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UPN, PASIÓN POR
TRANSFORMAR VIDAS
lilianasaldanav@UPN.EDU.PE UPN.EDU.PE
Al término de la sesión el estudiante
reconoce y aplica la normatividad
vigente relacionada con los elementos
cualitativos del IGV y desarrolla casos
prácticos mostrando coherencia y
dominio del tema.
¿Qué entendemos por bienes
inmuebles?
¿Qué entendemos bienes muebles?
¿Qué significa constructor?
¿Qué entendemos por importación?
¿Qué entendemos por venta?
IMPUESTO GENERAL
A LAS VENTAS
TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO AL
CONSUMO - DECRETO SUPREMO N° 055-99-EF
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Prestación o utilización de servicios
Con relación a la prestación de servicios en el país, debe
entenderse que se encuentra gravada independientemente del
lugar en que se pague o perciba la contraprestación, del lugar que
se celebre el contrato, y siempre que el sujeto que lo presta se
encuentre domiciliado en el país.
✓ Que se trate de una prestación de servicios que una
persona realiza para otra.
✓ Que sea a título oneroso.
✓ Que su ingreso constituya renta de tercera categoría a
efectos del impuesto a la renta.
Servicio a título oneroso
A diferencia de lo que contempla la Ley del
IGV para el caso de la venta de bienes
muebles, en las operaciones de servicios no se
encuentran gravados los autoconsumos de
servicios o retiro de servicios que se efectúan
de manera gratuita
Ingreso constituya renta de tercera categoría
La tercera condición de la
prestación de servicios es que sus
ingresos constituya renta de
tercera categoría. Es decir que se
encontrará gravado con el IGV el
ingreso que se considere renta de
tercera categoría para los efectos
UTILIZACIÓN DE SERVICIOS
Utilización de servicios
El servicio es utilizado en el país cuando
siendo prestado por un sujeto no
domiciliado, es consumido o empleado en el
territorio nacional, independientemente del
lugar en que se pague o se perciba la
contraprestación y del lugar donde se
celebre el contrato
CONTRATOS DE CONSTRUCCION
Contratos de Construcción
Los contratos de construcción que se
ejecuten en el territorio nacional,
cualquiera sea su denominación, sujeto
que lo realice, lugar de celebración del
contrato o de percepción de los ingresos.
Ejemplo
La empresa Navegantes SA encarga la construcción de un barco a la Empresa
Constructores SA; por lo que se celebra el contrato respectivo por la suma determinada a
ser pagada a Constructores SA. ¿Deberá adicionarse al precio el IGV respectivo, por ser
una operación gravada?
PRIMERA VENTA DE INMUEBLES
REALIZADA POR EL CONSTRUCTOR
La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de
los mismos
Se encuentre gravado con el IGV la primera venta de inmuebles que realicen los
constructores de los mismos; es decir, la primera transferencia desde que el
inmueble fue construido.
La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de
los mismos
Calificará como primera venta de inmuebles los siguientes supuestos:
La que efectúe con posterioridad a la
reorganización o traspaso de empresas
La que se realice con posterioridad a la
resolución, rescisión, nulidad o anulación de
venta gravada
La transferencia de inmuebles ampliados,
remodelados o restaurados
La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de
los mismos
Calificará como primera venta de inmuebles los siguientes supuestos:
La posterior venta del inmueble que realicen las
empresas vinculadas con el constructor, cuando el
inmueble haya sido adquirido directamente de este
o de empresas vinculadas económicamente con él.
Transferencia de alícuotas entre copropietarios
IMPORTACION DE BIENES
La importación de bienes
Se encuentra gravado con IGV la importación de
bienes, cualquiera sea el sujeto que la realice.
1) La procedencia de la mercancía
2) El destino de la mercadería
3) La forma de internación al
Características básicas de una importación
INAFECTACIONES Y EXONERACIONES
INAFECTACIONES DEL IGV
Inafectación del IGV
Es el supuesto no comprendido o alcanzado en el presupuesto de hecho
previsto en la norma
AFECTOS
AL IGV
INAFECTOS AL
IGV
ÁMBITO DE APLICACIÓN
Inafectación del IGV
El arrendamiento y demás formas de cesión en uso de bienes muebles e inmuebles,
siempre que el ingreso constituya renta de primera o de segunda categorías gravadas
con el Impuesto a la Renta.
Ejemplo:
Carlos es una persona natural que no obtiene rentas empresariales (es decir no
genera renta de tercera categoría) y decide arrendar su inmueble. ¿La operación
estará gravada con el IGV?
Inafectación del IGV
La transferencia de bienes usados que efectúen las personas naturales o
jurídicas que no realicen actividad empresarial, salvo que sean habituales en la
realización de este tipo de operaciones.
