos los actos de su vida.
Artículo 119º Los organismos del Colegio no aceptarán ni
tramitarán acción por hechos que se refieran exclusivamente a
la vida privada del psicólogo, salvo en los casos en que, por
circunstancias extraordinarias, estos hechos hayan interesado
a la opinión pública, causando agravio a la sociedad y, en
consecuencia, lesionado el honor y prestigio de la profesión.
Artículo 120º Constituye grave infracción del Código de Ética
Profesional y será sancionado conforme a las
correspondientes disposiciones del Reglamento Interno y el
Estatuto del Colegio de Psicólogos del Perú, sin perjuicio de las
sanciones penales por ejercicio ilegal de la profesión.
EL
CODIGO
DE
ETICA
DEL
PSICOLOGO
PERUANO
TITULO 19
EJERCICIO PROFESIONAL
a) Quienes ostenten un título de psicólogo expedido por una
universidad extranjera, toda vez que no esté revalidado por
una universidad peruana, que tenga Facultad o Escuela de
Psicología o no se haya registrado en la forma establecida para
los títulos provenientes de países con quienes existen tratados
específicos de intercambio profesional.
b) Todo psicólogo con título legal, pero no matriculado en el
Colegio de Psicólogos del Perú.
c) Toda persona que ejerza funciones o actividades de
psicólogo sin tener el título correspondiente aunque posea
títulos o grados de otra profesión.
d) Toda persona que, sin tener título alguno, ejerza funciones
o actividades de psicólogo.

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  • 1. DOCENTE Ps. Lorena Gugliermino Gallegos UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA” DE ICA FACULTAD DE PSICOLOGIA OBSERVACION Y ENTREVISTA EN PSICOLOGIA
  • 2.
  • 3. _Proceso dinámico y sistemático _Permite trasmitir información ,sentimientos , pensamientos,etc _Intervienen el emisor el mensaje , el receptor y el código DEFINICION COMUNICACION
  • 4. La comunicación implica: _Lo Verbal: Lenguaje, las palabras, la voz _Lo No verbal : La mirada, el gesto de la mano ,la posición del cuerpo LA COMUNICACIÓN: PROCESO GLOBAL La comunicación es el vehículo fundamental para el conocimiento del comportamiento humano “El ser humano se comunica con todo su ser holísticamente , actos , gestos y palabras”
  • 5. Debemos de Considerar: LENGUAJE EN LA COMUNICACION _La razón se comunica a través de las palabras del discurso ,mientras que las emociones, afectos y actitudes lo hacemos a través del cuerpo y de la voz _Debe haber congruencia entre todos los lenguajes o sea congruencia de palabras y gestos Lenguaje Verbal: Las palabras Lenguaje No Verbal: Los gestos de la cara y del cuerpo (nuestra imagen) Lenguaje Para verbal: La calidad y cualidad de la voz (Tiene que ver con la tonalidad ej.: Suave – gritar) Nos comunicamos con la voz y el cuerpo holísticamente ,las palabras son el CONTENIDO del mensaje . Lo no verbal, y para verbal es el CONTEXTO los dos juntos CONTENIDO y CONTEXTO le dan sentido a lo que digo
  • 6. ASPECTOS QUE DEBEMOS CONSIDERAR EN EL ENTREVISTADO _ Sonoridad o intensidad del discurso: Excesivamente fuerte o suave o monotono _ tono de Voz: Demasiado alto , bajo o monotono _Manera de Hablar: Pedante , Formal , relajado o demasiado familiar _Velocidad del Discurso: Lento , rápido , monotono ,espasmódico (tartamudear) _Tiempo de Reacción: Rápido, lento (relacionado con las preguntas y respuestas) _Desviaciones Notables en el discurso: Ambas son patologías , no comunes en personas “normales”  Neologismo: Inventa sus palabras  Ecolalia: Repite nuestras palabras VOZ Y DISCURSO
  • 7. ASPECTOS QUE DEBEMOS TENER EN CUENTA CON EL ENTREVISTADO _Asociaciones por Sonido _Organización del Discurso: Organizado o desorganizado (Si es coherente ) _Vocabulario: Limitado, extenso , pobre . Un vocabulario no puede ser LENTO _Dicción : Deficiente, claro (Deficiente es por pronunciación ,articulación confunde R- S sin motivo aparente, problema de praxis, puede tener dislalias, problema aparato fonológico ) _Calidad de la Voz: Áspera, ronca, nasal _Fluidez: Repeticiones ,frases incompletas, sonidos prolongados VOZ Y DISCURSO
  • 8. ASPECTOS AFECTIVOS DE LA ENTREVISTA Capacidad de comprender a las personas desde su propio marco de referencia que permite responder con sensibilidad e imaginación a los sentimientos de la otra persona. _Captar ,valorar , comprender e identificarse con el otro _Exige esfuerzo y autentico deseo de comprender _Hacer nuestra la problemática del paciente , manteniendo la disonancia emocional _El entrevistado va a sentir que el entrevistador esta a su lado _Ser empático implica voluntad , deseo , no llega por si solo _Se trasmite por canales verbales y no verbales _Usar las propias experiencias para comprender a los demás 1. EMPATIA
  • 9. ASPECTOS AFECTIVOS DE LA ENTREVISTA _Capacidad de comprender y emplear el lenguaje del entrevistado _Capacidad para poder reactivar los sentimientos del entrevistado _Comprender el porque de sus sentimientos _Recapitular y resumir lo esencial de su historia COMPETENCIAS Y CUALIDADES QUE SE REQUIEREN PARA CREAR EMPATIA Y HACERSELA SENTIR AL OTRO Se manifiestan estas competencias: EMPATICAS _Preguntas atinadas en el momento oportuno _Que la persona vaya a su ritmo _Hacer sentir al entrevistado valorado e importante _Que el entrevistado se sienta seguro de si y motivado
  • 10. ASPECTOS AFECTIVOS DE LA ENTREVISTA Capacidad de ser uno mismo durante la entrevista _Denominado genuinidad ,honradez ,coherencia , sinceridad _Ser espontaneo ,natural , abierto ,congruente _Crea clima de confianza, ayuda a generar el rapport _Convertirse en modelo _Coherencia entre sentir , hablar y actuar 2. AUTENTICIDAD
  • 11. ASPECTOS AFECTIVOS DE LA ENTREVISTA Capacidad de valorar al entrevistado como persona merecedora de dignidad _Lo vamos a tratar con respeto solo por el hecho de ser persona, no por tener títulos le vamos a dar la preferencia en comparación con un analfabeto, en todos se debe mantener el respeto en niños, adultos no interesa su condición ej., hombre con terno- hombre con ojotas _Evitar toda conducta que atente contra el bienestar del entrevistado _No emitir juicios de valor ej. Bueno – malo (No decir esto esta mal sino decir esto es inconveniente, esto es más útil esto… es mejor _Esfuerzos por comprender la problemática del entrevistado _Manifestar cercanía, mirada, postura , gestos, proximidad física , elogio sincero 3. CALIDEZ
