RETO MES DE ABRIL .............................docx
Práctica. 4 .análisis comparativo loe y lomce. enseñanza primaria.
1. PRÁCTICA 4
PRÁCTICA: ANÁLISIS COMPARATIVO LOE Y
LOMCE. ENSEÑANZA PRIMARIA
EDUCACIÓN Y SOCIEDAD
PROF.ÁNGEL VALERO
OVALLE SÁNCEZ, DANITZA ALEXANDRA
GRADO EDUCACIÓN PRIMARIA
2ºB
2013-2014
2. Documentos de referencia:
Ley Orgánica de Educación, 2006.
LOMCE, 2013.
La práctica tiene por objeto:
Señalar los objetivos y principios sobre los que se articula la LOMCE, de
acuerdo con el preámbulo de la ley.
Señalar las principales diferencias entre la LOE y la LOMCE en relación
con la ordenación de la etapa de Primaria.
Valoración crítica personal de los dos puntos anteriores.
OBJETIVOS Y PRINCIPIOS SOBRE LOS QUE SE ARTCULA LA LOMCE.
- Uno de los objetivos de la reforma es introducir nuevos patrones de conducta
que ubiquen la educación en el centro de nuestra sociedad y economía.
- Los principales objetivos que persigue la reforma son reducir la tasa de
abandono temprano de la educación, mejorar los resultados educativos de
acuerdo con criterios internacionales, tanto en la tasa comparativa de alumnos y
alumnas excelentes, como en la de titulados en Educación Secundaria
Obligatoria, mejorar la empleabilidad, y estimular el espíritu emprendedor de los
estudiantes.
- Los principios sobre los cuales pivota la reforma son, fundamentalmente, el
aumento de la autonomía de centros, el refuerzo de la capacidad de gestión de la
dirección de los centros, las evaluaciones externas de fin de etapa, la
racionalización de la oferta educativa y la flexibilización de las trayectorias.
3. PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LA LOE Y LA LOMCE EN
RELACIÓN CON LA ORDENACIÓN DE LA ETAPA DE PRIMARIA.
LOE LOMCE
2. La finalidad de la educación primaria es
proporcionar a todos los niños y niñas una
educación que permita afianzar su desarrollo
personal y su propio bienestar, adquirir las
habilidades culturales básicas relativas a la
expresión y comprensión oral, a la lectura, a la
escritura y al cálculo, así como desarrollar las
habilidades sociales, los hábitos de trabajo y
estudio, el sentido artístico, la creatividad y la
afectividad.
Se modifica el apartado 2 del artículo 16:
«2. La finalidad de la Educación Primaria es
facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes
de la expresión y comprensión oral, la lectura, la
escritura, el cálculo, la adquisición de nociones
básicas de la cultura, y el hábito de convivencia así
como los de estudio y trabajo, el sentido artístico,
la creatividad y la afectividad, con el fin de
garantizar una formación integral que contribuya al
pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos
y alumnas y de prepararlos para cursar con
aprovechamiento la Educación Secundaria
Obligatoria.»
b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de
equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el
estudio, así
como actitudes de confianza en sí mismo, sentido
crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y
creatividad en el aprendizaje.
h) Conocer y valorar su entorno natural, social y
cultural, así como las posibilidades de acción y
cuidado del mismo.
j) Utilizar diferentes representaciones y
expresiones artísticas e iniciarse en la
construcción de propuestas visuales.
Se modifican los párrafos b), h) y j) del artículo 17:
«b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de
equipo, de esfuerzo y de responsabilidad en el
estudio, así como actitudes de confianza en sí
mismo, sentido crítico, iniciativa personal,
curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje,
y espíritu emprendedor.
h) Conocer los aspectos fundamentales de las
Ciencias de la Naturaleza, las Ciencias Sociales, la
Geografía, la Historia y la Cultura.
j) Utilizar diferentes representaciones y expresiones
artísticas e iniciarse en la construcción de
propuestas visuales y audiovisuales.»
Artículo 18. Organización.
1. La etapa de educación primaria comprende
tres ciclos de dos años académicos cada uno y se
organiza en áreas, que tendrán un carácter global
e integrador.
2. Las áreas de esta etapa educativa son las
siguientes:
Conocimiento del medio natural, social y
cultural.
Educación artística.
Educación física.
Lengua castellana y literatura y, si la hubiere,
lengua cooficial y literatura.
Lengua extranjera.
Matemáticas.
El artículo 18 queda redactado de la siguiente
manera:
«1. La etapa de Educación Primaria comprende seis
cursos y se organiza en áreas, que tendrán un
carácter global e integrador.
2. Los alumnos y alumnas deben cursar las
siguientes áreas del bloque de asignaturas troncales
en cada uno de los cursos:
a) Ciencias de la Naturaleza.
b) Ciencias Sociales.
c) Lengua Castellana y Literatura.
d) Matemáticas.
e) Primera Lengua Extranjera.