Ejemplo:
Mateo no realiza actividad empresarial, sólo se dedica a correr autos y ha decidido
vender su auto de carreras usado.
Inafectación del IGV
La transferencia de bienes que se realice como consecuencia de la
reorganización de empresas;
Ejemplo:
La empresa Los girasoles absorbe a la empresa Los corrales; adquiriendo muebles e
inmuebles construidos recientemente.
Inafectación del IGV
Bienes de uso personal y menaje de casa
Bienes efectuada con financiación de donaciones del
exterior
La importación de:
Bienes donados a entidades religiosas
El Banco Central de Reserva del Perú por las operaciones de:
Inafectación del IGV
La transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las Instituciones Educativas
Públicas o Particulares exclusivamente para sus fines propios. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro
de Economía y Finanzas
Los pasajes internacionales adquiridos por la Iglesia Católica para sus agentes pastorales, según el Reglamento que se
expedirá para tal efecto; ni los pasajes internacionales expedidos por empresas de transporte de pasajeros que en
forma exclusiva realicen viajes entre zonas fronterizas.
Las regalías que corresponda abonar en virtud de los contratos de licencia celebrados conforme a lo dispuesto en la
Ley Nº 26221.
Los servicios que presten las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y las empresas de seguros a los
trabajadores afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones y a los beneficiarios de éstos en
el marco del Decreto Ley N° 25897.
Inafectación del IGV
La importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito, a favor de Entidades y
Dependencias del Sector Público
Los intereses y las ganancias de capital generados por Certificados de Depósito del Banco Central de Reserva del
Perú y por Bonos “Capitalización Banco Central de Reserva del Perú”.
Los juegos de azar y apuestas, tales como loterías, bingos, rifas, sorteos, máquinas tragamonedas y otros aparatos
electrónicos, casinos de juego y eventos hípicos.
La adjudicación a título exclusivo a cada parte contratante, de bienes obtenidos por la ejecución de los contratos
de colaboración empresarial que no lleven contabilidad independiente,
La asignación de recursos, bienes, servicios y contratos de construcción que efectúen las partes contratantes de
sociedades de hecho, consorcios, joint ventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que no
lleven contabilidad independiente
Inafectación del IGV
La atribución, que realice el operador de aquellos contratos de colaboración empresarial que no lleven
contabilidad independiente
La venta e importación de los medicamentos y/o insumos necesarios para la fabricación nacional de los
equivalentes terapéuticos que se importan (mismo principio activo) para tratamiento de enfermedades
oncológicas, del VIH/SIDA y de la Diabetes, efectuados de acuerdo a las normas vigentes
Los servicios de crédito: Sólo los ingresos percibidos por las Empresas Bancarias y Financieras,
Las pólizas de seguros de vida emitidas por compañías de seguros legalmente constituidas en el Perú,
de acuerdo a las normas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones
EXONERACIONES DEL IGV
Exoneraciones del IGV
Venta en el país o importación de los bienes
Servicios exonerados del impuesto general a las
ventas
Las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II tienen vigencia hasta el 31 de
diciembre de 2024.
Exoneraciones del IGV
Bienes exonerados del IGV
Bienes exonerados del IGV
Bienes exonerados del IGV
Bienes exonerados del IGV
Bienes exonerados del IGV
Bienes exonerados del IGV
Servicios exonerados del IGV
Servicios exonerados del IGV
Servicios exonerados del IGV
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO
NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
TRIBUTARIA
Nacimiento de la obligación tributaria
Venta de bienes muebles en el país
Fecha de emisión del comprobante de pago
Fecha de entrega del bien
inciso a) del artículo 4 de la ley del IGV
Ejemplo
El 15 de junio el señor Juan Pérez desea adquirir un artefacto de la tienda comercial Plaza Vea, pero
el vendedor le indica que no tienen artefactos en stock, pero si es que esta interesado en adquirir el
bien podría separarlo y en 5 días estaría llegando. A lo que Juan decide esperar esos 5 días. El
vendedor le indica que tendrá que cancelar la totalidad del bien y el 20 de junio acercarse con su
respectivo comprobante de pago para recoger el electrodoméstico. ¿En que momento se configura
el nacimiento de la obligación tributaria?.