  • 12. ASPECTOS AFECTIVOS DE LA ENTREVISTA Si la empatía , autenticidad y respeto están presentes: _Tenemos más probabilidades que se acepten así mismos, confianza en si y en sus fuerzas _No implica aprobar todo lo que diga el entrevistado _Visión creencias y valores del entrevistado pueden ser muy diferentes del entrevistador _Entrevistado tiene derecho a ser entendido ,aceptado y visto positivamente, uno le debe sugerir pero no decir que debe hacer porque al final es él quien decide RESUMEN
  • 13. RAPPORT Clima ,ambiente de confianza , seguridad que se establece entre el entrevistado y entrevistador Es la base ,el marco de una “E” exitosa _El Rapport se establece en base a la relación entre entrevistador y entrevistado _La relación se basa en comunicación y tener en cuenta lo que acompaña :No verbal y para verbal _Esta debe ser : tranquilidad , afecto , amistad , desde el primer contacto _El rapport se manifiesta en :  El “COMO” se relacionan  La comunicación especial y esencial entre ambos  La confianza que debe existir entre ambos
  • 14. PAUTAS PARA ESTABLECER UN RAPPORT POSITIVO 1. Crear un clima agradable 2. Tomar conciencia del sufrimiento del otro y mostrar empatía 3. Evaluar el Insight del cliente 4. Demostrar experiencia
  • 15. 1. CREAR UN CLIMA AGRADABLE 1. Desde la primera entrevista 2. El entrevistado: ansioso ,escéptico , con poca confianza (así llegan los pacientes) 3. Al entrevistado debe darle :seguridad , amistad ,aclarar dudas , comprenderlo , que encontrará la ayuda que busca 4. Así desaparecerán miedos , dudas y percibirá mejor su situación y mejorará su estilo de vida
  • 16. 2. PERCIBIR EL SUFRIMIENTO DEL OTRO El sufrimiento se percibe de dos maneras: _MANIFESTACIONES OBSERVABLES: Signos somáticos , producidos por agentes sociales estresores ej.: llanto ,sudoración , tristeza , respiración agitada , etc. Son manifestaciones que la persona no maneja bien _EMOCIONES ASOCIADAS: Sentimientos emociones (miedo , vergüenza ,etc. provocados por causas externas e internas) El Rapport se intensifica si atendemos no a manifestaciones observables sino al sufrimiento que provocan ej., dolor de cabeza(nosotros tenemos que ir más allá ver que le causa el dolor de cabeza, ver que hay dentro o debajo de esa manifestación somática)Tenemos que hacer que hable de sus emociones con preguntas afectivas para ser empatía y brindarle rapport
  • 17. 3. INSIGHT Saber cual es la actitud cognitiva o el conocimiento que tiene el paciente de su problema(o sea es saber que tanto sabe la persona de su problema unos lo sabrán otros serán menos consientes) Existen 3 niveles de Insight: _Insight Completo _ Insight Parcial _ Insight Ausente
  • 18. INSIGHT COMPLETO Hay reconocimiento del problema RECONOCE QUE TIENE UN PROBLEMA Y ES EL QUIEN ORIGINA DICHO PROBLEMA _Atribuye como causa trastorno o problema psicológico _Conciencia de un problema que solucionar _El rapport será más fácil de desarrollar _El entrevistado colabora voluntariamente con el entrevistador _El entrevistador será un buen aliado para lograr solución del problema
  • 19. INSIGHT PARCIAL Reconoce que hay un problema SABE QUE HAY UN PROBLEMA PERO NO CREE QUE SEA POR EL SINO POR LOS DEMAS O POR OTRAS CIRCUNSTANCIAS EL PROBLEMA _Atribuyen en causas circunstanciales o factores externos acá tenemos a personas con trastornos de personalidad _No creen que ellos son el problema ,sino otros _Esto dificulta el establecimiento del rapport _Se debe empezar por ayudarlo a reconocer las causas reconocer que él tiene que ver con el problema y nos vea como aliados
  • 20. INSIGHT AUSENTE Hay negación completo de : enfermedad ,trastorno ,conflicto o problema(no hay conciencia de enfermedad) ej. Psicosis , esquizofrénico NO SABE QUE TIENE UN PROBLEMA _Hay serias dificultades en el establecimiento del rapport _Suelen venir obligados y hay mucha resistencia _Es recomendable intentar conocer la visión que tiene del problema y abordarlo según sus términos (o sea meternos en su mundo)y ver que siente en relación a su enfermedad y hablar con él en sus cuentos y términos)
  • 21. MECANISMOS DE DEFENSA Los mecanismos de defensa son procesos psicológicos automáticos que protegen al individuo frente a la ansiedad y las amenazas de origen interno o externo. Los mecanismos de defensa median las reacciones personales frente a conflictos emocionales y amenazas de origen interno y externo. Estos mecanismos de defensa han sido divididos conceptual y empíricamente en grupos denominados niveles de defensa.
  • 22. Freud hizo una distinción entre tres tipos de ansiedad. La ansiedad real se refiere a un peligro real en el mundo externo. La ansiedad neurótica se refiere al temor de que los impulsos internos no puedan ser controlados. La ansiedad moral es un temor a los castigos de la propia conciencia. Todas tienen su base en la ansiedad real. A fin de que un individuo afronte la ansiedad, el yo desarrolla mecanismos de defensa, procedimientos que previenen la ansiedad e impiden la percepción consciente de ésta.
  • 23. el yo desarrolla mecanismos de defensa, procedimientos que previenen la ansiedad e impiden la percepción consciente de ésta. Los mecanismos de defensa comparten dos características: ocurren en un nivel inconsciente de modo que no nos percatamos de lo que estamos haciendo, y niegan o distorsionan la realidad para hacerse menos amenazadores. Los mecanismos de defensa no son desadaptativos por necesidad; en efecto, no podemos sobrevivir sin éstos. Deben ser creados para ayudar al yo en desarrollo a llevar a cabo sus funciones. Sin embargo, si su distorsión de la realidad se vuelve demasiado extrema o si son usados con exclusión de otros medios más efectivos para enfrentar la realidad, los mecanismos de defensa pueden volverse desadaptativos y destructivos, impidiendo una mayor maduración personal y social.
