1. I. Realiza un mapa mental que contenga: Relación de la
Sociología Jurídica con el Derecho Dogmático y la
Jurisprudencia.
Derecho
Derecho
Dogmático
• Estudia las reglas en sí misma
• El Jurista Dogmático, al analizar un fenómeno
social lo estudia a partir de las normas legales
vigente en el país, tomando en cuenta lo que son
las cuentas jurídicas positivas.
El Jurista Dogmático está mezclado en el interior de un
sistema Jurídico, que es un sistema Nacional.Relación
Sociología
Jurídica
Jurisprudencia
Se Esfuerza en descubrir las causas sociales que la han producido,
así como los efectos sociales que dichas reglas producen.
Se esfuerza en descubrir las causas sociales que han producidos las
reglas jurídicas y lo efectos sociales que ellas produzcan.
Venloshechossolamente losfenómenos despojadosde todaautoridad.
Quedafueradel sistemaque observa,aunqueseael suyo.
En el planode jurídica se efectúaa travésde la averiguación
de loshechosy enel planode laaplicaciónde lasnormas.
2. II. Elabora un diario de doble entrada respecto de la
Sociología Jurídica y su vinculación con la Jurisprudencia.
Sociología Jurídica La Jurisprudencia
La Sociología Jurídica tiene mucha
vinculación con la jurisprudencia,
ya que la jurisprudencia en el plano
Jurídico se efectúa a través de la
averiguación de los hechos y en el
plano de aplicación de la norma
jurídica.
La jurisprudencia comprende las decisiones
que provienen de los tribunales,
particularmente cuando la norma es oscura
o enigmática, es ahí donde entra el papel
creativo del juez, para dar a la norma a su
verdadera trayectoria.
Relación entre Sociología
Jurídica y La Jurisprudencia
Determinación de Derecho.
En este caso existe normas válidas para
todos los caso. Ejemplo una situación que
conduce a la aplicación de esa forma es la
siguiente: una demande de guarda de un
menor, en este caso, tomar una decisión a
quien se le cede la custodia por el bienestar
del menor, ya sea al padre o a la madre. Es
necesario buscar pruebas necesarias
tomando en consideración el hecho
particular aplicable al caso concreto, en vista
que si se trata de un niño de poca edad, es
aconsejable que éste viva con la madre para
tomar una correcta decisión que favorezca
los intereses del menor.
En fin para determinar con cuál de los padres
estará mejor. En este caso el Juez aplica lo
que se llama Jurisprudencia, ya que recurre
a averiguaciones por la apreciación de los
hechos, el Juez determina a quien se le
otorga la guarda.
Concreción de las normas que se
remiten a cláusulas generales y
conceptos jurídicos
indeterminados.
En este caso se penetra en la parte
fundamental de la Jurisprudencia
Sociológica, tratándose solo de la norma y
no de la del hecho a juzgar en término
concreto, en este sistema existen tres
vertientes las cuales se explican de las
siguientes formas.
En este caso se penetra en la parte
fundamental de la jurisprudencia sociológica,
tratándose solo de la norma y no de la del
hecho a juzgar en término concreto, en este
sistema existen tres vertientes las cuales se
explican de las siguientes formas.
3. Aquí se explica que muchas normas jurídicas
remiten al juzgador que ha de aplicar el
derecho a modelos extrajurídicos de
procedimiento, como son la buena fe, los
usos y costumbres. Estas conmutaciones
que hace el legislador autorizan al grupo
afectado a crearse su propio derecho en las
combinaciones sociales de carácter
extrajurídico.
En la creación del Derecho en
caso de oscuridad y lagunas.
Aquí nos dice que el Juez tiene la obligación
de hallar todos los casos sometidos y no
puede alegar insuficiencia u oscuridad de la
ley es decir,
debe convertirse en un verdadero legislador
y crear el derecho con fundamento científico
considerando los hechos sociales y los
conflictos de intereses.
En la Interpretación Teleológica.
Esta junto a la interpretación gramatical
histórica y sistemática; trasciende en la
interpretación de conocimientos sociológico-
Jurídicos en la Dogmática Jurídicas. Esta
interpretación permite interpretar los
preceptos legales, entre otras cosas.
4. Opinión Personal.
Las sociologías actuales suelen ser bastante modestas. Se dedican a hacer su
tarea, cuentan sujetos, inventan nuevos campos de indagación, refinan sus
procedimientos y sus teorías, muerden sin temor los límites de los territorios
ocupados por otras disciplinas sociales, pero muy a tono con la época no pueden
evitar beber del manantial de los escepticismos respecto de cuestiones tan
venerables como totalidad, causalidad, determinación, verdad. La sociología
jurídica posee unos rasgos distintivos que la diferencia de otras disciplinas
sociales y del derecho, alrededor del significado de la sociología jurídica se ha
desarrollado importantes debates, que tienen como finalidad delimitar el sentido
y el concepto de esta disciplina. El punto central gira en torno al reconocimiento
de la sociología del derecho como una disciplina autónoma, perteneciente al
campo de la sociología general, que aporta importantes elementos para la
comprensión del fenómeno del derecho y su relación con los fenómenos
sociales.
5. Bibliografía.
Carbonier, Jean, 1982. Sociología Jurídica, 2da. Ed., versión española de
Luis Diez-Picazo, Edit. Tecnos, S. A., (Ciencias Sociales), Paris.
Constitución de la República Dominicana, reforma 2015. González-Anleo,
Juan, 1996. Para comprender la Sociología, 4ta ed. Edit. Verbo Divino.
Hernández Ramos, Pedro Pablo, 2012. Tratado de Sociología del
Derecho, 3ra. Edición, Editora Neslon Soto, Santo Domingo, D. N.
Rehbinder, Manfred, 1981. Sociología del Derecho, traducción, Gregorio
Robles Morchón, Ediciones Pirámide, S. A., Madrid.