Fecha de emisión del comprobante de pago, es decir el 15 de junio
Nacimiento de la obligación tributaria
Prestación de servicios
Servicios en general
Servicios de agua, luz y
teléfono
Emisión de CP
Percepción de retribución
Vencimiento del recibo
Pago de la retribución
Culminación del servicio
Percepción de retribución
Vencimiento plazos fijados
inciso c) del artículo 4 de la ley del IGV
Nacimiento de la obligación tributaria
Utilización de servicios
Fecha en que se anota el comprobante en el
registro de compras
Fecha en que se pague la
retribución.
inciso d) del artículo 4 de la ley del IGV
Nacimiento de la obligación tributaria
Contratos de construcción
Fecha de emisión del comprobante de pago
Fecha de percepción del ingreso
sea total o parcial o por
valorizaciones periódicas
Inciso e) del Artículo 4 de la Ley del IGV
Nacimiento de la obligación tributaria
Primera venta de inmuebles realizada por
el constructor
Fecha de percepción del ingreso
Inciso f) del Artículo 4 de la Ley del IGV
Nacimiento de la obligación tributaria
Importación de bienes
Fecha en que se solicita su despacho o
consumo
Inciso g) del Artículo 4 de la Ley del IGV
Nacimiento de la obligación Tributaria
BASE IMPONIBLE
Base imponible
Valor de venta de los bienes vendidos.
Valor total de la retribución.
Valor de la construcción
El ingreso percibido con exclusión del
correspondiente valor del terreno
El valor de aduana
Artículo 13 de la Ley del IGV
Ejemplo
El señor Juan Pérez es el titular de
una empresa comercializadora de
leche. Con fecha 25 de mayo juan
se lleva a su casa una caja de leche
para su propio consumo. ¿Será esta
una operación gravada? De ser
afirmativa su respuesta ¿Cuál será
la base imponible?
TASA DEL IMPUESTO
Tasa del impuesta
Artículo 17 de la Ley del IGV
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO
Impuesto bruto o Débito fiscal
Artículo 12 de la Ley del IGV
Es el resultado de aplicar la tasa del
18% a las operaciones gravadas en
determinado periodo tributario, que
en nuestro caso es de manera
mensual, recibiendo el nombre de
impuesto bruto
CREDITO FISCAL
Crédito fiscal
Método de sustracción sobre base financiera dentro de la
modalidad impuesto contra impuesto.
Requisitos sustanciales
Que sean permitidos como costo o gasto de la empresa,
de acuerdo a la legislación del Impuesto a la renta, aún
cuando el contribuyente no esté afecto a este último
Que se destinen a operaciones por las que se deba
pagar el impuesto.
Artículo 18 de la Ley del IGV
REQUISITOS FORMALES
Requisitos formales
Artículo 19 de la Ley del
IGV
Estos requisitos apuntan a conseguir un adecuado
control de la aplicación del crédito fiscal, de modo
que la Administración Tributaria se le haga mas fácil
su labor de fiscalización.
1. Que el impuesto general esté consignado por separado en el comprobante de pago
Requisitos formales
Si no se discrimina el IGV en el comprobante
de pago
Se deberá anular dicho comprobante de pago
Si se consigna de manera errada un monto
menor
Sólo se podrá registrar el crédito fiscal que
figure en el CP.
Si se consigna de manera errada un monto
mayor
Sólo se podrá deducir el IGV hasta el monto
que corresponda.
Inciso a) del Artículo 19 de la Ley del
Ejemplo
Una empresa recibe de su proveedor, persona natural con negocio, la cual
no está obligada a emitir comprobante de pago electrónico, por que emite
una factura física por la compra de productos por un total de S/. 3,800, sin
embargo, los valores fueron emitidos de manera errónea. ¿Cuánto será el
importe que es permitido consignar como crédito fiscal?
Valores consignados Valores correctos
Base imponible 3,247.86 3,220.34
IGV 552.14 579.66
Importe total 3,800 3,800
Requisitos formales
2. De la validez del comprobante de pago y habilitación del emisor al momento de emitirlos
Inciso b) del Artículo 19 de la Ley del
i. Identificación del emisor y del adquirente o usuario (nombre, denominación o razón
social y número de RUC), o del vendedor tratándose de liquidaciones de compra
(nombre y documento de identidad);
ii. Identificación del comprobante de pago (numeración, serie y fecha de emisión);
iii. Descripción y cantidad del bien, servicio o contrato objeto de la operación; y
iv. Monto de la operación (precio unitario, valor de venta e importe total de la
operación).
Ejemplo
La empresa Medial EIRL realiza la compra de 5 laptops, para su personal de ventas.
La empresa recibe los equipos y el comprobante de pago en función a la proforma
de cotización, pero se percatan que una de las computadoras recibidas no
correspondía al modelo solicitado y tampoco coincidía el numero de serie
detallado en la cotización, sin embargo, se aceptó el comprobante de pago
acordando que para un siguiente pedido se le otorgaría un precio especial.
Requisitos formales
3. Que los comprobantes de pago o documentos hayan sido anotados en el registro de
compras.
Inciso c) del Artículo 19 de la Ley del
Derecho al crédito fiscal
Anotación en la fecha de emisión o
los 12 meses siguientes
Antes que surta efecto el
requerimiento para la exhibición del
registro de compras.
Pérdida del Derecho al
crédito fiscal
Anotación fuera del plazo de 12 meses
siguientes a su emisión
Anotación posterior a que surta efecto
el requerimiento para la exhibición del
registro de compras.