4. 3. En uno de los cursos del tercer ciclo de la
etapa, a las áreas incluidas en el apartado anterior
se añadirá la de educación para la ciudadanía y
los derechos humanos, en la que se prestará
especial atención a la igualdad entre hombres y
mujeres.
4. En el tercer ciclo de la etapa, las
Administraciones educativas podrán añadir una
segunda lengua extranjera.
5. Las áreas que tengan carácter instrumental
para la adquisición de otros conocimientos
recibirán especial consideración.
6. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial
orientará el proceso educativo individual y
colectivo del alumnado.
asignaturas específicas en cada uno de los cursos:
a) Educación Física.
b) Religión, o Valores Sociales y
Cívicos, a elección de los padres, madres o
tutores legales.
c) En función de la regulación y de la
programación de la oferta educativa que
establezca cada Administración educativa y,
en su caso, de la oferta de los centros
docentes, al menos una de las siguientes
áreas del bloque de asignaturas específicas:
1.º Educación Artística.
2.º Segunda Lengua Extranjera.
3.º Religión, sólo si los padres, madres o
tutores legales no la han escogido en la
elección indicada en el apartado 3.b).
4.º Valores Sociales y Cívicos, sólo si los padres,
madres o tutores legales no la han escogido en la
elección indicada en el apartado 3.b).
4. Los alumnos y alumnas deben cursar el área
Lengua Cooficial y Literatura en el bloque de
asignaturas de libre configuración autonómica en
aquellas Comunidades Autónomas que posean
dicha lengua cooficial, si bien podrán estar exentos
de cursar o de ser evaluados de dicha área en las
condiciones establecidas en la normativa
autonómica correspondiente. El área Lengua
Cooficial y Literatura recibirá un tratamiento
análogo al del área Lengua Castellana y Literatura.
Además, los alumnos y alumnas podrán cursar
algún área más en el bloque de asignaturas de libre
configuración autonómica, en función de la
regulación y de la programación de la oferta
educativa que establezca cada Administración
educativa y, en su caso, de la oferta de los centros
docentes, que podrán ser del bloque de asignaturas
específicas no cursadas, profundización o refuerzo
de las áreas troncales, o áreas a determinar
5. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial
orientará el proceso educativo individual y
colectivo del alumnado.
6. Sin perjuicio de su tratamiento específico en
algunas de las áreas de la etapa, la comprensión
lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación
audiovisual, las Tecnologías de la Información y la
Comunicación, el emprendimiento y la educación
cívica y constitucional se trabajarán en todas las
áreas.»
Artículo 19.Principios Pedagógicos.
2. Sin perjuicio de su tratamiento específico en
algunas de las áreas de la etapa, la comprensión
lectora, la expresión oral y escrita, la
Se suprime el apartado 2 del artículo 19.
5. comunicación audiovisual, las
tecnologías de la información y la comunicación
y la educación en valores se trabajarán en todas
las áreas.
Artículo 19.Principios Pedagógicos. Se añade un apartado 4 al artículo 19:
«4. La lengua castellana o la lengua cooficial sólo
se utilizarán como apoyo en el proceso de
aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán
la comprensión y la expresión oral.
Se establecerán medidas de flexibilización y
alternativas metodológicas en la enseñanza y
evaluación de la lengua extranjera para el
alumnado con discapacidad, en especial para aquél
que presenta dificultades en su expresión oral.
Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en
cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.»
Artículo 20. Evaluación.
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje
del alumnado será continua y global y tendrá en
cuenta su progreso en el conjunto de las áreas.
2. El alumnado accederá al ciclo educativo o
etapa siguiente siempre que se considere que ha
alcanzado las competencias básicas
correspondientes y el adecuado grado de
madurez.
3. No obstante lo señalado en el apartado
anterior, el alumnado que no haya alcanzado
alguno de los objetivos de las áreas podrán pasar
al ciclo o etapa siguiente siempre que esa
circunstancia no les impida seguir con
aprovechamiento el nuevo curso. En este caso
recibirán los apoyos necesarios para recuperar
dichos objetivos.
4. En el supuesto de que un alumno no haya
alcanzado las competencias básicas, podrá
permanecer un curso más en el mismo ciclo. Esta
medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo
de la educación primaria y con un plan específico
de refuerzo o recuperación de sus competencias
básicas.
5. Con el fin de garantizar la continuidad del
proceso de formación del alumnado, cada
alumno dispondrá al finalizar la etapa de un
informe sobre su aprendizaje, los objetivos
alcanzados y las competencias básicas
adquiridas, según dispongan las
Administraciones educativas.
Asimismo las Administraciones educativas
establecerán los pertinentes mecanismos de
coordinación.
El artículo 20 queda redactado de la siguiente
manera:
«Artículo 20. Evaluación durante la etapa.
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje del
alumnado será continua y global y tendrá en cuenta
su progreso en el conjunto de las áreas.
