Grupo 5 plurinacionalidad e interculturalidad por Carmen Valencia
1. UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE FILOSOFÍA, LETRAS O CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN
PEDAGOGÍA DE LAS CIENCIAS EXPERIMENTALES, QUÍMICA Y BIOLOGÍA
INTEGRANTES:
NELLY AIMACAÑA
NATASHA CALVOPIÑA
MELANIE BUSTAMANTE
DANIELA LEMA
ANA PARREÑO
SEGUNDO SEMESTRE “A”
DOCENTE: BOLÍVAR REINA
TEMA:
PLURINACIONALIDAD E INTERCULTURALIDAD
2.
3. PLURINACIONALIDAD E
INTERCULTURALIDAD
Diversos países han
adoptado esa denominación
en sus constituciones
políticas o en sus leyes
internas, se refiere
principalmente a dar
autonomía a los distintos
pueblos indígenas que
conviven en un mismo
Estado.
La idea es dar
autodeterminación a los
pueblos y hacerlos
partícipes de las
decisiones del Estado, así
como reconocer las
lenguas propias y las
tradiciones de cada etnia.
4. En Sudamérica hay dos
casos claros, estos
son Bolivia (Estado
Plurinacional de Bolivia),
y Ecuador.
En la Constitución de 2008 se
declara como un “estado
constitucional de derechos y
justicia, social, democrático,
soberano, independiente, unitario,
intercultural, plurinacional y laico.
Se organiza en forma de república y
se gobierna de manera
descentralizada”
Ilustración 1: estado plurinacional
Recuperada de: https://es.unesco.org/fieldoffice/quito
5. PLURINACIONALIDAD
La plurinacionalidad del Estado no es un estatuto especial para los
pueblos indígenas, sino una condición de la política moderna para
generar accesos, reconocimientos e interculturalidad para toda la
sociedad, pero fundamentalmente a los sujetos individuales (los
ciudadanos)
Permite el acceso y la igualdad de derechos tanto para los
pueblos indígenas cuanto para los sujetos modernos.
6. Los sujetos más interpelados por la
plurinacionalidad, entonces, no son
necesariamente los pueblos indígenas sino
los sujetos modernos e individualizados.
La plurinacionalidad atañe a toda la
sociedad. Es pensada desde lo indígena
pero con proyección nacional. (Losada,
2013)
Ilustración 2: plurinacionalidaden un EstadoRecuperadade:
https://www.alainet.org › active
7. INTERCULTURALIDAD
La
interculturalidad
es la conducta
cultural para
desenvolverse
en contextos de
relación de
culturas.
Es una conducta
de las personas o
de los grupos
humanos en
situaciones de
multiculturalidad.
Se trata de un
saber manejarse
entre miembros
de diferentes
culturas con
quienes se
interactúa
La Interculturalidad
se presenta como
el "espacio de
intercambio y
posibilidad de
innovación de las
tradiciones", pues
aceptar la
diferencia implica
estar abierto al
contraste, al
cuestionamiento de
las incertidumbres,
a la tolerancia, al
sufrimiento y a los
límites.
8. • la diversidad cultural es intensificada a partir de los flujos
migratorios que se aumentan con la Globalización, donde las
personas se mueven en busca de nuevas oportunidades, y
construyen en el país que los acoge nuevas relaciones sociales y
familiares
• Otros factores que influyen esta dinámica son: el ingreso de la
mujer al mercado de trabajo, la necesidad de estas en el trabajo
doméstico y cuidados informales domiciliarios; la mano de obra
no especializada en países desarrollados (agricultura y turismo), y
también, el envejecimiento de la población
Ilustración 3: naciones interculturales
Recuperada de:
https://www.derechoecuador.com/interpretacio
n-intercultural
9.
10. La Constitución del Ecuador
establece que nuestro país es un
Estado de derechos, justicia, social,
democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural,
plurinacional y laico […] (art. 1)
Garantiza los derechos de las
personas, comunidades, pueblos,
nacionalidades, colectivos y de la
naturaleza […] (art. 10)
la libertad de enseñanza, la libertad
de cátedra en la educación superior,
y el derecho de las personas de
aprender en su propia lengua y
ámbito cultural. (art. 29)
El artículo 57 reconoce y garantiza
los derechos colectivos a las
comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades indígenas.
11. Se refiere a los deberes y
derechos que son otorgador a toda
persona sin distinción de
nacionalidad o situación cultural
Se refiere a las múltiples
nacionalidades que
históricamente han convivido
en el actual territorio
ecuatoriano.
Hace referencia a las
múltiples manifestaciones de
cultura que coexisten en un
mismo país
12. El principal grupo étnico, en Ecuador, es
el mestizo. Este mestizaje comenzó a
principio del siglo XVI, cuando los
conquistadores españoles ante la escasez
de mujeres españolas raptaron o violaron
a mujeres indígenas.