Ejemplo
Con fecha 4 de noviembre del 2021, la empresa JYE EIRL recibe una esquela por
parte de la administración tributaria mediante la cual le solicita la presentación
de su registro de compras correspondiente a los periodos enero – junio del 2021.
Se sabe que la empresa se encontraba obligada a llevar en forma electrónica los
registros de compras y ventas desde enero del 2021, sin embargo, a la fecha de la
notificación, no ha cumplido con la generación de los referidos registros y recién
lo regularizará el 11 de nov de 2021.
Se desea saber si perderá el derecho al crédito fiscal consignado en sus
declaraciones mensuales.
APLICACIÓN PRÁCTICA
Entrega de bonificaciones
En el mes de mayo del 2022, la empresa Fore Sur SAC decidió otorgar bonificaciones a
sus clientes. Nos consulta ¿Cuáles son las implicancias tributarias de estas operaciones?
Por la compra de 10,000 unidades se obsequian 100 unidades del producto.
Valor de venta de cada unidad = S/. 1.00
Numeral 3 Artículo 2 del Reglamento
Entrega de bonificaciones
Prestación de servicios en moneda
extranjera
La empresa Fore Sur SAC brinda sus servicios a varios clientes, a los cuales les emite a fin de mes su
factura electrónica correspondiente. Respecto a uno de sus clientes, no se emitió oportunamente la
factura correspondiente al mes de marzo del 2022 por el monto de $ 500 (no incluye IGV).
Por lo cual la empresa procede a emitir la factura con fecha 5 de abril del 2022. Se pide determinar la
oportunidad en que se produce el nacimiento de la obligación tributaria del IGV y el cálculo de la base
imponible y el débito fiscal.
Tipo de cambio SBS
Numeral 17 Artículo 5 del Reglamento
“La conversión en moneda
nacional se efectuará al
tipo de cambio promedio
ponderado venta, publicado
por la Superintendencia de
Banca y Seguros en la fecha
de nacimiento de la
obligación tributaria”.
Prestación de servicios en moneda
extranjera
Monto en $ TC venta Monto en soles
Valor de venta $ 500 3.701 S/. 1,850.50
IGV $ 90 3.701 S/. 333.09
Numeral 17 Artículo 5 del Reglamento
Pago de IGV en utilización de servicios
Una empresa domiciliada que opera en el rubro de servicios profesionales empresariales, ha visto la necesidad de contratar a una empresa
no domiciliada; un plan de suscripción mensual en la plataforma Zoom Meeting, con el fin de establecer reuniones vía conferencia virtual
con sus colaboradores durante el periodo de emergencia, para las diversas áreas y sucursales de la empresas. El pago mensual establecido
por el paquete de suscripción fue de $ 200 el cual se realizó el 12 de marzo del 2022
Prestador
del servicio
Contribuyente
del impuesto
Lugar de
ocurrencia
Sujeto no domiciliado que perciba
rentas empresariales
Puede ser en el país o en el exterior,
lo relevante es que sea consumido o
Usuario o contratante del servicio
domiciliado en Perú
Numeral 1
Artículo 3 de la
Ley del IGV
Pago de IGV en utilización de servicios
Lo que ocurra primero entre
En la fecha que se anote el
comprobante de pago en el
Registro de compras
En la fecha que se pague la
retribución
Compra de mascarillas entregadas al
personal
La empresa Fore Sur SAC es una empresa industrial y realiza en el mes de abril
la compra de mascarillas para sus vendedores por un valor de S/. 12,000 (más
IGV), los cuales van a ser entregados en mayo. Determinar si dicha operación
se tiene derecho a crédito fiscal y a partir de qué periodo.
Inciso a) Artículo 18 de la Ley del IGV
“Que sean permitidos como gasto o costo de la empresa, de acuerdo a la legislación del
Impuesto a la Renta, aun cuando el contribuyente no esté afecto a este último impuesto”
Impuesto a la Renta
Principio de causalidad y se acredite en forma fehaciente
LEY 31556 – REDUCCIÓN IGV
Objetivo de la Ley
La ley tiene por objeto establecer una tasa especial y temporal de impuesto general a las
ventas (IGV), denominado “8% del IGV para Rescatar el Empleo”, para las micro y
pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos
turísticos, servicios de catering y concesionarios de alimentos, con la finalidad de apoyar la
reactivación económica de este gran segmento económico empresarial, que ha sufrido un
impacto devastador como consecuencia de la pandemia por covid-19, con la finalidad de
viabilizar la supervivencia y evitar el cierre de estas actividades.
Preguntas
¿Desde cuándo surtirá efecto la tasa especial del IGV?
Desde el primer día del mes siguiente de la publicación, es decir desde 01
de setiembre del 2022 hasta el 31 de diciembre del 2024.
