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El ecuador frente a los derechos de las comunidades
1. EL ECUADOR FRENTE A LOS DERECHOS DE LAS COMUNIDADES, PUEBLOS Y
NACIONALIDADES
En el cuerpo normativo de la actual Constitución de la República del Ecuador, respira la
conquista conseguida por las nacionalidades indígenas mediante una incansable lucha por el
reconocimiento de sus derechos, esto es, que la temática indígena se encuentra de manera
transversal en el texto constitucional con el firme objetivo de cumplir el mandato prescrito en la
Declaración de Derechos de Pueblos indígenas de la Organización de las Naciones Unidas que
en su parte pertinente dice “Es el reconocimiento y respeto mutuo a los valores étnicos y
culturales,…”; …”es el derecho que cualquier persona, sin importar su origen, cultura, idioma
y tradiciones, espiritualidad, tiende a ser reconocido y respetado como tal” razones fundadas en
el reconocimiento de Derechos Humanos que con antecedentes de la Revolución Francesa y
abolición de la esclavitud han permitido el avance y respeto en la progresión de derechos que el
art. 11, numeral 8 de Nuestra Constitución protege y garantiza su altísima vigencia.
La Constitución del año 2008 presenta un gran avance en mérito de las nacionalidades y pueblos
indígenas, esto es el reconocimiento de la plurinacionalidad, concepto que involucra cambios
fundamentales en la vida de los indígenas y en la colectividad civil, toda vez que el término
plurinacionalidad se enfoca alcanzar un mejor estilo de vida que logre el anhelado buen vivir en
un Estado ecuatoriano de derechos y Justicia Social. El marco fundamental del Pluralismo
recogido en nuestra Constitución genera un especial reconocimiento y marca la coexistencia de
varias naciones dentro del territorio geográfico ecuatoriano, buscando la reestructuración de la
política estatal en pro de los derechos fundamentales. Constitucionalmente el pluralismo busca
integrar la unidad en la diversidad, busca la ejecución de la interculturalidad impulsando la
interrelación de la sociedad evitando una desmembración del Estado y garantizando la presencia
y reconocimiento de varias nacionalidades indígenas en organizaciones propias con presencia en
el orden público y privado. Las nacionalidades indígenas, en su orden gozan de autonomía para
resolver asuntos en base a su derecho propio o consuetudinario, buscan identificarse con sus
prácticas y tradiciones mediante su reconocimiento que envuelve su amplia participación en la
administración de justicia, educación bilingüe, protección social, ambiental y el reconocimiento
de pertenecer a una cultura ancestral. El fortalecimiento de los derechos de los grupos indígenas
se fundan en el derecho colectivo de las comunidades, derechos a mantener y desarrollar sus
2. prácticas ancestrales, la perpetuidad de sus conocimientos, el fortalecimiento del idioma (kichwa
y shuar) que busca sin duda alcanzar el cumplimiento del mandato Constitucional, esto es el
acceso al derecho del buen vivir o sumak kawsay. Sin embargo, esta progresión de derechos
forma un anhelo supremo, frente a una sociedad dominante y racista que emplea el método de
regresión (discriminación) para alcanzar los beneficios particulares en desmedro del buen vivir
en mancomunidad e igualdad, es decir, discriminación en el ámbito social, cultural, deportivo,
etc, que denigran y restringen en primer lugar la dignidad de ser humano y luego el acceso a
servicios públicos o privados.
El art. 57 de la Constitución de la República del Ecuador ampliamente protege entre otros los
derechos colectivos, esto, mantener, desarrollar y fortalecer libremente su identidad, tradiciones
ancestrales y formas de organización social que buscan la mancomunidad y respeto a la
sociedad. Un alcance fundamental en el desarrollo de derechos pertenecientes a las comunidades
se destaca la consulta previa de medidas legislativas que puedan afectar a sus derechos
colectivos, esto es la potestad para decidir sobre una norma que pretenda afectar o lesionar el
interés general de las comunidades, pueblos o nacionalidades ecuatorianas.
Sin duda alguna se puede afirmar que la Constitución de la República del Ecuador, es una Norma
Suprema garantista de derechos en el marco de justicia social, democrática, intercultural,
plurinacional y laico que respeta derechos humanos en toda su extensión y cada vez va
afianzando la igualdad entre desiguales mediante mecanismos idóneos para el goce de nuestros
derechos reconocidos a nivel mundial.
AUTORES
ABOGADO WALTER HERRERA AMAN
ABOGADO JUAN MARTINEZ SANCHEZ