PARASITOSIS INTESTINAL en Pediatría, Enfermería y Familiar II
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1. LEGISLACIÓN SOCIAL I
Ab. Magyuri Zambrano Burgos, MSc.
UNIDAD 2
La Seguridad Social, fondos de reserva y jubilación
TEMA 1
La Seguridad Social
2. SUBTEMAS :
2
Subtema 1: Concepto de Seguridad Social
Subtema 2: Modelos de Seguridad Social
Subtema 3: Los Sistemas de Seguridad Social
Subtema 4: El Modelo de Seguridad Social Ecuatoriano: Afiliación y prestaciones
3. INTRODUCCIÓN
Dentro de esta Unidad 2 vamos a tratar lo referente a la
seguridad social, sus definiciones, modelos de seguridad
social existentes incluyendo al Ecuador y los sistemas de
seguridad social.
5. ¿Cuál es el concepto de Seguridad Social?
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Actividades de Inicio
6. CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL
“La protección que una sociedad
proporciona a los individuos y los hogares
para asegurar el acceso a la asistencia
médica y garantizar la seguridad del
ingreso, en particular en caso de vejez,
desempleo, enfermedad, invalidez,
accidentes del trabajo, maternidad o
pérdida del sostén de familia.”
7. 7
MODELOS DE SEGURIDAD SOCIAL
Los principales modelos de seguridad social tienen su origen en el modelo alemán y en el modelo inglés,
desarrollado por Bismarck y Beveridge respectivamente, el cual se describe a continuación
EL MODELO ALEMÁN EL MODELO INGLÉS
1) La limitación del seguro obligatorio a las personas
que trabajan de acuerdo con un contrato de
servicios y por debajo de una cierta remuneración,
2) Muchas personas que trabajan por su cuenta son
más pobres y tienen más necesidad del seguro de
Estado, que los empleados.
3) El límite de remuneración para los empleados no
manuales es arbitrario y no toma en cuenta las
obligaciones de familia.
1. La Ley sobre el Seguro de Enfermedad del 15 de
junio de 1883, el punto nodal de la ley es la relación
que establece entre la obligación de afiliación al
seguro de enfermedad.
2. La ley de 1884 sobre accidentes de Trabajo
estableció que los patronos debían cotizar
obligatoriamente a las cajas para cubrir la invalidez
permanente provocada por los accidentes de
trabajo.
3. La obligatoriedad del seguro se estableció para
los obreros cuyo salario no superara los 2,000
marcos anuales.
8. 8
LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD SOCIAL
La seguridad social es un derecho de toda persona de acceder a una protección
básica, sin que necesariamente esté ligado a una relación laboral, lo que ha llevado
a que cada país configure modelos para atender el bienestar ciudadano, con
programas de seguridad social dirigidos especialmente a ciudadanos en situación
de vulnerabilidad.
El Sistema de Seguridad Social ecuatoriano está definido en los artículos 367 y 368
de la Constitución, mediante regímenes que tengan viabilidad técnica, económica
financiera y que coexistan de modo complementario y colaborativo
Art. 367.- EI sistema de seguridad social es público
y universal, no podrá privatizarse y atenderá las
necesidades contingentes de la población. La
protección de las contingencias se hará efectiva a
través del seguro universal obligatorio y de sus
regímenes especiales
Art. 368.- EI sistema de seguridad social comprenderá las entidades
públicas, normas, políticas, recursos, servicios y prestaciones de
seguridad social, y funcionará con base en criterios de sostenibilidad,
eficiencia, celeridad y transparencia. El Estado normará, regulará y
controlará las actividades relacionadas con la seguridad social.
9. 9
EL MODELO DE SEGURIDAD SOCIAL ECUATORIANO: AFILIACIÓN Y PRESTACIONES
La Ley de Seguridad Social que fue publicada en el Registro Oficial No. 465 de 30 de noviembre de
2001 consagra el régimen de seguros sociales a través de la creación del Seguro General Obligatorio
(artículo 1) y, dentro de él cómo regímenes especiales, el Seguro Voluntario (artículo 152) y el Seguro
Social Campesino (artículo 128).
El modelo mixto, define al IESS como la entidad responsable de la prestación del Seguro
General Obligatorio (SGO), el cual está conformado por cuatro seguros, que son administrados
independientemente y son considerados patrimonios autónomos:
Seguro General de Salud Individual y Familiar.
Seguro General de Riesgos de Trabajo.
Sistema de Pensiones por Vejez, Invalidez y Muerte y,
Seguro Social Campesino • Además, provee otras prestaciones como Fondos de Reserva,
Cesantía y Otras prestaciones económicas de corto plazo.
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AFILIACION
Art. 2.- Sujetos de Protección. Son sujetos obligados a
solicitar la protección del Seguro General Obligatorio, en
calidad de afiliados, todas las personas que perciben
ingresos por la ejecución de una obra o la prestación de un
servicio físico o intelectual, con relación laboral o sin ella;
en particular:
a. El trabajador en relación de dependencia;
b. El trabajador autónomo;
c. El profesional en libre ejercicio;
d. El administrador o patrono de un negocio;
e. El dueño de una empresa unipersonal;
f. El menor trabajador independiente; y,
g.(Sustituido por el num.1 del Art. 66 de la Ley s/n, R.O.
483-3S, 20-IV-2015). - Las personas que realicen trabajo
del hogar no remunerado.
h.(Agregado por el núm. 2 del Art. 66 de la Ley s/n, R.O.
4833S, 20IV2015). Las demás personas obligadas a la
afiliación al régimen del Seguro General Obligatorio en
virtud de leyes o decretos especiales.
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1
PRESTACIONES
Art. 4.- Recursos del seguro general obligatorio. - Las prestaciones del Seguro General Obligatorio se financiarán con los
siguientes recursos:
a. La aportación individual obligatoria de los afiliados, para cada seguro;
b. La aportación patronal obligatoria de los empleadores, privados y públicos, para cada seguro, cuando los afiliados sean
trabajadores sujetos al Código del Trabajo;
c. La aportación patronal obligatoria de los empleadores públicos, para cada seguro, cuando los afiliados sean servidores sujetos a la
Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa;
d. La contribución financiera obligatoria del Estado, para cada seguro, en los casos que señala esta Ley;
e. Las reservas técnicas del régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional;
f. Los saldos de las cuentas individuales de los afiliados al régimen de jubilación por ahorro individual obligatorio;
g. Los ingresos provenientes del pago de los dividendos de la deuda pública y privada con el IESS, por concepto de obligaciones
patronales;
h. Los ingresos provenientes del pago de dividendos de la deuda del Gobierno Nacional con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad
Social;
i. Las rentas de cualquier clase que produzcan las propiedades, los activos fijos, y las acciones y participaciones en empresas,
administrados por el IESS;
j. Los ingresos por enajenación de los activos de cada Seguro, administrados por el IESS;
k. Los ingresos por servicios de salud prestados por las unidades médicas del IESS, que se entregarán al Fondo Presupuestario del
Seguro General de Salud;
l. Los recursos de cualquier clase que fueren asignados a cada seguro en virtud de leyes especiales para el cumplimiento de sus fines
m. Las herencias, legados y donaciones.
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ACTIVIDADES DE CONSOLIDACIÓN
• Para trabajar en clase:
• Ingrese a educaplay y desarrolle la siguiente actividad:
https://es.educaplay.com/recursos-educativos/6017876-
legislacion_social_i.html
Para revisar autónomamente:
• Objetivo: consolidar el tema tratado en clases y reforzar cualquier
duda sobre la misma.
• https://www.youtube.com/watch?v=3Ng5l-257CE
13. Bibliografía:
Primera Conferencia Interamericana de Seguridad Social. Santiago de Chile, 10-
16 de septiembre, 1942
La Declaración Universal de Derechos Humanos
Principales Modelos De Seguridad Social y Protección Social, Ciudad de México,
Beveridge, William, Seguridad social y servicios afines. Informe presentado al
Parlamento de Gran Bretaña el 22 de noviembre de 1942 (versión castellana de
José Arce), Buenos aires, Losada, 1943, pp. 13 y 14.
Sasso, Jimena (2011) La seguridad social en el Ecuador, historia y cifras.
Porras,Angelica (2015) La seguridad social en Ecuador: un necesario cambio de
paradigmas, Quito.
Constitución de la República del Ecuador
Ley de Seguridad Social