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Grado de Maestro en
Educación Primaria.
Práctica 4ª.
Educación y
Sociedad.
David Sánchez Alonso. 2ºC.
Práctica 4ª. Educación y Sociedad.
David Sánchez Alonso. Página 1
Práctica 4ª. Educación y Sociedad.
David Sánchez Alonso. Página 2
Práctica 4ª. Educación Y Sociedad.
Señalar las novedades que el anteproyecto de Ley Orgánica de la mejora
de la Calidad Educativa tiene en relación con la Educación Primaria
respecto de la vigente Ley Orgánica de Educación.
LOE.
Artículo 18. Organización.
1. La etapa de educación primaria comprende tres ciclos de dos años académicos cada uno y
se organiza en áreas, que tendrán un carácter global e integrador.
2. Las áreas de esta etapa educativa son las siguientes:
Conocimiento del medio natural, social y cultural.
Educación artística.
Educación física.
Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura.
Lengua extranjera.
Matemáticas.
3. En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, a las áreas incluidas en el apartado anterior
se añadirá la de educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en la que se prestará
especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres.
4. En el tercer ciclo de la etapa, las Administraciones educativas podrán añadir una segunda
lengua extranjera.
5. Las áreas que tengan carácter instrumental para la adquisición de otros conocimientos
recibirán especial consideración.
6. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y
colectivo del alumnado.
Artículo 19. Principios pedagógicos.
1. En esta etapa se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la
atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en
práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades.
Práctica 4ª. Educación y Sociedad.
David Sánchez Alonso. Página 3
2. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la etapa, la
comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las tecnologías
de la información y la comunicación y la educación en valores se trabajarán en todas las áreas.
3. A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicará un tiempo diario a la misma.
Artículo 20. Evaluación.
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá
en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas.
2. El alumnado accederá al ciclo educativo o etapa siguiente siempre que se considere que ha
alcanzado las competencias básicas correspondientes y el adecuado grado de madurez.
3. No obstante lo señalado en el apartado anterior, el alumnado que no haya alcanzado
alguno de los objetivos de las áreas podrán pasar al ciclo o etapa siguiente siempre que esa
circunstancia no les impida seguir con aprovechamiento el nuevo curso. En este caso recibirán
los apoyos necesarios para recuperar dichos objetivos.
4. En el supuesto de que un alumno no haya alcanzado las competencias básicas, podrá
permanecer un curso más en el mismo ciclo. Esta medida podrá adoptarse una sola vez a lo
largo de la educación primaria y con un plan específico de refuerzo o recuperación de sus
competencias básicas.
5. Con el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumnado, cada
alumno dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su aprendizaje, los objetivos
alcanzados y las competencias básicas adquiridas, según dispongan las Administraciones
educativas. Asimismo las Administraciones educativas establecerán los pertinentes
mecanismos de coordinación.
Anteproyecto LOMCE.
Ocho. El artículo 18 queda redactado de la siguiente manera:
“1. La etapa de Educación Primaria comprende seis cursos y se organiza en áreas, que tendrán
un carácter global e integrador.
2. Los alumnos deben cursar las siguientes áreas del bloque de asignaturas troncales en cada
uno de los cursos:
a) Ciencias de la Naturaleza
b) Ciencias Sociales
c) Lengua Castellana y Literatura
d) Matemáticas
e) Primera Lengua Extranjera
Práctica 4ª. Educación y Sociedad.
David Sánchez Alonso. Página 4
3. Los alumnos deben cursar las siguientes áreas del bloque de asignaturas específicas en cada
uno de los cursos:
a) Educación Física
b) Religión, o Valores Culturales y Sociales, a elección de los padres o tutores legales
c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada
Administración educativa y en su caso de la oferta de los centros docentes, al menos una de
las siguientes áreas del bloque de asignaturas específicas:
1º) Educación Artística
2º) Segunda Lengua Extranjera
4. Los alumnos deben cursar el área Lengua Cooficial y Literatura en el bloque de asignaturas
de libre configuración autonómica en aquellas Comunidades Autónomas que posean dicha
lengua cooficial, si bien podrán estar exentos de cursar o de ser evaluados de dicha área en las
condiciones establecidas en la normativa autonómica correspondiente. El área Lengua
Cooficial y Literatura recibirá un tratamiento análogo al del área Lengua Castellana y
Literatura.
Además, los alumnos podrán cursar algún área más en el bloque de asignaturas de libre
configuración autonómica, en función de la regulación y de la programación de la oferta
educativa que establezca cada Administración educativa y en su caso de la ofertade los centros
docentes, que podrán ser el área del bloque de asignaturas específicas no cursada, o áreas a
determinar.
5. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y
colectivo del alumnado.”
Nueve. Se añade un apartado 4 al artículo 19 con la siguiente redacción:
“4. La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de
aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral.
Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y
evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en especial para aquél
que presenta dificultades en su expresión oral. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán
en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.”
Diez. El artículo 20 queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 20. Evaluación durante la etapa.
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá
en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas.
2. El alumno accederá al curso o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado los
objetivos y ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes. De no
Práctica 4ª. Educación y Sociedad.
David Sánchez Alonso. Página 5
ser así, podrá repetir una sola vez durante la etapa, con un plan específico de refuerzo o
recuperación. Se atenderá especialmente a los resultados de las evaluaciones de segundo o
tercer curso, y de final de Educación Primaria.
3. Los centros docentes realizarán una evaluación individualizada a todos los alumnos al
finalizar el segundo o el tercer curso de Educación Primaria, según dispongan las
Administraciones Educativas, en la que se comprobará el grado de dominio de las destrezas,
capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de
problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación
lingüística y de la competencia matemática. De resultar desfavorable esta evaluación, el
equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas.
4. Se prestará especial atención en la etapa de Educación Primaria a la atención personalizada
de los alumnos, la realización de diagnósticos precoces y el establecimiento de mecanismos de
refuerzo para lograr el éxito escolar.
5. En aquellas Comunidades Autónomas que posean, junto al castellano, otra lengua oficial de
acuerdo con sus Estatutos, los alumnos podrán estar exentos de realizar la evaluación del área
Lengua Cooficial y Literatura según la normativa autonómica correspondiente.”
Novedades LOMCE.
Capítulo II: Artículo 18.
En este artículo los cambios más relevantes se observan en la organización y el nombre de las
diferentes áreas que se trabajan en la Primaria.
Conocimiento del Medio Natural, Social Y Cultural pasa a dividirse en dos áreas
nuevas, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales.
Lengua Castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura, pasa a ser
exclusivamente Lengua Castellana y Literatura, la Lengua Cooficial y Literatura pasa a
ser una asignatura de libre configuración e incluso pueden estar exentos de cursarla.
Educación Física pasa a ser de una asignatura troncal a una asignatura específica.
Educación Artística pasa a ser de una asignatura troncal a una asignatura específica y
depende de la oferta educativa del centro.
Segunda Lengua Extranjera dependerá de la oferta educativa del centro.
Se elimina Educación para la ciudadanía y los derechos humanos y se crea en su lugar
la oferta de Religión o valores culturales y sociales.
En la LOMCE no se especifica en que curso se podrán cursar las asignaturas de
Religión, Valores Culturales y Sociales y Segunda Lengua Extranjera, mientras que en la
LOE estas asignaturas o sus equivalentes solo se pueden cursar en 5º o 6º de Primaria.
Además, los alumnos podrán cursar algún área más en el bloque de asignaturas de
libre configuración autonómica, en función de la regulación y de la programación de la
oferta educativa que establezca cada Administración educativa y en su caso de la
Práctica 4ª. Educación y Sociedad.
David Sánchez Alonso. Página 6
oferta de los centros docentes, que podrán ser el área del bloque de asignaturas
específicas no cursada, o áreas a determinar.
Capítulo II. Artículo 19.
Dos novedades:
La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso
de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión
oral.
Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la
enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en
especial para aquél que presenta dificultades en su expresión oral. Estas adaptaciones
en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
Capítulo II. Artículo 20.
Principales cambios:
Se atenderá especialmente a los resultados de las evaluaciones de segundo o tercer
curso, y de final de Educación Primaria.
Los centros docentes realizarán una evaluación individualizada a todos los alumnos al
finalizar el segundo o el tercer curso de Educación Primaria, según dispongan las
Administraciones Educativas, en la que se comprobará el grado de dominio de las
destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo
y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia
en comunicación lingüística y de la competencia matemática. De resultar desfavorable
esta evaluación, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o
extraordinarias más adecuadas.
Se prestará especial atención en la etapa de Educación Primaria a la atención
personalizada de los alumnos, la realización de diagnósticos precoces y el
establecimiento de mecanismos de refuerzo para lograr el éxito escolar.
En aquellas Comunidades Autónomas que posean, junto al castellano, otra lengua
oficial de acuerdo con sus Estatutos, los alumnos podrán estar exentos de realizar la
evaluación del área Lengua Cooficial y Literatura según la normativa autonómica
correspondiente.
