El documento describe un programa recreativo laboral cuyo objetivo es promover el bienestar y disminuir riesgos laborales de los trabajadores mediante actividades deportivas, culturales y de esparcimiento. El comité de seguridad laboral de la empresa es responsable de planificar, organizar y aprobar las diversas actividades del programa con participación de los trabajadores.
1. Es un Programa donde participan activamente todos
los recursos humanos de la empresa, considerando las
actividades recreativas, deportivas y culturales, que se
realizan dentro de la organización y las que
potencialmente pudieran desarrollarse, para el disfrute,
el bienestar, la disminución de los accidentes laborales y
enfermedades profesionales de los trabajadores, en la
procura de la mejora de la calidad de vida de estos y sus
familiares directos.
Los integrantes del Comité de Seguridad Laboral
deben planificar, organizar y concretar cada una de las
actividades contentivas dentro del programa: Turismo
Socia Deporte, Cultura y Recreación. Esto mediante la
implementación de mecanismos dirigidos a la consulta
del personal que labora en las empresas, de igual
manera se permitirá la presentación de propuestas
por parte de la empresa, sindicatos o la libre
participación de los trabajadores y trabajadoras, las
cuales se someterán a estudio, consideración y
aprobación por el Comité de Seguridad Laboral.
2. DEPORTES:
Es un conjunto de
actividades practicadas
voluntariamente por
cualquier persona sin
distinción de ninguna
especie de manera
placentera. La recreación
es más benéfica cuanto
más se aparta de la
obligación diaria.
En un principio los
deportes nacieron con una
finalidad recreativa,
educativa o utilitaria.
La palabra deporte es
utilizada para referirse a un
determinado ejercicio físico
que posee ciertas normas,
y objetivos.
La cultura no es un fenómeno
personal o voluntaria es una
imposición que utiliza la clase
dominante, que impera en ese
momento. En este sentido
debemos promover
actividades que vayan en
beneficio de la clase
trabajadora y así contribuir en
la emancipación de la clase
obrera.
3. •CARTA EXPLICATIVA DE PRESENTACION DEL PROGRAMA
RECREATIVO LABORAL (CON FIRMA DE LOS REPRESENTANTES DE LA
EMPRESA Y DELEGADOS DE PREVENCIÓN)
•IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA (INCLUYE DIRECCIÓN, TELEFONOS
Y CORREO ELECTRONICO)
•TITULO
•INTRODUCCIÓN
•HISTORIA, MISIÓN Y VISIÓN DE LA ORGANIZACIÓN
•NUMERO DE PERSONAS QUE CONFORMAN LA EMPRESA
•JORNADA U HORARIO DE TRABAJO
•DESCRIPCION DE LAS INSTALACIONES DESTINADAS A LA
RECREACIÓN Y DESCANSO EN LA EMPRESA
•MONITOREO Y VIGILANCIA DE LA UTILIZACIÓN DEL TIEMPO:
TURISMO SOCIAL, RECREACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
•EJECUCIÓN DEL PROGRAMA RECREATIVO
•CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROGRAMA RECREATIVO
LABORAL (CON INCLUSIÓN DE FAMILIARES SEGÚN ART. 111 DE LA
LOPCYMAT))
•ANEXOS (ENCUESTAS, FOTOS DE ESPACIOS Y ACTIVIDADES,
LISTADO DE ASISTENCIA DE LOS TRABAJADORES, ENCUESTAS DE
VERIFICACIÓN DE LA EFECTIVIDAD DE LAS ACTIVIDADES Y ACTAS DE
REUNIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD LABORAL PARA LA
PLANIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES)
4. LOPCYMAT
Artículo 102 y 104
Artículo 103
Artículo 53, numerales 2, 3, 8 y 14
Artículo 54, numerales 4 y 11
Artículo 55, numerales 1, 6 y 9
Artículo 56, numerales 6 y 12
Artículo 40, numerales 7, 9, 11 y 12
Artículo 47, numeral 1
Artículo 48, numeral 2
Artículos 42 Y 43, numerales 2, 1 y 5 respectivamente
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela
ART. 83,
ART. 86
ART. 87
ART. 111,
ART. 310
Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y
Trabajadoras
Articulo 25 Artículos 189 al 203
Articulo 97 Articulo 224
Artículos 167 al 170 Articulo 228
Articulo 294 Articulo 295
5. Lineamientos establecidos para la
entrega
De los Programas Recreativos
Laborales
• Entregar al INCRET el Programa Recreativo Laboral, en caso
de ser el primer Programa realizado por la empresa este
debe tener anexo carta exposición de motivos por la no
realización del programa desde la entrada en vigencia de la
LOPCYMAT.
• El Programa Recreativo debe poseer el cronograma de
actividades a realizarse, por tal motivo y según la política de
seguimiento y control de los mismos, se establecerán cortes
trimestrales para que sean entregados en las fechas
correspondientes los anexos que comprueben la realización
de dichas actividades.
• Los Programas Recreativos Laborales deben ser entregados
por los Delegados y Delegadas de Prevención
• No se aceptaran Programas Recreativos Laborales
elaborados por empresas intermediarias o los empleadores
o empleadoras directas ya que la normativa legal vigente
establece la participación protagónica de los trabajadores
en su realización.
• Al momento de la entrega del Programa Recreativo Laboral
se realizara una asesoría por parte del Incret para la
evaluación preliminar del mismo, en caso de ser necesario
se harán las observaciones pertinentes si el programa
presenta fallas de forma o de planificación.
• El Programa Recreativo debe ser entregado en carpetas
tipos Oslo para facilitar la incorporación de los anexos