¿Para quienes aplica esta norma?
Para personas naturales y jurídicas que tengan como actividad principal la
de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos y que no generen
ingresos superiores a 1,700 UIT (Micro y pequeñas empresas)
¿Cómo saber cuál es mi actividad principal?
La actividad principal para los fines de la presente ley comprende a los sujetos de las actividades señaladas cuyos ingresos por ventas o
prestación de servicios de dichas actividades representen, por lo menos el 70% de sus ingresos.
Ejemplo: La empresa Los corazones SAC desea saber si para ella aplica la tasa especial del IGV a partir del 01 de setiembre del 2022.
Para ello, nos muestra la siguiente información sobre sus ingresos.
¿Me conviene esta medida?
Sin la aplicación de la
ley:
Con la aplicación de la
ley:

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  • 3. ¿Qué entendemos por bienes inmuebles? ¿Qué entendemos bienes muebles? ¿Qué significa constructor? ¿Qué entendemos por importación? ¿Qué entendemos por venta?
  • 4. IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS E IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO - DECRETO SUPREMO N° 055-99-EF
  • 6. Prestación o utilización de servicios Con relación a la prestación de servicios en el país, debe entenderse que se encuentra gravada independientemente del lugar en que se pague o perciba la contraprestación, del lugar que se celebre el contrato, y siempre que el sujeto que lo presta se encuentre domiciliado en el país. ✓ Que se trate de una prestación de servicios que una persona realiza para otra. ✓ Que sea a título oneroso. ✓ Que su ingreso constituya renta de tercera categoría a efectos del impuesto a la renta.
  • 7. Servicio a título oneroso A diferencia de lo que contempla la Ley del IGV para el caso de la venta de bienes muebles, en las operaciones de servicios no se encuentran gravados los autoconsumos de servicios o retiro de servicios que se efectúan de manera gratuita
  • 8. Ingreso constituya renta de tercera categoría La tercera condición de la prestación de servicios es que sus ingresos constituya renta de tercera categoría. Es decir que se encontrará gravado con el IGV el ingreso que se considere renta de tercera categoría para los efectos
  • 10. Utilización de servicios El servicio es utilizado en el país cuando siendo prestado por un sujeto no domiciliado, es consumido o empleado en el territorio nacional, independientemente del lugar en que se pague o se perciba la contraprestación y del lugar donde se celebre el contrato
  • 12. Contratos de Construcción Los contratos de construcción que se ejecuten en el territorio nacional, cualquiera sea su denominación, sujeto que lo realice, lugar de celebración del contrato o de percepción de los ingresos.
  • 13. Ejemplo La empresa Navegantes SA encarga la construcción de un barco a la Empresa Constructores SA; por lo que se celebra el contrato respectivo por la suma determinada a ser pagada a Constructores SA. ¿Deberá adicionarse al precio el IGV respectivo, por ser una operación gravada?
  • 14. PRIMERA VENTA DE INMUEBLES REALIZADA POR EL CONSTRUCTOR
  • 15. La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos Se encuentre gravado con el IGV la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos; es decir, la primera transferencia desde que el inmueble fue construido.
  • 16. La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos Calificará como primera venta de inmuebles los siguientes supuestos: La que efectúe con posterioridad a la reorganización o traspaso de empresas La que se realice con posterioridad a la resolución, rescisión, nulidad o anulación de venta gravada La transferencia de inmuebles ampliados, remodelados o restaurados
  • 17. La primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos Calificará como primera venta de inmuebles los siguientes supuestos: La posterior venta del inmueble que realicen las empresas vinculadas con el constructor, cuando el inmueble haya sido adquirido directamente de este o de empresas vinculadas económicamente con él. Transferencia de alícuotas entre copropietarios
  • 19. La importación de bienes Se encuentra gravado con IGV la importación de bienes, cualquiera sea el sujeto que la realice. 1) La procedencia de la mercancía 2) El destino de la mercadería 3) La forma de internación al Características básicas de una importación
  • 22. Inafectación del IGV Es el supuesto no comprendido o alcanzado en el presupuesto de hecho previsto en la norma AFECTOS AL IGV INAFECTOS AL IGV ÁMBITO DE APLICACIÓN
  • 23. Inafectación del IGV El arrendamiento y demás formas de cesión en uso de bienes muebles e inmuebles, siempre que el ingreso constituya renta de primera o de segunda categorías gravadas con el Impuesto a la Renta. Ejemplo: Carlos es una persona natural que no obtiene rentas empresariales (es decir no genera renta de tercera categoría) y decide arrendar su inmueble. ¿La operación estará gravada con el IGV?