Se establecerán las medidas más adecuadas para
que las condiciones de realización de las
evaluaciones se adapten a las necesidades del
alumnado con necesidades educativas especiales.
2. El alumno o alumna accederá al curso o etapa
siguiente siempre que se considere que ha logrado
los objetivos y ha alcanzado el grado de
adquisición de las competencias correspondientes.
De no ser así, podrá repetir una sola vez durante la
etapa, con un plan específico de refuerzo o
recuperación. Se atenderá especialmente a los
resultados de la evaluación individualizada al
finalizar el tercer curso de Educación Primaria y de
final de Educación Primaria.
3. Los centros docentes realizarán una evaluación
individualizada a todos los alumnos y alumnas al
finalizar el tercer curso de Educación Primaria,
según dispongan las Administraciones educativas,
en la que se comprobará el grado de dominio de las
destrezas, capacidades y habilidades en expresión y
comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de
problemas en relación con el grado de adquisición
de la competencia en comunicación lingüística y de
la competencia matemática. De resultar
desfavorable esta evaluación, el equipo docente
deberá adoptar las medidas ordinarias o
6. extraordinarias más adecuadas.
4. Se prestará especial atención durante la etapa a
la atención personalizada de los alumnos y
alumnas, la realización de diagnósticos precoces y
el establecimiento de mecanismos de refuerzo para
lograr el éxito escolar.
5. En aquellas Comunidades Autónomas que
posean, junto al castellano, otra lengua oficial de
acuerdo con sus Estatutos, los alumnos y alumnas
podrán estar exentos de realizar la evaluación del
área Lengua Cooficial y Literatura según la
normativa autonómica correspondiente.»
Artículo 21. Evaluación de diagnóstico.
Al finalizar el segundo ciclo de la educación
primaria todos los centros realizarán una
evaluación de diagnóstico de las competencias
básicas alcanzadas por sus alumnos. Esta
evaluación, competencia de las Administraciones
educativas, tendrá carácter formativo y
orientador para los centros e informativo para las
familias y para el conjunto de la comunidad
educativa. Estas evaluaciones tendrán como
marco de referencia las evaluaciones generales
de diagnóstico que se establecen en el
artículo 144.1 de esta Ley
El artículo 21 queda redactado de la siguiente
forma:
«Artículo 21. Evaluación final de Educación
Primaria.
1. Al finalizar el sexto curso de Educación
Primaria, se realizará una evaluación
individualizada a todos los alumnos y alumnas, en
la que se comprobará el grado de adquisición de la
competencia en comunicación lingüística, de la
competencia matemática y de las competencias
básicas en ciencia y tecnología, así como el logro
de los objetivos de la etapa.
2. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades
Autónomas, establecerá los criterios de evaluación
y las características generales de las pruebas para
todo el Sistema Educativo Español con el fin de
asegurar unos criterios y características de
evaluación comunes a todo el territorio.
3. El resultado de la evaluación se expresará en
niveles. El nivel obtenido por cada alumno o
alumna se hará constar en un informe, que será
entregado a los padres, madres o tutores legales y
que tendrá carácter informativo y orientador para
los centros en los que los alumnos y alumnas hayan
cursado sexto curso de Educación Primaria y para
aquellos en los que cursen el siguiente curso
escolar, así como para los equipos docentes, los
padres, madres o tutores legales y los alumnos y
alumnas.
Las Administraciones educativas podrán establecer
planes específicos de mejora en aquellos centros
públicos cuyos resultados sean inferiores a los
valores que, a tal objeto, hayan establecido.
En relación con los centros concertados se estará a
la normativa reguladora del concierto
correspondiente.»
7. VALORACIÓN CRÍTICA:
La LOMCE (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa) es un anteproyecto,
en él se han modificado algunos puntos de los artículos de la LOE.
En mi opinión la LOE centra la educación como medio adecuado para construir la
personalidad, sus ideas, pensamientos, identidad, de los alumnos
La LOCME se centra más en el alumno de forma individual.
Con esto quiero decir que la LOE pretende conseguir conocimiento y principios de los
estudiantes mediante los buenos valores, sin embargo la LOMCE pretende que el
alumno se desarrolle por sí mismo, fomenta la competitividad.
La LOE era un sistema que se preocupaba más por el aprendizaje de los alumnos y
prestaba más atención a la diversidad, trataba más aspectos en relación a los docentes
(formación…).
No estoy de acuerdo en algunos puntos reformados de la LOMCE, pienso que puede
empeorar los procesos de enseñanza-aprendizaje de España, esta nueva ley no pretende
el bienestar tanto del profesor como del alumno. Pretende que el alumno trabaje por
cuenta propia, olvidar la cooperación aprendida con la antigua ley, dejan al docente en
un plano aparte. Muchas de las medidas y métodos incluidos en esta nueva ley no
fueron consultados con profesionales.