1. Documento guía del curso virtual
2016
RENDICIÓN DE CUENTAS
Programa de formación “Transparencia pública” para
docentes universitarios.
Facilitadora:
Aurora Cubías
Directora de Transparencia Institucional
Secretaría de Participación, Transparencia y Anticorrupción de la
Presidencia de El Salvador
2. Aurora Cubías
Directora de Transparencia Institucional
Secretaría de Participación, Transparencia y Anticorrupción de la Presidencia de El Salvador
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JORNADA DE INICIO: PRESENCIAL
3. Aurora Cubías
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CURSO VIRTUAL. Capítulo introductorio: LOS ANTECEDENTES DE LA
RENDICIÓN DE CUENTAS
La definición de rendición de cuentas, tal y como la conocemos ahora, es de reciente construcción
y solo revisando bajo esa lupa, los hechos del pasado es que se ha encontrado que de alguna forma,
los sistemas políticos anteriores tuvieron algunos principios o indicios de la necesidad de contar
siempre con un cierto nivel de control sobre las responsabilidades de quienes tenían una
responsabilidad pública y los medios para reconocer su cumplimiento o sancionar su
incumplimiento.
La mayoría de analistas histórico-políticos, ubican el nacimiento de la rendición de cuentas con la
democracia representativa, pues se asume que esta obligación nace de la delegación de poder que
se hace de los representados a los representantes, tal es el caso del sistema de pesos y contrapesos
plasmado en la Constitución estadounidense de 1789 (Sánchez Hernández, 2007).
Sin embargo se ha encontrado que en la democracia de Atenas, que era directa, existía la figura del
EUTHYNA (plural euthynai “enderezamiento”) que era la rendición de cuentas que debía pasar todo
cargo público tras la expiración de su mandato en la Grecia clásica, para lo cual se desarrollaban dos
procesos: a) el logos, relacionado directamente al manejo de las cuentas públicas y que era llevado
a cabo por un comité de diez logistai (contables); y b) la euthynai que se realizaba luego de haber
sido exculpado del logos el cargo saliente y se llevaba a cabo por un comité de 10 euthynoi
(enderazodres), con dos asesores cada uno, designados por sorteo en una asamblea restringida de
ciudadanos (Boulé) que sesionaban durante tres días escuchando acusaciones de cualquier
ciudadano miembro sobre el funcionario saliente y luego estimaban si era necesario llevarlas o no
a tribunal. (Pons y Pons Belmonte, 2010).
Por el contrario, en la época de las monarquías no existieron figuras de este tipo, pues los monarcas
habían sido designados por Dios, por lo que consideraban que solo debían rendir cuentas ante él.
Esto se basaba en que no había elección popular sino sucesión familiar o por arreglos entre reinos.
Max Weber, por su parte, realizó aportes relevantes al tema de la soberanía y la representación, al
manifestar que “la legitimidad racional supone soberanía popular y un pacto del pueblo que
reconoce la necesidad de que las instituciones y estructuras de autoridad existan y de que
determinadas personas mantengan el control sobre ellas” el gobernante es únicamente poseedor
del poder por el tiempo que le ha sido delegado por la ciudadanía. (UNAM, Sin fecha)
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Conforme fueron apareciendo y desarrollándose los conceptos de soberanía y legitimidad, la
rendición de cuentas va teniendo un rol más relevante, por ello es que se relaciona con el inicio de
los sistemas representativos, justamente con el federalista James Madisson1
a finales del siglo XVIII
quien en sus escritos plantea que el pueblo tiene la facultad de delegar poder y autoridad en el
gobierno en función de un interés general, pero también tiene el derecho de exigir cuentas a quienes
elegía como sus representantes; de la misma forma lo retoma John Stuart Mill en su libro “Del
gobierno representativo”, más adelante. En aquella época la preocupación fundamental era no
permitir que intereses particulares se impusieran sobre el interés general de la nación. Estas ideas
de Madisson, según los estudiosos, se basan en algunas ideas concebidas por John Locke quien
proponía un gobierno limitado, con autoridad posible de ser revocada, la soberanía popular e inició
las ideas de la doctrina de la separación de poderes y del Estado de Derecho.
Los federalistas fueron más allá que Locke, pues desarrollaron el sistema de pesos y contrapesos
para que ningún poder fuera más fuerte que otro, pero como podemos observar, esta idea de no
depositar todos los poderes en una sola institución tuvo raíces intelectuales al menos cien años
antes. (UNAM, Sin fecha).
