2. Tratados de Cambio Climáticos
El principal acuerdo internacional en este ámbito es la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio
Climático (CMNUCC). Se trata de uno de los tres instrumentos jurídicos adoptados en la Cumbre de la Tierra de Río en
1992. Hasta el momento ha sido ratificada por 195 países. Se inició como medio de colaboración de los países para limitar
el aumento de la temperatura mundial y el cambio climático y hacer frente a sus consecuencias.
En 2015 el Consejo trató dos asuntos relacionados con la CMNUCC:
la ratificación de la enmienda de Doha al Protocolo de Kioto, relativa a los compromisos del segundo periodo, que
transcurre de 2013 a 2020
las negociaciones y la adopción de un nuevo acuerdo mundial sobre cambio climático que incluya a todos los países de
la CMNUCC, destinado a lograr mayores recortes de las emisiones mundiales, que entraría en vigor en 2020
3. Tratados de Cambio Climáticos
Protocolo de Kioto
A mediados de los años 90, los firmantes de la CMNUCC se dieron cuenta de que hacían falta normas
más estrictas para reducir las emisiones. En 1997, aprobaron el Protocolo de Kioto, que introducía
objetivos jurídicamente vinculantes de reducción de emisiones para los países desarrollados.
El segundo periodo de compromiso del Protocolo de Kioto comenzó el 1 de enero de 2013 y finalizará en
2020. Participan en él 38 países desarrollados, incluida la UE y sus 28 Estados miembros. A este
segundo periodo se aplica la enmienda de Doha, con arreglo a la cual los países participantes se han
comprometido a reducir las emisiones en un 18% como mínimo con respecto a los niveles de 1990. La
UE se ha comprometido a reducir las emisiones en este periodo en un 20 % por debajo de los niveles de
1990.
4. Protocolo de
Kioto
Tratados de
Cambio
Climáticos
La principal carencia del Protocolo de Kioto
radica en que únicamente obliga a actuar a
los países desarrollados. Dado que los
Estados Unidos no firmaron el Protocolo de
Kioto, que Canadá se retiró antes del final de
primer periodo de compromiso y que Rusia,
Japón y Nueva Zelanda no participan en el
segundo periodo de compromiso, ahora solo
se aplica aproximadamente al 14% de las
emisiones mundiales. Con todo, más de 70
países desarrollados y en desarrollo han
asumido varios compromisos no vinculantes
de reducción o limitación de sus emisiones de
gases de efecto invernadero
5. Tratados de Cambio Climáticos
Conferencia sobre el Cambio Climático de París
La Conferencia sobre el Cambio Climático de París se celebró entre el 30 de
noviembre y el 11 de diciembre de 2015.
El 12 de diciembre, las partes alcanzaron un nuevo acuerdo mundial en materia
de cambio climático. El acuerdo presenta un resultado equilibrado con un plan de
actuación para limitar el calentamiento global «muy por debajo» de 2 ºC.
6. Conferencia sobre el Cambio
Climático de París
Tratados de
Cambio
Climáticos
objetivo a largo plazo: los gobiernos acordaron
mantener el incremento de la temperatura
media mundial muy por debajo de 2 ºC con
respecto a los niveles preindustriales y
redoblar los esfuerzos para limitarlo a 1,5 ºC
contribuciones: antes de la conferencia de París,
y durante la misma, los países presentaron
planes generales nacionales de acción contra
el cambio climático para reducir sus emisiones
ambición: los gobiernos acordaron comunicar
cada cinco años sus contribuciones para fijar
objetivos más ambiciosos
7. Conferencia sobre el Cambio
Climático de París
Tratados de
Cambio
Climáticos
transparencia: también aceptaron
informarse unos a otros y a la sociedad
sobre el grado de cumplimiento de sus
objetivos para garantizar la
transparencia y la supervisión
solidaridad: la UE y otros países
desarrollados seguirán financiando la
lucha contra el cambio climático para
ayudar a los países en vías de
desarrollo tanto a reducir sus emisiones
como a aumentar la resiliencia ante los
efectos del cambio climático
8. Conclusiones
del Consejo de
París 2016
En su sesión del 10 de noviembre de 2015, el Consejo
de Asuntos Económicos y Financieros adoptó unas
Conclusiones sobre la financiación de la lucha contra
el cambio climático. Las Conclusiones reconocen que
la financiación de la lucha contra el cambio climático
es un medio para alcanzar la vía de un calentamiento
global por debajo de 2º C y lograr la transformación
hacia economías resistentes frente al cambio
climático, con bajas emisiones de gases de efecto
invernadero y sostenibles. Los ministros se centraron
asimismo en las contribuciones de la UE a la
financiación de la lucha contra el cambio climático:
unos 100 000 millones de dólares al año procedentes
de una gran variedad de fuentes comprometidas por
los países desarrollados para 2020. Los ministros
convinieron en que se necesitarían recursos
consecuentes para ayudar a los países en desarrollo
a tratar adecuadamente la cuestión del cambio
climático.