Bibliografía.
http://www.boe.es/boe/dias/2006/05/04/pdfs/A17158-17207.pdf
http://www.feccoo-extremadura.org/comunes/recursos/15660/1603681-
Tercera_version_del_borrador_de_la_LOMCE_%28MECD%29.pdf
Práctica 4ª. Educación y Sociedad.
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  • 2. Práctica 4ª. Educación y Sociedad. David Sánchez Alonso. Página 1
  • 3. Práctica 4ª. Educación y Sociedad. David Sánchez Alonso. Página 2 Práctica 4ª. Educación Y Sociedad. Señalar las novedades que el anteproyecto de Ley Orgánica de la mejora de la Calidad Educativa tiene en relación con la Educación Primaria respecto de la vigente Ley Orgánica de Educación. LOE. Artículo 18. Organización. 1. La etapa de educación primaria comprende tres ciclos de dos años académicos cada uno y se organiza en áreas, que tendrán un carácter global e integrador. 2. Las áreas de esta etapa educativa son las siguientes: Conocimiento del medio natural, social y cultural. Educación artística. Educación física. Lengua castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura. Lengua extranjera. Matemáticas. 3. En uno de los cursos del tercer ciclo de la etapa, a las áreas incluidas en el apartado anterior se añadirá la de educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en la que se prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres. 4. En el tercer ciclo de la etapa, las Administraciones educativas podrán añadir una segunda lengua extranjera. 5. Las áreas que tengan carácter instrumental para la adquisición de otros conocimientos recibirán especial consideración. 6. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado. Artículo 19. Principios pedagógicos. 1. En esta etapa se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades.
  • 4. Práctica 4ª. Educación y Sociedad. David Sánchez Alonso. Página 3 2. Sin perjuicio de su tratamiento específico en algunas de las áreas de la etapa, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación y la educación en valores se trabajarán en todas las áreas. 3. A fin de fomentar el hábito de la lectura se dedicará un tiempo diario a la misma. Artículo 20. Evaluación. 1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas. 2. El alumnado accederá al ciclo educativo o etapa siguiente siempre que se considere que ha alcanzado las competencias básicas correspondientes y el adecuado grado de madurez. 3. No obstante lo señalado en el apartado anterior, el alumnado que no haya alcanzado alguno de los objetivos de las áreas podrán pasar al ciclo o etapa siguiente siempre que esa circunstancia no les impida seguir con aprovechamiento el nuevo curso. En este caso recibirán los apoyos necesarios para recuperar dichos objetivos. 4. En el supuesto de que un alumno no haya alcanzado las competencias básicas, podrá permanecer un curso más en el mismo ciclo. Esta medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo de la educación primaria y con un plan específico de refuerzo o recuperación de sus competencias básicas. 5. Con el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumnado, cada alumno dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su aprendizaje, los objetivos alcanzados y las competencias básicas adquiridas, según dispongan las Administraciones educativas. Asimismo las Administraciones educativas establecerán los pertinentes mecanismos de coordinación. Anteproyecto LOMCE. Ocho. El artículo 18 queda redactado de la siguiente manera: “1. La etapa de Educación Primaria comprende seis cursos y se organiza en áreas, que tendrán un carácter global e integrador. 2. Los alumnos deben cursar las siguientes áreas del bloque de asignaturas troncales en cada uno de los cursos: a) Ciencias de la Naturaleza b) Ciencias Sociales c) Lengua Castellana y Literatura d) Matemáticas e) Primera Lengua Extranjera
  • 5. Práctica 4ª. Educación y Sociedad. David Sánchez Alonso. Página 4 3. Los alumnos deben cursar las siguientes áreas del bloque de asignaturas específicas en cada uno de los cursos: a) Educación Física b) Religión, o Valores Culturales y Sociales, a elección de los padres o tutores legales c) En función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y en su caso de la oferta de los centros docentes, al menos una de las siguientes áreas del bloque de asignaturas específicas: 1º) Educación Artística 2º) Segunda Lengua Extranjera 4. Los alumnos deben cursar el área Lengua Cooficial y Literatura en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica en aquellas Comunidades Autónomas que posean dicha lengua cooficial, si bien podrán estar exentos de cursar o de ser evaluados de dicha área en las condiciones establecidas en la normativa autonómica correspondiente. El área Lengua Cooficial y Literatura recibirá un tratamiento análogo al del área Lengua Castellana y Literatura. Además, los alumnos podrán cursar algún área más en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y en su caso de la ofertade los centros docentes, que podrán ser el área del bloque de asignaturas específicas no cursada, o áreas a determinar. 5. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado.” Nueve. Se añade un apartado 4 al artículo 19 con la siguiente redacción: “4. La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral. Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en especial para aquél que presenta dificultades en su expresión oral. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.” Diez. El artículo 20 queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 20. Evaluación durante la etapa. 1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del alumnado será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas. 2. El alumno accederá al curso o etapa siguiente siempre que se considere que ha logrado los objetivos y ha alcanzado el grado de adquisición de las competencias correspondientes. De no