Anterior a esto, en Inglaterra, se adoptó la idea del “gobierno responsable”, basándose en la teoría
de la división de poderes de Montesquieu, cuando estaba transitando de la monarquía absoluta a
la monarquía limitada2
; lo que significaba rendición de cuentas y responsabilidad del Ejecutivo ante
el Parlamento (principalmente ante su cámara electiva, la de los Comunes) y, por extensión, tanto
el Ejecutivo y la Cámara de los Comunes ante electorado. (Emmerich, 2004).
La rendición de cuentas en América Latina
En América Latina la mayoría de países adoptaron en sus constituciones los principios y formas de
gobierno que se desarrollaron en el resto del globo, sin embargo no es desconocido que la
tradicional cultura del presidencialismo, patrimonialismo, clientelismo y del autoritarismo han sido
obstáculos severos que no permitieron avanzar de una democracia “delegativa” a una democracia
1
James Madisson, cuarto Presidente de los Estados Unidos (1809-1817) que encabezó la corriente de los federalistas y se le conoce como
“El Padre de la Constitución”.
2
En el año 1689, tras acabar con la monarquía absoluta de los Estuardo, el Parlamento inglés obligó al nuevo monarca, Guillermo de
Orange, a jurar la Declaración de Derechos (The Bill of Rights), en la cual se limitaba los poderes del monarca y se sometía algunas de sus
decisiones al Parlamento.
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“representativa”. Contar con elecciones cada cierto período constituía uno de los parámetros
fundamentales de medición para determinar si existía o no democracia, al menos hasta los años 80.
La creación del Estado de Derecho en el siglo XX, incorporó la creación de instancias de control al
poder político con el fin de evitar los abusos de poder, es así como surgen las contralorías o Cortes
de Cuentas y los informes de algunos Órganos de Estado ante el poder legislativo. Sin embargo, la
ciudadanía seguía ausente. Así las primeras acepciones de rendición de cuentas se reducían al tema
fiscal y se desarrollaban de forma “horizontal”, es decir, entre pares.
Sin embargo, desde la década de los 90 se han elaborado diversos escritos que promueven la
gobernabilidad democrática o el buen gobierno como la aspiración máxima de todo Estado, no solo
para cumplir debidamente con su rol, sino para satisfacer plenamente las necesidades de las
personas de acuerdo a la capacidad institucional que tenga bajo los principios de la eficiencia y la
eficacia, sino también de la incorporación de las personas a la definición de la política pública que
se implementa para que se elabore e implemente desde la realidad de las personas involucradas o
afectadas. El Estado de Derecho pasa a jugar un rol más relevante no solo como teoría, sino como
demanda para que la gobernabilidad democrática sea efectiva. (Ancira, 2003)
De ahí que abrir espacios de diálogo entre gobernantes y gobernados se haya vuelto uno de los
temas de mayor relevancia desde entonces, pues solo a través de hacer partícipe a la ciudadanía de
los asuntos públicos, ese diálogo y soluciones consensadas son posibles.
En esa lógica, la rendición de cuentas es uno de los espacios a través de los cuales se puede
establecer un diálogo entre representantes y representados y se puede dar seguimiento al manejo
de los recursos públicos, pero no es suficiente para garantizar que los gobiernos actúen de forma
coherente con los principios democráticos que sus Constituciones establecen. Por eso surgió la
propuesta de la “democracia participativa”, que incorpora a la población no solo para elegir a sus
representantes, sino para ejercer control permanentemente sobre ellos y a otras formas de
involucrarse directamente: presupuestos participativos, consultas populares, referéndum,
plebiscitos, control social y en algunos países, hasta la posibilidad de revocatoria de mandato son
algunos de los elementos que fortalecen el buen gobierno.
Para los años dos mil en adelante, se incorpora el concepto de transparencia como requisito de los
gobiernos democráticos, definiéndose como “el acceso ciudadano oportuno, suficiente y
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garantizado a información relativa al desempeño de las funciones públicas” y la rendición de cuentas
pasa a ser parte de la transparencia como uno de sus pilares.