El Consejo Nacional de Desarrollo de las
Nacionalidades Indígenas y Pueblos del
Ecuador reconoce a estos grupos
minoritarios bajo el amparo de 14
nacionalidades y 18 pueblos indígenas. A
ello, nos permitimos añadir al componente
social del Ecuador a los pueblos afro-
descendientes y a los pueblos montubios.
13. Los pueblos se encuentran conformados por
comunidades o centros con identidades
culturales que les distinguen de otros sectores
de la sociedad ecuatoriana. Tienen sistemas
propios de organización social, económica,
política y legal (INEC; 2010).
14. Los pueblos en aislamiento voluntario se
encuentran en territorios de posesión
ancestral, espacio
que no podrá ser reducido ni tocado. Además,
la Constitución establece que no se podrá
hacer
actividades de explotación o extracción de
recursos en el mismo. (Art. 57)
15. Las nacionalidades son definidas como un
conjunto de pueblos milenarios, anteriores e
integrantes del Estado ecuatoriano, que se
autodefinen como tales. Tienen una identidad
histórica, idioma y cultura comunes, viven en
un territorio determinado regidos por
instituciones y formas tradicionales propias
(INEC; 2010).
16. El Sumak Kawsay “el Buen
Vivir”
• Son los principios, objetivos,
planificación participativa, el buen
vivir en la constitución del Ecuador,
los derechos como pilares del buen
vivir, el estado ecuatoriano,
plurinacional e intercultural
• A través del conocimiento de las
culturas indígenas priorizar en sus
costumbres y legados para crear un
sistema educativo donde se ayude a
que los jóvenes integrantes no dejen
perder sus raíces.
• Se reconoce a nuestro país como
intercultural y plurinacional
ecuatoriana como un vinculo jurídico
de las personas con el estado, sin
prejuicio de su pertenencia a alguna
de las nacionalidades indígenas que
coexisten en el Ecuador plurinacional.
Construyendo un país
plurinacional e intercultural
17.
18. Los conocimientos tradicionales y sus diferencias por cada comuna,
comunidad, pueblo y nacionalidad enriquecen la diversidad cultural de
nuestro país.
20. LA CONSTITUCIÓN DE ECUADOR DE 1979 FUE LA DÉCIMO
NOVENA CONSTITUCIÓN QUE RIGIÓ EN LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR. ESTA CONSTITUCIÓN FUE LA PRIMERA EN
ESTABLECERSE LUEGO DEL RETORNO DEL PAÍS AL
EJERCICIO DEMOCRÁTICO DE PODERES, A PARTIR DE LA
DECISIÓN DE LA SALIDA DEL PODER POR PARTES DE LAS
JUNTAS MILITARES.
FUE PUBLICADA EN EL REGISTRO OFICIAL EL 27 DE MARZO
DE 1979. TRAS LA PROMULGACIÓN DE ESTA
CONSTITUCIÓN, SE DESARROLLARON LAS ELECCIONES
PRESIDENCIALES EN LAS CUALES RESULTÓ ELECTO JAIME
ROLDÓS AGUILERA, Y A PARTIR DE LA TOMA DE POSESIÓN
DEL CARGO POR PARTE DE ÉSTE, EL 10 DE AGOSTO DEL
MISMO AÑO, EMPEZÓ A REGIR LA CONSTITUCIÓN.
21. EL PLAN DE REESTRUCTURACIÓN JURÍDICA DADO A CONOCER COMO
DEFINITIVO POR EL CONSEJO SUPREMO DE GOBIERNO; PLAN QUE, AUNQUE SE
APARTABA DE LA TRADICIÓN DE NUESTRO DERECHO CONSTITUCIONAL Y
OFRECÍA PELIGROS Y VACÍOS NOTORIOS, FUE DE TODAS MANERAS, ACEPTADO
POR LAS FUERZAS POLÍTICAS Y POR LA OPINIÓN PÚBLICA, EN EL AFÁN DE
TRATAR DE SENTAR LAS BASES DE UN NUEVO ESTADO PROGRESISTA, SÓLIDO Y
LIBERADO DE SECULARES VICIOS PARA CONDUCIR LA REPÚBLICA HACIA UN
RÉGIMEN ESTABLE CAPAZ DE CUMPLIR LOS PROFUNDOS ANHELOS DE JUSTICIA
Y DE LIBERTAD DEL PUEBLO ECUATORIANO.
22. ART 1 El idioma oficial es el castellano. se reconocen el quichua y demás
lenguas aborígenes como integrantes de la cultura nacional.
ART. 4.- El estado ecuatoriano condena toda forma de colonialismo,
neocolonialismo y de discriminación o segregación racial. reconoce el
derecho de los pueblos a liberarse de estos sistemas opresivos.
ART 19
4. La igualdad ante la ley. se prohíbe toda discriminación por motivos de
raza, color, sexo, idioma, religión, filiación, opiniones políticas o de
cualquier otra índole, origen social, posición económica o nacimiento.
15. El derecho a participar en la vida cultural de la comunidad.
23. VALORACIÓN
AL PASAR DE LA HISTORIA, SE BUSCA MEJORAR LAS RELACIONES DEL PAÍS A NIVEL
NACIONAL COMO INTERNACIONAL, EN POLÍTICA, ECONOMÍA, SOCIEDAD Y
CULTURAL, POR LO TANTO, LOS GOBERNANTES HAN HECHO VARIAS REFORMAS A
LOS DIVERSOS REGLAMENTOS Y NORMAS QUE RIGEN AL PAÍS, CON EL FIN DE
MANTENER RELACIONES ARMONIOSAS Y ESTABLES ENTRE TODOS LOS
CIUDADANOS, SIN IMPORTAR SU CULTURA, NACIONALIDAD, ETNIA, ENTRE OTROS.
24.
25. •“La constitución del 2008 ha establecido un estado plurinacional
e intercultural. Esto significa ir más allá del multiculturalismo. Los
indudables avances de los derechos de las poblaciones
indígenas ya contempladas en la constitución de 1998 han sido
ampliadas. Pero el tránsito a una nueva forma de estado
dependerá de la forma en que la sociedad ecuatoriana, sus
instituciones y las propias organizaciones indígenas den vida a la
nueva constitución.” Agustín Grijalva. (2008)
26. •La constitución del 2008 continuó la criminalización de
las actuaciones de las autoridades indígenas, como por
ejemplo la manipulación y sustitución de la justicia
indígena por agentes extraños a ella como son las
juntas campesinas, los conflictos intraculturales con
los derechos humanos y la superposición de jueces de
paz (establecido en el Capítulo Cuarto; Función judicial
y justicia indígena. Sección Séptima. Art. 189) sobre
autoridades ancestrales.
27. AVANCES Y LÍMITES EN EL FORTALECIMIENTO DE
DERECHOS COLECTIVOS
•La nueva constitución ecuatoriana del 2008 en balance
amplía y fortalece los derechos colectivos indígenas
incluidos en la constitución de 1998.
•Al referirse a los derechos colectivos, esta constitución los
denomina “derechos de las comunidades, pueblos y
nacionalidades”
28. • Las principales innovaciones respecto a la constitución de 1998 tienen que ver
primero con la inclusión de nuevos derechos colectivos tales como el derecho a
no ser objeto de racismo ni discriminación (Arts. 57.2 y 57.3), a mantener sus
sistemas jurídicos propios (Art. 57.10), constituir y mantener sus propias
organizaciones (Art. 57.15), el derecho a ser consultados antes de la adopción de
medidas legislativas que puedan afectarlos (Art. 57.17), la limitación de
actividades militares en sus territorios (Art. 57.20), el derecho a que la
diversidad cultural se refleje en la educación pública y en los medios de
comunicación, y a tener sus propios medios (Art. 57.21), y los derechos de los
pueblos en aislamiento voluntario (Art. 57 inciso final).
29.
30.
31.
32. •El artículo 28 de la nueva constitución especifica QUE:
“Es derecho de toda persona y comunidad interactuar
entre culturas y participar en una sociedad que aprende.
El estado promoverá el diálogo intercultural en sus
múltiples dimensiones.”
33. •El Artículo 171 de la nueva Constitución añade algunas normas
inexistentes en 1998:
“El estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena
sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas.
Dichas decisiones estarán sujetas al control de
constitucionalidad…” la obligatoriedad de las decisiones de
autoridades indígenas es una condición esencial para que haya
verdadera jurisdicción indígena e incluso para que ésta no sea
criminalizada por las autoridades estatales y la opinión pública.
34. VALORACIÓN
• La constitución del 2008 evidencia múltiples limitaciones respecto a los
proyectos de constitución de varias de las organizaciones indígenas, mientras
en materia de derechos colectivos evidencia ciertas innovaciones y
desarrollos.
¿Hasta que punto la nueva constitución puede marcar un tránsito del estado
formalmente multicultural a un estado efectivamente plurinacional e
intercultural?
La respuesta, por supuesto, no se halla solo en la propia constitución sino sobre
todo en la forma como la sociedad ecuatoriana, sus instituciones y las propias
organizaciones indígenas den vida a esta constitución.
35. CONSTITUCIÓN
Ilustración 17 Constitución 1979 lustración 18 Constitución 2008 Tomado de www.google.com
Tomado de www.google.com Tomado de www.google.com
Fuente de la autoridad jurídica que
sustenta la existencia del Ecuador y
de su gobierno
37. INTERNACIONALIDAD e
INTERCULTURALIDAD
CONSTITUCIÓN
1979
Etapa en su vida política llena de
dictaduras por gobiernos civiles y
militares y se abría una nueva llena
de esperanzas en el futuro
Estado soberano" independiente,
democrático y unitario.
No abunda mucho en la temática
indígena y mantenía una visión ajena
a cualquier concesión de derechos
colectivos de los pueblos indios.
CONTITUCIÓN
2008
Fuerte lucha en contra del antiguo
Congreso Nacional el cual estaba
conformado en su mayoría por
diputados de la oposición
La soberanía radica en el
pueblo
Consolidación del movimiento indígena
como sujeto político y su capacidad de
exigir al Estado respuestas a sus
demandas