  • 24. La Represión, implica bloquear la expresión de un deseo o anhelo de modo que no puede ser experimentado de manera consciente o expresado en forma directa como conducta. Es un acto involuntario, lo cual impide que nos percatemos de muchos de nuestros conflictos productores de ansiedad o que recordemos ciertos acontecimientos emocionales traumáticos de nuestro pasado. La emoción reprimida busca un escape alternativo y se requiere resistencia para impedir su irrupción en la conciencia. No obstante, una vez formadas, las represiones son difíciles de eliminar.
  • 25. La Negación, supone rehusarse a creer una realidad o hecho de la vida. Muchas personas que ceden al abuso de sustancias niegan que el alcohol, la nicotina, el crack u otras sustancias pudieran hacerles daño en realidad. Pueden percatarse que les afecta a otras personas, sin embargo, piensan: "Eso no me va a suceder a mí".
  • 26. La Proyección, se refiere a la atribución inconsciente de un impulso, actitud o conducta a alguien o a algo más en el ambiente. Un individuo que es hostil de modo inconsciente hacia alguien puede afirmar que la hostilidad surge de la otra persona. Esta defensa reduce la ansiedad colocando su fuente en el mundo externo, lo cual la hace parecer más fácil de manejar. Además, nos permite defendernos en forma agresiva contra nuestro oponente y por consiguiente expresar de manera indirecta nuestros impulsos.
  • 27. La Formación Reactiva, expresa un impulso por su opuesto. La hostilidad, por ejemplo, puede ser reemplazada por amistad. Sin embargo, con frecuencia la sustitución es exagerada, haciendo por consiguiente que se cuestione la autenticidad del sentimiento
  • 28. En la Regresión, la persona retrocede en el tiempo a una etapa en la que fue menos ansiosa y tenía pocas responsabilidades. La regresión ocurre con frecuencia después de una experiencia traumática. El niño que comienza a mojar la cama de nuevo cuando está asustado ante el prospecto de ir a la escuela puede estar mostrando señales de regresión.
  • 29. La Racionalización, implica tratar una emoción o impulso de manera analítica e intelectual para evitar sentirla. Como implica el término, se trata de un razonamiento defectuoso, en virtud de que el problema permanece sin resolverse en el nivel emocional. La fábula de Esopo acerca del zorro que no podía alcanzar las uvas y concluyó que era probable que estuvieran agrias es un ejemplo clásico de racionalización.
  • 30. En la Identificación, se reduce la ansiedad modelando nuestra conducta a semejanza con la de alguien más. Al asumir las características de un modelo que parece más exitoso en satisfacer sus necesidades, podemos creer que nosotros también poseemos esos atributos.
  • 31. Si no se encuentra disponible un objeto que satisfacería un impulso del ello, se puede cambiar el impulso hacia otro objeto. Esta sustitución es llamada desplazamiento. Un niño que ha sido regañado puede golpear a un hermano menor o patear al perro. Sin embargo, el objeto sustituto rara vez es tan satisfactorio como el objeto original. Por tanto, el desplazamiento no proporciona una satisfacción completa, sino que conduce a una concentración de la tensión no descargada.
  • 32. La Sublimación, recanaliza un impulso inaceptable hacia una salida más aceptable por la sociedad. Es una forma de desplazamiento que redirige al impulso mismo en lugar de al objeto. Por ejemplo, la curiosidad sexual puede ser redirigida hacia la investigación intelectual; la actividad sexual hacia el atletismo, etc. Freud sugirió que la sublimación era crucial para el desarrollo de la cultura y de la civilización. Queda claro a partir de los estudios biográficos que la sublimación fue una defensa usada en forma común por Freud.
  • 33. Los mecanismos de defensa, en sí y por sí mismos, no son perjudiciales. Nadie está libre de defensas; las necesitamos para sobrevivir. Aunque las defensas pueden bloquear la maduración personal y social si se vuelven predominantes, nos protegen de la ansiedad excesiva y con frecuencia representan soluciones creativas para nuestros problemas.
  • 34. TITULO 1 RESPONSABILIDAD Artículo 1º Como profesional, el psicólogo reconoce la responsabilidad social implicada en su trabajo, ya que puede afectar íntimamente a la vida de otros; por ello, se mantiene alerta frente a situaciones o presiones personales, sociales, institucionales, económicas o políticas, que puedan conducirlo a un abuso de su prestigio o influencia.
  • 35. TITULO 1 RESPONSABILIDAD Artículo 2º Como científico, el psicólogo dirige investigaciones allí donde su juicio le indica que son necesarias y planifica toda la investigación de manera que la posibilidad de error en sus resultados sea mínima, proporciona amplia información sobre las limitaciones de los datos e hipótesis, especialmente cuando éstos puede perjudicar a individuos o grupos científicos; publica informes completos acerca de su trabajo sin destacar jamás, sin explicación, datos que puedan tergiversar la interpretación de los resultados y evita cualquier clase de vínculos que interfieran con su objetividad.
  • 36. TITULO 1 RESPONSABILIDAD Artículo 3º Como profesor, el psicólogo reconoce su obligación primaria de ayudar a otros a adquirir conocimientos y destrezas y a mantener elevados niveles académicos y profesionales. Su docencia se distingue por la más seria objetividad y calidad académica, evitando sobrevalorar la profesión, reconociendo las limitaciones de las técnicas que utiliza, dosificando su difusión para evitar que su uso sea aplicado por personas no idóneas.
  • 37. TITULO 1 RESPONSABILIDAD Artículo 4º Como psicoterapeuta, el psicólogo reconoce que, en su actividad, debe buscar el desarrollo psicológico del cliente. Artículo 5º Como funcionario en una organización, el psicólogo tiene la responsabilidad de permanecer alerta y no aceptar presiones que pueda distorsionar sus informes, e impedir el uso inapropiado de los mismos. Artículo 6º Como docente de práctica profesional, el psicólogo proporciona supervisión adecuada y oportuna a internos y estudiantes.
  • 38. TITULO 2 COMPETENCIA Artículo 7º Los psicólogos comparten la responsabilidad de mantener normas elevadas de competencia profesional, en resguardo del interés público y de la profesión como un todo. Artículo 8º Los psicólogos rechazan la práctica de la psicología por personas ajenas a la profesión, denunciándolas ante la autoridad competente. Ayudan al público a identificar a los psicólogos que puedan brindar servicios profesionales confiables. Cuando un psicólogo o persona que se identifica a si misma como tal, viola normas éticas, los psicólogos tratan de rectificar la situación y; cuando no es posible lograrlo, plantean el caso ante el Colegio de Psicólogos del Perú.
