1. BOSQUES Y SELVAS
INTEGRANTES:
1. AMERICO ARAMAYO URQUIETA
2. RONNY ARTEAGA JUSTINIANO
3. PERCY CLAURE CUELLAR
4. EDDY JUSTO CUSICANQUI FLORES
CATEDRÁTICO:
Dr. BALDERRAMA NAGAO TOSHIRO ANTONIO
DERECHO AGRO AMBIENTAL II
2. 1.1. DEFINICION DE BOSQUES
En un bosque predominan
los árboles y arbustos
semidensos. De hecho, los
bosques suelen albergar
una importante cantidad de
plantas y animales; son el
ecosistema más importante
y extendido sobre la Tierra.
3. DEFINICION DE SELVA
Por otro lado, la palabra selva viene
del latín “silva” que literalmente
quiere decir “terreno arbolado”.
Estos bosques lluviosos tienen como
características propias una gran
densidad boscosa y por lo tanto una
diversidad biológica muy grande.
Además de su vegetación frondosa,
las selvas poseen plantas de hojas
grandes y varios animales.
Tanto jungla como selva pueden
tener un clima tropical húmedo,
tropical lluvioso, monzónico, y hasta
tropical seco
4. CLASIFICACION Y CLIMAS
Se pueden clasificar de acuerdo a su
vegetación en bosques
frondosos (selvas),
bosques de coníferas (árboles
leñosos) y
bosques mixtos.
clasifica de acuerdo a su latitud y
clima:
Tropical.
Subtropical.
Templado.
Boreal.
5. TIPOS DE SELVAS
De acuerdo a su latitud y
temperatura en:
Ecuatorial. Es la más diversa y exuberante.
Tropical. Tiene un clima tropical superior a los 24
°C.
Subtropical.
niveles de humedad
La selva lluviosa y
La selva seca
En cuanto a su altitud
Selva basal.
Selva de montaña.
6. 1.2. IMPORTANCIA DE LOS BOSQUES
Y LAS SELVAS
ABSORCIÓN DE DIÓXIDO DE CARBONO
CONSERVACIÓN DEL SUELO
REGULACIÓN DEL CLIMA
7. 1.3. INSTITUCIÓN RECTORAS
INTERNACIONALES
COMISION FORESTAL PARA
AMERICA LATINA Y EL CARIBE
Organización creada para el
Continente americano.
ABT. Autoridad de
Fiscalización y Control Social
de Bosques y Tierras
8. Gobierno Autónomo Departamental
EL PROGRAMA DE
APOYO A LA
CONSERVACIÓN DE LA
FAUNA SILVESTRE DE
LA DIRECCION DE
GESTION AMBIENTAL
Y BIODIVERSIDAD
9. Gobierno Autónomo Municipal de
Trinidad
La Secretaria Municipal de
Ordenamiento Territorial se
encarga de planear los usos
adecuados de un determinado
espacio. Para ello se realizan
estudios sobre los recursos
naturales y las actividades
económicas de la región
10. 1.4. LEGISLACIÓN DE BOSQUES Y
SELVAS
Ley 1700 del 12 de julio de
1996 GONZALO SANCHEZ
DE LOZADA
La presente ley tiene por objeto
normar la utilización sostenible y la
protección de los bosques y tierras
forestales en beneficio de las
generaciones actuales y futuras,
armonizando el interés social,
económico y ecológico del país.
Ley Nº 071 ley de 21 de
diciembre de 2010 - ley De la
madre tierra . Evo Morales
Aima
La presente Ley tiene por objeto
reconocer los derechos de la Madre
Tierra, así como las obligaciones y
deberes del Estado Plurinacional y de
la sociedad para garantizar el respeto
de estos derechos.
11.
12. 1.5. PLAN DE MANEJO FORESTAL
El Plan Manejo forestal está
contemplado en la ley forestal
1700 como instrumento
técnico de gestión forestal
que nos permite el
APROVECHAMIENTO
SOSTENIBLE de los recursos
forestales como madera y no
maderables, así mismo
obtener mejores beneficios
económicos a un precio justo
y legal
13. 1.6. plan de ordenamiento
predial
El siguiente Plan
de Ordenamiento
Predial (POP) es una forma
de trabajo que permite
ordenar y mejorar el uso de
los recursos naturales
disponibles en su predio,
como también de las
diferentes actividades que
en él se realizan.
14. 1.7. CLASES DE DERECHO DE
CONCESIÓN FORESTAL
El Articulo 28 de la
Ley Forestal establece
tres tipos de derechos de
utilización forestal:
Concesión forestal en tierras
fiscales.
Autorización de
aprovechamiento en tierras
de propiedad privada.
Permisos de desmontes.
15. ¿Autorización de Aprovechamiento
Forestal?
El Artículo 32 de la Ley Forestal 1700,
establece que los propietarios de las
tierras ya sean indígenas, campesinos
o propiedades privadas pueden
realizar el aprovechamiento de los
bosques que se encuentran dentro
de su área a través de autorizaciones
de aprovechamiento emitidas por la
Superintendencia Forestal ahora ABT.
16. Concesión forestal en tierras fiscales
El Artículo 29 de la Ley Forestal 1700,
establece que la Concesión
Forestal es el acto administrativo por
el cual
Superintendencia Forestal ahora ABT,
otorga a personas individuales o
colectivas el derecho exclusivo de
aprovechamiento de
recursos forestales en un área
específicamente delimitada de tierras
fiscales.
17. Autorización de aprovechamiento en
tierras de propiedad privada
Ley 1700, ARTICULO 32º.-
(Autorización de aprovechamiento
en tierras de propiedad privada y en
tierras comunitarias de origen)
I. La autorización de utilización
forestal en tierras de propiedad
privada sólo puede ser otorgada a
requerimiento del propietario o con
su consentimiento expreso y está
sujeta a las mismas características de
la concesión, excepto las que no le
sean aplicables.
Es revocable conforme a la presente
ley.
18. Permisos de desmontes
El Desmonte Legal, es un
permiso otorgado por la
ABT, al propietario de un
predio, luego que este ha
cumplido con todos los
requisitos exigidos por la
Autoridad.
19. CONCLUSIONES
Es el pulmón del estado boliviano por la amazonia tropical y por ende
del mundo.
Somos ricos en selvas por el cual todo el oriente atrae lluvias y existe una
gran variedad de ecosistemas.
Responden a la regularidad jurídica social estamentada en leyes, normas
y reglamentos.
Se previene y sanciona a quienes las infringen.
Permite un aprovechamiento sostenible de nuestros recursos forestales.
Organizan y autorizan el buen manejo del bosque y la selva
Se regula la concesión en función social, económica y productiva.