  • 24. Inafectación del IGV La transferencia de bienes usados que efectúen las personas naturales o jurídicas que no realicen actividad empresarial, salvo que sean habituales en la realización de este tipo de operaciones. Ejemplo: Mateo no realiza actividad empresarial, sólo se dedica a correr autos y ha decidido vender su auto de carreras usado.
  • 25. Inafectación del IGV La transferencia de bienes que se realice como consecuencia de la reorganización de empresas; Ejemplo: La empresa Los girasoles absorbe a la empresa Los corrales; adquiriendo muebles e inmuebles construidos recientemente.
  • 26. Inafectación del IGV Bienes de uso personal y menaje de casa Bienes efectuada con financiación de donaciones del exterior La importación de: Bienes donados a entidades religiosas El Banco Central de Reserva del Perú por las operaciones de:
  • 27. Inafectación del IGV La transferencia o importación de bienes y la prestación de servicios que efectúen las Instituciones Educativas Públicas o Particulares exclusivamente para sus fines propios. Mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas Los pasajes internacionales adquiridos por la Iglesia Católica para sus agentes pastorales, según el Reglamento que se expedirá para tal efecto; ni los pasajes internacionales expedidos por empresas de transporte de pasajeros que en forma exclusiva realicen viajes entre zonas fronterizas. Las regalías que corresponda abonar en virtud de los contratos de licencia celebrados conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 26221. Los servicios que presten las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y las empresas de seguros a los trabajadores afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones y a los beneficiarios de éstos en el marco del Decreto Ley N° 25897.
  • 28. Inafectación del IGV La importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito, a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público Los intereses y las ganancias de capital generados por Certificados de Depósito del Banco Central de Reserva del Perú y por Bonos “Capitalización Banco Central de Reserva del Perú”. Los juegos de azar y apuestas, tales como loterías, bingos, rifas, sorteos, máquinas tragamonedas y otros aparatos electrónicos, casinos de juego y eventos hípicos. La adjudicación a título exclusivo a cada parte contratante, de bienes obtenidos por la ejecución de los contratos de colaboración empresarial que no lleven contabilidad independiente, La asignación de recursos, bienes, servicios y contratos de construcción que efectúen las partes contratantes de sociedades de hecho, consorcios, joint ventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que no lleven contabilidad independiente
  • 29. Inafectación del IGV La atribución, que realice el operador de aquellos contratos de colaboración empresarial que no lleven contabilidad independiente La venta e importación de los medicamentos y/o insumos necesarios para la fabricación nacional de los equivalentes terapéuticos que se importan (mismo principio activo) para tratamiento de enfermedades oncológicas, del VIH/SIDA y de la Diabetes, efectuados de acuerdo a las normas vigentes Los servicios de crédito: Sólo los ingresos percibidos por las Empresas Bancarias y Financieras, Las pólizas de seguros de vida emitidas por compañías de seguros legalmente constituidas en el Perú, de acuerdo a las normas de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
  • 31. Exoneraciones del IGV Venta en el país o importación de los bienes Servicios exonerados del impuesto general a las ventas Las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • 43. NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
  • 44. Nacimiento de la obligación tributaria Venta de bienes muebles en el país Fecha de emisión del comprobante de pago Fecha de entrega del bien inciso a) del artículo 4 de la ley del IGV
  • 45. Ejemplo El 15 de junio el señor Juan Pérez desea adquirir un artefacto de la tienda comercial Plaza Vea, pero el vendedor le indica que no tienen artefactos en stock, pero si es que esta interesado en adquirir el bien podría separarlo y en 5 días estaría llegando. A lo que Juan decide esperar esos 5 días. El vendedor le indica que tendrá que cancelar la totalidad del bien y el 20 de junio acercarse con su respectivo comprobante de pago para recoger el electrodoméstico. ¿En que momento se configura el nacimiento de la obligación tributaria?. Fecha de emisión del comprobante de pago, es decir el 15 de junio
  • 46. Nacimiento de la obligación tributaria Prestación de servicios Servicios en general Servicios de agua, luz y teléfono Emisión de CP Percepción de retribución Vencimiento del recibo Pago de la retribución Culminación del servicio Percepción de retribución Vencimiento plazos fijados inciso c) del artículo 4 de la ley del IGV
  • 47. Nacimiento de la obligación tributaria Utilización de servicios Fecha en que se anota el comprobante en el registro de compras Fecha en que se pague la retribución. inciso d) del artículo 4 de la ley del IGV
  • 48. Nacimiento de la obligación tributaria Contratos de construcción Fecha de emisión del comprobante de pago Fecha de percepción del ingreso sea total o parcial o por valorizaciones periódicas Inciso e) del Artículo 4 de la Ley del IGV
  • 49. Nacimiento de la obligación tributaria Primera venta de inmuebles realizada por el constructor Fecha de percepción del ingreso Inciso f) del Artículo 4 de la Ley del IGV
  • 50. Nacimiento de la obligación tributaria Importación de bienes Fecha en que se solicita su despacho o consumo Inciso g) del Artículo 4 de la Ley del IGV
  • 51. Nacimiento de la obligación Tributaria
  • 53. Base imponible Valor de venta de los bienes vendidos. Valor total de la retribución. Valor de la construcción El ingreso percibido con exclusión del correspondiente valor del terreno El valor de aduana Artículo 13 de la Ley del IGV
  • 54. Ejemplo El señor Juan Pérez es el titular de una empresa comercializadora de leche. Con fecha 25 de mayo juan se lleva a su casa una caja de leche para su propio consumo. ¿Será esta una operación gravada? De ser afirmativa su respuesta ¿Cuál será la base imponible?