En el caso particular de El Salvador, fue hasta el año 2002 cuando por primera vez se asume la
rendición de cuentas hacia la ciudadanía en el ámbito municipal, a través de una ordenanza
impulsada por el Alcalde de aquella época denominada “Ordenanza para la transparencia en la
gestión municipal y la participación ciudadana del Municipio de San Salvador”. Y luego en el año
2006 entran en vigencia las reformas al Título IX del Código Municipal incorporando la rendición de
cuentas a la población como uno de los mecanismos de transparencia que los gobiernos locales
debían implementar. A nivel nacional este tipo de rendición de cuentas se desarrolla a partir del año
2010, únicamente en el Órgano Ejecutivo y por orden presidencial, haciendo que todas sus
instituciones rindieran cuenta de su gestión cada año.
Hasta aquí un breve recorrido por los antecedentes de la Rendición de Cuentas. En la siguiente
semana ahondaremos más sobre algunos conceptos abordados en este documento.
Referencias
Ancira, A. (2003). Gobernabilidad democrática en América Latina. México: Organización de Estados
Americanos, OEA. Recuperado el 11 de 09 de 2016, de http://www.summit-
americas.org/SpecialSummit/CallforEssays/Andrea_Ancira.doc
Emmerich, G. E. (2004). Transparencia, rendición de cuentas, responsabilidad gubernamental y
participación ciudadana. (U. A. Iztapalapa, Ed.) POLIS: Investigación y Análisis Sociopolítico
y Psicosocial, 2(4), 67-90. Recuperado el 11 de 09 de 2016, de
http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=72620404
Pons y Pons Belmonte, J. O.-N. (30 de 05 de 2010). http://constitucionweb.blogspot.com/.
Recuperado el 11 de 09 de 2016, de
http://constitucionweb.blogspot.com/2010/05/constitucion-de-atenas-aristoteles-
332.html
Sánchez Hernández, M. A. (03 de 2007). EUMED. Recuperado el 11 de 09 de 2016, de
http://www.eumed.net/tesis-
doctorales/2008/mash/La%20rendicion%20de%20cuentas%20en%20la%20historia%20de
%20la%20democracia.htm
UNAM. (Sin fecha). http://biblio.juridicas.unam.mx/bjv. Obtenido de
http://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3555/11.pdf
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Capítulo I: CONCEPTUALIZACIÓN DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS
Tratar de conceptualizar la rendición de cuentas no es tarea fácil, no solo porque el término apareció
primero en los países anglosajones y no existe una traducción exacta para él, sino porque se
desarrolla y amplía constantemente de acuerdo a las experiencias particulares desarrolladas en la
región latinoamericana.
Aun así hay consensos sobre algunos contenidos de su significado, características, componentes,
actores, importancia para la vida democrática de los países y como un factor que contribuye a
reducir los espacios de corrupción en el ámbito del poder político.
En este documento se recopilan los principales aportes realizados al tema, con la claridad de que en
poco tiempo se habrán desarrollado aún más y de que existen una infinidad de escritos que no
pueden ser abordados aquí pero que se incluyen en una lista de referencias que pueden contribuir
a profundizar más sobre el mismo.
Andreas Schedler3
Andreas Schedler se ha convertido en el académico más reconocido en América cuando se trata de
conceptualizar la rendición de cuentas. En 1999, con su ensayo “Conceptualizing Accountability”4
abrió las puertas, no solo para las discusiones académicas, sino para la adopción de este mecanismo
como un elemento intrínseco de la democracia.
La traducción y adaptación que hizo sobre el término accountability, incorpora la idea de que los
gobernantes debe estar dispuestos al escrutinio ciudadano, que sus actos deben ser justificados y
que igualmente deben aceptar las sanciones que les correspondan a sus faltas o ilegalidades. En ese
sentido, la rendición de cuenta son resuelve por sí sola la corrupción, pero si forma parte de un
entramado institucional suficiente, es altamente contributiva y preventiva.
3
Profesor del Centro de Investigación y Docencia Económicas, oficinas de México... Australiano, Doctor en ciencias políticas, especializado
en política comparada, democratización, autoritarismo electoral y análisis conceptuales.
4
Se trata de un ensayo que forma parte del libro The Self-Restraining State: Power and Accountability in New Democracies, compilado
por el propio Schedler, Larry Diamond y Marc F. Plattner, publicado por Lynne Rienner Publishers, 1999.
