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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS
UAPA
Escuela de Ciencias Jurídicas y Políticas
CARRERA
DERECHO
ASIGNTURA
SOCIOLOGÍA JURÍDICA
SUSTENTADO POR
CARLOS MIGUEL PATIÑO SANTANA
MATRÍCULA:
201902042
FACILITADOR:
PEDRO PABLO HERNÁNDEZ RAMOS
ACTUALMENTE RECLUIDO EN EL PINITO LA VEGA
(C-C-R16)
República Dominicana
16 DE OCTUBRE DEL (2019)
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Introducción
Al analizar el desarrollo de la sociología como ciencia social, desde la época que
se remonta a los autores clásicos hasta la actualidad, se puede observar que la
comunidad científica sociológicaha mostrado un especial interés en la aplicación
del conocimiento sociológico al estudio de la educación desde diversas
perspectivas.
Desde los tiempos históricos y hasta nuestro tiempo, el hombre se ha interesado
por la comprensión de la vida social, por estudiar los procesos que en esa vida
se desarrollan, explicarlos y en lo posible influir de alguna manera en ello. En el
pasar de los tiempos algunas personas fueron respetadas por sus conocimientos
de las costumbres sociales y de la forma en que aplican las relaciones humanas.
Ya que la sociología es la ciencia que estudia en sí a la sociedad. El objetivo
principal de dicha investigación es tener el conocimiento de la evolución y el
comportamiento del ser humano en la sociedad.
De esta manera, se presenta una revisión de los aportes que diversas
tradiciones teóricas han hecho acerca del tema, así como una reflexión
acerca del objeto de estudio de la sociología de la educación. Además,
es una contribución al crecimiento de la producción teórica y del
conocimiento acerca de la educación, a partir de los planteamientos
aquí desarrollados.
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Objetivos específicos
Su objetivo es aportar a la población estudiantil ya sea de ciencias de la
educación o enseñanza de que recién comienza su formación en esta área, un
documento que facilite la introducción a este campo desde la perspectiva
sociológica, mapeando las diversas corrientes, autores y textos teóricos y
apuntando algunos de sus planteamientos principales.
Desarrollo
Desde sus inicios, la sociología se ha enfocado en el estudio de áreas
específicas como lo es la educación, hasta convertirse en una ciencia que
profundiza en el estudio científico y especializado del tema. Este documento
presenta un repaso de los aportes de diversas tradiciones teóricas europeas
acerca de la educación. De los insumos teóricos presentados, se desprende la
reflexión y la propuesta teórica acerca del objeto de estudio de la sociología de
la educación, debido a que en ocasiones parece no haber claridad ni consenso
entre los autores. Lo anterior con el fin de analizar aquellos aspectos medulares
acerca de la comprensión de las múltiples interacciones entre sociedad-
educación y viceversa, visibles desde la sociología. Por último, como una de las
principales conclusiones, se argumenta que la tradicionalmente llamada
sociología de la educación, engloba la sociología educacional, la sociología
educativa y la sociología del sistema educativo. Estas constituyen líneas de
investigación de un mismo tema, pero su categorización facilita la especificación
de diversos aspectos dentro de un mismo objeto de estudio.
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Elabora un ensayo argumentativo, en no más de tres
páginas, acerca de La sociología Jurídica: El acceso a la
Justicia, Los Derechos Humanos y el uso alternativo del
derecho.
La Sociología Jurídica es la rama de la Sociología que estudia las condiciones
sociales de la creación del Derecho, la normativa legal y las instituciones
jurídicas, así como también la influencia del ordenamiento jurídico sobre la
Sociedad, el impacto social que produce. Según el profesor Aníbal Ismo des
Cairo el tratamiento de los aspectos sociales de lo jurídico en forma regular y
metódica ha sido anterior a la denominación del saber denominado estudio de la
Sociedad o Sociología.
Clásicos de la Sociología Jurídica. Fueron Karl Marx relacionó los procesos de
la historia con el desarrollo de la economía y la política con efecto de formular
una interpretación materialista de la historia y de la estructura social que
permitiese instaurar una sociedad más justa y mejor. El inglés Herbert Spencer
desarrolló la sociología conocida como evolucionista en la que establece, con
base en el desarrollo, el paralelismo entre las diversas sociedades.
Emilio Durkheim es el iniciador del funcionalismo, teoría que analiza,
precisamente, las funciones de cada uno de los segmentos, papeles y problemas
de la sociedad. Max Weber concibe a la sociología como la ciencia encargada
de comprender e interpretarla realidad social tal como es. SAINT-SIMON fue el
precursor de la Sociología. AUGUST Comte fue el padre de la Sociología. Emilio
Durkheim desarrolló enfoques de estudio e investigación que le dieron la
categoría de ciencia. Marx y Weber contribuyeron al desarrollo de teorías
analíticas. Max Weber define la sociología como una ciencia histórica que trata
de comprender la acción social a través de la interpretación.
La Sociología Jurídica y el acceso a la justicia. El tema del acceso a la justicia,
desde el punto de vista sociológico, deriva de la confrontación entre las
expectativas que surgen de la ley para la cual todos los ciudadanos puedan
acudir a los tribunales en defensa de los derechos, y de igual manera se
encuentra garantizada la defensa en juicio y las condiciones reales de tal acceso
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y de la supuesta defensa. El tema puede ser tratado, y lo ha sido extensamente,
desde la óptica general de la sociología jurídica, incluso como disfuncionalidad
del sistema, y tal tratamiento no supone una sociología crítica. No es necesario
adscribir a esta posición para reconocer que el derecho de acceder a la justicia
se entendió tradicionalmente como un derecho natural que tenían las personas
afectadas para litigar o defenderse, es decir, como un derecho del cual el Estado
solo debía impedir, también formalmente, su violación. En este contexto al
Estado liberal no le concernía auxiliar la indigencia jurídica, ya que, según esta
ideología, toda indigencia es exclusiva responsabilidad del indigente.