  • 56. Tasa del impuesta Artículo 17 de la Ley del IGV
  • 58. Impuesto bruto o Débito fiscal Artículo 12 de la Ley del IGV Es el resultado de aplicar la tasa del 18% a las operaciones gravadas en determinado periodo tributario, que en nuestro caso es de manera mensual, recibiendo el nombre de impuesto bruto
  • 60. Crédito fiscal Método de sustracción sobre base financiera dentro de la modalidad impuesto contra impuesto.
  • 61. Requisitos sustanciales Que sean permitidos como costo o gasto de la empresa, de acuerdo a la legislación del Impuesto a la renta, aún cuando el contribuyente no esté afecto a este último Que se destinen a operaciones por las que se deba pagar el impuesto. Artículo 18 de la Ley del IGV
  • 63. Requisitos formales Artículo 19 de la Ley del IGV Estos requisitos apuntan a conseguir un adecuado control de la aplicación del crédito fiscal, de modo que la Administración Tributaria se le haga mas fácil su labor de fiscalización.
  • 64. 1. Que el impuesto general esté consignado por separado en el comprobante de pago Requisitos formales Si no se discrimina el IGV en el comprobante de pago Se deberá anular dicho comprobante de pago Si se consigna de manera errada un monto menor Sólo se podrá registrar el crédito fiscal que figure en el CP. Si se consigna de manera errada un monto mayor Sólo se podrá deducir el IGV hasta el monto que corresponda. Inciso a) del Artículo 19 de la Ley del
  • 65. Ejemplo Una empresa recibe de su proveedor, persona natural con negocio, la cual no está obligada a emitir comprobante de pago electrónico, por que emite una factura física por la compra de productos por un total de S/. 3,800, sin embargo, los valores fueron emitidos de manera errónea. ¿Cuánto será el importe que es permitido consignar como crédito fiscal? Valores consignados Valores correctos Base imponible 3,247.86 3,220.34 IGV 552.14 579.66 Importe total 3,800 3,800
  • 66. Requisitos formales 2. De la validez del comprobante de pago y habilitación del emisor al momento de emitirlos Inciso b) del Artículo 19 de la Ley del i. Identificación del emisor y del adquirente o usuario (nombre, denominación o razón social y número de RUC), o del vendedor tratándose de liquidaciones de compra (nombre y documento de identidad); ii. Identificación del comprobante de pago (numeración, serie y fecha de emisión); iii. Descripción y cantidad del bien, servicio o contrato objeto de la operación; y iv. Monto de la operación (precio unitario, valor de venta e importe total de la operación).
  • 67. Ejemplo La empresa Medial EIRL realiza la compra de 5 laptops, para su personal de ventas. La empresa recibe los equipos y el comprobante de pago en función a la proforma de cotización, pero se percatan que una de las computadoras recibidas no correspondía al modelo solicitado y tampoco coincidía el numero de serie detallado en la cotización, sin embargo, se aceptó el comprobante de pago acordando que para un siguiente pedido se le otorgaría un precio especial.
  • 68. Requisitos formales 3. Que los comprobantes de pago o documentos hayan sido anotados en el registro de compras. Inciso c) del Artículo 19 de la Ley del Derecho al crédito fiscal Anotación en la fecha de emisión o los 12 meses siguientes Antes que surta efecto el requerimiento para la exhibición del registro de compras. Pérdida del Derecho al crédito fiscal Anotación fuera del plazo de 12 meses siguientes a su emisión Anotación posterior a que surta efecto el requerimiento para la exhibición del registro de compras.
  • 69. Ejemplo Con fecha 4 de noviembre del 2021, la empresa JYE EIRL recibe una esquela por parte de la administración tributaria mediante la cual le solicita la presentación de su registro de compras correspondiente a los periodos enero – junio del 2021. Se sabe que la empresa se encontraba obligada a llevar en forma electrónica los registros de compras y ventas desde enero del 2021, sin embargo, a la fecha de la notificación, no ha cumplido con la generación de los referidos registros y recién lo regularizará el 11 de nov de 2021. Se desea saber si perderá el derecho al crédito fiscal consignado en sus declaraciones mensuales.
