AGUAS RIOJANAS S.A.P.E.M s/ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
1. CSJ 3135/2015/RHl
Aguas Riojanas S.A.~.E.M. s/ acción contencioso
administrativa.
Buenos Aires,,,ILt de JVI,'o k 20-15.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora
en la causa Aguas Riojanas S.A.P.E.M. si acción contencioso ad-
ministrativa", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación ori-
ginó la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código
Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el de-
pósito de fs. 73. Notifíquese y, oportunamente, archívese.
RICARDO LUIS LORENZETTI
ELENA 1.HIGHTON de NOLASCO
JUAN CARLOS MAQUEDA
-1-
2. Recurso de hecho deducido por Aguas Riojanas S.A.P.E.M., parte actora, repre-
sentada por el Dr. Ernmanuel Gustavo Godoy Díaz, en calidad de apoderado.
Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de La Rioja.
Tribunal que actuó con anterioridad: Juzgado Municipal de Faltas de la Ciudad
de la Rioja.
-2-