  • 39. TITULO 2 COMPETENCIA Artículo 9º El psicólogo reconoce los límites de su competencia y los alcances de sus técnicas, y no ofrece servicios ni utiliza métodos que no cumplen las normas profesionales establecidas en cada campo particular en los aspectos que caen fuera de los límites de su propia competencia. Artículo 10º El psicólogo evita cualquier actividad en la que sus problemas personales puedan menguar sus servicios profesionales o dañar a un cliente y, si ya está comprometido en tal actividad, busca asistencia profesional competente.
  • 40. TITULO 2 COMPETENCIA Artículo 11º El psicólogo reconoce las diferencias individuales referidas a edad, sexo, posición socio económica y nivel cultural y, donde es necesario, obtiene ejercitación, experiencia y consejo que aseguren un servicio o investigación competentes relacionados con dichos individuos. Artículo 12º El psicólogo debe estar constantemente actualizado tanto profesional como científicamente en relación con los servicios que presta. Reconoce la necesidad de educación continua y se mantiene alerta a nuevos descubrimientos científicos y cambios sociales.
  • 41. Artículo 13º Como docente, el psicólogo prepara el material didáctico en forma cuidadosa, de manera que los conocimientos que imparta sean correctos, actualizados y científicos, informa sobre los avances de investigación en puntos aún no resueltos, alientan a sus colaboradores y alumnos para que contribuyan a procurar soluciones. Asimismo, se considera como miembros de un equipo científico en el que deben primar el respeto y la lealtad mutuos, de manera que cumpla en forma eficaz con los propósitos de la enseñanza e investigación. Artículo 14º El psicólogo sólo presenta como evidencia de su calificación profesional aquellos títulos reconocidos por el Colegio de Psicólogos del Perú.
  • 42. TITULO 3 NORMAS LEGALES Y MORALES Artículo 15º Como profesional, el psicólogo se mantiene informado de las disposiciones legales y vigentes referentes a su práctica profesional, se preocupa por la modificación de las leyes que puedan perjudicar al interés público o a la profesión y se ocupa de promover una legislación que favorezca a ambos. Artículo 16º El psicólogo, como ciudadano, debe respetar las normas éticas y jurídicas de la comunidad social en la que se desenvuelve.
  • 43. TITULO 3 NORMAS LEGALES Y MORALES Artículo 17º Como psicoterapeuta, el psicólogo deberá formarse de manera idónea para lograr que su actividad como tal se realice en condiciones óptimas, en beneficio del cliente. Artículo 18º Como funcionario, el psicólogo no aprueba prácticas inhumanas o discriminatorias en función de raza, edad, sexo, religión o ideología, para efectos de contratación, promoción o adiestramiento. Artículo 19º Como investigador, el psicólogo se mantiene informado de la reglamentación existente sobre la conducción de investigación con sujetos humanos y animales.
  • 44. TITULO 4 CONFIDENCIALIDAD Artículo 20º El psicólogo está obligado a salvaguardar la información acerca de un individuo o grupo, que fuera obtenida en el curso de su práctica, enseñanza o investigación. Artículo 21º La información recibida en ejercicio de la profesión se revela sólo después de las más cuidadosas deliberaciones, y cuando hay un peligro claro e inminente para un individuo o la sociedad, y únicamente a profesionales adecuados o a las autoridades públicas competentes.
  • 45. TITULO 4 CONFIDENCIALIDAD Artículo 22º La información obtenida en relaciones de tipo clínico o consultivo, o los datos de tipo evaluativo referentes a niños, estudiantes, empleados u otros individuos, se discuten sólo confines profesionales y con personas claramente relacionadas con el caso. Los informes y escritos deberán presentar únicamente datos relacionados verbales con los propósitos de la evaluación, realizando todos los esfuerzos necesarios para evitar la indebida invasión del fuero íntimo de las personas. Artículo 23º Una comunicación profesional se muestra a quien le concierne sólo con autorización expresa de quien la originó, y de las personas involucradas. El psicólogo se hace responsable de informar al cliente los límites del secreto.
  • 46. TITULO 4 CONFIDENCIALIDAD Artículo 24º El psicólogo mantiene el secreto profesional en la preservación y ordenamiento final de los informes confidenciales. Artículo 25º Los materiales clínicos u otros materiales de casos se pueden usar en la enseñanza y en publicaciones, pero sin revelar la identidad de las personas involucradas. Artículo 26º Sólo después de haber obtenido permiso explícito se publica la identidad de los sujetos de investigación. Cuando los datos se publican sin permiso de identificación, el psicólogo asume la responsabilidad de salvaguardar adecuadamente sus fuentes.
  • 47. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 5 DECLARACIONES PUBLICAS Artículo 27º Una actitud científica y el debido respeto por los límites del conocimiento actual caracterizan todas las declaraciones de los psicólogos que, directa o indirectamente, brindan información al público, evitando la exageración, el sensacionalismo, la superficialidad u otras formas de informaciones equivocadas. Artículo 28º El psicólogo se atiene a normas profesionales antes que comerciales al prestar y ofrecer sus servicios profesionales. Los anuncios de práctica individual privada se limitan a una simple enunciación del nombre, grado o títulos pertinentes más altos, número de matrícula, certificados de especialización, dirección, teléfono, horas de atención y una breve aclaración de los tipos de servicios que ofrece. Los anuncios de las situaciones pueden enumerar los nombres de los miembros del personal, con sus calificaciones. Concuerdan en los demás aspectos con las mismas normas de los anuncios individuales, asegurándose de evidenciar la verdadera índole de la organización.
  • 48. TITULO 5 DECLARACIONES PUBLICAS Artículo 29º Los psicólogos o las instituciones pertinentes que anuncien servicios profesionales no clínicos, pueden utilizar folletos que describan los servicios prestados, pero siempre que no sean evaluativos. Pueden enviarlos a profesionales, escuelas, firmas comerciales, instituciones gubernamentales u otras organizaciones similares.
  • 49. TITULO 5 DECLARACIONES PUBLICAS Artículo 30º Es inaceptable que un folleto se expongan “testimonios durante usuarios satisfechos”. No puede aceptarse el ofrecimiento de un juicio libre sobre los servicios que presta el psicólogo, si sirve para tergiversar en cualquier sentido la índole o eficacia de los mismos. Las pretensiones de que un psicólogo tiene habilidades únicas o medios excepcionales, que no están al alcance de otos de la profesión, pueden hacerse sólo si la especial eficacia de estas habilidades o medios únicos han sido demostrados con pruebas científicamente aceptables.
  • 50. TITULO 5 DECLARACIONES PUBLICAS Artículo 31º El psicólogo no debe permitir que un cliente tenga ideas exageradas acerca de la eficacia de los servicios que presta. Las afirmaciones hechas ante los clientes, en este sentido, no deben ir más allá de lo que el psicólogo estaría dispuesto a someter al análisis profesional. Artículo 32º Al anunciar sus servicios profesionales, el psicólogo no se relaciona con organizaciones cuyo auspicio esté falsamente implicado.