  • 71. Entrega de bonificaciones En el mes de mayo del 2022, la empresa Fore Sur SAC decidió otorgar bonificaciones a sus clientes. Nos consulta ¿Cuáles son las implicancias tributarias de estas operaciones? Por la compra de 10,000 unidades se obsequian 100 unidades del producto. Valor de venta de cada unidad = S/. 1.00 Numeral 3 Artículo 2 del Reglamento
  • 73. Prestación de servicios en moneda extranjera La empresa Fore Sur SAC brinda sus servicios a varios clientes, a los cuales les emite a fin de mes su factura electrónica correspondiente. Respecto a uno de sus clientes, no se emitió oportunamente la factura correspondiente al mes de marzo del 2022 por el monto de $ 500 (no incluye IGV). Por lo cual la empresa procede a emitir la factura con fecha 5 de abril del 2022. Se pide determinar la oportunidad en que se produce el nacimiento de la obligación tributaria del IGV y el cálculo de la base imponible y el débito fiscal.
  • 74. Tipo de cambio SBS Numeral 17 Artículo 5 del Reglamento “La conversión en moneda nacional se efectuará al tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros en la fecha de nacimiento de la obligación tributaria”.
  • 75. Prestación de servicios en moneda extranjera Monto en $ TC venta Monto en soles Valor de venta $ 500 3.701 S/. 1,850.50 IGV $ 90 3.701 S/. 333.09 Numeral 17 Artículo 5 del Reglamento
  • 76. Pago de IGV en utilización de servicios Una empresa domiciliada que opera en el rubro de servicios profesionales empresariales, ha visto la necesidad de contratar a una empresa no domiciliada; un plan de suscripción mensual en la plataforma Zoom Meeting, con el fin de establecer reuniones vía conferencia virtual con sus colaboradores durante el periodo de emergencia, para las diversas áreas y sucursales de la empresas. El pago mensual establecido por el paquete de suscripción fue de $ 200 el cual se realizó el 12 de marzo del 2022 Prestador del servicio Contribuyente del impuesto Lugar de ocurrencia Sujeto no domiciliado que perciba rentas empresariales Puede ser en el país o en el exterior, lo relevante es que sea consumido o Usuario o contratante del servicio domiciliado en Perú Numeral 1 Artículo 3 de la Ley del IGV
  • 77. Pago de IGV en utilización de servicios Lo que ocurra primero entre En la fecha que se anote el comprobante de pago en el Registro de compras En la fecha que se pague la retribución
  • 78. Compra de mascarillas entregadas al personal La empresa Fore Sur SAC es una empresa industrial y realiza en el mes de abril la compra de mascarillas para sus vendedores por un valor de S/. 12,000 (más IGV), los cuales van a ser entregados en mayo. Determinar si dicha operación se tiene derecho a crédito fiscal y a partir de qué periodo. Inciso a) Artículo 18 de la Ley del IGV “Que sean permitidos como gasto o costo de la empresa, de acuerdo a la legislación del Impuesto a la Renta, aun cuando el contribuyente no esté afecto a este último impuesto” Impuesto a la Renta Principio de causalidad y se acredite en forma fehaciente
  • 79. LEY 31556 – REDUCCIÓN IGV
  • 80. Objetivo de la Ley La ley tiene por objeto establecer una tasa especial y temporal de impuesto general a las ventas (IGV), denominado “8% del IGV para Rescatar el Empleo”, para las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicios de catering y concesionarios de alimentos, con la finalidad de apoyar la reactivación económica de este gran segmento económico empresarial, que ha sufrido un impacto devastador como consecuencia de la pandemia por covid-19, con la finalidad de viabilizar la supervivencia y evitar el cierre de estas actividades.
  • 81. Preguntas ¿Desde cuándo surtirá efecto la tasa especial del IGV? Desde el primer día del mes siguiente de la publicación, es decir desde 01 de setiembre del 2022 hasta el 31 de diciembre del 2024. ¿Para quienes aplica esta norma? Para personas naturales y jurídicas que tengan como actividad principal la de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos y que no generen ingresos superiores a 1,700 UIT (Micro y pequeñas empresas)
  • 82. ¿Cómo saber cuál es mi actividad principal? La actividad principal para los fines de la presente ley comprende a los sujetos de las actividades señaladas cuyos ingresos por ventas o prestación de servicios de dichas actividades representen, por lo menos el 70% de sus ingresos. Ejemplo: La empresa Los corazones SAC desea saber si para ella aplica la tasa especial del IGV a partir del 01 de setiembre del 2022. Para ello, nos muestra la siguiente información sobre sus ingresos.
  • 83. ¿Me conviene esta medida? Sin la aplicación de la ley: Con la aplicación de la ley: