2. La diferencia entre contrato informático y
contrato electrónico.- es el formato del contrato y
el medio empleado para la contratación, el
medio tiene que ser electrónico, en los contratos
informáticos puede ser informático físico, lo que
importa es el objeto materia del contrato y este es
un bien o servicio informático, o el acceso de
hosting, que es un espacio virtual a la red, la
página web es el objeto del contrato por lo que
es el objeto y una parte excluyente que
diferencia de los demás contratos electrónicos,
puede ser cualquier tipo de contrato, sin importar
el medio/es un contrato electrónico).
3. Participantes en el comercio electrónico, pueden
ser cualquier persona, asimismo también participa
del comercio electrónico el estado, y es por ello
que concluimos que el espacio es infinito ya que
cualquier persona puede participar del comercio
electrónico, denominado mercado infinito, es por
ello que decimos que sus ventajas son:
- Reducción de personal, permite la existencia de
reducción de costos y desaparecen
intermediarios, y es posible la facilidad del
comercio desde el acceso irrestricto, es decir no
se necesita esperar para poder comercializar a lo
que yo quiera y a la hora que uno quiera.
4. - Asimismo la ampliación del mercado, ya que el comercio
electrónico es comerciar con el mundo ya que cualquier persona
que esté en la red es un mercado potencial.
- Canales de comunicación con los clientes mas ricos en
información,
- Nuevos canales de ventas,
- Ahorro en los costos de comunicación,
- Aceleración del proceso de puesta en el mercado,
- Servicio al cliente sumamente mejorado,
- Mejora de la imagen de la marca,
- Aprendizaje tecnológico más rápido,
- Relación más cercana con los clientes,
- Mejora de la capacidad de innovación del producto o servicio,
y
- Disponibilidad de nuevos modelos de negocios.
5. Desventajas
- Mayor desocupación ya que las personas que
antes trabajaban y aquellas personas que estaban
acostumbradas a tener un jefe y preservar un horario
establecido.
- La dificultad para identificar a las partes, ya que
cuando uno encuentra una oferta muy buena en
internet, quizás no se sepa quién es el que ofrece y
quien es el que está detrás del ordenador. - No
existe una normatividad legal que pueda permitir
proteger las normas y las transacciones mercantiles
electrónicas, y actualmente ahora se puede pedir y
solicitar una firma digital, a manera de proteger los
derechos de autor, o sino que se respete la
transacción que se realiza electrónicamente.
6. - La transacción no queda registrada, si nos
podemos en referencia al comercio
electrónico y que se puede realizar entre
todas las personas alrededor del mundo, no
existe un control acerca de la transacción.
NOTA: Las redes sociales actualmente es una
ciudad virtual, ya que una persona realiza
todas las actividades mercantiles y diarias
que se realizaba antes pero que ahora está
detrás de un ordenador y sentado en su
computador.