  • 51. TITULO 5 DECLARACIONES PUBLICAS Artículo 33º Al promover dinámica de grupo o grupos de encuentro, el psicólogo indicará claramente el propósito y la naturaleza de las experiencias a brindarse, especificando en forma apropiada el nivel educativo, de adiestramiento, y de experiencia en que se dan tales prácticas. Artículo 34º El psicólogo que se dedique a la venta de material psicológico deberá presentar sus anuncios de manera profesional y científica. La publicidad sobre los mismos deberá ser objetiva y descriptiva y no meramente emocional y persuasiva.
  • 52. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 5 DECLARACIONES PUBLICAS Artículo 35º Las personas naturales o jurídicas que se dediquen a la fabricación, publicación y venta de material psicológico deberán obtener un permiso o certificación del Colegio. Artículo 36º Cuando se da información acerca de procedimientos y técnicas psicológicas, debe cuidarse de indicar que deben ser empleados únicamente por personas competentes para ello. Artículo 37º Como profesor, el psicólogo impartirá información suficiente sobre el curso que enseñe, particularmente en relación con la materia por tratar y los criterios de evaluación respectivo. Los anuncios que realice sobre talleres, seminarios y otros programas afines deberán especificar a que nivel están dirigidos, así como los requisitos exigidos, los objetivos educacionales y la naturaleza del material por cubrir; e igualmente los niveles educativos y de capacitación, y la experiencia de los psicólogos que presentan el programa, incluyendo los costos para el alumno.
  • 53. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 5 DECLARACIONES PUBLICAS Artículo 37º Como profesor, el psicólogo impartirá información suficiente sobre el curso que enseñe, particularmente en relación con la materia por tratar y los criterios de evaluación respectivo. Los anuncios que realice sobre talleres, seminarios y otros programas afines deberán especificar a que nivel están dirigidos, así como los requisitos exigidos, los objetivos educacionales y la naturaleza del material por cubrir; e igualmente los niveles educativos y de capacitación, y la experiencia de los psicólogos que presentan el programa, incluyendo los costos para el alumno. Artículo 38º Los anuncios públicos que soliciten sujetos de investigación deben especificar claramente el tipo de servicios, los costos y otras obligaciones que deben ser asumidas por los participantes de dicha investigación.
  • 54. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 5 DECLARACIONES PUBLICAS Artículo 39º El psicólogo que se compromete en actividades de radio o televisión no participa como tal en avisos comerciales que recomiendan la adquisición o uso de un producto. Artículo 40º El psicólogo debe cuidar que su nombre sólo aparezca en actos públicos y en todo medio de difusión hablado o escrito con el máximo respeto por su calidad profesional, por su propio prestigio y el de su profesión. Artículo 41º El psicólogo que hace publicaciones relacionada con su profesión utilizando un seudónimo, debe comunicar su identidad al Colegio de Psicólogos del Perú.
  • 55. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 6 BIENESTAR DEL CLIENTE Artículo 42º El psicólogo reconoce su posición de prestigio frente a sus clientes, y por ello evita hacer mal uso de la confianza depositada en él. Artículo 43º Normalmente, el psicólogo no entre en relación profesional con miembros de su propia familia, amigos íntimos, colaboradores cercanos u otros, cuyo bienestar podría verse afectado por una relación de este tipo. Artículo 44º El psicólogo informa con anticipación a su futuro cliente acerca de los usos, quehaceres y circunstancias importantes de la relación potencial entre ambos, ya que podrían influir en la decisión del cliente antes de entrar en esa relación. Dichos usos, quehaceres y circunstancias importantes incluyen el registro con grabadora de una entrevista, el empleo del material de la entrevista con fines de capacitación y la observación de una entrevista por otras personas.
  • 56. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 6 BIENESTAR DEL CLIENTE Artículo 45º Cuando el cliente no está capacitado para evaluar una situación, se informa a la persona responsable del cliente, acerca de las circunstancias que pueden influir sobre la relación. Artículo 46º El psicólogo que pide a un individuo que revele información personal en el curso de entrevistas, tests o evaluaciones, o que permite que se le revele tal información, lo hace sólo después de estar seguro de que la persona responsable tiene total conocimiento de los propósitos de la entrevista, el test o la evaluación y de las maneras en que pueden utilizarse la información. Artículo 47º El psicólogo trata de terminar una relación clínica o consultiva cuando está suficientemente en claro que el cliente no se beneficia con la misma.
  • 57. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 6 BIENESTAR DEL CLIENTE Artículo 48º Cuando hay un conflicto entre profesionales, el psicólogo se preocupa primordialmente por el bienestar de todo cliente involucrado y, sólo secundariamente, por los intereses de su propio grupo profesional. Artículo 49º En las organizaciones laborales, en la educación y en otras situaciones en las que pueden surgir conflictos de intereses entre diversas partes, tales como empresarios y trabajadores o entre el cliente y el empleador del psicólogo, éste define la índole y dirección de sus responsabilidades e informa al respecto a todos los interesados.
  • 58. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 6 BIENESTAR DEL CLIENTE Artículo 50º En los casos en que debe remitir a un paciente, la responsabilidad del psicólogo continúa hasta que el otro profesional, o sea, el recibiente, asume la responsabilidad, o hasta que la relación con el psicólogo que hiciera la remisión termine por mutuo acuerdo. En los casos en que el cliente rechaza la remisión, el psicólogo evalúa cuidadosamente el posible daño para el cliente, para sí mismo y para su profesión que se pueden derivar si la relación continúa. Artículo 51º Debe asegurarse un ambiente apropiado para la labor profesional, a fin de proteger tanto al cliente como al psicólogo contra daños reales o atribuibles, que puedan originar censuras a la profesión.
  • 59. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 7 UTILIZACION DE TECNICAS DE DIAGNOSTICO Artículo 52º El cliente tiene el derecho de recibir y el psicólogo el deber de explicar la naturaleza y propósito de la evaluación psicológica y de dar los resultados de ésta en un lenguaje que el cliente pueda comprender, a menos que exista una excepción explícita previamente acordada, como es el caso de ambientes escolares y empresariales. Artículo 53º El psicólogo debe demostrar que la validez de los programas y procedimientos usados para la interpretación de pruebas psicológicas (test) se basa en evidencia apropiada. Artículo 54º El psicólogo que tiene la responsabilidad de tomar decisiones sobre individuos, basándose en resultados de pruebas psicológicas (tests) tiene una adecuada comprensión de los problemas de medición, validez y confiabilidad.
  • 60. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 7 UTILIZACION DE TECNICAS DE DIAGNOSTICO Artículo 55º El uso y la elaboración de pruebas psicológicas (tests) exámenes, diagnósticos e informes psicológicos es privativo del psicólogo y no de otro profesional. Artículo 56º Al informar sobre los resultados, el psicólogo debe indicar cualquier reserva relacionada con la validez o confiabilidad que resulte de la evaluación o de la inadecuación de las normas de la evaluación para la persona evaluada. Artículo 57º El psicólogo se asegura de que los resultados de la evaluación y su interpretación no sean mal usados por terceros. Artículo 58º El psicólogo acepta la responsabilidad de remover, del archivo del cliente, información sobre puntajes que estén obsoletos a fin de que no sea utilizada en desmedro de la persona evaluada.
  • 61. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 7 UTILIZACION DE TECNICAS PARA EL DIAGNOSTICO Artículo 59º Los puntajes, así como los materiales de evaluación, se ofrecen sólo a las personas calificadas para interpretarlos y usarlos adecuadamente. Artículo 60º Los resultados de la evaluación u otros datos de apreciación utilizados para evaluar o clasificar se comunican a los empleadores, parientes u otras personas apropiadas, de tal manera que se eviten las malas interpretaciones o su uso inadecuado. La comunicación sobre el resultado de una evaluación debe darse, de preferencia, en forma de interpretación de dicho resultado, y no en forma de puntajes.
  • 62. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 7 UTILIZACION DE TECNICAS PARA EL DIAGNOSTICO Artículo 61º El psicólogo es responsable del control de las pruebas psicológicas (tests) y otros procedimientos utilizados con fines de instrucción, cuando su valor pueda ser dañado por revelarse al público general sus contenidos específicos o los principios subyacentes. Artículo 62º Los ítems de muestra, construidos para que se asemejen a determinados tests, pueden reproducirse en artículos de divulgación, pero los tests computables y los ítems reales no se reproducen, excepto en publicaciones profesionales. Artículo 63º Las pruebas psicológicas y otros medios de evaluación, cuyo valor depende, en parte del desconocimiento del sujeto, no se reproducen ni describen en publicaciones populares de modo que puedan anular las técnicas. El acceso a estos medios deberá limitarse a personas con intereses profesionales que salvaguarden su uso.
  • 63. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 7 UTILIZACION DE TECNICAS PARA EL DIAGNOSTICO Artículo 64º Las pruebas psicológicas se ofrecen para su publicación comercial únicamente a los editores que las presentan en forma profesional y que las distribuyen sólo a usuarios idóneos. Artículo 65º Un manual sobre un test, un libro técnico u otro informe adecuado sobre el mismo, describe el método de construcción y estandarización del test y sintetiza los estudios de validación. En el manual se especifica las poblaciones para las que ha sido formulado el test y los propósitos en que puede ser útil. También se fijan claramente las limitaciones así como su posible validez, cuando las investigaciones escasean o son incompletas. En particular, el manual previene acerca de posibles interpretaciones sin respaldo suficiente, e indica el nivel de los conocimientos requeridos para una interpretación correcta del test y sus resultados.
  • 64. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 8 EL INFORME PSICOLOGICO Artículo 66º El informe psicológico debe tomar en cuenta y responder específicamente al motivo por el cual se llevó a cabo. Artículo 67º El informe psicológico debe ser redactado de acuerdo con los principios vigentes aceptados por la comunidad psicológica. Será firmado por el psicólogo que lo elaboró quien incluirá también el número de su matrícula de colegiación. Artículo 68º Los informes laborales y las recomendaciones basadas en datos de la información psicológica, no deben recargarse con análisis detallados de rasgos de personalidad, tales como los que se podrían elaborar sólo después de entrevistas con el sujeto. Tampoco darán recomendaciones específicas respecto al empleo o colocación del sujeto, ya que el psicólogo no debe interferir labores que competen a la administración empresarial, señaladamente en el caso de los métodos de reclutamiento.
  • 65. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 9 RELACIONES PROFESIONALES Artículo 69º El psicólogo no ofrece sus servicios profesionales a una persona que recibe atención psicológica de otro profesional, excepto por acuerdo con su colega o cuando haya terminado la relación del cliente con el otro profesional. Artículo 70º Los psicólogos que trabajan juntos o asociados deben informar al cliente acerca de dicha vinculación. En igual forma deberán actuar los psicólogos que trabajan como empleados de otros psicólogos. Artículo 71º El psicólogo tiene una clara comprensión de las áreas que competen a profesionales afines. La ausencia de relaciones formales con otros profesionales no lo revela de la responsabilidad de obtener la asistencia complementaria o alternativa requerida por sus clientes.
  • 66. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 9 RELACIONES PROFESIONALES Artículo 72º El psicólogo reconoce las tradiciones y prácticas de otros grupos profesionales y coopera ampliamente con los miembros de dichos grupos. Artículo 73º El psicólogo que emplea o supervisa a otros colegas o a internos de psicología, acepta la obligación de contribuir a su desarrollo profesional, proveyendo condiciones de trabajo adecuado, consultas y oportunidades de adquirir experiencias. Artículo 74º Cuando un psicólogo se ve imposibilitado por razones ajenas a su voluntad de atender a sus clientes privados y su condición económica es difícil, es deber moral de sus colegas y amigos reemplazarle en la atención a esos clientes y entregarle los honorarios recibidos.
  • 67. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 9 RELACIONES PROFESIONALES Artículo 75º Cuando un psicólogo abandona a su cliente por motivos no profesionales ni de fuerza mayor, los colegas que reciban a los pacientes que los soliciten podrán atenderlos por tiempo indefinido, sin que exista obligación de reenviarlos al consultorio del primero. Artículo 76º Los psicólogos se deben respeto mutuo, evitando las expresiones o críticas que puedan herir la reputación moral o científica de cada uno. Dichas expresiones o críticas, en último término, perjudican al buen nombre de la profesión.
  • 68. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 10 RELACION CON INSTITUCIONES Artículo 77º Toda asociación psicológica, en cuyo Estatuto o Reglamento existan disposiciones sobre el comportamiento ético de los asociados, deberá enviar el texto de éstas al Consejo Directivo Nacional correspondiente, para que determinen si están en concordancia con la Ley, Estatutos, Reglamento y Código de Ética del Colegio. El Consejo formulará las observaciones y la institución deberá conformar su Reglamento en consecuencia. Artículo 78º Toda institución que confronte un problema interno de ética para el cual requiera una opinión autorizada, podrá presentarlo a la consideración del Consejo Directivo Nacional en calidad de consulta.
  • 69. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 11 ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Artículo 79º Al diseñar una investigación, el profesional asume la responsabilidad de realizar una evaluación cuidadosa de su aceptabilidad ética. En la medida en que esta evaluación sugiera un compromiso con algunos de los principios éticos, el investigador tiene obligación de buscar consejo ético y de salvaguardar los derechos humanos de los participantes. Artículo 80º La responsabilidad por el establecimiento y mantenimiento de prácticas éticas en la investigación descansa siempre en el investigador mismo. Esta responsabilidad abarca el tratamiento dado por los colaboradores, asistentes, estudiantes y empleados todos los cuales asumen igual responsabilidades paralelas.
  • 70. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 11 ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Artículo 81º El investigador debe informar al participante de todas las características de la investigación que puedan influir en su decisión de participar y de explicar otros aspectos de la investigación sobre los que pregunte le participante. El no revelar aquellos que es pertinente añade peso a la responsabilidad del investigador, pues tiene obligación de proteger el bienestar y dignidad del participante. Artículo 82º La apertura y honestidad son características esenciales de la relación entre el investigador y el sujeto de investigación. Cuando los requerimientos metodológicos de un estudio exigen retener información, el investigador debe asegurarse de que el participante comprenda los motivos para este acto y tener justificaciones suficientes para los procedimientos empleados.
  • 71. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 11 ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Artículo 83º El investigador debe respetar la libertad del individuo para declinar su participación, o para que se retire de la investigación. La obligación de proteger esta libertad presupone constante vigilancia, señaladamente cuando el investigador está en una posición de prestigio sobre el participante como sucede por ejemplo, cuando este último es un estudiante, cliente, empleado o quienquiera que esté en una relación interpersonal con el investigador. Artículo 84º Una investigación éticamente aceptable comienza con el establecimiento de un acuerdo claro y justo entre el investigador y el participante. Se especificarán con claridad las responsabilidades de cada uno. El investigador tiene la obligación de honrar todas las promesas y compromisos en el acuerdo.
  • 72. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 11 ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Artículo 85º Después de recoger los datos, el investigador proporciona al participante información sobre la naturaleza del estudio, a fin de aclarar cualquier mal entendido que pueda haber surgido. En los casos en que los valores científicos o humanos justifican retener información, el investigador adquiere una especial responsabilidad de evitar consecuencias perjudiciales para el participante. Artículo 86º El investigador considera seriamente la posibilidad de que se produzcan efectos negativos posteriores y los elude o elimina tan pronto como se lo permita el plan del experimento.
  • 73. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 11 ACTIVIDADES DE INVESTIGACION Artículo 87º La información obtenida sobre los participantes de una investigación durante el curso de la misma es confidencial, a menos que haya habido un acuerdo contrario previo. Cuando exista la posibilidad de que terceros tengan acceso a dicha información, esta posibilidad, así como las medidas para proteger la confidencialidad, deben ser explicadas a los participantes como parte del proceso para obtener el consentimiento de estos últimos.
  • 74. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 12 PROPIEDAD INTELECTUAL Artículo 88º El psicólogo tiene derecho de propiedad intelectual sobre todo documento que elabore sobre la base de sus conocimientos profesionales. Artículo 89º Los materiales que prepara un psicólogo como parte de su trabajo regular bajo la dirección específica de su organización, con propiedad de la misma, pero el psicólogo tiene el derecho de propiedad intelectual. Artículo 90º Los trabajos científicos presentados en congresos, jornadas, simposio, conversatorios, etc. o los publicados en revistas científicas y profesionales son propiedad intelectual del autor.
  • 75. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 12 PROPIEDAD INTELECTUAL Artículo 91º El material que resulte incidentalmente de la actividad patrocinada por cualquier institución, y por la cual el psicólogo asume responsabilidad individual, es publicado con deslinde de toda responsabilidad por parte de la institución que lo patrocina. Artículo 92º El derecho de propiedad intelectual de trabajos de investigación en equipo pertenece, en primer lugar, al psicólogo que ha programado la labor y trabajo activamente en su desarrollo; por ello, su nombre irá en primer lugar, y en segundo, tercer, etc. lugar a los coautores en orden decreciente de grado de colaboración.
  • 76. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 12 PROPIEDAD INTELECTUAL Artículo 93º Todo psicólogo está obligado a comunicar y discutir sus experiencias, el producto de su investigación y, en general, su producción científica, dentro del ámbito de las instituciones correspondientes a su campo de acción, y de solicitar la publicación de sus trabajos en revistas de su especialización profesional. Toda discrepancia debe ser discutida en estos ámbitos, evitando que su difusión al público pueda provocar errores de interpretación, confusión de ideas o desconfianza. Artículo 94º La difusión al público de hechos científicos debidamente sancionados debe ser cuidadosa, de tal manera, que no pueda ser interpretada como un deseo de exhibicionismo personal y sólo se transmitirá al público por intermedio de las instituciones psicológicas.
  • 77. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 12 PROPIEDAD INTELECTUAL Artículo 95º Las contribuciones menores de carácter profesional y no profesional, a un trabajo de investigación en equipo, son reconocidos como pie de página o en una declaración introductoria. Los reconocimientos del material publicado y no publicado que hayan tenido influencia directa en la investigación o publicación se harán mediante citas específicas. Artículo 96º Un psicólogo que recopila el material de otros para su publicación debe incluir el nombre del grupo originador; si lo hubiere, y con su propio nombre como editor. Todos los contribuyentes deben ser también reconocidos y mencionados.
  • 78. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 13 NOMBRAMIENTOS PROMOCIONES Y CONCURSOS Artículo 97º La Ley confía al Colegio de Psicólogos del Perú el estudio y la formulación de normas y procedimientos legales relacionados con los concursos, nombramientos y designaciones de carácter psicológico, a fin de que dichas normas y procedimientos se ajusten a las disposiciones del presente Código. Artículo 98º Será motivo de investigación y sanción el hecho de que una persona no apta para el ejercicio legal de la profesión pueda obtener un nombramiento a través de esos procedimientos. Artículo 99º Es deber de todas las instituciones, oficiales o privadas, cubrir sus plazas por estricto concurso, sujetos a las disposiciones legales vigentes en el momento.
  • 79. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 13 NOMBRAMIENTOS PROMOCIONES Y CONCURSOS Artículo 100º Todos los psicólogos matriculados en el Colegio tienen los mismos derechos y deberes. Constituyen grave falta contra la ética y la libertad de trabajo, restringir el derecho de concursar por intereses de grupo o individuo. Artículo 101º Los documentos presentados por el psicólogo en los concursos deben ser auténticos. Cualquier adulteración u omisión será denunciado al Consejo Directivo Regional y, de ser necesario, elevada al Consejo Directivo Nacional para la aplicación de sanciones. Artículo 102º Constituye actos reñidos con la ética profesional, tratar de obtener ventajas en concursos para cargos por medios ilícitos, tales como las recomendaciones de orden político o social, la presión por autoridades, instituciones o personas, la usurpación de pruebas o cualquier acto delictuoso para conocer previamente el cuestionario, etc.
  • 80. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 13 NOMBRAMIENTOS PROMOCIONES Y CONCURSOS Artículo 103º Son condiciones imperativas de todos los miembros del jurado; la observancia de estricta imparcialidad, el cumplimiento fiel del Reglamento y la adopción de todas las precauciones necesarias para garantizar igualdad en el trato a todos los concursantes. Artículo 104º Si algún concursante considera vulnerados sus derechos por vicios procesales u otras causas que impliquen nulidad, puede solicitar en el término de los próximos ocho días hábiles, la revisión comparada de su documentación con la de sus competidores. Sin embargo, el abuso de este derecho constituye un atentado contra la ética y podrá ser causal de sanción.
  • 81. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 14 HONORARIOS Artículo 105º En el ejercicio libre, el psicólogo fijará el monto de sus honorarios, teniendo en cuenta su derecho a recibir una compensación que contribuya equitativamente a su mantenimiento decoroso, a su permanente y progresiva capacitación científica y al sostenimiento de su hogar. Artículo 106º Los honorarios ostensiblemente exagerados con fines de lucro, así como los indiscriminadamente reducidos, con propósitos de captación de clientela o de competencia de tipo comercial, son antagónicos con la honestidad, el sentido humano de la profesión, y la eficiencia del trabajo psicológico. Artículo 107º Al fijar honorarios profesionales, el psicólogo considera cuidadosamente tanto la capacidad del cliente para afrontar el gravamen financiero como los honorarios fijados por otros profesionales que realizan trabajos comparables.
  • 82. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 14 HONORARIOS El psicólogo está dispuesto a destinar una parte de sus servicios a trabajos por los cuales reciba escasa o ninguna retribución financiera. Artículo 108º El psicólogo no da ni recibe ninguna comisión o descuento, ni otra forma de remuneración, por la remisión de clientes necesitados de servicios profesionales. Artículo 109º El psicólogo no utiliza su relación con sus clientes para promover, en su beneficio personal o en el de una institución, acciones comerciales de ningún tipo.
  • 83. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 15 HORARIOS Artículo 110º El psicólogo de libre ejercicio debe fijar a voluntad el horario de atención a sus clientes, respetándolo en consideración a ellos.
  • 84. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 16 ELECCIONES Artículo 111º Fórmula normal, dentro de la naturaleza del Colegio, es la que de que los electores buscan y presentan un candidato y que éste acepta el compromiso del honor y responsabilidad que se le ofrece. La fórmula contraria, esto es, que el candidato se ofrezca y busque el compromiso de los electores, es contraria a las normas éticas. Artículo 112º Consecuentemente, todo tipo de propaganda o publicidad dirigida por los propios candidatos para exhibir sus méritos, en la forma que es usual en las organizaciones políticas, no está de acuerdo con las normas éticas del gremio.
  • 85. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 17 OBLIGACIONES PECUNIARIAS Artículo 113º El pago de las obligaciones pecuniarias que el Colegio establezca constituye obligación legal y moral para los colegiados. El incumplimiento de esto será motivado de proceso disciplinario a nivel del Consejo Directivo Regional respectivo. Al efecto, se tendrán en cuenta las circunstancias especiales de cada caso. Las resoluciones serán comunicadas al Consejo Directivo Nacional para efectos de la anotación en los antecedentes.
  • 86. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 18 AUSENTISMO Artículo 114º a) El ausentismo injustificado a las sesiones de los organismos del Colegio de Psicólogos del Perú, así como el incumplimiento de las comisiones o encargos dados por acuerdo de los organismos directivos del Colegio, son calificables de negligencia. b) La ausencia injustificada a cuatro sesiones o reuniones será considerada como abandono de cargo y el causante quedará separado de dicho cargo. Artículo 115º En caso de existir un impedimento justificado para asistir a las sesiones o cumplir una comisión o encargo del Colegio, el designado deberá excusarse oportunamente por escrito.
  • 87. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 19 EJERCICIO PROFESIONAL Artículo 116º Además de las condiciones generales que establecen las leyes para el ejercicio de la profesión de psicólogo, existe el mandato expreso del Decreto Ley N° 23019 coordinado con el Decreto Supremo N° 018-80-PM que exige el requisito de la colegiación para desarrollar cualquier actividad profesional en el campo clínico, educativo, social, laboral, docente, de investigación y toda otra que requiera la posesión del título de psicólogo. Artículo 117º La presentación de documentación incompleta o adulterada, así como el empleo de recursos irregulares para obtener el título profesional, o la revalidación de un título extranjero, constituye grave falta contra la ética profesional, sin perjuicio a la investigación y sanciones penales que corresponda por el ejercicio ilegal de la profesión.
  • 88. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 19 EJERCICIO PROFESIONAL Artículo 118º Además del comportamiento ético dentro de la actividad profesional, el psicólogo tiene el deber de conducirse en igual forma en todos los actos de su vida. Artículo 119º Los organismos del Colegio no aceptarán ni tramitarán acción por hechos que se refieran exclusivamente a la vida privada del psicólogo, salvo en los casos en que, por circunstancias extraordinarias, estos hechos hayan interesado a la opinión pública, causando agravio a la sociedad y, en consecuencia, lesionado el honor y prestigio de la profesión. Artículo 120º Constituye grave infracción del Código de Ética Profesional y será sancionado conforme a las correspondientes disposiciones del Reglamento Interno y el Estatuto del Colegio de Psicólogos del Perú, sin perjuicio de las sanciones penales por ejercicio ilegal de la profesión.
  • 89. EL CODIGO DE ETICA DEL PSICOLOGO PERUANO TITULO 19 EJERCICIO PROFESIONAL a) Quienes ostenten un título de psicólogo expedido por una universidad extranjera, toda vez que no esté revalidado por una universidad peruana, que tenga Facultad o Escuela de Psicología o no se haya registrado en la forma establecida para los títulos provenientes de países con quienes existen tratados específicos de intercambio profesional. b) Todo psicólogo con título legal, pero no matriculado en el Colegio de Psicólogos del Perú. c) Toda persona que ejerza funciones o actividades de psicólogo sin tener el título correspondiente aunque posea títulos o grados de otra profesión. d) Toda persona que, sin tener título alguno, ejerza funciones o actividades de psicólogo.