Es decir que las posibilidades desiguales para litigar constituyen, un tema que
interesa a toda la sociología jurídica, en cuanto muestra una ruptura entre la
declaración formal de un derecho y su alcance real. Pudo litigar y puede hacerlo
el que tiene, entre otras cosas, recursos de variado tipo, los más de los cuales
dependen de su posición socioeconómica y educacional. Los problemas que
fueron estudiados en el campo general se refieren al alto costo del proceso, que
hacen de muy dificultosa o imposible interposición las demandas de menor
cuantía; el promedio de duración de los procesos, que requiere del que intenta
un pleito- la capacidad económica para esperar su resultado; las ventajas
particulares de algunos litigantes, que permiten una mejor defensa letrada;
mayor disponibilidad para gastos procesales, conocimiento del derecho y de los
modos de defenderlo.
Los derechos humanos y el uso alternativo del derecho. El derecho alternativo
es un acto, un modelo de construcción del derecho que tiene su fundamento en
el desarrollo desde cierto punto de vista, que implique los valores asociados a la
reafirmación de la libertad humana frente a los abusos del Estado, del derecho
a la vida, de la lucha por la repartición del producto social, por la reducción de la
desigualdad y por la defensa del futuro del hombre, preservando para él y para
las generaciones futuras el medio ambiente y la naturaleza.
Nace a partir de los conflictos sociales de nuestra Latinoamérica y tiene como
meta un nuevo orden jurídico, buscando las posibles contradicciones dentro de
un orden jurídico que posibilite los fines antes enunciados. Con este modo de
ejercicio práctico también se tiende a justificar y hacer vigente una nueva función
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de los jueces que consiste en impartir justicia a través de sentencias y
resoluciones contrarios a la propia ley, cuando ésta sea injusta, apelando a una
visión más amplia del derecho, que no se restringa a la legislación vigente.
Esta concepción amplia del derecho no solo implica la ley, sino también el uso
de otras fuentes, como la costumbre, los distintos principios filosóficos que
fundamentan el derecho, la jurisprudencia doctrinal y los pactos internacionales
institucionalizados.
Exige un compromiso del jurista con el pueblo. Por lo tanto tiene un carácter
clasista, porque usa al derecho en interés de las clases populares, revaloriza el
derecho alternativo, que es producido por ellas mismas, al margen del derecho
estatal, hasta llegar a que se conviertan en hegemónicas, y que sean
incorporadas al derecho positivo.
En mi opinión, la Sociología Jurídica, también llamada Sociología Legítima, es
esa rama que revisa el punto de partida, la separación, la aplicación, los cambios,
los problemas, la viabilidad y todo lo relacionado con las relaciones entre el
derecho y el público en general. Del mismo modo, no está a cargo de examinar
la ley en caso de duda.
Sea como sea, como una organización tipificada a través del Estado y su
actividad. Adicionalmente, la introducción de principios de varias clases. Normas
religiosas, Normas morales, Normas legales, Normas políticas, etc...
La ley actual legitimada está igualmente dispuesta y genéricamente en su
aplicación a casos explícitos. Cuando todo está dicho, la perspectiva de Weber
puede representarse como una forma externa de tratar con la ley que revisa los
atributos exactos de la ley, en lugar del punto de vista interno de las ciencias
legítimas y la metodología ética de la forma de pensar de la ley.
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Conclusión
Finalizado el presente trabajo de investigación entendemos la evolución del
comportamiento del individuo dentro de la sociedad, ya que la sociología es la
ciencia que lo estudia. Decimos que la sociedad tiene influencia en las acciones
y pensamientos de las personas, es decir, la sociedad es más que la suma de
los individuos que la componen, tienen una existencia propia que se manifiesta
en las normas, valores o creencias que se imponen a los individuos que forman
parte de ella.
Aspecto particular de la disfunción entre filosofía y ciencia en general aparece
clarísima. La ciencia es una toma de posesión de la realidad; la filosofía, una
toma de posición frente a la realidad.
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Bibliografía
Su bibliografía
Página web
VISTA DE APORTES DE LA SOCIOLOGÍA AL ESTUDIO DE LA EDUCACIÓN (AUTORES
CLÁSICOS) | REVISTA EDUCACIÓN
En el texto: ("Vista de Aportes de la sociología al estudio de la educación (Autores clásicos) |
Revista Educación", 2019)
Bibliografía: Vista de Aportes de la sociología al estudio de la educación (Autores clásicos) |
Revista Educación. (2019). Retrieved 14 October 2019, from
https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/educacion/article/view/14376/13680
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ACCESO Revisar Gramática
25. EL ACCESO A LA JUSTICIA: CONTRIBUCIONES TEÓRICO-EMPÍRICAS EN Y
DESDE PAÍSES LATINOAMERICANOS
En el texto: ("25. El acceso a la justicia: contribuciones teórico-empíricas en y desde países
latinoamericanos", 2019)
Bibliografía: 25. El acceso a la justicia: contribuciones teórico-empíricas en y desde países
latinoamericanos. (2019). Retrieved 14 October 2019, from
http://www.iisj.net/es/publicaciones/25-el-acceso-la-justicia-contribuciones-te%C3%B3rico-
emp%C3%ADricas-en-y-desde-pa%C3%ADses
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ACCESO Revisar Gramática