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El concepto
Schedler explica que los conceptos anglosajones, en política comparada, cuando viajan hacia otras
regiones no logran ser traducidos de forma exacta, debido a la modificación del contexto, los actores
y las culturas. De acuerdo a Schedler, accountability denota a la rendición de cuentas obligatoria y
a la rendición de cuentas por exigencia (el derecho), pues las obligaciones de unos son los derechos
de los otros. De esta forma hay dos partes involucradas: los que rinden cuentas y los que exigen
cuentas.
“En esencia, en el ámbito político, afirmamos que la noción de rendición de cuentas tiene dos
dimensiones básicas. Incluye, por un lado, la obligación de políticos y funcionarios de informar sobre
sus decisiones y de justificarlas en público (answerability). Por otro, incluye la capacidad de sancionar
a políticos y funcionarios en caso de que hayan violado sus deberes públicos (enforcement).”
(Schedler, 2008)
Dentro de esa definición encontramos tres conceptos claves que se explican en la siguiente tabla:
Tabla 1: Conceptos claves dentro de la rendición de cuentas
Información Justificación Castigo
Para que sea efectiva, los que
exigen rendición de cuentas
deben contar con la
información suficiente,
oportuna y veraz sobre la
responsabilidad del
“obligado”
Los que exigen cuentas
pueden pedir explicación
sobre las razones de una
decisión, es decir, la
justificación del ejercicio del
poder.
Implica una tarea de
monitoreo y vigilancia por
parte de los “gobernados”
Implica elementos de
coacción y castigo. En inglés
se denomina “enforcement”.
Normas que sancionen según
la proporcionalidad de la
falta, en política las más
comunes son la exposición
pública y la remoción de
cargos. Si hay responsabilidad
civil o penal, las sanciones
deben ser igualmente
correspondientes.
Implica un diálogo crítico entre ambas partes.
Fuente: Elaboración propia con base en ¿Qué es la rendición de cuentas? de Andreas Schedler.
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¿Quiénes, por qué y a quién se rinde cuentas?
En el ámbito político se refiere a las personas con función pública, a aquellas que han sido delegadas
para cumplir una responsabilidad frente a los gobernados.
El entramado institucional de los Estados da lugar a que existan diferentes tipos y subtipos de
rendición de cuentas, determinadas por la forma en que se estructura la administración del poder.
Sin embargo ese nivel de desarrollo aún no se alcanza en nuestros países y se realiza por institución
en función del cumplimiento de sus metas y objetivos específicos, comprometidos en los planes
nacionales de desarrollo.
Lo que sí es claro, es que es una responsabilidad ética y moral, frente a los que exigen cuentas,
porque se refiere, como se dijo, al uso del poder conferido. Desde esa lógica ya no puede restringirse
solo a quienes ejercen una función pública, sino ampliarse a aquellos a quienes se les ha delegado
responsabilidad al frente de una organización, institución privada o una comunidad.
Así, los protagonistas de este mecanismo dependen del tipo de rendición de cuentas que se trate.
“La responsabilidad por juzgar a la política bajo criterios políticos y morales recae en los ciudadanos,
las asociaciones civiles, los medios de comunicación y los partidos políticos. En los ámbitos
administrativo y financiero, las tareas de rendición de cuentas muchas veces se encomienda a
agencias públicas especializadas, tales como defensores del pueblo, cortes administrativas, oficinas
de auditoría y agencias anticorrupción. Para vigilar sobre el cumplimiento de normas de
profesionalismo, es común que las instituciones establezcan comisiones de ética o cortes
disciplinarias. Finalmente, con respecto a cuestiones de legalidad y constitucionalidad, los agentes
de rendición de cuentas por excelencia, los que deben tener la última palabra, son las cortes
judiciales.” (Schedler, 2008).
Se introducen entonces algunas distinciones de la rendición de cuentas:
▪ La rendición de cuentas horizontal, que se refiere a la que se hace ante agencias de control
del Estado. (Para el caso de El Salvador, la presidencia y los ministerios ante la Asamblea
Legislativa; y todas las instituciones estatales frente a la Corte de Cuentas).
▪ La rendición de cuentas vertical, que se refiere a las relaciones de control entre el Estado y
la sociedad civil.
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Enrique Peruzzotti5
Las funciones de la rendición de cuentas
Luego de establecer un marco conceptual sobre la rendición de cuentas, Peruzzotti desarrolla con
más profundidad sus funciones en el marco de un sistema democrático. (Peruzzotti, 2007).