  • 6. Práctica 4ª. Educación y Sociedad. David Sánchez Alonso. Página 5 ser así, podrá repetir una sola vez durante la etapa, con un plan específico de refuerzo o recuperación. Se atenderá especialmente a los resultados de las evaluaciones de segundo o tercer curso, y de final de Educación Primaria. 3. Los centros docentes realizarán una evaluación individualizada a todos los alumnos al finalizar el segundo o el tercer curso de Educación Primaria, según dispongan las Administraciones Educativas, en la que se comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. De resultar desfavorable esta evaluación, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas. 4. Se prestará especial atención en la etapa de Educación Primaria a la atención personalizada de los alumnos, la realización de diagnósticos precoces y el establecimiento de mecanismos de refuerzo para lograr el éxito escolar. 5. En aquellas Comunidades Autónomas que posean, junto al castellano, otra lengua oficial de acuerdo con sus Estatutos, los alumnos podrán estar exentos de realizar la evaluación del área Lengua Cooficial y Literatura según la normativa autonómica correspondiente.” Novedades LOMCE. Capítulo II: Artículo 18. En este artículo los cambios más relevantes se observan en la organización y el nombre de las diferentes áreas que se trabajan en la Primaria. Conocimiento del Medio Natural, Social Y Cultural pasa a dividirse en dos áreas nuevas, Ciencias Naturales y Ciencias Sociales. Lengua Castellana y literatura y, si la hubiere, lengua cooficial y literatura, pasa a ser exclusivamente Lengua Castellana y Literatura, la Lengua Cooficial y Literatura pasa a ser una asignatura de libre configuración e incluso pueden estar exentos de cursarla. Educación Física pasa a ser de una asignatura troncal a una asignatura específica. Educación Artística pasa a ser de una asignatura troncal a una asignatura específica y depende de la oferta educativa del centro. Segunda Lengua Extranjera dependerá de la oferta educativa del centro. Se elimina Educación para la ciudadanía y los derechos humanos y se crea en su lugar la oferta de Religión o valores culturales y sociales. En la LOMCE no se especifica en que curso se podrán cursar las asignaturas de Religión, Valores Culturales y Sociales y Segunda Lengua Extranjera, mientras que en la LOE estas asignaturas o sus equivalentes solo se pueden cursar en 5º o 6º de Primaria. Además, los alumnos podrán cursar algún área más en el bloque de asignaturas de libre configuración autonómica, en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa que establezca cada Administración educativa y en su caso de la
  • 7. Práctica 4ª. Educación y Sociedad. David Sánchez Alonso. Página 6 oferta de los centros docentes, que podrán ser el área del bloque de asignaturas específicas no cursada, o áreas a determinar. Capítulo II. Artículo 19. Dos novedades: La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral. Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en especial para aquél que presenta dificultades en su expresión oral. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas. Capítulo II. Artículo 20. Principales cambios: Se atenderá especialmente a los resultados de las evaluaciones de segundo o tercer curso, y de final de Educación Primaria. Los centros docentes realizarán una evaluación individualizada a todos los alumnos al finalizar el segundo o el tercer curso de Educación Primaria, según dispongan las Administraciones Educativas, en la que se comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. De resultar desfavorable esta evaluación, el equipo docente deberá adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas. Se prestará especial atención en la etapa de Educación Primaria a la atención personalizada de los alumnos, la realización de diagnósticos precoces y el establecimiento de mecanismos de refuerzo para lograr el éxito escolar. En aquellas Comunidades Autónomas que posean, junto al castellano, otra lengua oficial de acuerdo con sus Estatutos, los alumnos podrán estar exentos de realizar la evaluación del área Lengua Cooficial y Literatura según la normativa autonómica correspondiente. Bibliografía. http://www.boe.es/boe/dias/2006/05/04/pdfs/A17158-17207.pdf http://www.feccoo-extremadura.org/comunes/recursos/15660/1603681- Tercera_version_del_borrador_de_la_LOMCE_%28MECD%29.pdf
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