En primer lugar nos habla de la generación de confianza social en la democracia, a través de la
rendición de cuentas horizontal porque la existencia de entidades estatales de control contribuye
mantener “las acciones de gobierno dentro de las normas del debido proceso, la eficiencia y la
legitimidad”.
Y, en segundo lugar se refiere a la institucionalización de mecanismos de señalamiento, en la cual la
rendición de cuentas vertical y horizontal contribuye a “corregir y mejorar políticas públicas y las
prácticas institucionales” a través de la sanción de actitudes y acciones que riñen con la legalidad y
del proceso de diálogo permanente que contribuye a que dichas políticas y prácticas se orienten
adecuadamente a su objeto principal.
La rendición de cuentas desde la sociedad civil
Al hablar de cultura de rendición de cuentas se amplía su concepto respecto de quienes están
obligados a realizarla, o al menos del conjunto de actores que deben implementarla como parte de
las reglas de las sociedades democráticas, en donde la responsabilidad y la corresponsabilidad
juegan un rol importante.
En ese conjunto de avances las organizaciones de la sociedad civil, que han impulsado una demanda
justa y constante sobre quienes administran el poder público, han desarrollado iniciativas a nivel
regional acordes a esa exigencia y la han vuelto hacia sí mismas, como actores políticos relevantes
en sus países, garantizando su legitimidad y transparencia como tales. (Cruz, 2007)
Los actores de la rendición de cuentas en estos casos, varían de acuerdo a la naturaleza de la
organización, sin embargo son comunes los cooperantes, los socios, los beneficiarios, las juntas
5
Profesor en el Departamento de Ciencia Politica y Estudios Internacionales de la Universidad Torcuato Di Tella e investigador
de CONICET. Ha sido investigador visitante en el The Woodrow Wilson International Center for Scholars, UNRISD, The
National Endowment for Democracy, LSE, The University of New Mexico, y profesor invitado en The American University of
Paris, FLACSO Ecuador, la Universidad Nacional de Rosario y la Universidad Federal de Minas Gerais.
20. Aurora Cubías
Directora de Transparencia Institucional
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directivas, para lo cual garantizan acceso a información a través de sus portales web o realizan
eventos específicos de encuentro para presentar sus informes y discutir sus resultados. Aquellas
que no son ONG sino organizaciones territoriales, lo hacen ante sus bases.
Así mismo las modalidades varían entre sí, no hay todavía un consenso sobre ellas, pero las más
comunes son asambleas centralizadas o por territorios de importancia para ellas.
Los avances en esta área todavía son pocos, pero las iniciativas muchas. Su importancia radica en
que se concibe que todos en la sociedad tienen una responsabilidad compartida en la cultura de la
transparencia.
La definición de Rendición de Cuentas en El Salvador
Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción de la Presidencia.6
La transparencia, el acceso a información pública y la rendición de cuentas son elementos que
potencian la participación ciudadana y fortalecen la democracia. El nivel de apertura de las
instituciones públicas es proporcional a la confianza que se genera en la sociedad y a la legitimidad
de sus decisiones y actuaciones.
Por ese motivo se comprende la rendición de cuentas como una serie de eventos y momentos en
los que quienes tienen poder público informan, explican, razonan y justifican su desempeño. Dentro
de ellos se incorporan el informe de la presidencia y los Ministerios ante la Asamblea Legislativa y
las audiencias públicas que se realizan ante los principales actores relacionados con su labor.
Por otra parte, existen diferentes espacios que se plantean como permanentes, que están
vinculados a la solicitud de información, a los despachos abiertos, foros, conferencias de prensa
cuando se trata de la explicación de un tema específico y otros con los que las instituciones innovan
frecuentemente; y para que estos eventos tengan reales espacios de diálogo entre los actores, se
definen como principios de la rendición de cuentas los siguientes: transparencia, inclusión,
democracia, publicidad, continuidad, obligatoriedad, dinamismo, interactividad y argumentación.
(SSTA, 2012).
6
Para el período 2009-2014 se creó la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción en el seno de la Secretaría para Asuntos
Estratégicos, para el período 2014-2019 se convirtió en Secretaría de Participación, Transparencia y Anticorrupción.
21. Aurora Cubías
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20
Referencias
Cruz, A. (07 de 11 de 2007). Rendir cuentas. Recuperado el 9 de 9 de 2016, de
http://rendircuentas.org/2010/06/la-rendicion-de-cuentas-de-las-organizaciones-de-la-
sociedad-civil-en-america-latina-elementos-para-la-discusion-anabel-cruz/
Peruzzotti, E. (1-6 de 10 de 2007). Rendición de cuentas, participación ciudadana y agencias de
control en América Latina. 6-8. Santo Domingo, República Dominicana. Recuperado el 10 de
08 de 2016, de http://controlatugobierno.com/archivos/bibliografia/peruzzotticuentas.pdf
Schedler, A. (2008). ¿Qué es la rendición de cuentas? (Sexta ed., Vol. 3). (IFAI, Ed.) México D.F.: IFAI.
Recuperado el 2 de 2 de 2010, de
http://inicio.ifai.org.mx/Publicaciones/Cuadernillo%2003%20B.pdf
SSTA. (2012). Manual para la rendición de cuentas del Órgano Ejecutivo (1 ed., Vol. 1). San Salvador,
El Salvador: Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción. Recuperado el 6 de 10 de
2011, de http://www.gobiernoabierto.gob.sv/pages/descargas-publicaciones-e-
informes/attachment_category?category=6
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Capítulo II: MARCO JURÍDICO DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN EL
SALVADOR
nstrumentos internacionales
nstrumentos nacionales
Octubre, 1
Directora de Transparencia
Secretaría de Par cipación, Transparencia y
An corrupción de la Presidencia de El Salvador
Capítulo . Ar culo 1, literal c
Promover la integridad,
y la
debida ges ónde los asuntos y los
bienespúblicos .
Capítulo . Ar culo , numeral 1
Cada Estado parte promoverá la
transparencia yla obligación de
rendircuentas .
Prefacio
a aprobación
de la Convenciónde a en claroque
la comunidad internacional está
decidida a impedir la corrupción y
a luchar contra ella.
eiterarála importancia de valores
fundamentales como lahones dad,
el respeto del estado de derecho
,
para fomentar el desarrolloy hacer
que nuestro mundo sea un lugar
me or para todos.
23. Aurora Cubías
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22
Principio de responsabilización
Una ges ón pública de calidad es
aquella en la que e iste
responsabilización, esto es, en la que
, y control
social sobre la ges ón pública.
Ob eto
a. Promover un enfoque común en
beroamérica sobre la
b. Conformar un cuerpo de principios
y orientaciones que sirvan de
referencia en la formulación de
polí cas, planes, modelos y
mecanismos que permitan la me ora
con nua de la calidad de su ges ón
pública.
c. Proponer la adopción de
instrumentos que
Ar culos y
Al plantear el carácter representa vo
y limitado del poder e ercido por los
funcionarios, y señalar al pueblo
como originario de ese poder, se
establece una relación de
Ar culo , inciso .
Se reconoce el
como una protección a
los derechos y garan as
fundamentales
de la persona.
Ar culo 1
Toda persona ene derecho a dirigir
sus pe ciones por escrito, de manera
decorosa, a
las autoridades legalmente
establecidas
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Principio h
endiciónde cuentas.
uienesdesempeñan
responsabilidades enel Estado o
administran bienes públicos
Principios de la ca Pública
M
Ar culo 1 E
El gobierno local
El informe a que se re ere este
ar culo comprenderá lo realizado
durante el período del
Será presentadoen los
.
Su divulgación se hará por
los mecanismos de par cipación
establecidos y o medios de
comunicación que tenga
a su alcance, asegurando el
conocimiento del mismo por parte de
los ciudadanos del
Municipio.
25. Aurora Cubías
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24
El informe debe contener
A) as nanzas municipales con relación a los estados nancieros y presupuestos de
los programas, proyectos, servicios municipales y sus respec vas e ecuciones
presupuestarias
) os proyectos de inversión pública en e ecución
C) Obras y servicios municipales
D) El costo y liquidación nal de las obras de infraestructuras detallando los rubros
más importantes
E) Plan de gobierno y o el plan de desarrollo del municipio
) Organización de la alcaldía y
) Demás documentos de interés público emi do por el conce o municipal.
Ob e vo
omentar el involucramiento y
protagonismo de las personas y sus
organizacionesen la ges ón pública y
la construcción de un proyecto de
país, desde el enfoque del uen ivir.
c) endición de Cuentas as y los tulares
y servidores públicos conpoder de
decisión en el ámbito nacional, territorial o
en el e terior,
Estos e erciciosdeberán realizarse al
menos una vez al año, cuando sea
requerido por temas o proyectos
priorizados, ante eventos e traordinarios
de cualquiernaturaleza o a solicitud,
propiciando el diálogo abierto yla
evaluaciónde los resultados de la ges ón
por parte de la población.
26. Aurora Cubías
Directora de Transparencia Institucional
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Capítulo III: LA RENDICIÓN DE CUENTAS EN EL SALVADOR
La rendición de cuentas en El Salvador es de reciente implementación y no en todos los Órganos del
Estado, pues como se vio en el apartado anterior, es muy poco y disperso el marco legal que la exige.
En los Gobiernos Locales hemos visto que la exigencia se encuentra establecida en el Código
Municipal, desde sus reformas en el año 2006 y con especificidad de información y período de
realización.
En el caso del Órgano Ejecutivo surge como una aspiración plasmada en el Plan Quinquenal de
Desarrollo 2009 – 2014, en el cual se manifestó que una de las principales apuestas estratégicas
para el año 4 era “Constituir un sector público responsable, eficiente, eficaz, moderno, des-
concentrado y descentralizado que brinde a la población servicios de calidad, que disponga de los
recursos suficientes para cumplir de forma adecuada con las atribuciones que le asigna la
Constitución de la República y que cuente con un sistema de rendición de cuentas diligente y
transparente. La organización pública tendrá delimitada claramente las competencias del gobierno
central y de los gobiernos municipales”. (GOES, 2010, págs. 49-50).
En el mismo plan, al hablar sobre la Política de Nacional de Transparencia y Anticorrupción, se
expresa que “A través de esta política se busca edificar un sistema de transparencia e instaurar
un sistema de integridad que eleven la cultura de la honestidad, el servicio, la probidad, la
responsabilidad y la ética pública e incorporen la protección del derecho ciudadano al acceso a
la información pública y la obligación de las instituciones públicas a la rendición de cuentas”.
(GOES, 2010, págs. 125-127).
inalmente, como acción concreta se definió “c) generar y difundir directrices y metodologías que
orienten la rendición de cuentas del Órgano Ejecutivo y monitorear su debido cumplimiento.”
Depositándose la responsabilidad en la Subsecretaría de Transparencia y Anticorrupción de la
Presidencia.
Los avances 2009 – 2014
De acuerdo a este mandato, en el año 2010 se diseñaron las primeras directrices y metodologías
para la rendición de cuentas de las instituciones del Órgano Ejecutivo, se convocó a todos los
Ministerios y Entidades Autónomas y se les acompañó con asistencia técnica. Como resultado, 37
entidades rindieron cuenta entre junio y octubre de dicho año.
27. Aurora Cubías
Directora de Transparencia Institucional
Secretaría de Participación, Transparencia y Anticorrupción de la Presidencia de El Salvador
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A partir de ahí la práctica evolucionó y ha sido una de las más aceptadas y reconocidas tanto por el
sector público como privado, e incluso a nivel internacional. Año con año más instituciones
atendieron el llamado de la Subsecretaría, de 37 entidades que elaboraron informes de rendición
de cuentas y desarrollaron eventos públicos en 2010, se pasó a 64 en 2011, entre Ministerios e
instituciones autónomas y, por primera vez, los 14 Gabinetes de Gestión Departamental; en 2012
fueron 72 instituciones, 13 Gabinetes de Gestión Departamental y en 2013 se llegó a 81
instituciones y los 14 Gabinetes de Gestión Departamental.
La experiencia se extendió a los Centros Escolares también, a través de una coordinación con la
Dirección de Transparencia y las Direcciones Departamentales del Ministerio de Educación, desde
el año 2012. En total los más de 5 mil Centros Escolares Públicos rinden cuentas desde entonces a
su comunidad educativa.
El plan quinquenal 2009-2014
El objetivo 11 del Plan Quinquenal de Desarrollo 2009-2014 es “Avanzar hacia la construcción de un
Estado concertador, centrado en la ciudadanía y orientado a resultados” (GOES, 2015, pág. 196) y
entre sus líneas de acción se encuentra la E.11.5, que habla sobre el fortalecimiento de la
transparencia, la lucha contra la corrupción y el ejercicio del derecho de acceso a la información
pública. La obligación de la rendición de cuentas se expresa en la línea de acción 11.5.5
“Institucionalizar la rendición de cuentas en entidades públicas y en aquellas que manejan fondos
públicos como práctica permanente para generar un diálogo abierto con la ciudadanía”. (GOES,
2015, pág. 203).
Los avances 2014 - 2016
El primer avance relevante de este período es que la rendición de cuentas se incorpora a la Política
de Participación Ciudadana para el Órgano Ejecutivo aprobada en el mes de julio de 2016 y
constituye un mandato por Decreto Presidencial.
En cuanto a la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas, se reporta lo siguiente:
28. Aurora Cubías
Directora de Transparencia Institucional
Secretaría de Participación, Transparencia y Anticorrupción de la Presidencia de El Salvador
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Para el año 2014, rindieron cuentas un total de 81 instituciones, 14 Gabinetes de Gestión
Departamental y más de 4 mil centros escolares, estos últimos bajo la coordinación del Ministerio
de Educación. En estas actividades se contabilizó un total de 14,985 personas que participaron en
las diferentes audiencias.
Para el año 2015, 93 instituciones realizaron un total de 132 audiencias públicas de rendición de
cuentas centralizadas y territoriales entre junio y octubre en ellas participaron un total de 23,104
personas. El dato de la rendición de cuentas de Centros Escolares no pudo recopilarse.
Por otra parte, en este mismo año se inició el esfuerzo de la rendición de cuentas de entidades
privadas que reciben fondos públicos, el resultado fue que de 150 instituciones que recibieron
fondos del GOES ese año, 100 rindieron cuenta ante las instituciones que se los asignaban.
En el año 2016 se ha desarrollado una nueva herramienta de evaluación y medidas para que los
eventos no pierdan calidad en cuanto a la información que se brinda y al espacio de participación
ciudadana que se genera para el diálogo y la obtención de sugerencias de mejora institucional.
Además de modificaciones la metodología (SPTA, 2016) se ha diseñado un ranking, que muestra la
calificación que cada institución ha recibido de acuerdo a su evaluación propia, la evaluación de la
SPTA y la evaluación ciudadana (http://www.gobiernoabierto.gob.sv/accountabilities).
En cuanto a la rendición de cuentas de entes privados que reciben fondos públicos, para este mismo
año se espera que lo hagan ante las personas que benefician, para lo cual se está elaborando una
guía especial que oriente el contenido y forma de rendir cuentas.
La evaluación ciudadana a la rendición de cuentas
Aunque los esfuerzos que se han realizado por cumplir al 100% los requisitos y criterios que a juicio
de Schedler deben cumplir una rendición de cuentas, la evaluación ciudadana que se realiza cada
año ha demostrado que queda bastante camino por recorrer.
Las principales observaciones son a los informes y a los espacios de participación que se dejan para
que los y las participantes se expresen o cuestionen la gestión mostrada. Algunos de los datos
recopilados en la última evaluación del año 2015 nos los comprueban.
29. Aurora Cubías
Directora de Transparencia Institucional
Secretaría de Participación, Transparencia y Anticorrupción de la Presidencia de El Salvador
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En primer lugar, el número de personas participantes ha disminuido:
En segundo lugar, los eventos no llenan las expectativas de las personas:
5544
10138
17021
31348
14985
23104
0 5000 10000 15000 20000 25000 30000 35000
Participantes 2010
Participantes 2011
Participantes 2012
Participantes 2013
Participantes 2014
Participantes 2015
0.00%
10.00%
20.00%
30.00%
40.00%
50.00%
60.00%
a) Recibió
oportunamen
te el informe.
b) El informe
es claro y
resalta lo
importante
de la gestión
c) Las
autoridades
explicaron y
justificaron
las principales
decisiones
d) Las
autoridades
explicaron
sobre los
obstáculos en
la gestión.
e) Las
autoridades
explicaron
claramente el
origen y uso
de los
recursos
f) Fueron
satisfactorias
la respuestas
de las
autoridades
Series1 56.50% 21.70% 13% 8.70% 26.10% 17.40%
Título
del
eje
30. Aurora Cubías
Directora de Transparencia Institucional
Secretaría de Participación, Transparencia y Anticorrupción de la Presidencia de El Salvador
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